Judiciales
Comenzó el juicio por el femicidio de Irma: 30 horas de agonía y una muerte atroz
El debate oral por el femicidio de Irma Ferreyra da Rocha (47) comenzó esta mañana con la lectura del requerimiento de elevación a juicio de la causa, instancia en la cual la fiscal Patricia Inés Clérici utilizó dos expresiones que grafican la crueldad del caso al mencionar que la víctima sufrió “30 horas de agonía” y tuvo “una muerte atroz”.
La instancia oral para esclarecer el femicidio de la mujer, registrado entre el 16 y el 18 de diciembre de 2016 en Garupá, comenzó esta mañana, minutos después de las 8.30 en la sala de audiencias del Tribunal Penal Uno de Posadas, donde Alejandro Guillermo “Porteño” Esteche (34) ocupa un lugar en el banquillo de los acusados bajo una imputación que prevé una pena de prisión perpetua.
Con los magistrados Viviana Kukla, Ángel Dejesús Cardozo y César Yaya en los estrados, el primer paso fue proceder a la lectura del requerimiento y el auto de elevación a juicio del expediente.
En ese documento, Patricia Clérici, titular de la Fiscalía de Instrucción Siete de Posadas, realizó una reconstrucción del hecho y solicitó que Esteche sea llevado a juicio bajo la acusación de “abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización, seguido de muerte”.
En esa cronología del caso, realizada a partir de los elementos probatorios obrantes en la causa, Clérici estableció que Esteche conoció a Irma Ferreyra durante una fiesta de fin de año que se desarrollaba en el predio de la feria “La Economía”, ubicada en inmediaciones a la ex Garita de Garupá.
De allí, minutos antes de las 00 del 17 de diciembre, ambos se retiraron juntos y fueron hasta un túnel de la autovía de la ruta nacional 12, en cercanías a la calle 246 y la avenida Alberto Roth, donde se produjo el ultraje que derivó en la muerte de Irma.
Según estableció la fiscalía, en primera instancia hubo relaciones sexuales consentidas, pero en determinado momento Esteche dejó inconsciente a Irma mediante un golpe de puño efectuado sobre su mejilla izquierda.
Con la víctima indefensa, la ultrajó utilizando la rama de un árbol, provocando severas lesiones internas que llegaron hasta perforar el lóbulo superior izquierdo de un pulmón.
Tras el abuso, el acusado escapó de la escena y abandonó a la víctima, que ya en grave estado fue auxiliada por un vecino que solicitó auxilio médico y la intervención policial en el lugar.
En esa instancia, Irma fue trasladada al hospital Madariaga. A las 2 de la madrugada fue sometida a una laparotomía que no alcanzó a determinar la gravedad del año que la mujer tenía en sus órganos.
La paciente quedó internada y conforme el paso de las horas su cuadro agravó. Recién a la medianoche siguiente se advirtió que tenía “perforación intestinal” -entre otras lesiones internas-. A las 10.30 entró en paro y a las 12.05 del 18 de diciembre de 2016 se certificó su fallecimiento.

Alejandro “Porteño” Esteche, único imputado, ante el Tribunal Penal Uno.
En el requerimiento de elevación a juicio firmado por Clérici, la fiscal expuso que la víctima tuvo una “agonía de 30 horas”, que sufrió “una muerte atroz” y que “la causa de muerte la puso el imputado”, atribuyéndole así toda la responsabilidad del caso a Esteche, que desde fines de 2016 está detenido y ahora ocupa un lugar en el banquillo de los acusados del Tribunal Penal Uno a la espera de una definición sobre su futuro.
Durante esta primera audiencia también se leyó la oposición a la elevación a juicio de la causa formulada por la defensa del acusado, documento en el cual atacó las actuaciones del caso y apuntó irregularidades en el procedimiento.
También planteó que no hay pruebas genéticas que vinculen a Esteche con el hecho y por ello pidió su sobreseimiento, pero el Juzgado de Instrucción Siete -a cargo en ese entonces por el magistrado Carlos Giménez- rechazó por improcedente la presentación y dispuso la elevación a debate del expediente.
Así fue que hoy, después de dos intentos frustrados en 2020 y 2021, la causa llegó a instancia de juicio.
Esta mañana, tras la lectura de los documentos judiciales, Esteche aceptó hablar y se desligó del caso. Admitió haber salido junto a Irma de la fiesta y haberse dirigido con ella hasta el túnel, pero sostuvo que no tuvieron relaciones por el estado de alcoholismo en el que ambos se encontraban.
Después de ello aseguró que se fue del lugar y no recuerda cómo llegó hasta la casa de su ex pareja. Días después fue detenido y declaró que se autoincriminó por la golpiza que le efectuaron los policías intervinientes.
El debate continuará mañana. Las audiencias se extenderán durante al menos nueve jornadas más y se prevé la declaración de al menos 30 testigos, entre familiares de la víctima, del acusado, policías, peritos y profesionales médicos.
En el proceso interviene el fiscal Martín Alejandro Rau, mientras que el acusado cuenta con el patrocinio del abogado defensor particular Edgardo Cabrera.
“Es un dolor escuchar todo y ver al hombre por primera vez. Mi cabeza se pregunta qué pasa por la cabeza de un hombre hacer todo eso. Fue una brutalidad. Si lo dejan en libertad quién garantiza de que no lo vuelva a hacer. Fue mi madre, pero pudo haber sido cualquier mujer. Queremos justicia, queremos cadena perpetua para él. Es lo que se merece. Todo el peso de la ley”, expresó Silvina, una de las hijas de las víctima, quien estuvo presente en esta primera audiencia del debate.
Judiciales
Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle
Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.
Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.
Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.
Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.
La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.
“No hay derecho absoluto”
El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.
Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.
Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.
En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.
La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.
“Fue un hecho público y multitudinario”
En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.
En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).
“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.
Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.
También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.
En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.
Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.
Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”
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La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia
Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.
Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.
Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.
A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”
Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.
Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.
La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
La fiscal María Laura Álvarez solicitó 1 año de prisión para Mónica Gurina y 10 meses de prisión para Leandro Sánchez.
El cumplimiento de la pena es en suspenso, es decir, que no implica ir a la cárcel y también contempla la realización de tareas comunitarias.
Para la fiscalía, ambos fueron coautores de los delitos de “desobediencia judicial” y “entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación bajo la cual llegaron a juicio oral.
Alvarez argumentó que el mayor pedido de pena fue para Gurina porque “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe docente desarrollado entre mayo y junio de 2024.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por los comerciantes de la avenida Uruguay y el entorpecimiento del transporte.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez.
A continuación es el turno de alegar a la defensa de los docentes imputados y más tarde la jueza Marcela Leiva dictaría sentencia.
Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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