Judiciales
Fiscales del caso Kiczka: “Demostraremos que hay una conducta criminal grave”

“Vamos a demostrar que esto no es una causa política, sino que hay una conducta criminal grave”, aseveró el fiscal Martín Rau apenas empezó a desandar su alegato de apertura hoy, en la primera jornada del juicio oral en contra del ex diputado provincial Germán Kiczka (44) y su hermano Sebastián (47), imputados por delitos de tenencia y distribución de archivos con material de abuso sexual infantil (Masi).
Los hermanos ingresaron a la sala especialmente acondicionada para la ocasión en el SUM del Palacio de Justicia a las 8.35, apenas cinco minutos después del horario establecido para el inicio del proceso calificado como histórico al tratarse de la primera causa por archivos Masi que llega a instancia de juicio oral en la provincia.
Para ese entonces, el recinto ya estaba repleto, entre periodistas, fotógrafos, corresponsales de medios porteños, funcionarios judiciales, agentes policiales, estudiantes universitarios y público en general que ocuparon la totalidad de las sillas dispuestas en la sala.
Una catarata de flashes se disparó contra los imputados, quienes no eran registrados públicamente desde aquel 1 de septiembre de 2024, cuando fueron filmados a las risas durante una visita familiar que recibieron en la comisaría Segunda de Apóstoles, lugar en el que permanecieron menos de 24 horas, ya después de ello fueron trasladados a la Unidad Penal VIII de Cerro Azul, donde ya acumularon más de 200 días detenidos.
A las risas también se presentó hoy Germán en la sala. Escoltado por agentes del Servicio Penitenciario Provincial (SPP) y esposado, pero su primera reacción fue sonreír ante las avalancha de cámaras. Distinto fue el semblante de Sebastián, que con mirada fija ocupó su lugar sin ninguna otra mueca y permaneció inmóvil durante un largo tiempo.
Con todas las partes presentes, el juez Gustavo Bernie, presidente del Tribunal Penal Uno de Posadas, dio pie a la lectura del requerimiento de elevación a juicio de la causa, cuyo proceso abarcó tres de las cinco horas que duró esta primera audiencia.
El documento revela la complejidad, magnitud y gravedad de lo investigado. De allí se desprende toda la acusación que recae sobre los hermanos Kiczka.

El ex diputado Germán Kiczka se mostró distendido en cada impasse de la audiencia.
“Son chicos muy chicos”
El requerimiento fue formulado por Silvia Barronis, titular de la Fiscalía de Instrucción Cuatro de Apóstoles, quien en base a todos los elementos de prueba recolectados durante la pesquisa consideró que el ex diputado provincial debe responder en juicio por la tenencia y distribución de un total de 913 archivos Masi encontrados en diversos dispositivos informáticos que eran de su propiedad.
En la resolución además se repasa la cronología completa de la investigación trazada entre febrero y diciembre del año pasado, como así también el “mapa” informático, con todas las aplicaciones, descargas, carpetas, subcarpetas, rutas y chats que se rastrearon en laboratorio digital para encontrar cada uno de los archivos que exhiben niños, niñas y adolescentes siendo víctimas de abuso.
“No es necesario hacer una escala de Tanner sobre los niños que se ven en los videos. Es fácil advertir la edad de esos niños y son claramente menores. Son muy, muy chicos, criaturas de cerca de dos años. Ustedes van a ver la prueba por sí mismos”, ahondó el fiscal Rau durante su alegato, anticipando el contenido que en el transcurso del proceso exhibirán ante el tribunal en audiencias que, a partir de ahora, se desarrollarán a puertas cerradas justamente por el tenor de las imágenes al que hacen referencia.
“Es un material que a mí en lo personal me dolió en el alma, es fuerte. Son menores, no hay una sobre actuación y no son solo videitos, acá hay niños vulnerados”, afirmó, a modo respuesta a las consideraciones efectuadas desde la defensa de los imputados en declaraciones previas al juicio que tiene previsto culminar el 16 de abril.

Los fiscales Glinka y Rau están encargados de la acusación.
Tanto Rau como el fiscal adjunto Vladimir Glinka prometieron, además, dejar en claro que el expediente no persigue ningún interés político. “Llegó el momento de la verdad, tenemos una gran cantidad de pruebas perfectamente auditables para que vean que fue un proceso transparente y cristalino”, aseguró Rau y sentenció: “Les vamos a demostrar que esto no es una causa política, sino que hay una conducta criminal grave”.
A su turno, Glinka se adelantó a la defensa, trazó tres posibles escenarios estratégicos que los abogados Eduardo Paredes (por Sebastián) y Gonzalo De Paula (por Germán) podrían desarrollar y los desacreditó uno por uno.
Según el razonamiento del fiscal, las defensas podrían alegar sobre la carga mediática que tuvo la causa, como así también denunciar un posible perseguimiento político o, incluso, derivar toda la responsabilidad del caso a Sebastián, sobre quien arguyen una “desviación” que requiere tratamiento de salud mental.
“Debo darles estas advertencias porque ellos van a tratar de engañarlos. Ellos tratarán de confundirlos y cambiar víctimas por victimarios”, dirigió Glinka al tribunal al cerrar una exposición que duró pocos segundos menos de los 13 minutos cronometrados que prometió.
Defensas
La audiencia continuó el alegato de apertura de los abogados defensores. Eduardo Paredes, que representa a Sebastián Kiczka, a quien además se le acusa de un abuso sexual simple en perjuicio de una adolescente.
Paredes adujo que los materiales encontrados en los aparatos de su defendido están probados e incluso el acusado lo admite, pero superpone una cuestión de salud mental: una “desviación”, una “parafilia”. El abuso prácticamente lo descarta.
“Lo de Sebastián no es un problema de prueba, es un problema de culpabilidad. Sería un error aplicar una pena y no una medida de seguridad”, expresó, considerando como alternativa la aplicación de una “internación obligatoria para tratamiento de salud mental con control del Estado”.

Sebastián Kiczka, atento a la audiencia. En la otra punta, su hermano Germán.
Gonzalo De Paula, por su parte, en una breve exposición, afirmó que el caso de Germán se reduce a un consumo pornográfico, alegando que su defendido desconocía gran parte de los contenidos descargados. “Era una búsqueda a ciegas, como lo dijo en su indagatoria. Acá no hubo distribución, ni facilitación”, agregó.
El letrado también desligó a Germán Kiczka de la notebook Acer incautada en la casa de su padre, aparato donde se halló gran parte del material probatorio. “Desde 2019 que ya no residía en ese lugar”, argumentó.
Pedro Puerta
Culminado los alegatos, entre las cuestiones preliminares a resolver antes de avanzar con el proceso la fiscalía insistió en la citación del diputado Pedro Puerta como testigo en la causa.
El legislador provincial aparece en el listado de 67 testigos admitidos por el tribunal, pero poco antes del inicio del juicio las defensas trabaron un recurso buscando frenar la convocatoria de Puerta al proceso, como así también de otras dos personas citadas para prestar declaración testimonial.
La controversia que se daba en los papeles se replicó hoy en la oralidad, ya que las partes no arribaron a un acuerdo y ahora se aguarda que el tribunal resuelva la cuestión.
“Tenemos alguna serie de mensajes intercambiados con algunos de los imputados y queremos que nos explique sobre eso. Él está como testigo”, explicó ante la prensa Rau una vez culminada la audiencia.
Juicio a los Kiczka: archivos Masi y el paradigma de la evidencia digital
Judiciales
Condena de 23 años para acusado de asesinar a un colono en San Javier

El Tribunal Penal Uno de Oberá condenó este viernes a 23 años de prisión a Jonatan Ezequiel “Porteño” Sosa por el homicidio del colono Lisardo Escarvadofski (76) y las lesiones efectuadas a su esposa Orestini Cerri, que sobrevivió a pesar de las graves heridas sufridas, en un hecho ocurrido en abril de 2017 en el paraje Santa Irene de San Javier.
El caso se ventiló en debate oral durante tres jornadas y Sosa fue declarado coautor de los delitos de “homicidio calificado por el uso de arma de fuego y homicidio calificado en grado de tentativa, en concurso real”.
El fallo coincidió en parte con lo solicitado por el fiscal David Milicich, quien en sus alegatos dio por probada la participación del imputado en el crimen de Escarvadofski y solicitó que se lo condene a 35 años de cárcel.
La defensa de Sosa, por su parte, había pedido su absolución al considerar que no había suficientes pruebas en su contra. El propio acusado además declaró en la segunda jornada del debate y se declaró inocente.
“Yo no soy un asesino, no soy un delincuente. Tienen a la persona equivocada. Lamento lo que le pasó al hombre y a su señora, pero mientras yo estoy detenido, los verdaderos asesinos están de joda”, fueron las palabras de Sosa, quien además denunció haber recibido apremios y aprietes tras ser detenido un año después del hecho en Buenos Aires.
El asesinato de Escarvadofski ocurrió cerca de las 18 del 4 de abril del 2017 en el paraje Santa Irene, donde tenía su chacra.
Ese día, el tiempo estuvo muy feo, debido a la gran cantidad de lluvia que había caído en el Alto Uruguay. Escarvadofski y Cerri estacionaron su Chevrolet Corsa en el garaje y, en esa instancia, notaron que habían dos personas fuera del terreno, en la esquina.
El hombre fue a ver qué querían y a poner el candado al cerco de la casa, que nunca traspuso. Su mujer, en tanto, se fue para adentro de la vivienda.
Allí recibió varios disparos que lo dejaron malherido y terminó muriendo en los brazos de su mujer, que salió a ver qué pasaba al escuchar las detonaciones.
Según dijo, los hombres le pidieron que abra la casa, ella se negó y terminó recibiendo dos impactos de bala. Allí se trenzó en una pelea y tras golpear en la entrepierna a uno de los agresores, salió a la calle a pedir ayuda. Los sujetos aprovecharon para escapar en el vehículo de la pareja, que fue hallado al día siguiente.
Para el fiscal Milicich, Sosa fue uno de los atacantes que participaron aquel día, aunque también consideró que el blanco en realidad era uno de los hijos de la pareja.
Judiciales
El STJ recalificó el caso Bernhardt como femicidio y dictó perpetua a Vargas

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) recalificó como femicidio el crimen de Antonella Rocío Bernhardt (27), joven obereña que fue golpeada y asesinada de un puntazo en su departamento del barrio El Brete en 2019, y condenó a prisión perpetua al fotógrafo Cristian Daniel Vargas (35), quien en primera instancia había recibido 20 años de cárcel como autor de homicidio simple tras un juicio oral desarrollado ante en el Tribunal Penal Uno de Posadas.
La revisión por parte del máximo órgano judicial de la provincia se dio a partir de los recursos de casación presentados tanto por el fiscal Martín Alejandro Rau como por el abogado querellante Mauricio Fausto Vergara, quienes cuestionaron el fallo emitido el 13 de noviembre de 2023 por los jueces Viviana Cukla, Gustavo Bernie y Ángel Dejesús Cardozo (ya jubilado).
Ambas partes buscaban revertir el dictamen al considerar que el caso configuró un homicidio agravado por femicidio, para el cual correspondía una pena de prisión perpetua, lo que equivale a 35 años de cárcel efectiva, cifra considerablemente superior a los 20 años aplicados en contra del fotógrafo Vargas.

El fotógrafo Cristian Vargas adujo que el crimen se produjo en forma accidental tras una discusión.
En sus presentaciones, ambos profesionales coincidieron al sopesar que el asesinato de Antonella se dio en el marco de un contexto de violencia de género que avalaba la aplicación de la normativa que contempla el femicidio, mientras que el fiscal Rau además solicitó que también se tenga en cuenta la alevosía como factor agravante.
Los dos recurrentes esgrimieron agravios similares. El fiscal Rau apuntó que en su sentencia el TP Uno realizó un “razonamiento probatorio parcial, sesgado, segmentado y desprovisto de perspectiva de género”, con “argumentos forzados” y con una “línea argumental viciada”.
La querella, por su parte, agregó que los jueces efectuaron una “incorrecta interpretación de la relación entre la víctima y el imputado” al descartar la condición de “vulnerabilidad” y “desigualdad” en que se encontraba Antonella ante Vargas.
Perspectiva de género
El primero en analizar los planteos fue el camarista Juan Manuel Díaz, que en su voto coincidió en varios puntos con los recurrentes y señaló “yerros” por parte de los magistrados del tribunal que dictó sentencia.
Díaz repasó que el TP Uno descartó la figura de femicidio al entender que no se logró acreditar un contexto de violencia de género que rodeara el hecho, utilizando como argumento que ambos implicados mantenían una relación laboral de poco tiempo y que el vínculo no se extendía a otros ámbitos como, por ejemplo, el amoroso; ni tampoco advirtieron elementos que den cuenta sobre factores de desigualdad, discriminación o dominación como alegaron las partes.
Díaz opinó todo lo contrario. En la resolución de 81 páginas, firmada el 19 de junio y a la que La Voz de Misiones tuvo acceso, el camarista adelanta: “Es factible advertir elementos e indicadores que configuran la existencia de una relación caracterizada por la desigualdad, en el marco de una relación de subordinación y poder entre víctima y victimario, elementos estos que no fueron valorados debidamente por el tribunal de juicio”.

Las partes en el juicio: Vergara (sentado), Rau y el defensor oficial Mario Ramírez.
El magistrado del STJ además califica como un “yerro” la apreciación del TP Uno en ese punto y responde: “La jurisprudencia ha manifestado en reiteradas oportunidades que es irrelevante que el agresor integre o no una relación interpersonal con la víctima, el tiempo de duración de la misma si existiere o que ocurra la violencia en el ámbito privado o público, sino que lo trascendente es que el hombre se posicione respecto de la mujer en un binomio superior/inferior, tratándola con violencia física, psicológica o sexual, entre otras, por su género”.
También ponderó las argumentaciones esgrimidas por el fiscal Rau al momento de su alegato en el juicio y se hizo dueño de sus palabras para marcar que Antonella Bernhardt se encontraba en una situación de vulnerabilidad ante Vargas, ya que se trataba de una joven obereña que atravesaba en una difícil situación económica y buscaba, casi con desesperación, un trabajo para no depender de nadie.
Sobre esa cuestión, Díaz concluye: “Todos estos factores, independientemente de lo reciente que fuera vínculo entre ambos, sin lugar a dudas ubican a la víctima y victimario en una relación que dista de igualdad, más bien los ubica en una relación de poder -por parte de Vargas- y de subordinación -por parte de Antonella-”.
El camarista también ponderó la pericia psicológica efectuada a Vargas, donde se concluye que en el fotógrafo se advierten “conductas de control y celos”, con tendencia a ubicar a la mujer en un rango inferior al del hombre, mencionándola como un mero “complemento”.
Bajo esas y otras premisas, Díaz le dio la razón a los recurrentes Rau y Vergara al considerar que hubo una “errónea aplicación de la normativa” y opinó que lo correcto era encuadrar el caso como femicidio -rechazó la alevosía-, lo que equivale a modificar la sentencia y aplicar al condenado la pena de prisión perpetua.
Los demás miembros del STJ, Cristian Marcelo Benítez, Cristina Irene Leiva, María Laura Niveyro, Jorge Antonio Rojas, Roberto Rubén Uset y Ramona Beatriz Velázquez, se plegaron al voto de inicial, imponiéndose a Froilán Zarza y Rossana Pía Venchiarutti Sartori, quienes consideraron que lo correcto era mantener el fallo emitido por el TP Uno.

Los jueces del tribunal en el juicio: Cardozo (jubilado), Cukla y Bernie.
El caso
No es el primer cambio de calificación que atraviesa la causa. Ya en la etapa de instrucción, el magistrado Fernando Verón caratuló el hecho como homicidio simple, aunque luego la Cámara de Apelaciones la pasó a femicidio y bajo esa acusación Vargas llegó a juicio, donde la decisión final volvió a quitar el agravante que elevaba la expectativa de pena a perpetua.
El hecho se registró el 4 de abril de 2019, entre las 13 y las 13.30, dentro del departamento 1° A de un inquilinato ubicado sobre la calle Comandante Miño 980 del barrio El Brete de Posadas.
Según la hipótesis acusatoria, Vargas contactó a la víctima a través de redes sociales y le ofreció realizar sesiones de fotos a cambio de dinero ($1.500 con desnudos). Una de ellas se concretó, pero el acusado nunca pagó y en el segundo encuentro se produjo el desenlace mortal, luego de una discusión generada por el reclamo del dinero que nunca fue abonado.
Vecinas de la joven narraron que ese mediodía oyeron golpes, ruidos de “objetos cayendo al suelo” y a través de las endebles paredes divisorias también escucharon “gritos ahogados, como de alguien a quien le tapan la boca mientras grita”.
Los testimonios parecían un adelanto de lo que luego iba a certificar la autopsia, dado que el examen forense concluyó que Antonella presentaba golpes en la cabeza y signos de compresión en el cuello, además de la lesión mortal: un puntazo de cuchillo tipo tramontina que le perforó la tráquea.

Antonella Bernhardt tenía 27 años, era de Oberá y tenía una hermana melliza.
Ante el escándalo que provenía del departamento, las vecinas y la dueña del inquilinato acudieron en auxilio de Antonella, topándose con Vargas dentro del inmueble, a quien filmaron retirándose de la escena del hecho mientras simulaba una conservación con la víctima.
El caso llegó a juicio el 6 de noviembre de 2023 y se extendió durante varios días en el SUM del Palacio de Justicia. En el proceso declararon familiares y vecinos de la víctima, como así también efectivos policiales, peritos y profesionales en medicina.
En su declaración, el fotógrafo Vargas, que también se dedicaba a vender servicios de catering para la familia de su ex esposa, mantuvo su teoría defensiva, al aducir que él fue extorsionado con un video sexual y que el cuchillo se clavó en la garganta de Antonella de manera accidental durante un forcejeo mantenido con la joven.
El fotógrafo agregó que, en determinado momento, alcanzó a tomar el celular de la joven y su intención era romperlo, instancia en la que “ella se desesperó y agarró un cuchillo. Yo ahí le dos ‘tapes’ para que deje de gritar. Después avanzó de nuevo con el cuchillo contra mí y pasó todo. Cuando le quiero sacar el cuchillo, la traigo hacia mí con fuerza y le entra el cuchillo en la garganta”, fueron sus palabras.
FOTOS: MARCOS OTAÑO.
Caso Antonella: para el tribunal no hubo pruebas certeras de violencia de género
Judiciales
Misionero fue condenado por atropellar y matar a una joven en Santo Tomé

El misionero Marcelo “Botica” Ferreyra (38) fue condenado hoy a la pena de 5 años de prisión efectiva por arrollar y matar a una estudiante correntina mientras escapaba de agentes federales a bordo de un automóvil repleto de marihuana sobre la ruta provincial 94, a la altura de Santo Tomé.
El hecho que se ventiló en debate oral ocurrió el 22 de mayo de 2024, mientras Botica conducía un Renault Fluence con casi 300 kilogramos de marihuana en su interior y en plena huida realizó una maniobra de sobrepaso en la que terminó impactando contra una Gilera Smash en la que viajaba Manuela Jaqueline Ponce, una joven de 21 años que regresaba a su casa en el paraje Atalaya, tras una jornada de estudios en el Instituto Jorge Luis Borges, donde estudiaba para ser maestra jardinera.
La víctima circulaba con casco protector pero la violencia del impacto fue tal que resultó eyectada unos 20 metros y falleció en el acto, como consecuencia de las graves lesiones padecidas.

Manuela Ponce tenía 21 años y vivía en el paraje Atalaya, de Santo Tomé.
“El hecho ocurrió en una zona con una velocidad máxima permitida de 60 km/h. Ferreyra iba a altísima velocidad y realizó una maniobra de sobrepaso totalmente prohibida sobre un puente, lo que desencadenó la tragedia”, explicó el abogado querellante, Pablo Ordenavía, en diálogo con el portal Nova Misiones.
“La imprudencia, la negligencia y la violación de normas de tránsito elementales fueron determinantes. La Justicia entendió que no se trató de un simple accidente, sino de una muerte provocada en el contexto de un delito mayor”, agregó Ordenavía.
En su fallo, el Tribunal Oral Penal de Santo Tomé declaró a Ferreyra penalmente responsable del delito de “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente, negligente y anti reglamentaria” y lo condenó a la pena de 5 años de prisión efectiva y 10 de inhabilitación para conducir.
En paralelo, aún debe responder en la causa federal que se inició ese mismo día por los 300 kilogramos que transportaba en el vehículo siniestrado durante la persecución iniciada al esquivar un control de Gendarmería Nacional Argentina (GNA).
El condenado es oriundo de San Javier y si bien no registra causas previas, su nombre aparece vinculado a varias maniobras de narcotráfico.
-
Policiales hace 2 días
Resguardaron a joven que amenazaba con arrojarse al Zaimán junto a una niña
-
Judiciales hace 6 días
Dispusieron la liberación de otro ex policía acusado por intento de sedición
-
Judiciales hace 6 días
Joaquín Orrego libre: “Ahora, a recuperar el tiempo perdido con la familia”
-
Política hace 3 días
Expulsaron al empresario Walter Rosner de La Libertad Avanza Misiones
-
Policiales hace 4 días
Anuncian la liberación de otros dos policías acusados por intento de sedición
-
Policiales hace 5 días
Cayó gendarme que fue a retirar 18 kilos de éxtasis enviados desde Misiones
-
La Voz de la Gente hace 3 días
Posadas: juntaron ramas que dejó la tormenta y la Muni los multó por “poda”
-
Policiales hace 3 días
Capturaron a líder de banda que estafaba con presuntos préstamos en Posadas