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Perpetua para Martín Monzón por el femicidio de Horacelia en 2015

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Martín Monzón - Horacelia Marasca

Ni accidente, ni legítima defensa, ni emoción violenta. Martín Fernando Monzón (39) no pudo torcer su destino y este mediodía fue condenado a la pena de prisión perpetua por el femicidio de su ex pareja, Horacelia Génesis Marasca (16), la adolescente que en 2015 fue ultimada a puñaladas, descuartizada y descartada en bolsas de consorcio por desagües y alcantarillas del barrio Villa Cabello de Posadas.

La sentencia fue dictada minutos antes de las 13, en el recinto de debates del Tribunal Penal Dos de Posadas, presidido por el magistrado César Yaya e integrado por sus pares Gregorio Busse y Fernando Verón (subrogante), quienes deliberaron el fallo en sesión privada durante casi una hora.

En su veredicto, los jueces decidieron declarar a Monzón autor del delito de “homicidio calificado por haber sido cometido contra persona con quien se ha mantenido una relación de pareja”, figura enmarcada en el artículo 80, inciso 1, del Código Penal de la Nación Argentina.

De esta manera, Monzón recibió la pena de prisión perpetua y deberá cumplir al menos 35 años de encierro efectivo. Recién en 2050 estará habilitado a solicitar una posible libertad condicional.

“Lamento mucho lo que sucedió, lo lamento por ella, por nuestro hijo. También lo lamento por mí porque yo la quería mucho, yo la cuidaba. En ese momento me vi acorralado y no supe cómo defenderme, porque ella me ataca con furia. No me dio la oportunidad de correr como veces anteriores”, fueron las últimas palabras emitidas por el ahora condenado ante el tribunal, manteniendo así y hasta la última instancia su versión defensiva, de la cual -asegura- nadie le cree y por ello pidió el uso del “suero de la verdad”.

Monzón deberá cumplir -al menos- 35 años de prisión efectiva.

Alegato fiscal: Monzón, un asesino cruel y frío

Justamente, quien se encargó de contrastar esa versión fue el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato consideró el hecho como un asesinato “cruel” y “frío”, del cual Monzón era “absolutamente culpable”.

La exposición del representante del Ministerio Público Fiscal ante los magistrados se extendió durante casi una hora, lapso en el cual reconstruyó el femicidio y ahondó en los elementos de prueba que -según su consideración- permitían contrarrestar cada una de las variables defensivas que podría plasmar luego el abogado público del acusado, Miguel Ángel Varela.

“Estoy contento de que haya llegado este momento porque significa el final del juicio contra Horacelia, destinado a comprobar si ella era una pequeña niña atorrante que se merecía todo lo que le pasó. He escuchado demasiados testimonios que parece ser que estaban destinaos a acreditar eso y me alegra tener la oportunidad de poder contar la historia de verdad”, comenzó, con ironía y sin vacilar, el fiscal Glinka, apuntando a una estrategia defensiva que -a su parecer- pretendía ubicar a la víctima como una adolescente “loca, falopera, agresiva y mala madre”.

Luego, cuestionó la relación de pareja existente entre la víctima y Monzón, teniendo en cuenta la diferencia de edad entre ambos. “Eso no era una relación real. Eso era técnicamente un abuso o corrupción de menores. Horacelia era una joven con múltiples vulnerabilidades. Ella se quería separar, pero no tenía a quién recurrir”, continuó.

Con ello dio paso a la reconstrucción del hecho y, en primera instancia, describió las circunstancias de tiempo y lugar: 16 de agosto de 2015, a la noche, en el departamento 3, del edificio A, de la chacra 150, del barrio Villa Cabello de Posadas.

Para el fiscal, quedó probado que esa tarde la adolescente se encontró con un sereno con quien mantenía relaciones sexuales paralelas y a quien calificó como “otro degenerado”, pero que Monzón la encontró y eso desató una discusión que derivó en el crimen horas después. “Ella se quería separar, pero él no quería aceptarlo”, señaló.

martín monzón

El fiscal Vladimir Glinka, el arma homicida, el tribunal y los flashes.

A partir de ahí, valoró los aportes brindados por los médicos forenses Silvina Lanzos y Antonio Galuppo, y se apoyó en un muñeco de RCP para describir las lesiones sufridas por la víctima y reconstruir la mecánica del femicidio.

De esta manera, Glinka apuntaló que Horacelia fue golpeada, muy posiblemente contra la pared, producto de lo cual perdió dos dientes frontales, y luego fue ultimada de tres estocadas en el pecho, una de las cuales vulneró el esternón, perforó el corazón e hizo tope en la sexta vértebra dorsal.

Y fue más allá en su análisis: “Se ha dicho que estas lesiones fueron producidas en forma simultánea, pero no fue así. Primero hubo golpes, luego un silencio y después puñaladas. Después de los golpes ella estaba inconsciente y, claro, Monzón ya no podía ir para atrás con todo lo malo que ya estaba haciendo. Para él fue mejor asesinarla cruel y fríamente”.

Su hipótesis sostiene que, al ver a Horacelia inconsciente en el suelo, Monzón decidió asesinarla y para ello probó tres “incisiones” hasta concretar la lesión más grave, que alcanzó los 14 centímetros de profundidad y se constituyó como la herida mortal.

En ese marco, al considerar que la víctima fue asesinada en estado de inconsciencia y, por ende, indefensión, Glinka amplió la acusación y también colocó en el caso el agravante de alevosía, aunque esto fue desestimado en la sentencia.

Para culminar, el fiscal descartó que el hecho haya podido tratarse de un accidente por las características de las lesiones descritas; desestimó la teoría de una “legítima defensa” al fundamentar -entre otras cosas- que no hubo enfrentamiento entre los involucrados; y sostuvo que la posibilidad de una “emoción violenta” como reacción a una infidelidad solo formaba parte de una coartada.

“Monzón actuó con absoluto desprecio por la vida humana. No imagino un homicidio peor. Acá Horacelia era una nena que cayó en mano de dos degenerados, uno de los cuales la mató, la partió en pedazos y la arrojó por todos lados”, cerró Glinka, antes de pedir la prisión perpetua para el acusado.

Alegato defensivo: “Era la vida de él o de ella”

Al culminar Glinka, le llegó el turno de exponer al defensor oficial Miguel Ángel Varela, cuyo alegato superó los 90 minutos y estuvo cargado de cuestionamientos a las labores realizadas por peritos intervinientes en la causa, además de un apartado dedicado a la prensa.

El defensor comenzó por las denuncias previas por violencia que fueron radicadas contra Horacelia tanto por Monzón como por una hermana de ella, además de recordar el testimonio de vecinos que dieron cuenta de agresiones de parte de la adolescente hacia el acusado.

Luego, atacó el aporte de los peritos Lanzos y Galuppo, realizadores de la autopsia y quienes al declarar durante el juicio indicaron que tanto los golpes como las puñaladas que presentaba Horacelia eran de características “vitales”, es decir, producidas con ella aún en vida.

Y Varela arremetió: “Los peritos no dijeron esto nunca antes. Recién ahora lo incorporaron y cuando pregunté en base a qué llegaron a esas conclusiones dijeron que fue a través de las fotos. Es absurdo. Ellos no cumplieron con su deber y vinieron a decir una cosa que no es verdad y en perjuicio del imputado”.

martín monzón

El defensor Miguel Ángel Varela entregó al tribunal bibliografía forense y antecedentes de nulidades contra peritos.

El letrado también cuestionó a los peritos que realizaron la junta psiquiátrica a Martín Monzón, al señalar que realizaron una “indagatoria ilícita” al imputado y se consideró en “desigualdad de armas”, dado que las defensas no cuentan con peritos de parte.

Ya en los últimos minutos de alocución, el defensor volvió a mencionar agresiones de parte de Horacelia al imputado y señaló que “a Monzón podemos no creerle, pero por fuera de su relato hay indicios múltiples y coincidentes que pueden constituir prueba de ello”.

A partir de ahí, trazó su versión del hecho y profundizó en la tesis de la legítima defensa: “Hay una primera confrontación. Ella cae sobre una mesita en la sala, se levanta, va a la cocina y regresa con el cuchillo. Monzón no la ve. Ella manda el primer puntazo con intenciones de matarlo. Él manotea, hay un forcejeo y se produce el desenlace fatal”.

Además, agregó que “acá se ha autopuesto en peligro la víctima. La acción se Horacelia de atacar es la que causa el resultado”, comparando la situación -con las salvedades propias del caso- con un ladrón que ingresa a robar y corre el riesgo de que el dueño de casa pudiera estar armado y arremeter contra él.

Incluso, Varela avanzó hacia un posible escenario de exceso en legítima defensa y argumentó: “Era la vida de él o de ella. Tuvo que optar. Tuvo que defenderse”.

Ante este panorama, el letrado solicitó la absolución de Martín Monzón por legítima defensa o bien la pena mínima por exceso de legítima defensa u homicidio bajo emoción violenta. También planteó la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua. Nada de ello fue tenido en cuenta en la sentencia.

martín monzón

El debate oral comenzó el 1 de marzo y fue presidido por el juez César Yaya.

Apostillas

  • FUNDAMENTOS: Los fundamentos de la sentencia serán comunicados el 23 de marzo, a las 12, en el Tribunal Penal Dos.
  • LA PRENSA: El defensor Miguel Ángel Varela cuestionó la cobertura mediática del caso, alegando parcialidad hacia la fiscalía y morbo. “Lamentablemente, la prensa no refleja todo lo que ocurrió en este caso. Lo hace de forma tendenciosa, por el condimento fuertísimo del desmembramiento y el morbo”, sostuvo.
  • PRESENTES: La última audiencia del juicio contó con la presencia de varios funcionarios judiciales, entre ellos, la fiscal Adriana Herbociani, el juez Ricardo Balor y el ex jefe de la Secretaría de Apoyo para Investigaciones Judiciales (Saic), Fernando Castelli.
  • EL JUICIO: El debate oral se extendió durante siete jornadas y declararon un total de 23 testigos.

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Perpetua para uno de los dos policías imputados por el homicidio de Andrade

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Andrade matías lohn

El Tribunal Penal Uno de Oberá condenó a la pena de prisión perpetua a Matías Esteban Lohn (34), uno de los dos policías acusados por el homicidio de Reinaldo Andrade (37), cometido en noviembre de 2019 en la localidad de El Soberbio, mientras que Fabio Boges (27), el otro efectivo imputado en el caso, fue absuelto por el beneficio de la duda.

El fallo de los jueces Francisco Aguirre, Horacio Paniagua y Jorge Villalba (subrogante) fue dictado esta tarde, luego de la ronda de alegatos desarrollada por la mañana y tras cuatro jornadas de debate oral.

De esta manera, Lohn, que al momento del hecho prestaba servicios en el Comando Radioeléctrico de El Soberbio, fue declarado penalmente responsable por el delito de “homicidio doblemente calificado por ser integrante de una fuerza de seguridad y el uso de arma de fuego”.

En consecuencia, el ex uniformado policial recibió el máximo de pena previsto y fue condenado a perpetua, ante lo cual deberá cumplir un período de 35 años de prisión efectiva.

Boges, en tanto, fue absuelto por la beneficio de la duda y en las próximas horas podrá recuperar su libertad tras permanecer más de cuatro años detenido en una unidad penal junto a su consorte de causa.

Persecución y muerte

El caso que se ventiló en debate ocurrió el 13 de noviembre de 2019, en el paraje San Ignacio de El Soberbio, a unos 500 metros de la ruta costera 2, y todo comenzó como una supuesta persecución de contrabandistas.

La reconstrucción del hecho señala que Andrade circulaba en un Volkswagen Gol Trend junto a dos acompañantes, mientras que los uniformados Lohn y Boges iban en un Ford Focus vestidos de civil.

En medio de la persecución, Andrade recibió un disparo que salió -comprobado científicamente- de la pistola reglamentaria de Lohn, tras lo cual falleció prácticamente en el acto.

La posterior autopsia practicada concluyó, además, que la bala ingresó por la nuca de la víctima fatal y que el disparo fue ejecutado a corta distancia, lo cual fue ratificado por los peritos forenses que declararon durante el juicio oral.

Las diferentes posturas del caso giraron en torno a las circunstancias en las que se produjo el enfrentamiento, si es que hubo tal.

Desde la defensa de los imputados siempre insistieron en que los uniformados presumieron que los ocupantes del Gol Trend estaban en una maniobra de contrabando de cigarrillos y que incluso Andrade exhibió un arma de fuego durante la persecución. Ante ello, en el juicio plantearon la causa como hecho de legítima defensa.

Del lado de la víctima, en tanto, sostuvieron desde un comienzo que ellos se dirigían hacia una chacra de la zona, escuchando música y tomando cervezas, hasta que uno de ellos bajó a orinar y en medio de esa situación arribaron al lugar los policías, que colisionaron y dispararon contra el auto.

En los alegatos de hoy, por su parte, el fiscal Rodolfo Cáceres abonó esta última teoría y en base a la evidencia recolectada aseguró que “fue una ejecución a corta distancia, efectuada por Lohn, y Boges, ante eso, no hizo nada para evitarlo, teniendo la obligación como funcionario público”, según detalló el diario El Territorio.

FOTO: EL TERRITORIO

Arranca el juicio a dos ex policías acusados de gatillo fácil en El Soberbio


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Prevención Nacional de la Tortura visitó por primera vez cárceles de Misiones

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tortura cárceles

El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT) recorrió por primera vez las cárceles de Misiones y aún sin procesar la totalidad de los datos relevados detectaron que el uso extendido de la prisión preventiva es una de las principales problemáticas que denuncia la población penal.

El mecanismo, encargado de monitorear el cumplimiento de los derechos humanos en contextos de encierro, fue creado en 2017 y relegó tanto a Chaco como a Misiones a últimos lugares en orden de prioridad para las inspecciones en virtud de que ambas provincias ya cuentan con comisiones locales que se encargan de la temática. 

De igual manera, el momento llegó. Una delegación de comisionados arribó a Misiones la semana pasada y en un lapso de tres días recorrieron todas las penitenciarias, como así también comisarías, centros de salud mental y hogarse de niños, niñas y adolescentes.

Si bien aún resta el procesar el compendio de información recolectada, a modo de adelanto desde la CNPT alertaron que una de las principales problemáticas detectadas radica en el uso extendido de la prisión preventiva, llegando relevar casos que superan hasta dos o tres veces el plazo máximo de 2 años detenido sin sentencia.

“Lo que vemos en Misiones, más allá de la cantidad de personas en prisión preventiva, que igualmente en el último tiempo ha disminuido aproximadamente un 10%, lo que detectamos es la amplia duración de las prisiones preventivas. Hemos encontrado personas que están con prisión preventiva hace tres, cuatro, cinco y hasta seis años, lo que excede ampliamente los plazos”, advirtió  Kevin Nielsen, uno de los comisionados que encabezó las inspecciones, en diálogo con La Voz de Misiones. 

Según un último informe realizado por la Comisión Provincial de Prevención de la Tortura de Misiones (CPPTM), a fines de 2023 el sistema penitenciario local contaba con una población carcelaria de 1731 internos, de los cuales 700 estaban presos sin condena, es decir, un 41% del total.

Las inspecciones de la CNPT fueron realizadas entre el 15 y el 18 de abril.

Para Nielsen, de profesión abogado y de trayectoria en organismos de derechos humanos, este flagelo “obedece a una multiplicidad de factores” y advirtió que “en términos internacionales la responsabilidad corresponde al Estado, en general, pero es el Poder Judicial el que decide sobre las prisiones preventivas”.

En este contexto, asoció la cuestión a un viejo debate que -a decir de los especialistas en la materia- es cada vez más necesario la tierra colorada y se relaciona con un cambio en el sistema procesal.

Es que, Misiones es de las pocas jurisdicciones del país que aún mantiene el sistema inquisitivo, en el cual el juez de instrucción concentra facultades de investigar y a su vez decidir, lo cual acumula trabajo en sus espaldas e indefectiblemente genera retardo de justicia.

Lo moderno es el sistema acusatorio, donde un fiscal es el que investiga y solicita la prisión preventiva, mientras que existe un juez de garantías que decide, de acuerdo al caso, si amerita o no. Es decir, entre otras cuestiones, hay más controles a la intención de un fiscal de tener preso preventivamente a una persona. En Misiones todavía está el sistema procesal inquisitivo: el juez investiga, el juez decide la prisión preventiva, el juez resuelve los pedidos de excarcelación. Se confunde el rol de investigación, con el de decisión, de juzgamiento”, se explayó el letrado chaqueño.

De igual manera, Nielsen sostuvo que la problemática de la prisión preventiva es un elemento detectado a simple vista, mientras que las demás irregularidades o falencias detectadas recién serán advertidas y comunicadas en los próximos meses, luego un riguroso proceso de análisis de la información recolectada durante las recorridas.

“Es la primera vez que visitamos Misiones pero no significa que sea la última. La primera visita es de inspección, la segunda, después de un tiempo determinado, se hace una visita de seguimiento, para ver si nuestras recomendaciones fueron atendidas por el Estado. Esas recomendaciones aún no las hicimos porque estamos en proceso de elaboración de los informes”, detalló el comisionado a LVM.

Independientemente de esos informes en espera, Nielsen destacó como innovadora la Unidad de Salud para Inimputables, inaugurada en 2020 y que marcó el fin de años de olvido y abandono para internos con problemas de salud mental que estaban recluidos en un pabellón de la Unidad Penal I de Loreto sin la atención médica acorde a sus condiciones.

La Unidad de Salud para Inimputables funciona dentro del predio del hospital Carrillo y fue inaugurado en 2020.

También valoró que el Servicio Penitenciario Provincial (SPP) cuente con varias unidades de “infraestructuras nuevas”, aunque advirtió que igualmente esos recintos pueden presentar “problemas de mantenimiento cotidiano” como colapsos de conductos sanitarios -por citar solo un ejemplo- que pueden ocasionar olores nauseabundos y exposición a enfermedades, para lo cual hay que gestionar soluciones de rápidas que muchas veces colisionan con los plazos administrativos de la burocracia.

Para Nielsen, cuestiones diarias como las de este tipo estas favorecen a la buena convivencia de los internos y reducen los riesgos de conflictividad, lo cual está directamente asociado a la superpoblación.

La conflictividad va de la mano con la superpoblación. Eso indefectiblemente aumenta el riesgo de peleas, de lesiones. Está muy naturalizado que un preso pelee con otro, pero eso no debería ser así. Muchos de los conflictos se suceden porque afectación de derechos. Se piensa que los motines son actos cuasi caprichosos o para escapar, pero lo cierto es que los motines son medidas de fuerza, protestas extremas que se realizan cuando los internos sienten que se le está afectando algún derecho, ya sea sobre la comida, sobre la condiciones de habitabilidad, sobre la mora judicial, sobre el trato penitenciario. Si no obtienen respuestas después de las vías de reclamo tradicional, acuden a una medida extrema. Es muy parecida a la dinámica de la protesta social”, mencionó el entrevistado.

En esa línea, sostuvo que evitar estas situaciones es responsabilidad absoluta del Estado y que las penitenciarias no pueden ser desatendidas, aún en contextos económicos de recesión, como atraviesa Argentina en la actualidad.

“Las cárceles son los únicos lugares donde el Estado tiene la administración plena y total de la vida de las personas, con lo cual son absolutamente responsables tanto por su salud, como por su alimentación y su integridad física. Estamos hablando de personas que no podrían procurarse por si mismas en estos derechos. La administración de recursos no debería repercutir en una pauperización del acceso a los derechos de las personas privadas de la libertad. Hay que priorizar los recursos y en el caso de que el Estado no tenga o le falte recursos para garantizar los derechos básicos de los internos, tiene que abstenerse de encarcelar y buscar otras alternativas. No necesariamente todos los delitos tienen que tener como consecuencia el encarcelamiento”, apuntó.

La totalidad de las conclusiones y recomendaciones alcanzadas por el CNPT serán comunicadas en los próximos meses.

Telefonía en las cárceles

A través del regreso de Patricia Bullrich al frente del ministerio de Seguridad de la Nación, el gobierno encabezado por Javier Milei pretende encarar una rigurosa política criminal respecto al tratamiento carcelario y una de las primeras medidas apunta a reducir el uso de telefonía celular dentro de las penitenciarias.

Respecto a ello, Nielsen recomendó que “para analizar el uso de telefonía móvil hay que analizar las realidades de cada provincia. Muchas veces las provincias suelen comprar problemas ajenos. En las provincias es muy difícil que en las cárceles provinciales tengamos personas privadas de su libertad por delitos complejos o por crimen organizado”.

Para el comisionado es claro, por lo vivido en Santa Fe o en los penales de máxima seguridad que dependen del Servicio Penitenciario Federal (SPF), que contienen a denominados “pesos pesados” del universo delictivo argentino, no es aconsejable impartir una regla general que se aplicable a todas las provincias.

“Recordemos que el uso de telefonía móvil en contextos de encierro fue habilitado en muchas provincias durante la pandemia y esto ha sido un elemento profundamente pacificador de las cárceles, porque permitía que los internos puedan hablar de manera directa con sus abogados y de comunicarse con sus familiares, que muchas veces tampoco pueden visitarlos de seguido por cuestiones de distancia o dificultades económicas”, añadió.

Como ejemplo, el abogado citó el caso Chaco, donde desde la habilitación del uso de celulares no se han registrado motines ni conflictos graves dentro de las cárceles locales.

Por eso, insistió: “Es importante que cada provincia evalúe su población carcelaria y no se suba a una tendencia discursiva de otras provincias o de una realidad nacional o de las cárceles federales”.

El 41% de los presos no tiene condena, informó Prevención de la Tortura


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Asesinó dos veces en una década y está próximo a recibir 25 años de prisión

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En 2011 mató por primera vez, una década después lo hizo de nuevo y ahora está próximo a recibir otra condena. Alejandro Ramón “Mangueruli” Méndez (39) debía ser juzgado esta semana, pero evitó la exposición pública y aceptó firmar un acuerdo de juicio abreviado por 25 años de prisión.

En caso de que el Tribunal Penal Dos de Posadas acepte el acuerdo alcanzado entre la defensa del imputado y el fiscal Vladimir Glinka, Mangueruli recibirá el máximo de la pena prevista por el delito de homicidio simple, figura contemplada por el artículo 79 del Código Penal.

El hecho que lo mantendrá en prisión durante varios años se registró entre el jueves 15 y el domingo 18 de julio de 2021, en el barrio Prosol de Posadas y la víctima fue identificada como Alejandro Daniel Pereira (41).

De acuerdo a lo que se pudo reconstruir, Méndez era amigo de Pereira pero durante uno de los últimos encuentros mantenidos se desató una discusión que terminó en un brutal asesinato. La víctima sufrió puntazos que le perforaron los pulmones, pero además fue agredido a fierrazos en la cabeza.

Pero esa no era la única vez que Méndez cometía un homicidio, ya que en ese momento llevaba casi dos años en libertad condicional tras purgar una primera condena por el asesinato de otro amigo.

Los registros marcan que el 4 de marzo de 2011 el mismo sujeto fue detenido por matar a golpes con una barra de hierro a Rubén Díaz (54) en el barrio A4 de Posadas.

Después de eso, Mangueruli fue condenado a 13 años de prisión por homicidio simple y cuatro años de cumplir la totalidad de su pena salió en libertad condicional, aunque volvió a matar y hoy nuevamente está encerrado en una cárcel. 


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