Judiciales
Pidieron investigar por falso testimonio a una hermana Esteche en el juicio
La sexta audiencia del juicio oral por el femicidio de Irma Ferreyra Da Rocha (47), cometido en diciembre de 2016 en Garupá, tuvo su punto álgido esta mañana, cuando la Fiscalía solicitó el inicio de una investigación por falso testimonio contra una hermana del imputado Alejandro Esteche al marcar “contradicciones” entre las declaraciones vertidas por la mujer durante el proceso.
El pedido fue formulado por el fiscal Martín Rau contra Elizabeth González, hermana de Alejandro Guillermo “Porteño” Esteche (34), único acusado del hecho e imputado por el delito de “abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización, seguido de muerte”, que prevé una pena de prisión perpetua.
El representante del Ministerio Público Fiscal argumentó que el planteo deviene de las contradicciones que advirtió entre las declaraciones vertidas por la mujer a lo largo del proceso. “Los dichos de hoy ni siquiera son similares a las de otras oportunidades”, apuntó el fiscal y minutos más tarde reforzó su postura al mencionar que la testigo “ha variado completamente sus dichos, pero no sólo de ella, sino de otros testigos”.

El fiscal Rau y la testigo González durante la testimonial de hoy.
En orden cronológico, González fue la cuarta testigo en brindar su testimonio en la jornada de hoy y lo hizo a pesar de que no tenía la obligación de hacerlo al ser familiar directo del imputado.
En esa instancia, la joven recordó que ese 16 de diciembre de 2016 por la noche ella estaba trabajando en la fiesta de año que se realizaba en el predio de “La Economía” de Garupá, celebración a la cual acudió parte de su familia, incluida su pareja de ese momento -Facundo Uboldi, quien declaró ayer por videoconferencia desde Buenos Aires-, la ex concubina de su hermano -Verónica Otazu- y el imputado Guillermo Esteche.
A partir de ahí, González señaló que se retiró de la fiesta porque Uboldi tuvo conflictos con otra persona y no supo más nada de su hermano hasta la tarde del día siguiente, cuando el hombre apareció por su casa.
La testigo agregó que para ese entonces “su jefe” le había contado que la noche previa “hubo un problema con una señora que se fue de la fiesta” y que en el barrio empezaron a decir que “buscaban a una persona que era como Ale -por Esteche-. Pero yo hablé con él y me dijo que no, que nada que ver”.
González continuó su relato y señaló que al día siguiente -domingo 18 de diciembre- su cuñada la llamó para contarle que la Policía se llevó a Esteche detenido. Casi en paralelo, otra comisión buscó del trabajo a Uboldi y ambos quedaron en la Comisaría Quinta de Garupá.
Allí la testigo comenzó a declarar en coincidencia con lo vertido por el imputado en la primera audiencia de debate, cuando denunció apremios, amenazas y presiones para autoincriminarse por el crimen de Irma Ferreyra.
“Mientras Facundo estaba ahí hablé con él por mensaje. Me decía que estaba en una pieza oscura y que le insultaban, hasta que le sacaron el celular”, declaró González, al tiempo que mencionó que vio a Hugo Martínez -primer demorado de la causa y luego desvinculado del hecho- salir del mismo lugar con “quemaduras de cigarrillo” en los brazos.
Hasta allí González declaró sin interrupciones y cuando culminó el fiscal Rau comenzó con sus intervenciones.

González declaró a pesar de que no tenía la obligación de hacerlo al ser familiar directa del imputado.
Testimonio cuestionado
“¿Usted sabe que en la causa se hicieron pericias telefónicas?”, preguntó Rau a la testigo, quien respondió que “sí”, a lo que el fiscal sumó “bueno, ese intercambio de mensajes que usted menciona es inexistente”.
Rau también interrogó a la testigo sobre una discusión registrada el día siguiente al hecho entre ella, Esteche y Otazu.
Esta mañana, González señaló que no hubo ninguna discusión, al tiempo que al momento de declarar en la etapa de investigación indicó que cuando Otazu se encontró con Esteche le reprendió por haber regresado tarde y ella también le recriminó por no haber acudido a ella en vez de quedarse a dormir en la calle.
“Yo ahí le dije que no sabía dónde estaba él, pero discusión para mí es otra cosa, por eso dije que no”, replicó la testigo.
Rau también fue incisivo sobre el lugar donde presuntamente Esteche durmió esa madrugada. En la etapa de instrucción González indicó que su hermano dijo haber dormido “en las vías del tren”, en tanto que hoy señaló que el hombre pernoctó “cerca de la playita de Garupá”.
Luego intervino el defensor particular de Esteche, el letrado Edgardo Cabrera, quien volvió a hacer énfasis en la escena de González en la comisaría Quinta esperando novedades de su pareja y su hermano.
“Facundo -Uboldi- después me contó que lo tenían a oscuras, que le sacaron el cinto, los cordones y le decían que iba a quedar a detenido. Que le convenía cantar porque ellos (por los policías) ya sabían lo que habían hecho”, manifestó la mujer, aunque en su declaración Uboldi no mencionó nada de ello.
En otro tramo de la testimonial también intervino César Yaya, uno de los magistrados -por subrogancia- del Tribunal Penal Uno de Posadas, quien preguntó si la testigo denunció todas esas situaciones de apremios que indicó, a lo que González contestó que no.

El magistrado César Yaya integra por subrograncia el Tribunal Penal Uno de Posadas.
Después de ello, el fiscal Rau volvió a la escena y pidió que la testigo sea investigada por el delito de falso testimonio. “Merece una investigación y esa es mi petición”, lanzó.
El Tribunal, completado por Viviana Cukla y Ángel Dejesús Cardozo, dispuso un breve cuarto intermedio y al regreso resolvió que se extraigan copias de las actuaciones pertinentes para girar los documentos a la Fiscalía de Instrucción Tres en turno, a fin de que su titular evalúe si existe la posibilidad de investigar un hecho de falso testimonio por parte de González.
La jornada se completó con la declaración de otros cuatro testigos y la etapa de testimoniales continúa hoy, a partir de las 8.30.
El caso
Según reconstruyó la Fiscalía de Instrucción Siete, a cargo de Patricia Clérici, la víctima y el imputado se conocieron y bailaron en una fiesta de fin de año que se realizó en la noche del 16 de diciembre de 2016 en el predio La Economía de Garupá.
Cerca de la medianoche, ambos se retiraron de la fiesta y fueron hasta un túnel peatonal ubicado en inmediaciones a la calle 246 y la avenida Alberto Roth.
Para la fiscalía, en primera instancia hubo relaciones consentidas, pero luego la mujer fue golpeada y en un baldío próximo al túnel fue ultrajada sexualmente con la rama de un árbol que destrozó varios órganos internos, lesiones que le provocaron la muerte después de 30 horas de agonía en el hospital Madariaga.
En la indagatoria realizada en la etapa de instrucción, Esteche declaró que haber tenido relaciones sexuales consentidas pero “extremas” con la víctima, al tiempo que al comienzo del debate oral cambió su versión: admitió haberse retirado con Irma de la fiesta, pero aseguró que después de ello no hubo ningún tipo de contacto sexual debido al estado de alcoholemia en el que ambos se encontraban. Además, apuntó que previamente se autoincriminó por apremios recibidos en la comisaría.
Las tres primeras personas que auxiliaron a la víctima malherida declararon, tanto en la instrucción como ahora en el juicio, vieron salir a Esteche del mismo lugar donde Irma fue encontrada agonizante y gimiendo de dolor.
Otros dos testigos, un efectivo y una médica policial, añadieron que al momento de su detención el imputado tenía lesiones en ambas manos.
Judiciales
Gurina y Sánchez rechazaron una probation y este martes arranca el juicio
Los docentes Mónica Gurina y Leandro Sánchez rechazaron una probation propuesta por la fiscalía y en consecuencia mañana iniciará tal como estaba previsto el juicio oral contra ambos dirigentes sindicales acusados por “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, cometidos durante las protestas salariales del año pasado en Posadas.
El inicio del debate oral está pautado para las 8 y el proceso se realizará en el SUM del Palacio de Justicia, escenario designado tras un pedido de la defensa para garantizar un mayor número de aforo.
Los docentes contarán con la defensa del letrado Eduardo Paredes y María Laura Alvarenga, mientras que la fiscalía estará representada por María Laura Álvarez, en tanto que el tribunal unipersonal encargado de impartir justicia estará presidido por la magistrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas.
Fuentes consultadas por La Voz de Misiones señalaron que el jueves pasado la fiscal Álvarez elevó una propuesta de suspensión de juicio a prueba, más conocido como probation, donde ofrecía la realización de tareas comunitarias como alternativa para resolución del conflicto.
La medida no implicaba el reconocimiento de ningún delito ni contaba como condena, pero los imputados decidieron rechazar la propuesta y enfrentar las acusaciones en debate oral, donde las posibilidades se reducen a un fallo condenatorio o a una absolución.
“Esto no es una cuestión criminalizable, independientemente de que se haga este juicio, que me parece una torpeza. Aunque sean condenados ellos van a pelear hasta donde sea”, precisó Paredes a LVM.
Y argumentó que “esta una cuestión gremial, en el ámbito, en el contexto, de una licuación de salarios del año pasado, y por otra parte es asambleario, es decir, es una asamblea la que decide (las medidas de protesta), no ellos. Esto no es una brigada militar donde solo Gurina y Sánchez, deciden. Ellos son voceros, son los que llevan la voz de la asamblea”.
De esta manera, Gurina y Sánchez se sentarán mañana en el banquillo de los acusados. Primero oirán el auto de elevación a juicio del expediente formulado por la fiscal de Instrucción Siete Patricia Clerici y una vez abierto el debate tendrán la oportunidad de declarar.
Posteriormente se dará inicio a las testimoniales, etapa que se extenderá durante al menos una jornada más hasta la instancia de alegatos finales previo al dictado de sentencia.
Acompañamiento y defensa
Bajo el lema “la lucha por el salario no es delito”, gremios docentes, sindicatos, organizaciones de derechos humanos y agrupaciones políticas se convocaron para acompañar mañana a los enjuiciados desde las escalinatas del Palacio de Justicia, ubicado sobre avenida Santa Catalina de Posadas.
“La exigencia de absolución para Mónica y Leandro es un eje de acción que está presentes en todas las acciones llevadas adelante por el Frente de Trabajadores de la Educación en Lucha, conformado por un conjunto de organizaciones que nuclean a docentes en la provincia. También la Mesa de Unidad, que suma al MPL, sectores autoconvocados y algunas seccionales de ATE Misiones, han persistido en incorporar esa demanda a sus reclamos”, señalaron.
Los trabajadores de la educación fueron procesados por “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, delitos que presuntamente fueron cometidos en el marco del acampe docente realizado a mediados de 2024 sobre la avenida Uruguay para reclamar mejoras salariales.
Judiciales
Jabornicky denunció por acoso judicial a Flores y pidió sancionar a Risko
El abogado Alejandro Jabornicky, que enfrenta una causa por violencia de género de su ex pareja, la diputada provincial electa Rita Flores, denunció a -ésta por “acoso judicial” y “mala fe procesal”, y pidió al juez de Instrucción 7, Miguel Mattos, que sancione a su colega y abogada de la querellante, Silvia Risko.
En un escrito, patrocinado por el abogado José Paulino Medina, Jabornicky contestó a la denuncia y el pedido de prisión preventiva por “violencia de género digital”, formalizados la semana pasada por Flores, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en un posteo, que la legisladora electa y Risko, consideran una publicación pagada de la red social, que violenta la orden judicial de restricción de septiembre pasado.
“La petición de la querella constituye un claro acoso judicial: pretende transformar una fotografía en redes sociales en un delito inexistente, invocar un riesgo de femicidio sin sustento y emplear figuras de violencia política y digital de modo oportunista”, sostiene la presentación de Jabornicky y sentencia: “Estos actos constituyen un abuso del proceso y deben ser sancionados”.
“La querellante ha presentado un pronto despacho solicitando la detención y prisión preventiva, invocando un supuesto ‘ciber-hostigamiento’ por publicaciones en Instagram. Acto seguido, sostiene que existe riesgo de femicidio, violencia política y amenaza agravada, imputando hechos graves que no están acreditados en autos ni son consistentes con la medida cautelar”, señala la presentación de Jabornicky y asegura que “ello evidencia una estrategia de hostigamiento procesal, encaminada a presionar al imputado mediante la reiteración de pedidos desproporcionados y sin sustento jurídico”.
Temerarias
El escrito señala que la orden de restricción que le impuso el juez Mattos a Jabornicky el 9 de septiembre pasado, luego de la denuncia de Flores en su contra, dispuso “la prohibición de acercamiento en un radio de 500 metros”, y “todo tipo de contacto físico, verbal, telefónico, de correo electrónico y/o cualquier otro tipo o medio que signifique intromisión injustificada”, pero que “no se prohibió publicar fotografías, ni expresar ideas en redes sociales”.
Según la presentación judicial, desde la notificación de la medida, el imputado Jabornicky “ha respetado íntegramente la prohibición de contacto: no hubo acercamientos físicos, llamadas, mensajes, correos, ni interacción de ningún tipo con la denunciante”, y asegura que “las supuestas ‘publicaciones’ en redes sociales son fotografías genéricas de hechos pasados y no constituyen ninguna forma de contacto ni intromisión injustificada”.
El escrito dirigido al juez Mattos, acusa a Flores y Risko de “presentaciones reiteradas y desproporcionadas”, “afirmaciones falsas o sin prueba”, “calificaciones jurídicas infundadas” y “temeridad y mala fe procesal”.
Afirma que, en la última denuncia de Flores, Risko “asevera que el imputado ‘abonó publicidad de la publicación de Instagram’ e interpreta que ello configura violencia digital”, y asegura que “estas afirmaciones no están acompañadas de prueba alguna”.
“La querella invoca la Ley 27.736 sobre violencia de género digital y la Convención de Belém do Pará, pretendiendo encuadrar una publicación genérica como un delito de ciber-hostigamiento”, relata Jabornicky y acusa: “Esta ampliación no solo carece de sustento fáctico, sino que constituye un abuso del derecho penal al pretender equiparar una fotografía con un acto de violencia digital”.
Desmiente, asimismo, que hubiera incurrido en “violencia política” contra Flores, en su rol de legisladora electa a punto de asumir, y que tal afirmación ignora que “el proceso penal en curso se refiere a hechos anteriores y que el suscripto ha mantenido un comportamiento respetuoso y alejado de la vida pública de la Sra. Flores”.
“No existe en autos ningún indicio de que las publicaciones referidas tuvieran un ánimo de obstaculizar la función pública”, señala el escrito.
Jabornicky invoca el artículo 32, del Código Procesal Penal de Misiones, y el artículo 34, inciso 6º, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para acusar a Flores y Risko de llevar a cabo “un ejercicio irresponsable y abusivo del derecho de acción que persigue hostigar y estigmatizar al imputado”, que “constituye, en términos doctrinales, acoso judicial” y “justifica que se disponga un llamado de atención o sanción al profesional interviniente”.
“La conducta de la querella no solo busca imponer una prisión preventiva desproporcionada, sino que pretende censurar la libertad de expresión y asociación del imputado mediante el bloqueo de sus redes sociales”, lo que “atenta contra los derechos constitucionales a la libertad de expresión, al trabajo y a la defensa en juicio, pues se pretende privar al imputado de medios lícitos de comunicación y de interacción social sin fundamento legal alguno”.
Amonestación
Por todo lo expuesto, Jabornicky pide al juez Mattos que declare “la existencia de temeridad procesal y abuso de derecho” por parte de Risko y la amoneste, “recordándole su obligación de ajustarse a la verdad y al derecho, bajo apercibimiento de imponer sanciones”.
A la vez, solicita “advertir a la querella que cualquier nueva presentación deberá fundarse en hechos objetivos y acreditados en autos, absteniéndose de utilizar el proceso como medio de hostigamiento o propaganda política”, y “reafirmar que la medida de restricción vigente prohíbe el contacto e intromisiones con las víctimas, pero no suprime la libertad de expresión, ni la posibilidad de publicar contenidos generales, por lo que cualquier interpretación extensiva debe desecharse”.
DENUNCIA_DE_ACOSO_JUDICIAL_Y_ABUSO_DE_PROCEDIMIENTO (1)Judiciales
Piden detención de Alejandro Jabornicky por publicar fotos con su ex pareja
La diputada provincial electa, Rita Marina Flores, denunció a su ex pareja, el abogado Alejandro Jabornicky, por “violencia de género digital” y a través de la querella pidió su prisión preventiva, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en una publicación pagada de la red social.
Flores oficializó la presentación judicial el jueves pasado, en la Fiscalía de Instrucción Dos de Posadas, y solicitó que se agregue al Expediente 1353277/2025, de la causa por violencia de género contra el letrado por hechos ocurridos a principios de septiembre en el domicilio de Jabornicky, que se tramita en el Juzgado de Instrucción Siete, a cargo del juez Miguel Mattos.
En la ocasión de esa primera denuncia, el domicilio del abogado fue allanado, y Jabornicky fue detenido y estuvo cuatro días recluido en una celda de la comisaría Segunda, sobre la avenida Tambor de Tacuarí, incomunicado.
A la par, la Justicia le concedió a Flores un botón de pánico y le impuso a Jabornicky una orden de restricción que, ahora, con la publicación de su foto con ella en Instagram, la represente legal de la diputada provincial electa considera violentada por el letrado.
Boluda
“La orden de restricción es una manda judicial y desobedecer es una falla penal; es desobediencia judicial”, afirmó Silvia Risko, abogada de Flores en declaraciones a LVM, y agregó: “La orden es que no puede ni acercarse físicamente, ni por teléfono, ni mail u otro contacto”.
“Son fotos del año pasado, que él promocionó pagando publicidad”, apuntó Risko y lanzó: “Eso es cagarse en la orden del juez”.
La abogada remarcó, además, “la intención de hostigamiento, invalidación y revictimización”, de parte de Jabornicky hacia su cliente, e incluso acusó al letrado de “intentar minar la imagen pública” de Flores, de cara a su asunción en la Legislatura el 10 de diciembre próximo.
“Paga una publi en la red social a días de asumir ella”, precisó Risko y contó que, a partir de esta publicación de Jabornicky, Flores “comenzó a recibir mensajes de gente que le pregunta si volvió con él, y eso la hizo perder la tranquilidad”.
“El agravante es el hecho de que pague la publicación, con el claro objetivo de invalidar su denuncia por violencia, para que la gente diga: ‘Mirá, esta boluda volvió al final’”, afirmó.
Ciclo
La fitración del escrito de Flores, al que tuvo acceso La Voz de Misiones, encuadra jurídicamente todo lo argumentado por Risko.
“El hostigamiento a través de un medio público digital NO significa una intromisión menor, sino un ACTO DELIBERADO DE CIBER- HOSTIGAMIENTO que REACTIVA el ciclo de violencia, EXPONIENDO PÚBLICAMENTE A LA VÍCTIMA JUNTO A SU AGRESOR, interrumpiendo de manera efectiva la indemnidad psicológica de la Sra. Rita Marina FLORES y REAFIRMANDO el poder y control que el imputado pretende tener sobre la víctima, REVICTIMIZÁNDOLA, quien revive la situación traumática sufrida por las amenazas de muerte y violencia ejercida hacia su persona y el de su niña, generando un estado de terror y total indefensión ante su agresor”, señala el texto.
Asimismo, en otro párrafo asegura que “las AMENAZAS DE MUERTE efectuadas por el Sr. JABORNICKY a la Sra. FLORES, como también, el incumplimiento de la manda judicial, constituyen ANTECEDENTES GRAVÍSIMOS, existiendo CLARO RIESGO DE FEMICIDIO, todo ello ya que, la desobediencia judicial de quien amenazó con MATAR, DEGOLLAR y luego TIRAR A UN ZANJÓN a la Sra. Rita FLORES…NO PUEDEN SER TOLERADOS POR LA JUSTICIA, quien debe actuar conforme a los protocolos, doctrina y jurisprudencia con PERSPECTIVA DE GÉNERO, PROTECCIÓN A LA VÍCTIMA Y DEBER DE DILIGENCIA DEBIDA, EXISTIENDO UN RIESGO CIERTO PARA DEJAR A LA VÍCTIMA LIBRADA A SU SUERTE EN TOTAL DESAMPARO”.
En tal sentido, argumenta que “la prisión preventiva es la ÚNICA medida de protección eficaz que se ajusta al estándar de debida diligencia ante casos de violencia de género, todo ello acorde al Art. 7, inc. b, de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), que impone a los Estados el deber de actuar con la debida diligencia para prevenir y sancionar todo acto de violencia. Más aún, el Art. 7, inc. f, exige ‘establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia, que incluyan, entre otros, medidas de protección’”.
Agravante
En otro tramo, la denuncia acusa a Jabornicky de ejercer “violencia política” contra Flores, habida cuenta de su investidura como diputada electa, y ubica la situación como “agravante del hostigamiento”.
“La Sra. Rita Marina FLORES reviste el carácter de Diputada Electa de la Provincia de Misiones, con asunción prevista para el 10 de diciembre de 2025. Esta temporalidad es fundamental, todo ello ya que la violencia política es aquella dirigida a ‘obstaculizar, menoscabar o anular el desempeño de una función pública’”, refiere el escrito.
“El accionar del Sr. JABORNICKY, al hostigar a la Sra. FLORES en un medio público de difusión masiva (Instagram) en un período crucial de transición, no solo busca quebrantar su integridad psicológica individual, sino que persigue un objetivo más amplio: DEGRADAR y MENOSCABAR su imagen, credibilidad y legitimidad pública como futura representante legislativa electa por el voto popular en las últimas elecciones legislativas provinciales de fecha 08/06/2025, intentando impedir o dificultar su pleno y libre ejercicio del cargo inminente, afectando no sólo psicológicamente a la víctima, sino también a su rol como representante político social”, afirma.
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