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Sobreseyeron por muerte a represor misionero acusado de crímenes en la dictadura

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Parece una obviedad, pero todo debe estar plasmado en documentos y, a tres años de su muerte y a cuatro meses de la finalización del juicio en el que era uno de los 22 imputados, la Justicia bonaerense dictaminó el sobreseimiento por fallecimiento del represor misionero Benito Ángel Rubén Omaecheverría.

Según en las actas oficiales, el coronel Omaecheverría nació el 26 de abril de 1928 en Posadas y falleció el 14 de mayo de 2019, apenas dos semanas después del inicio del debate oral en el marco de la denominada “megacausa de Campo de Mayo”, el primero que enfrentaba por su participación en el terrorismo de Estado durante la última dictadura militar argentina.

En esa causa, el militar misionero estaba acusado por hechos de abuso sexual en perjuicio de al menos cinco presos políticos que pasaron por el centro clandestino de detención “El Campito”, ubicado dentro de la guarnición militar de Campo de Mayo, un predio de 4.000 hectáreas con distintos recintos para alojamiento y tortura de prisioneros.

De acuerdo a la acusación formulada por la Fiscalía que llevó adelante la investigación del expediente, en ese momento Omaecheverría cumplía funciones como Jefe del Departamento de Personal del Estado Mayor del Comando de Instituto Militares.

El juicio por esta causa comenzó el 29 de abril de 2019. Tras la pandemia se reanudó el 27 de mayo de 2020 por vía telemática y culminó el 6 de julio de 2022. En total se desarrollaron 127 audiencias y se recabaron 327 declaraciones testimoniales.

Nueve de los imputados fueron condenados a prisión perpetua y otros nueve acusados recibieron penas de entre 22 y 4 años de prisión, entre ellos otro misionero Bernardo “El Ángel” Caballero, oriundo de San Ignacio, quien era uno de los pocos represores privado de su libertad en una celda de la Unidad Penal 34 de Campo Mayo, dependiente del Servicio Penitenciario Federal (SPF).

Justamente, en la resolución judicial firmada hoy por el Tribunal Oral Federal 1 de San Martín (Buenos Aires), que declara la “extinguida” la acción penal y decreta el sobreseimiento de Omaecheverría, consta que su último domicilio fue la “residencia Tercera Edad -geriátrico Hospital Militar Campo de Mayo”-, dentro de la guarnición militar de Campo de Mayo.

El mismo fallo dispone “el levantamiento de las medidas cautelares oportunamente decretadas al dictarse el procesamiento por los hechos objeto de este proceso”. Con ello Omaecheverría se llevó a la tumba todos sus hechos y falleció sin recibir sentencia por las acusaciones de lesa humanidad que pesaban en su contra.

El testimonio de una víctima

Entre las víctimas de los hechos imputados al misionero aparece María Celia Torres, prisionera política que sobrevivió a su paso por El Campito y esposa de Héctor Jofre, que aún permanece desaparecido.

El 14 de abril de 2021, Torres declaró en el juicio que se llevó adelante en el expediente por la megacausa de Campo de Mayo.

Sobre el secuestro de su esposo, concretado el 25 de febrero de 1977, Torres recordó que “lo estaban esperando en la puerta de su trabajo, lo tomaron los policías y personal del ejército, lo golpearon, lo hirieron y lo llevaron en un camión”.

Luego explicó que ese mismo día automóviles Falcon de color verde y un camión del ejército rodearon su casa, le dijeron que a su marido no lo iba a ver más, que ella también iba a desaparecer y agregó: “Rompieron toda la casa, paredes y vidrios. Nos encerraron en una habitación bajo llave durante muchas horas. Nos azotaban y nos tiraban del cabello, nos trataron muy mal”

En su exposición, replicada luego en la web oficial del Gobierno de la provincia de Buenos Aires, Torres explicó que la llevaron en un Falcon vendada con un pañuelo, que la ingresaron a un galpón y le colocaron una capucha: “Me dijeron no sos nadie, sos el  número 176”.

La testigo relató que fue torturada por medio de picana eléctrica y que fue abusada sexualmente y describió como “el infierno en la tierra” lo que tuvo que vivir durante su secuestro: “Fue aterrador. Me ponían picanas en los brazos y en las piernas. Después de un rato de torturarme volvían a traerme para que me acostase en la colchoneta, y así varios días”.

Antes del inicio del juicio, uno de los abogados querellantes, Pablo Llonto, había marcado especial interés en la figura de Omaecheverría. “Uno de los máximos responsables de la represión. Era quien tenía listas de todos los detenidos desaparecidos que estaban en El Campito. Este tipo es el que sabía y sabe qué pasó con cada desaparecido”, expresó el letrado a Tiempo Argentino en 2019.

 

Omaecheverría

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Asesinó dos veces en una década y está próximo a recibir 25 años de prisión

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mangueruli posadas

En 2011 mató por primera vez, una década después lo hizo de nuevo y ahora está próximo a recibir otra condena. Alejandro Ramón “Mangueruli” Méndez (39) debía ser juzgado esta semana, pero evitó la exposición pública y aceptó firmar un acuerdo de juicio abreviado por 25 años de prisión.

En caso de que el Tribunal Penal Dos de Posadas acepte el acuerdo alcanzado entre la defensa del imputado y el fiscal Vladimir Glinka, Mangueruli recibirá el máximo de la pena prevista por el delito de homicidio simple, figura contemplada por el artículo 79 del Código Penal.

El hecho que lo mantendrá en prisión durante varios años se registró entre el jueves 15 y el domingo 18 de julio de 2021, en el barrio Prosol de Posadas y la víctima fue identificada como Alejandro Daniel Pereira (41).

De acuerdo a lo que se pudo reconstruir, Méndez era amigo de Pereira pero durante uno de los últimos encuentros mantenidos se desató una discusión que terminó en un brutal asesinato. La víctima sufrió puntazos que le perforaron los pulmones, pero además fue agredido a fierrazos en la cabeza.

Pero esa no era la única vez que Méndez cometía un homicidio, ya que en ese momento llevaba casi dos años en libertad condicional tras purgar una primera condena por el asesinato de otro amigo.

Los registros marcan que el 4 de marzo de 2011 el mismo sujeto fue detenido por matar a golpes con una barra de hierro a Rubén Díaz (54) en el barrio A4 de Posadas.

Después de eso, Mangueruli fue condenado a 13 años de prisión por homicidio simple y cuatro años de cumplir la totalidad de su pena salió en libertad condicional, aunque volvió a matar y hoy nuevamente está encerrado en una cárcel. 


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Condenan a dos misioneros implicados en cisterna narco interceptado en 2020

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cisterna narco

Dos posadeños fueron condenados a 8 años de prisión en el marco de la continuidad de una causa iniciada en 2020 tras el secuestro de un camión cisterna con más de ocho toneladas de marihuana en San Ignacio.

Los implicados son Geremías José Traico (43) y Alejandro Enrique Krutki (42), quienes fueron condenados por el Tribunal Oral Federal (TOF) de Corrientes tras un acuerdo de juicio abreviado en el que admitieron su responsabilidad en el hecho investigado.

La sentencia contra los misioneros fue dictaminada el viernes y establece para ambos una pena de 8 años de prisión como autores del delito de “transporte de estupefacientes agravado por el número de personas”, misma pena que en abril de 2022 recibió Alberto Daniel Esquivel, conductor del cisterna del narco.

Justamente, Esquivel fue el primer detenido de la causa, ya que el 27 de agosto de 2020 fue interceptado mientras conducía el camión Iveco cargado con más de ocho toneladas de marihuana sobre la ruta nacional 12 a la altura del puente sobre el arroyo Yabebiry, en San Ignacio.

La detención se logró gracias a una investigación de la Prefectura Naval Argentina (PNA) que incluyó intervenciones telefónicas, misma herramienta que permitió establecer que obviamente Esquivel no actuaba solo y fue en la continuidad de la pesquisa que los uniformados federales también llegaron a Traico y Krutki.

Ahora, casi cuatro años después del procedimiento que coronó esa investigación, tres de los implicados ya cuentan con una sentencia en su contra, la cual fue dictada en Corrientes porque en esa misma provincia se originó la pesquisa.


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Techo y Garrincha, los guardias misioneros que violaban y mataban en El Vesubio

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Dos días antes del último 24 de marzo, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó una parte de las condenas impuestas en 2022 contra ocho represores implicados en el tercer tramo de la mega causa por delitos de lesa humanidad perpetrados contra las casi 400 víctimas que pasaron entre 1976 y 1978 por el centro clandestino de detención El Vesubio, en La Matanza, y entre los imputados resulta que hay dos guardiacárceles misioneros, quienes fueron responsabilizados por hechos de secuestros, torturas, violaciones y homicidios.

Ellos son Hugo Roberto “Techo” Rodríguez (72) y Florencio Esteban “Garri” o “Garrincha” Gonceski (70), ambos nacidos en Candelaria e integrantes del Servicio Penitenciario Federal (SPF) con labores cumplidas dentro de El Vesubio, aunque el primero de ellos ostentaba un cargo de mayor autoridad y por eso también recibió una pena más severa que su coterráneo y consorte de causa.

Los dos misioneros fueron detenidos en 2015, tras quedar bajo la lupa de la Justicia en el marco de la tercera etapa de una mega investigación iniciada por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura en El Vesubio, un centro clandestino de detención que funcionó en Camino de Cintura y autopista Riccheri desde abril de 1976 hasta la primavera de 1978. 

El “chupadero”, como lo llamaban, dependía operacionalmente de la Brigada de Infantería Mecanizada X del Ejército Argentino y se calcula que por allí pasaron cerca 1.500 secuestrados.

Para ese entonces, ya se habían celebrado dos juicios y condenado a doce represores que allí formaban parte del aparato represivo, pero a partir de nuevos testimonios y el desprendimientos de más materiales probatorios se inició una tercera investigación que involucró a otros ocho imputados, la mayoría de ellos guardiacárceles, entre los que aparecieron Rodríguez y Gonceski, aunque hasta ahora nunca habían sido emparentados con Misiones, provincia de donde ambos son oriundos.

Gonceski -último a la derecha- junto a otros imputados en el inicio del juicio.

Los misioneros de El Vesubio

De acuerdo a documentos consultados por La Voz de Misiones, los dos nacieron en Candelaria. Rodríguez lo hizo el 1 de febrero de 1952, mientras que Gonceski fue dado a luz el 10 de abril de 1954.

A pesar de que intentaron eludir sus responsabilidades y desentenderse de los hechos acaecidos en El Vesubio, la Justicia consideró probado que ambos prestaron servicios en ese chupadero que recibía, alojaba y distribuía detenidos, donde Rodríguez aparecía como uno de los jefes de guardia, mientras que Gonceski tenía turnos asignados y los dos fueron reconocidos por varias víctimas/testigos.

De los testimonios brindados durante el juicio, que se extendió desde el 1 de noviembre de 2019 hasta el 1 de abril de 2022, se desprende que a Techo Rodríguez varias víctimas lo describieron como “cruel”, mientras que a Gonceski tildaron de “locuaz” y como “uno de los que más interactuaba con los detenidos”, aunque según las mismas palabras “se aburría si no nos hostigaba”.

“Nos atan en esa camioneta, recuerdo claramente que a mí me ató ‘Techo’, que era tan cruel, que se burlaba de nosotros, porque cuando me tenía atado me pregunta si me dolía, si era muy fuerte y yo dije ‘no, está bien así’ y él dijo ‘ah, si no te duele te voy a hacer doler’. Con lo cual me apretó mucho más las ataduras para que me corte la circulación de las muñecas. Esas crueldades innecesarias. Pero bueno, así eran”, declaró el contador Horacio Hugo Russo, una de las víctimas.

Sobre Gonceski, en tanto, Alfredo Chavez, otro preso político, narró que “cuando le tocaba la guardia a este Garrincha tenía siempre la costumbre de hacernos bailar, como se dice en la colimba… de todas las horas que estaba él vigilándonos teníamos que estar parados. Así que en esa posición de parados él aprovechaba para golpearnos, usarnos de puching ball donde se le ocurría, donde pasaba cerca de alguno, nos daba una trompada”.

Ese mismo testigo, además, graficó con crudeza otra secuencia vivida y recordó cuando Gonceski castigó a otro detenido por no saber gritar un sapucay. “Pensaba que lo estaba cargando y le dio de trompadas… lo dejó doblado, porque pensaba que se estaba burlando de él (…) era su costumbre hostigarnos permanentemente. O sea, una persona activa, que permanentemente tenía que estar haciéndonos algo”, señaló.

Culminado el juicio, Techo fue condenado a prisión perpetua como coautor de 150 casos de secuestro; 55 de tortura y homicidio; 9 de abuso sexual; y 19 de violaciones graves.

Garrincha, en tanto, fue declarado culpable de prácticamente la misma cantidad de hechos, aunque al tener un cargo de subordinación fue  considerado “partícipe necesario” evitó la perpetua y recibió una pena de 13 años y 6 meses.

El juicio se extendió desde noviembre de 2019 hasta abril de 2022.

Matar a patadas y un himno de despedida

De todo esos hechos, hubo uno que durante el juicio fue mencionado y reconstruido paso a paso por varios testigos y se trata del asesinato a golpes de Luis Pérez, un delegado bancario que fue secuestrado en agosto de 1978, crimen en el cual Techo Rodríguez aparece con protagonismo homicida y revalidó su mote de cruel. 

Russo fue uno de los testigos que narró esa secuencia de violencia extrema y recordó que en medio del tortuoso paso por El Vesubio el bancario Pérez, alojado a pocas celdas o “cuchas” de la suya, había comenzado a “desvariar” y como consecuencia de ese cuadro psicótico no lograba hacer silencio, lo cual irritó a los guardias, que comenzaron a golpearlo hasta matar.

“Los guardias querían hacerlo callar y abrían la puerta que separaba las cuchas de donde ellos estaban y entraban y lo golpeaban para que se calle, pero él estaba fuera de su voluntad, estaba realmente padeciendo una situación extrema”, declaró Russo, quien agregó que se dieron cuenta de la muerte de Pérez cuando un profundo silencio se apoderó del recinto. Y ello dio paso a otra escena que tampoco olvida.

“Se produce un silencio, cuando ya deja de hablar Luis Pérez por los golpes que lo mataron, se retira la guardia y nosotros, en un estado muy malo de salud, todos los que estábamos encadenados y torturados ahí… se corrió el ‘lo mataron’, lo llamaron primero y no respondía, se decía ‘lo mataron, lo mataron’, y quién estaba encadenado con él dice ‘lo mataron’. En un gesto voluntario, no sé cómo pasó, alguien dijo ‘cantemos el himno’, nos paramos todos y cantamos el himno. La guardia no reaccionó, dejó que cantáramos el himno y fue una forma de despedida”, contó el testigo. 

A pesar de todas estas declaraciones y de los documentos que para la Justicia dieron cuenta que los dos misioneros operaron en El Vesubio, los dos misioneros se declararon inocente al momento de dar sus últimas palabras mientras se encontraban en la Colonia Penal Unidad 19 de Ezeiza, desde donde observaron por videoconferencia el final del juicio en su contra.

Dos años después de aquella la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4 de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el fallo fue revisado y confirmado parcialmente por la Cámara Federal de Casación Penal, aunque las nuevas consideraciones no modificaron las penas aplicadas a los dos represores oriundos de Candelaria. 

El mismo fallo dictado en 2022 declaró, además, que los hechos juzgados fueron “crímenes contra la humanidad” y que la violencia sexual perpetrada contra mujeres “fue específica, sistemática y planificada”, al tiempo que definió que esos hechos partieron de “estereotipos de género y los profundizó, exhibiendo un carácter extendido con un claro objetivo disciplinador”.


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