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Rechazan exención de prisión a líder del clan Mareco prófugo desde 2016

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Más de 2300 días después del pedido de captura internacional emitido en su contra, Jorge Rafael Mareco, uno de los sindicados líderes del clan familiar que durante años se dedicó al contrabando de cigarrillos en Jardín América, se reportó ante la Justicia, aunque no obtuvo lo que buscaba.

El hombre, el único del denominado “clan” que resta responder por los delitos que le endilgan, presentó mediante su abogado defensor un pedido de exención de prisión que en primera instancia fue rechazado por el Juzgado Federal de Oberá y esa negativa ahora fue avalada por la Cámara Federal de Apelaciones de la provincia.

Según pudo averiguar La Voz de Misiones, en dicho planteo la defensa de Mareco solicitó que al implicado se le otorgue la exención de prisión, un recurso que contempla la posibilidad de que un imputado mantenga su libertad a lo largo del proceso que se lleva adelante en su contra.

El pedido también contemplaba, de manera subsidiaria, la posibilidad de que Mareco, una vez que se presentase a declarar por los delitos que le endilgan -asociación ilícita, lavado de activos y contrabando-, se acoja al beneficio bajo la modalidad de prisión domiciliaria y con tobillera electrónica en caso se que se considere necesario.

Como argumento, esgrimieron que el hombre presenta patologías vinculadas a “trastorno de ansiedad generalizada con agorafobia y claustrofobia”.

Sin embargo, el pedido fue rechazado por el Juzgado Federal de Oberá y ante ello la defensa del involucrado presentó un recurso de apelación ante lo cual debió intervenir la Cámara Federal de Apelaciones de la provincia, cuyos camaristas ahora analizaron la cuestión y decidieron ratificar la negativa dictada en primera instancia.

El reciente fallo fue firmado el último miércoles y en la resolución los magistrados intervinientes consideraron que los argumentos esgrimidos por la defensa no cumplen los requisitos para el otorgamiento del beneficio y tampoco alcanzan para contrarrestar la “existencia de riesgo procesal”.

En ese punto, pusieron énfasis en la gravedad de los delitos investigados y la cantidad de tiempo que el implicado lleva evadiendo a la Justicia.

“Refuerza la presunción de fuga, la circunstancia de que aún no se ha podido cumplir la orden de captura internacional dispuesta en la causa principal el 17/11/2016 –más específicamente en el punto resolutivo nº 13 de la resolución- por cuanto a la fecha Jorge Rafael Mareco no ha podido ser habido ni tampoco se presentó a estar a derecho, como lo merituó el Juez de la instancia que antecede”, se lee en el fallo al cual LVM tuvo acceso.

En otro tramo de la resolución, los camaristas también citan un fragmento de la opinión fiscal ante el pedido defensivo de Mareco en el que se señala que “alegar un desconocimiento de las consecuencias de su conducta o las circunstancias que llevaron al Juzgado Federal de Oberá a solicitar su captura internacional resultan a estas alturas no creíble en absoluto”.

De esta manera, la resolución final fue confirmar el rechazo tanto de la exención de prisión como de la prisión domiciliaria firmado previamente por el Juzgado Federal de Oberá y, por ende, continuará vigente el pedido de captura internacional que pesa sobre Mareco.

Jorge Rafael Mareco aparece involucrado en una causa por los delitos de delitos de asociación ilícita, lavado de activos de origen delictivo y encubrimiento de contrabando.

En el mismo expediente estuvieron imputados su hermana Ramona Beatriz Mareco (47), el esposo de la mujer Darío Enrique Podeley (44) y el cuñado de la mujer Marcelo Darío Villalba (40).

Ellos tres debían enfrentar debate oral en marzo del año pasado, pero días antes de la fecha programada decidieron llegar a un acuerdo con la Fiscalía del Tribunal Oral Federal de Posadas y firmar un juicio abreviado por penas de cinco años de prisión.

Clan Mareco al descubierto

El accionar del Clan Mareco quedó al descubierto en enero de 2016, cuando Joaquín -hermano de Jorge- mantuvo un tiroteo con la Policía mientras guiaba el paso de una camioneta cargada con cigarrillos de contrabando por caminos vecinales que conducen al río Paraná, en la zona de Colonia Oasis, a 13 kilómetros de Jardín América.

Desde ese momento, efectivos policiales y uniformados federales iniciaron una extensa y compleja pesquisa que derivó en un expediente paralelo al tiroteo, en el cual se investigaba los delitos de asociación ilícita y encubrimiento de contrabando, aunque en la etapa de recolección de pruebas también surgió que los involucrados realizaban maniobras económicas para reingresar el dinero de origen delictivo al circuito legal.

De esta forma, la causa avanzó hacia todo el grupo familiar, que funcionaba bajo la estructura de un “clan” y contaba con una organización en la que había líderes, segundas líneas de confianza, transportistas, campanas e integrantes de diversas fuerzas de seguridad comprados a cambio de información.

La pesquisa trazada por investigadores de la Gendarmería Nacional Argentina (GNA) reconstruyó que la familia se encargaba de obtener cargas de cigarrillos provenientes de Capitán Meza y otras localidades paraguayas del departamento de Itapúa, ingresarlas a la provincia a través de puertos clandestinos ubicados a la vera del río Paraná y luego distribuirlas por las rutas 7 y 8 -principalmente- hacia distintas ciudades de Misiones e incluso cruzarlas a Brasil.

Estimaciones realizadas durante los procedimientos ejecutados entre 2016 y 2017 señalaban que, sólo con el contrabando de cigarrillo, la banda alcanzaba a obtener ganancias de 700.000 pesos por semana.

En los operativos, ejecutados en distintas ocasiones, en diversas propiedades y a manos de varias fuerzas de seguridad, los investigadores incautaron una innumerable cantidad de pruebas, desde cajas de cigarrillo, vehículos con pedidos de secuestro por robo, neumáticos de contrabando, armas de fuego y libros con anotaciones contables.

En el expediente también constan intervenciones telefónicas que podrían constituirse como elementos clave, dado que en las escuchas los implicados aparecen pautando las compras de las mercaderías de contrabando, organizando la logística de los traslados, acordando lugares de acopio y evidenciando nexos con uniformados corrompidos que alertaban sobre procedimientos en sus contra.

La investigación fue impulsada por la Fiscalía Federal de Oberá, a cargo de Viviana Vallejos, que a fines de 2019 formuló el requerimiento de elevación a juicio del expediente y el Juzgado Federal de esa misma circunscripción judicial estampó la firma necesaria.

La causa ya estuvo lista para ventilarse en debate oral en 2020, pero la pandemia conspiró contra lo planificado y obligó a reprogramar todas las actividades previstas por el Tribunal.

La siguiente fecha estipulada fue para el 28 de marzo de 2022, pero unas semanas antes los tres implicados decidieron admitir sus responsabilidades y firmar el mencionado acuerdo de juicio abreviado por cinco años de prisión.

Por el tiroteo que destapó el accionar del clan, en tanto, Joaquín Mareco fue condenado en 2019 a la pena de 4 años y 1 mes de prisión.

Todos los miembros del clan condenados estuvieron presos en distintos penales de la provincia, hasta que conforme el paso del tiempo y el cumplimiento de los requisitos exigidos fueron obteniendo beneficios de libertad condicional.

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Imputaron al ex convicto detenido por el crimen del productor Von Steiger

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El ex convicto detenido por el asesinato a machetazos de su patrón, el productor agrícola Hugo Orlando Von Steiger (75), se abstuvo de declarar y fue imputado por homicidio agravado.

La audiencia de declaración indagatoria se concretó en las últimas horas y fue realizada ante la magistrada Adriana Zajackowski, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Oberá, pero actualmente a cargo por subrogancia del Juzgado de Instrucción Uno de la misma circunscripción judicial.

Frente a ella compareció Samuel de Almeida (45), ex convicto y peón rural de la víctima, quien decidió guardar silencio y acto seguido fue imputado preliminarmente por “homicidio agravado”.

De esta manera, el sospechoso continuará privado de su libertad y su futuro dependerá de los elementos probatorios que los instructores de la causa logren reunir para esclarecer el hecho.

El crimen de Von Steiger se registró el 9 de enero, cuando su cuerpo fue encontrado a un costado de su camioneta Volkswagen Saveiro sobre un camino vecinal en una zona de plantaciones en el límite entre Oberá y General Alvear.

El hombre presentaba múltiples lesiones de machetazos en miembros inferiores, superiores, tórax y rostro.

De Almeida fue la última persona vista junto a la víctima y después del hecho permaneció prófugo casi un día, hasta que efectivos policiales lo capturaron a unos 25 kilómetros de la escena del crimen.

El sospechoso trabajaba como peón de Von Steiger hace unos tres años. Antes de eso estuvo cuatro años preso por un delito contra la integridad sexual.

Atrapan a ex convicto acusado de matar a machetazos al productor Von Steiger

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Fopea “deplora” el intento de censura del ex juez Reyes contra LVM

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El Foro de Periodismo Argentino (Fopea) se hizo eco del intento de censura contra La Voz de Misiones y mediante un comunicado expresó que “deplora” el accionar del abogado y ex juez penal José Antonio Reyes, autor de una carta documento enviada a este medio.

El caso fue relevado por integrantes del monitoreo de libertad de expresión de Fopea, quienes se interiorizaron en la situación y resolvieron expresar su postura a favor de La Voz de Misiones.

En el mismo comunicado señalaron que “Fopea advierte que pretender impedir o condicionar la publicación de información veraz sobre hechos juzgados constituye un intento de censura, incompatible con los principios constitucionales que protegen la libertad de expresión y el derecho de la ciudadanía a estar informada”.

“La existencia de resoluciones judiciales refuerza el carácter público de la información difundida y el derecho de los medios a darla a conocer”, consignan después y cierran: “Reafirmamos que la libertad de expresión y el derecho a la información son pilares esenciales del sistema democrático, que deben ser garantizados y protegidos frente a cualquier intento de restricción”.

El intento de censura contra LVM provino de parte del ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes –destituido en 2007-, quien ahora se desempeña como abogado particular y actuó como defensor de una pareja de bonaerenses condenada por participar de una maniobra de entrega de bebés en Concepción de la Sierra, ardid que fue expuesto por este medio mediante un informe publicado el pasado 5 de enero.

 

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Ex juez pide censura a LVM por nota sobre entrega de bebés en Concepción

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La Corte Suprema ratificó en 2021 la destitución de José Reyes como juez

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José Antonio Reyes, el abogado que pidió censurar a La Voz de Misiones por una nota sobre entrega de bebés que involucraba a dos de sus defendidos, fue juez penal de Apóstoles hasta su destitución en 2007, aunque eso ya se sabía y múltiples publicaciones dan cuenta de ello.

En contrapartida, lo que en estos años pasó desapercibido es que la destitución de Reyes fue ratificada en 2021 por la mismísima Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), hasta donde el ex magistrado recurrió para tratar de revertir el fallo que le quitó el cargo por incumplimiento de sus deberes.

La medida del máximo órgano judicial del país fue firmada por los jueces Carlos Fernando Rosenkratz, Juan Carlos Maqueda y Horacio Daniel Rosatti, quienes analizaron el recurso de casación interpuesto y desestimaron uno por uno los argumentos esgrimidos  por Reyes en su escrito.

La resolución tiene 17 páginas, es información pública en internet y en uno de sus apartados los jueces la Corte concluyen, sin vueltas: “Que, en las condiciones expresadas, no puede ponerse fundadamente en tela de juicio que el ex magistrado fue imputado por un cargo definido, en base a una conducta descripta con suficiente precisión; que pudo ejercer su derecho de defensa, efectuando su descargo sobre la base de los hechos concretos que le fueron imputados; que su conducta fue evaluada y juzgada dentro de un plazo razonable; y que fue destituido, con sustento en los mismos hechos”.

De esta manera, quedó ratificada la destitución resuelta por el jurado de enjuiciamiento que analizó el caso en 2007 y encontró a Reyes responsable de “incumplimiento de sus deberes”.

El pedido de jury había sido formulado por Gabriel Díaz, por aquel entonces gerente regional del banco Macro, quien acusó a Reyes de emitir un recurso de amparo a favor de la empresa “Touché-Moreno Ocampo y Otros UTE” pese a no ser competente.

Esa resolución le permitió a la empresa extraer unos 3 millones de pesos del banco, supuestamente en concepto por pagos pendientes por el cobro tercerizado de morosos de Rentas.

Antes de llegar al jury, el magistrado presentó la renuncia, pero el gobierno no se la aceptó. Tras su destitución, Reyes habló con el diario El Territorio y prometió: “Voy a reclamar hasta la última instancia porque considero justo, se violó mi derecho a la defensa y el debido proceso, eso tilda de nulo el proceso. Es una grosera sentencia”.

Décadas después, la contienda judicial llegó hasta la Corte Suprema, cuyos magistrados entendieron que a Reyes no le asistía la razón. 

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