Judiciales
Los rugbiers pidieron perdón: “No quisimos matar a nadie”
Los ocho rugbiers acusados por el crimen de Fernando Báez Sosa hicieron uso de sus palabras finales en el juicio. En general, con sus declaraciones, todos se disculparon con la familia del joven asesinado en enero de 2020 y dijeron que no quisieron matarlo
La exposición de los imputados se dio en el marco de los alegatos realizados por su abogado, Hugo Tomei, tras lo cual el Tribunal de Dolores anunció que la sentencia se dará a conocer el próximo lunes 6 de febrero.
“Ante todo quiero pedir disculpas a la familia de Fernando por todo lo causado, estoy muy arrepentido. Estoy muy mal desde lo que pasó, triste por todo lo sucedido y quiero pedir disculpas, nunca tuve intención de matar a nadie ni participar de ningún asesinato”, dijo Lucas Pertossi, y cerró con un “gracias por escucharme”.
Le siguió Blas Cinalli, quien también tomó el micrófono y ofreció “disculpas a todas las personas afectadas. Es algo que duele muchísimo y es muy triste, no hubo ningún plan”.
Luego fue el turno a Matías Benicelli, quien dijo: “Nunca quise que esto pasara, no tuve plan. Estoy arrepentido, quisiera volver el tiempo atrás y nunca quise matar a nadie”.
Por su parte, Ciro Pertossi, agregó: “Quería decir que estoy arrepentido, por favor pedir perdón a la familia por haber estado en una pelea donde falleció un chico de nuestra edad. Nunca voy a querer matar a nadie. Me afecta mucho. Quisiera pedirle perdón, es muy feo y también de lo que nos acusan”.
Más escueto fue Ayrton Viollaz, quien dijo: “Quiero pedir perdón a la familia de Fernando, estoy arrepentido de todo, muchas gracias y que dios los bendiga”.
Uno de los más complicados por el caso, Máximo Thomsen, rompió en llanto desde un primer momento cuando tomó el micrófono: “Quería pedir disculpas, y a todas las personas afectadas, jamás pensé que algo así vaya a poder pasar. Jamás tuve intención, no podemos volver el tiempo atrás y no queda otra que pedir disculpas”.
Por su parte, Enzo Comelli también le ofreció disculpas “a la familia de Fernando, a la mía y a todas las personas afectadas por este hecho aberrante en el que falleció una persona de nuestra misma edad. Sinceras disculpas”.
Por último, y antes de escuchar a la presidenta del Tribunal dar por cerrado el debate y anunciar la fecha del veredicto, Luciano Pertossi pidió disculpas y dijo estar “arrepentido”.
Tras las últimas palabras de los acusados, la jueza María Claudia Castro anunció que el próximo lunes 6 de febrero se dará a conocer la sentencia y tanto la Fiscalía, como la querella y la defensa afirmaron estar de acuerdo con la decisión, informó la agencia NA.
Alegato defensor
El abogado defensor de los rugbiers, Hugo Tomei, pidió hoy la absolución de los ocho “porque el hecho no está probado”, realizó fuertes críticas a los medios de comunicación, al abogado de la querella Fernando Burlando, y hasta al presidente Alberto Fernández, de quien dijo que se refirió a los imputados y pidió perpetua.
Además, el letrado sostuvo que la muerte del joven fue un homicidio en riña, cuestionó que haya sido planificado por sus defendidos, y pidió que la condena sea por homicidio en riña o la figura de preterintensional, el cual prevé cada uno de hasta seis años de prisión, o bien la figura de homicidio simple con dolo eventual.
Después de sus primeras palabras, el abogado pidió mostrar un video donde se observaron recortes de medios donde el representante de la querella, Fernando Burlando, insultó a los ocho rugbiers al describirlos como “asesinos e hijos de puta”.
“Esto duele porque es un profesional reconocido, de los mejores, y logró que los acusados estén encerrados en celdas diminutas”, manifestó.
En otra parte de su alegato, comentó: “Me gritaron asesino antes de entrar”, y se refirió así al momento en el que hizo su ingreso este jueves a los tribunales.
Durante su lectura, Tomei dijo que iba a pedir la absolución de todos los acusados, ya que no está determinado quién le pegó a Fernando y a sus amigos.
Además, el letrado hizo parar a tres de los imputados y les preguntó a quién le pegaron de forma irónica, ya que según su alegato, en la instrucción penal de la causa se los acusaba de algo y ahora, en los alegatos de la Fiscalía y la querella, se los acusa de otra.
Tomei dijo también que “no está probado” el hecho y se quejó de la “indeterminación” de la acusación que el miércoles hizo la querella y la Fiscalía al pedir la pena de prisión perpetua.
“Toda la evidencia está contaminada, la sentencia que se pueda dictar va a intentar aproximarse, pero no pueden salir de una cuestión cómo está”, les dijo al Tribunal.
“Los acusadores probaron otro hecho, es fácil. Ocho sujetos acordaron dar muerte a Fernando Báez Sosa. Me quejé de la indeterminación, y ahora pretende ser determinada. Cinco le pegaron y otros tres no”, comenzó e hizo referencia a la acusación inicial que rezaba que cinco de los ocho le pegaron a Fernando y otros tres sólo a los amigos de éste, haciéndolos partícipes del homicidio: Ayrton Viollaz, Lucas y Luciano Pertossi.
Acto seguido, empezó a cuestionar la declaración de los testigos porque “no pudieron ver” por su ubicación, y también reclamó: “No está el dolo, hay una imposibilidad de probarlo, recuerdo que la fiscalía lo puso ayer en una patada en la cabeza y me preguntaba, si patear la cabeza a alguien implica la intención de muerte”, dijo.
También adujo que “los pibes no tenían ni idea de lo que habían hecho” porque se fueron a comer al Mc Donald’s y luego a dormir.
“Tenían autos para la huida, filmaron su propio crimen, invitaría a pensar si una empresa criminal se planifica de esa manera, no lo entiendo”, increpó al Tribunal.
En el punto de la autopsia sobre el cuerpo de Fernando, el abogado aseguró que hubo entre seis y siete golpes, y en “función de patadas y puños” no coincide con los relatos. “Si hay alguien que no miente es la autopsia”, agregó.
“No hubo dolo y no veo la planificación, no hubo estado de indefensión, sino una agresión de mis defendidos hacia el otro grupo y eso hecho debe ser calificado por homicidio en riña o agresión”, o en su defecto, “homicidio simple con dolo eventual”, y también “el homicidio preterintensional”.
Al concluir, Tomei sostuvo: “Espero que la sentencia sea justa y una posibilidad de enseñanza, para todos nosotros que nos vemos involucrados en conflicto y espero que ninguno sea como este del tratamiento que se le dio de algunos medios de comunicación”.
Judiciales
Gurina y Sánchez rechazaron una probation y este martes arranca el juicio
Los docentes Mónica Gurina y Leandro Sánchez rechazaron una probation propuesta por la fiscalía y en consecuencia mañana iniciará tal como estaba previsto el juicio oral contra ambos dirigentes sindicales acusados por “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, cometidos durante las protestas salariales del año pasado en Posadas.
El inicio del debate oral está pautado para las 8 y el proceso se realizará en el SUM del Palacio de Justicia, escenario designado tras un pedido de la defensa para garantizar un mayor número de aforo.
Los docentes contarán con la defensa del letrado Eduardo Paredes y María Laura Alvarenga, mientras que la fiscalía estará representada por María Laura Álvarez, en tanto que el tribunal unipersonal encargado de impartir justicia estará presidido por la magistrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas.
Fuentes consultadas por La Voz de Misiones señalaron que el jueves pasado la fiscal Álvarez elevó una propuesta de suspensión de juicio a prueba, más conocido como probation, donde ofrecía la realización de tareas comunitarias como alternativa para resolución del conflicto.
La medida no implicaba el reconocimiento de ningún delito ni contaba como condena, pero los imputados decidieron rechazar la propuesta y enfrentar las acusaciones en debate oral, donde las posibilidades se reducen a un fallo condenatorio o a una absolución.
“Esto no es una cuestión criminalizable, independientemente de que se haga este juicio, que me parece una torpeza. Aunque sean condenados ellos van a pelear hasta donde sea”, precisó Paredes a LVM.
Y argumentó que “esta una cuestión gremial, en el ámbito, en el contexto, de una licuación de salarios del año pasado, y por otra parte es asambleario, es decir, es una asamblea la que decide (las medidas de protesta), no ellos. Esto no es una brigada militar donde solo Gurina y Sánchez, deciden. Ellos son voceros, son los que llevan la voz de la asamblea”.
De esta manera, Gurina y Sánchez se sentarán mañana en el banquillo de los acusados. Primero oirán el auto de elevación a juicio del expediente formulado por la fiscal de Instrucción Siete Patricia Clerici y una vez abierto el debate tendrán la oportunidad de declarar.
Posteriormente se dará inicio a las testimoniales, etapa que se extenderá durante al menos una jornada más hasta la instancia de alegatos finales previo al dictado de sentencia.
Acompañamiento y defensa
Bajo el lema “la lucha por el salario no es delito”, gremios docentes, sindicatos, organizaciones de derechos humanos y agrupaciones políticas se convocaron para acompañar mañana a los enjuiciados desde las escalinatas del Palacio de Justicia, ubicado sobre avenida Santa Catalina de Posadas.
“La exigencia de absolución para Mónica y Leandro es un eje de acción que está presentes en todas las acciones llevadas adelante por el Frente de Trabajadores de la Educación en Lucha, conformado por un conjunto de organizaciones que nuclean a docentes en la provincia. También la Mesa de Unidad, que suma al MPL, sectores autoconvocados y algunas seccionales de ATE Misiones, han persistido en incorporar esa demanda a sus reclamos”, señalaron.
Los trabajadores de la educación fueron procesados por “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, delitos que presuntamente fueron cometidos en el marco del acampe docente realizado a mediados de 2024 sobre la avenida Uruguay para reclamar mejoras salariales.
Judiciales
Jabornicky denunció por acoso judicial a Flores y pidió sancionar a Risko
El abogado Alejandro Jabornicky, que enfrenta una causa por violencia de género de su ex pareja, la diputada provincial electa Rita Flores, denunció a -ésta por “acoso judicial” y “mala fe procesal”, y pidió al juez de Instrucción 7, Miguel Mattos, que sancione a su colega y abogada de la querellante, Silvia Risko.
En un escrito, patrocinado por el abogado José Paulino Medina, Jabornicky contestó a la denuncia y el pedido de prisión preventiva por “violencia de género digital”, formalizados la semana pasada por Flores, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en un posteo, que la legisladora electa y Risko, consideran una publicación pagada de la red social, que violenta la orden judicial de restricción de septiembre pasado.
“La petición de la querella constituye un claro acoso judicial: pretende transformar una fotografía en redes sociales en un delito inexistente, invocar un riesgo de femicidio sin sustento y emplear figuras de violencia política y digital de modo oportunista”, sostiene la presentación de Jabornicky y sentencia: “Estos actos constituyen un abuso del proceso y deben ser sancionados”.
“La querellante ha presentado un pronto despacho solicitando la detención y prisión preventiva, invocando un supuesto ‘ciber-hostigamiento’ por publicaciones en Instagram. Acto seguido, sostiene que existe riesgo de femicidio, violencia política y amenaza agravada, imputando hechos graves que no están acreditados en autos ni son consistentes con la medida cautelar”, señala la presentación de Jabornicky y asegura que “ello evidencia una estrategia de hostigamiento procesal, encaminada a presionar al imputado mediante la reiteración de pedidos desproporcionados y sin sustento jurídico”.
Temerarias
El escrito señala que la orden de restricción que le impuso el juez Mattos a Jabornicky el 9 de septiembre pasado, luego de la denuncia de Flores en su contra, dispuso “la prohibición de acercamiento en un radio de 500 metros”, y “todo tipo de contacto físico, verbal, telefónico, de correo electrónico y/o cualquier otro tipo o medio que signifique intromisión injustificada”, pero que “no se prohibió publicar fotografías, ni expresar ideas en redes sociales”.
Según la presentación judicial, desde la notificación de la medida, el imputado Jabornicky “ha respetado íntegramente la prohibición de contacto: no hubo acercamientos físicos, llamadas, mensajes, correos, ni interacción de ningún tipo con la denunciante”, y asegura que “las supuestas ‘publicaciones’ en redes sociales son fotografías genéricas de hechos pasados y no constituyen ninguna forma de contacto ni intromisión injustificada”.
El escrito dirigido al juez Mattos, acusa a Flores y Risko de “presentaciones reiteradas y desproporcionadas”, “afirmaciones falsas o sin prueba”, “calificaciones jurídicas infundadas” y “temeridad y mala fe procesal”.
Afirma que, en la última denuncia de Flores, Risko “asevera que el imputado ‘abonó publicidad de la publicación de Instagram’ e interpreta que ello configura violencia digital”, y asegura que “estas afirmaciones no están acompañadas de prueba alguna”.
“La querella invoca la Ley 27.736 sobre violencia de género digital y la Convención de Belém do Pará, pretendiendo encuadrar una publicación genérica como un delito de ciber-hostigamiento”, relata Jabornicky y acusa: “Esta ampliación no solo carece de sustento fáctico, sino que constituye un abuso del derecho penal al pretender equiparar una fotografía con un acto de violencia digital”.
Desmiente, asimismo, que hubiera incurrido en “violencia política” contra Flores, en su rol de legisladora electa a punto de asumir, y que tal afirmación ignora que “el proceso penal en curso se refiere a hechos anteriores y que el suscripto ha mantenido un comportamiento respetuoso y alejado de la vida pública de la Sra. Flores”.
“No existe en autos ningún indicio de que las publicaciones referidas tuvieran un ánimo de obstaculizar la función pública”, señala el escrito.
Jabornicky invoca el artículo 32, del Código Procesal Penal de Misiones, y el artículo 34, inciso 6º, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para acusar a Flores y Risko de llevar a cabo “un ejercicio irresponsable y abusivo del derecho de acción que persigue hostigar y estigmatizar al imputado”, que “constituye, en términos doctrinales, acoso judicial” y “justifica que se disponga un llamado de atención o sanción al profesional interviniente”.
“La conducta de la querella no solo busca imponer una prisión preventiva desproporcionada, sino que pretende censurar la libertad de expresión y asociación del imputado mediante el bloqueo de sus redes sociales”, lo que “atenta contra los derechos constitucionales a la libertad de expresión, al trabajo y a la defensa en juicio, pues se pretende privar al imputado de medios lícitos de comunicación y de interacción social sin fundamento legal alguno”.
Amonestación
Por todo lo expuesto, Jabornicky pide al juez Mattos que declare “la existencia de temeridad procesal y abuso de derecho” por parte de Risko y la amoneste, “recordándole su obligación de ajustarse a la verdad y al derecho, bajo apercibimiento de imponer sanciones”.
A la vez, solicita “advertir a la querella que cualquier nueva presentación deberá fundarse en hechos objetivos y acreditados en autos, absteniéndose de utilizar el proceso como medio de hostigamiento o propaganda política”, y “reafirmar que la medida de restricción vigente prohíbe el contacto e intromisiones con las víctimas, pero no suprime la libertad de expresión, ni la posibilidad de publicar contenidos generales, por lo que cualquier interpretación extensiva debe desecharse”.
DENUNCIA_DE_ACOSO_JUDICIAL_Y_ABUSO_DE_PROCEDIMIENTO (1)Judiciales
Piden detención de Alejandro Jabornicky por publicar fotos con su ex pareja
La diputada provincial electa, Rita Marina Flores, denunció a su ex pareja, el abogado Alejandro Jabornicky, por “violencia de género digital” y a través de la querella pidió su prisión preventiva, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en una publicación pagada de la red social.
Flores oficializó la presentación judicial el jueves pasado, en la Fiscalía de Instrucción Dos de Posadas, y solicitó que se agregue al Expediente 1353277/2025, de la causa por violencia de género contra el letrado por hechos ocurridos a principios de septiembre en el domicilio de Jabornicky, que se tramita en el Juzgado de Instrucción Siete, a cargo del juez Miguel Mattos.
En la ocasión de esa primera denuncia, el domicilio del abogado fue allanado, y Jabornicky fue detenido y estuvo cuatro días recluido en una celda de la comisaría Segunda, sobre la avenida Tambor de Tacuarí, incomunicado.
A la par, la Justicia le concedió a Flores un botón de pánico y le impuso a Jabornicky una orden de restricción que, ahora, con la publicación de su foto con ella en Instagram, la represente legal de la diputada provincial electa considera violentada por el letrado.
Boluda
“La orden de restricción es una manda judicial y desobedecer es una falla penal; es desobediencia judicial”, afirmó Silvia Risko, abogada de Flores en declaraciones a LVM, y agregó: “La orden es que no puede ni acercarse físicamente, ni por teléfono, ni mail u otro contacto”.
“Son fotos del año pasado, que él promocionó pagando publicidad”, apuntó Risko y lanzó: “Eso es cagarse en la orden del juez”.
La abogada remarcó, además, “la intención de hostigamiento, invalidación y revictimización”, de parte de Jabornicky hacia su cliente, e incluso acusó al letrado de “intentar minar la imagen pública” de Flores, de cara a su asunción en la Legislatura el 10 de diciembre próximo.
“Paga una publi en la red social a días de asumir ella”, precisó Risko y contó que, a partir de esta publicación de Jabornicky, Flores “comenzó a recibir mensajes de gente que le pregunta si volvió con él, y eso la hizo perder la tranquilidad”.
“El agravante es el hecho de que pague la publicación, con el claro objetivo de invalidar su denuncia por violencia, para que la gente diga: ‘Mirá, esta boluda volvió al final’”, afirmó.
Ciclo
La fitración del escrito de Flores, al que tuvo acceso La Voz de Misiones, encuadra jurídicamente todo lo argumentado por Risko.
“El hostigamiento a través de un medio público digital NO significa una intromisión menor, sino un ACTO DELIBERADO DE CIBER- HOSTIGAMIENTO que REACTIVA el ciclo de violencia, EXPONIENDO PÚBLICAMENTE A LA VÍCTIMA JUNTO A SU AGRESOR, interrumpiendo de manera efectiva la indemnidad psicológica de la Sra. Rita Marina FLORES y REAFIRMANDO el poder y control que el imputado pretende tener sobre la víctima, REVICTIMIZÁNDOLA, quien revive la situación traumática sufrida por las amenazas de muerte y violencia ejercida hacia su persona y el de su niña, generando un estado de terror y total indefensión ante su agresor”, señala el texto.
Asimismo, en otro párrafo asegura que “las AMENAZAS DE MUERTE efectuadas por el Sr. JABORNICKY a la Sra. FLORES, como también, el incumplimiento de la manda judicial, constituyen ANTECEDENTES GRAVÍSIMOS, existiendo CLARO RIESGO DE FEMICIDIO, todo ello ya que, la desobediencia judicial de quien amenazó con MATAR, DEGOLLAR y luego TIRAR A UN ZANJÓN a la Sra. Rita FLORES…NO PUEDEN SER TOLERADOS POR LA JUSTICIA, quien debe actuar conforme a los protocolos, doctrina y jurisprudencia con PERSPECTIVA DE GÉNERO, PROTECCIÓN A LA VÍCTIMA Y DEBER DE DILIGENCIA DEBIDA, EXISTIENDO UN RIESGO CIERTO PARA DEJAR A LA VÍCTIMA LIBRADA A SU SUERTE EN TOTAL DESAMPARO”.
En tal sentido, argumenta que “la prisión preventiva es la ÚNICA medida de protección eficaz que se ajusta al estándar de debida diligencia ante casos de violencia de género, todo ello acorde al Art. 7, inc. b, de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), que impone a los Estados el deber de actuar con la debida diligencia para prevenir y sancionar todo acto de violencia. Más aún, el Art. 7, inc. f, exige ‘establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia, que incluyan, entre otros, medidas de protección’”.
Agravante
En otro tramo, la denuncia acusa a Jabornicky de ejercer “violencia política” contra Flores, habida cuenta de su investidura como diputada electa, y ubica la situación como “agravante del hostigamiento”.
“La Sra. Rita Marina FLORES reviste el carácter de Diputada Electa de la Provincia de Misiones, con asunción prevista para el 10 de diciembre de 2025. Esta temporalidad es fundamental, todo ello ya que la violencia política es aquella dirigida a ‘obstaculizar, menoscabar o anular el desempeño de una función pública’”, refiere el escrito.
“El accionar del Sr. JABORNICKY, al hostigar a la Sra. FLORES en un medio público de difusión masiva (Instagram) en un período crucial de transición, no solo busca quebrantar su integridad psicológica individual, sino que persigue un objetivo más amplio: DEGRADAR y MENOSCABAR su imagen, credibilidad y legitimidad pública como futura representante legislativa electa por el voto popular en las últimas elecciones legislativas provinciales de fecha 08/06/2025, intentando impedir o dificultar su pleno y libre ejercicio del cargo inminente, afectando no sólo psicológicamente a la víctima, sino también a su rol como representante político social”, afirma.
-
Policiales hace 1 díaFuncionario provincial falleció al despistar con su moto en el Acceso Oeste
-
Judiciales hace 6 días“Clemencia” y “disculpas”: la palabra de los condenados por el caso Guirula
-
Judiciales hace 5 díasPericia descarta “fenómenos alucinatorios” en detenido por femicidio de Medina
-
Información General hace 4 díasPerdió la pierna en un accidente y vende una rifa para pagar su prótesis
-
Policiales hace 13 horasMujer policía intentó robar un celular con su novio y fue detenida en Posadas
-
Policiales hace 4 díasIdentificaron a motociclista que murió en un choque sobre Cabo de Hornos
-
Judiciales hace 6 díasTabarez y Escobar fueron condenados a prisión perpetua por el caso Guirula
-
Provinciales hace 2 díasMuni de Candelaria clausuró histórica arenera: “Es arbitrario e irregular”
