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Testigo ubicó a Ramos con Marina en cercanías al pozo donde apareció asesinada

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Dos personas. Un mismo nombre y un solo número de diferencia en el DNI. Una confusión y un testimonio clave.

La tercera jornada del juicio por el femicidio de Marina Da Silva (19) estuvo marcada por la singular presencia de dos hermanos gemelos como testigos, uno de los cuales aportó uno de los testimonios más relevantes del proceso hasta el momento, dado que ubicó al principal sospechoso del caso, Franco Jesús Ramos (28), junto a la víctima en cercanías al pozo donde finalmente apareció asesinada en diciembre de 2013, en Nemesio Parma.

Con un retraso de media hora, la audiencia de esta mañana comenzó a las 9 y el primer testigo en ser llamado a la sala fue Rafael Carlos Machado.

Fue el fiscal Vladimir Glinka quien comenzó el cuestionario, resaltando la importancia que significaba el posible aporte del testigo. La intención era que Rafael cuente ante las partes cómo fue el día que vio a Ramos junto a Marina Da Silva en un trillo ubicado en cercanías al pozo donde la muchacha apareció asesinada, tal lo declaró años atrás durante la etapa de investigación.

Sin embargo, desde un comienzo Rafael se mostró sorprendido por la situación e incluso señaló “nada de lo que dice ahí yo recuerdo haber dicho”.

En esa instancia, las partes comenzaron a desconfiar, más aún teniendo en cuenta que en la jornada de ayer hubo varios testigos con grises en sus declaraciones, contradicciones o “problemas de memoria”.

Pero la cuestión guardaba una singularidad. Y es que Rafael tiene un hermano gemelo, con un nombre idéntico pero con orden inverso y con un solo número de diferencia en el DNI. Ese era el testigo buscado por todos.

De esta manera, Carlos Rafael Machado, debió ser ubicado a las apuradas dado que ya se había retirado del Tribunal Penal Dos y afortunadamente fue localizado antes de llegar a su casa.

El hombre alcanzó a declarar en último turno y allí aportó el testimonio requerido.

Sin poder brindar una fecha exacta, estimó que fue “el fin de semana antes de Navidad” de 2013, “cerca de las 14”, cuando vio a Ramos con la víctima, que era su pareja en ese momento.

El fiscal Glinka junto al testigo clave y un mapa de la zona donde ocurrieron los hechos.

“Yo me iba a trabajar y ahí escuché el ruido del portón y la moto se enganchó el guardabarros con un alambre. La chica se bajó y desenganchó. Después se metieron para adentro”, declaró el Machado correcto.

Luego, el fiscal Glinka pidió que al testigo se le exhiba imágenes del alambre y el portón mencionado, los cuales Machado reconoció.

Según la explicación brindada, ese portón está ubicado sobre un trillo que conduce a una olería y mediante el cual también se accede al pozo de agua abandonado donde Marina Da Silva apareció asesinada de dos golpes en la cabeza y con su cuerpo maniatado de pies y manos.

En la continuidad de la jornada, declararon otros cuatro testigos, todos vecinos de Nemesio Parma, Campo Bauer, Cruz del Sur y otros barrios de la zona oeste de Posadas.

Los últimos pasos de Marina

En su mayoría, los testimonios se centraron en reconstruir los últimos movimientos de Marina y casi todos ubicaron a la joven con Ramos entre las 13 y 16 del 21 de diciembre de 2013, al igual que los testigos que declararon en las dos primeras jornadas del debate.

En ese sentido, Natalia Morel, vecina de la zona que le vendía productos de Avon a la víctima, recordó que ese día, a las 16, vio a Ramos y Marina andando en moto en dirección el barrio Cruz del Sur.

Luego aseguró que minutos después volvió a ver a Marina en otra moto y con otro sujeto que no alcanzó a reconocer circulando en la misma dirección. Afirmó, además, que a las 17 vio a Ramos volver con la hija que tenía junto a su pareja.

En ese instancia, los abogados defensores preguntaron si ese otro hombre que vio en la moto podía tratarse de Juan Ángel “Juancho” Portal (33), “amante” de Marina y otro de los imputados en la causa, aunque la testigo no pudo asegurarlo.

Los otros imputados, Pili Da Silva y Juancho Portal, hasta el momento no recibieron mayores menciones en las testimoniales.

Gabriela Costa, que vivía en una propiedad lindante a la casa donde Ramos convivía con la víctima, recordó que ese 21 de diciembre a las 14 vio al imputado llegar solo a su casa y luego salir con una bolsa transparente que, aparentemente, tenía pañales.

Adriana Martínez, a su vez, señaló que, ese mismo día, pero entre las 15.30 y las 16, vio a Marina llegar a la casa de Ramos en una motocicleta negra junto a una persona con gorra que no alcanzó a reconocer.

Tal como viene sucediendo, prácticamente en ninguna declaración si quiera se mencionó a Alejandro Daniel “Pili” Da Silva (36), tercer imputado en el expediente.

Según la hipótesis acusatoria planteada en el auto de elevación a juicio, el femicidio de la joven fue perpetrado entre las 19 del 21 de diciembre de 2013 y la madrugada siguiente, durante la fiesta de cumpleaños de Juancho Portal.

Sin embargo, de las catorce testimoniales recolectadas en las tres audiencias que van de juicio, no surgió ningún dato referido a la existencia de esa supuesta fiesta. Portal, en su indagatoria, afirmó que efectivamente había organizado la celebración pero la suspendió a última hora porque “quería pasar con mi hija”. Da Silva dijo que “ni se enteró” y Ramos señaló que no tenía más relación que lo laboral con sus consortes de causa.

Los tres están imputados por el delito de “homicidio calificado por el concurso premeditado de tres o más personas” y son pasibles de recibir una condena a prisión perpetua.

El debate continúa el próximo lunes, a partir de las 8.30, con más testimoniales. La sentencia podría conocerse el viernes 16.

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Acusado de abuso fue absuelto en 2022 y ahora condenado a 12 años de cárcel

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acusado abuso

Tras la anulación del fallo que dispuso su absolución por el beneficio de la duda en 2022, el Tribunal Penal Uno de Posadas realizó un nuevo debate oral contra el hijo de una ex funcionaria provincial acusado de abusos sexuales en perjuicio de una hija menor de edad y esta tarde lo condenó a una pena de 12 años de prisión efectiva.

La nueva sentencia fue dictada esta tarde, después de una extensa jornada de alegatos y después de varias audiencias de debate que incluyeron sucesivos cambios de defensa e incluso registró un faltazo del imputado, que luego argumentó haberse internado en una clínica de salud mental pero terminó siendo detenido.

El implicado se trata de J. R. G. -hijo de una ex funcionaria del Iprodha- quien en 2013 fue denunciado por abusos contra una hija de 5 años en ese entonces, causa que en 2022 llegó a debate oral y resultó absuelto por el beneficio de la duda, aunque ese fallo, dictado por los magistrados Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Juan Manuel Monte (subrogante), fue anulado por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) al entender que hubo una errónea valoración de la prueba.

De esta manera, se ordenó la realización de un nuevo proceso oral que arrancó semanas atrás frente a un tribunal integrado por los magistrados Gustavo Bernie, Juan Carlos Sosa y Miguel Mattos, ambos subrogantes.

El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Vladimir Glinka, en tanto que como querellante particular volvió a participar el letrado Hugo Zapana, quienes hoy coincidieron al solicitar una pena de 16 años de prisión para el implicado.

Al comienzo del debate el imputado contó con la defensa de Eduardo Paredes, Mauricio Vergara y Florencia Romero, aunque uno a uno fueron renunciando, lo que derivó en demoras en la continuidad del proceso.

Finalmente, este martes el imputado -su identidad completa no se revela para no revictimizar a la víctima- contó con el patrocinio del defensor oficial Mario Ramírez y del abogado particular Federico Tilli, quienes insistieron en absolución del imputado o en forma subsidiaria solicitaron una pena de 3 años de prisión en suspenso por abuso simple.

Después de una larga deliberación, los jueces decidieron condenar a Ramos a la pena de 12 años de prisión efectiva como penalmente responsable del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante calificado por el vínculo, dos hechos, en concurso real”.

El ahora condenado continuará privado de su libertad en una celda de la comisaría Cuarta de Posadas, hasta tanto el mismo tribunal analice un pedido de prisión domiciliaria solicitada por la defensa. Los fundamentos de la nueva sentencia se conocerán el 26 de marzo.

El STJ anuló sentencia que absolvió a imputado por abuso en Posadas

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Muerte en edificio posadeño: detenido negó haber lanzado al vacío a la víctima

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El expediente que investiga la muerte de Marcelo Ojeda Krejzezúk (31), registrada el viernes a la madrugada tras su caída desde el tercer piso de un edificio sobre la calle Gómez Portiño de Posadas, avanzó este lunes con la indagatoria al único detenido que tiene la causa, Marcos Andrés Á. (27), quien negó la acusación por homicidio que pesa en su contra y planteó la posibilidad de que la víctima se haya suicidado luego de la pelea mantenida en el departamento.

La audiencia de declaración indagatoria se concretó esta mañana, una vez que el magistrado Fernando Verón, titular del Juzgado de Instrucción Uno de Posadas por subrogancia legal, recibiera el sumario del caso y el informe de autopsia, examen que concluyó que la muerte de Ojeda fue consecuencia de un “politraumatismo craneal”, lesión compatible con el impacto del cuerpo contra el suelo.

La declaración del implicado se dio una vez formalizada la designación de Víctor Luciano Gómez como abogado defensor particular y su testimonio se extendió durante más de dos horas.

Según pudo averiguar La Voz de Misiones, ante el juez Verón y ante la fiscal Amalia Spinatto -conectada por Zoom-, Marcos brindó un pormenorizado relato de los sucesos ocurridos antes, durante y después del hecho que se investiga.

El detenido fue encontrado malherido y ensangrentado a cinco cuadras del lugar.

Bar, pelea y muerte

En ese marco, señaló que jueves a la noche asistió junto a Ojeda a un bar pub del microcentro posadeño, donde permaneció hasta las 2 del viernes, cuando decidieron regresar al departamento en el que convivían hace varios meses, dado que la víctima vino desde Esquina, Corrientes, para buscar trabajo y asentarse en Posadas.

Junto a ellos estuvo unos minutos un tercer joven que después dejó el inmueble y allí se desató el conflicto entre los involucrados, quienes mantenían una relación de confianza debido a que Marcos es ahijado del padre de Ojeda.

En su indagatoria, el detenido aseguró que en determinado momento decidió acostarse y Ojeda pretendió hacerlo junto a él, pero Marcos se negó y esa situación dio inicio a un enfrentamiento.

“Yo ahí dije ‘me voy’, pero él me atacó y después agarró un cuchillo con el que me hizo un corte. Yo ahí empecé a defenderme y al intentar sacarle el cuchillo los dos nos lastimamos también”, fue parte de su declaración.

En esas circunstancias -amplió el Marcos-, Ojeda se resbaló producto de la sangre desparramada en el piso y quedó tendido en el piso, situación que él aprovechó para retirarse del departamento en busca de ayuda.

Marcelo Ojeda tenía 31 años y era oriundo de Esquina, Corrientes.

El imputado sostuvo que recién se enteró de la muerte de su “primo” una vez trasladado a la comisaría, luego de que la Policía lo encontrara malherido, ensangrentado y en shock en el skate park de la costanera, a unas cinco cuadras del departamento ubicado en Gómez Portiño, casi Urquiza.

Ante las preguntas de las partes, el joven negó haber lanzando o empujado accidentalmente durante la pelea a la víctima por el balcón. A su entender, hipotetizó que quizás Ojeda pudo arrojarse por decisión propia.

Culminada la audiencia, el juez Verón imputó al muchacho por homicidio simple -que prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión- y dispuso que continué privado de su libertad, aunque en paralelo la defensa presentó un pedido de excarcelación que ahora debe ser analizado por las partes.

Mientras tanto, el proceso continúa con la toma de testimoniales y se aguarda el resultado de las pericias científicas realizadas en la escena del hecho, principalmente en los estudios tendientes a determinar a quién corresponden las manchas de sangre detectadas en la baranda de la ventana balcón del departamento.

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Fallo judicial ordena a Muni de Eldorado a informar sobre acuerdo con ETCE

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Fallo judicial ordena a Muni de Eldorado a informar sobre acuerdo con ETCE

Un fallo judicial hizo lugar parcialmente a una acción de amparo por acceso a la información pública presentada contra la Municipalidad de Eldorado y ordenó al Ejecutivo, a cargo del intendente Rodrigo “Pipo” Durán, a completar datos vinculados al servicio de transporte urbano de pasajeros.

La demanda fue presentada por los abogados José Luis Fuentes y María Mercedes Galeano, quienes solicitaron que el municipio entregue de manera completa y gratuita información relacionada con el sistema de transporte urbano en la ciudad, respaldándose en el derecho de acceso a la información pública reconocido por la Constitución Nacional, la Constitución de Misiones y la Ley IV N.º 58.

Según consta en el fallo del Juzgado Civil y Comercial Uno de la Tercera Circunscripción Judicial de Misiones, al que accedió La Voz de Misiones, los demandantes realizaron un pedido administrativo ante la Municipalidad de Eldorado el 2 de octubre de 2025. El municipio respondió el 20 del mismo mes mediante correo electrónico, aunque Fuentes y Galeano consideraron que la información brindada era parcial.

Concretamente, los letrados solicitan que la comuna informe sobre lo ocurrido con la empresa ETCE durante el paro total del servicio de transporte en la ciudad, que se produjo sin previo aviso y paralizó completamente la movilidad de los vecinos el 1 de octubre. En ese contexto, un día después el Ejecutivo firmó con la prestataria un acuerdo de reconocimiento de deuda por 1.400 millones de pesos, que luego fue validado por el Concejo Deliberante. Los demandantes buscan conocer los pormenores de esa decisión, según señalaron en un comunicado.

Respuesta de la Muni

La Municipalidad de Eldorado se presentó en el expediente a través de sus apoderados legales, contestó la demanda y solicitó su rechazo, negó en términos generales los hechos planteados por los demandantes, aportó documentación como prueba y dejó planteada la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En la causa también intervino el Ministerio Público Fiscal de Misiones, que en su dictamen consideró que la acción no sería procedente, al entender que los demandantes contaban con otras vías administrativas para realizar el reclamo. El organismo participó en el proceso en su rol de defensor del patrimonio del fisco.

El fallo

Al analizar el caso, el juzgado interviniente entendió que la vía del amparo resultaba formalmente procedente y que el derecho de acceso a la información pública constituye una herramienta para el control ciudadano de la gestión estatal. El fallo también señaló que los organismos públicos tienen la “obligación de facilitar el acceso a la información disponible o indicar el lugar donde puede ser consultada”.

Tras evaluar la documentación incorporada al expediente, el tribunal concluyó que el municipio respondió dentro de un plazo razonable, pero que la información entregada no cubría todos los puntos solicitados ni indicaba en dónde podía accederse a los datos faltantes.

Asimismo, la Justicia precisó además que el derecho de acceso a la información pública se “limita a la información existente en poder del Estado” y no obliga a la administración a generar documentos nuevos o elaborar informes especiales que no formen parte de sus registros.

Con ese contexto, la sentencia resolvió hacer lugar parcialmente al amparo de Fuentes y Galeano y ordenó a la Municipalidad de Eldorado que, en un plazo de diez días, entregue la información solicitada o indique de forma clara la dependencia u oficina donde se encuentre disponible para su consulta.

“Este fallo pone un límite muy claro a la opacidad del poder político. No se puede dejar a una ciudad entera sin transporte y al día siguiente reconocer una deuda de más de 1.400 millones de pesos sin que la sociedad sepa cómo se calculó, de dónde surge, qué se pagó, qué se condonó y qué expediente respalda todo eso. Si al concesionario se le termina pagando una suma que equivale a más de un millón de dólares, la ciudadanía tiene derecho a conocer hasta el último papel de esa decisión”, apuntó el abogado José Luis Fuentes tras conocerse la decisión de la Justicia misionera.

La Voz de Misiones consultó al Ejecutivo municipal sobre el fallo y una fuente señaló que la Municipalidad “respondió en su momento el pedido de información solicitado por los demandantes”. En ese sentido, indicó que, en cumplimiento de la resolución judicial, “se completará o se indicará el acceso a la documentación existente”.

Además, la misma fuente sostuvo que “desde el día uno sostuvimos que la gestión pública debe ser transparente, pero también responsable en el uso de los recursos administrativos”.

Eldorado amaneció sin colectivos y buscan declarar emergencia en transporte

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