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Presentan un amicus curiae por la libertad de María Ovando

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amicus curiae

Hoy, en Posadas, la Dirección Nacional de Promoción y Fortalecimiento para el Acceso a la Justicia presentará un amicus curiae ante el Superior Tribunal de Justicia de Misiones para pedir la libertad de María Ovando. Condenada a 20 años, por haber permitido abusos sexuales en su familia

Gabriela Carpineti, titular del organismo que depende del Ministerio de Justicia y la legisladora porteña Ofelia Fernández están en Posadas para realizar la presentación, junto a Roxana Rivas y Eduardo Paredes, que ejercen la defensa de Ovando; Silvia León, secretaria de Género de la Central de Trabajadores de la Argentina (CTAA) nacional, y movimientos de mujeres locales.

“Exigimos la inmediata libertad de María y que se investigue el entramado de poder que permitió esta condena y este encarcelamiento injusto de una inocente”, dijo Carpineti.

Recordemos que María Ovando fue condenada el 28 de octubre del 2020 a 20 años de prisión por no haber evitado abusos sexuales hacia sus hijas y nietas. En la misma causa, se sentenció a dos jóvenes allegados a Ovando, Marcos Laurindo y Lucas Ferreira, a 18 y a 12 años de cárcel, respectivamente.

La mujer, que se se hizo conocida tras salir reiteradas veces en los programas de Jorge Lanata, llegó al juicio en libertad y fue detenida dictada la sentencia, en una causa “cuyo armado remite a un claro gesto de venganza hacia ella de parte de un sector del Poder Judicial que no logró condenarla en el 2012”, señaló el equipo de defensa de la mujer.

“La condenaron sin pruebas, en un proceso altamente cuestionado” que “buscó disciplinar al movimiento feminista que viene reclamando por un Poder Judicial con perspectiva de género y que viene tomando como bandera causas en las que claramente se puede ver el sesgo patriarcal y clasista del aparato judicial en Misiones”.

Además de apelar la condena, la defensa solicitó en dos ocasiones la excarcelación de la mujer, sosteniendo su inocencia y asegurando que no existen razones que justifiquen una prisión preventiva.

En febrero de 2021 el juez César Jiménez acogió de manera favorable un hábeas corpus presentado por Nora Cortiñas, de Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, y ordenó la inmediata libertad de Ovando atendiendo que no había riesgo de fuga, ni de obstaculizar el proceso. Esta decisión la terminó revocando la Cámara de Apelaciones, que ordenó una nueva detención.

La defensa presentó dos nuevos hábeas corpus que fueron rechazados, en los cuales se señaló “la arbitrariedad e ilegalidad” de la prisión de María Ovando. La abogada de la mujer, Roxana Rivas, explicó a Télam que la sentencia “está con un recurso de casación presentado ante el Superior Tribunal de Justicia de la provincia, que hace de órgano de revisión de las sentencias de los tribunales penales”.

“Desde la defensa seguimos sosteniendo, y con mayor convencimiento, que la condena de María por ‘mala madre’ no halla ningún sustento en pruebas, que se basa solo en prejuicios y estereotipos de genero”, añadió.

En 2012, Ovando fue juzgada y absuelta -tras haber estado un año y media presa- por “abandono de persona agravado por el vínculo” tras la muerte de su hija de 3 años a consecuencia de un cuadro de desnutrición, la que falleció en sus brazos mientras intentaba llegar a un hospital de la zona.

“En los ocho años que estuvo libre desde 2012 hubo cinco causas en los juzgados de familia controlando como ella ejercía su maternidad. Nunca detectaron ningun signo de que sus niñes sufrieran o tuvieran signos de abuso”, destacó la abogada.

Y resaltó que “solo cuando ella se atrevió a iniciar una demanda civil contra el Estado provincial y los funcionarios que la encerraron, por los daños que sufrieron ella y sus hijes, desataron toda la furia del Poder Jucial contra ella”.

En tanto, Carpineti recordó la situación de la mujer, que es “semianalfabeta, violentada históricamente por la cultura machista y el Estado, primero ausente, y ahora inquisidor”. “Estamos para que el Poder Judicial misionero nos escuche junto a María de una vez por todas”, enfatizó la funcionaria.

“Si a Cristina (en referencia a la vicepresidenta de la Nación), una mujer con poder político, económico, simbólico, el Poder Judicial se anima a persiguirla sin establecer los nexos de causalidad penal necesarios para avanzar en una condena, me pregunto qué le queda a las mujeres de la patria profunda como María Ovando”, agregó.

Amicus curiae

Significa amigos del tribunal, son presentaciones de terceros ajenos a la disputa que aportan a la Corte argumentos u opiniones que pueden servir como elementos de juicio relativos a aspectos de derecho que se ventilan ante la misma

Es una valiosa herramienta procesal que no sólo debe entenderse como una colaboración al juez sino como un medio orientado a permitir la participación ciudadana en la administración de justicia en aquellos asuntos que, debido a su trascendencia, interesan a la sociedad y no sólo a las partes involucradas en el juicio”.

 

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Entrega de bebés en Concepción de la Sierra: maniobra, artilugios y condena

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Concepción de la Sierra bebés

Dos causas judiciales que a fines del año pasado se tradujeron en sentencias después de un extenso proceso de investigación bajo la órbita de la Justicia Federal develan los métodos, los actores y los artilugios utilizados para la entrega de niños recién nacidos en la zona sur de Misiones.

Los casos ocurrieron entre 2021 y 2022 con Concepción de la Sierra como punto neurálgico de la operación orquestada entre intermediarios, madres jóvenes en situaciones de vulnerabilidad y parejas dispuestas a saltearse el proceso de adopción legal.

En los expedientes no se alcanzaron a comprobar transacciones financieras como hablar de “venta de bebés”, pero sí constan acuerdos de mantenimiento y cobertura económica para alimentación, traslados y cuidados médicos para las madres durante el embarazo.

El ardid evidenciado pareciera sencillo y requiere de un intermediario que conecte las partes interesadas, una madre dispuesta a entregar a su niño y una pareja en busca de un menor.

Pero todo esto es completamente ilegal porque vulnera los derechos del niño y los adultos involucrados incurren en delitos penados por ley. 

Caso 1

El primer hecho comenzó a investigarse en diciembre de 2021. Involucró a Lourdes Edith Giménez, funcionaria en ese momento del Registro de las Personas de Concepción de la Sierra; a su esposo Pablo Fernando Lemes, secretario de Acción Social del municipio entre 2021 y 2023; y a A. A. S., una joven del pueblo cuya identidad completa se preserva para resguardar los derechos de su beba.

El nacimiento de la niña se produjo en junio de 2022 y Lemes fue anotado como su padre biológico, aunque más tarde el examen de ADN diría lo contrario y sería determinante para el avance de la causa que se tramitó ante el Juzgado Federal de Posadas, a cargo de la magistrada Verónica Skanata.

Cuando la maniobra quedó al descubierta, todos los implicados fueron citados a declarar. Ante la Justicia señalaron que A. A. S. trabajó como empleada doméstica de ellos y durante esa tiempo mantuvo encuentros íntimos a escondidas con Lemes, tras lo cual quedó embarazada y el hombre aceptó hacerse cargo de la niña.

“Creo que fue un error mío no haberme hecho un ADN antes de anotar a (…), confié en su mamá que yo era el padre”, se defendió Lemes en la etapa investigativa, aunque para la Justicia su versión no tuvo asidero y el expediente continuó su proceso hasta que finalmente admitió su culpabilidad en un acuerdo de juicio abreviado.

Tanto la madre de la niña como Lemes tienen un dictamen firmado el 9 de octubre de 2025, en el que aceptan ser condenados a 3 años de prisión en suspenso como autores de “alteración del Estado civil y de la Identidad de un menor de diez años y Falsedad ideológica de un instrumento público”, ambos en concurso ideal. Giménez, en tanto, fue sobreseída en instancia previa.

En paralelo al accionar penal, en lo referido a la protección de la niña involucrada intervino el Juzgado Multifuero de Apóstoles, cuyas autoridades que finalmente dispusieron que la beba continúe a cargo de su madre, que después del proceso solicitó la tenencia de su hija.

Caso 2

El segundo caso tiene características similares, aunque involucra a una pareja bonaerense, quienes alcanzaron a llevarse a la niña y convivir con ella durante un tiempo hasta que el mismo juzgado multifuero activó un operativo de rescate.

Los actores en este hecho son el utilero de escenografía Luis Gabriel Ibáñez, su esposa Lorena Soledad Márquez y Y. A. F., madre de la beba que fue entregada a los bonaerenses.

La denuncia del caso fue realizada el 18 de marzo de 2022, cuando la Directora de Niñez e Infancia de Concepción de la Sierra alertó que una beba de 4 meses había sido inscripta como hija de un hombre que en realidad no era su padre, lo cual más tarde fue confirmado mediante un cotejo genético. 

Cuando el Juzgado Federal liderado por Skanata tomó cartas en el asunto descubrió que la niña había nacido a fines de 2021 en el hospital Madariaga, que su acta de nacimiento con datos falseados se había firmado en Apóstoles y que en marzo de 2022 la pareja foránea vino a la tierra colorada para llevársela.

Fue allí que se disparó un operativo de rescate que se concretó el 3 de junio, tras lo cual la niña quedó bajo la guarda de una familia preadoptiva que luego completó los trámites y en poco tiempo se transformaron en sus adoptantes legales.

En paralelo se instruyó la causa penal por la maniobra irregular, donde los involucrados esbozaron el mismo relato que en el hecho anterior.

La pareja contó que la Y. A. F. trabajó como empleada doméstica en su casa de Buenos Aires, donde Ibáñez tuvo una relación extramatrimonial con ella y allí se produjo el embarazo del que luego decidieron “hacerse cargo” porque tenían mejores “condiciones de vida”.

La diferencia es que en el medio hubo un paso más. Cuando Ibáñez anotó la hija como suya, también pretendió hacer una autorización de viaje para llevar a la niña hasta Buenos Aires sin tener problemas con controles de ruta, pero como el trámite se iba a demorar más de lo esperado decidieron que la madre de la beba también viaje con ellos para asegurar la partida.

En el medio también se develó que Lorena Márquez era prima de una ex pareja de la madre de la beba, ante lo cual ella fue considerada como la “intermediaria” que posibilitó la concreción de la maniobra.

Los tres involucrados también terminaron admitiendo sus responsabilidades en el caso y resolvieron sus situaciones penales mediante la firma de un acuerdo de juicio abreviado.

Para todos se dispuso la misma pena, 3 años de prisión en suspenso, aunque Márquez fue considerada autora de “promoción e intermediación en la alteración del estado civil y de la identidad de un menor de diez años y participe necesaria de la Falsedad ideológica de un instrumento público”, ambos en concurso ideal, mientras que Ibáñez y Y. A. F. como autores de “alteración del Estado civil y de la Identidad de un menor de diez años y Falsedad ideológica de un instrumento público”, ambos en concurso ideal.

Este acuerdo ya fue homologado por el Tribunal Federal de Posadas (TOF) y transformado en sentencia el pasado 31 de octubre de 2025. El fallo también dispone que los condenados deben someterse a un régimen de conducta a cumplir estrictamente para mantener el beneficio de cumplir la pena en suspenso, es decir, sin ir a prisión.

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Imputaron por homicidio al médico que apuñaló a un gitano en Oberá

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La Justicia imputó por “homicidio” al médico Ernesto Omar Ramp (55), ex director del hospital de Aristóbulo del Valle, detenido desde el 26 de diciembre por apuñalar durante una pelea a un gitano cuyo fallecimiento se produjo cinco días después.

El profesional de la salud fue trasladado hoy hacia el Juzgado de Instrucción Dos de Oberá, a cargo del magistrado Horacio Alarcón, donde fue notificado del agravamiento de la acusación en su contra y posteriormente volvió a ser trasladado a una celda de la comisaría Segunda, donde permanece privado de su libertad.

Con el cambio de carátula, la situación de Ramp se ve más que comprometida, dado que la imputación por homicidio prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión en caso de ser declarado culpable en un futuro debate oral.

Pelea y muerte

El hecho de violencia se registró el pasado 26 de diciembre, sobre calle Apóstoles Norte al 158, en Oberá, donde Ramp llegó para reclamar una deuda y mantuvo una discusión con Marco y dos de sus hijos, conflicto que acabó con la víctima trasladado de urgencia al hospital Samic, desde donde fue derivado a Posadas debido a su complejo cuadro de salud.

Según detallaron las fuentes, la herida le ocasionó a Marco perforación de pulmón y a pesar de los esfuerzos médicos perdió la vida en la mañana del 31 de diciembre, mientras seguía hospitalizado en Posadas.

Tras el hecho, en redes sociales se registraron múltiples comentarios a favor de Ramp, donde además aseguran que la versión del detenido apunta que él fue atacado en primera instancia y las agresiones se dieron en un acto de defensa.

En paralelo, allegados al médico también iniciaron una junta de firmas para solicitar la liberación del médico que en 2023 fue candidato a intendente de Aristóbulo del Valle.

Murió el gitano apuñalado durante una discusión con el médico Ernesto Ramp

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Grooming en Garupá: el padre de una las niñas se constituyó como querellante

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grooming querellante

El padre de una de las niñas que escapó del hogar Papa Francisco de Garupá y terminó cautiva en una fábrica abandonada se constituyó como querellante particular en la causa que investiga por grooming y otros delitos a cuatro sospechosos, entre ellos un efectivo de la Policía misionera.

El requerimiento formal fue presentado ante el Juzgado de Instrucción Uno de Posadas y la solicitud fue aceptada por el magistrado Fernando Verón, en carácter subrogante legal de dicha dependencia judicial.

De esta manera, el padre de una de las víctimas, a través del abogado Roberto Oscar Oudin como querellante, podrá ser parte activa del proceso, participando de las audiencias, ofreciendo pruebas, solicitando medidas y emitiendo opinión en planteos defensivos y/o resoluciones del magistrado interviniente.

La causa continúa en trámite y tiene cuatro sospechosos imputados por “grooming”, aunque hasta el momento no se dictó prisión preventiva para ninguno. Ellos son Pedro G. (37), Eugenio A. (63), Samuel N. (63) y el policía Cristian Rolando M.(38).

Inicialmente hubo otros detenidos, el gomero Matías C. (19) y otro policía identificado como Mario Enrique M. (48), aunque ambos fueron excarcelados y aunque continúan supeditados a la causa sus respectivas defensas avanzan en los pedidos de sobreseimiento.

La hipótesis del caso es que una de las niñas del hogar Papa Francisco fue contactada por Instagram por un adulto que se hizo pasar por menor de edad y la convenció de escaparse para ir a dormir a otro lugar.

La invitación se extendió hacia otra menor, quienes finalmente lograron fugarse del hogar a pesar de la custodia y de esa forma cayeron en la trampa que, se presume, tenía fines de abuso y explotación sexual en el predio abandonado y sórdido descubierto ese 14 de octubre pasado.

Las pistas condujeron la pesquisa hacia el predio de la ex firma Envasadora Misionera en Ñu Porá, arrestaron a tres de los sospechosos y también encontraron a la niña que estaba desaparecida.

La menor estaba semidormida -se investiga si era producto de algún somnífero o estupefaciente- sobre una cama, tapada con una manta y en compañía de uno de los implicados, describieron las fuentes consultadas en su momento.

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