Judiciales
Presentan un amicus curiae por la libertad de María Ovando
Hoy, en Posadas, la Dirección Nacional de Promoción y Fortalecimiento para el Acceso a la Justicia presentará un amicus curiae ante el Superior Tribunal de Justicia de Misiones para pedir la libertad de María Ovando. Condenada a 20 años, por haber permitido abusos sexuales en su familia
Gabriela Carpineti, titular del organismo que depende del Ministerio de Justicia y la legisladora porteña Ofelia Fernández están en Posadas para realizar la presentación, junto a Roxana Rivas y Eduardo Paredes, que ejercen la defensa de Ovando; Silvia León, secretaria de Género de la Central de Trabajadores de la Argentina (CTAA) nacional, y movimientos de mujeres locales.
“Exigimos la inmediata libertad de María y que se investigue el entramado de poder que permitió esta condena y este encarcelamiento injusto de una inocente”, dijo Carpineti.
Recordemos que María Ovando fue condenada el 28 de octubre del 2020 a 20 años de prisión por no haber evitado abusos sexuales hacia sus hijas y nietas. En la misma causa, se sentenció a dos jóvenes allegados a Ovando, Marcos Laurindo y Lucas Ferreira, a 18 y a 12 años de cárcel, respectivamente.
La mujer, que se se hizo conocida tras salir reiteradas veces en los programas de Jorge Lanata, llegó al juicio en libertad y fue detenida dictada la sentencia, en una causa “cuyo armado remite a un claro gesto de venganza hacia ella de parte de un sector del Poder Judicial que no logró condenarla en el 2012”, señaló el equipo de defensa de la mujer.
“La condenaron sin pruebas, en un proceso altamente cuestionado” que “buscó disciplinar al movimiento feminista que viene reclamando por un Poder Judicial con perspectiva de género y que viene tomando como bandera causas en las que claramente se puede ver el sesgo patriarcal y clasista del aparato judicial en Misiones”.
Además de apelar la condena, la defensa solicitó en dos ocasiones la excarcelación de la mujer, sosteniendo su inocencia y asegurando que no existen razones que justifiquen una prisión preventiva.
En febrero de 2021 el juez César Jiménez acogió de manera favorable un hábeas corpus presentado por Nora Cortiñas, de Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, y ordenó la inmediata libertad de Ovando atendiendo que no había riesgo de fuga, ni de obstaculizar el proceso. Esta decisión la terminó revocando la Cámara de Apelaciones, que ordenó una nueva detención.
La defensa presentó dos nuevos hábeas corpus que fueron rechazados, en los cuales se señaló “la arbitrariedad e ilegalidad” de la prisión de María Ovando. La abogada de la mujer, Roxana Rivas, explicó a Télam que la sentencia “está con un recurso de casación presentado ante el Superior Tribunal de Justicia de la provincia, que hace de órgano de revisión de las sentencias de los tribunales penales”.
“Desde la defensa seguimos sosteniendo, y con mayor convencimiento, que la condena de María por ‘mala madre’ no halla ningún sustento en pruebas, que se basa solo en prejuicios y estereotipos de genero”, añadió.
En 2012, Ovando fue juzgada y absuelta -tras haber estado un año y media presa- por “abandono de persona agravado por el vínculo” tras la muerte de su hija de 3 años a consecuencia de un cuadro de desnutrición, la que falleció en sus brazos mientras intentaba llegar a un hospital de la zona.
“En los ocho años que estuvo libre desde 2012 hubo cinco causas en los juzgados de familia controlando como ella ejercía su maternidad. Nunca detectaron ningun signo de que sus niñes sufrieran o tuvieran signos de abuso”, destacó la abogada.
Y resaltó que “solo cuando ella se atrevió a iniciar una demanda civil contra el Estado provincial y los funcionarios que la encerraron, por los daños que sufrieron ella y sus hijes, desataron toda la furia del Poder Jucial contra ella”.
En tanto, Carpineti recordó la situación de la mujer, que es “semianalfabeta, violentada históricamente por la cultura machista y el Estado, primero ausente, y ahora inquisidor”. “Estamos para que el Poder Judicial misionero nos escuche junto a María de una vez por todas”, enfatizó la funcionaria.
“Si a Cristina (en referencia a la vicepresidenta de la Nación), una mujer con poder político, económico, simbólico, el Poder Judicial se anima a persiguirla sin establecer los nexos de causalidad penal necesarios para avanzar en una condena, me pregunto qué le queda a las mujeres de la patria profunda como María Ovando”, agregó.
Amicus curiae
Significa amigos del tribunal, son presentaciones de terceros ajenos a la disputa que aportan a la Corte argumentos u opiniones que pueden servir como elementos de juicio relativos a aspectos de derecho que se ventilan ante la misma
Es una valiosa herramienta procesal que no sólo debe entenderse como una colaboración al juez sino como un medio orientado a permitir la participación ciudadana en la administración de justicia en aquellos asuntos que, debido a su trascendencia, interesan a la sociedad y no sólo a las partes involucradas en el juicio”.
Judiciales
Defensor de Ramírez tras la sentencia por el caso Belén: “Primó el patriarcado”
Tras la condena a 16 de años de prisión impartida contra la empleada municipal Mariela Andrea Ramírez (48), acusada por la muerte de su hija con discapacidad Rocío Belén López (15), el abogado defensor oficial se despachó con críticas hacia parte del tribunal encargado de emitir la sentencia y adelantó que recurrirá el fallo, aunque tampoco confía que el Superior Tribunal Justicia (STJ) revierta la medida.
“Primó el patriarcado de dos jueces varones que no entienden nada sobre las desigualdades que ha sufrido una mujer”, manifestó Miguel Ángel Varela, haciendo referencia a los magistrados Gustavo Bernie y Miguel Mattos, quienes por mayoría decidieron condenar a la imputada y se impusieron frente a la jueza Viviana Cukla que opinó por la absolución.
Para el funcionario, hubo dos factores clave en el fallo: la “ignorancia” y la “falta de perspectiva de género”.
“En el caso de las vecinas, que supieron de la existencia de Belén, cinco años antes, no sabían de la enfermedad y es comprensible que confundieran, pero que el médico que hizo la autopsia no supiera nada de las manifestaciones y síntomas del Síndrome de Rett y que en base a esa ignorancia se condene a una mujer sin que se sepa la causa de muerte me parece lamentable”, apuntó.
Y sobre el segundo punto planteó que “no tener la perspectiva de género es vergonzoso”, instancia en la que también aprovechó para lanzar críticas hacia el fiscal Vladimir Glinka.
“Se la pasa llevando información a los diarios y no sé si será parte de una campaña de él para un cargo superior. Yo no busco prensa, esto es una cosa que surge del debate. Yo no llamo a la prensa ni buscando una foto”, disparó.
En esa línea, Varela adelantó que recurrirá la sentencia, aunque no espera una revisión favorable por parte del STJ.
“No sé si en el STJ se revierte esto, por el poder que tiene el señor fiscal y el cuál está usando. Quiero creer que la Corte Suprema sí va a revertir”, cerró.
Caso Belén: su madre fue condenada por homicidio y recibió 16 años de prisión
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Caso Belén: su madre fue condenada por homicidio y recibió 16 años de prisión
La empleada municipal Mariela Andrea Ramírez (48) fue declarada responsable por el homicidio de su hija con discapacidad Rocío Belén López (15) y fue condenada a 16 años de prisión, pena que desde hoy comenzará a cumplir en la Unidad Penal V de Mujeres de Miguel Lanús.
La sentencia fue impartida este mediodía por el Tribunal Penal Uno de Posadas, con los votos mayoritarios de los magistrados Gustavo Bernie y Miguel Mattos (subrogante), quienes se impusieron ante la jueza Viviana Cukla que se inclinó por la absolución.
De acuerdo a la parte resolutiva del fallo, Ramírez fue declarada penalmente responsable del delito de homicidio agravado por el vínculo con circunstancias de atenuación, razón por la cual recibió 16 años de prisión y no perpetua, como había solicitado el fiscal Vladimir Antonio Glinka en su alegato.
Con una votación idéntica, el tribunal también resolvió disponer la inmediata detención de Ramírez, que llegó a este debate libre y se retiró esposada dentro de un vehículo del Servicio Penitenciario Provincial (SPP), mientras sus familiares desde la vereda reprochan a gritos la resolución.

Los jueces Mattos y Bernie se impusieron con los votos y la decisión final fue condenar a la imputada.
El caso
La muerte de Belén López se registró el 23 de julio de 2013 en la casa de su madre, donde estuvo en forma transitoria durante diez días porque su abuela y tía materna, quienes la cuidaron gran parte de su vida, hicieron un viaje a Corrientes.
La autopsia determinó que la causa de muerte fue vinculante a un cuadro de desnutrición, deshidratación e hipotermia. Apoyado en esa conclusión y en el testimonio vertido por casi una veintena de testigos, el fiscal Glinka consideró que la mujer actuó en forma deliberada y desatendió a su hija con el objetivo de dejarla morir de hambre y sed para “eliminarla de su proyecto de vida”.
A partir de esa hipótesis, el fiscal amplió la acusación inicial de “abandono de persona doblemente agravado por el vínculo y por el resultado muerte” a “homicidio agravado por el vínculo en su modalidad por omisión”.
La defensa, en tanto, encabezada por el defensor oficial Miguel Ángel Varela, cuestionó severamente el informe forense y aseveró que la muerte se dio por causas naturales propias a la enfermedad Síndrome de Rett, factor que no fue tenido en cuenta por el médico encargado de efectuar la autopsia.
También criticó que el fallo no tuvo perspectiva de género y apuntó contra “el patriarcado de dos jueces varones que no entienden nada de las desigualdades que ha sufrido una mujer”.
Varela adelantó que recurrirá la resolución, aunque no confía en que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) revierta la medida y sí en la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

Mariela Ramírez se quebró al recibir el abrazo de su hija y familiares después de la sentencia.
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Dieron arresto domiciliario a los 17 policías implicados en el caso Golemba
Los 17 policías, entre activos y retirados, detenidos en el marco de la investigación por la desaparición forzada de Mario Fabián Golemba, ocurrida en marzo de 2008, quedaron este jueves bajo arresto domiciliario por disposición de la Justicia Federal de Posadas.
La medida fue adoptada por la magistrada María Verónica Skanata, titular del Juzgado Federal de Posadas, y la fiscal Silvina Gutiérrez analiza si presenta un recurso de apelación.
El beneficio alcanza a los 16 efectivos que habían sido detenidos durante los allanamientos realizados el lunes a la mañana y a Alfredo Lorenzo Ortiz, quien se presentó posteriormente de manera espontánea ante el juzgado.
De esta manera, los 17 sospechosos continuarán sujetos al proceso, aunque ya no permanecerán alojados en dependencias de Gendarmería Nacional. La resolución todavía puede ser apelada por la Fiscalía Federal Dos de Posadas, a cargo de Silvina Gutiérrez.
La investigación busca determinar qué ocurrió con Golemba, quien fue visto por última vez el 27 de marzo de 2008, cuando regresaba a su domicilio en la zona de Dos de Mayo después de haber viajado a Oberá.
La hipótesis de la desaparición forzada
La principal hipótesis que impulsa la Fiscalía Federal sostiene que Golemba fue privado ilegalmente de su libertad y que, posteriormente, habría sido trasladado y sometido a violencia en dependencias policiales.
De acuerdo con los elementos reunidos durante la investigación, distintos testimonios ubicaron al joven dentro de la comisaría de Dos de Mayo durante las horas posteriores a su desaparición.
La pesquisa también apunta a determinar la existencia de un presunto “pacto de silencio institucional” entre integrantes de la Policía para ocultar lo ocurrido y garantizar la impunidad de los responsables.
En ese sentido, la fiscalía analiza no solamente la posible participación de quienes pudieron haber intervenido directamente en la privación de la libertad de Golemba, sino también las conductas de aquellos funcionarios que eventualmente hayan colaborado con el encubrimiento o hayan omitido actuar ante lo sucedido.
Entre los imputados se encuentra el comisario retirado Ewaldo Katz, quien estaba al frente de la comisaría de Dos de Mayo al momento de la desaparición y durante su indagatoria decidió abstenerse de declarar.
Una causa que lleva 18 años
Golemba tenía 27 años cuando desapareció. El 27 de marzo de 2008 había viajado desde Dos de Mayo hasta Oberá para asistir a una consulta médica y posteriormente emprendió el regreso.
Sin embargo, nunca llegó a su casa y desde entonces nada se supo de su paradero.
La causa tuvo durante años una investigación en el ámbito de la Justicia provincial, hasta que posteriormente pasó al fuero federal. Con el avance de la pesquisa comenzaron a incorporarse nuevos testimonios y elementos que permitieron poner el foco sobre el accionar de policías que se encontraban en funciones durante los días posteriores a la desaparición.
Las detenciones concretadas esta semana marcaron un giro significativo en una investigación que llevaba casi dos décadas sin personas imputadas por la desaparición del joven.
Ahora, con los 17 acusados bajo arresto domiciliario, la Justicia Federal deberá avanzar con el análisis de las pruebas y determinar la situación procesal de cada uno de ellos.
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