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Esteche fue condenado a prisión perpetua por el crimen de Irma Ferreyra

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Perpetua. El equivalente a 35 años de prisión efectiva, según la legislación vigente. Alejandro Guillermo “Porteño” Esteche (34) recibió hoy la máxima pena prevista por el Código Penal de la Nación Argentina como autor del delito de “abuso sexual seguido de muerte” perpetrado en 2016 contra Irma Ferreyra Da Rocha (47) en Garupá y deberá permanecer en la cárcel hasta el año 2051.

La sentencia contra el único imputado que tenía el expediente fue dictada hoy al mediodía, poco después de las 12.30, por el Tribunal Penal Uno de Posadas, presidido por la magistrada Viviana Cukla e integrado por sus pares Ángel Dejesús Cardozo y César Antonio Yaya -subrogante-.

Esteche, nacido en Oberá, pero criado en Buenos Aires, fue declarado responsable del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización, seguido de muerte”, figura contemplada por los artículos 119 -párrafo 2- y 124 del Código Penal de la Nación, que prevé una pena de prisión perpetua.

Si bien no hubo variación en cuanto al monto de la pena impuesta, el Tribunal decidió por unanimidad condenar a Esteche bajo la misma acusación con la que llegó a instancia de debate oral y no compartió el planteo realizado en su alegato por el fiscal Martín Rau, que consideró que el implicado debía responder por “abuso y homicidio triplemente calificado por ensañamiento, alevosía y femicidio”, resaltando así que el imputado tuvo intención de matar a la víctima.

El fallo también dispuso el traslado del condenado hasta la Unidad Penal II de Oberá, donde deberá cumplir 35 años de prisión efectiva. Como ya se encuentra privado de su libertad desde diciembre de 2016, el cómputo de pena establecería que recién en diciembre de 2051 estaría en condiciones de solicitar el beneficio de la libertad condicional.

Tras la sentencia, Silvina De Melo y Mabel Ferreyra Da Rocha, hija y hermana de la víctima, respectivamente, se fundieron en un abrazo dentro de la sala de debates. “Estamos agradecidos a Dios, al fiscal y a los jueces, que hicieron su trabajo. De Irma me quedan los mejores recuerdos. Al fin puedo decir que mi madre va a descansar en paz y nosotros al menos vamos a tener un alivio en nuestros corazones”, expresó Silvina fuera del tribunal.

Silvina de Melo, una de las hijas de Irma, destacó la sentencia y agradeció el trabajo de la Justicia.

Fiscalía: ensañamiento, alevosía y femicidio

La octava y última audiencia del debate comenzó minutos después de las 8.30. Fue el fiscal Rau el encargado de exponer su alegato en primer término. Lo hizo de pie, en voz alta y apoyado de filminas en las cuales desarrolló su hipótesis, analizó declaraciones y expuso imágenes explícitas, de cuya sensibilidad advirtió, pero aseguró que contó con el apoyo de la familia de la víctima para exhibirlas a fin de graficar la cruenta muerte que atravesó Irma Ferreyra.

Allí, el representante de la Fiscalía reconstruyó que Irma y Esteche se conocieron en una fiesta por fin de año que se desarrollaba en el predio La Economía, conocido como La Saladita, de Garupá.

Según su cronología de hechos, el evento comenzó cerca de las 19 y Rau exhibió una última fotografía de Irma en la fiesta. Fue a las 23.25, mientras bailaba con Facundo Uboldi, ex cuñado de Esteche.

Para el fiscal Martín Rau, el imputado tuvo intenciones de matar a Irma.

Luego de ello, fue Esteche quien bailó con la mujer y ambos se retiraron de la fiesta cerca de las 00.30. Caminaron juntos, atravesaron un túnel peatonal y entre unos arbustos de “ligustrina” ubicados en la vereda de la calle 246 mantuvieron relaciones sexuales consentidas, pero luego se produjo el ultraje que más de 30 horas después derivó en la muerte de Irma.

El llamado a la Policía para alertar del suceso se registró a las 00.57. Para ese entonces, en la hipótesis de Rau, basada en los testimonios y pruebas recolectadas durante el proceso, Esteche ya había sido visto salir de la escena del hecho por tres testigos que esa noche regresaban a su casa.

Destacó a esos testigos. Fueron el ex prefecturiano Lucas Frutos, su pareja Sonia Poterala y su prima Luisa Amores, quienes fueron coincidentes al identificar al imputado como la persona que esa noche vieron salir del punto exacto donde Irma yacía malherida y agonizante. Describieron sus características físicas y su vestimenta: remera azul con estampado blanco, bermudas blancas y zapatos blancos.

La descripción coincide con otra foto tomada en la fiesta. La imagen fue capturada a las 11.07 y extraída del celular de su cuñado Uboldi. Allí aparece Esteche, vistiendo prendas idénticas a las descritas por los testigos.

La foto de Esteche durante la noche del hecho, proyectada por el fiscal Rau durante su alegato.

Rau también dedicó varios minutos de análisis a las declaraciones vertidas por el imputado a lo largo del proceso. En total fueron tres. Una en su indagatoria, otra en una ampliación de indagatoria y la última en la primera jornada de juicio.

El fiscal observó discrepancias en las tres declaraciones, resaltando que el imputado cambió de versión en cada una de ellas.

Recordó que en su primera declaración Esteche admitió haber tenido relaciones sexuales con Irma, pero que ella le reclamó por su insuficiencia sexual y “le pedía más y más”. Allí se produjo la introducción de una rama en el cuerpo de la víctima, aunque el imputado aseguró que fue por pedido de la mujer.

En su ampliación de indagatoria, en tanto, manifestó que tuvo relaciones con Irma, pero que cuando ella le reclamó por su insuficiencia sexual, “se levantó los pantalones” y se fue.

Por último, al comienzo del juicio, Esteche volvió a modificar su versión de los hechos. Admitió haberse retirado de la fiesta junto a Irma, pero aseguró que por el estado de ebriedad en el que estaban ni siquiera llegaron a concretar contacto sexual de ningún tipo. Agregó que él se fue de la escena y dejó a la mujer sola, que después de ello no sabe qué pudo haber sucedido, pero al ser detenido se autoincriminó por apremios sufridos en la comisaría.

“La confianza es lo más importante en un relación y, en este sentido, la relación es la del imputado con el proceso que enfrenta. Y este proceso le perdió la confianza al imputado. No hay consecuencia jurídica de castigo respecto a la mentira del imputado, pero la mentira del imputado provoca la falta de convicción en ustedes”, interpeló Rau a los magistrados del Tribunal.

A partir de ahí, el fiscal pasó a la siguiente etapa de su alegato, en la que explicó la mecánica del hecho y ello funcionó como antesala de sus consideraciones respecto a la calificación legal del caso.

Para Rau, el motivo del ataque fue el reclamo realizado por Irma respecto a una supuesta insuficiencia sexual del imputado. Fue después de ello que Esteche golpeó a Irma, la dejó inconsciente y la ultrajó con una rama de 58 centímetros destruyó varios órganos internos de la víctima, según la hipótesis fiscal.

En base a los aportes de los médicos forenses que realizaron la autopsia, el fiscal indicó que la “intensidad del daño” provocado fue “brutal”. Además, graficó que la víctima medía 1,53 metros de estatura y la rama utilizada en el ultraje ingresó 50 centímetros dentro de su cuerpo.

“Fue un empalamiento brutal, con una violencia inusitada pocas veces vista en mi carrera profesional”, sostuvo Rau.

El fisca también exhibió una fotografía de la lesión que el imputado presentaba en su mano derecha al momento de ser detenido. Apoyado en lo indicado por la médica policial que certificó esa lesión, la misma era compatible con la acción de manipular un elemento rombo o puntual, como puede ser considerada la rama utilizada para perpetrar el hecho.

Esteche es trasladado y custodiado por personal especializado del Servicio Penitenciario Provincial (SPP).

Desde ese punto procedió a referirse sobre la calificación legal del caso y modificó parte de la acusación de base. De “abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización, seguida de muerte”, mantuvo la figura del abuso, pero agregó que ello fue cometido en concurso real con un “homicidio triplemente calificado por ensañamiento, alevosía y femicidio”. Para él, Esteche tuvo manifiestas intenciones de asesinar a Irma.

Y argumentó punto por punto su planteo. Sobre el ensañamiento apuntó hacia el “medio elegido para matar. Si era un simple enojo quizás le bastaba con los golpes, pero tomó un medio brutal para provocarle el mayor sufrimiento a la víctima. Para humillarla”.

La alevosía lo justificó por el “completo estado de indefensión” en que se encontraba Irma. Desvanecida por cuatro golpes en el rostro. Tampoco encontraron en ella signos de defensa.

Y, por último, consideró aplicable la figura del femicidio como agravante, al señalar que el hecho se trató de un claro caso de violencia de género, donde un hombre se valió de su superioridad física y de predominancia para perpetrar el crimen.

“Soy consciente de la gravedad de la sanción. No me pone alegre nunca tener que solicitar una pena de prisión, no obstante tampoco puedo olvidarme de Irma. A partir de mi acusación, ustedes (por los jueces) van a tener la justicia en sus manos. Ustedes son quienes tienen que llevar justicia a los familiares de Irma, pero también a toda la sociedad, formada por muchísimas mujeres. Estoy pidiendo esta condena como fiscal, pero también como persona, como ciudadano. Justicia por Irma y basta de femicidios”, cerró Rau al pedir perpetua para Esteche.

La defensa: Esteche inocente

Luego, fue el turno de alegar del abogado defensor particular Edgardo Cabrera. El profesional consideró inocente a Esteche y apuntó “fallas” en la investigación y “negligencia” de parte del Estado en el caso, tras lo cual solicitó la absolución por el beneficio de la duda para su defendido.

Para Cabrera el Estado fue negligente a través de la Policía por sus errores en la investigación y de los médicos por la deficiente atención proporcionada a la víctima al momento de quedar internada en el hospital Madariaga.

“Las pruebas tienen una doble valoración. Sirven tanto como para probar como para exculpar. En una situación como esta las pruebas físicas están ausentes (…) los testigos y los relatos no son suficientes. Falta prueba física. No se lo puede acusar a Esteche de algo tan grave y la prueba que falta es la de saber quién hizo esto”, señaló el letrado.

El imputado junto a su abogado defensor Edgardo Cabrera durante el desarrollo del debate.

El defensor apuntó que la Policía falló en la preservación de la escena y recalcó que no hay pruebas genéticas que vinculen a Esteche con el hecho.

“Sorprende que se hable de una intencionalidad. Esteche solo tuvo intenciones de tener relaciones sexuales consentidas. No hay nada que revele una intención de matar y menos que vincule a Esteche con el hecho. En este expediente sólo vemos muchos errores y dudas”, agregó.

La teoría de la defensa sostiene que el imputado salió de la fiesta junto a Irma, pero que el encuentro sexual ni siquiera se llegó a concretar porque ambos estaban muy alcoholizados y que luego él se autoincriminó por los apremios padecidos al momento de ser detenido.

Para Cabrera, el hecho fue cometido por otra u otras personas -que no fueron investigadas- luego de que Esteche presuntamente dejara sola a Irma en cercanías al lugar donde posteriormente fue hallada malherida.

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Este miércoles indagan a Mario Peyer, intendente denunciado por abuso

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Mario peyer abuso

El Juzgado de Instrucción Uno de Puerto Rico, a cargo del magistrado Manuel Balanda Gómez, fijó para este miércoles la audiencia de declaración indagatoria para Mario Peyer, intendente en uso de licencia de Caraguatay, denunciado por abuso sexual en perjuicio de una trabajadora del concejo deliberante de ese mismo municipio.

La citación llega tras más de un mes de investigación, que incluyó secuestro de documentos, inspecciones oculares, pericias a dispositivos, informes médicos y toma de testimoniales por parte del juzgado que dirige el magistrado Balanda Gómez.

Al momento de comparecer ante la Justicia, Peyer tendrá la posibilidad de brindar su versión de los hechos o bien abstenerse de declarar, tal como lo ampara su derecho y sin que ese silencio le signifique presunción de culpabilidad.

La indagatoria, además, se dará un día antes del vencimiento de la licencia solicitada por el implicado como jefe comunal de Caraguatay, cargo que temporalmente quedó en menos de la concejal Norma Gularte, que obtuvo su banca por la Renovación y en diciembre se pasó a las filas de La Libertad Avanza (LLA).

Esta mañana, en diálogo con Radio Up, el letrado Sergio Rafael Báez, adelantó que Peyer aceptará declarar y ante la Justicia negará los hechos y reafirmará su inocencia, tal como lo hizo a través de sus redes sociales apenas estalló el escándalo.

Báez resaltó que desde el comienzo de la investigación el jefe comunal se puso a disposición de la Justicia y afirmó que durante el avance del expediente han presentado un “gran caudal de pruebas” para demostrar la inocencia de Peyer.

Denuncia y causa

La denuncia contra el jefe comunal fue radicada el pasado 25 de febrero, cuando una trabajadora del Concejo Deliberante de Caraguatay lo acusó por hechos de acoso y abuso sexual perpetrados a mediados del año pasado.

Sumado a la presentación inicial, más tarde la denunciante volvió a comparecer ante el juzgado y ratificó cada una de sus acusaciones, brindando un detallado relato de los padecimientos que afirma haber sufrido en manos del alcalde que llegó al cargo en 2023.

Ante la Justicia, la joven denunció que primer suceso ocurrió el 8 de julio de 2025, cuando el intendente citó a la joven en su despacho y le “acarició las manos”, entre otros actos de miramientos, tocamientos y expresiones indebidas.

El segundo episodio y más grave, sucedió el 4 de septiembre, en el marco del Día de la Secretaria, cuando el jefe comunal se presentó en el Concejo Deliberante para entregar presentes a las trabajadoras del lugar.

En esas circunstancias -amplia la denuncia-, el hombre ingresó a la oficina de la denunciante y tras una breve conversación, llaveó la puerta, se abalanzó sobre ella, le corrió la ropa y la sometió carnalmente, a la fuerza y sin el consentimiento de la muchacha.

La joven, incluso, narró que el intendente la golpeó y ejerció constante fuerza sobre ella para mantenerse en posición dominante durante el abuso. También describió que al momento del hecho llevaba pocos días de haber dado a luz, ante lo cual sufrió mayores dolencias físicas.

Después del hecho -aseguró la denunciante-, Peyer se retiró del lugar y amenazó a la joven para que no denuncie lo sucedido si quería mantener su trabajo, extorsión que se extendió durante varios meses, insertando a la víctima en un clima de sometimiento constante con llamados desde diferentes números telefónicos y visitas sorpresivas al Concejo Deliberante.

Atento a que Peyer goza de inmunidad de arresto por su condición de alcalde, el magistrado que dirige la investigación dispuso una serie de medidas preventivas, entre ellas una restricción de acercamiento y contacto hacia la denunciante.

Violación, golpes y amenazas: la denuncia contra el intendente de Caraguatay

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Encerró, violó y filmó a su amiga en Oberá: lo condenaron a 15 años de prisión

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El Tribunal Penal Uno de Oberá condenó este martes a 15 años de prisión a un joven comerciante que en 2023 fue denunciado por encerrar, violar reiteradas veces y grabar los ultrajes en perjuicio de una amiga con la que previamente había compartido una salida.

El debate constó de una sola jornada, instancia en la que se oyó el testimonio de la víctima, como así también de dos testigos, y se reprodujeron los cinco videos de absoluta explicitud que el acusado grabó durante la noche del hecho.

El implicado, que ahora deberá cumplir una pena de 15 años de prisión como autor de los delitos de “abuso sexual con acceso carnal, amenazas privación ilegítima de la libertad”, se trata de Marcelo José Duran (26), que hasta el momento del hecho se desempeñaba como comerciante y vendedor de libros.

Tras la etapa de incorporación de pruebas y durante el desarrollo de los alegatos, el fiscal Juan Pablo Fernández Rissi consideró plenamente acreditado el hecho y solicitó que el imputado sea condenado a 17 años de prisión, mientras que la defensa, encabezada por el letrado particular Roberto Bondar, pidió la absolución de su cliente.

El tribunal que llevó adelante el proceso y dictó sentencia estuvo presidido por el magistrado Horacio Gabriel Paniagua e integrado por sus pares David Ezequiel Augusto Milicich y Amado Julio Dante Carvallo (subrogante).

Noche de terror

El hecho que se ventiló en debate oral y que la Justicia consideró acreditado ocurrió entre la noche del 1 de octubre de 2023 y la madrugada siguiente, en un departamento ubicado sobre la avenida José Ingenieros de Oberá, donde residía la víctima, una joven de 20 años que mantenía una relación de amistad con Duran.

Según relató la víctima, esa noche se habían juntado a compartir un rato en una plaza de la ciudad hasta que cerca de las 00 ella se fue a su casa y él se ofreció a acompañarla, pero cuando arribaron al lugar el hombre cambió completamente de actitud, se tornó violento, le sustrajo la llave y la encerró en el departamento.

Una vez dentro -amplió la muchacha-, el joven la sometió a un calvario que se extendió durante largas horas. Lo que la denunciante describió fueron reiterados abusos sexuales, perpetrados bajo amenazas de muerte con un cuchillo, golpes y grabación de videos realizados a la fuerza por parte del implicado.

Fueron al menos cinco los audiovisuales luego recuperados del celular del sospechoso y que ahora, en el transcurso del debate oral de hoy, fueron reproducidos en la sala e incorporados como prueba por la fiscalía.

Este martes, Duran declaró ante las partes, aunque no contestó preguntas, y en su testimonio admitió que hubo relaciones sexuales, pero negó que los hechos se hayan producido sin el consentimiento de la muchacha.

Diametralmente opuesta fue la declaración de la denunciante, quien detalló que durante los abusos el hombre le confesó que cometía la violación porque estaba “obsesionado” con ella y que filmaba el acto para extorsionarla a cambio de que no radicara ninguna denuncia sobre lo sucedido.

De acuerdo al mismo relato, los abusos se extendieron desde las 00 hasta aproximadamente las 5, cuando Durán se retiró del inmueble y ese mismo día, aunque horas más tarde, fue detenido por la Policía, condición en la que continúa y ahora deberá permanecer varios años más.

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Imputaron por transfemicidio a los tres detenidos por el asesinato de Caí

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Muerte de caía

Dos de los tres detenidos por el crimen de Caí, la mujer trans asesinada a golpes en Puerto Iguazú, se desligaron del hecho, mientras que el restante implicado eligió guardar silencio al momento de declarar ante la Justicia, aunque de igual manera los tres fueron imputados como coautores del delito de transfemicidio, figura que prevé una pena de prisión perpetua.

Las audiencias de indagatoria se realizaron ayer en el Juzgado de Instrucción Tres de Puerto Iguazú, dependencia a la cual fueron trasladados desde la comisaría donde están alojados desde el sábado y uno a uno comparecieron ante Martín Brites, el magistrado que dirige la investigación iniciada el 2 de abril, cuando Caí fue encontraba gravemente herida en un eucaliptal ubicado en el predio de la comunidad Fortín Mbororé.

De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas, el principal apuntado por el crimen es Axel Facundo “Chana” M. (20), hijo del cacique de la mencionada comunidad mbya, quien eligió prestar declaración indagatoria, aunque negó haber sido el autor del golpe que provocó la muerte de la víctima y se desligó por completo del hecho.

El otro implicado que declaró fue Celso (17), quien dio en testimonio similar al de Chana y también rechazó la acusación. El tercer involucrado, Bruno “Nene” D. (18), optó por guardar silencio.

A pesar de sus testimonios, los tres sospechosos, todos ellos integrantes de comunidades guaraníes, fueron formalmente imputados por homicidio agravado por odio a la identidad de género de la víctima y violencia de género, figura contemplada por el artículo 80, inciso 4 y 11.

El caso

El caso comenzó a investigarse el pasado 2 de abril, cuando Caí, de nombre Claudia Gabriela Gómez (34), fue encontrada gravemente herida en inmediaciones a la comunidad Fortín Mbororé, donde residía en una casilla en contexto de extrema precariedad y abandono.

En esa instancia, la mujer trans quedó internada en el hospital Samic de Iguazú, donde finalmente falleció el miércoles 8 y la autopsia posterior concluyo que el deceso se produjo como consecuencia de una fractura de cráneo.

El examen forense además determinó que esa lesión fue provocada por un golpe efectuado con un objeto contundente. La víctima también presentaba múltiples heridas en el rostro, descarándose lesiones compatibles con abuso sexual.

Tras al hecho, organizaciones sociales, de derechos humanos y diversidades reclamaron justicia por la muerte de Caí.

En ese marco, según se pudo saber, el Observatorio de Crímenes de Odio LGBT del Instituto contra la Discriminación de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se puso a disposición y sus autoridades comenzaron a trabajar en conjunto con el juez Brites en pos de garantizar una investigación que respete la perspectiva de género y de diversidades.

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