Nuestras Redes

Judiciales

Forense estimó que Antonella fue apuñalada acostada en el piso e indefensa

Publicado

el

femicidio antonella juicio

En la continuidad del debate por el femicidio de Antonella Bernhardt (27), esta mañana declararon dos testigos más, entre ellas la médica forense que realizó la autopsia, quien detalló cada una de las lesiones que presentaba la víctima y consideró que la estocada mortal pudo ser efectuada con la joven tendida en el piso e indefensa, hipótesis que contradecería la versión de un hecho accidental en el fragor de un forcejeo de pie que brindó el fotógrafo Cristian Daniel Vargas (33), único acusado del caso.

La tercera jornada del juicio oral estuvo marcada por los aportes realizados por la doctora Carolina Lanzos, quien en su momento fue la encargada de realizar el examen forense a los restos de Antonella y fue convocada para brindar precisiones respecto a la operación.

El testimonio de la profesional fue realizado a través de una plataforma de video conferencia, herramienta que además utilizó para exhibir imágenes de la autopsia y detallar las características de las lesiones que presentaba el cuerpo de la víctima.

“Nos encontramos con un cuerpo con abundante sangre seca, eran manchas gruesas, densas, ubicadas en el cuello, tórax y hombros”, expuso al comenzar Lanzos su testimonio ante el Tribunal Penal Uno de Posadas, presidido por Viviana Cukla e integrado por Ángel Dejesús Cardozo y Gustavo Bernie.

Luego, explicó que la herida mortal fue una “lesión punzocortante y penetrante de 5,5 centímetros de longitud” que ingresó en el cuello, perforando el plano muscular, atravesando la vía aérea y finalizando contra “la cara posterior de los cuerpos vertebrales”.

También enumeró que Antonella presentaba dos traumatismos, uno cerca de la oreja izquierda y otro en el parietal del mismo lado. Esta última -estimó- pudo haber sido efectuada con algún objeto.

La médica forense Carolina Lanzos realizó el examen de autopsia al cuerpo de Antonella y hoy declaró por videoconferencia.

Tras esta presentación inicial, llegó el turno de las preguntas de las partes y el primero en intervenir fue el fiscal Martín Alejandro Rau, quien buscó profundizar en las características de las lesiones. 

Ante una de las preguntas efectuadas, la médica forense sostuvo que la puñalada mortal provocó una profusa pérdida de sangre, fluido que además ingresó ingresó a la vía aérea generando también un síndrome de asfixia. Calculo, además, que el lapso de sobrevida con una herida de este tipo es “muy corto, escaso, en un minuto, como mucho, ya se produce el óbito”.

Acostada e indefensa

Rau también ahondó sobre los traumatismos que presentaba Antonella, ante lo cual Lanzos respondió que “fueron dos golpes fuertes” y afirmó que “pudieron haber producido aturdimiento, estado de confusión o pérdida de conocimiento”.

En el avance de sus consideraciones, la doctora indicó que en virtud de las características observadas en la puñalada mortal postuló que el ataque pudo haber sido propinado con la víctima “indefensa y apoyada contra un plano duro, acostada”.

En la argumentación de su tesis, la forense señaló que se basó en indicadores tales como la profundidad de la herida, la escasez de marcas defensivas en la víctima y la ubicación del sangrado.

“Por la profundidad de la herida creo que el cuerpo estuvo apoyado en algo y que ahí se ejerció presión. La persona estaba decúbito dorsal. La salpicadura es otro indicio de la posición. Si estoy parada la sangre va a caer, pero acá no había manchas de sangre ni en el abdomen, ni en la pelvis, ni en las piernas”, culminó Lanzos ante las consultas del defensor oficial Mario Ramírez, quien preguntó si la lesión pudo haber sido cometida con la víctima de pie.

En que en la primera audiencia de debate, Vargas mantuvo su versión defensiva y sostuvo que dio dos “tapes” a Antonella, pero que la estocada se dio por accidente durante un forcejeo que inició para quitarle el cuchillo a la joven.

El debate continuará mañana con la declaración de más testigos y además se le dará intervención al personal de la Secretaría de Apoyo para las Investigaciones Complejas (Saic) para intentar encender el teléfono del acusado (incautado hace más de cuatro años) en busca de un posible backup de fotos realizadas por Vargas a Antonella que la defensa pretende incorporar como prueba al proceso.

Judiciales

Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle

Publicado

el

condenas a Monica Gurina y Leandro Sanchez

Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.

Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.

Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.

Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.

La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.

“No hay derecho absoluto”

El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.

Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.

En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.

Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.

“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.

En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.

La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.

“Fue un hecho público y multitudinario”

En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.

En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).

“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.

Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.

También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.

En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.

Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.

 

Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”

Seguir Leyendo

Judiciales

La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia

Publicado

el

Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.

Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.

Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.

A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”

Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.

Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.

La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez

Seguir Leyendo

Judiciales

La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez

Publicado

el

La fiscal María Laura Álvarez solicitó 1 año de prisión para Mónica Gurina y 10 meses de prisión para Leandro Sánchez.

El cumplimiento de la pena es en suspenso, es decir, que no implica ir a la cárcel y también contempla la realización de tareas comunitarias.

Para la fiscalía, ambos fueron coautores de los delitos de “desobediencia judicial” y “entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación bajo la cual llegaron a juicio oral.

Alvarez argumentó que el mayor pedido de pena fue para Gurina porque “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe docente desarrollado entre mayo y junio de 2024.

En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por los comerciantes de la avenida Uruguay y el entorpecimiento del transporte.

“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez.

A continuación es el turno de alegar a la defensa de los docentes imputados y más tarde la jueza Marcela Leiva dictaría sentencia.

Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez

Seguir Leyendo
Publicidad

Lo más visto