Judiciales
Mirta Rosa: el crimen de una docente y dos policías enjuiciados 10 años después
Mirta Carmen Rosa tenía 47 años, era docente jubilada y padecía esquizofrenia. La siesta del 14 de febrero de 2013 llegó a una casa de Garupá pidiendo ayuda. Fue levantada en un patrullero y horas después apareció muerta, con un golpe en la cabeza, en un descampado de otro barrio.
Qué sucedió en el medio es una incógnita que persiste y hoy, más de diez años después, comenzó el juicio que busca esclarecer el hecho y que tiene a dos policías sentados en el banquillo de los acusados.
El debate oral comenzó esta mañana, minutos antes de las 9, en la sala de audiencias del Tribunal Penal Dos de Posadas, presidido por el magistrado Gregorio Busse e integrado por César Yaya y Fernando Verón, titular del Juzgado de Instrucción Tres, interviniente por subrogancia legal.
En el banquillo de los acusados, están Aldo Gabriel Aníbal Villalba (35) y Luis Albino Rotela (43), quienes ostentaban cargos como oficial y cabo de la Policía de Misiones, respectivamente, con cumplimiento de funciones en la comisaría Quinta de Garupá, dependiente de la Unidad Regional X.
En el inicio de la causa, dirigida en ese entonces por el magistrado Ricardo Balor, a cargo del Juzgado de Instrucción Seis, los dos uniformados fueron imputados por el delito de “homicidio agravado”.
No obstante, luego un largo trajinar de apelaciones y cambios de jueces a cargo de la pesquisa, la acusación contra ambos se redujo a “incumplimiento de los deberes de funcionario público, abandono de persona agravado por el resultado de muerte”. Además, a Villalba se le imputa de “falsificación ideológica de instrumento público”.
Bajo estas circunstancias, la causa fue elevada a juicio y ahora, más de diez años después, llegó el momento de ventilar el expediente en instancia de proceso oral y las audiencias se extenderían hasta el viernes de la semana próxima.
Los dos acusados, quienes actualmente trabajan como chef (Villalba) y remisero (Rotela), se abstuvieron de declarar hoy.

Los abogados José Luis Rey y Mónica Olivera, junto al imputado Aldo Villalba en el fondo.
Pedido de ayuda y aparición sin vida
La reconstrucción del hecho plasmada en el requerimiento de elevación de juicio formulado por la fiscal María Laura Álvarez (por subrogancia) consigna que todo comenzó el 14 de febrero de 2013 al mediodía, cuando la docente jubilada Mirta Rosa llegó desorientada y pidiendo agua a una casa ubicada en Santo Pipó y Alba Posse, de Garupá.
Allí fue recibida por una pareja, que tras brindarle una primera asistencia, llamó a la Policía. Así, apareció en escena un patrullero Chevrolet S-10 de la Comisaría Quinta, conducido por Rotela y encabezado por Villalba como oficial de servicio, quienes subieron a Rosa al móvil, aunque no lo asentaron en ningún informe.
Horas más tarde, el cadáver de la mujer apareció golpeado y sin vida en un descampado ubicado a pocos metros de la ruta nacional 12, en inmediaciones a una cancha en el acceso al barrio Los Potrillos, a casi 2 kilómetros de la vivienda de los vecinos donde llegó solicitando ayuda.
Qué sucedió en el medio es la gran incógnita. El hallazgo del cuerpo fue reportado por una joven del barrio y, en un primer momento, se especuló con una muerte natural, pero una vez que el cuerpo ingresó a la morgue todo cambió.
La autopsia estableció que Rosa murió por un traumatismo craneofacial asociado a un trauma de abdomen con estallido vesical. Además, los forenses observaron que el cadáver presentaba múltiples lesiones que no aparecían en las fotografías tomadas mientras el cuerpo permanecía en la escena. Cómo surgieron esas lesiones, otro misterio a develar.

El cuerpo sin vida de Rosa fue hallado el 14 de febrero de 2013 en un descampado.
“Nos han mentido durante muchos años”
Con todo este marco previo, el debate comenzó hoy y el representante del Ministerio Público Fiscal, Vladimir Glinka, sorprendió al exponer un alegato de apertura, instancia en la que narró brevemente lo sucedido y trazó los lineamientos generales sobre los cuales indagará para buscar las respuestas del caso y contrarrestar posibles estrategias defensivas.
En este punto, Glinka apuntó contra los policías imputados al cuestionar que ellos “investigaron su propio hecho”, ya que también actuaron en el hallazgo del cuerpo y sostuvo que “el comienzo de una investigación es un momento crucial y acá nos hemos perdido un montón de cosas”.
También estimó que las defensas, encabezadas por Mónica Olivera por Villalba y José Luis Rey por Rotela, podrían culpabilizar a la familia de Rosa por su estado de abandono o apuntar responsabilidades sobre efectivos de la Brigada de Investigaciones de la UR X.
“Se tiran un muerto entre ellos. Como sabían que la Brigada también estaba haciendo cagadas por la zona, tiraron todo ahí para echarle la culpa a ellos. Pero lo cierto es que ella (por Rosa) no murió porque se escapó de la casa, ni tampoco por la Brigada, murió por el accionar de los imputados. Nos han mentido durante muchos años”, anticipó Glinka sobre su postura.
A su turno, la abogada Olivera también tomó la palabra y defendió a su cliente sobre las acusaciones iniciales del fiscal.
“La investigación no es voluntaria, tiene una persona que la dirige, hay un comisario que ordena y ellos cumplen un deber”, sostuvo y agregó que “ni Villalba, ni Rotela son psiquiatras. No sabían del estado de la mujer. La dejaron por decisión de la propia Mirta Rosa, sino la hubiesen llevado a un hospital o a una celda”.

El forense Carlos Wolhein y el fiscal Vladimir Glinka observando y comparando imágenes del caso.
Cuerpo maltratado
Superada esta etapa, finalmente el tribunal abrió la ronda de testigos, entre los cuales se destacó el médico forense Carlos Wolhein, quien durante una hora brindó detalles de la autopsia, apoyado en la exhibición de fotografías tomadas al cuerpo al momento de su ingreso a la morgue.
El profesional indicó que la operación parecía simple debido a los primeros datos suministrados por los investigadores, pero luego “la autopsia pasó de baja a alta complejidad”.
“El caso se nos presentó como un caso clínico, de muerte natural, pero el cuerpo tenía muchas lesiones, en las manos, en los pies. El cuerpo estaba muy maltratado”, apuntó.
A partir de ahí, detalló de qué manera encontró el cuerpo, exhibiendo fotos de cada de una de las lesiones detectadas, las cuales a su vez eran contrastadas por el fiscal Glinka, que en paralelo mostraba las imágenes tomadas en la escena del hecho, donde el cadáver no tenía las mismas marcas.
Wolhein explicó que, además de la lesión craneofacial, el cuerpo de Rosa también presentaba desprendimientos de piel en zonas de muñecas y codos, y “piedritas” incrustadas en los talones, lesiones y marcas que fueron producidas post-mortem, es decir, cuando la víctima ya no tenía signos vitales.
Sobre la causa de muerte, indicó que se trató de “un trauma craneofacil asociado a una ruptura vesical”, aunque aclaró que “la rotura vesical no es una lesión letal” y que “no hay forma de saber cuál lesión fue primera”.
Respecto al mismo punto, declaró también, aunque minutos antes, el forense de larga trayectoria Juan Antonio Galuppo, quien sostuvo que la ruptura de vejiga se debió a “un trauma con signos de vitalidad, es decir, producido en vida” y estimó que, tras esa lesión, Rosa tuvo “un tiempo de supervivencia de tres horas”.
La última en declarar, en tanto, fue Norma Piris, que al momento del hecho se desempeñaba como médica policial y examinó el cuerpo en la escena de su hallazgo.
La doctora recordó que ese día “había mucho sol y hacía mucho calor” y, tras la consulta de la defensa, especuló que ello pudo haber incidido en las lesiones de desprendimiento de piel al momento de la manipulación del cuerpo para su levantamiento, aunque ante la insistencia del fiscal Glinka para saber quiénes fueron los encargados de esa maniobra, afirmó no recordar.
Culminada su palabra, Glinka pidió que dos bomberos que participaron del levantamiento del cuerpo y posterior traslado, como así también un empleado de la morgue que recibió el cadáver, sean citados a declarar. “Hay que saber qué pasó en medio de todo esto”, argumentó.
El debate continuará mañana, a partir de las 8.30, con la declaración de al menos seis testigos más, entre los cuales aún quedan peritos por narrar sus actuaciones.
Judiciales
Revés judicial para Cerro Azul en reclamo de $165 millones a una empresa
La Justicia provincial rechazó una ejecución fiscal impulsada por la Municipalidad de Cerro Azul contra la empresa MM Bioenergía S.A. por una deuda superior a los $165 millones y cuestionó la legalidad del procedimiento utilizado por la comuna para reclamar tributos.
El fallo fue dictado por el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Leandro N. Alem, que rechazó la demanda iniciada en junio de 2025 por la municipalidad en concepto de tasas de Seguridad e Higiene, Comercio e Industria correspondientes a distintos períodos entre 2021 y 2025.
La comuna reclamaba un total de $165.044.216,75 y había solicitado además medidas cautelares sobre bienes y fondos de la firma dedicada a la generación de energía renovable.
Sin embargo, tras varios meses de litigio, el magistrado interviniente resolvió desestimar la ejecución fiscal al considerar que la documentación presentada por el municipio no cumplía con los requisitos legales exigidos para avanzar con el cobro judicial.
Uno de los principales puntos observados en la sentencia fue la utilización de la Ordenanza VI N° 25 como fundamento del reclamo tributario. Según el fallo, esa norma fue publicada oficialmente recién el 1 de octubre de 2025, es decir, después de las intimaciones de pago y cuando ya se pretendía exigir el cobro de períodos anteriores.
En la resolución, el juez sostuvo que “la ausencia de publicación impide reconocer eficacia normativa a la ordenanza en cuestión y, por ende, priva de sustento legal exigible al crédito cuya ejecución se pretende”.
El fallo también cuestionó la boleta de deuda emitida por el municipio al señalar que el documento no detallaba con precisión qué conceptos se reclamaban, a qué períodos correspondían ni cuál había sido el mecanismo utilizado para calcular la deuda, incumpliendo requisitos establecidos en el Código Fiscal.
Durante el proceso judicial, MM Bioenergía S.A. argumentó además que su actividad se encuentra regulada bajo jurisdicción federal por tratarse de generación de energía dentro del Mercado Eléctrico Mayorista, en el marco de las leyes nacionales vinculadas a energías renovables. En ese sentido, cuestionó la potestad municipal para aplicar las tasas reclamadas.
En otro tramo de la sentencia, el magistrado citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de tribunales provinciales que establecen que ningún tributo puede ser exigido si la norma que lo crea no fue debidamente publicada en el Boletín Oficial.
Además de rechazar la ejecución fiscal, la Justicia impuso las costas del proceso a la Municipalidad de Cerro Azul y reguló honorarios profesionales sobre la base económica total del juicio, fijada en más de $165 millones. Según se desprende de la resolución, el impacto económico derivado del proceso podría superar los $50 millones.
Judiciales
Cristaldo recibió 17 años de prisión por matar y ocultar el cadáver de Tizato
El Tribunal Penal Dos de Posadas resolvió este miércoles al mediodía condenar a Richard Arnaldo Cristaldo (49) a la pena de 17 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego” en perjuicio de César Daniel Tizato (16), el adolescente con el cual el 30 de agosto de 2020 salió a cazar en inmediaciones a su casa del paraje Pindapoy, de la localidad de San José.
La sentencia, emitida por los magistrados Augusto Gregorio Busse -presidente-, César Antonio Yaya y Martín Alejandro Rau, fue en disidencia al planteo efectuado por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato había mantenido la acusación impuesta en etapa de instrucción y conforme a ello había solicitado que Cristaldo sea condenado a prisión perpetua por “homicidio agravado por alevosía”.
La parte resolutiva del fallo se leyó este mediodía, minutos después de las 12.30, tras un breve cuarto intermedio de poco más de 30 minutos, mientras que los fundamentos de la resolución serán comunicados el próximo 4 de junio.
Cristaldo, más conocido como Grulla, por su oficio como profesor de artes marciales, oyó el dictamen en silencio, acompañado a la distancia por sus hijas y otros familiares directos que siguieron respetuosamente la audiencia desde el sector preparado para el público presente.

Cristaldo, junto a su abogado, minutos después de firmar el acta de la sentencia.
Duda
Su abogado defensor, el ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes, había solicitado en su alegato la absolución de su cliente por el beneficio de la duda, al considerar que no existían pruebas directas que vinculen al acusado con el asesinato del adolescente.
El letrado cuestionó la reconstrucción del caso trazada por el fiscal Glinka. Consideró que ese relato de hechos era “inverificable”, apunt
ó a la mayoría de los testigos por “mentir” en sus declaraciones y criticó severamente a los dos comisarios (Sergio de los Santos y Gabriel Antonio Comes) por el testimonio donde dieron cuenta que durante su detención Cristaldo admitió que mató a la víctima por accidente.
Reyes también dirigió duras acusaciones contra los serenos de la estancia La Rosita, propiedad de la firma Rosamonte, predio donde el cuerpo de Tizato apareció sin vida, con un disparo en el tórax y sumergido en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad.
“Han venido acá y mintieron. Ellos no es que solo caminan sin hacer nada. Ellos son sanguinarios y mutiladores con quienes entran a cazar y pescar”, lanzó.
Reyes alegó que “no hay pruebas y los indicios desaparecieron. Los testigos que lo vieron mojado han mentido antes y ahora”, al tiempo que sostuvo que “es imposible que la bala de un calibre 22” -proyectil compatible con el rifle incautado en poder del acusado- cause la lesión penetrante y perforante que presentaba la víctima.
En último intento por torcer su destino, Cristaldo volvió a hablar ante el tribunal y reiteró su inocencia, aduciendo que ese episodio en la comisaría donde presuntamente admitió el crimen, fue bajo amenazas de los policías intervinientes.

El tribunal presidido por Gregorio Busse -al centro- emitió el fallo minutos después de las 12.30.
Cobarde, traicionero y abusivo
Un alegato diametralmente opuesto fue el desarrollado por el fiscal Glinka, quien consideró que el imputado pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar a una zona inhóspita, actuando sobreseguro y aprovechándose del estado de vulnerabilidad e indefensión de Tizato.
“A Tizato lo mataron de una forma muy cobarde, traicionera y abusiva. Lo privaron de la posibilidad de torcer su destino. Lo manosearon. Le pusieron una piedra en la ropa para que se hunda y se pudra en la profundidad”, describió.
Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.
Para el fiscal, fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando las hipótesis de un hecho accidental, de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita o del involucramiento de otros presuntos jóvenes con quienes Cristaldo afirmó que la víctima decidió quedarse para no volver con él.
“¿Existieron esas personas? Yo lo descarto. La lógica es que Daniel nunca se separó del imputado. Es solo un relato más que jamás se pudo comprobar. Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas y se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, reconstruyó.
“En fin. Ya no hay posibilidad de teorías alternativas. Se investigó todo. Fue la última persona que estuvo con Dani, era el único armado, estaba todo mojado cuando volvió y la ciencia determinó que era imposible que ese rifle se dispare por accidente”, resumió Glinka y solicitó la pena de prisión perpetua como autor de “homicidio agravado por alevosía”, aunque luego el tribunal modificó la calificación del caso.
Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato
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Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato
El fiscal Vladimir Glinka mantuvo la acusación de “homicidio agravado por alevosía” y solicitó la pena de prisión perpetua para Richard Arnoldo “Grulla” Cristaldo (49), único imputado por el asesinato de Dani Tizato (16), registrado en 2020 en San José.
Para el titular de la fiscalía, quedó comprobado que Cristaldo pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar y luego cometió el crimen, asesinándolo de un disparo que le atravesó el corazón y ocultando el cadáver en una laguna de agua estancada.
Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.
Para el fiscal fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando la hipótesis de un hecho accidental o de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita, predio donde ocurrió el crimen y se descubrió el cuerpo tras 32 días de búsqueda.
“Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas. Él se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, apuntó.
Tras el pedido, el Tribunal Penal Dos dispuso un cuarto intermedio y más tarde será el turno de alegar para José Antonio Reyes, abogado defensor del imputado.
El caso Tizato comenzó el 30 de agosto de 2020, cuando fue a cazar con Cristaldo y nunca volvió. Su cuerpo apareció 32 días después en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad. Tenía un disparo en el pecho y rocas entre sus prendas para evitar que flote.
Cristaldo arguyó que en medio del camino el adolescente se quedó junto a otros tres jóvenes que nunca pudieron ser ubicados y quiénes, para el fiscal, “nunca existieron”.
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