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Forense estimó que Antonella fue apuñalada acostada en el piso e indefensa

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En la continuidad del debate por el femicidio de Antonella Bernhardt (27), esta mañana declararon dos testigos más, entre ellas la médica forense que realizó la autopsia, quien detalló cada una de las lesiones que presentaba la víctima y consideró que la estocada mortal pudo ser efectuada con la joven tendida en el piso e indefensa, hipótesis que contradecería la versión de un hecho accidental en el fragor de un forcejeo de pie que brindó el fotógrafo Cristian Daniel Vargas (33), único acusado del caso.

La tercera jornada del juicio oral estuvo marcada por los aportes realizados por la doctora Carolina Lanzos, quien en su momento fue la encargada de realizar el examen forense a los restos de Antonella y fue convocada para brindar precisiones respecto a la operación.

El testimonio de la profesional fue realizado a través de una plataforma de video conferencia, herramienta que además utilizó para exhibir imágenes de la autopsia y detallar las características de las lesiones que presentaba el cuerpo de la víctima.

“Nos encontramos con un cuerpo con abundante sangre seca, eran manchas gruesas, densas, ubicadas en el cuello, tórax y hombros”, expuso al comenzar Lanzos su testimonio ante el Tribunal Penal Uno de Posadas, presidido por Viviana Cukla e integrado por Ángel Dejesús Cardozo y Gustavo Bernie.

Luego, explicó que la herida mortal fue una “lesión punzocortante y penetrante de 5,5 centímetros de longitud” que ingresó en el cuello, perforando el plano muscular, atravesando la vía aérea y finalizando contra “la cara posterior de los cuerpos vertebrales”.

También enumeró que Antonella presentaba dos traumatismos, uno cerca de la oreja izquierda y otro en el parietal del mismo lado. Esta última -estimó- pudo haber sido efectuada con algún objeto.

La médica forense Carolina Lanzos realizó el examen de autopsia al cuerpo de Antonella y hoy declaró por videoconferencia.

Tras esta presentación inicial, llegó el turno de las preguntas de las partes y el primero en intervenir fue el fiscal Martín Alejandro Rau, quien buscó profundizar en las características de las lesiones. 

Ante una de las preguntas efectuadas, la médica forense sostuvo que la puñalada mortal provocó una profusa pérdida de sangre, fluido que además ingresó ingresó a la vía aérea generando también un síndrome de asfixia. Calculo, además, que el lapso de sobrevida con una herida de este tipo es “muy corto, escaso, en un minuto, como mucho, ya se produce el óbito”.

Acostada e indefensa

Rau también ahondó sobre los traumatismos que presentaba Antonella, ante lo cual Lanzos respondió que “fueron dos golpes fuertes” y afirmó que “pudieron haber producido aturdimiento, estado de confusión o pérdida de conocimiento”.

En el avance de sus consideraciones, la doctora indicó que en virtud de las características observadas en la puñalada mortal postuló que el ataque pudo haber sido propinado con la víctima “indefensa y apoyada contra un plano duro, acostada”.

En la argumentación de su tesis, la forense señaló que se basó en indicadores tales como la profundidad de la herida, la escasez de marcas defensivas en la víctima y la ubicación del sangrado.

“Por la profundidad de la herida creo que el cuerpo estuvo apoyado en algo y que ahí se ejerció presión. La persona estaba decúbito dorsal. La salpicadura es otro indicio de la posición. Si estoy parada la sangre va a caer, pero acá no había manchas de sangre ni en el abdomen, ni en la pelvis, ni en las piernas”, culminó Lanzos ante las consultas del defensor oficial Mario Ramírez, quien preguntó si la lesión pudo haber sido cometida con la víctima de pie.

En que en la primera audiencia de debate, Vargas mantuvo su versión defensiva y sostuvo que dio dos “tapes” a Antonella, pero que la estocada se dio por accidente durante un forcejeo que inició para quitarle el cuchillo a la joven.

El debate continuará mañana con la declaración de más testigos y además se le dará intervención al personal de la Secretaría de Apoyo para las Investigaciones Complejas (Saic) para intentar encender el teléfono del acusado (incautado hace más de cuatro años) en busca de un posible backup de fotos realizadas por Vargas a Antonella que la defensa pretende incorporar como prueba al proceso.

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Revés judicial para Cerro Azul en reclamo de $165 millones a una empresa

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La Justicia provincial rechazó una ejecución fiscal impulsada por la Municipalidad de Cerro Azul contra la empresa MM Bioenergía S.A. por una deuda superior a los $165 millones y cuestionó la legalidad del procedimiento utilizado por la comuna para reclamar tributos.

El fallo fue dictado por el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Leandro N. Alem, que rechazó la demanda iniciada en junio de 2025 por la municipalidad en concepto de tasas de Seguridad e Higiene, Comercio e Industria correspondientes a distintos períodos entre 2021 y 2025.

La comuna reclamaba un total de $165.044.216,75 y había solicitado además medidas cautelares sobre bienes y fondos de la firma dedicada a la generación de energía renovable.

Sin embargo, tras varios meses de litigio, el magistrado interviniente resolvió desestimar la ejecución fiscal al considerar que la documentación presentada por el municipio no cumplía con los requisitos legales exigidos para avanzar con el cobro judicial.

Uno de los principales puntos observados en la sentencia fue la utilización de la Ordenanza VI N° 25 como fundamento del reclamo tributario. Según el fallo, esa norma fue publicada oficialmente recién el 1 de octubre de 2025, es decir, después de las intimaciones de pago y cuando ya se pretendía exigir el cobro de períodos anteriores.

En la resolución, el juez sostuvo que “la ausencia de publicación impide reconocer eficacia normativa a la ordenanza en cuestión y, por ende, priva de sustento legal exigible al crédito cuya ejecución se pretende”.

El fallo también cuestionó la boleta de deuda emitida por el municipio al señalar que el documento no detallaba con precisión qué conceptos se reclamaban, a qué períodos correspondían ni cuál había sido el mecanismo utilizado para calcular la deuda, incumpliendo requisitos establecidos en el Código Fiscal.

Durante el proceso judicial, MM Bioenergía S.A. argumentó además que su actividad se encuentra regulada bajo jurisdicción federal por tratarse de generación de energía dentro del Mercado Eléctrico Mayorista, en el marco de las leyes nacionales vinculadas a energías renovables. En ese sentido, cuestionó la potestad municipal para aplicar las tasas reclamadas.

En otro tramo de la sentencia, el magistrado citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de tribunales provinciales que establecen que ningún tributo puede ser exigido si la norma que lo crea no fue debidamente publicada en el Boletín Oficial.

Además de rechazar la ejecución fiscal, la Justicia impuso las costas del proceso a la Municipalidad de Cerro Azul y reguló honorarios profesionales sobre la base económica total del juicio, fijada en más de $165 millones. Según se desprende de la resolución, el impacto económico derivado del proceso podría superar los $50 millones.

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Cristaldo recibió 17 años de prisión por matar y ocultar el cadáver de Tizato

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El Tribunal Penal Dos de Posadas resolvió este miércoles al mediodía condenar a Richard Arnaldo Cristaldo (49) a la pena de 17 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego” en perjuicio de César Daniel Tizato (16), el adolescente con el cual el 30 de agosto de 2020 salió a cazar en inmediaciones a su casa del paraje Pindapoy, de la localidad de San José.

La sentencia, emitida por los magistrados Augusto Gregorio Busse -presidente-, César Antonio Yaya y Martín Alejandro Rau, fue en disidencia al planteo efectuado por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato había mantenido la acusación impuesta en etapa de instrucción y conforme a ello había solicitado que Cristaldo sea condenado a prisión perpetua por “homicidio agravado por alevosía”.

La parte resolutiva del fallo se leyó este mediodía, minutos después de las 12.30, tras un breve cuarto intermedio de poco más de 30 minutos, mientras que los fundamentos de la resolución serán comunicados el próximo 4 de junio.

Cristaldo, más conocido como Grulla, por su oficio como profesor de artes marciales, oyó el dictamen en silencio, acompañado a la distancia por sus hijas y otros familiares directos que siguieron respetuosamente la audiencia desde el sector preparado para el público presente.

Cristaldo, junto a su abogado, minutos después de firmar el acta de la sentencia.

Duda

Su abogado defensor, el ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes, había solicitado en su alegato la absolución de su cliente por el beneficio de la duda, al considerar que no existían pruebas directas que vinculen al acusado con el asesinato del adolescente.

El letrado cuestionó la reconstrucción del caso trazada por el fiscal Glinka. Consideró que ese relato de hechos era “inverificable”, apunt

ó a la mayoría de los testigos por “mentir” en sus declaraciones y criticó severamente a los dos comisarios (Sergio de los Santos y Gabriel Antonio Comes) por el testimonio donde dieron cuenta que durante su detención Cristaldo admitió que mató a la víctima por accidente. 

Reyes también dirigió duras acusaciones contra los serenos de la estancia La Rosita, propiedad de la firma Rosamonte, predio donde el cuerpo de Tizato apareció sin vida, con un disparo en el tórax y sumergido en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad.

“Han venido acá y mintieron. Ellos no es que solo caminan sin hacer nada. Ellos son sanguinarios y mutiladores con quienes entran a cazar y pescar”, lanzó.

Reyes alegó que “no hay pruebas y los indicios desaparecieron. Los testigos que lo vieron mojado han mentido antes y ahora”, al tiempo que sostuvo que “es imposible que la bala de un calibre 22” -proyectil compatible con el rifle incautado en poder del acusado- cause la lesión penetrante y perforante que presentaba la víctima.

En último intento por torcer su destino, Cristaldo volvió a hablar ante el tribunal y reiteró su inocencia, aduciendo que ese episodio en la comisaría donde presuntamente admitió el crimen, fue bajo amenazas de los policías intervinientes.

El tribunal presidido por Gregorio Busse -al centro- emitió el fallo minutos después de las 12.30.

Cobarde, traicionero y abusivo

Un alegato diametralmente opuesto fue el desarrollado por el fiscal Glinka, quien consideró que el imputado pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar a una zona inhóspita, actuando sobreseguro y aprovechándose del estado de vulnerabilidad e indefensión de Tizato.

A Tizato lo mataron de una forma muy cobarde, traicionera y abusiva. Lo privaron de la posibilidad de torcer su destino. Lo manosearon. Le pusieron una piedra en la ropa para que se hunda y se pudra en la profundidad”, describió.

Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.

Para el fiscal, fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando las hipótesis de un hecho accidental, de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita o del involucramiento de otros presuntos jóvenes con quienes Cristaldo afirmó que la víctima decidió quedarse para no volver con él.

¿Existieron esas personas? Yo lo descarto. La lógica es que Daniel nunca se separó del imputado. Es solo un relato más que jamás se pudo comprobar. Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas y se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, reconstruyó.

“En fin. Ya no hay posibilidad de teorías alternativas. Se investigó todo. Fue la última persona que estuvo con Dani, era el único armado, estaba todo mojado cuando volvió y la ciencia determinó que era imposible que ese rifle se dispare por accidente”, resumió Glinka y solicitó la pena de prisión perpetua como autor de “homicidio agravado por alevosía”, aunque luego el tribunal modificó la calificación del caso.

 

Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato

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Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato

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El fiscal Vladimir Glinka mantuvo la acusación de “homicidio agravado por alevosía” y solicitó la pena de prisión perpetua para Richard Arnoldo “Grulla” Cristaldo (49), único imputado por el asesinato de Dani Tizato (16), registrado en 2020 en San José.

Para el titular de la fiscalía, quedó comprobado que Cristaldo pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar y luego cometió el crimen, asesinándolo de un disparo que le atravesó el corazón y ocultando el cadáver en una laguna de agua estancada.

Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.

Para el fiscal fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando la hipótesis de un hecho accidental o de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita, predio donde ocurrió el crimen y se descubrió el cuerpo tras 32 días de búsqueda.

“Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas. Él se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, apuntó.

Tras el pedido, el Tribunal Penal Dos dispuso un cuarto intermedio y más tarde será el turno de alegar para José Antonio Reyes, abogado defensor del imputado.

El caso Tizato comenzó el 30 de agosto de 2020, cuando fue a cazar con Cristaldo y nunca volvió. Su cuerpo apareció 32 días después en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad. Tenía un disparo en el pecho y rocas entre sus prendas para evitar que flote.

Cristaldo arguyó que en medio del camino el adolescente se quedó junto a otros tres jóvenes que nunca pudieron ser ubicados y quiénes, para el fiscal, “nunca existieron”.

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