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La trama paralela del caso Rosa y las sospechas de homicidio hacia la Brigada

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Dictada la sentencia contra los ex policías Aldo Villalba (37) y Luis Rotela (43), el foco de atención del caso Mirta Rosa (47) viró hacia los agentes de la Brigada, Emilio Broemser, Adrián Roberto Borda y José María Bernal, quienes ahora fueron apuntados como posibles autores del asesinato a golpes de la mujer.

Quien posó la lupa sobre ellos y pidió el inicio de una investigación en sus contra fue el titular de la Fiscalía del Tribunal Penal Dos de Posadas, Vladimir Antonio Glinka, quien tras el juicio finalizado este mediodía consideró que había suficientes elementos como considerar a los tres implicados como presuntos autores de “homicidio calificado por criminis causa y por haber sido perpetrado por personal de una fuerza”.

De esta manera, pidió que se extraigan copias de todo lo ventilado en el debate oral ,en el que declararon 17 testigos presenciales, y que todo el documento sea remitido a un juzgado de instrucción, a fin de que “se haga cabeza de sumario” contra Broemser, Borda y Bernal.

Al momento del hecho, 14 de febrero de 2013, los tres efectivos formaban parte de la Brigada de Investigaciones de la Unidad Regional X de la Policía de Misiones y ese mismo día estuvieron “de operativo” en cercanías a la antigua cancha del barrio Los Potrillos, punto que posteriormente fue escenario del hallazgo del cuerpo de Rosa, una docente jubilada que de, acuerdo a la autopsia, falleció por un golpe en la cabeza y un estallido de vejiga.

Según declararon los propios apuntados al momento de comparecer como testigos al debate oral que culminó hoy, ese día retiraron a un detenido de la comisaría Quinta y con él en un móvil de inteligencia salieron de recorrida por Los Potrillos para “marcar” objetos robados.

Ese detenido se trataba de Rubén Walter “Chinito” Velázquez, quien también declaró como testigo y frente al tribunal presidido por el magistrado Gregorio Busse recordó la misma secuencia, aunque agregó que, durante esa recorrida, fue golpeado y torturado con una picana dentro del móvil.

“Chinito” Velázquez, uno de los testigos clave, declarando junto al fiscal Glinka.

Y el testimonio de Velázquez tomó aún más relevancia cuando narró que “después apareció una mujer que reclamó que me estaban pegando. Ahí discutieron y Broemser y Borda se bajaron del auto y siguieron discutiendo. Quince minutos después, volvieron al auto y no me golpearon más. Después me llevaron de nuevo a la comisaría”.

En base a esta declaración es que el fiscal Glinka avanzó en alegato y trazó la tesis de que “en ese contexto de ilegalidad es que la señora Rosa y, como bien dijo Chinito, tiene un intercambio poco amigable con las personas de la Brigada que, con el culo sucio (sic), empezaron a discutir con ella”.

“Bandido los tres”

“Ella era una persona que no iba a reaccionar bien ante cualquier tipo de agresión. Ella tenía esquizofrenia, entonces reaccionó mal y ellos reaccionaron aún peor, la golpearon y la dejaron prácticamente muerta en un lugar donde ellos creían que se le podía imputar a otra persona, que era los policías que pasaron por ahí”, profundizó Glinka, haciendo referencia a los ex agentes Villalba y Rotela, que apenas unos minutos antes habían -según su hipótesis- abandonado a la víctima en la zona.

Por eso, el representante del Ministerio Público Fiscal también sostuvo hoy que, una vez que Villalba y Rotela “abandonaron a su suerte” a Rosa en cercanías a la cancha de Los Potrillos, la mujer tuvo el “infortunio de cruzarse con la Brigada”.

“Los de la Brigada, bandidos los tres, estaban haciendo cagada, estaban en un lugar donde no tenían que estar y por eso lo primero que hacen es decir: ‘No estábamos acá’, y alteraron todos los libros de guardia e hicieron todo lo que había que hacer para que nadie sospeche que ellos estaban ahí”, continuó.

Glinka resumió su planteo al exponer que “descubrimos acá, en el juicio, que Mirta Rosa fue asesinada, que no fue una muerte natural como se apresuró a decir Villalba”, a quien tampoco deslindó por completo, ya que aseguró que “él algo sabía y esperamos que en el juicio que viene tenga la posibilidad, no de pedir perdón, sino de contar lo que sabe”.

El sargento Borda al momento de declarar y revisar los libros de guardia que el fiscal apuntó como adulterados.

En base a todo lo expuesto, pidió que la causa sea remitida al juzgado de origen para que se inicie una investigación contra los agentes de la Brigada como sospechosos de asesinar a golpes a Rosa y el Tribunal Penal Dos dio lugar al pedido, aunque los considerandos para esta nueva etapa serán comunicadas junto a los fundamentos del fallo, cuya lectura fue programada para el próximo 6 de septiembre.

Ahora, según explicaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, las actuaciones deben ser recibidas por el juzgado de instrucción que corresponda (en su momento la investigación comenzó en el Seis, a cargo del magistrado Ricardo Balor, y luego pasó al Siete, en su momento dirigido por José Alberto López y ahora por Miguel Mattos).

De allí, a su vez, las autoridades deberán remitir todo a la fiscalía interviniente para que, tras un análisis de todo lo recolectado, se disponga del requerimiento de apertura de instrucción formal en caso de que correspondiere. De concretarse, el proceso indica que luego los uniformados deberían ser citados a indagatoria y pasibles de ser detenidos.


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El juez denegó la exención de prisión y sigue la búsqueda de Alcoba Sciortino

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El magistrado Ricardo Balor, titular del Juzgado de Instrucción Seis de Posadas, resolvió denegar el pedido de exención de prisión presentado por la defensa de Martín Esteban Alcoba Sciortino, ante lo cual sigue activa la búsqueda en su contra para que comparezca ante la Justicia para responder por el siniestro que le costó la vida al motociclista Sergio Mante Martínez el último miércoles a la mañana.

Según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la resolución negativa al beneficio solicitado por el conductor implicado fue resuelta a primeras horas de este sábado y fue en línea a la opinión vertida ayer por el fiscal René Casals, que había votado por el rechazo.

El pedido de exención de prisión había sido presentado el jueves a la tarde a través del letrado Arturo Irigoyen Cúndom y buscaba que Alcoba Sciortino conserve la libertad durante el proceso de la causa penal que se instruye en su contra por el delito de “homicidio culposo agravado por no prestar asistencia a la víctima y haberse dado a la fuga”, figura contemplada por el artículo 84 bis del Código Penal argentino.

motociclista

Mante Martínez viajaba en moto cuando fue embestido desde atrás y alta velocidad por un Renault Fluence.

Ahora, con la denegatoria al pedido firmado por el juez Balor, sigue activa la búsqueda del conductor cuyo paradero se desconoce desde hace casi 80 horas.

“Queremos ser respetuosos también de la Justicia. Si el juez decide que mi cliente conserve la libertad vamos a comparecer cuando lo disponga y vamos a estar todo el tiempo dispuestos a colaborar. Si el juez decide que él tiene que transitar el proceso en detención, así se lo voy a aconsejar también a mi cliente”, había adelantado a este medio el abogado Irigoyen Cúndom anoche.

Alcoba Sciortino aparece como el conductor del Renault Fluence que el miércoles a la mañana, minutos antes de las 6.30, sobre la avenida Quaranta, frente al Parque de la Ciudad, arrolló al motociclista Mante Martínez y escapó de la escena para luego abandonar el rodado siniestrado en proximidades al ingreso a Itaembé Miní.

Desde ese momento el hombre es intensamente buscado por efectivos de diversas dependencias policiales y, en ese marco, se realizaron allanamientos pero hasta el momento nada se sabe respecto a su paradero.

El implicado es oriundo de Corrientes y registra como antecedente una condena de 2 años y 8 meses de prisión dictada en Chubut a fines de 2021 por delitos de ciberestafa.

Despiden a Mante Martínez: “Él no quería que lo recuerden llorando”


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Perpetua para uno de los dos policías imputados por el homicidio de Andrade

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El Tribunal Penal Uno de Oberá condenó a la pena de prisión perpetua a Matías Esteban Lohn (34), uno de los dos policías acusados por el homicidio de Reinaldo Andrade (37), cometido en noviembre de 2019 en la localidad de El Soberbio, mientras que Fabio Boges (27), el otro efectivo imputado en el caso, fue absuelto por el beneficio de la duda.

El fallo de los jueces Francisco Aguirre, Horacio Paniagua y Jorge Villalba (subrogante) fue dictado esta tarde, luego de la ronda de alegatos desarrollada por la mañana y tras cuatro jornadas de debate oral.

De esta manera, Lohn, que al momento del hecho prestaba servicios en el Comando Radioeléctrico de El Soberbio, fue declarado penalmente responsable por el delito de “homicidio doblemente calificado por ser integrante de una fuerza de seguridad y el uso de arma de fuego”.

En consecuencia, el ex uniformado policial recibió el máximo de pena previsto y fue condenado a perpetua, ante lo cual deberá cumplir un período de 35 años de prisión efectiva.

Boges, en tanto, fue absuelto por la beneficio de la duda y en las próximas horas podrá recuperar su libertad tras permanecer más de cuatro años detenido en una unidad penal junto a su consorte de causa.

Persecución y muerte

El caso que se ventiló en debate ocurrió el 13 de noviembre de 2019, en el paraje San Ignacio de El Soberbio, a unos 500 metros de la ruta costera 2, y todo comenzó como una supuesta persecución de contrabandistas.

La reconstrucción del hecho señala que Andrade circulaba en un Volkswagen Gol Trend junto a dos acompañantes, mientras que los uniformados Lohn y Boges iban en un Ford Focus vestidos de civil.

En medio de la persecución, Andrade recibió un disparo que salió -comprobado científicamente- de la pistola reglamentaria de Lohn, tras lo cual falleció prácticamente en el acto.

La posterior autopsia practicada concluyó, además, que la bala ingresó por la nuca de la víctima fatal y que el disparo fue ejecutado a corta distancia, lo cual fue ratificado por los peritos forenses que declararon durante el juicio oral.

Las diferentes posturas del caso giraron en torno a las circunstancias en las que se produjo el enfrentamiento, si es que hubo tal.

Desde la defensa de los imputados siempre insistieron en que los uniformados presumieron que los ocupantes del Gol Trend estaban en una maniobra de contrabando de cigarrillos y que incluso Andrade exhibió un arma de fuego durante la persecución. Ante ello, en el juicio plantearon la causa como hecho de legítima defensa.

Del lado de la víctima, en tanto, sostuvieron desde un comienzo que ellos se dirigían hacia una chacra de la zona, escuchando música y tomando cervezas, hasta que uno de ellos bajó a orinar y en medio de esa situación arribaron al lugar los policías, que colisionaron y dispararon contra el auto.

En los alegatos de hoy, por su parte, el fiscal Rodolfo Cáceres abonó esta última teoría y en base a la evidencia recolectada aseguró que “fue una ejecución a corta distancia, efectuada por Lohn, y Boges, ante eso, no hizo nada para evitarlo, teniendo la obligación como funcionario público”, según detalló el diario El Territorio.

FOTO: EL TERRITORIO

Arranca el juicio a dos ex policías acusados de gatillo fácil en El Soberbio


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Prevención Nacional de la Tortura visitó por primera vez cárceles de Misiones

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El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT) recorrió por primera vez las cárceles de Misiones y aún sin procesar la totalidad de los datos relevados detectaron que el uso extendido de la prisión preventiva es una de las principales problemáticas que denuncia la población penal.

El mecanismo, encargado de monitorear el cumplimiento de los derechos humanos en contextos de encierro, fue creado en 2017 y relegó tanto a Chaco como a Misiones a últimos lugares en orden de prioridad para las inspecciones en virtud de que ambas provincias ya cuentan con comisiones locales que se encargan de la temática. 

De igual manera, el momento llegó. Una delegación de comisionados arribó a Misiones la semana pasada y en un lapso de tres días recorrieron todas las penitenciarias, como así también comisarías, centros de salud mental y hogarse de niños, niñas y adolescentes.

Si bien aún resta el procesar el compendio de información recolectada, a modo de adelanto desde la CNPT alertaron que una de las principales problemáticas detectadas radica en el uso extendido de la prisión preventiva, llegando relevar casos que superan hasta dos o tres veces el plazo máximo de 2 años detenido sin sentencia.

“Lo que vemos en Misiones, más allá de la cantidad de personas en prisión preventiva, que igualmente en el último tiempo ha disminuido aproximadamente un 10%, lo que detectamos es la amplia duración de las prisiones preventivas. Hemos encontrado personas que están con prisión preventiva hace tres, cuatro, cinco y hasta seis años, lo que excede ampliamente los plazos”, advirtió  Kevin Nielsen, uno de los comisionados que encabezó las inspecciones, en diálogo con La Voz de Misiones. 

Según un último informe realizado por la Comisión Provincial de Prevención de la Tortura de Misiones (CPPTM), a fines de 2023 el sistema penitenciario local contaba con una población carcelaria de 1731 internos, de los cuales 700 estaban presos sin condena, es decir, un 41% del total.

Las inspecciones de la CNPT fueron realizadas entre el 15 y el 18 de abril.

Para Nielsen, de profesión abogado y de trayectoria en organismos de derechos humanos, este flagelo “obedece a una multiplicidad de factores” y advirtió que “en términos internacionales la responsabilidad corresponde al Estado, en general, pero es el Poder Judicial el que decide sobre las prisiones preventivas”.

En este contexto, asoció la cuestión a un viejo debate que -a decir de los especialistas en la materia- es cada vez más necesario la tierra colorada y se relaciona con un cambio en el sistema procesal.

Es que, Misiones es de las pocas jurisdicciones del país que aún mantiene el sistema inquisitivo, en el cual el juez de instrucción concentra facultades de investigar y a su vez decidir, lo cual acumula trabajo en sus espaldas e indefectiblemente genera retardo de justicia.

Lo moderno es el sistema acusatorio, donde un fiscal es el que investiga y solicita la prisión preventiva, mientras que existe un juez de garantías que decide, de acuerdo al caso, si amerita o no. Es decir, entre otras cuestiones, hay más controles a la intención de un fiscal de tener preso preventivamente a una persona. En Misiones todavía está el sistema procesal inquisitivo: el juez investiga, el juez decide la prisión preventiva, el juez resuelve los pedidos de excarcelación. Se confunde el rol de investigación, con el de decisión, de juzgamiento”, se explayó el letrado chaqueño.

De igual manera, Nielsen sostuvo que la problemática de la prisión preventiva es un elemento detectado a simple vista, mientras que las demás irregularidades o falencias detectadas recién serán advertidas y comunicadas en los próximos meses, luego un riguroso proceso de análisis de la información recolectada durante las recorridas.

“Es la primera vez que visitamos Misiones pero no significa que sea la última. La primera visita es de inspección, la segunda, después de un tiempo determinado, se hace una visita de seguimiento, para ver si nuestras recomendaciones fueron atendidas por el Estado. Esas recomendaciones aún no las hicimos porque estamos en proceso de elaboración de los informes”, detalló el comisionado a LVM.

Independientemente de esos informes en espera, Nielsen destacó como innovadora la Unidad de Salud para Inimputables, inaugurada en 2020 y que marcó el fin de años de olvido y abandono para internos con problemas de salud mental que estaban recluidos en un pabellón de la Unidad Penal I de Loreto sin la atención médica acorde a sus condiciones.

La Unidad de Salud para Inimputables funciona dentro del predio del hospital Carrillo y fue inaugurado en 2020.

También valoró que el Servicio Penitenciario Provincial (SPP) cuente con varias unidades de “infraestructuras nuevas”, aunque advirtió que igualmente esos recintos pueden presentar “problemas de mantenimiento cotidiano” como colapsos de conductos sanitarios -por citar solo un ejemplo- que pueden ocasionar olores nauseabundos y exposición a enfermedades, para lo cual hay que gestionar soluciones de rápidas que muchas veces colisionan con los plazos administrativos de la burocracia.

Para Nielsen, cuestiones diarias como las de este tipo estas favorecen a la buena convivencia de los internos y reducen los riesgos de conflictividad, lo cual está directamente asociado a la superpoblación.

La conflictividad va de la mano con la superpoblación. Eso indefectiblemente aumenta el riesgo de peleas, de lesiones. Está muy naturalizado que un preso pelee con otro, pero eso no debería ser así. Muchos de los conflictos se suceden porque afectación de derechos. Se piensa que los motines son actos cuasi caprichosos o para escapar, pero lo cierto es que los motines son medidas de fuerza, protestas extremas que se realizan cuando los internos sienten que se le está afectando algún derecho, ya sea sobre la comida, sobre la condiciones de habitabilidad, sobre la mora judicial, sobre el trato penitenciario. Si no obtienen respuestas después de las vías de reclamo tradicional, acuden a una medida extrema. Es muy parecida a la dinámica de la protesta social”, mencionó el entrevistado.

En esa línea, sostuvo que evitar estas situaciones es responsabilidad absoluta del Estado y que las penitenciarias no pueden ser desatendidas, aún en contextos económicos de recesión, como atraviesa Argentina en la actualidad.

“Las cárceles son los únicos lugares donde el Estado tiene la administración plena y total de la vida de las personas, con lo cual son absolutamente responsables tanto por su salud, como por su alimentación y su integridad física. Estamos hablando de personas que no podrían procurarse por si mismas en estos derechos. La administración de recursos no debería repercutir en una pauperización del acceso a los derechos de las personas privadas de la libertad. Hay que priorizar los recursos y en el caso de que el Estado no tenga o le falte recursos para garantizar los derechos básicos de los internos, tiene que abstenerse de encarcelar y buscar otras alternativas. No necesariamente todos los delitos tienen que tener como consecuencia el encarcelamiento”, apuntó.

La totalidad de las conclusiones y recomendaciones alcanzadas por el CNPT serán comunicadas en los próximos meses.

Telefonía en las cárceles

A través del regreso de Patricia Bullrich al frente del ministerio de Seguridad de la Nación, el gobierno encabezado por Javier Milei pretende encarar una rigurosa política criminal respecto al tratamiento carcelario y una de las primeras medidas apunta a reducir el uso de telefonía celular dentro de las penitenciarias.

Respecto a ello, Nielsen recomendó que “para analizar el uso de telefonía móvil hay que analizar las realidades de cada provincia. Muchas veces las provincias suelen comprar problemas ajenos. En las provincias es muy difícil que en las cárceles provinciales tengamos personas privadas de su libertad por delitos complejos o por crimen organizado”.

Para el comisionado es claro, por lo vivido en Santa Fe o en los penales de máxima seguridad que dependen del Servicio Penitenciario Federal (SPF), que contienen a denominados “pesos pesados” del universo delictivo argentino, no es aconsejable impartir una regla general que se aplicable a todas las provincias.

“Recordemos que el uso de telefonía móvil en contextos de encierro fue habilitado en muchas provincias durante la pandemia y esto ha sido un elemento profundamente pacificador de las cárceles, porque permitía que los internos puedan hablar de manera directa con sus abogados y de comunicarse con sus familiares, que muchas veces tampoco pueden visitarlos de seguido por cuestiones de distancia o dificultades económicas”, añadió.

Como ejemplo, el abogado citó el caso Chaco, donde desde la habilitación del uso de celulares no se han registrado motines ni conflictos graves dentro de las cárceles locales.

Por eso, insistió: “Es importante que cada provincia evalúe su población carcelaria y no se suba a una tendencia discursiva de otras provincias o de una realidad nacional o de las cárceles federales”.

El 41% de los presos no tiene condena, informó Prevención de la Tortura


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