Judiciales
Los “baches” en la acusación y más claves en la absolución del cacique Núñez
El cacique Marcelo Núñez (38) estuvo más de cinco años detenido al ser acusado de femicidio por la muerte de su pareja María Solange Diniz Rabela (24), pero el 19 de junio fue absuelto por el beneficio de la duda y en los fundamentos de su decisión el Tribunal Penal Uno de Oberá expuso que la hipótesis acusatoria tuvo “baches” y no alcanzó a tener el grado de certeza necesario para el dictado de una sentencia condenatoria ya que las pruebas ponderadas no superaron los filtros “de la razón y la lógica”.
El documento al cual La Voz de Misiones tuvo acceso consta de 123 páginas, donde el encargado de analizar el caso y efectuar su voto fue el magistrado Horacio Paniagua, quien en sus primeras iniciales ya adelanta que la prueba reunida en el debate oral “no permitió alcanzar la suficiencia acreditativa necesaria para tener por probado la existencia de un hecho delictuoso y como derivación lógica de lo dicho, tampoco la autoría del imputado”.
En ese sentido, el magistrado se declaró en discrepancia con la hipótesis formulada en su alegato por el fiscal David Milicich, quien mantuvo la acusación contra Núñez al considerar que el cacique asesinó a su pareja en un contexto de violencia de género y que luego decidió cremar el cuerpo para ocultar pruebas del femicidio, descartando la teoría defensiva sobre una supuesta muerte por Covid.
Para Paniagua, en contrapartida, el fiscal “no ha logrado acreditar suficientemente su postura” y por ende correspondía absolver al imputado por aplicación del principio del in dubio pro reo, razonamiento que fue acompañado por sus pares Francisco Aguirre y Julio Carvallo, quienes completaron la terna que llevó adelante el juicio oral.

El magistrado Horacio Paniagua encabezó el escrito con los fundamentos del fallo.
Pandemia como contexto
En el desarrollo de su voto, el magistrado definió el caso como “complejo” debido a las “singularidades” que presentaba y consideró que para “no incurrir en una resolución arbitraria” era necesario efectuar un análisis pormenorizado de cada uno de los factores incidentes en el contexto atípico en el que sucedieron los hechos: abril de 2020, en plena pandemia y con un incipiente marco de seguridad sanitaria donde imperaba “la incertidumbre y la paranoia”.
Para Paniagua, el contexto de pandemia fue un factor determinante para el desarrollo de los hechos. No solo para el imputado, integrante de una comunidad mbya guaraní con una cultura diferente y ubicada a varios kilómetros del casco urbano de San Vicente, sino también para los agentes sanitarios que fueron requeridos para intervenir en el caso.
“No es posible ignorar el contexto general que estaba atravesando la sociedad en su conjunto así como tampoco el contexto particular de los sujetos involucrados en la causa y que evidentemente condicionaron la actuación de los involucrados en el proceso y en algunos casos su tardía y deficiente y/o displicente intervención (entiéndase desde el personal sanitario involucrado, el personal policial así como la propia intervención judicial estuvieron teñidos y condicionados por este excepcional contexto), ya que descontextualizar la situación mencionada, nos conduciría a desfragmentar la prueba, o valorar la misma velados por sesgos del conocimiento y nos llevaría a posibles soluciones arbitrarias”, se explayó.
El magistrado repasó cada una de las testimoniales recopiladas en la causa, tanto en la etapa de la instrucción como en el debate oral y reconstruyó de qué manera se sucedieron los hechos.
A su entender, no se pudo determinar con la claridad necesaria que haya habido una pelea o una situación de violencia entre la pareja previo a la muerte de Diniz Rabela.
Llamados
En sentido opuesto, Paniagua dio por hecho e hizo especial énfasis en que el primer pedido de auxilio efectuado por el cacique Núñez a los agentes sanitarios Mariel Ferreyra Díaz y Ricardo Sabal fue el sábado 11 de abril de 2020, en horas de la tarde, mientras Diniz Rabela aún estaba con vida.
El segundo llamado se produjo a la mañana siguiente, una vez producido el fallecimiento de la muchacha, de lo cual también tuvieron conocimiento otros integrantes de la comunidad, el padrastro de la joven y hasta la Policía.
“Tenemos así que el imputado luego de producida la muerte puso en conocimiento de distintas personas de la muerte de su pareja y buscó, dentro de sus limitadas posibilidades, de conseguir que las autoridades se hagan presentes en el lugar”, advirtió el camarista.
Sobre este tema puntualmente, Paniagua también cuestionó el accionar policial al señalar que a pesar de tener conocimiento del deceso producido decidieron no intervenir en el caso.
“El personal policial sabía incluso desde varias horas antes de dejar asentado en el libro de guardia a las 16:20 horas, que en la aldea estaba el cuerpo de María Solange Diniz Rabela. Sin embargo, por motivos desconocidos y que la acusación no ha dicho nada tampoco, no acudieron al lugar para verificar esa información y eventualmente haber podido, con la presencia del médico policial, determinar la causa del fallecimiento”, apuntó Paniagua.
Y en otro tramo fue aún más directo: “Es decir de haber existido un oportuna intervención de la policía y eventualmente el médico policial cuando el cuerpo aún se encontraba íntegro, otra sería la historia”.

Marcelo Núñez estuvo cinco años con prisión preventiva y recuperó la libertad tras el fallo del 19 de junio. FOTO: El Territorio.
Baches
La imposibilidad de determinar fehacientemente la causa de muerte fue otro punto central que condicionó el esclarecimiento del caso. Esto se debió al estado de carbonización extrema que presentó el cadáver de Diniz Rabela producto de la incineración a la que fueron expuestos sus restos.
El magistrado, además, advirtió “contradicciones” en el informe forense firmado por el médico Milton Acosta que, por un lado, hacía referencia a una “muerte violenta”, pero por el otro admitía que por el estado carbonizado de los restos no era imposible determinar la causa de muerte. Paniagua también ponderó que el mismo estudio confirmó que la cremación se produjo cuando la víctima ya no presentaba signos vitales.
En su teoría del caso, el fiscal Milicich consideró que la cremación del cadáver fue parte del plan criminal del cacique, pero Paniagua contrastó ese planteo con el siguiente razonamiento: “Cabe preguntarse si es razonable que quien haya dado muerte de manera violenta a su pareja e intente ocultar los rastros de su crimen, comunique a todo su entorno que su pareja falleció y busque insistentemente que las autoridades de salud publica (probablemente una de las pocas que conoce o con las que ha tomado contacto) que vengan a ver su cuerpo y en consecuencia habilitar que se sigan los procedimientos de rigor frente a una situación como la descripta. Entiendo que responder afirmativamente a esa pregunta no resiste lógica”.
En base a todo lo expuesto, Paniagua concluyó: “Todo ese cuadro descripto, reitero, analizando el contexto general del caso, me persuaden de que esa lamentable y desafortunada forma de tratar el cuerpo sin vida de María Solagne, habría ocurrido no para tapar una conducta criminal sino como corolario de una conjunción concatenada de factores, entre los que de destacan el contexto de la aislamiento preventivo y obligatorio (ASPO) imperante en ese momento y en su fase más estricta, el miedo generalizado, la ignorancia, la condición de vulnerabilidad de los sujetos intervinientes, la actuación tardía y deficiente de las autoridades publicas, que fueron destacados precedentemente”.
Y dio otro enunciado como resumen general a todo su análisis: “Se pone de manifiesto que la hipótesis de acusación originaria padece de baches difíciles de superar para arribar a un veredicto positivo de culpabilidad”.
Por todo ello, finalmente consideró que el caso no estaba acreditado con el grado de certeza necesario y estimó que lo conveniente era inclinar su voto por la absolución por el beneficio de la duda a favor del imputado, lo cual fue acompañado por sus pares Aguirre y Carvallo.
Absolvieron por el beneficio de la duda a cacique acusado de femicidio
Judiciales
Comerciante detenido por abuso a un niño registra condena por el mismo delito
Hechos idénticos, mismo acusado y diferentes víctimas. Todo lo que un niño de 12 años denunció haber sufrido a manos de un comerciante del Mercado Concentrador de Posadas también lo padeció otro menor en 2016, causa por la cual el implicado admitió su culpabilidad y cumplió años en prisión.
Sí. Roberto Ramón Pereira (57), el hombre detenido el último jueves acusado de violar y filmar los vejámenes a un niño de 12 años al que había ofrecido trabajo, registra una condena por otros delitos de idénticas características.
El caso que cuenta como antecedente se descubrió en marzo de 2016, cuando Pereira fue detenido por abusos perpetrados contra un adolescente de 13 años al que le había ofrecido enseñarle el oficio de herrería en un domicilio en cercanías de la avenida Santa Cruz.
El contacto con el menor había iniciado casi un año antes, pero con el correr de los días empezó a abusar de él y, no solo eso, sino que también grabó las agresiones sexuales y esas imágenes luego fueron utilizadas para extorsionar y amenazar a la víctima a cambio de que no denuncia, accionar idéntico al denunciado esta semana por un niño de 12 años.
Por esa causa Pereira quedó proceso, fue sometido a proceso y en 2018 evitó ir a debate oral al admitir su culpabilidad mediante un acuerdo de juicio abreviado en el que aceptó ser condenado a seis años de prisión por los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal, tres hechos en concurso real”. El acta fue homologada y transformada en sentencia por el Tribunal Penal Dos de Posadas.
Nuevo caso, nueva víctima, mismos hechos
Ahora el mismo sujeto se encuentra detenido por un hecho de idénticas características y en perjuicio de otro menor de edad que relató haber sufrido los mismos hechos.
Pereira fue detenido el jueves pasado en el vivero que atendía en el Mercado Concentrador de Posadas y ahora aguarda ser indagado por el Juzgado de Instrucción Siete de Posadas, a cargo del magistrado Miguel Mattos.
Su detención se dio después de que un niño de 12 años le revelara a un primo los abusos que estaba padeciendo. El menor contó que el hombre luego lo llevaba a su casa sobre calle Soria, casi Santa Cruz, donde supuestamente le iba a enseñar a “arreglar sillones”, pero terminó abusando de él y filmando los vejámenes.
En diálogo con La Voz de Misiones, la madre del niño relató que al momento de revelar los sucesos el hijo contó que Pereira además le mostraba videos suyos con otros chicos.
“Además de grabarle, después que abusaba de él le mostraba videos suyos con otros chicos. Le decía que le gustan los chicos mayores de 10 años. Así que hay más víctimas y por eso cuando vinimos a buscarlo queríamos recuperar si o si el celular, ahí está toda la evidencia”, contó.
El domicilio del sospechoso fue allanado el viernes a la tarde y en el lugar los investigadores incautaron aparatos telefónicos, un pen drive, un disco rígido y bajo la almohada de su cama hallaron un sugestivo elemento que podría ser clave: un ajo con un papel escrito con el nombre de un menor de edad.
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Denuncia por abuso en Posadas: “Mi hijo contó que hay videos con otros chicos”
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Figura como deudor alimentario y se defiende: “Siempre cumplí con todo”
Marcelo Fabián Dudych (52) es una de las más de 800 personas que figuran en el Registro Público de Alimentantes Morosos de la provincia, aunque alega ser víctima de una “injusticia” y afirma que la “complejidad” de su caso sirve para exponer una problemática que alcanza a muchos hombres en su misma situación.
El abogado, procurador, asesor jurídico en dos municipalidades y pequeño productor rural visitó la redacción de La Voz de Misiones para contar su caso y dio un extenso relato de la historia familiar y de la contienda judicial que lo mantiene en la lista de deudores alimentarios por disposición de la magistrada Graciela Mana, titular del Juzgado de Familia Uno de Posadas.
“Mis hijos nunca se fueron a dormir con hambre. Siempre cumplí con mis obligaciones, pero me cortaron las piernas y me obligaron a correr. Ahora estoy tratando de defenderme de esta injusticia y de toda esta barbarie satánica que me hicieron”, afirmó apenas inició la entrevista.
Dudych relató que toda esta situación tuvo su inicio en 2014, cuando su ex pareja, la también abogada Mariana Lourdes Báez lo denunció por violencia familiar, aunque el conflicto se resolvió en menos de dos meses.
“Jamás ejercí violencia”
“Fue una falsa denuncia la que me hicieron, jamás ejercí violencia alguna. Yo estaba sometido a una constante manipulación por parte de mi ex esposa y mis suegros. Me pusieron de patas en la calle, pero en ese momento pedí apoyo a la iglesia católica, pude arrodillarme ante las circunstancias y en 40 días yo estaba viviendo de nuevo en mi casa, pude reconciliarme y todas las medidas procesales quedaron virtualmente difumadas”, se explayó.
El hombre contó que después de ello convivió once años junto a su pareja y sus dos hijos en una vivienda de Posadas, pero en 2025 el drama se repitió.
“Yo ahí ya tenía a mi primer hijo y volví a convivir once años más. Ahí nace mi otra hija, de actualmente seis años. Yo siempre fui el sostén de esa casa y ruego a Dios que así siga siendo. Así fue como en 2025, estando yo en Concepción de la Sierra, fui notificado de otra exclusión del hogar, ni siquiera estaba en mi casa en Posadas. Sabía que era falsa, porque jamás ejercí acto de violencia”, detalló.
La sorpresa para Dudych llegó después, cuando se enteró que la denuncia había sido radicada por el padre de su pareja, César Antonio Báez, quien lo acusó de “violencia económica” en perjuicio de la mujer, lo que el denunciado niega rotundamente y contraataca.

Marcelo Dudych afirma que la causa inició por una falsa denuncia orquestada por su ex pareja y su ex suegro.
“César tiene una voracidad feroz por el dinero. Él fue el que me denunció, con connivencia de mi ex, pero yo me pregunto cómo es que me denuncia él si no conoce, ni podía conocer la economía de mi hogar. Él estuvo más de diez años sin pisar mi casa”, exclamó Dudych entre lágrimas.
Y alegó: “Mis cuentas estaban todas al día cuando me echaron de mi casa. Mis hijos nunca se fueron a dormir con hambre. Compraba comida para repartir comida a los pobres que tocaban mi casa. La casa la construí yo y el auto estaba a mi nombre. Siempre me hice cargo de todo, siempre cumplí con todo. Es impresionante lo que me están haciendo”.
En ese punto también intervino Lucas Ortega, abogado defensor de Dudych, quien sostuvo que “la vivienda, el mobiliario del hogar y el vehículo son conceptos que cuentan como cuota alimentaria. Esto fue una estrategia montada a partir de la denuncia del abuelo de los chicos con el objetivo de poner a Marcelo en una situación de indefensión porque su estudio jurídico está integrado a su domicilio y hoy no puede ni acercarse a ese lugar, es decir, lo dejaron sin trabajo”.
Ortega entiende que “acá hay que alcanzar un equilibrio en el uso de las medidas cautelares, porque estas clases de medidas no resuelven la cuestión de fondo y los chicos pasan a ser un instrumento de presión”.
“Quiere que pague dos veces”
Respecto a la cuestión puntual del reclamo alimentario, Dudych aseguró que “mi ex hoy me pide 24 meses de alimentos atrasados, pero hasta el 19 de febrero de 2025, que fue cuando me notificaron la exclusión de hogar, yo había pagado en especias. Yo tenía las cuentas al día, en mi casa no faltaba nada si en la convivencia yo pagaba todo. Lo que pasa es que ahora ella pretende que yo vuelva a pagar todo en eso en dinero en efectivo, o sea, que pague dos veces lo mismo. Entonces estoy siendo sometido a una situación de fraude y por eso hice una contra denuncia por defraudación en grado de tentativa”.
El hombre, además, puso en números el reclamo y argumentó que la suma requerida es “exorbitante” para su capacidad económica. “Yo le venía girando dinero conforme a mis capacidades, pero ella pretende que yo le pase dos salarios mínimo, vital y móvil por cada hijo, es decir, aproximadamente 1,4 millones de pesos, suma que yo no alcanzo en bruto durante el mes, mucho menos excluido de mi trabajo”, explicó mientras mostraba su recibo de sueldo como asesor jurídico de Tres Capones, cuyos haberes ascienden a 250.000 pesos, que encima se encuentran embargados por este litigio.
“Ella especuló que yo cobraría 2,5 millones, cuando yo cobro 250 mil. Es extraordinaria la suma que ella pretende que yo le pase, excede mi capacidad económica. Ella dice que tengo campos y haciendas. Tengo una chacra de 12 hectáreas en el registro de agricultora familiar y por tener dos novillos y cuatro vacas tampoco soy un hacendado. Soy productor agropecuario primario”, añadió.

El abogado Lucas Ortega acciona como defensor de Dudych en la causa.
“Soy un muerto civil”
La causa hoy tiene al abogado Ortega como defensor de Dudych, articulando presentaciones y solicitudes a fin de revertir esta situación. Para el letrado, el solo hecho de que su defendido tenga el sueldo embargado ya es suficiente argumento para justificar el pago de la cuota alimentaria y, en consecuencia, la acción inmediata será solicitar su exclusión del registro.
Pero el trabajo no termina ahí. Ortega también busca que Dudych pueda reencontrarse con sus hijos, a quienes no ve hace seis meses, a pesar de un acuerdo de contacto y comunicación homologado por la misma jueza Mana, medida que la ex pareja del hombre incumple.
“Yo hoy soy un muerto civil. Ella me pidió la prohibición de salida del país y lo obtuvo. Pidió que no me renueven el carnet y lo tuvo. Me inscribió en el registro y me escrachó en todas las redes sociales. Yo no puedo ni trabajar porque los expedientes de mis clientes están en mi casa. Eso significa una catástrofe profesional para mí y un daño en lo justiciable para mis clientes”, graficó el denunciado.
Dudych tampoco se ahorró en críticas hacia el sistema y cuestionó el rol de magistrados que dictan medidas sin oír todas las partes.
“Acá hay jueces que sin conocer y sin indagar, reciben la denuncia y sentencian para resguardarse de alguna eventualidad periodística. Yo cuando todo este infierno termine sé que voy a trabajar para que estas situaciones no vuelven a repetirse con nadie. Yo acá solo quiero que se me escuche, que me dejen ser papá y que me dejen pagar a mí mis obligaciones”, cerró.
Apoderado legal de dos municipios en lista de deudores alimentarios
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Imputaron al ex convicto detenido por el crimen del productor Von Steiger
El ex convicto detenido por el asesinato a machetazos de su patrón, el productor agrícola Hugo Orlando Von Steiger (75), se abstuvo de declarar y fue imputado por homicidio agravado.
La audiencia de declaración indagatoria se concretó en las últimas horas y fue realizada ante la magistrada Adriana Zajackowski, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Oberá, pero actualmente a cargo por subrogancia del Juzgado de Instrucción Uno de la misma circunscripción judicial.
Frente a ella compareció Samuel de Almeida (45), ex convicto y peón rural de la víctima, quien decidió guardar silencio y acto seguido fue imputado preliminarmente por “homicidio agravado”.
De esta manera, el sospechoso continuará privado de su libertad y su futuro dependerá de los elementos probatorios que los instructores de la causa logren reunir para esclarecer el hecho.
El crimen de Von Steiger se registró el 9 de enero, cuando su cuerpo fue encontrado a un costado de su camioneta Volkswagen Saveiro sobre un camino vecinal en una zona de plantaciones en el límite entre Oberá y General Alvear.
El hombre presentaba múltiples lesiones de machetazos en miembros inferiores, superiores, tórax y rostro.
De Almeida fue la última persona vista junto a la víctima y después del hecho permaneció prófugo casi un día, hasta que efectivos policiales lo capturaron a unos 25 kilómetros de la escena del crimen.
El sospechoso trabajaba como peón de Von Steiger hace unos tres años. Antes de eso estuvo cuatro años preso por un delito contra la integridad sexual.
Atrapan a ex convicto acusado de matar a machetazos al productor Von Steiger
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