Judiciales
La denuncia de abuso contra Sebastián Kiczka, chats e informe psicológico
Entre todo el caudal probatorio revelado hoy durante la extensa lectura del requerimiento de elevación de juicio de la causa que se sigue contra Germán (44) y Sebastián Kiczka (47), se expusieron detalles hasta ahora desconocidos sobre la denuncia por abuso que también afronta el mayor de los hermanos. Además, se ventilaron chats comprometedores e informes psicológicos.
Sebastián llegó a juicio imputado por tenencia y distribución de archivos Masi, pero a diferencia de su hermano también acumula una acusación por “abuso sexual simple”, hecho denunciado una vez que se desató el escándalo que ubicó a Apóstoles bajo la lupa de todo el país.
Según se desprende de la resolución de la fiscal de instrucción Silvia Barronis reproducida esta mañana en la primera audiencia de debate oral, la denuncia por abuso fue radicada por una joven que al momento del hecho aseguró haber tenido entre 14 y 15 años.
En su exposición, la denunciante narró que conoce a Sebastián Kiczka desde los 13 años, cuando coincidieron en un gimnasio de Apóstoles y donde entablaron una cierta relación de amistad.
“Él primero me pasaba la rutina del gimnasio por Whatsapp pero después se empezó a sobrepasar. Él era raro y era frecuente que hable con menores. Cuando me ayudaba a hacer sentadillas me tocaba las piernas”, repasó la joven cuya identidad se preserva para proteger su integridad y evitar su revictimización.
En el avance de su testimonio, la denunciante llegó a narrar el día del abuso que hoy se le imputa al acusado: “Un día, yo tenía 15 por ahí, me empujó hacia la bacha del baño, me besó y me tocó el glúteo”.
La muchacha también indicó que mantenía conversaciones íntimas con el acusado, quien le pedía fotos con “contenido sexual” y afirmó que en al menos una oportunidad Sebastián le envío una imagen de sus genitales.

El fiscal Glinka -a la izquierda- pidió al tribunal que no se deje “engañar” por las defensas.
Fue en una de esas charlas que el hermano mayor del ex diputado provincial le mostró la foto de una niña. “Me mandó una foto de su vecinita y me dijo lo linda que era y que le iba a esperar cinco años más”, relató la denunciante según consta en el documento leído esta mañana.
De esos chats surge otro mensaje que compromete a Sebastián Kiczka y que es utilizado por la fiscalía para sostener el acusado es imputable y que comprende la criminalidad de sus actos: “No sé como siempre zafo y mira que me cogí menores”.
“Sabe que son menores y sabe que es delito. Sabe que la Justicia lo reprime”, insistió el fiscal Vladimir Glinka en su alegato al pedir a los jueces del tribunal que no se dejen “engañar” por las defensas.
Es que, justamente, de esa misma conversación emerge otra expresión que, en contrapartida, es utilizada por la defensa para alegar una posible patología de salud mental que requiera de tratamiento.
Ello se sostiene en un mensaje de texto donde Sebastián admite “hay Dios, me tengo que sacar esa adicción a las menores… pero es que me gustan”.
Trastornos y comprensión
En la lectura de hoy, también se repasaron las pericias psicológicas efectuadas sobre ambos imputados y el informe de Sebastián indica la presencia de “elementos compatibles con una personalidad neurótica, con rasgos depresivos, paranoides y esquizotípicos”.
Y ahonda: “El evaluado presenta indicadores compatibles con trastornos de la preferencia sexuales de tipo no exclusivos. Es decir, sus preferencias sexuales incluyen tanto niños, como adultos, que si bien explica su actuar como expresión de su placer sexual, es un sujeto con perfecta comprensión de su actuar ilícito, por lo que sus facultades de juicio y voluntad no están afectadas para el delito que se le imputa”.
En el mismo informe, los peritos que analizaron a Sebastián concluyeron además, que todo lo mencionado “genera un malestar significativo en la vida del sujeto y que para la recuperación de los patrones conductuales es necesario que reciba atención por parte de profesionales de la salud mental y que este sea de forma interdisciplinaria”.

Los hermanos Kiczka, atentos al desarrollo de la primera audiencia. FOTO: Marcos Otaño.
Sobre ese punto avanzará su defensa y así lo anticipó el abogado Eduardo Paredes en su alegato de apertura.
“Lo de Sebastián no es un problema de prueba, es un problema de culpabilidad. Sería un error aplicar una pena y no una medida de seguridad”, expresó el letrado, considerando como alternativa la aplicación de una “internación obligatoria para tratamiento de salud mental con control del Estado”.
Y al terminar la audiencia lo reafirmó ante la prensa: “Él es autor de lo que se le imputa, el tema es si es imputable o no. Sebastián está confeso, escribió una carta, se hizo cargo, pero no lo hacen difusión. Sebastián bajaba material de internet, es eso. Es una tragedia que sean niños, no sabemos de dónde, ni de cuándo son los videos, están en internet”.
Judiciales
Revés judicial para Cerro Azul en reclamo de $165 millones a una empresa
La Justicia provincial rechazó una ejecución fiscal impulsada por la Municipalidad de Cerro Azul contra la empresa MM Bioenergía S.A. por una deuda superior a los $165 millones y cuestionó la legalidad del procedimiento utilizado por la comuna para reclamar tributos.
El fallo fue dictado por el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Leandro N. Alem, que rechazó la demanda iniciada en junio de 2025 por la municipalidad en concepto de tasas de Seguridad e Higiene, Comercio e Industria correspondientes a distintos períodos entre 2021 y 2025.
La comuna reclamaba un total de $165.044.216,75 y había solicitado además medidas cautelares sobre bienes y fondos de la firma dedicada a la generación de energía renovable.
Sin embargo, tras varios meses de litigio, el magistrado interviniente resolvió desestimar la ejecución fiscal al considerar que la documentación presentada por el municipio no cumplía con los requisitos legales exigidos para avanzar con el cobro judicial.
Uno de los principales puntos observados en la sentencia fue la utilización de la Ordenanza VI N° 25 como fundamento del reclamo tributario. Según el fallo, esa norma fue publicada oficialmente recién el 1 de octubre de 2025, es decir, después de las intimaciones de pago y cuando ya se pretendía exigir el cobro de períodos anteriores.
En la resolución, el juez sostuvo que “la ausencia de publicación impide reconocer eficacia normativa a la ordenanza en cuestión y, por ende, priva de sustento legal exigible al crédito cuya ejecución se pretende”.
El fallo también cuestionó la boleta de deuda emitida por el municipio al señalar que el documento no detallaba con precisión qué conceptos se reclamaban, a qué períodos correspondían ni cuál había sido el mecanismo utilizado para calcular la deuda, incumpliendo requisitos establecidos en el Código Fiscal.
Durante el proceso judicial, MM Bioenergía S.A. argumentó además que su actividad se encuentra regulada bajo jurisdicción federal por tratarse de generación de energía dentro del Mercado Eléctrico Mayorista, en el marco de las leyes nacionales vinculadas a energías renovables. En ese sentido, cuestionó la potestad municipal para aplicar las tasas reclamadas.
En otro tramo de la sentencia, el magistrado citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de tribunales provinciales que establecen que ningún tributo puede ser exigido si la norma que lo crea no fue debidamente publicada en el Boletín Oficial.
Además de rechazar la ejecución fiscal, la Justicia impuso las costas del proceso a la Municipalidad de Cerro Azul y reguló honorarios profesionales sobre la base económica total del juicio, fijada en más de $165 millones. Según se desprende de la resolución, el impacto económico derivado del proceso podría superar los $50 millones.
Judiciales
Cristaldo recibió 17 años de prisión por matar y ocultar el cadáver de Tizato
El Tribunal Penal Dos de Posadas resolvió este miércoles al mediodía condenar a Richard Arnaldo Cristaldo (49) a la pena de 17 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego” en perjuicio de César Daniel Tizato (16), el adolescente con el cual el 30 de agosto de 2020 salió a cazar en inmediaciones a su casa del paraje Pindapoy, de la localidad de San José.
La sentencia, emitida por los magistrados Augusto Gregorio Busse -presidente-, César Antonio Yaya y Martín Alejandro Rau, fue en disidencia al planteo efectuado por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato había mantenido la acusación impuesta en etapa de instrucción y conforme a ello había solicitado que Cristaldo sea condenado a prisión perpetua por “homicidio agravado por alevosía”.
La parte resolutiva del fallo se leyó este mediodía, minutos después de las 12.30, tras un breve cuarto intermedio de poco más de 30 minutos, mientras que los fundamentos de la resolución serán comunicados el próximo 4 de junio.
Cristaldo, más conocido como Grulla, por su oficio como profesor de artes marciales, oyó el dictamen en silencio, acompañado a la distancia por sus hijas y otros familiares directos que siguieron respetuosamente la audiencia desde el sector preparado para el público presente.

Cristaldo, junto a su abogado, minutos después de firmar el acta de la sentencia.
Duda
Su abogado defensor, el ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes, había solicitado en su alegato la absolución de su cliente por el beneficio de la duda, al considerar que no existían pruebas directas que vinculen al acusado con el asesinato del adolescente.
El letrado cuestionó la reconstrucción del caso trazada por el fiscal Glinka. Consideró que ese relato de hechos era “inverificable”, apunt
ó a la mayoría de los testigos por “mentir” en sus declaraciones y criticó severamente a los dos comisarios (Sergio de los Santos y Gabriel Antonio Comes) por el testimonio donde dieron cuenta que durante su detención Cristaldo admitió que mató a la víctima por accidente.
Reyes también dirigió duras acusaciones contra los serenos de la estancia La Rosita, propiedad de la firma Rosamonte, predio donde el cuerpo de Tizato apareció sin vida, con un disparo en el tórax y sumergido en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad.
“Han venido acá y mintieron. Ellos no es que solo caminan sin hacer nada. Ellos son sanguinarios y mutiladores con quienes entran a cazar y pescar”, lanzó.
Reyes alegó que “no hay pruebas y los indicios desaparecieron. Los testigos que lo vieron mojado han mentido antes y ahora”, al tiempo que sostuvo que “es imposible que la bala de un calibre 22” -proyectil compatible con el rifle incautado en poder del acusado- cause la lesión penetrante y perforante que presentaba la víctima.
En último intento por torcer su destino, Cristaldo volvió a hablar ante el tribunal y reiteró su inocencia, aduciendo que ese episodio en la comisaría donde presuntamente admitió el crimen, fue bajo amenazas de los policías intervinientes.

El tribunal presidido por Gregorio Busse -al centro- emitió el fallo minutos después de las 12.30.
Cobarde, traicionero y abusivo
Un alegato diametralmente opuesto fue el desarrollado por el fiscal Glinka, quien consideró que el imputado pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar a una zona inhóspita, actuando sobreseguro y aprovechándose del estado de vulnerabilidad e indefensión de Tizato.
“A Tizato lo mataron de una forma muy cobarde, traicionera y abusiva. Lo privaron de la posibilidad de torcer su destino. Lo manosearon. Le pusieron una piedra en la ropa para que se hunda y se pudra en la profundidad”, describió.
Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.
Para el fiscal, fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando las hipótesis de un hecho accidental, de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita o del involucramiento de otros presuntos jóvenes con quienes Cristaldo afirmó que la víctima decidió quedarse para no volver con él.
“¿Existieron esas personas? Yo lo descarto. La lógica es que Daniel nunca se separó del imputado. Es solo un relato más que jamás se pudo comprobar. Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas y se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, reconstruyó.
“En fin. Ya no hay posibilidad de teorías alternativas. Se investigó todo. Fue la última persona que estuvo con Dani, era el único armado, estaba todo mojado cuando volvió y la ciencia determinó que era imposible que ese rifle se dispare por accidente”, resumió Glinka y solicitó la pena de prisión perpetua como autor de “homicidio agravado por alevosía”, aunque luego el tribunal modificó la calificación del caso.
Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato
Judiciales
Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato
El fiscal Vladimir Glinka mantuvo la acusación de “homicidio agravado por alevosía” y solicitó la pena de prisión perpetua para Richard Arnoldo “Grulla” Cristaldo (49), único imputado por el asesinato de Dani Tizato (16), registrado en 2020 en San José.
Para el titular de la fiscalía, quedó comprobado que Cristaldo pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar y luego cometió el crimen, asesinándolo de un disparo que le atravesó el corazón y ocultando el cadáver en una laguna de agua estancada.
Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.
Para el fiscal fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando la hipótesis de un hecho accidental o de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita, predio donde ocurrió el crimen y se descubrió el cuerpo tras 32 días de búsqueda.
“Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas. Él se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, apuntó.
Tras el pedido, el Tribunal Penal Dos dispuso un cuarto intermedio y más tarde será el turno de alegar para José Antonio Reyes, abogado defensor del imputado.
El caso Tizato comenzó el 30 de agosto de 2020, cuando fue a cazar con Cristaldo y nunca volvió. Su cuerpo apareció 32 días después en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad. Tenía un disparo en el pecho y rocas entre sus prendas para evitar que flote.
Cristaldo arguyó que en medio del camino el adolescente se quedó junto a otros tres jóvenes que nunca pudieron ser ubicados y quiénes, para el fiscal, “nunca existieron”.
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