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Caso del misionero que fabricaba causas de lesa humanidad en el Financial Times

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En una extensa nota publicada el sábado, el diario inglés Financial Times reconstruyó la historia del misionero Matías Ezequiel López, alias Adrián Martínez Moreira, procesado por la fabricación de causas truchas de lesa humanidad y preso en la cárcel de Ezeiza, donde cumple una condena por violación.

“La junta argentina, el abogado cruzado y el impostor”, se titula el artículo del diario londinense firmado por el periodista Matthew Bremner, que recrea el derrotero criminal de López / Martínez Moreira a partir del testimonio del abogado porteño Javier Garín, de larga trayectoria en el ámbito de los derechos humanos, a quien el misionero le falsificó la firma en medio centenar de expedientes en la Justifica Federal.

El artículo recompone toda la trama de cómo López fraguó su identidad, alegando ser hijo de desaparecidos paraguayos víctimas del Plan Cóndor y posteriormente apropiado por un militar argentino, cuando en realidad había nacido el 30 de abril de 1993 en el Hospital de Jardín América, y entregado en adopción poco después a la familia que él presentaba como sus apropiadores.

La portada del artículo del sábado del diario londinense en su edición en inglés.

Firmas truchas

En el artículo, Garín relata al periodista del diario inglés cómo conoció al estafador misionero en 2014, cuando éste recurrió a él pidiéndole ayuda, y el careo que sostuvo con López / Martínez Moreira en junio de 2016, en que lo increpó por la falsificación de su firma y el uso de su matrícula profesional en múltiples causas de lesa humanidad truchas.

Bremner reproduce el diálogo del letrado porteño con el misionero, tal como se lo contó Garín.

“El abogado fue directo al grano: ‘¿Firmaste estos documentos en mi nombre?’”.

“La rodilla de Moreira rebotó bajo la mesa. ‘Está todo aquí’, dijo, metiendo la mano en su bolso y sacando una carpeta. ‘Así entendés lo que pasó’”.

—“‘Pero, ¿qué es esto que me traes?’”.

“Moreira le acercó los papeles a Garín y agregó que eran de un conocido abogado de derechos humanos”.

“La expresión de Garín se ensombreció. ‘Lo que pregunto es esto: ¿Presentaste documentos con mi firma?’”

“‘No’”.

“¿Quién los presentó entonces?’”

“Moreira, según Garín, alegó que lo habían engañado. Que otro abogado, Pablo Llonto, lo había obligado a firmar los documentos”.

“Garín lo dudaba. Llonto era reconocido en Argentina por representar a víctimas en algunos de los juicios de derechos humanos más importantes del país. ¿Por qué obligaría a Moreira a firmar estos documentos en nombre de Garín?

—“’Entonces, ¿estás diciendo que esta persona falsificó mi firma?’, preguntó Garín”.

“El abogado recuerda a Moreira evadiendo las excusas. Fue entonces cuando Garín experimentó una oleada de ansiedad al darse cuenta de que las firmas fraudulentas, independientemente de su origen, podrían destruir la reputación que había trabajado durante décadas”, escribe Bremner.

Garín le cuenta al periodista de la denuncia contra López / Martínez Moreira que presentó días después de ese encuentro ante la Fiscalía 43, Juzgado de Instrucción Criminal y Correccional 22 de Caba, que desembocó en el allanamiento del domicilio del misionero en la ciudad de Buenos Aires y fue el principio del fin de sus actividades criminales.

“La investigación alegó que Moreira falsificó testimonios, falsificó documentación y presentó solicitudes fraudulentas de indemnización para quienes sufrieron la dictadura. Lo hizo bajo el pretexto de dirigir una organización sin fines de lucro, HIJOS Paraguay, que supuestamente ayudaba a los sobrevivientes”, reza el artículo del diario inglés.

El artículo explora las sospechas del abogado Garín de que detrás de López / Martínez Moreira podían estar los servicios de inteligencia, “para desacreditar no solo la búsqueda de justicia de Garín, sino también la visión histórica de la dictadura”.

Garín relata al periodista todo el calvario que vivió después de denunciar penalmente al misionero, quien, junto a sus cómplices hoy procesados, contraatacó con múltiples denuncias falsas, inclusive por acoso sexual, que buscaban minar su prestigio como abogado, presentándolo como un desequilibrado mental, y que terminaron repercutiendo en su salud física.

La Secta

La nota de Bremner cita también a Laura Cravello, hija de desaparecidos de la dictadura y residente en Barcelona, España, a quien LVM entrevistó hace dos años cuando la jueza María Eugenia Capuchetti dictó el procesamiento de López / Martínez Moreira y sus cómplices en la causa por asociación criminal que está a la espera del juicio oral.

“Cravello empezó a investigar a Moreira cuando sospechó de un grupo de Facebook relacionado con leyes de reparación para víctimas de la dictadura. Dentro de ese grupo, un supuesto abogado ofrecía sus servicios gratuitos para ayudar a las víctimas. A Cravello, esto le pareció sospechoso. Tras hacerle preguntas, el abogado, que se hacía llamar Omar García, se volvió amenazante”, escribe Bremner.

“‘Fue entonces cuando me di cuenta de que algo muy oscuro se escondía tras esa fachada de solidaridad’, me contó Cravello. Empezó a buscar y hablar con otros miembros del grupo, y a buscar expedientes judiciales donde apareciera el nombre de García. Poco a poco, fue encontrando a una serie de presuntas víctimas vinculadas a la organización de Moreira”, relata el diario londinense.

“Trabajando juntos, Garín y Cravello renovaron la presión sobre las autoridades federales para que actuaran. Hablaban con regularidad, Garín en Buenos Aires y Cravello en Barcelona, y a veces se reunían en persona cuando Cravello regresaba a su ciudad natal. Ambos estaban fascinados por la psicología de Moreira. Observaron que a menudo acusaba a sus víctimas de delitos que supuestamente él mismo cometía. ‘Si falsificaba firmas, acusaba a otros de falsificación. Si acosaba a personas, acusaba a otros de acoso. Todo lo que hacía, lo atribuía a sus víctimas’, me dijo Garín. Les sorprendió igualmente la lealtad de los clientes y seguidores de Moreira, a pesar de las acusaciones generalizadas en los medios de comunicación de que era un fraude. ‘Era una secta que él había construido’, me dijo Cravello. ‘Estaban profundamente adoctrinados, muy fanatizados. No cuestionaban nada’”, continúa la crónica.

El artículo consigna que merced a los esfuerzos coordinados de Garín y Cravello, la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación inició su propia investigación y se acopló como querellante a la causa contra López / Martínez Moreira y sus cómplices.

El periodista inglés escribe que el organismo estatal descubrió que el misionero “infiltró falsos testimonios en casos legítimos de derechos humanos en todo el país” y cita a Federico Efrón, director nacional de Asuntos Jurídicos en materia de derechos humanos de la Secretaría, quien junto a su equipo “encontraron más de 100 denuncias fraudulentas presentadas por Moreira y sus cómplices”.

“Efrón creía que se trataba de uno de los casos más flagrantes de fraude en materia de derechos humanos que había presenciado en su carrera”, apunta Bremner.

“En noviembre de 2021, agentes federales allanaron la residencia de Moreira en Buenos Aires e incautaron una gran cantidad de documentos que lo vinculaban directamente con numerosos casos fraudulentos. Por orden judicial, Moreira también se había sometido a una evaluación psiquiátrica a principios de ese año, cuyos resultados indicaron que era manipulador y emocionalmente inestable, pero que no padecía psicosis paranoide, como se creía inicialmente. Más importante aún, el informe concluyó que era capaz de comprender sus actos delictivos y se encontraba en condiciones físicas y mentales aptas para ser procesado”, señala el periodista inglés.

“A finales de 2023, los tribunales federales acusaron formalmente a Moreira y cinco cómplices de fraude, extorsión y falsificación de documentos, cargos que Garín había perseguido durante casi una década. Fue un triunfo, pero no el final que Garín y Cravello esperaban. A la espera del juicio, Moreira quedó en libertad bajo fianza”, agrega.

El violín

El artículo del diario londinense se ocupa, asimismo, del caso de violación por el que López / Martínez Moreira fue condenado a 14 años de prisión en agosto pasado.

“Moreira aún estaba a la espera de juicio en mayo de 2024, cuando concertó una cita con un joven en el Café El Podio, un modesto local en una transitada calle del centro de Buenos Aires”, relata Bremner.

“Según documentos judiciales, el joven había solicitado la asesoría legal de Moreira para resolver una disputa por la custodia de un menor. Tras una breve conversación, Moreira sugirió continuar la conversación en su oficina, donde le indicó que debía firmar unos documentos”, continúa.

“Una vez dentro de lo que resultó ser el apartamento de Moreira, su comportamiento cambió. Se volvió agresivo. Tras cerrar la puerta con llave, le tomó fotos al hombre con su teléfono y lo obligó a desnudarse. Luego, tomó un cuchillo de la cocina y se abalanzó sobre el joven, cortándolo repetidamente en el cuello y la espalda. Moreira lo condujo a la habitación, donde lo inmovilizó y lo violó”, relata.

“Después, según el testimonio de la víctima, Moreira fingió preocupación. Repetía una y otra vez: ‘¿Qué he hecho? ¿Qué he hecho?’, y accedió a llevarlo al hospital. De camino, Moreira le indicó a su víctima que les dijera a los médicos de Urgencias que las lesiones eran resultado de un ataque aleatorio por parte de desconocidos; que lo mataría si decía la verdad. Pero el joven se derrumbó en el hospital y reveló la verdad al personal médico. Minutos después, la policía irrumpió en el edificio y arrestó a Moreira. Pero no antes de que Moreira le robara las tarjetas bancarias y los 9.000 pesos que (el joven) llevaba en su bolso”, escribe Bremner.

El periodista cuenta que, según el relato del abogado porteño, “Moreira era tan descarado tras las rejas como lo había sido en la calle” y que mientras esperaba el juicio por el hecho de violación en prisión preventiva “sus afirmaciones se habían vuelto aún más absurdas, rozando lo cómico”.

“De repente, afirmó estar gravemente enfermo de cáncer de colon. También intentó cambiar su identidad, insistiendo en que era transgénero y, por lo tanto, debía ser tratado como una prisionera”, señala y apunta lo que le contó Garín: “Ahora se hace llamar Adriana Luz”.

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Fundamentos de la condena a docentes: “Los derechos no son absolutos”

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La magistrada Marcela Alejandra Leiva fundamentó la condena impartida contra los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez en dos pilares centrales: el rol “de conducción y representación” que atribuyó a los imputados en la protesta y en la premisa de que “ningún derecho es absoluto”.

En su escrito, de 87 fojas, la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, encargada de presidir el tribunal unipersonal que llevó adelante el juicio oral contra los docentes, consideró, en primera instancia, que “ambos imputados ejercían funciones orgánicas de representación y vocería institucional en el conflicto, invocando expresamente la representación colectiva y actuando como autoridades máximas de sus respectivas organizaciones”.

Para arribar a esa afirmación se apoyó en las actas de notificación y en las declaraciones efectuadas por los agentes policiales que intervinieron durante los días comprendidos entre el 1 y el 4 de junio del año pasado para comunicar las órdenes judiciales de despejar el acampe docente montado sobre la avenida Uruguay como medida de protesta para exigir mejoras salariales.

Gurina y Sánchez no sólo eran parte de la protesta sino que asumían roles de conducción y representación, lo que explica porque el personal policial y los propios manifestantes indicaron a ellos como referentes, cuya presencia resultaba determinante para la toma de decisiones en el lugar de los hechos”, expuso entre sus argumentos Leiva.

La jueza desestimó los argumentos defensivos que insistían en el hecho de que todas las decisiones tomadas en el marco de la protesta era de carácter “asambleario” y entendió que “pues aun dentro de un esquema de decisiones colectivas, ambos (por Gurina y Sánchez) aparecían como figuras representativas y funcionales para la comunicación con autoridades y para la toma de definiciones”.

Gurina y Sánchez recibieron 10 meses y 8 meses de prisión en suspenso, respectivamente.

En ese marco, consideró acreditado que ambos docentes enjuiciados cometieron de manera deliberada el delito de “desobediencia judicial” al no atender las órdenes de despejar la calle, lo cual vino aparejado con la interrupción del tránsito y el consecuente “entorpecimiento del normal funcionamiento del transporte”, que era la segunda figura penal achacada a los imputados.

Al respecto, expuso Leiva: “Las conductas desplegadas excedieron los límites razonables que la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos reconocen a la huelga, la protesta o la libertad de expresión, configurando una afectación inadmisible a bienes jurídicos de terceros y al orden público”.

Y argumentó: “El derecho a la protesta, como manifestación de derechos humanos de participación, no puede convertirse en un ámbito de inmunidad para la producción de resultados lesivos, tales como la obstrucción deliberada del tránsito o la desobediencia a una orden judicial válida, contravendría el núcleo estructural del propio sistema de derechos humanos, que exige compatibilizar su ejercicio con la protección simultánea de la libertad, la seguridad y la dignidad de las demás personas”.

En cuanto a lo planteado por el abogado defensor Eduardo Paredes, de aplicar en forma subsidiaria a la absolución el estado de necesidad justificante o del estado de necesidad exculpante, la jueza subrayó: “No se configura aquí un conflicto legítimo entre derechos fundamentales que permita justificar la conducta, toda vez que la huelga no comprende la facultad de impedir la circulación pública por vías de hecho ni de afectar el normal desenvolvimiento de la comunidad, encontrando límites infranqueables cuando lesiona derechos de terceros ajenos a la medida. La protesta o huelga no constituye causa de justificación de delitos ni excluye la antijuridicidad de conductas que lesionan directamente bienes jurídicos de terceros. La doctrina penal ha sido clara en este punto”.

La jueza también citó jurisprudencia y mencionó el caso de Estela del Valle Juárez, docente y secretaria general de la Regional Suroeste de la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut (ATECh), que participó en cortes de rutas por un conflicto salarial que estalló en su provincia en 2019 y cuya condena a tres meses de prisión en suspenso por “entorpecimiento del transporte” fue ratificada por la Corte Suprema en abril de este año.

A partir de la presentación de estos fundamentos, el equipo legal que defiende a los docentes tiene un plazo de diez para presentar una recurso de casación, lo cual es prácticamente un hecho ya que a apenas conocida la sentencia del miércoles pasado adelantaron que “apelaremos el fallo y de ser necesario insistiremos hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)”.

El fallo dictado por la jueza Leiva dispone 10 meses de prisión en suspenso para Mónica Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Leandro Sánchez, además de 8 horas mensuales de tareas comunitarias.

En las escalinatas del Palacio de Justicia los docentes volvieron a recibir el acompañamiento y el apoyo de sus compañeros.

Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle

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Desestiman otra autoincriminación en el caso Schoenfisch y pasan a los alegatos

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Tal como lo hizo un mes atrás, el ex intendente de Santiago de Liniers, Arnoldo Schoenfisch (67) volvió a autoincriminarse ante el tribunal que juzga a su hijo Pablo (23), acusado de un ataque parricida que ocasionó la muerte de su madre Faustina Antúnez (54) y dejó ciego a su padre, quien ahora pretende responsabilizarse por el hecho para favorecer al imputado.

Es la tercera vez que insiste en la versión autoincriminatoria. Primero lo hizo con un declaración jurada vertida ante escribano público en diciembre de 2024, luego hizo lo propio en el inicio del debate oral que conducir a su hijo a una pena de prisión perpetua y lo repitió hoy.

Esta situación obligó que el comienzo del debate quede stand by hasta que sus declaraciones sean analizadas por la fiscalía de instrucción, cuyas autoridades finalmente desestimaron la versión y eso permitió que el juicio se reanude, pero Schoenfisch padre hoy volvió a declarar: “Discutimos, la maté y luego me quise suicidar”.

El magistrado Atilio León, integrante del tribunal que preside Adriana Andino y completa Javier Jourdan (subrogante), pidió “suspender definitivamente” el juicio debido “al alto riesgo para la validez del proceso” que representaba el hecho de continuar interrogando a un testigo que pedía ser imputado.

Sin embargo, por mayoría, con los votos de Andino y Jourdan, el debate prosiguió y la declaración continuó en los mismos términos, instancia en la que el fiscal Federico Rodríguez solicitó que Schoenfisch sea investigado por falso testimonio, tal como lo hizo con un hermano suyo, Rubén Schoenfisch, que incluso fue detenido al finalizar la audiencia. 

Para el fiscal, el testigo continúa siendo parte de un “esquema defensivo” donde busca adjudicarse el hecho para favorecer a su hijo con un versión “imposible de acreditar”.

En ese sentido, marcó las contradicciones expuestas por Schoenfisch, que en etapa de instrucción formuló expresiones completamente diferentes a las vertidas en el juicio e incluso negó las declaraciones dadas por al menos otros tres testigos que comprometen la situación del imputado.

Hace unos días me enteré que acá estaban diciendo que yo dije, ‘que esto hizo Pablo’. Eso es mentira. Yo nunca le mencioné a él. Hay dos o tres que dijeron eso y eso es una mentira. Lo digo francamente. La mentira tiene patas cortas. Eso me indigna”, lanzó hoy en referencia a los testimonios de Lucas Szumkoski y Miguel Ángel Szumkoski, hijos de Antúnez y hermanastros del imputado.

Schoenfisch padre también negó que a su hijo le hubieran “cortado” la entrega de dinero y el uso de vehículos como castigo a su mal comportamiento. También minimizó discusiones.

Después de su testimonio, pasaron a declarar dos licenciados en criminalística, quienes repasaron las pericias realizadas en el caso, las cuales concluyeron que los disparos que recibieron ambas víctimas fueron efectuadas a corta distancia.

El debate continuará el miércoles, a partir de las 8.30, con la ronda de alegatos. El primero en exponer será el fiscal Rodríguez, mientras que luego lo harán los abogados defensores María Laura Alvarenga y Fabián De Sá.

Juicio y versiones

Pablo Schoenfisch llega al debate privado de su libertad desde 2020 y enfrenta una acusación por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego”, en perjuicio de su madre, y “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego, en grado de tentativa”, contra su padre, imputación bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua.

La nueva versión expuesta por Arnoldo Schoenfisch, que tras el hecho quedó con ceguera, representa un abrupto giro del caso en relación a lo expuesto en el requerimiento de elevación a juicio formulada por el fiscal Edgar Francisco Doldán y firmada por el magistrado Roberto Saldaña, ex juez de Instrucción Uno de Eldorado.

La hipótesis acusatoria sostiene que en la madrugada del 14 de mayo de 2020, Pablo Schoenfisch atacó a sus padres mientras dormían, efectuándoles disparos a corta distancia. Como consecuencia del hecho, Antúnez perdió la vida y Arnoldo quedó con secuelas permanentes.

Según lo plasmado en ese documento, el acusado mantenía una relación conflictiva con sus padres, motivada por desavenencias y mal comportamiento del muchacho, cuestión que fue ratificada por varios familiares y amigos del imputado al momento de declarar como testigos en la etapa investigativa.

En el transcurso del presente debate, varios testigos ratificaron que el joven mantenía una mala relación con sus padres e incluso recordaron expresiones como deseos de matarlos.

Por ejemplo Gladis Aquino, que era empleada doméstica de la familia y ante los jueces declaró: “Un día Pablo de la nada me dice ‘qué pasaría si mato a mi papá y a mi mamá’. Yo le dije que iba a arruinar su juventud y me dijo que en cualquier momento mataba a su papá y a su mamá”.

Claudia Padilla (30), integrante de la misma familia y una de las primeras personas que intervino en auxilio de las víctimas esa madrugada, también dio un testimonio revelador: “Cuando yo entro Arnoldo estaba parado, ensangrentado. Tina (Antúnez) estaba en la cama agonizando. Salgo de la habitación y Polaco (por Arnoldo) se tocaba la cara y decía ‘no veo nada, no sé lo que pasó, Pablito hizo cagada”.

Testigos ratificaron acusaciones contra Pablo Schoenfisch por ataque parricida

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Caso Arredondo: acusados firmaron juicio abreviado por penas de 16 y 18 años

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El debate oral por el crimen del bonaerense Martín Arredondo (37), previsto para este jueves 4 de diciembre, fue suspendido debido a un acuerdo de juicio abreviado entre la fiscalía y los seis jóvenes imputados por el hecho, quienes admitieron su culpabilidad y aceptaron ser condenados a penas de 16 y 18 años.

Según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la audiencia de visu donde los seis imputados dieron el consentimiento para avanzar en el convenio de juicio abreviado se realizó esta mañana, circunstancia que derivó en la suspensión de las audiencias de debate oral que habían sido programadas para la semana entrante ante el Tribunal Penal Uno de Posadas.

Las mismas fuentes señalaron que los imputados admitieron su participación en el hecho y aceptaron recibir condenas de entre 16 y 18 años como responsables del delito de “homicidio en ocasión de robo”, figura menos gravosa que la acusación de “homicidio doblemente calificado por el concurso premeditados de dos o más personas y criminis causae” con la que fueron procesados en etapa de instrucción y que preveía prisión perpetua.

Los imputados en esta causa son Brisa Torres (24), Oriana Saucedo (24), su hermano Alan William Saucedo (26), Elías Nahuel Trinidad (26), Miguel Ángel López (25) y Juan Alberto Barrios (22). 

Los tres primeros aceptaron una pena de 16 años de cárcel, mientras que la pena mayor recaerá contra Trinidad y López. Barrios, por su parte, era menor de edad al momento del hecho y por lo tanto será un juzgado correccional el que decida su sanción.

En representación del Ministerio Público Fiscal intervino la fiscal María Laura Álvarez, por subrogancia legal ante la licencia del fiscal Vladimir Glinka.

El acuerdo alcanzado entre las partes ahora deberá ser elevado al Tribunal Penal Uno, integrado por los magistrados Gustavo Bernie y Viviana Cukla, quienes deberán analizar el documento y en caso de no detectar irregularidades transformarán el acta en sentencia.

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Pablo Martín Arredondo fue ultimado en su departamento sobre calle Bolívar de Posadas.

Golpeado y estrangulado

El crimen de Arredondo se descubrió el 23 de febrero de 2020, cuando los vecinos del departamento que alquilaba en un edificio sobre calle Colón, frente al colegio Roque González, alertaron sobre un olor putrefacto que provenía del lugar.

Al ingresar al inmueble, los efectivos policiales intervinientes se encontraron con el cadáver del bonaerense y la autopsia posterior determinó que fue golpeado y finalmente estrangulado con un cinto.

La investigación global estableció que el crimen se registró cuatro días antes, el 19 de febrero, en horas de la madrugada, cuando la víctima se reunió en su departamento junto a una de las jóvenes que aparentemente era su novia y un grupo de amigos de ellas.

En el lugar, se cree que Arredondo fue dopado con estupefacientes (ketamina) y que al departamento luego llegaron otros cómplices con la intención de sustraerle 300.000 pesos que el hombre tenía destinado a utilizar como parte de pago para la compra de un automóvil.

Mediante la revisión de cámaras de seguridad los investigadores pudieron reconstruir las últimas horas de la víctima y los últimos movimientos registrados en cercanías a su departamento, con lo cual fueron identificando uno a uno a los sospechosos.

Luego, la ciencia hizo el resto. En el marco de la causa constan pericias telefónicas que darían cuenta de comunicaciones entre los implicados planificando el hecho y rastros de ADN que ubican a al menos tres de los sospechosos en la escena del crimen.

El caso fue investigado por el Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, quien en mayo de 2023 firmó el requerimiento de elevación a juicio del expediente, medida que meses después fue ratificada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de la provincia.

Se reprogramó para el 4 de diciembre el juicio por el caso Arredondo

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