Judiciales
Gendarme misionero fue condenado por represión a murgueros de villa 1-11-14
Un gendarme misionero y otros cuatro agentes de la misma fuerza federal fue condenados a prisión e inhabilitados al ser declarados responsables de una serie de delitos cometidos durante una represión contra un grupo de murgueros registrada en enero de 2016 dentro de la Villa 1-11-14 en Buenos Aires, donde resultaron heridas al menos cinco personas, entre ellos un niño de 8 años.
La sentencia fue dictada por el Tribunal Oral Criminal 12 de Capital Federal el miércoles de la semana pasada, pero los fundamentos del fallo fueron difundidos y publicados hoy en el Centro de Información Judicial (CIJ).
Los condenados son los agentes Esteban Rafael Smolares (37) -misionero nacido en Bernardo de Irigoyen-, Saúl Humberto Juárez (36), Darío Fernando Solez Páez (33), Elvio Ezequiel Cardozo (44) y Yanina Soledad Maldonado (32).
Todos fueron condenados como coautores del delito de “vejaciones en concurso ideal con lesiones de importancia leve, por mediar abuso de las funciones de miembros integrantes de una fuerza de seguridad y ambas figuras agravadas por el uso de arma de fuego”.
Los primeros cuatro recibieron penas de 3 años y 6 meses de prisión y 7 años de inhabilitación para ejercer la función pública. Maldonado, por su parte, recibió 3 años de prisión en suspenso.
El fallo dispone que las penas de prisión son de cumplimiento efectivo, aunque se dará una vez que la sentencia quede firme. Mientras tanto tendrán la obligación de abstenerse de tener todo tipo de contacto y por cualquier medio con las personas damnificadas y de acercarse en un radio de 500 metros al barrio.
Tras las condenas, los abogados Pablo Rovatti y Estaban Galli del Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos de la Defensoría general de la Nación (querellantes por una de las víctimas, el niño herido) destacaron la importancia de lo conseguido ante la Justicia.
“En este juicio quedó muy claro que lo que hubo fue un abuso grosero de las funciones de un grupo de seis funcionarios que, para abrirse paso de prepo por un lugar repleto de gente que ensayaba para una murga, dispararon más de veinte veces con municiones anti tumulto contra los cuerpos de chicos y chicas, adolescentes, madres y padres que los acompañaban en el ensayo”, afirmó Rovatti para la agencia Télam.
La represión
El hecho ocurrió el viernes 29 de enero de 2016, alrededor de las 21, cuando los integrantes de la murga “Los Auténticos Reyes del Ritmo” estaban ensayando y los gendarmes llegaron a la zona para retirar dos vehículos robados.
Los efectivos ingresaron con una grúa por la calle 10 justo donde había un grupo numeroso de vecinos, entre ellos varios niños que participaban del ensayo.
Ante esa situación, el director de la murga les pidió si podían avanzar por otro camino pero los efectivos comenzaron a atacar con balas de goma.
No obstante ese pedido, los gendarmes comenzaron a disparar con balas de goma contra el grupo a muy corta distancia. Como consecuencia de ello, un nene de 8 años fue herido a un centímetro de su ojo mientras que otros vecinos recibieron entre 14 y 16 impactos. En total, fueron cinco los heridos cuyos casos llegaron a juicio oral y por los que el Tribunal condenó a los gendarmes.
Además, durante los disparos, los integrantes de la fuerza de seguridad les profirieron expresiones denigrantes y humillantes durante la balacera.
En la causa, los imputados negaron haber disparado municiones anti-tumulto y sostuvieron que habían sido víctimas de un ataque con armas de fuego. Sin embargo, de acuerdo a los peritajes balísticos y a las marcas en los cuerpos de las personas, se pudo establecer que las víctimas habían sufrido heridas a causa de las postas de goma, reconstruyó el portal oficial del Ministerio Público Fiscal de la Nación.
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Defensor de Ramírez tras la sentencia por el caso Belén: “Primó el patriarcado”
Tras la condena a 16 de años de prisión impartida contra la empleada municipal Mariela Andrea Ramírez (48), acusada por la muerte de su hija con discapacidad Rocío Belén López (15), el abogado defensor oficial se despachó con críticas hacia parte del tribunal encargado de emitir la sentencia y adelantó que recurrirá el fallo, aunque tampoco confía que el Superior Tribunal Justicia (STJ) revierta la medida.
“Primó el patriarcado de dos jueces varones que no entienden nada sobre las desigualdades que ha sufrido una mujer”, manifestó Miguel Ángel Varela, haciendo referencia a los magistrados Gustavo Bernie y Miguel Mattos, quienes por mayoría decidieron condenar a la imputada y se impusieron frente a la jueza Viviana Cukla que opinó por la absolución.
Para el funcionario, hubo dos factores clave en el fallo: la “ignorancia” y la “falta de perspectiva de género”.
“En el caso de las vecinas, que supieron de la existencia de Belén, cinco años antes, no sabían de la enfermedad y es comprensible que confundieran, pero que el médico que hizo la autopsia no supiera nada de las manifestaciones y síntomas del Síndrome de Rett y que en base a esa ignorancia se condene a una mujer sin que se sepa la causa de muerte me parece lamentable”, apuntó.
Y sobre el segundo punto planteó que “no tener la perspectiva de género es vergonzoso”, instancia en la que también aprovechó para lanzar críticas hacia el fiscal Vladimir Glinka.
“Se la pasa llevando información a los diarios y no sé si será parte de una campaña de él para un cargo superior. Yo no busco prensa, esto es una cosa que surge del debate. Yo no llamo a la prensa ni buscando una foto”, disparó.
En esa línea, Varela adelantó que recurrirá la sentencia, aunque no espera una revisión favorable por parte del STJ.
“No sé si en el STJ se revierte esto, por el poder que tiene el señor fiscal y el cuál está usando. Quiero creer que la Corte Suprema sí va a revertir”, cerró.
Caso Belén: su madre fue condenada por homicidio y recibió 16 años de prisión
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Caso Belén: su madre fue condenada por homicidio y recibió 16 años de prisión
La empleada municipal Mariela Andrea Ramírez (48) fue declarada responsable por el homicidio de su hija con discapacidad Rocío Belén López (15) y fue condenada a 16 años de prisión, pena que desde hoy comenzará a cumplir en la Unidad Penal V de Mujeres de Miguel Lanús.
La sentencia fue impartida este mediodía por el Tribunal Penal Uno de Posadas, con los votos mayoritarios de los magistrados Gustavo Bernie y Miguel Mattos (subrogante), quienes se impusieron ante la jueza Viviana Cukla que se inclinó por la absolución.
De acuerdo a la parte resolutiva del fallo, Ramírez fue declarada penalmente responsable del delito de homicidio agravado por el vínculo con circunstancias de atenuación, razón por la cual recibió 16 años de prisión y no perpetua, como había solicitado el fiscal Vladimir Antonio Glinka en su alegato.
Con una votación idéntica, el tribunal también resolvió disponer la inmediata detención de Ramírez, que llegó a este debate libre y se retiró esposada dentro de un vehículo del Servicio Penitenciario Provincial (SPP), mientras sus familiares desde la vereda reprochan a gritos la resolución.

Los jueces Mattos y Bernie se impusieron con los votos y la decisión final fue condenar a la imputada.
El caso
La muerte de Belén López se registró el 23 de julio de 2013 en la casa de su madre, donde estuvo en forma transitoria durante diez días porque su abuela y tía materna, quienes la cuidaron gran parte de su vida, hicieron un viaje a Corrientes.
La autopsia determinó que la causa de muerte fue vinculante a un cuadro de desnutrición, deshidratación e hipotermia. Apoyado en esa conclusión y en el testimonio vertido por casi una veintena de testigos, el fiscal Glinka consideró que la mujer actuó en forma deliberada y desatendió a su hija con el objetivo de dejarla morir de hambre y sed para “eliminarla de su proyecto de vida”.
A partir de esa hipótesis, el fiscal amplió la acusación inicial de “abandono de persona doblemente agravado por el vínculo y por el resultado muerte” a “homicidio agravado por el vínculo en su modalidad por omisión”.
La defensa, en tanto, encabezada por el defensor oficial Miguel Ángel Varela, cuestionó severamente el informe forense y aseveró que la muerte se dio por causas naturales propias a la enfermedad Síndrome de Rett, factor que no fue tenido en cuenta por el médico encargado de efectuar la autopsia.
También criticó que el fallo no tuvo perspectiva de género y apuntó contra “el patriarcado de dos jueces varones que no entienden nada de las desigualdades que ha sufrido una mujer”.
Varela adelantó que recurrirá la resolución, aunque no confía en que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) revierta la medida y sí en la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

Mariela Ramírez se quebró al recibir el abrazo de su hija y familiares después de la sentencia.
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Dieron arresto domiciliario a los 17 policías implicados en el caso Golemba
Los 17 policías, entre activos y retirados, detenidos en el marco de la investigación por la desaparición forzada de Mario Fabián Golemba, ocurrida en marzo de 2008, quedaron este jueves bajo arresto domiciliario por disposición de la Justicia Federal de Posadas.
La medida fue adoptada por la magistrada María Verónica Skanata, titular del Juzgado Federal de Posadas, y la fiscal Silvina Gutiérrez analiza si presenta un recurso de apelación.
El beneficio alcanza a los 16 efectivos que habían sido detenidos durante los allanamientos realizados el lunes a la mañana y a Alfredo Lorenzo Ortiz, quien se presentó posteriormente de manera espontánea ante el juzgado.
De esta manera, los 17 sospechosos continuarán sujetos al proceso, aunque ya no permanecerán alojados en dependencias de Gendarmería Nacional. La resolución todavía puede ser apelada por la Fiscalía Federal Dos de Posadas, a cargo de Silvina Gutiérrez.
La investigación busca determinar qué ocurrió con Golemba, quien fue visto por última vez el 27 de marzo de 2008, cuando regresaba a su domicilio en la zona de Dos de Mayo después de haber viajado a Oberá.
La hipótesis de la desaparición forzada
La principal hipótesis que impulsa la Fiscalía Federal sostiene que Golemba fue privado ilegalmente de su libertad y que, posteriormente, habría sido trasladado y sometido a violencia en dependencias policiales.
De acuerdo con los elementos reunidos durante la investigación, distintos testimonios ubicaron al joven dentro de la comisaría de Dos de Mayo durante las horas posteriores a su desaparición.
La pesquisa también apunta a determinar la existencia de un presunto “pacto de silencio institucional” entre integrantes de la Policía para ocultar lo ocurrido y garantizar la impunidad de los responsables.
En ese sentido, la fiscalía analiza no solamente la posible participación de quienes pudieron haber intervenido directamente en la privación de la libertad de Golemba, sino también las conductas de aquellos funcionarios que eventualmente hayan colaborado con el encubrimiento o hayan omitido actuar ante lo sucedido.
Entre los imputados se encuentra el comisario retirado Ewaldo Katz, quien estaba al frente de la comisaría de Dos de Mayo al momento de la desaparición y durante su indagatoria decidió abstenerse de declarar.
Una causa que lleva 18 años
Golemba tenía 27 años cuando desapareció. El 27 de marzo de 2008 había viajado desde Dos de Mayo hasta Oberá para asistir a una consulta médica y posteriormente emprendió el regreso.
Sin embargo, nunca llegó a su casa y desde entonces nada se supo de su paradero.
La causa tuvo durante años una investigación en el ámbito de la Justicia provincial, hasta que posteriormente pasó al fuero federal. Con el avance de la pesquisa comenzaron a incorporarse nuevos testimonios y elementos que permitieron poner el foco sobre el accionar de policías que se encontraban en funciones durante los días posteriores a la desaparición.
Las detenciones concretadas esta semana marcaron un giro significativo en una investigación que llevaba casi dos décadas sin personas imputadas por la desaparición del joven.
Ahora, con los 17 acusados bajo arresto domiciliario, la Justicia Federal deberá avanzar con el análisis de las pruebas y determinar la situación procesal de cada uno de ellos.
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