Judiciales
Testigo de caso Rosa dijo que los policías “la empujaron adentro del móvil”
“Yo les dije que la lleven a la comisaría o al hospital”, recordó hoy Mariela Benítez, la vecina que el 14 de febrero de 2013 llamó a la Policía para que auxilien a Mirta Carmen Rosa (47), la docente jubilada con esquizofrenia que ese día subió a un patrullero de la comisaría Quinta y que horas después apareció sin vida en una cancha del barrio Los Potrillos.
La declaración de Benítez se dio en el marco de la tercera jornada del juicio oral para esclarecer el hecho que se desarrolla desde el jueves pasado en el Tribunal Penal Dos de Posadas y que tiene a los ex policías Aldo Gabriel Aníbal Villalba (35) y Luis Albino Rotela (43) sentados en el banquillo de los acusados bajo una imputación por “incumplimiento de los deberes de funcionario público y abandono de persona agravado por el resultado de muerte”, entre otros delitos.
La mujer, que reside en exactamente en la intersección de las calles Santo Pipó y Alba Posse, detrás del barrio Santa Clara II de Garupá, recordó que ese 14 de febrero, poco después de las 12 del mediodía, una señora llegó corriendo, desorientada y “desesperada” a su casa.
Ese señora era Mirta Carmen Rosa, a quien la testigo desconocía completamente. “Yo no la conocía. Al comienzo me asusté. Le desperté a mi marido y la atendimos. Le dimos agua y un pedazo de pan porque dijo que tenía hambre. Estaba desesperada pero no expresó dolor de nada. Después mi marido fue en moto a la comisaría para pedir ayuda”, recordó Benítez.

De izquierda a derecha, el imputado Rotela, los abogados José Luis Rey y Mónica Olivera, y el otro acusado Aldo Villalba.
Esa comisaría a la que hizo referencia se trata de la seccional Quinta de Garupá, dependencia para la cual cumplían funciones Villalba y Albino, quienes finalmente ese mediodía acudieron al lugar en un patrullero Chevrolet S-10.
Lo demás, lo recordó la propia Benítez. “Mientras mi marido fue a la comisaría yo le acariciaba y le tranquilizaba a la señora. Cuando vino el móvil policial preguntaron qué había pasado y yos les dije que la lleven a la comisaría o al hospital para que sus familiares puedan encontrarla”, señaló.
La mujer luego narró que como Rosa tenía el short mojado y embarrado los policías intervinientes le pidieron un pedazo de cartón para que no se ensucien el asiento del patrullero.
Después añadió que “ella subía como gateando al móvil, entonces ellos (por los policías Villalba y Rotela) la empujan hacia adentro, la empujaron con la puerta. Después se fueron, pero no vi más porque me volví para adentro a cuidar a mis nenas”.
Las certezas del caso se agotan en este punto, dado que horas después otra vecina reportó el hallazgo del cadáver de Rosa (con un traumatismo craneofacial y estallido de vejiga) a varias cuadras de distancia y lo que sucedió en el medio es lo que se intenta reconstruir.
Si bien aún no declararon en el juicio, en instancias previas los imputados aseguraron que desconocían el cuadro de salud de la víctima e indicaron que en determinado momento la bajaron del móvil por pedido de la propia mujer.
“Un mes después por ahí nos enteramos de lo sucedido leyendo el diario y reconocí a la mujer por la ropa. Ahí me sentí re mal porque yo esa tarde quería ir a la comisaría a averiguar por ella y no fui”, cerró Benítez.

El fiscal Glinka exhibiendo un mapa digital a los jueces César Yaya y Gregorio Busse del Tribunal Penal Dos.
De policías y libros de guardia
Y certezas tampoco hubo cuando el turno de declarar fue para los testigos José María Bernal y Emilio Broemser, dos efectivos policiales que al momento del hecho trabajaban en la Brigada de Investigaciones de la Unidad Regional X, división que estuvo bajo la lupa por haber estado realizando operativos por el barrio Los Potrillos en horarios cercanos al reporte del hallazgo del cuerpo de Rosa.
Con los testigos el fiscal Vladimir Glinka se apoyó en libros de guardia incautados para realizar consultadas e indagar en la secuencia de las acciones realizadas ese 14 de febrero.
Sin embargo, ambos testigos dieron testimonios pocos claros y hasta contradictorios en puntos determinados.
Tanto Bernal como Broemser contaron que ese día salieron de su base en A4 y fueron a la comisaría Quinta a buscar a un detenido para luego realizar allanamientos por robos denunciados en el barrio Los Potrillos, pero ambos indicaron horarios diferentes.

Los libros de guardia y sus claroscuros fueron protagonistas de la jornada.
Y los libros de guardia tampoco ofrecieron claridad, dado que esas labores o recorridas investigativas realizadas por Los Potrillos no fueron debidamente registradas, como sí se asentó una comisión en el barrio Madariaga a las 15.30, procedimiento que ambos testigos desconocieron y negaron haber participado.
Sobre esas irregularidades en los registros, Broemser respondió que “no está bien la secuencia de horarios, eso es culpa del cabo de cuarto. Cuando volvimos a la base el cabo no tomó nota y después quedó todo colgado”.
Broemser también negó que efectivos a su cargo en la Brigada luego hayan acudido al velorio de Rosa para realizar consultas sobre los resultados del examen de autopsia, tal como declaró Carlos Zarza, viudo de la víctima, en la segunda jornada del juicio.
En lo que sí coincidieron Bernal y Broemser fue en recordar que Adrián Borda, un tercer efectivo policial que ese día salió de patrulla con ellos, vio en el barrio Los Potrillos a una mujer de “similares características” a Rosa.
“Cuando nos comisionaron al barrio Los Potrillos porque había un cuerpo yo le comenté a un secretario de la Saic (Secretaría de Apoyo para las Investigaciones Complejas) que habíamos estado haciendo operativo y que un personal mío vio a una persona de similares características. Ese fue mi aporte en esta causa. Después yo pasé un mal rato con todo esto porque a nuestro personal lo quisieron ubicar en la escena del hecho”, afirmó el subcomisario Broemser.
Justamente, el uniformado Borda es uno de los testigos citados para mañana y su testimonio se aguarda con expectativa, al igual que el de “Chinito”, el joven que estaba detenido en la Quinta y que fue llevado por la Brigada a los operativos realizados en Garupá esa tarde.
Judiciales
Fundamentos de la condena a docentes: “Los derechos no son absolutos”
La magistrada Marcela Alejandra Leiva fundamentó la condena impartida contra los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez en dos pilares centrales: el rol “de conducción y representación” que atribuyó a los imputados en la protesta y en la premisa de que “ningún derecho es absoluto”.
En su escrito, de 87 fojas, la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, encargada de presidir el tribunal unipersonal que llevó adelante el juicio oral contra los docentes, consideró, en primera instancia, que “ambos imputados ejercían funciones orgánicas de representación y vocería institucional en el conflicto, invocando expresamente la representación colectiva y actuando como autoridades máximas de sus respectivas organizaciones”.
Para arribar a esa afirmación se apoyó en las actas de notificación y en las declaraciones efectuadas por los agentes policiales que intervinieron durante los días comprendidos entre el 1 y el 4 de junio del año pasado para comunicar las órdenes judiciales de despejar el acampe docente montado sobre la avenida Uruguay como medida de protesta para exigir mejoras salariales.
“Gurina y Sánchez no sólo eran parte de la protesta sino que asumían roles de conducción y representación, lo que explica porque el personal policial y los propios manifestantes indicaron a ellos como referentes, cuya presencia resultaba determinante para la toma de decisiones en el lugar de los hechos”, expuso entre sus argumentos Leiva.
La jueza desestimó los argumentos defensivos que insistían en el hecho de que todas las decisiones tomadas en el marco de la protesta era de carácter “asambleario” y entendió que “pues aun dentro de un esquema de decisiones colectivas, ambos (por Gurina y Sánchez) aparecían como figuras representativas y funcionales para la comunicación con autoridades y para la toma de definiciones”.

Gurina y Sánchez recibieron 10 meses y 8 meses de prisión en suspenso, respectivamente.
En ese marco, consideró acreditado que ambos docentes enjuiciados cometieron de manera deliberada el delito de “desobediencia judicial” al no atender las órdenes de despejar la calle, lo cual vino aparejado con la interrupción del tránsito y el consecuente “entorpecimiento del normal funcionamiento del transporte”, que era la segunda figura penal achacada a los imputados.
Al respecto, expuso Leiva: “Las conductas desplegadas excedieron los límites razonables que la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos reconocen a la huelga, la protesta o la libertad de expresión, configurando una afectación inadmisible a bienes jurídicos de terceros y al orden público”.
Y argumentó: “El derecho a la protesta, como manifestación de derechos humanos de participación, no puede convertirse en un ámbito de inmunidad para la producción de resultados lesivos, tales como la obstrucción deliberada del tránsito o la desobediencia a una orden judicial válida, contravendría el núcleo estructural del propio sistema de derechos humanos, que exige compatibilizar su ejercicio con la protección simultánea de la libertad, la seguridad y la dignidad de las demás personas”.
En cuanto a lo planteado por el abogado defensor Eduardo Paredes, de aplicar en forma subsidiaria a la absolución el estado de necesidad justificante o del estado de necesidad exculpante, la jueza subrayó: “No se configura aquí un conflicto legítimo entre derechos fundamentales que permita justificar la conducta, toda vez que la huelga no comprende la facultad de impedir la circulación pública por vías de hecho ni de afectar el normal desenvolvimiento de la comunidad, encontrando límites infranqueables cuando lesiona derechos de terceros ajenos a la medida. La protesta o huelga no constituye causa de justificación de delitos ni excluye la antijuridicidad de conductas que lesionan directamente bienes jurídicos de terceros. La doctrina penal ha sido clara en este punto”.
La jueza también citó jurisprudencia y mencionó el caso de Estela del Valle Juárez, docente y secretaria general de la Regional Suroeste de la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut (ATECh), que participó en cortes de rutas por un conflicto salarial que estalló en su provincia en 2019 y cuya condena a tres meses de prisión en suspenso por “entorpecimiento del transporte” fue ratificada por la Corte Suprema en abril de este año.
A partir de la presentación de estos fundamentos, el equipo legal que defiende a los docentes tiene un plazo de diez para presentar una recurso de casación, lo cual es prácticamente un hecho ya que a apenas conocida la sentencia del miércoles pasado adelantaron que “apelaremos el fallo y de ser necesario insistiremos hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)”.
El fallo dictado por la jueza Leiva dispone 10 meses de prisión en suspenso para Mónica Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Leandro Sánchez, además de 8 horas mensuales de tareas comunitarias.

En las escalinatas del Palacio de Justicia los docentes volvieron a recibir el acompañamiento y el apoyo de sus compañeros.
Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle
Judiciales
Desestiman otra autoincriminación en el caso Schoenfisch y pasan a los alegatos
Tal como lo hizo un mes atrás, el ex intendente de Santiago de Liniers, Arnoldo Schoenfisch (67) volvió a autoincriminarse ante el tribunal que juzga a su hijo Pablo (23), acusado de un ataque parricida que ocasionó la muerte de su madre Faustina Antúnez (54) y dejó ciego a su padre, quien ahora pretende responsabilizarse por el hecho para favorecer al imputado.
Es la tercera vez que insiste en la versión autoincriminatoria. Primero lo hizo con un declaración jurada vertida ante escribano público en diciembre de 2024, luego hizo lo propio en el inicio del debate oral que conducir a su hijo a una pena de prisión perpetua y lo repitió hoy.
Esta situación obligó que el comienzo del debate quede stand by hasta que sus declaraciones sean analizadas por la fiscalía de instrucción, cuyas autoridades finalmente desestimaron la versión y eso permitió que el juicio se reanude, pero Schoenfisch padre hoy volvió a declarar: “Discutimos, la maté y luego me quise suicidar”.
El magistrado Atilio León, integrante del tribunal que preside Adriana Andino y completa Javier Jourdan (subrogante), pidió “suspender definitivamente” el juicio debido “al alto riesgo para la validez del proceso” que representaba el hecho de continuar interrogando a un testigo que pedía ser imputado.
Sin embargo, por mayoría, con los votos de Andino y Jourdan, el debate prosiguió y la declaración continuó en los mismos términos, instancia en la que el fiscal Federico Rodríguez solicitó que Schoenfisch sea investigado por falso testimonio, tal como lo hizo con un hermano suyo, Rubén Schoenfisch, que incluso fue detenido al finalizar la audiencia.
Para el fiscal, el testigo continúa siendo parte de un “esquema defensivo” donde busca adjudicarse el hecho para favorecer a su hijo con un versión “imposible de acreditar”.
En ese sentido, marcó las contradicciones expuestas por Schoenfisch, que en etapa de instrucción formuló expresiones completamente diferentes a las vertidas en el juicio e incluso negó las declaraciones dadas por al menos otros tres testigos que comprometen la situación del imputado.
“Hace unos días me enteré que acá estaban diciendo que yo dije, ‘que esto hizo Pablo’. Eso es mentira. Yo nunca le mencioné a él. Hay dos o tres que dijeron eso y eso es una mentira. Lo digo francamente. La mentira tiene patas cortas. Eso me indigna”, lanzó hoy en referencia a los testimonios de Lucas Szumkoski y Miguel Ángel Szumkoski, hijos de Antúnez y hermanastros del imputado.
Schoenfisch padre también negó que a su hijo le hubieran “cortado” la entrega de dinero y el uso de vehículos como castigo a su mal comportamiento. También minimizó discusiones.
Después de su testimonio, pasaron a declarar dos licenciados en criminalística, quienes repasaron las pericias realizadas en el caso, las cuales concluyeron que los disparos que recibieron ambas víctimas fueron efectuadas a corta distancia.
El debate continuará el miércoles, a partir de las 8.30, con la ronda de alegatos. El primero en exponer será el fiscal Rodríguez, mientras que luego lo harán los abogados defensores María Laura Alvarenga y Fabián De Sá.
Juicio y versiones
Pablo Schoenfisch llega al debate privado de su libertad desde 2020 y enfrenta una acusación por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego”, en perjuicio de su madre, y “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego, en grado de tentativa”, contra su padre, imputación bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua.
La nueva versión expuesta por Arnoldo Schoenfisch, que tras el hecho quedó con ceguera, representa un abrupto giro del caso en relación a lo expuesto en el requerimiento de elevación a juicio formulada por el fiscal Edgar Francisco Doldán y firmada por el magistrado Roberto Saldaña, ex juez de Instrucción Uno de Eldorado.
La hipótesis acusatoria sostiene que en la madrugada del 14 de mayo de 2020, Pablo Schoenfisch atacó a sus padres mientras dormían, efectuándoles disparos a corta distancia. Como consecuencia del hecho, Antúnez perdió la vida y Arnoldo quedó con secuelas permanentes.
Según lo plasmado en ese documento, el acusado mantenía una relación conflictiva con sus padres, motivada por desavenencias y mal comportamiento del muchacho, cuestión que fue ratificada por varios familiares y amigos del imputado al momento de declarar como testigos en la etapa investigativa.
En el transcurso del presente debate, varios testigos ratificaron que el joven mantenía una mala relación con sus padres e incluso recordaron expresiones como deseos de matarlos.
Por ejemplo Gladis Aquino, que era empleada doméstica de la familia y ante los jueces declaró: “Un día Pablo de la nada me dice ‘qué pasaría si mato a mi papá y a mi mamá’. Yo le dije que iba a arruinar su juventud y me dijo que en cualquier momento mataba a su papá y a su mamá”.
Claudia Padilla (30), integrante de la misma familia y una de las primeras personas que intervino en auxilio de las víctimas esa madrugada, también dio un testimonio revelador: “Cuando yo entro Arnoldo estaba parado, ensangrentado. Tina (Antúnez) estaba en la cama agonizando. Salgo de la habitación y Polaco (por Arnoldo) se tocaba la cara y decía ‘no veo nada, no sé lo que pasó, Pablito hizo cagada”.
Testigos ratificaron acusaciones contra Pablo Schoenfisch por ataque parricida
Judiciales
Caso Arredondo: acusados firmaron juicio abreviado por penas de 16 y 18 años
El debate oral por el crimen del bonaerense Martín Arredondo (37), previsto para este jueves 4 de diciembre, fue suspendido debido a un acuerdo de juicio abreviado entre la fiscalía y los seis jóvenes imputados por el hecho, quienes admitieron su culpabilidad y aceptaron ser condenados a penas de 16 y 18 años.
Según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la audiencia de visu donde los seis imputados dieron el consentimiento para avanzar en el convenio de juicio abreviado se realizó esta mañana, circunstancia que derivó en la suspensión de las audiencias de debate oral que habían sido programadas para la semana entrante ante el Tribunal Penal Uno de Posadas.
Las mismas fuentes señalaron que los imputados admitieron su participación en el hecho y aceptaron recibir condenas de entre 16 y 18 años como responsables del delito de “homicidio en ocasión de robo”, figura menos gravosa que la acusación de “homicidio doblemente calificado por el concurso premeditados de dos o más personas y criminis causae” con la que fueron procesados en etapa de instrucción y que preveía prisión perpetua.
Los imputados en esta causa son Brisa Torres (24), Oriana Saucedo (24), su hermano Alan William Saucedo (26), Elías Nahuel Trinidad (26), Miguel Ángel López (25) y Juan Alberto Barrios (22).
Los tres primeros aceptaron una pena de 16 años de cárcel, mientras que la pena mayor recaerá contra Trinidad y López. Barrios, por su parte, era menor de edad al momento del hecho y por lo tanto será un juzgado correccional el que decida su sanción.
En representación del Ministerio Público Fiscal intervino la fiscal María Laura Álvarez, por subrogancia legal ante la licencia del fiscal Vladimir Glinka.
El acuerdo alcanzado entre las partes ahora deberá ser elevado al Tribunal Penal Uno, integrado por los magistrados Gustavo Bernie y Viviana Cukla, quienes deberán analizar el documento y en caso de no detectar irregularidades transformarán el acta en sentencia.

Pablo Martín Arredondo fue ultimado en su departamento sobre calle Bolívar de Posadas.
Golpeado y estrangulado
El crimen de Arredondo se descubrió el 23 de febrero de 2020, cuando los vecinos del departamento que alquilaba en un edificio sobre calle Colón, frente al colegio Roque González, alertaron sobre un olor putrefacto que provenía del lugar.
Al ingresar al inmueble, los efectivos policiales intervinientes se encontraron con el cadáver del bonaerense y la autopsia posterior determinó que fue golpeado y finalmente estrangulado con un cinto.
La investigación global estableció que el crimen se registró cuatro días antes, el 19 de febrero, en horas de la madrugada, cuando la víctima se reunió en su departamento junto a una de las jóvenes que aparentemente era su novia y un grupo de amigos de ellas.
En el lugar, se cree que Arredondo fue dopado con estupefacientes (ketamina) y que al departamento luego llegaron otros cómplices con la intención de sustraerle 300.000 pesos que el hombre tenía destinado a utilizar como parte de pago para la compra de un automóvil.
Mediante la revisión de cámaras de seguridad los investigadores pudieron reconstruir las últimas horas de la víctima y los últimos movimientos registrados en cercanías a su departamento, con lo cual fueron identificando uno a uno a los sospechosos.
Luego, la ciencia hizo el resto. En el marco de la causa constan pericias telefónicas que darían cuenta de comunicaciones entre los implicados planificando el hecho y rastros de ADN que ubican a al menos tres de los sospechosos en la escena del crimen.
El caso fue investigado por el Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, quien en mayo de 2023 firmó el requerimiento de elevación a juicio del expediente, medida que meses después fue ratificada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de la provincia.
Se reprogramó para el 4 de diciembre el juicio por el caso Arredondo
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