Judiciales
Perpetua para uno de los dos policías imputados por el homicidio de Andrade

El Tribunal Penal Uno de Oberá condenó a la pena de prisión perpetua a Matías Esteban Lohn (34), uno de los dos policías acusados por el homicidio de Reinaldo Andrade (37), cometido en noviembre de 2019 en la localidad de El Soberbio, mientras que Fabio Boges (27), el otro efectivo imputado en el caso, fue absuelto por el beneficio de la duda.
El fallo de los jueces Francisco Aguirre, Horacio Paniagua y Jorge Villalba (subrogante) fue dictado esta tarde, luego de la ronda de alegatos desarrollada por la mañana y tras cuatro jornadas de debate oral.
De esta manera, Lohn, que al momento del hecho prestaba servicios en el Comando Radioeléctrico de El Soberbio, fue declarado penalmente responsable por el delito de “homicidio doblemente calificado por ser integrante de una fuerza de seguridad y el uso de arma de fuego”.
En consecuencia, el ex uniformado policial recibió el máximo de pena previsto y fue condenado a perpetua, ante lo cual deberá cumplir un período de 35 años de prisión efectiva.
Boges, en tanto, fue absuelto por la beneficio de la duda y en las próximas horas podrá recuperar su libertad tras permanecer más de cuatro años detenido en una unidad penal junto a su consorte de causa.
Persecución y muerte
El caso que se ventiló en debate ocurrió el 13 de noviembre de 2019, en el paraje San Ignacio de El Soberbio, a unos 500 metros de la ruta costera 2, y todo comenzó como una supuesta persecución de contrabandistas.
La reconstrucción del hecho señala que Andrade circulaba en un Volkswagen Gol Trend junto a dos acompañantes, mientras que los uniformados Lohn y Boges iban en un Ford Focus vestidos de civil.
En medio de la persecución, Andrade recibió un disparo que salió -comprobado científicamente- de la pistola reglamentaria de Lohn, tras lo cual falleció prácticamente en el acto.
La posterior autopsia practicada concluyó, además, que la bala ingresó por la nuca de la víctima fatal y que el disparo fue ejecutado a corta distancia, lo cual fue ratificado por los peritos forenses que declararon durante el juicio oral.
Las diferentes posturas del caso giraron en torno a las circunstancias en las que se produjo el enfrentamiento, si es que hubo tal.
Desde la defensa de los imputados siempre insistieron en que los uniformados presumieron que los ocupantes del Gol Trend estaban en una maniobra de contrabando de cigarrillos y que incluso Andrade exhibió un arma de fuego durante la persecución. Ante ello, en el juicio plantearon la causa como hecho de legítima defensa.
Del lado de la víctima, en tanto, sostuvieron desde un comienzo que ellos se dirigían hacia una chacra de la zona, escuchando música y tomando cervezas, hasta que uno de ellos bajó a orinar y en medio de esa situación arribaron al lugar los policías, que colisionaron y dispararon contra el auto.
En los alegatos de hoy, por su parte, el fiscal Rodolfo Cáceres abonó esta última teoría y en base a la evidencia recolectada aseguró que “fue una ejecución a corta distancia, efectuada por Lohn, y Boges, ante eso, no hizo nada para evitarlo, teniendo la obligación como funcionario público”, según detalló el diario El Territorio.
FOTO: EL TERRITORIO
Arranca el juicio a dos ex policías acusados de gatillo fácil en El Soberbio
Judiciales
Chofer de micro y su esposa, condenados por llevar 20.655 pastillas de éxtasis

La operatoria estaba coordinada. Él manejaba y ella llevaba la mercadería. Pero no iban en auto, ni tampoco transportaban nada legal. Iban en un colectivo de larga distancia conducido por el hombre, mientras la mujer iba como pasajera junto a varios bolsos que contenían más de 20.000 pastillas de éxtasis.
Él se llama Gustavo Eden Rodríguez (45), es chofer de colectivos, nació y vive en Puerto Iguazú. Su esposa es Marisa María Almada (31), bonaerense, aunque compartiendo domicilio con su marido hace varios años. Ambos ahora también comparten condena por narcotráfico.
Todo comenzó el 29 de marzo de 2023, cuando en Paso de los Libres (Corrientes) la Gendarmería Nacional Argentina (GNA) controló un micro larga de distancia que cumplía el recorrido Puerto Iguazú-Retiro (Buenos Aires).
Los uniformados constataron que Almada, una de las pasajeras, transportaba una serie de bolsos que llamaron la atención y ante la sospecha de una posible maniobra de narcotráfico decidieron bajarla del colectivo para efectuar una requisa más exhaustiva y liberaron el micro para que pueda continuar viaje.
Los gendarmes acertaron, porque descubrieron que la mujer efectivamente trasladaba sustancias ilegales, más precisamente 20.655 comprimidos de MDMA (éxtasis), en diferentes variantes, algunas con el sello de Kit Kat, además de 4 kilogramos de crack.
Almada fue inmediatamente detenida y los investigadores decidieron extender la pesquisa con el objetivo de dar con más involucrados en el ardid. La sorpresa fue que en esa labor descubrieron que su marido era, ni más ni menos, que el chofer que ese mismo día conducía el micro que se detuvo en el control.
Se realizaron tareas de vigilancia, labores de seguimiento y, fundamentalmente, pericias telefónicas, trabajo que permitió establecer que efectivamente el matrimonio orquestó el traslado de la mercadería ilícita.
Según reconstruyeron, antes de emprender el viaje la pareja pasó la noche en Posadas, donde se sospecha que obtuvieron la mercancía y recién allí partieron hacia Buenos Aires. Mientras lo hacía, Rodríguez alertaba su Almada sobre los puestos de control próximos, pero no pudieron sortear el de Paso de los Libres.
El colectivero fue detenido durante un operativo ejecutado el 20 de junio de ese mismo año y desde ese entonces enfrentan una causa federal por el delito de transporte de estupefacientes.
Dicho expediente fue tramitado ante el Juzgado Federal de Paso de los Libres, que luego elevó a debate oral la causa y ahora ambos admitieron su responsabilidad en el hecho al firmar un acuerdo de juicio de abreviado.
La pareja fue condenada a 5 años y 6 meses de prisión.
Judiciales
Gitano acusado de homicidio se negó a declarar y fue trasladado a una cárcel

Sebastián Jonás Jesús Marcos (19), el gitano detenido desde anoche por el asesinato del Daniel Jesús Traico (24) -integrante de la misma comunidad-, se abstuvo de declarar esta mañana ante la Justicia, fue imputado por homicidio y continuará el avance de la causa alojado en una unidad penal.
El joven fue trasladado a primeras horas de este jueves hasta el Juzgado de Instrucción Dos de Posadas, donde debía comparecer en audiencia de declaración indagatoria ante el magistrado Juan Manuel Monte.
Según detallaron las fuentes de La Voz de Misiones, el implicado designó abogado defensor oficial y luego de cumplimentar ese trámite optó por abstenerse de declarar, tal como lo ampara su derecho.
En la misma audiencia fue notificado de las pruebas que hasta el momento obran en su contra y fue imputado por el delito de “homicidio simple”, figura que prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión.
Por razones de seguridad, culminado los trámites de rigor, las autoridades judiciales intervinientes dispusieron que Marcos sea alojado en una unidad penal de la provincia para preservar su integridad y evitar cualquier clase de ataque, represalia o episodio de violencia en su contra.
Prácticamente acorralado por los agentes que estaban en su búsqueda y persuadido también por su propio padre, el implicado se entregó anoche ante la Policía tras permanecer una semana prófugo.
Crimen y venganza
El crimen de Traico se registró el 29 de enero. El joven fue atropellado intencionalmente mientras cruzaba la colectora de la avenida Quaranta, en cercanías a la estación de transferencia y de su casa.
La víctima fue arrollada por un automóvil Peugeot 308 que era conducido por Marcos, ahora detenido e imputado por homicidio.
Después del hecho, Traico fue trasladado de urgencia al hospital Madariaga, aunque desafortunadamente falleció horas después como consecuencia de las graves lesiones sufridas. Su deceso desató una cacería por parte de sus familiares, quienes esa misma mañana incendiaron dos viviendas relacionadas a los Marcos.
“Hay más casas para incendiar si no meten presos al acusado. Si nadie hace nada vamos a hacer justicia por mano propia. Una casa, un auto, se recupera. Una vida no”, habían amenazado ese mismo día y es por ello que tanto la Justicia como la Policía extrema medidas seguridad en torno al caso.
En su denuncia, la familia de la víctima acusó un homicidio planificado, con varios actores más involucrados, a quienes apuntan como encubridores. En ese marco, el día siguiente al crimen fueron detenidos otros dos jóvenes de la misma comunidad, quienes en las próximas horas podrían ser excarcelados y continuar el proceso en libertad dado que el principal sospechoso ya se encuentra tras las rejas.
Homicidio entre gitanos y casas incendiadas por venganza en Posadas
Judiciales
Su papá está preso y le ordenan a su hermano cumplir con cuota alimentaria

El Juzgado Multifuero de Apóstoles intervino una demanda de cuota alimentaria en favor de una niña (13 años) cuyo padre se encuentra purgando una condena por femicidio y, basándose en el principio de solidaridad familiar, resolvió que la demanda sea absorbida por un hermano de la menor, resolución que quedó firme en las últimas semanas.
El litigio comenzó hace varios años, cuando la madre de la niña se presentó ante la Justicia solicitando el cumplimiento de una cuota alimentaria por parte del padre de la menor, aunque la medida era imposible de ejecutar dado que el hombre se encuentra privado de su libertad, cumpliendo desde 2015 una pena por un hecho de homicidio calificado por el vínculo cometido en 2010, con una consecuente certificación negativa de Anses ya que no tenía ingresos activos bajo estas circunstancias.
Ante esta situación, la demanda recayó contra un hermano paterno de la niña. Se trata de un joven mayor de edad que es hijo del mismo hombre, aunque con diferente madre.
La Justicia analizó el caso y certificó que el demandado es propietario de un importante comercio en Posadas, con bienes e ingresos activos que lo ubicaban con capacidad económica como para afrontar la demanda requerida por su hermana quien, en contrapartida, se encontraba atravesando un contexto de vulnerabilidades.
Durante el proceso, las partes intentaron arribar a un acuerdo pero al no poder lograrlo fue la Justicia, por intermedio del magistrado Juan Manuel Lezcano, a cargo del Juzgado Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar -multifuero- de Apóstoles, quien dirimió la cuestión.
En su resolución, el juez Lezcano planteó que jurisprudencia relacionada al caso dejó sentado que “el fundamento de la prestación alimentaria, en el marco de las relaciones de familia, debe buscarse en términos de solidaridad humana y, más precisamente, en la necesidad de que todos quienes estén ligados por lazos de sangre concurran a hacer posible el bien personal de los integrantes de la comunidad familiar”.
En esa línea, y considerando la situación en la que se encuentra el padre de la niña, Lezcano sostuvo que la cuota alimentaria debía ser afrontada por “quien pueda responder mejor a la naturaleza del derecho en juego porque evitar dilaciones innecesarias y obtener una rápida satisfacción de la prestación alimentaria”, además de anteponer ante todo “el interés superior del niño”.
En consecuencia, y en base al criterio de solidaridad familiar, el magistrado resolvió imponer al hermano mayor de la niña demandante una cuota alimentaria equivalente al 35% del salario mínimo, vital y móvil, dinero que deberá ser depositado de manera mensual hasta el febrero de 2032.
La resolución ya fue notificada a los actores y comunicada en lenguaje claro al demandado. El fallo fue confirmado en instancias superiores de análisis.
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