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El bono de $5 mil para privados excluye a estatales, agrarios y personal doméstico

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Los alcances fueron establecidos en una extensa reunión. Se podrá pagar en cuotas, según acuerden los gremios y las empresas. Se analiza el impacto en una futura negociación salarial.

BUENOS AIRES (Diarios y agencias). Los trabajadores estatales (nacionales, provinciales o municipales) ni los agrarios como tampoco el personal doméstico quedaron excluidos de la compensación salarial de 5 mil pesos acordada por empresarios, Gobierno y gremios.

Las exclusiones se confirmaron este martes una extensa reunión que mantuvieron representantes del Gobierno y técnicos de las cámaras empresarias y los gremios en la sede de la cartera laboral de la Avenida Callao.

En el encuentro hubo consenso en torno a la letra chica del decreto que obligará al sector privado a pagar una “compensación salarial” de 5 mil esos durante octubre.

De acuerdo con el borrador del decreto, en el artículo 1º, se establece una “asignación no remunerativa para todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado que ascenderá a la suma de 5 mil pesos”.

Dicho monto “se abonará en octubre de 2019, o en los plazos, cuotas o condiciones que establezcan las partes signatarias de los convenios colectivos”.

De ello se desprende que las empresas deberán pagar este bono para todos los empleados, no sólo los que se encuentran bajo convenio colectivo, pero da la posibilidad de que en los sectores más complicados puedan negociar con sus respectivos sindicatos la forma de pago.

Según dijeron fuentes de la Cámara Argentina de Comercio (CAC), si bien el pago de la compensación será obligatoria, “fue un logro incorporar la posibilidad de poder discutirlo en el marco de la paritaria”.

Desde la Confederación de la Mediana Empresa (CAME) insistieron en la necesidad de que por lo menos el pago pueda negociarse en cinco cuotas, mientras que el objetivo del sector empresario será distribuir los 5 mil pesos entre las cuotas que quedan hasta enero.

La idea posterior es analizar, en la revisión prevista para ese mes, cómo termina definido el aumento respecto de la inflación del año.

El artículo 2º del decreto establece que si la jornada laboral es reducida, la compensación salarial será proporcional a esa cantidad de horas trabajadas. El 3º, en tanto, plantea que la suma de 5 mil pesos se compensará en las próximas revisiones salariales.

Pero los empleadores que hubieran otorgado unilateralmente un bono luego del 12 de agosto (es decir, a raíz del impacto devaluatorio) podrán ser compensados.

Por último, el artículo 4º afirma que están excluidos de esta compensación los trabajadores del sector público nacional, provincial y municipal, así como también los del sector agrario y los de casas particulares, es decir, el personal doméstico.

Terminaron de definir la letra chica del decreto, además de los técnicos de gremios y cámaras empresarias, el secretario de Comercio Interior, Ignacio Werner, y la directora nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, Adriana Marcello.

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La inflación fue de 1,9% en agosto y acumula 19,5% en lo que va del año

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Inflación de junio fue de 6% y en el primer semestre acumuló 50,7%

El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) dio a conocer hoy el Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al octavo mes del año, el cual se ubicó en 1,9%, al igual que en julio.

Simultáneamente, los precios acumularon un alza de 19,5% en los primeros ocho meses, mientras que el incremento interanual alcanzó el 33,6%.

En cuanto a las subas más pronunciadas en agosto, en primer lugar se ubica la categoría Transporte con un 3,6%, por la suba en Adquisición de vehículos y en Combustibles, seguida de Bebidas alcohólicas y tabaco (3,5%).

Caso contrario sucedió con Prendas de vestir y calzado (-0,3%) y Recreación y cultura (0,5%), cuyas categorías registraron los menores incrementos.

A nivel de las categorías, los precios Regulados (2,7%) lideraron la suba, seguidos de IPC núcleo (2,0%) y Estacionales (-0,8%).

Repercusiones

Con estos resultados, la inflación de agosto se ubicó por debajo de lo esperado, ya que la mayoría de los pronósticos de consultoras privadas y analistas, calcularon el IPC de agosto en un rango de entre 1,8% a 2,2%.

Además, según el último Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) del Banco Central (BCRA), los analistas corrigieron su estimación e indicaron que el IPC sería de 2,1%.

La inflación fue de 1,9% en julio y acumula 36,6% en los últimos doce meses

 

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Milei restituyó las normas que rigen el funcionamiento de Vialidad, Inta e Inti

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Milei Vialidad

Luego del rechazo de legisladores a cinco decretos delegados, la gestión de Javier Milei restituyó las normas que rigen el funcionamiento de entes públicos como Vialidad Nacional, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (Inti), el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (Inta), entidades culturales, la actividad en distintos sectores de la economía y su intento por limitar el derecho a huelga.

Las modificaciones habían sido puestas en marcha por cinco decretos delegados y frenadas posteriormente por las cámaras de Diputados y el Senado a fines de agosto.

Finalmente, este miércoles fueron publicados los DNU 627 y 628 en el Boletín Oficial, los cuales sostienen: “Restitúyese la plena vigencia de las disposiciones normativas que fueron derogadas, sustituidas o modificadas por los Decretos Nros. 345/25, 351/25, 461/25 y 462/25 y que se encontraban vigentes al momento del dictado de cada uno de los mencionados decretos”.

Al mismo tiempo fueron restituidas “las disposiciones normativas derogadas, sustituidas o modificadas por los Decretos Nros. 531 del 1° de agosto de 2025, 571 del 11 de agosto y los 583, 584 y 585, del 14 de agosto”.

Cabe recordar que los decretos delegados, que fueron rechazados por el Congreso, implicaban cambios en el régimen laboral de la Marina Mercante y restringía el derecho a huelga en numerosos sectores de la economía considerados esenciales o estratégicos; la transformación del Banco Nacional de Datos Genéticos; la disolución de Vialidad Nacional; la eliminación de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo; así como una serie de modificaciones en el Inti, Inta y entidades culturales.

Desde el gobierno justificaron la restitución sosteniendo que la finalidad es “no comprometer la continuidad operativa de la Administración Pública Nacional y salvaguardar los principios de buena administración, juridicidad, buena fe y simplificación administrativa”.

Decretos sin efecto

El decreto 462/2025 establecía que el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) y el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (Inti) se convirtieran en unidades organizativas dependientes de la Agricultura y de Industria y Comercio, respectivamente. En concreto, modificaba sus funciones.

Con el decreto 587, el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (Inta) pasó a depender de la secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. Mientras que con el decreto 371, el Gobierno eliminó la Dirección Nacional del organismo.

A través del decreto 461/2025, el Ejecutivo disolvía la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) y la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial.

El Gobierno desreguló el transporte marítimo a través del decreto 340 y habilitaba a buques y tripulaciones extranjeras en el cabotaje nacional. Implicaba la pérdida de la exclusividad de la Marina Mercante y restringía el derecho a huelga en numerosos sectores económicos.

El decreto 351 ordenaba la transformación del Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG), de un organismo descentralizado a uno desconcentrado. Había pasado a depender de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología.

La fusión entre el Instituto Nacional Yrigoyeano y el Instituto Nacional de Investigaciones Históricas Juan Manuel de Rosas. Estaba dispuesto en el decreto 345/25.

La reconversión del Inti pone en riesgo 2400 puestos de trabajo en el país

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La inflación fue de 1,9% en julio y acumula 36,6% en los últimos doce meses

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La inflación de julio fue del 4%: la más baja desde enero del 2022

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) dio a conocer el dato de inflación de julio, el cual se ubicó en 1,9% y acumuló un 36,6% en los últimos doce meses. Mientras que, en lo que va del año suma un 17,3%.

Este resultado da cuenta de que hubo un leve incremento respecto al mes de junio, cuando la inflación mensual se ubicó en 1,6%.

El rubro que registró el mayor aumento fue Recreación y cultura (4,8%), seguida de Transporte (2,8%) y Restaurantes y Hoteles (2,8%). Por su parte, la división Alimentos y bebidas no alcohólicas aumentó 1,9%, a la par del promedio de la inflación general.

Las dos divisiones con las menores variaciones de julio fueron Bebidas alcohólicas y tabaco (0,6%) y Prendas de vestir y calzado, que registró una caída de precios (-0,9%).

Las consultoras esperaban que el valor se mantuviera por debajo del 2%, al igual que los dos meses previos.

Por su parte, el Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) del Banco Central, que aglomera las proyecciones de más de 40 instituciones, había estimado a la inflación de julio 2025 en 1,8% en promedio.

Días atrás las mediciones privadas anticipaban que la suba de casi 14% del dólar en julio no impactaría tanto sobre la inflación, lo que puede contrastarse con el mes anterior, cuando la inflación fue del 1,6%, apenas por encima del 1,5% del mayo, hasta ahora la menor de los últimos cinco años.

La inflación fue de 1,6% en junio y acumula 15,1% en el año

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