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Rechazan exención de prisión a líder del clan Mareco prófugo desde 2016

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cigarrillos clan mareco

Más de 2300 días después del pedido de captura internacional emitido en su contra, Jorge Rafael Mareco, uno de los sindicados líderes del clan familiar que durante años se dedicó al contrabando de cigarrillos en Jardín América, se reportó ante la Justicia, aunque no obtuvo lo que buscaba.

El hombre, el único del denominado “clan” que resta responder por los delitos que le endilgan, presentó mediante su abogado defensor un pedido de exención de prisión que en primera instancia fue rechazado por el Juzgado Federal de Oberá y esa negativa ahora fue avalada por la Cámara Federal de Apelaciones de la provincia.

Según pudo averiguar La Voz de Misiones, en dicho planteo la defensa de Mareco solicitó que al implicado se le otorgue la exención de prisión, un recurso que contempla la posibilidad de que un imputado mantenga su libertad a lo largo del proceso que se lleva adelante en su contra.

El pedido también contemplaba, de manera subsidiaria, la posibilidad de que Mareco, una vez que se presentase a declarar por los delitos que le endilgan -asociación ilícita, lavado de activos y contrabando-, se acoja al beneficio bajo la modalidad de prisión domiciliaria y con tobillera electrónica en caso se que se considere necesario.

Como argumento, esgrimieron que el hombre presenta patologías vinculadas a “trastorno de ansiedad generalizada con agorafobia y claustrofobia”.

Sin embargo, el pedido fue rechazado por el Juzgado Federal de Oberá y ante ello la defensa del involucrado presentó un recurso de apelación ante lo cual debió intervenir la Cámara Federal de Apelaciones de la provincia, cuyos camaristas ahora analizaron la cuestión y decidieron ratificar la negativa dictada en primera instancia.

El reciente fallo fue firmado el último miércoles y en la resolución los magistrados intervinientes consideraron que los argumentos esgrimidos por la defensa no cumplen los requisitos para el otorgamiento del beneficio y tampoco alcanzan para contrarrestar la “existencia de riesgo procesal”.

En ese punto, pusieron énfasis en la gravedad de los delitos investigados y la cantidad de tiempo que el implicado lleva evadiendo a la Justicia.

“Refuerza la presunción de fuga, la circunstancia de que aún no se ha podido cumplir la orden de captura internacional dispuesta en la causa principal el 17/11/2016 –más específicamente en el punto resolutivo nº 13 de la resolución- por cuanto a la fecha Jorge Rafael Mareco no ha podido ser habido ni tampoco se presentó a estar a derecho, como lo merituó el Juez de la instancia que antecede”, se lee en el fallo al cual LVM tuvo acceso.

En otro tramo de la resolución, los camaristas también citan un fragmento de la opinión fiscal ante el pedido defensivo de Mareco en el que se señala que “alegar un desconocimiento de las consecuencias de su conducta o las circunstancias que llevaron al Juzgado Federal de Oberá a solicitar su captura internacional resultan a estas alturas no creíble en absoluto”.

De esta manera, la resolución final fue confirmar el rechazo tanto de la exención de prisión como de la prisión domiciliaria firmado previamente por el Juzgado Federal de Oberá y, por ende, continuará vigente el pedido de captura internacional que pesa sobre Mareco.

Jorge Rafael Mareco aparece involucrado en una causa por los delitos de delitos de asociación ilícita, lavado de activos de origen delictivo y encubrimiento de contrabando.

En el mismo expediente estuvieron imputados su hermana Ramona Beatriz Mareco (47), el esposo de la mujer Darío Enrique Podeley (44) y el cuñado de la mujer Marcelo Darío Villalba (40).

Ellos tres debían enfrentar debate oral en marzo del año pasado, pero días antes de la fecha programada decidieron llegar a un acuerdo con la Fiscalía del Tribunal Oral Federal de Posadas y firmar un juicio abreviado por penas de cinco años de prisión.

Clan Mareco al descubierto

El accionar del Clan Mareco quedó al descubierto en enero de 2016, cuando Joaquín -hermano de Jorge- mantuvo un tiroteo con la Policía mientras guiaba el paso de una camioneta cargada con cigarrillos de contrabando por caminos vecinales que conducen al río Paraná, en la zona de Colonia Oasis, a 13 kilómetros de Jardín América.

Desde ese momento, efectivos policiales y uniformados federales iniciaron una extensa y compleja pesquisa que derivó en un expediente paralelo al tiroteo, en el cual se investigaba los delitos de asociación ilícita y encubrimiento de contrabando, aunque en la etapa de recolección de pruebas también surgió que los involucrados realizaban maniobras económicas para reingresar el dinero de origen delictivo al circuito legal.

De esta forma, la causa avanzó hacia todo el grupo familiar, que funcionaba bajo la estructura de un “clan” y contaba con una organización en la que había líderes, segundas líneas de confianza, transportistas, campanas e integrantes de diversas fuerzas de seguridad comprados a cambio de información.

La pesquisa trazada por investigadores de la Gendarmería Nacional Argentina (GNA) reconstruyó que la familia se encargaba de obtener cargas de cigarrillos provenientes de Capitán Meza y otras localidades paraguayas del departamento de Itapúa, ingresarlas a la provincia a través de puertos clandestinos ubicados a la vera del río Paraná y luego distribuirlas por las rutas 7 y 8 -principalmente- hacia distintas ciudades de Misiones e incluso cruzarlas a Brasil.

Estimaciones realizadas durante los procedimientos ejecutados entre 2016 y 2017 señalaban que, sólo con el contrabando de cigarrillo, la banda alcanzaba a obtener ganancias de 700.000 pesos por semana.

En los operativos, ejecutados en distintas ocasiones, en diversas propiedades y a manos de varias fuerzas de seguridad, los investigadores incautaron una innumerable cantidad de pruebas, desde cajas de cigarrillo, vehículos con pedidos de secuestro por robo, neumáticos de contrabando, armas de fuego y libros con anotaciones contables.

En el expediente también constan intervenciones telefónicas que podrían constituirse como elementos clave, dado que en las escuchas los implicados aparecen pautando las compras de las mercaderías de contrabando, organizando la logística de los traslados, acordando lugares de acopio y evidenciando nexos con uniformados corrompidos que alertaban sobre procedimientos en sus contra.

La investigación fue impulsada por la Fiscalía Federal de Oberá, a cargo de Viviana Vallejos, que a fines de 2019 formuló el requerimiento de elevación a juicio del expediente y el Juzgado Federal de esa misma circunscripción judicial estampó la firma necesaria.

La causa ya estuvo lista para ventilarse en debate oral en 2020, pero la pandemia conspiró contra lo planificado y obligó a reprogramar todas las actividades previstas por el Tribunal.

La siguiente fecha estipulada fue para el 28 de marzo de 2022, pero unas semanas antes los tres implicados decidieron admitir sus responsabilidades y firmar el mencionado acuerdo de juicio abreviado por cinco años de prisión.

Por el tiroteo que destapó el accionar del clan, en tanto, Joaquín Mareco fue condenado en 2019 a la pena de 4 años y 1 mes de prisión.

Todos los miembros del clan condenados estuvieron presos en distintos penales de la provincia, hasta que conforme el paso del tiempo y el cumplimiento de los requisitos exigidos fueron obteniendo beneficios de libertad condicional.

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Caso Guirula: personalidad “psicopática” en Tabarez y sangre en el patrullero

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Guirula Tabarez

Tras la depuración de testigos acordada entre las partes, este martes se reanudó el juicio oral para esclarecer la muerte del albañil Carlos Guirula (34) y gran parte de la jornada se centró sobre una pericia psicológica realizada sobre la oficial Lourdes Beatriz Tabarez (42), encargada del procedimiento que culminó con el deceso de la víctima como consecuencia de fracturas de costillas que perforaron un pulmón, entre otras lesiones de consecuencias letales.

Para abordar ese informe compareció como testigo la licenciada Carolina Biele, quien explicó que la pericia a Tabarez consistió en tres encuentros donde se entrevistó con la imputada y aplicó diferentes técnicas para llevar adelante su evaluación.

Biele sostuvo que “el objetivo, más allá de confeccionar un perfil psicológico, es poder informar sobre características de personalidad que sean inherentes al hecho o que tengan alguna relación o que ayuden a explicar o resolver el hecho que se investiga”.

Con esa introducción y a consultas efectuadas por el fiscal Vladimir Glinka, la licenciada desarrolló cada punto de su informe, donde se destaca, entre otras cosas, que la oficial Tabarez presentaba indicadores de manipulación, de “imposibilidades de ponerse en el lugar del otro”, “dificultades con la figura de autoridad”, “impulsos agresivos” y “cosificación”.

Sobre la cuestión relacionada a la figura de autoridad, Biele explicó que “todo tiene que ver con la baja tolerancia a la frustración y eso también da indicadores de una personalidad egocéntrica y narcisista, que no puede ser empática, que no puede soportar ciertas normas o leyes de lugares”.

El tema de la cosificación guardaría relación con el mismo tema y la testigo indicó que “consiste en el trato de uno con los demás. Si uno no puede ser empático, no puede ver al otro como persona, con sus sentimientos y emociones. Es tratar al otro como si fuera un objeto”.

La licenciada Carolina Biele fue una de las testigos clave de esta jornada.

Para Biele, todo ello constituyen “factores de riesgo” con el uso de un uniforme, en este caso de policía.

“Los factores de riesgo son todos estos indicadores: el súper yo, que no puedo frenar a los impulsos, que no puedo reflexionar, indicadores de una persona fría, que manipula, que cosifica. Una persona que está en un rol como de policía y presenta estos indicadores falla”, planteó.

Y ahondó: “Un uniforme también se relaciona con las fallas en la baja autoestima, la poca tolerancia a la frustración e inseguridades. Con una personalidad de baja autoestima, el uniforme, compensa, porque te pone en situación de poder, me hace sentir más segura, con más autoridad y puede llevar a conductas de autoritarismo”.

Entre las conclusiones del informe que ratificó esta mañana, la perita postuló que la oficial Tabarez presenta características que corresponden a una personalidad con rasgos psicopáticos y lo explicó: “La psicopatía es una forma de ser, una estructura de personalidad. Muchas personas en la sociedad tienen esta característica, son aquellas que presentan indicadores de manipulación, cosificación, de falla en la captación del sentimiento del otro, de ponerse en el lugar del otro. Muchas personas funcionan así con esos rasgos, pero el problema es que cuando esas características se suman a la falla en el control de los impulsos. Eso podría llevar a conductas desadaptativas”.

Casi sobre el final de su exposición y en respuesta a una consulta de Mario Ramírez, defensor oficial de la imputada Tabarez, la testigo Biele señaló que en su pericia “no he encontrado indicadores de emoción violenta”, aunque también aclaró que ella no estuvo presente al momento del hecho.

Sangre y alcohol

Previo a Biele, también declaró el licenciado en Criminalística Juan Carlos Maderner, quien participó de las primeras labores periciales efectuadas sobre el patrullero Toyota Hilux en la cual se realizó el traslado de Guirula y sobre el playón de la comisaría Decimotercera de Posadas, donde quedó tendido el cuerpo sin vida de la víctima durante aquella madrugada del 19 de julio de 2014 luego de ser detenido por disturbios en el motel Park.

Maderner confirmó que el hallazgo de “manchas de color escarlata similares a sangre” en la caja de la camioneta y evidencia de “transparencia de humedad del cuerpo al suelo”, lo cual está relacionado al hecho de que los policías arrojaron agua sobre Guirula en un intento de reanimación previo a constatar la muerte del detenido.

En la sala de audiencias también compareció una bioquímica que ratificó que el análisis de humor vítreo arrojó una concentración de 2,42 gramos de alcohol en sangre en Guirula, grado de intoxicación que lo ubicaría en un estado de mayor defensión.

La causa tiene un total de seis ex policías imputados. Pueden ser condenados a prisión perpetua.

El juicio

El debate continuará mañana con más testigos. El proceso se realiza en el Tribunal Penal Dos de Posadas, con el magistrado Gregorio Busse como presidente y los jueces Fernando Verón y Miguel Mattos como vocales subrogantes.

La causa tiene siete imputados por “tortura seguida de muerte y ocultamiento de pruebas”, figura bajo la cual pueden ser recibir prisión perpetua. Los acusados son Tabarez; Claudio Marcelo Servian; Carlos Alberto Da Silva (35); Ricardo Rafael Escobar (42); Carlos Alberto Zidorak (35); y Lucas Nahuel Saravia Allosa (37).

Todos llegaron a esta instancia en libertad en virtud del vencimiento de sus prisiones preventivas, aunque durante el transcurso del debate cuentan con una consigna policial para garantizar que no intenten evadir el proceso.

El juicio comenzó el 21 de octubre. Desde ese día hasta acá declararon 17 testigos y tres de los imputados, quienes cruzaron incriminaciones.

Los imputados Da Silva y Zidorak apuntaron contra Tabarez y Escobar por golpes, patadas y pisotones efectuados contra Guirula, que aquella madrugada del 19 de julio de 2014 llegó muerto a la comisaría Decimotercera tras ser detenido en el motel Park de Posadas.

Sobre Escobar incluso señalaron que “iba saltando” sobre el cuerpo del albañil tendido en la cajuela del patrullero Toyota Hilux en el que se realizó el traslado hacia la seccional. El apuntado también pasó frente al tribunal y admitió haber “apoyado el pie” sobre el hombre, aunque afirmó que lo hizo “sin ejercer presión” y “por motivos de seguridad”.

El juicio, día a día:

Día 1: Caso Guirula: tres de los seis policías imputados pidieron declarar mañana

Día 2: Policía imputado declaró que Escobar y Tabarez patearon a Guirula en el piso

Día 3: Escobar se defendió y apuntó a Tabarez: “Le tiró patadas de punta” a Guirula

Día 4: Un forense ratificó que a Guirula le fracturaron las costillas a patadas

Día 5: Caso Guirula: testimoniales desistidas y cuarto intermedio hasta el martes

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Golpes, asfixia y abuso: la acusación que pesa contra Pedro Alejandro Núñez

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Pedro Alejandro Núñez

Golpeada, con signos de estrangulamiento en el cuello, un bollo de papel en la boca, vías respiratorias obstruidas con cinta de embalaje y un hombre semidesnudo encima suyo. Así fue encontrada y rescatada el 5 de diciembre de 2021 una joven estudiante que fue víctima de un ataque sexual que ahora tiene al acusado frente a frente con la Justicia, en un juicio oral que se extenderá hasta la semana que viene en el Tribunal Penal Uno de Posadas.

El implicado es Pedro Alejandro Núñez (30), que al momento del hecho era estudiante de medicina en Santo Tomé y llega a juicio privado de su libertad e imputado por los delitos de “abuso sexual con acceso carnal y femicidio en grado de tentativa con concurso real”, figura bajo la cual puede recibir una severa condena. 

La primera audiencia comenzó hoy, poco después de las 8.30, con la lectura del requerimiento de elevación a juicio de la causa, formulada por la fiscal de instrucción Siete Patricia Clerici, que también encabezará la acusación durante el proceso oral.

Pedro Alejandro Núñez llega privado de su libertad al juicio.

La acusación

De ese documento se desprende que el hecho comenzó a las 4.30 del 5 de diciembre de 2021, cuando vecinos de un inquilinato ubicado sobre avenida Lavalle, casi Centenario, de Posadas, llamaron al 911 para alertar sobre ruidos, gritos y un posible caso de violencia de género en el edificio.

Los uniformados acudieron al lugar e ingresaron cuando un vecino prestó su llave para abrir el portón principal. De ahí subieron las escaleras y al llegar al monoambiente de la víctima en el tercer piso se toparon con Núñez infraganti y semidesnudo sobre la joven, por lo que fue inmediatamente fue detenido.

Según describieron los agentes involucrados en el procedimiento, la joven estaba desvanecida y con el rostro morado como consecuencia de las cintas de embalaje que le provocaron un principio de asfixia.

Los estudios médicos practicados posteriormente certificaron que la joven presentaba, además, un golpe en la cabeza, marcas de sujeción manual en el cuello y signos de abuso sexual.

En la denuncia radicada desde el hospital, la muchacha narró que esa noche cerró la puerta de su departamento sin llave y se acostó a dormir, hasta que fue sorprendida por su atacante encima suyo, a quien no llegó a verle el rostro.

La joven agregó que se resistió al ataque con tanta potencia que se orinó encima, pero en determinado momento se desvaneció y cuando despertó ya estaba la Policía en el lugar.

En su defensa, Núñez alegó que una semana antes había tenido una cita con la muchacha y sostuvo que el encuentro de esa noche había sido consentido, aunque la fiscal Clerici descartó su versión al contraponer sus dichos con las pruebas recolectadas durante la investigación.

La fiscal sostuvo que en los dispositivos de la víctima no se encontraron registros, ni conversaciones con Núñez. También valoró el testimonio de una amiga de la chica, quien señaló que el día de esa presunta cita ambas estaban estudiando en otro lugar.

La causa fue elevada a juicio en mayo de 2024 con la firma del magistrado Miguel Mattos, titular del Juzgado de Instrucción Siete de Posadas.

La fiscal Patricia Clerici participó de la instrucción y también está encabeza la acusación en el juicio.

El juicio

Para el debate que comenzó esta mañana están citados un total de 35 testigos, entre ellos vecinos de la víctima, los agentes policiales que participaron del operativo, médicos y peritos.

Núñez, vestido de traje, pasó frente al tribunal hoy para validar sus datos personales. Se presentó como estudiante y decidió “por el momento” abstenerse de declarar. El joven es defendido por el abogado particular Jorge Zabulanes.

Esta situación marcó el fin del carácter público de la audiencia. El paso siguiente iba ser la declaración de la víctima, quien pidió que durante su comparecencia el imputado no esté presente en la sala.

El debate continuará los días 4, 5, 6, 7, y 10 de noviembre. La jornada prevista para los alegatos y el dictado del veredicto final fue fijada para el día 11.

El tribunal encargado de llevar adelante el proceso está presidido por el magistrado Gustavo Bernie e integrado con los jueces Ricardo Balor y César Yaya como vocales subrogantes.

Juzgan desde el lunes a acusado de abuso e intento de femicidio en Posadas

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Condenan a madre que cepilló los dientes de su hijo de 4 años con cocaína

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Condenan a madre que cepilló los dientes de su hijo de 4 años con cocaína

El Tribunal Oral Federal de Posadas condenó a la mujer que en el 2018 reconoció que le cepilló los dientes a su hijo de 4 años, en ese entonces, con cocaína para “calmar” un dolor de muela.

Mediante un juicio abreviado, Antonia Alves De Olivera (30) recibió la pena de 4 años y 6 meses de prisión a cumplir en modalidad de arresto domiciliario. La mujer admitió su culpabilidad y fue condenada por el delito de “suministro a terceros de sustancia estupefaciente en forma gratuita en perjuicio de un menor de edad”.

Aunque por un veredicto previo contra la encartada por “tráfico de estupefacientes”, emitido por el Tribunal Oral Federal de San Martín N.º 3, las penas fueron unificadas y deberá cumplir 7 años de prisión bajo la modalidad domiciliaria.

El hecho

El 31 de mayo del 2018, en horas de la madrugada, Alves De Oliveira llegó al Centro de Atención Primaria de la Salud (CAPS) del barrio posadeño A4 junto a su hijo G. A. J. R., que en ese momento tenía 4 años de edad, porque presentaba “convulsiones” y “temblores”.

Debido al cuadro del menor, desde el CAPS ordenaron su traslado hasta el Hospital de Pediatría Fernando Barreyro y, tras practicarles análisis, los médicos confirmaron que tenía clorhidrato de cocaína en su organismo.

La investigación del hecho se activó a raíz de la denuncia de los profesionales de la salud del pediátrico posadeño.

En tanto, en su declaración indagatoria, Antonia relató que ese día “vi que mi hijo J. tenía una bolsita transparente como esas de helado en la mano de él, yo le pregunté de dónde sacó y él me dijo que encontró afuera en el portón, entonces yo le saqué la cosa que tenía en su mano y se ve que él ya se había metido en su boca porque él me decía que quería agua que le daba asco, en eso yo le llevo al baño y le empiezo a cepillar los dientes”.

La madre continuó relatando a la Justicia que luego de cepillar los dientes a su hijo “vi que estaba bien y me acosté”, pero después de un rato notó que “él movía sus piernas… y pensando que metió esa cosa en la boca lo llevo al médico del CAPS del barrio”.

Finalmente, la progenitora admitió que al médico del centro de salud “le dije que le limpié los dientes con cocaína y me volvió a preguntar y me decía ‘con cocaína'”.

Condena

Además de la declaración de la acusada, el Tribunal Oral Federal de Posadas tuvo en consideración la historia clínica del menor G.A.J.R. remitida por el hospital pediátrico, así como también la declaración testimonial de los médicos que lo atendieron esa madrugada y de los profesionales de salud de la Policía de Misiones.

En tanto, resolvió condenar a Antonia Alves De Olivera a la pena única de siete años de prisión y una multa de $135.000 tras encontrarla penalmente responsable del delito “suministro a terceros de sustancia estupefacientes en forma gratuita en perjuicio de menor de edad” en concurso real con el delito de “tráfico de estupefacientes en la modalidad de comercio y transporte, agravado por la participación de tres o más personas en forma organizada” en calidad de coautora, unificando así el veredicto emitido en 2021 por otro tribunal.

Debido a que la mujer tiene dos hijos de 10 y 11 años de edad a su cargo, el tribunal dispuso que cumpla la condena en su domicilio con monitoreo electrónico y control trimestral del Departamento de Ejecución Penal.

“Teniendo presente que la condenada nombrada tiene dos hijos menores de edad que se encuentran a su cargo y cuidado, de 10 y 11 años de edad, y que percibe por ellos la asignación universal, además que trabaja en su domicilio de manicura y peluquería los fines de semana; sumado a la situación de vulnerabilidad de los menores referida por la representante del Ministerio Pupilar interviniente en autos, y que, la situación de encierro le impedirá brindar la asistencia, atención y contención permanente a sus hijos, entiendo que la prisión domiciliaria, como medida alternativa, atiende el interés superior de los menores, por lo que incumbe otorgar dicho beneficio a la causante a los fines de que cumpla el resto de la pena unificada impuesta”, argumentó la Justicia en el fallo que este viernes fue publicado en el Centro de Información Judicial (CIJ).

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