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Policía imputado declaró que Escobar y Tabarez patearon a Guirula en el piso

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Guirula tavarez y escobar

De los seis policías sentados en el banquillo de los acusados por la muerte del albañil Carlos Raúl Guirula (33) en un procedimiento realizado en 2014, dos optaron por declarar hoy ante el Tribunal Penal Dos de Posadas y uno de ellos incriminó en forma directa a los imputados Lourdes Beatriz Tabarez (42) y Ricardo Rafael Escobar (42) como quienes “patearon en el piso” y “en la cabeza” a la víctima.

El testimonio se correspondió a Claudio Alberto Da Silva (35), que al igual que Carlos Alberto Zidorak (35), Lucas Nahuel Saravia Allosa (37), Claudio Marcelo Servián, más los ya mencionados Escobar y Tabarez, afrontan una imputación por “tortura seguida de muerte” y “ocultamiento de pruebas”, acusación bajo la cual son pasibles de ser condenados a prisión perpetua.

En aquella madrugada del 19 de julio de 2014, Da Silva fue uno de los primeros agentes en acudir al motel Park, donde el conserje del lugar solicitó la intervención policial ante la presencia del albañil Guirula, que en forma violenta se negaba a pagar dos botellas de wiskis a la salida de un turno.

Da Silva era un agente recién recibido y fue parte de la patrulla de la comisaría Decimotercera que acudió al lugar en una Toyota Hilux con el cabo Servian como chofer y con la oficial Tabarez como encargada.

El imputado narró que llegaron al motel cerca de las 3.20 y encontraron a Guirula ubicado en el asiento trasero de un Renault 19 que era propiedad de un compañero de trabajo suyo con el que había compartido la salida esa noche.

Para ese entonces, según ratificaron más testigos, el conflicto por el saldo de las bebidas ya se había solucionado, aunque de igual manera “Tabarez da la orden para detenerlo” a Guirula.

Da Silva relató que cuando eso sucedió Guirula pretendió encerrarse dentro del vehículo, lo cual fue impedido por Servian que atajó una puerta y juntos intentaron hacerlo descender, pero no pudieron.

“Ahí Tabarez ingresó por la puerta del otro lado y trató de empujarlo hacia afuera. Ahí a Guirula se escapa de nosotros y le pega un manotazo a la oficial”, continuó el acusado ante la atenta mirada del resto de los imputados.

Después de esa primera secuencia, Da Silva contó que logró colocarle una esposa a Guirula pero volvió a “alterarse” y recién logró ser extraído del vehículo cuando el cabo Escobar llegó como refuerzo del Comando Radioeléctrico.

Da Silva -el primero a la izquierda- fue uno de los imputados que declaró hoy.

Patadas y saltos

“Logramos sacarle del vehículo y lo paramos a un costado del auto, no podíamos reducirlo. Servián le propina tres golpes en el abdomen y tampoco pudimos. Ahí llega Zidorak, que le toma de la mano que tenía la esposa y Guirula cae boca abajo. Zidorak se acomoda con la rodilla sobre el hombro de la persona y me pasa la mano que no tenía la esposa”, describió.

Y continúa el relato de una de las secuencias del hecho que es una de las claves para esclarecer el caso: “Queríamos esposarlo por completo y en ese momento veo que Escobar le patea en la cabeza y Tabarez también. Zidorak los saca de un manotazo, pero Tabarez se va para atrás y vuelve a patearlo de frente”.

Da Silva añadió que una vez que lograron esposarlo por completo, levantan a Guirula para llevarlo hacia el patrullero, pero vuelve a resistirse y en medio de los nuevos forcejos cae sobre unas piedras.

Después logran subirlo en la cajuela de la camioneta Hilux, donde Saravia Allosa accionó un gas pimienta contra la víctima “a pedido de Escobar”, a quien Da Silva continuó incriminando.

“En el camino yo me fui del lado izquierdo de Guirula, Tabarez iba enfrente mío. Del otro lado estaba Bogado -otro policía que no fue imputado-, y Escobar estaba hacia el lado de la cabina. Él se paró arriba de Guirula y en reiteradas ocasiones le saltó encima con las dos piernas. Con Saravia le dijimos que se baje, que la persona ya estaba esposada, detenida, pero no logramos que se bajara”, apuntó.

Según Da Silva, el recorrido desde el motel Park hasta la comisaría Decimotercera habría durado “unos cinco minutos”, pero afirmó que al llegar a la dependencia Guirula ya no reaccionaba.

“Me dicen que le tiremos agua para que se despertara porque por ahí estaba dormido, pero no lo logramos. Savaria se acercó, le tocó y dice que no tenía pulso”, cerró el oriundo de El Soberbio.

El otro policía que declaró este miércoles fue el oficial subayudante Zidorak, que integraba el segundo patrullero del comando que llegó en apoyo y uno de los que participó en la reducción de Guirula.

“Lo acostamos en el suelo, apoyo mi rodilla en el hombro derecho porque esta persona seguía gritando y moviéndose por todos lados. Estaba Da Silva tratando de ayudar a colocarle las esposas, pero la persona siguió resistiéndose. Ahí Escobar apoya el pie sobre esta persona y de atrás aparece otra persona que patea la costilla derecha de esta persona”, añade, aunque sin tantas precisiones como el otro imputado que declararía en segundo turno.

De los agentes apuntados en estas declaraciones, hasta el momento solo Escobar manifestó su intención de dar su versión de los hechos, aunque lo hará más adelante por recomendación de su abogada Mónica Olivera.

Tabarez, que es representada por el defensor oficial Mario Ramírez, decidió abstenerse, aunque pueden cambiar de estrategia cuando lo consideren necesario. Lo mismo corre tanto para Saravia Allosa como para Servian. Todos los imputados cuentan con abogados defensores diferentes.

Escobar es apuntado como por golpear y además “saltar encima” de la víctima durante su traslado en la cajuela de un patrullero.

Wiskis pagos

Tras oír a dos de los imputados, el tribunal presidido por el magistrado Gregorio Busse e integrado por subrogancia por los jueces de instrucción Fernando Verón y Miguel Mattos, dio inicio a la etapa de testimoniales.

En esa instancia, uno a uno declararon la mucama, el encargado de seguridad y el conserje del motel Park, como así también uno de los compañeros que estaba junto a Guirula en aquella noche que terminó en forma trágica.

Los cuatro coincidieron que el conflicto se inició cuando el albañil se negó a pagar dos botellas de wiski. Describieron que en ese momento el hombre se encontraba “eufórico” y “violento”, razón por la cual decidieron acudir a la Policía.

No obstante, tanto la mucama como el conserje del lugar ratificaron que la deuda ya había sido saldada por el amigo de Guirula cuando llegó la patrulla encabezada por Tabarez.

Yo salgo a recibir a la Policía y le aviso que me acababan de pagar, que ya estaba todo solucionado. Ahí me dicen ‘bueno, pero tenemos que proceder’. Después de eso volví a mi oficina”, señaló el conserje Rodolfo González.

Continuidad

El debate continuará mañana con más testimoniales. La programación trazada consigna que el proceso se extenderá hasta el 19 de noviembre y se espera la comparecencia de casi 90 testigos.

La muerte de Guirula se produjo esa madrugada del 14 de julio de 2014. En el requerimiento de elevación a juicio, la fiscal de instrucción Amalia Spinatto, consideró que uniformados actuaron en forma excesiva y concluyó que el deceso de la víctima se produjo como consecuencia de la golpiza recibida.

Para arribar a esa conclusión se basó en el testimonio de todos los testigos que ahora deben ratificar o rectificar esas declaraciones en el juicio, como así también el informe de autopsia, donde se asentó que Guirula murió como consecuencia de una serie de traumatismos que le provocaron fracturas de costillas, entre otras lesiones de gravedad.

Lourdes Tabarez -en el fondo- era la encargada de la comisión que intervino en el motel.

Caso Guirula: tres de los seis policías imputados pidieron declarar mañana

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El STJ confirmó la condena al médico Vinuesa por abuso a cuatro pacientes

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó la condena a 4 años de prisión efectiva dictada a fines de 2024 contra el médico gastroenterólogo infantil Fernando Alfredo Vinuesa por cuatro hechos de abuso sexual simple cometidos en perjuicio de pacientes adolescentes.

La resolución del máximo órgano judicial de la provincia fue emitida este lunes, con el voto inicial del ministro Roberto Rubén Uset, al cual adhirieron sus pares Rossana Pía Venchiarutti Sartori, Cristina Irene Leiva, Cristian Marcelo Benítez, María Laura Niveyro, Juan Manuel Díaz y Valeria Fiore Cáceres.

La causa llegó al STJ tras un recurso de casación interpuesto por Julio César Lenzken, abogado defensor particular de Vinuesa, quien cuestionó el fallo emitido por el Juzgado Correccional y de Menores Dos de Posadas en diciembre de 2024 tras un debate oral que se extendió durante cuatro jornadas.

En su presentación, el letrado insistía en declarar la nulidad del requerimiento de elevación a juicio de la causa iniciada en 2019 y apuntaba imprecisiones en la acusación que perjudicaban el derecho de defensa en juicio.

No se advierte la existencia de vicio procesal alguno que habilite la declaración de nulidad, toda vez que el trámite se desarrolló conforme a derecho y con pleno respeto de las garantías procesales. Cabe agregar que durante el debate oral, el Sr. Defensor ejerció sin restricciones su derecho de defensa, formulando ofrecimiento de prueba, alegando y planteando nulidades, lo que permite concluir que no se ha configurado situación alguna de indefensión derivada de las observaciones planteadas”, responde el ministro Uset en la resolución a la que La Voz de Misiones tuvo acceso.

En otra línea, el magistrado argumenta que “la nulidad de la acusación solo procede cuando indeterminación impide comprender el hecho o genera indefensión real. En el presente caso, los hechos están probados y determinados en su esencia fáctica, por lo que la variación de fechas no genera indefensión material ni afecta el derecho de defensa”.

Asimismo, destaca que “la sentencia demuestra que el juez ha valorado la prueba de manera racional, ponderando los elementos de cargo y descargo, y otorgando mayor fuerza convictiva a aquellos que resultan más verosímiles y concordantes. No se advierte contradicción ni arbitrariedad en la valoración probatoria, sino un razonamiento lógico que conduce a la conclusión alcanzada”.

Por todo lo expuesto, el STJ resolvió declarar admisible el planteo recursivo, aunque rechazó los agravios esgrimidos y en consecuencia confirmó el fallo oportunamente dictado por el Juzgado Correccional y de Menores Dos de Posadas, en ese momento a cargo del magistrado ahora jubilado César Raúl Jiménez.

En dicha sentencia, Vinuesa fue condenado a la pena de 4 años de prisión efectiva e inhabilitación perpetua para ejercer la medicina como autor penalmente responsable del delito de “abuso sexual simple, cuatro hechos en concurso real”, aunque el cumplimiento de la pena fue diferida hasta que el fallo quedara firme, lo cual ocurrió ahora tras la revisión del STJ.

El fallo condenatorio fue emitido el 6 de diciembre de 2024, tras cuatro audiencias de juicio oral en el que las cuatro denunciantes ratificaron haber sido manoseadas y acosadas por el médico. En el proceso oral intervino como fiscal María Laura Álvarez, que en la instancia de alegatos había solicitado una pena de 7 años de prisión para el acusado.

FOTO: Archivo El Territorio.

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Ex gendarme irá a juicio por el crimen de su esposa 24 años después

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Después de 9.047 días, lapso en el que pasaron nueve presidentes, siete mundiales y hasta cuatro papas, el ex gendarme misionero Carlos Ramón Gómez enfrentará debate oral y público como único acusado por el asesinato de su esposa María Esther Barreda (36), cometido el 9 de diciembre de 2001 en Posadas.

El debate se realizará en el Tribunal Penal Dos de Posadas. Comenzará el 16 de septiembre, se extenderá durante otras dos jornadas consecutivas y se espera la comparecencia de al menos diez testigos, según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones,

El tribunal será presidido por el magistrado César Antonio Yaya y estará integrado por otros dos jueces como vocales subrogantes, mientras que en la fiscalía actuará Vladimir Glinka y en defensa del imputado estará la abogada particular María Laura Alvarenga.

Gómez llega a esta instancia libertad y enfrenta cargos por “homicidio calificado”, figura bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua, pena que al momento del hecho preveía 25 años de cárcel. 

El expediente quedó habilitado para tratarse en debate oral luego de que el pasado 7 de julio la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) fallara en contra de uno de los tantos planteos defensivos que los diferentes abogados de Gómez presentaron a lo largo de dos décadas.

En la previa al inicio del juicio, la defensora de Gómez dialogó con este medio y expresó que “se intenta llevar a juicio pese a la existencia de una resolución del 19 de noviembre de 2003 que ordenó aplicar las normas relativas a la inimputabilidad y al sobreseimiento, decisión que quedó firme al no haber sido recurrida mediante el recurso de casación que correspondía”.

“A más de 24 años del inicio de la causa, se reclama que los tribunales resuelvan de manera efectiva tanto el planteo de cosa juzgada como la eventual vulneración del derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable, antes de avanzar con un nuevo debate oral, ya que tanto, peritos como testigos fundamentales de la causa ya no se encuentran por diversos motivos, entre ellos por fallecimiento”, planteó.

Y agregó jurisprudencia que buscarán hacer valer en el caso: “Se desconoce doctrina de la corte donde se apercibió al Superior Tribunal de Justicia por desconocer la cosa juzgada y la preclusión en expte. Mierez Ruben y otros en 2012. Por ejemplo, desconoce totalmente la doctrina la Corte IDH -obligatoria- en los autos López de Belva y otro vs. Argentina (publicado en 08/2026)- deviniendo en una cuestión de grosera gravedad institucional”.

María Laura Alvarenga será la abogada defensora del ex gendarme.

Crimen y derrotero judicial

El hecho que se pretende esclarecer se registró el 9 de diciembre de 2001 y la víctima fue María Esther Barreda, una mujer de 36 años que estaba en pareja con el ex gendarme acusado.

Según lo reconstruido en su momento, el crimen ocurrió en una vivienda del barrio San Lucas, a pocas cuadras del club Centro de Cazadores de Posadas, donde Gómez habría encontrado a su pareja con otro hombre y la atacó a balazos con su arma reglamentaria.

La mujer recibió un total de cuatro disparos y falleció en el lugar, mientras que el ex uniformado huyó de la escena para un día después entregarse en el puesto de Gendarmería Nacional Argentina (GNA) de San José.

Inicialmente, la causa quedó en manos del Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, presidido en ese entonces por el magistrado Eduardo D’Orsaneo, aunque más tarde el caso ingresó en un largo proceso recursivo y el derrotero judicial que se extendió durante más de 20 años fue reconstruido por El Territorio en 2022.

Tras las primeras actuaciones, el juez D’Orsaneo dictó la prisión preventiva para el imputado e incluso más tarde la fiscal Margarita Wenner avanzó con el requerimiento de elevación a juicio.

La defensa, por su parte, jugó otra carta. Se opuso al requerimiento y pidió el sobreseimiento de Gómez alegando una “inimputabilidad” de su cliente en razón de haber actuado en forma “enceguecida” por encontrar a su pareja con un presunto amante.

Para 2003, en el expediente intervino el Tribunal Penal Uno de Posadas, que resolvió revocar la elevación a juicio y dictar el sobreseimiento de Gómez, cuya ejecución fue apelada, no así la resolución que lo dispuso.

ex gendarme juicio posadas

El ex gendarme fue detenido en dos oportunidades: al comienzo del caso y en 2013. Ahora llega en libertad al debate.

De ahí, el asunto pasó a manos del Tribunal Penal Dos, actuando como Cámara de Apelaciones, cuyas autoridades consideraron que el caso debía seguir siendo investigado y en consecuencia remitió las actuaciones al Juzgado de Instrucción Uno, entonces presidido por Horacio Gallardo (fallecido), que liberó al sospechoso y estableció una prórroga extraordinaria para resolver si Gómez debía ir al banquillo o no.

Los años pasaron y recién en 2013 el ex gendarme volvió a ser detenido para enfrentar el juicio. El inicio de las audiencias estuvo programado para 2018, pero fue suspendido por el pedido de licencia del fiscal.

En ese lapsus, la defensa volvió a jugar otra carta y recurrió al máximo órgano judicial del país aludiendo el sobreseimiento dictado en su momento a favor de Gómez, entre otros planteos como de prescriptibilidad, arbitrariedad y violación del principio de defensa en juicio por preclusión.

Ese planteo es el que recientemente respondió de manera negativa la Corte, aunque sin analizar la cuestión de fondo. Tras ese revés, Gómez quedó sin más posibilidades recursivas y, por eso, a partir del 16 de septiembre estará en el banquillo de los acusados. 

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Los fundamentos de los jueces en el fallo por el caso Belén López

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Belén López jueces

Las diferentes posturas exhibidas entre los jueces Miguel Mattos y Gustavo Bernie, por un lado, y la magistrada Viviana Cukla, por el otro, en el caso Rocío Belén López (15), por cuya muerte su madre fue condenada a 16 años de prisión, se tradujeron en un documento de 237 páginas en el que cada uno volcó sus fundamentos.

En la sentencia dictada el 14 de agosto por el Tribunal Penal Uno de Posadas, la madre de la adolescente, Mariela Andrea Ramírez (48), fue condenada como autora del delito de homicidio calificado por el vínculo en su modalidad por omisión, aunque el fallo no fue unánime, sino por mayoría y con el voto disidente de Cukla.

En los fundamentos del fallo, el primer voto le correspondió a Bernie, quien como consideró “acreditada la hipótesis acusatoria” planteada por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato consideró que la mujer dejó morir de hambre y de sed a su hija en forma deliberada. 

El presidente del tribunal articuló su voto en seis “extremos fácticos” mediante los cuales dio por probado que Rocío falleció como consecuencia de un cuadro de desnutrición y deshidratación que fue generado por el descuido de su madre, quien a su vez conocía las consecuencias de su accionar y tenía posibilidades de evitarlo.

Bernie no puso reparos en el informe forense incorporado en la causa y resaltó que las conclusiones vertidas “confluyen” con los testimonios recopilados.

Sobre esa base, concluyó: “Teniendo por probado que no ha existido otra causa probable de muerte cuyo análisis me permita alejarme de la establecida por el especialista, y que ante la adecuada alimentación e hidratación R.B.L. no hubiera llegado a la causa que provocó su muerte, debo considerar probado que si R.B.L. hubiera sido alimentada e hidratada adecuadamente no hubiera fallecido”.

Ramírez recibió 16 años de prisión y fue alojada en la UP V de Mujeres de Miguel Lanús.

En otro apartado de su voto, el magistrado admite que Ramírez se encontraba en condiciones de vulnerabilidad económica y social, aunque entiende que no hay “justificaciones” que la exculpen ya que si solicitaba ayuda la niña seguiría con vida.

En esa línea, resalta que la mujer “no trabajaba después de las 14” y plantea que “no se ha explicado a lo largo del presente debate cual sería el impedimento con que contaba la Sra. Ramírez para solicitar dicha ayuda al servicio médico local, cuya gratuidad es conocida públicamente”.

También ponderó las declaraciones de las antiguas vecinas del barrio Terrazas y las escaras que presentaba la niña como indicio del “descuido” al que Ramírez sometía a su hija, como así también valoró las fotos de la escena del hecho para calificar como “depósito” a la habitación donde la imputada tuvo a Belén durante los diez días que estuvo a su cuidado exclusivo entre el 13 y el 23 de julio de 2013.

El magistrado no restó importancia al diagnóstico de Síndrome de Rett que presentaba la adolescente, pero entendió que el nivel de desnutrición y deshidratación obedecía a un accionar de la madre y no al cuadro de clínico de base.

“Diez días antes, estando bajo el cuidado de su tía y su abuela, R.B.L. ya tenía síndrome de Rett, ya tenía nivel de nutrición e hidratación deficiente (normal para una persona con la condición mencionada) sin embargo su deceso se produce luego de los diez días al cuidado de la Sra. Ramírez, no queda más que inferir que si la misma hubiera mantenido el nivel de alimentación e hidratación que R.B.L. tenía hasta diez días antes, los valores no hubieran sido aquellos que generaron su muerte”, repasa Bernie, opinión a la cual adhirió Mattos.

En su voto Bernie también explica como circunstancias de atenuación en la imposición de pena tuvo en cuenta el cuadro de base que presentaba la niña, la gestión en soledad del cuidado y la situación de “vulnerabilidad social y económica” de la imputada al momento del hecho.

Bernie y Cukla, los magistrados del tribunal opinaron en sentido contrario.

El voto disidente

En sentido opuesto opinó Cukla, que en su voto abogó por la absolución de la imputada y propuso analizar el caso con perspectiva de género y discapacidad.

Para la magistrada el “núcleo del problema” radica en la “prueba médica”, advirtiendo que la autopsia fue practicada por un médico sin conocimientos específicos sobre el Síndrome de Rett, lo cual derivó en conclusiones sin el grado de certeza requerido.

No está determinada con certeza la causa concreta del fallecimiento ni el mecanismo que condujo a él. Está probado el resultado muerte. Está probado que el cuerpo presentaba desnutrición, deshidratación severa y escaras. Es probable que un déficit de ingesta haya operado en ese cuadro. Pero no está probado que la muerte se haya debido exclusivamente a esa privación, ni que las restantes causas compatibles con la patología de base -muerte súbita, arritmia asociada a la prolongación del QT, crisis convulsivas, un proceso inflamatorio pulmonar que el propio forense presumió- hayan quedado excluidas”, resumió.

Cukla tampoco dio por probado “el momento en que se habría iniciado la privación, ni su extensión, ni si fue total o parcial”, ni el carácter “deliberado” de la supuesta omisión de Ramírez.

“Esa afirmación no se apoya en prueba directa alguna, no hay testigo, ni registro, ni manifestación de la imputada en ese sentido, sino en una inferencia construida sobre el estado del cuerpo y de la habitación, que son datos del resultado y no de la voluntad”, añadió.

En otro apartado, la magistrada reflexionó la aplicación de perspectiva de género, pero no como un “criterio de indulgencia”, sino como un “método de control del razonamiento probatorio”.

Según su parecer, en varios testimonios vertidos en la causa se imponían comentarios “estereotipados” y que solo cargaban en el reproche en la mujer y no en el rol del hombre, en este caso en el padre biológico de Belén, que nunca se hizo cargo de la niña.

“Aquí no se juzga si Mariela Ramírez fue una buena madre, ni si su comportamiento se ajustó a lo que sus vecinas, su empleada doméstica o su familia esperaban de ella. Se juzga si realizó u omitió una conducta determinada, en un tiempo determinado, con determinadas consecuencias”, apuntó.

Caso Belén: su madre fue condenada por homicidio y recibió 16 años de prisión

 

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