Judiciales
Fundamentos del fallo contra los Kiczka: “Cada uno actuó de manera autónoma”

“Del análisis del material probatorio incorporado al proceso se desprende que cada uno de los imputados actuó de manera autónoma, haciendo uso individual del equipo y descargando, almacenando y conservando material ilícito sin coordinación funcional ni acuerdo de voluntades entre ellos”, concluye el magistrado Gustavo Bernie, con la adhesión de su par César Yaya, en un apartado del escrito de 146 páginas en el que volcaron los fundamentos de la sentencia que el Tribunal Penal Uno de Posadas dictó contra los hermanos Germán y Sebastián Kiczka, condenados a 14 y 12 años de prisión, respectivamente, por delitos asociados a archivos Masi.
Los jueces coincidieron al dar por acreditada la teoría del caso confeccionada por la fiscalía, como así también en desestimar la inimputabilidad de Sebastián Kiczka, sobre quien en un punto consideraron que su autoincriminación era “carente de detalles verificables”, “desprovista de todo respaldo documental o pericial” y constituía “un intento de desviar la imputación penal a su propia persona, con el propósito evidente de exonerar a su hermano Germán”.
En el documento se hace un repaso de absolutamente toda la causa, desde el requerimiento de elevación a juicio formulado por la fiscal Silvia Barronis, hasta todo lo ventilado en el debate oral llevado adelante entre el 31 de marzo y el 16 de abril, para, finalmente llegar a las conclusiones, con el análisis de las pruebas ponderadas, el marco jurídico imperante y las consideraciones que fueron tenidas en cuenta para alcanzar los montos de pena a aplicar, donde hubo discrepancia con Viviana Cukla, tercera integrante del tribunal.
“Me encuentro en condiciones de afirmar con certeza, que la parte fiscal ha logrado acreditar su hipótesis acusatoria, desvirtuando así la presunción de inocencia que ampara a los acusados”, adelanta Bernie, apenas comienza a desarrollar su extenso voto.
Después de ello, siguiendo el esquema expuesto por los fiscales Martín Rau y Vladimir Glinka, realiza un desglose de cada uno de los dispositivos electrónicos incautados en la investigación, delimitando a quién pertenecía cada cual y qué contenidos fueron encontrados en cada uno de ellos, para luego contraponer toda esa información con las declaraciones defensivas efectuadas por los imputados.

Los jueces César Yaya y Gustavo Bernie votaron coincidentemente; Viviana Cukla discrepó en algunos puntos del fallo.
Dispositivos y “acciones paralelas”
En una de sus consideraciones, el presidente del TP Uno hace especial hincapié en la computadora Acer secuestrada en la casa familiar de los Kiczka, aparato que los fiscales calificaron como “la computadora llave”, ya que fue la prueba madre de todo el resto de la investigación.
“A lo largo del debate, Sebastián incurrió en contradicciones manifiestas, primero señalando -según el informe actuarial de (se reserva nombre de testigo)- que una computadora Acer pertenecía a Germán, para luego declarar ante el tribunal que era suya. Esta actitud procesal, orientada a asumir responsabilidad en forma inconsistente y sin correspondencia con los datos técnicos recabados, disminuye notablemente la credibilidad de sus dichos y los torna jurídicamente ineficaces como descargo válido”, analiza Bernie.
En otro punto, el juez también confronta la versión dada por los acusados sobre un “desconocimiento” sobre el funcionamiento pleno de la aplicación E-mule, herramienta mediante la cual se descargaban y facilitaban gran parte de los 913 archivos Masi detectados en la causa.
“Quedó demostrado que el uso de dicha aplicación no requiere conocimientos informáticos especializados, y que su operatividad resulta accesible incluso para usuarios con habilidades tecnológicas básicas. De este modo, la evidencia visual que proporciona la pestaña de monitoreo del tráfico de archivos -visible en todo momento- permite afirmar, sin hesitación, que los imputados no podían desconocer que el material que descargaban era simultáneamente compartido con otros integrantes de la red”, respondió el magistrado.

Germán Kiczka recibió la mayor condena: 14 años de prisión por tenencia, facilitación y distribución de archivos Masi.
Un punto que marcó diferencia en la condena contra ambos hermanos fue que al ex diputado provincial, además de tenencia y facilitación de archivos Masi, también se le atribuyó un hecho de distribución, mientras que a Sebastián no.
Bernie también se detuvo en ese punto y consideró que “el hecho se presenta como doloso, en tanto Germán Kizcka tenía pleno conocimiento del contenido del archivo -cuya denominación es reveladora- y voluntad de compartirlo a través de un canal de mensajería directa, lo que denota la intencionalidad inequívoca de ponerlo a disposición de un tercero”.
Es en base a todo ese análisis independiente realizado sobre cada dispositivo y sobre cada conducta evidenciada por los imputados que Bernie arriba a la conclusión mencionada al comienzo de esta nota y detalla: “En el caso de Germán Kiczka, se constataron actividades reiteradas en la notebook ACER, notebook Lenovo, teléfono celular Samsung modelo S22 y pendrive identificado como “Fiat”. En el caso de Sebastián Kiczka, se verificó la existencia de archivos ilícitos en la notebook ACER, pendrive marca “Sandisk” y dispositivo óptico “CD 127”.
En tanto que, agrega, “a ello se suman patrones de búsqueda diferenciados, rutas de almacenamiento específicas y sesiones de uso separadas, lo que demuestra la existencia de acciones paralelas, pero no concertadas”.
Sebastián e imputabilidad
Sobre la discusión en torno a la salud mental de Sebastián Kiczka, Bernie también fue tajante: “Las pericias psiquiátricas incorporadas en el expediente no concluyen que Sebastián Kiczka padezca una psicosis, un estado de alienación mental o un cuadro de enajenación que haya anulado su capacidad de culpabilidad”.
“Por el contrario, de las constancias del proceso surge que el acusado conservaba su comprensión del injusto y su autodeterminación al momento del hecho. No solo no se acredita un trastorno severo, sino que el comportamiento del imputado revela un accionar planificado, metódico y orientado al ocultamiento del material ilícito, lo que resulta incompatible con cualquier estado de descontrol o falta de comprensión”, refuerza.
Todo ello también se valoró, además de la declaración de la víctima y otras pruebas, para dar por acreditado un hecho de abuso sexual simple de Sebastián contra una adolescente.
De allí Bernie avanza en las consideraciones finales, entre el marco legal, agravantes y atenuantes tenidos en cuenta a la hora de decir la pena final para ambos imputados, todo lo cual contó con la adhesión de César Yaya.

Los jueces consideraron que Sebastián Kiczka intentó desviar la imputación y exonerar a su hermano.
Disidencia
Quien discrepó con parte de las argumentos de sus pares fue Viviana Cukla, quien, por ejemplo, consideró que no correspondía la aplicación del concurso real en los hechos atribuidos a los imputados y valoró contrariamente el estado de salud mental de Sebastián Kiczka.
Sobre el mayor de los hermanos, la magistrada esgrimió que “la prueba rendida en juicio permite concluir que Sebastián Kiczka no contaba con plena capacidad psíquica para dirigir su conducta conforme al derecho” y apuntó que “presenta una parafilia estructural persistente, acompañada de un trastorno de ansiedad severo, con rasgos depresivos, paranoides y esquizotípicos, todos ellos descriptos y fundados técnicamente en la pericia oficial”.
“Esta confluencia de padecimientos clínicos no suprime su imputabilidad, pero sí afecta sustancialmente su culpabilidad, en los términos exigidos por el juicio de reproche penal”, añade y cierra: “Esta circunstancia debe traducirse en una pena reducida, dentro del marco legal previsto, o bien en la adopción de medidas sustitutivas que, junto a la sanción penal, contemplen su abordaje terapéutico”.
Es por ello que Cukla consideró que lo correspondiente eran penas de 8 de prisión para Germán y 6 para Sebastián, aunque por mayoría se impuso la decisión de Bernie y Yaya, quienes se inclinaron por condenas más próximas al pedido de la fiscalía e impusieron 14 y 12 años de cárcel, respectivamente, para los hermanos apostoleños.
FOTO PRINCIPAL: Marcos Otaño – Canal 12.
Los Kiczka y su esquema de archivos Masi, desentrañado por los fiscales
Judiciales
Los Kiczka seguirán presos en Cerro Azul hasta que la sentencia quede firme

Esta mañana el Tribunal Penal Uno de Posadas hizo público los fundamentos del fallo emitido contra los hermanos Germán (44) y Sebastián Kiczka (47), condenados el pasado 16 de abril a penas de 14 y 12 años de prisión, respectivamente, en un breve audiencia en la que para agilizar el trámite solo explicaron la distribución del contenido vertido en la sentencia de 146 páginas, escrito que fue puesto a disposición de las partes y de la prensa.
De la audiencia encabezada por los magistrados Gustavo Bernie, Viviana Cukla y César Yaya, participaron los fiscales Martín Rau y Vladimir Glinka, como así también los condenados, cada uno acompañado por sus defensores Gonzalo De Paula por el ex diputado provincial y María Laura Alvarenga por Sebastián.
Del resumen dado, se destaca que el tribunal dispuso que ambos condenados por delitos asociados a archivo Masi continúen alojados en la Unidad Penal VIII de Cerro Azul y que su traslado a la Unidad Penal I de Loreto se concrete una vez que la sentencia quede firme.
Antes de ser retirado de la sala, el ex legislador tuvo un breve diálogo con Misiones Online, donde reiteró su inocencia e invitó a que los medios lo visiten en el penal. “Tengo mucho para decir”, lanzó.

Los jueces en orden: César Yaya, Gustavo Bernie y Viviana Cukla.
Las condenas
• Germán Kiczka: CATORCE (14) AÑOS DE PRISIÓN DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO, más accesorias legales y con costas, por ser encontrado autor penalmente responsable del delito de TENENCIA, FACILITACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE MATERIAL DE EXPLOTACIÓN SEXUAL INFANTIL AGRAVADO POR SER LAS VÍCTIMAS MENORES DE 13 AÑOS DE EDAD EN CONCURSO REAL, según los Arts. 128 1º, 2º y 5º en función del art. 55 del CPA.
*Con la disidencia de la Dra. Cukla que voto por condenar a la pena ocho (8) años de prisión de cumplimiento efectivo, por el delito de tenencia y facilitación de material de explotación sexual infantil agravado por ser las víctimas menores de 13 años de edad en concurso ideal y el delito de distribución del mismo material, en concurso real.
• Sebastián Kiczka: DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO, mas accesorias legales y con costas, por ser encontrado autor penalmente responsable del delito de TENENCIA Y FACILITACIÓN DE MATERIAL DE EXPLOTACIÓN SEXUAL INFANTIL AGRAVADO POR SER LAS VÍCTIMAS MENORES DE 13 AÑOS DE EDAD Y ABUSO SEXUAL SIN ACCESO CARNAL, TODO ELLO EN CONCURSO REAL, que se encuentran subsumidos en el Art. 128 1º, 2º y 5°, 119 1º párrafo en función del Art. 55 del C.P.A.
*Con la disidencia de la Dra. Viviana G. Cukla que votó por condenar a la pena de seis (6) años de prisión, por el delito de TENENCIA Y FACILITACIÓN DE MATERIAL DE EXPLOTACIÓN SEXUAL INFANTIL AGRAVADO POR SER LAS VÍCTIMAS MENORES DE 13 AÑOS DE EDAD, EN CONCURSO IDEAL, subsumidos en el Art. 128 1º, 2º del CP.
Judiciales
Duette, apuntado por los primeros testigos del juicio por contrabando de soja

Investigadores de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) y agentes de Gendarmería Nacional Argentina (GNA) que eran subalternos de Marco Antonio Duette (53) declararon hoy en la tercera jornada del juicio que se lleva adelante contra el ex jefe del Escuadrón 9 de Oberá y de su presunto cómplice, Ricardo Fabián Gómez (50), acusados de cobrar coimas a cambio de liberar rutas para una banda dedicada al contrabando de granos hacia Brasil.
Los primeros de comparecer ante el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas fueron los agentes Tamara Rodríguez y Brian Godoy Wdoviak, quienes fueron parte del equipo de investigadores de la PSA que fue destinado a desentrañar el funcionamiento de la red de contrabando e identificar a sus responsables.
Fueron más de doce meses de investigación y el trabajo de los pesquisas aeroportuarios permitió desbaratar la organización tras un operativo ejecutado el 5 de noviembre de 2021, con un total de doce imputados, entre ellos el empresario Santiago Marino, aunque solo Duette y Gómez llegaron a debate oral porque los restantes implicados firmaron acuerdos de juicio abreviado donde admitieron sus responsabilidades en la causa.
Tanto Rodríguez como Wdoviak relataron que entre las tareas efectuadas marcaron camiones cargados con granos que carecían o falseaban datos en las Cartas de Porte para esquivar tributos, hicieron seguimiento de los rodados hasta zonas costeras y participaron de escuchas telefónicas.
“Pudimos corroborar el contrabando”, aseveró Rodríguez y resumió parte del ardid: “Hacíamos los seguimientos y los camiones en vez de ir hacia San Vicente, se iban hacia (Colonia) Alicia o El Soberbio. De ahí ingresaban a caminos de tierra que iban hacia el río Uruguay. Pudimos documentar eso y también el cruce de mercadería hacia Brasil”.
Lo mismo contó Wdoviak, aunque agregó detalles de cómo fueron aquellos de días de labores encubiertas en tierras rurales próximas al río. “Algunos camiones iban con camionetas o motos como escoltas. Había veces que nos paraban y nos preguntaban qué hacíamos por ahí. Un día encontramos un lugar en el que se hacía kayak y nos hicimos pasar como turistas, desde ahí vimos todo: las barcazas y cómo cruzaban la mercadería a Brasil, donde habían trailers con tractores esperando la carga”, describió.
“300 mil razones”
La declaración de Rodríguez también tomó relevancia cuando mencionó haber sido parte de las escuchas telefónicas realizadas en el marco de la causa y de allí recordó un diálogo que compromete al comandante principal Duette (actualmente en disponibilidad), que en ese momento era jefe del Escuadrón 9 Oberá.
La testigo precisó que la conversación se dio entre el jefe de Gendarmería y el empresario Santiago Marino, sindicado como uno de los cerebros de la organización y considerado en aquel entonces como el rey de la soja en la provincia.
“Marino hablaba mucho de camiones y de cargas. En una conversación con Duette, Marino dice que había 300 mil razones para que él libere o dejara pasar un camión”, desarrolló la uniformada, quien en base a las escuchas efectuadas calificó que la relación entre ambos implicados era “personal y laboral”.

El abogado Carlos Larraburu junto a sus defendidos Gómez y Duette.
Tractores
Después de los aeroportuarios declaró un grupo de gendarmes, quienes al momento de los hechos cumplían funciones en diferentes unidades dependientes del Escuadrón 9, dirigido por Duette.
Dos testigos de ese grupo, el comandante Mario Barrientos Sarmiento y el sargento primero (en disponibilidad por otra causa) Marcos Antonio Ferreyra relataron un episodio de 2021 en el cual presuntamente Duette intervino para intentar impedir el secuestro de tres tractores brasileños que eran transportados ilegalmente arriba de un camión sobre la ruta provincial 221 en Alicia.
“Una vez entré a la oficina del jefe de unidad (por Duette) y escuché que él estaba hablando sobre una persona y documentaciones. Después el jefe de sección (de San Vicente), el alferez Ortiz me hizo escuchar una grabación donde Duette decía que el conductor se había olvidado, pero que la documentación ya había sido presentada”, reconstruyó.
Ferreyra, a su turno, agregó: “Mi jefe Ortiz dijo que Duette preguntó quién había hecho las comunicaciones del procedimiento al juzgado y dijo que el camión tenía papeles, pero que se habían olvidado”.
También señaló que después de aquel procedimiento “sacaron al 100% de la sección”, medida que solo podría haber tomado el jefe de unidad.
El testigo, además, añadió que el día de aquel procedimiento él formó parte de la patrulla vial que retuvo el camión con los tractores y recordó que “entre 3 y 4 minutos antes” pasó por ese mismo control Ricardo Fabián Gómez, quien iba al mando de una Ford Eco Sport.
Viajes
Gómez cumplía labores como conductor en la sección motorizada del Escuadrón 9, funciones entre las cuales hacía de chofer del propio Duette, aunque también lo ubican haciendo viajes con Marino.
De eso dio cuenta Carina Mereles, una trabajadora social que también era parte del Escuadrón y compartía viajes de trabajo con Gómez, ocasión en la que se producían largas charlas cuyo contenido reveló en el marco de la investigación.
La profesional recordó que una de las charlas Gómez le admitió que por “la crisis económica” estaba realizando “una actividad externa” y también contó que el ahora imputado le habló de varios viajes realizados con Santiago Marino a provincias como Corrientes y Chaco.
Con seis testimoniales recabadas, el tribunal presidido por el magistrado Manuel Alberto Jesús Moreira e integrado por sus pares Víctor Alonso (Corrientes) y Juan Manuel Iglesias (Chaco), dispuso un cuarto intermedio hasta el 13 de mayo.
Los dos acusados están imputados por “contrabando de exportación agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlo y por la participación de un agente de las fuerzas de seguridad, en concurso real con partícipe de asociación ilícita y autor de cohecho activo”, además de “abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público”.
La fiscalía está representada por Pablo Di Loreto y Gabriela Acususo, en tanto que como querellantes intervienen las letradas Rossana Sienra y Yamila Soledad Amado en representación de Arca (ex Afip).
Los ex gendarmes, por su parte, son defendidos por los abogados particulares Carlos Larraburu y Augusto Leguiza.
Contrabando de soja: la palabra de los gendarmes y las relaciones con Marino
Judiciales
El Tribunal comunicará el martes los fundamentos del fallo contra los Kiczka

El Tribunal Penal Uno de Posadas programó para el martes a las 11 la lectura de los fundamentos de la sentencia dictada el 16 de abril contra los hermanos Germán (44) y Sebastián Kiczka (47), quienes fueron condenados a 14 y 12 años de prisión, respectivamente, por delitos vinculados a archivos Masi y abuso sexual.
El procedimiento mediante el cual se harán públicos las consideraciones tenidas en cuenta y los argumentos esgrimidos por los jueces Gustavo Bernie, Viviana Cukla y César Yaya para alcanzar el fallo se realizará en la sala de debates del TP Uno, ubicado por calle La Rioja 1561 de Posadas.
La audiencia, además, será transmitida en vivo a través de Youtube, tal como sucedió con el primer y último día del histórico juicio que ubicó a Misiones en el centro de la escena nacional.

El fallo contra los hermanos Kiczka fue dictado el 16 de abril.
El juicio culminó con una condena de 14 años de prisión para Germán Kiczka, quien para el tribunal fue hallado penalmente responsable de los delitos de “tenencia, facilitación y distribución de material de explotación sexual infantil agravado por ser las víctimas menores de 13 años de edad en concurso real”.
Sebastián, en tanto, recibió 12 años de cárcel como autor “tenencia y facilitación de material de explotación sexual infantil agravado por ser las víctimas menores de 13 años de edad y abuso sexual sin acceso carnal, todo en ello en concurso real”.
En ambos casos hubo disidencia de juez Viviana Cukla, quien consideró que las penas más ajustadas al caso eran 8 años para Germán y 6 para Sebastián.
Los Kiczka y su esquema de archivos Masi, desentrañado por los fiscales
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