Nuestras Redes

Judiciales

Apelaron el archivo de la causa por la muerte de un jubilado en 2025

Publicado

el

Los hermanos Edgar Corral y José Luis Apaza presentaron una denuncia por ejercicio ilegal de la medicina, abandono de persona seguido de muerte y falsedad ideológica, ante la Fiscalía de Instrucción Uno de Posadas, contra un enfermero y a la ex pareja de su padre, Rubén Corral, quien falleció en septiembre pasado. La Justicia resolvió desestimar y archivar la causa, por lo que ambos apelaron y solicitaron dar continuidad a la investigación. 

El caso se encuentra en manos del Juzgado de Instrucción Siete de Posadas y la denuncia fue dirigida contra la ex pareja del difunto, Helga R. y el enfermero a cargo, Santiago Miguel R.

Para Edgar Corral, ambos implicados “habrían procedido irregularmente durante la atención médica domiciliaria” de su padre, “un paciente con diabetes y obesidad que necesitaba seguimiento médico permanente y supervisión profesional”. Al mismo tiempo, aseguró que hubo “encubrimientos tras el fallecimiento”.

La denuncia, a la que tuvo acceso LVM, fue radicada en septiembre del año pasado, tras el deceso de Rubén Corral y en la presentación los hijos del fallecido alegaron que: “De las pruebas reunidas surge que las personas intervinientes en el control, monitoreo y cuidado del causante no actuaron con la debida diligencia ni tomaron con seriedad su condición de salud, pese a tratarse de un paciente con enfermedad crónica (diabetes) que requería seguimiento médico permanente y supervisión profesional”.

El documento en cuestión también advierte que: “Existen sospechas fundadas de abandono y desatención, tanto en los días previos como en las horas posteriores al fallecimiento, lo que habría sido acompañado de decisiones irregulares sobre su cuerpo y sus bienes, adoptadas sin conocimiento ni consentimiento de sus hijos”. 

En el caso intervino la fiscal Patricia Clerici, que tiempo después de analizar las pruebas recabadas, resolvió desestimar la denuncia y el archivo de las actuaciones, al considerar que “el hecho denunciado no encuadra en una figura penal”. 

En su planteo, la fiscal argumentó que tras “una atenta lectura de sus constancias da cuenta de que el occiso habría fallecido por causas naturales sin intervención dolosa o culposa de terceros”.

Tras ese dictamen, el 21 de mayo pasado, el juez Miguel Mattos compartió la opinión fiscal al considerar que “las presentes actuaciones no reúnen las condiciones fundamentales para ser posible el avance del proceso al no existir delito”, por lo que, en consonancia con el artículo 204 del código de Procedimiento en materia Penal, resolvió el “rechazo o archivo” de la causa. 

Apelación

No conformes con el resultado, los denunciantes decidieron apelar el dictamen de desestimación y archivo de la causa. En ese marco, insitieron en continuar la investigación al sostener que “existen elementos unívocos que configuran los delitos de Homicidio (Art. 79 C.P.) o Abandono de Persona Seguido de Muerte (Art. 106 C.P.), Ejercicio Ilegal de la Medicina (Art. 208 C.P.) y Falsedad Ideológica (Art. 293 C.P.)”.

Al respecto, Edgar Corral (33) expresó en diálogo con La Voz de Misiones que: “En su testimonial, el enfermero Facundo Facal manifestó que Santiago Miguel Rossler (enfermero a cargo) le impidió realizar el RCP. No pudo realizar la maniobra ya que el enfermero se lo negó haciéndose cargo de la decisión”. 

Y ahondó: “Yo creo que acá la Justicia está encubriendo algo porque, yo pienso, ¿cómo con todas estas pruebas, las testimoniales hechas y demás no van a llamar para calidad indagatoria a esta gente denunciada?”.

“Mi conclusión es que la señora R., ex concubina de mi padre, hizo cremar el cuerpo sin mi consentimiento. Ella es de Salta y mientras venía de allá para Misiones coordinó todo lo que es el servicio de sepelio vía telefónica. Hay algo muy raro en el medio, ¿Cómo el servicio de sepelios va a actuar así? ¿Cómo no va a hacerse presente la Policía en el domicilio? y en la declaración de la enfermera Cristina ella afirma que el enfermero Santiago R. le había pedido el dinero de mi padre y las llaves del auto, cuando ni siquiera es familiar y estaba ejerciendo la profesión de manera ilegal”.

Y añadió: “Pido a la Justicia que investigue porque sospecho que este muchacho le inyectó algo a mi padre. Para mi fue premeditado y por parte de su ex concubina. Ella tiene un hijo con mi padre, quien es mi medio hermano, y con él hubo ocultamiento hacia los otros dos hermanos que somos yo y mi otro hermano que reside en Salta”.

El caso

Ruben Corral falleció el pasado 17 de septiembre alrededor de las 21 en su domicilio situado en la ciudad de Posadas, donde recibía atención médica domiciliaria, en tratamiento por dos enfermedades crónicas: diabetes y obesidad. 

Uno de sus hijos denunciantes observó una serie de “irregularidades” durante la atención médica y el posterior fallecimiento, por lo que decidió investigar al personal que lo atendió a través del Colegio de Enfermeros de Misiones y la funeraria que retiró el cuerpo de la vivienda.

“Una de las cosas que encontré es que el enfermero -que lo atendía hace dos años- tiene matrícula vencida desde el año 2022. Sin embargo, ejercía actos de médico, prescribía medicina, hacía indicaciones de médico, le inyectaba suero a mi papá y le hacía intravenosa. Entonces mandé a pedir un informe sobre su matrícula y pude constatar que se encontraba vencida”, aseguró conforme al informe emitido por el Colegio de Profesionales de Enfermería de Misiones el pasado 13 de enero.

El mismo confirma que Santiago Miguel R., quien se encontraba a cargo de los cuidados de Rubén Corral, no contaba con su matrícula profesional vigente desde el año 2022, como tampoco la declaración de su domicilio profesional.

El mencionado profesional se encuentra inactivo por deuda, con carnet fuera de vigencia, habiendo sido matriculado el 7 de julio de 2010, y con matrícula inhabilitada desde el mes de julio del año 2022, situación que se mantiene hasta la fecha. Asimismo, se informa que no registra antecedentes éticos conforme a la información disponible en esta colegiatura”, detalla el documento.

El día del fallecimiento, también se encontraban presentes Facundo Facal y Zahra Barakat, enfermeros de la red de traslados, que condujeron las dos ambulancias para realizar las atenciones en el domicilio del difunto. “Tengo los testimonios de ellos que hizo la fiscalía bajo juramento, lo de Facal es terrible, no pudo realizar la maniobra de RCP por órden de R. Por eso digo que está demostrado el abandono de persona seguido de muerte”.

Respecto a la atención domiciliaria, explicó: “A mi padre no le gustaban las clínicas, le tenía fobia a los hospitales, entonces, él pagaba por atención en su domicilio a Santiago R. y tenía las cuidadoras que le cocinaban, le limpiaban, él iba en la camioneta, ellas le llevaban el dinero y pagaban proveedores, porque en ese momento se encontraba a cargo de un puesto con venta de legumbres en el Mercado Central”.

Distribuidora de legumbres de Rubén Corral.

“Cuando fui a Misiones pude lograr el contacto con una de las cuidadoras de mi padre, ella se llama Cristina Cantero. También contacté a Camila Alvez y empecé a reunir testimoniales mías por audios de WhatsApp, empecé a armar la historia y había muchas cosas que no me cerraban. Frente a esto, mandé un mail a la red de traslados de Misiones, me acredité como hijo del fallecido, con el acta de defunción, partida de nacimiento y documento, y me mandaron un informe que fue lo más devastador para mí”, apuntó. 

El mencionado documento, emitido por la Unidad Central de Emergencias y Traslados con la firma del Ministerio de Salud de Misiones, en noviembre de 2025, dejó constancia de que R. había impedido la realización del RCP al paciente en cuestión.

Según ese historial, fue el 17 de septiembre de 2025 a las 8.58 cuando la unidad de traslado arribó al domicilio de Corral a fin de verificar su estado de salud, quien se encontraba en tratamiento por diagnóstico de diabetes tipo 2.

El mismo documento señala que, según constató la licenciada en Enfermería, Barakat, durante la comisión, “el paciente se encontraba sentado en la cama, lúcido, colaborativo, con signos vitales estables sin criterio emergente, quedando con indicaciones y pautas de alarma”. Al mismo tiempo, añadió que “al referir que no había tomado la Metformina indicada, se le administra la misma al momento del control”.

A las 20.30 de ese mismo día, se concretó la visita de la segunda unidad de traslado en cuestión, tras un llamado al 911. Fue entonces cuando el enfermero Facundo Facal informó que Corral se encontraba tendido en el baño, en decúbito neutral, por lo que lo ayudaron a cambiar de posición e ingresó en Paro Cardíaco Repentino (PCR) y el enfermero Facal sugirió reanimación, a lo que R., encargado del paciente, “decide no comenzar, haciéndose responsable de la decisión”.

Tras el fallecimiento, el hijo denunciante decidió dirigirse a la funeraria donde realizaron el sepelio y posterior cremación. “En la información que pedí a la funeraria pude ver que la ex concubina de mi papá mintió en la declaración jurada del crematorio diciendo que mi padre no tenía hijos, apurando la cremación y haciéndola de manera expres”.

Y sumó: “Leí una ordenanza municipal que dice que mínimamente el cuerpo tiene que cumplir 24 horas, antes de cremarlo. Ella pagó una cremación exprés para apurar y que no se pueda hacer una autopsia, sabiendo de mi existencia y sin consultarme. A todo esto, en una testimonial de una de las enfermeras que lo cuidaban, ella dice que cuando él muere, ella ve que se va la ambulancia y automáticamente llega el servicio de sepelios, nunca se hizo presente la Policía ni un médico forense”.

“Con todo esto que reuní, sobre la red de traslados, el crematorio, el informe del Colegio de Enfermeros, fui, hice la denuncia, con la denuncia entregué un pendrive con toda esta información e informes, con el testimonio mío y de mi hermano, y bueno, creo que la fiscal no leyó o no entendió nada y me quieren archivar la causa”, lamentó en diálogo con este medio.

Luego, concluyó: “Esto va a ir a la Cámara de Apelaciones, no puede quedar así. No me dieron la posibilidad de despedirlo, me negaron el contacto con él y la verdad es que me parece muy injusto. Por eso quiero hacer público todo esto, para que también la gente sepa cómo se maneja la Justicia en Misiones. Me parece que con todas estas pruebas no pueden mirar para otro lado”.

Atienden denuncias por enfermeros sin matrícula y advierten: “Es un delito”

Judiciales

Un misionero condenado y otro absuelto en juicio por red de trata de menores

Publicado

el

misionero red trata

El Tribunal Oral Federal N°3 de Buenos Aires condenó este miércoles a 22 años de prisión al misionero Francisco Rolando Angelotti Notarbartolo, señalado durante la investigación como líder de una organización dedicada a captar menores para su explotación sexual. En el mismo veredicto, los jueces absolvieron al también misionero Leandro Agustín Aguiar y ordenaron su inmediata libertad.

La sentencia fue dictada por los jueces Javier Feliciano Ríos, Andrés Fabián Basso y Fernando Marcelo Machado Pelloni, en el juicio que también tuvo como acusado al ex ganador de Gran Hermano Marcelo Corazza y a otros dos hombres.

Angelotti Notarbartolo recibió la pena que había solicitado la fiscalía, que durante sus alegatos lo había señalado como quien encabezaba la estructura investigada. El tribunal lo encontró responsable de los delitos de trata de personas agravada, abuso sexual con acceso carnal, promoción de la corrupción de menores y tenencia de representaciones de abuso sexual infantil.

Según el fallo, los delitos por los que fue condenado tuvieron como víctimas a al menos cuatro personas. En el caso de la trata, fue responsabilizado por hechos cometidos contra cuatro víctimas, tres de ellas menores de edad. La figura fue considerada agravada por el abuso de una situación de vulnerabilidad y por la pluralidad de víctimas.

Además, fue condenado por abusos sexuales con acceso carnal contra tres víctimas y por distintos hechos de corrupción de menores. También fue responsabilizado por tenencia de material de abuso sexual infantil.

La sentencia, sin embargo, también declaró prescriptas otras acusaciones contra Angelotti Notarbartolo y lo absolvió respecto de esos hechos. Se trata de delitos contra la integridad sexual vinculados con otras ocho víctimas.

Como parte de la resolución, el tribunal dispuso además que Angelotti y otro de los condenados, Raúl Ignacio Mermet, paguen una reparación económica equivalente a veinte salarios mínimos vitales y móviles a cada una de las víctimas por las que fueron sentenciados.

Aguiar, absuelto 

La situación del otro misionero acusado tuvo un desenlace diferente.

Leandro Agustín Aguiar, para quien la fiscalía había solicitado 11 años de prisión, fue absuelto por el tribunal. La misma decisión alcanzó a Andrés Fernando Charpenet, otro de los acusados, y ambos recuperarán la libertad de manera inmediata.

Durante el juicio, la acusación había sostenido que Aguiar se incorporó a la organización en 2018 y que, junto con Charpenet y Mermet, participaba de encuentros con las víctimas. El Ministerio Público había considerado que su intervención justificaba una condena de 11 años.

Sin embargo, los jueces no encontraron elementos suficientes para condenarlo por los delitos que se le atribuían y dispusieron su absolución.

Corazza, también fue absuelto

El fallo tuvo como principal repercusión nacional la absolución de Marcelo Corazza, ex ganador de Gran Hermano y productor televisivo.

El tribunal lo desvinculó de las acusaciones de abuso sexual infantil, corrupción de menores y trata de personas. Los magistrados consideraron que algunos de los hechos atribuidos estaban prescriptos y que respecto de otros no existían pruebas suficientes.

En consecuencia, el tribunal ordenó quitarle la tobillera electrónica, levantar la prohibición para salir del país y dejar sin efecto el embargo que pesaba sobre sus bienes.

La fiscalía ya había solicitado su absolución durante los alegatos. El fiscal general Patricio García Elorrio había sostenido que el hecho de abuso sexual que se le atribuía, ocurrido en 2001, estaba prescripto y que tampoco había elementos suficientes para sostener la acusación por asociación ilícita.

Los fundamentos completos del fallo serán difundidos el próximo 22 de octubre.

El expediente se inició en octubre de 2022 a partir de la denuncia de una víctima ante la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex). La investigación posterior derivó en la detención de los cinco acusados y finalmente en el juicio oral.

La causa investigó una estructura que, según la acusación fiscal, habría operado entre 1999 y marzo de 2023 en Misiones, la Ciudad de Buenos Aires y la provincia de Buenos Aires, captando principalmente a adolescentes varones en situación de vulnerabilidad para someterlos a prácticas de explotación y abuso sexual.

Piden 22 años de cárcel para misionero acusado de liderar red de trata de menores

Seguir Leyendo

Judiciales

Entró en vigencia el sistema acusatorio federal en Misiones

Publicado

el

sistema acusatorio federal

Desde este lunes 24 de agosto comenzó a regir en Misiones el sistema acusatorio previsto por el Código Procesal Penal Federal, un cambio que modifica el funcionamiento de la Justicia federal y redefine los roles de fiscales y jueces en las investigaciones penales.

La implementación alcanza a la jurisdicción de la Cámara Federal de Apelaciones de Posadas y convierte a Misiones en la décima jurisdicción del país en incorporar este modelo procesal. El nuevo esquema se aplica sobre los 17 departamentos de la provincia.

El principal cambio está en la investigación de los delitos: a partir de ahora, el Ministerio Público Fiscal tendrá a su cargo la dirección de las investigaciones, mientras que los jueces dejarán de conducir la instrucción y pasarán a concentrar sus funciones en el control de las garantías y la resolución de los planteos que formulen las partes.

Fiscalía Distrito Misiones

La puesta en marcha del sistema acusatorio está acompañada por la creación de la Fiscalía de Distrito Misiones, una estructura que reemplaza el esquema anterior de fiscalías federales y generales y concentra la representación del Ministerio Público Fiscal de la Nación en toda la provincia.

El distrito estará conformado por una Unidad Fiscal con asiento en Posadas y tres sedes fiscales descentralizadas: Oberá, Eldorado y Puerto Iguazú.

La fiscal general Vivian Andrea Barbosa fue designada provisoriamente como coordinadora de la Fiscalía de Distrito. Como fiscal revisora quedó la fiscal general interina Silvina Flavia Gutiérrez, mientras que el fiscal general interino Pablo Ricardo Di Loreto fue designado como reemplazante suplente.

La Unidad Fiscal Posadas tendrá competencia sobre Capital, Candelaria, Apóstoles y Concepción de la Sierra.

La sede de Oberá abarcará Cainguás, San Ignacio, Leandro N. Alem, San Javier, Libertador General San Martín, Veinticinco de Mayo, Oberá y Guaraní. Eldorado tendrá jurisdicción sobre Eldorado, Montecarlo y San Pedro, mientras que Puerto Iguazú comprenderá los departamentos Iguazú y General Manuel Belgrano.

Fiscal en lugar central

Con el nuevo modelo, el fiscal pasa a ocupar un lugar central en el proceso penal. Será quien dirija la investigación, determine las líneas de trabajo y lleve adelante la acusación, mientras que los jueces actuarán como terceros imparciales encargados de controlar que el proceso se desarrolle dentro de las reglas establecidas.

La Unidad Fiscal Posadas contará con áreas diferenciadas para Atención Inicial; Investigación y Litigio de Casos Sencillos; Investigación y Litigio de Casos Complejos; Transición; Ejecución Penal; Atención y Acompañamiento a Víctimas; y asuntos No Penales y Electorales.

En las sedes de Oberá, Eldorado y Puerto Iguazú funcionarán áreas de Atención Inicial, Investigación y Litigio de Casos, Transición y No Penal.

El cambio también apunta a un proceso penal con mayor protagonismo de las audiencias orales. La Oficina Judicial tendrá un rol central en la gestión de las audiencias y en la organización de los recursos necesarios para el funcionamiento del nuevo sistema.

Salas de audiencia

La puesta en funcionamiento del sistema acusatorio también demandó una adecuación de la infraestructura judicial de la provincia.

El Consejo de la Magistratura informó que durante 2026 se realizaron obras de puesta en valor y readecuación de seis salas de audiencia y dependencias de la Oficina Judicial distribuidas en cinco edificios de la jurisdicción.

Desde este lunes, la Cámara Federal contará con seis salas operativas: una en Puerto Iguazú, una en Oberá, una en Eldorado y tres en Posadas.

Los trabajos incluyeron modificaciones en instalaciones eléctricas, colocación de equipos de aire acondicionado, pintura, detectores de humo y señalética de emergencia, entre otras tareas.

Según el Consejo de la Magistratura, la inversión destinada a infraestructura física alcanzó los $71.186.700, mientras que otros $32.590.000 fueron destinados a mobiliario. En total, las mejoras demandaron una inversión de $103.776.700.

 

Seguir Leyendo

Judiciales

Leche Rodríguez, el tercer implicado en el caso Díaz que continúa prófugo

Publicado

el

Leche Rodríguez

El juicio por el asesinato a balazos del comerciante Cristian Díaz (34), del barrio Yacyretá, culminó con dos sicarios brasileños condenados a prisión perpetua, pero la causa tiene un tercer involucrado que nunca pudo ser capturado y que permanece entre las sombras.

Su nombre es Héctor Rodríguez, aunque los brasileños lo llamaron Yona en su declaración y en el expediente aparece bajo el alias de Leche. La investigación lo sindica como el hombre que recibió, hospedó y trasladó a los homicidas hacia la casa de Díaz en la madrugada que seis balazos sesgaron su vida.

Rodríguez era, también, el dueño del Fiat Duna blanco que fue la pista clave para esclarecer el crimen. El rodado fue visto en inmediaciones a la escena del crimen, fue captado en cámaras de seguridad y más tarde incautado en la casa que él mismo usaba como “búnker” en el barrio Luis Piedrabuena, misma propiedad donde los brasileños se hospedaron desde el 3 de mayo hasta el 9 de mayo, cuando pidieron un remis para ir a la terminal, donde finalmente fueron capturados.

Todo eso era lo que ya se sabía antes del juicio, pero en el transcurso del debate y, principalmente durante los alegatos desarrollados el viernes por el fiscal Vladimir Glinka, se conocieron más detalles de su relación con el hampa.

“A la víctima y a Leche Rodríguez los unía una estrecha relación previa”, precisó Glinka, que utilizó unos minutos de su exposición para repasar la declaración dada por un testigo de identidad reservada que dio pie a la hipótesis narco detrás del crimen, cuestión que no alcanzó a ser probada.

Los sindicados sicarios brasileños de Porto Alegre fueron condenados a prisión perpetua.

El testigo reservado y la hipótesis narco

Según explicó el fiscal, el testigo reservado “pernoctaba” de seguido en el búnker de Leche Rodríguez en el barrio Luis Piedrabuena y no solo que compartió momentos con los brasileños ahora condenados David Weslley De Oliveira Silva (24) y Gabriel Junior Guimaraes Da Silva (24), sino que también vio episodios previos que darían cuenta del dueño de casa y la víctima.

Según su declaración, a fines de 2021, el propio Díaz llegó al lugar y pidió que lo dejarán guardar una Fiat Fiorino al garage, pero como el testigo no estaba avisado de nada impidió que eso suceda y por lo tanto el vehículo quedó estacionado en la vereda.

A los pocos días, una patrulla del Escuadrón 50 de Gendarmería Nacional Argentina (GNA) pasó por el lugar, sospechó de ese vehículo abandonado y en una breve inspección encontraron 155 kilogramos de marihuana en su interior. La carga se perdió.

El mismo testigo narró que al día siguiente Díaz volvió al lugar y al no ver la camioneta se alarmó. “Hiciste que me maten”, le reclamó, según aportó en su testimonio dado en instrucción.

Todo esto dio pie a la hipótesis narco detrás del crimen y en su momento el juez a cargo de la causa, Miguel Mattos, remitió las actuaciones a la Justicia Federal pero esa línea de investigación no prosperó.

La Fiorino con 155 kilos de marihuana fue incautada frente al “búnker” de Leche.

En el requerimiento de elevación del expediente, la fiscal Patricia Clérici también mencionó estas cuestiones y aunque no pudo dar por acreditada la teoría, sí dio por hecho que los tres involucrados actuaron en forma coordinada para dar muerte al comerciante Díaz.

Lo mismo consideró el fiscal Glinka, que en su alegato de hoy, expuso: “Es posible que lo de la Fiorino sea real, pero la pregunta acá no es si eso tuvo relación con el hecho, no interesa. La pregunta acá es quién mató a Díaz y lo cierto es que hubo un acuerdo de voluntades entre Leche y los imputados para que Díaz muera”.

De ese acuerdo voluntades planteado por el fiscal ya hay dos presos y condenados, pero resta Rodríguez, que permanece en las sombras y con un pedido de captura en su contra que sigue vigente.

Perpetua para los sicarios brasileños por el asesinato de Cristian Díaz

Seguir Leyendo
Publicidad
Publicidad la voz

Lo más visto