Judiciales
Ex jefe de GNA implicado en megacausa de contrabando de granos seguirá preso
La Cámara Federal de Apelaciones confirmó el rechazo al pedido de excarcelación presentado por la defensa de Marco Antonio Duette, ex jefe del Escuadrón 9 de Gendarmería Nacional Argentina (GNA). De esta manera, el ex uniformado involucrado en una megacausa por contrabando de granos deberá continuar detenido mientras avanza el expediente, que está próximo a ser elevado a juicio.
De la decena de imputados que tiene el caso, Duette es uno de los pocos que permanece privado de su libertad desde el operativo desplegado en noviembre de 2021. Actualmente, se encuentra alojado en una división de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) en la ciudad de Rosario, Santa Fe, y su defensa solicitó en varias oportunidades su excarcelación.
Uno de esos pedidos fue rechazado por el Juzgado Federal de Oberá, que lleva adelante la pesquisa del caso, y la resolución fue apelada por la defensa del ex uniformado, tras lo cual debió intervenir la Cámara de Apelaciones, que ahora ratificó lo resuelto en instancia previa.
En su planteo, la defensa de Duette sostiene que hay “arbitrariedad” contra el implicado y plantea que no hay indicios que hagan suponer un riesgo de fuga o entorpecimiento de la investigación en caso de que el hombre recupere su libertad. Incluso, agrega que tampoco hay pruebas directas que lo vinculen con los hechos investigados.
La presentación fue analizada en primera instancia por la fiscalía de la Cámara, cuyo representante opinó que correspondía confirmar el rechazo del planteo, al considerar que Duette, en su carácter de miembro de un fuerza de seguridad, tiene la posibilidad de “entorpecer el curso de la investigación” y puso en relieve los “compromisos internacionales” asumidos en Argentina para la lucha contra la corrupción.
En ese marco, el Tribunal también analizó el planteo y ya al comienzo calificó la nueva presentación como una “reedición de planteos”.
“En las condiciones expuestas, la mera insistencia en una postura que se erige sobre idénticos argumentos que han recibido respuesta jurisdiccional al tamiz de las garantías constitucionales, torna inoficioso su tratamiento”, consigna un párrafo de la resolución firmada el jueves y publicada en las últimas horas en la web del Centro de Información Judicial (CIJ).
Respuesta negativa
En la respuesta al planteo, los magistrados de la Cámara consideran acreditado que Duette “constituyó uno de los principales eslabones en la dinámica de los hechos una vez que los camiones que transportaban granos ingresaban a la provincia en las condiciones comprobadas en autos”.
El ex uniformado está imputado por una multiplicidad de delitos entre los que se destacan asociación ilícita, contrabando agravado, defraudación contra la administración pública, cohecho, lavado de activos e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
A Duette se lo acusa, principalmente, de liberar rutas para que los camiones cargados con granos de contrabando pudieran de manera tranquila a las costas del río Uruguay para luego ser cruzadas ilegalmente a Brasil.
Todas esas cargas, estima la investigación, eran propiedad de Santiago Marino (54), dueño de un imponente emprendimiento turístico ubicado sobre la ruta provincial 2, en la localidad de Florentino Ameghino. El hombre está imputado como el “organizador” de la asociación ilícita y en octubre obtuvo la excarcelación tras cubrir una caución de 20 millones de pesos.
En el reciente fallo de la Cámara de Apelaciones, los magistrados intervinientes expusieron como prueba una serie de transcripciones telefónicas donde -según ellos- se evidencia la complicidad de Duette con Marino para liberar rutas o tomar represalias con subalternos que complicaban la operación con procedimientos.
En una de esas escuchas, surge que Duette tenía dos camiones retenidos y antes de avanzar consultó con Marino si eran suyos o no.
El sindicado organizador de la asociación ilícita respondió que no y le envió al uniformado los datos de los camiones que sí correspondían a su flota, con los datos precisos para que pudieran pasar controles sin ser demorados.
“Ya te paso la info AFIP…así tenés los datos correctos, los míos van a Colonia Aurora nunca al Soberbio la carta, mi planta está en ruta 221 y ruta costera 2 Alicia Alta, y yo tengo los míos pero no son esas patentes”, envió Marino y Duette respondió: “Excelente, me quedo tranquilo entonces”, según consta en el documento.
Ante todo lo expuesto, el Tribunal de alzada consideró, en primer lugar, que no hay arbitrariedad contra el imputado y que existe riesgo procesal en caso de otorgarle la libertad al ex uniformado, principalmente en relación que todavía resta convocar a algunos testigos para que presten declaración.
Judiciales
Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle
Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.
Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.
Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.
Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.
La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.
“No hay derecho absoluto”
El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.
Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.
Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.
En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.
La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.
“Fue un hecho público y multitudinario”
En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.
En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).
“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.
Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.
También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.
En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.
Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.
Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”
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La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia
Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.
Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.
Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.
A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”
Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.
Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.
La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
La fiscal María Laura Álvarez solicitó 1 año de prisión para Mónica Gurina y 10 meses de prisión para Leandro Sánchez.
El cumplimiento de la pena es en suspenso, es decir, que no implica ir a la cárcel y también contempla la realización de tareas comunitarias.
Para la fiscalía, ambos fueron coautores de los delitos de “desobediencia judicial” y “entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación bajo la cual llegaron a juicio oral.
Alvarez argumentó que el mayor pedido de pena fue para Gurina porque “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe docente desarrollado entre mayo y junio de 2024.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por los comerciantes de la avenida Uruguay y el entorpecimiento del transporte.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez.
A continuación es el turno de alegar a la defensa de los docentes imputados y más tarde la jueza Marcela Leiva dictaría sentencia.
Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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