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Joven misionera recibió una reparación económica por ser víctima de trata

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Una misionera que en 2012 fue captada, golpeada y explotada sexualmente en un prostíbulo de la provincia de Santiago del Estero es la primera joven en recibir una compensación económica por parte del Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata de Personas, creado en 2021 por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

La reparación económica se concretó el 26 de julio a través del pago 1.280.394 pesos, ejecutado a través de la Unidad Ejecutiva del Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata de Personas.

Según consignaron a través de la web oficial del Ministerio Público Fiscal (MPF) de la Nación, es la primera vez que se logra una indemnización pecuniaria en concepto de reparación integral del daño mediante este fondo creado en 2021.

La damnificada se trata de una chica oriunda de Colonia Oasis que en 2012 fue engañada a través de una falsa oferta laboral y llevada hasta la ciudad de La Banda, en Santiago del Estero, donde terminó siendo golpeada y explotada sexualmente en un prostíbulo llamado “Negro el 20”.

Tras ser rescatada, se inició una causa federal que en agosto de 2014 llegó a juicio y acabó con tres personas condenadas a penas de entre cinco y tres años de prisión.

Los condenados fueron José Luis Luna -principal acusado-, Samuel Emiliano Calderón y Calos Horacio Cancino Franco. Los tres fueron señalados como los responsables de capturar, trasladar y explotar sexualmente a la joven misionero durante enero de 2012.

En el juicio se comprobó que los imputados se aprovecharon de la situación de vulnerabilidad de la víctima y, mediante intimidaciones, humillaciones y amenazas, la mantuvieron privada de su libertad y la golpearon en distintas partes del cuerpo.

Durante el proceso, la víctima declaró en Cámara Gesell y su testimonio fue considerado clave. La muchacha relató que una vez que llegó al prostíbulo “no la dejaban ni ver el sol” y que la controlaban todo el tiempo.

También agregó que fue violada cuatro o cinco veces entre cuatro personas del lugar que le decían que era “para que aprendiera porque ella estaba ahí para obedecer”.

El prostíbulo “Negro el 20” funcionaba hacía más de 30 años y que era conocido en toda la provincia.

Fallo histórico

El fallo fue considerado histórico en esa ocasión, ya que fue la primera causa por trata de personas en culminar con una sentencia condenatoria en Santiago del Estero. Ahora el caso vuelve a ser historia, dado que la víctima de este hecho es la primera joven en recibir una reparación económica en el marco del fondo de asistencia para damnificadas por esta clase de delitos a nivel país.

Según explicaron en Fiscales.gob.ar, al momento de dictar sentencia en 2014, el Tribunal no dio lugar al pedido de decomisar el inmueble donde funcionaba el prostíbulo con el objetivo de reparar a la víctima.

A partir de ello, en el caso intervino la Dirección General de Recupero de Activos y Decomiso de Bienes (DGRADB) de la Procuración General de la Nación, organismo que apeló la medida y en 2015 la Cámara Federal de Casación Penal de Santiago del Estero dispuso que el expediente sea remitido al Tribunal para el dictado de un nuevo pronunciamiento.

De esta manera, en octubre de 2016, el mismo Tribunal, pero con una nueva conformación, resolvió destinar el inmueble para la asistencia directa de la víctima, aunque para que ello se efectivice aún restaba un largo camino.

El predio del prostíbulo fue decomisado en 2016. El terreno tiene 1.240 metros cuadrados y fue llevado a subasta, pero no hubo ofertas.

En diciembre de ese año se inició el trámite de ejecución del decomiso del prostíbulo y para ello se propuso el inicio de una subasta pública del terreno de 1.240 metros cuadrados valuado en 26,4 millones de pesos.

Sin embargo, el tiempo transcurrió y no se presentaron ofertas, por lo que en mayo de 2022 el MPF solicitó al Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata de personas que arbitren los medios necesarios para hacer efectiva la reparación económica en favor de la víctima por un monto propuesto por la Fiscalía junto a la Dirección de Recupero de Activos y la Protex.

Fondo de asistencia

El Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata de Personas funciona desde octubre de 2021 a partir de la firma de un contrato de fideicomiso realizado entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y el Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE).

“El fideicomiso tiene como objetivo la efectivización de las restituciones y reparaciones económicas que correspondan a las víctimas como medida destinada a reponer las cosas al estado anterior a la comisión del delito. El referido Fondo fue dispuesto por la Ley 26.842 que incorporó el actual artículo 27 de la Ley 26.364 de “Prevención y Sanción de la Trata de Personas”. En 2019, la Ley 27.508, creó el fondo de Asistencia a las víctimas de trata, lo que fue reglamentado por el decreto 844/19″, consigna el portal del MPF.

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Liberaron a tercer ex policía detenido por la causa de intento de sedición

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Liberaron a tercer ex policía detenido por la causa de intento de sedición

El Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, dispuso el cese de la prisión preventiva para el ex policía Horacio Elías Coutto, quien en horas del mediodía recuperó la libertad, aunque sigue supeditado al expediente judicial que lo investiga junto a otros siete ex uniformados por “intento de sedición” y “conspiración”.

Minutos antes de las 13 de este martes, Coutto cruzó las barreras de la Unidad Penal VII de Puerto Rico para fundirse en un abrazo con sus familiares y amigos, que lo esperaban a las afueras del predio para regresar a su hogar luego de los diez meses que permaneció detenido.

“Estoy muy contento, muy feliz de poder recuperar mi libertad. Quiero dar gracias, primeramente, a Dios que me acompañó en este momento difícil, nunca me soltó la mano; a mi familia que siempre estuvieron; a mis amigos que se tomaron el tiempo de venir a visitarme; a todos los amigos que me hice; y a la gente que colaboró con nuestra familia en esta situación que estábamos pasando”, fueron las primeras palabras de Coutto tras recuperar su libertad frente a la unidad penitenciaria.

El ex policía también agradeció a los agentes del Servicio Penitenciario Provincial (SPP) “que me atendieron muy bien, excelentes personas, la verdad que no tengo ninguna queja, nos cuidaron perfectamente”.

En esa línea, Coutto le dedicó unas palabras de agradecimiento al ex vocero policial y diputado provincial electo, Ramón Amarilla, el primero de los ocho ex uniformados detenidos por esta causa en recuperar su libertad el pasado 13 de junio.

“Quiero agradecer a Ramón Amarilla, quien desde el momento en que recuperó la libertad se puso en compromiso con nosotros, con nuestras familias, nos dio tranquilidad y esperanza”, manifestó el ex uniformado.

Por último, dejó un mensaje a las autoridades provinciales: “A los poderosos les digo que escuchen a la gente, que escuchen a los misioneros, que no crean ingenuamente, que unos simples barrotes o unos muros pueden callar la voluntad de un pueblo que lucha por la justicia, por la verdad y la dignidad”.

Con Ramón Amarilla, Horacio Elías Coutto y Joaquín Orrego, son tres los ex policías que recuperaron su libertad, pero siguen siendo investigados en la causa que inició la Justicia de Misiones tras descubrirse el grupo de WhatsApp “Solo Cola”, en el que los uniformados destituidos de la fuerza provincial habrían planificado un supuesto plan con diferentes acciones para desestabilizar a la cúpula de la institución.

Por lo tanto, mientras dure la instrucción de la causa, los ex efectivos policiales tienen prohibido salir del país y deberán presentarse una vez al mes en la comisaría con jurisdicción sobre su domicilio, a fin de acreditar su permanencia en la provincia.

Quienes quedan detenidos por la misma causa son los hermanos Iván Ezequiel y Alejandro Ramón Arrieta, Lisandro Ramón Canteros, Diego Hernán Correa y Adolfo Guirula.

Dispusieron la liberación de otro ex policía acusado por intento de sedición

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Condena de 23 años para acusado de asesinar a un colono en San Javier

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colono san javier

El Tribunal Penal Uno de Oberá condenó este viernes a 23 años de prisión a Jonatan Ezequiel “Porteño” Sosa por el homicidio del colono Lisardo Escarvadofski (76) y las lesiones efectuadas a su esposa Orestini Cerri, que sobrevivió a pesar de las graves heridas sufridas, en un hecho ocurrido en abril de 2017 en el paraje Santa Irene de San Javier.

El caso se ventiló en debate oral durante tres jornadas y Sosa fue declarado coautor de los delitos de “homicidio calificado por el uso de arma de fuego y homicidio calificado en grado de tentativa, en concurso real”.

El fallo coincidió en parte con lo solicitado por el fiscal David Milicich, quien en sus alegatos dio por probada la participación del imputado en el crimen de Escarvadofski y solicitó que se lo condene a 35 años de cárcel.

La defensa de Sosa, por su parte, había pedido su absolución al considerar que no había suficientes pruebas en su contra. El propio acusado además declaró en la segunda jornada del debate y se declaró inocente.

Yo no soy un asesino, no soy un delincuente. Tienen a la persona equivocada. Lamento lo que le pasó al hombre y a su señora, pero mientras yo estoy detenido, los verdaderos asesinos están de joda”, fueron las palabras de Sosa, quien además denunció haber recibido apremios y aprietes tras ser detenido un año después del hecho en Buenos Aires.

El asesinato de Escarvadofski ocurrió cerca de las 18 del 4 de abril del 2017 en el paraje Santa Irene, donde tenía su chacra.

Ese día, el tiempo estuvo muy feo, debido a la gran cantidad de lluvia que había caído en el Alto Uruguay. Escarvadofski y Cerri estacionaron su Chevrolet Corsa en el garaje y, en esa instancia, notaron que habían dos personas fuera del terreno, en la esquina.

El hombre fue a ver qué querían y a poner el candado al cerco de la casa, que nunca traspuso. Su mujer, en tanto, se fue para adentro de la vivienda.

Allí recibió varios disparos que lo dejaron malherido y terminó muriendo en los brazos de su mujer, que salió a ver qué pasaba al escuchar las detonaciones.

Según dijo, los hombres le pidieron que abra la casa, ella se negó y terminó recibiendo dos impactos de bala. Allí se trenzó en una pelea y tras golpear en la entrepierna a uno de los agresores, salió a la calle a pedir ayuda. Los sujetos aprovecharon para escapar en el vehículo de la pareja, que fue hallado al día siguiente.

Para el fiscal Milicich, Sosa fue uno de los atacantes que participaron aquel día, aunque también consideró que el blanco en realidad era uno de los hijos de la pareja.

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El STJ recalificó el caso Bernhardt como femicidio y dictó perpetua a Vargas

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Bernhardt

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) recalificó como femicidio el crimen de Antonella Rocío Bernhardt (27), joven obereña que fue golpeada y asesinada de un puntazo en su departamento del barrio El Brete en 2019, y condenó a prisión perpetua al fotógrafo Cristian Daniel Vargas (35), quien en primera instancia había recibido 20 años de cárcel como autor de homicidio simple tras un juicio oral desarrollado ante en el Tribunal Penal Uno de Posadas. 

La revisión por parte del máximo órgano judicial de la provincia se dio a partir de los recursos de casación presentados tanto por el fiscal Martín Alejandro Rau como por el abogado querellante Mauricio Fausto Vergara, quienes cuestionaron el fallo emitido el 13 de noviembre de 2023 por los jueces Viviana Cukla, Gustavo Bernie y Ángel Dejesús Cardozo (ya jubilado).

Ambas partes buscaban revertir el dictamen al considerar que el caso configuró un homicidio agravado por femicidio, para el cual correspondía una pena de prisión perpetua, lo que equivale a 35 años de cárcel efectiva, cifra considerablemente superior a los 20 años aplicados en contra del fotógrafo Vargas.

El fotógrafo Cristian Vargas adujo que el crimen se produjo en forma accidental tras una discusión.

En sus presentaciones, ambos profesionales coincidieron al sopesar que el asesinato de Antonella se dio en el marco de un contexto de violencia de género que avalaba la aplicación de la normativa que contempla el femicidio, mientras que el fiscal Rau además solicitó que también se tenga en cuenta la alevosía como factor agravante.

Los dos recurrentes esgrimieron agravios similares. El fiscal Rau apuntó que en su sentencia el TP Uno realizó un “razonamiento probatorio parcial, sesgado, segmentado y desprovisto de perspectiva de género”, con “argumentos forzados” y con una “línea argumental viciada”.

La querella, por su parte, agregó que los jueces efectuaron una “incorrecta interpretación de la relación entre la víctima y el imputado” al descartar la condición de “vulnerabilidad” y “desigualdad” en que se encontraba Antonella ante Vargas.

Perspectiva de género

El primero en analizar los planteos fue el camarista Juan Manuel Díaz, que en su voto coincidió en varios puntos con los recurrentes y señaló “yerros” por parte de los magistrados del tribunal que dictó sentencia.

Díaz repasó que el TP Uno descartó la figura de femicidio al entender que no se logró acreditar un contexto de violencia de género que rodeara el hecho, utilizando como argumento que ambos implicados mantenían una relación laboral de poco tiempo y que el vínculo no se extendía a otros ámbitos como, por ejemplo, el amoroso; ni tampoco advirtieron elementos que den cuenta sobre factores de desigualdad, discriminación o dominación como alegaron las partes. 

Díaz opinó todo lo contrario. En la resolución de 81 páginas, firmada el 19 de junio y a la que La Voz de Misiones tuvo acceso, el camarista adelanta: “Es factible advertir elementos e indicadores que configuran la existencia de una relación caracterizada por la desigualdad, en el marco de una relación de subordinación y poder entre víctima y victimario, elementos estos que no fueron valorados debidamente por el tribunal de juicio”.

Las partes en el juicio: Vergara (sentado), Rau y el defensor oficial Mario Ramírez.

El magistrado del STJ además califica como un “yerro” la apreciación del TP Uno en ese punto y responde: “La jurisprudencia ha manifestado en reiteradas oportunidades que es irrelevante que el agresor integre o no una relación interpersonal con la víctima, el tiempo de duración de la misma si existiere o que ocurra la violencia en el ámbito privado o público, sino que lo trascendente es que el hombre se posicione respecto de la mujer en un binomio superior/inferior, tratándola con violencia física, psicológica o sexual, entre otras, por su género”.

También ponderó las argumentaciones esgrimidas por el fiscal Rau al momento de su alegato en el juicio y se hizo dueño de sus palabras para marcar que Antonella Bernhardt se encontraba en una situación de vulnerabilidad ante Vargas, ya que se trataba de una joven obereña que atravesaba en una difícil situación económica y buscaba, casi con desesperación, un trabajo para no depender de nadie.

Sobre esa cuestión, Díaz concluye: “Todos estos factores, independientemente de lo reciente que fuera vínculo entre ambos, sin lugar a dudas ubican a la víctima y victimario en una relación que dista de igualdad, más bien los ubica en una relación de poder -por parte de Vargas- y de subordinación -por parte de Antonella-”.

El camarista también ponderó la pericia psicológica efectuada a Vargas, donde se concluye que en el fotógrafo se advierten “conductas de control y celos”, con tendencia a ubicar a la mujer en un rango inferior al del hombre, mencionándola como un mero “complemento”.

Bajo esas y otras premisas, Díaz le dio la razón a los recurrentes Rau y Vergara al considerar que hubo una “errónea aplicación de la normativa” y opinó que lo correcto era encuadrar el caso como femicidio -rechazó la alevosía-, lo que equivale a modificar la sentencia y aplicar al condenado la pena de prisión perpetua.

Los demás miembros del STJ, Cristian Marcelo Benítez, Cristina Irene Leiva, María Laura Niveyro, Jorge Antonio Rojas, Roberto Rubén Uset y Ramona Beatriz Velázquez, se plegaron al voto de inicial, imponiéndose a Froilán Zarza y Rossana Pía Venchiarutti Sartori, quienes consideraron que lo correcto era mantener el fallo emitido por el TP Uno.

Los jueces del tribunal en el juicio: Cardozo (jubilado), Cukla y Bernie.

El caso

No es el primer cambio de calificación que atraviesa la causa. Ya en la etapa de instrucción, el magistrado Fernando Verón caratuló el hecho como homicidio simple, aunque luego la Cámara de Apelaciones la pasó a femicidio y bajo esa acusación Vargas llegó a juicio, donde la decisión final volvió a quitar el agravante que elevaba la expectativa de pena a perpetua.

El hecho se registró el 4 de abril de 2019, entre las 13 y las 13.30, dentro del departamento 1° A de un inquilinato ubicado sobre la calle Comandante Miño 980 del barrio El Brete de Posadas.

Según la hipótesis acusatoria, Vargas contactó a la víctima a través de redes sociales y le ofreció realizar sesiones de fotos a cambio de dinero ($1.500 con desnudos). Una de ellas se concretó, pero el acusado nunca pagó y en el segundo encuentro se produjo el desenlace mortal, luego de una discusión generada por el reclamo del dinero que nunca fue abonado.

Vecinas de la joven narraron que ese mediodía oyeron golpes, ruidos de “objetos cayendo al suelo” y a través de las endebles paredes divisorias también escucharon “gritos ahogados, como de alguien a quien le tapan la boca mientras grita”.

Los testimonios parecían un adelanto de lo que luego iba a certificar la autopsia, dado que el examen forense concluyó que Antonella presentaba golpes en la cabeza y signos de compresión en el cuello, además de la lesión mortal: un puntazo de cuchillo tipo tramontina que le perforó la tráquea.

Antonella Bernhardt tenía 27 años, era de Oberá y tenía una hermana melliza.

Ante el escándalo que provenía del departamento, las vecinas y la dueña del inquilinato acudieron en auxilio de Antonella, topándose con Vargas dentro del inmueble, a quien filmaron retirándose de la escena del hecho mientras simulaba una conservación con la víctima.

El caso llegó a juicio el 6 de noviembre de 2023 y se extendió durante varios días en el SUM del Palacio de Justicia. En el proceso declararon familiares y vecinos de la víctima, como así también efectivos policiales, peritos y profesionales en medicina.

En su declaración, el fotógrafo Vargas, que también se dedicaba a vender servicios de catering para la familia de su ex esposa, mantuvo su teoría defensiva, al aducir que él fue extorsionado con un video sexual y que el cuchillo se clavó en la garganta de Antonella de manera accidental durante un forcejeo mantenido con la joven.

El fotógrafo agregó que, en determinado momento, alcanzó a tomar el celular de la joven y su intención era romperlo, instancia en la que “ella se desesperó y agarró un cuchillo. Yo ahí le dos ‘tapes’ para que deje de gritar. Después avanzó de nuevo con el cuchillo contra mí y pasó todo. Cuando le quiero sacar el cuchillo, la traigo hacia mí con fuerza y le entra el cuchillo en la garganta”, fueron sus palabras.

FOTOS: MARCOS OTAÑO.

Caso Antonella: para el tribunal no hubo pruebas certeras de violencia de género

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