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Contrabando de soja: 8 y 6 años de cárcel para los gendarmes Duette y Gómez

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El Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas se ajustó a los pedidos planteados tanto por la fiscalía como por los querellantes de Arca (ex Afip) y este martes condenó a penas de 8 y 6 años de prisión a los ex gendarmes Marco Antonio Duette (50) y Ricardo Fabián Gómez (53) por integrar una asociación ilícita dedicada al contrabando de granos, entre otros delitos concursantes.

El fallo se emitió este mediodía, una vez culminada la etapa de réplicas y dúplicas entre las partes, ronda que quedó pendiente tras la última audiencia de alegatos desarrollada el pasado 9 de junio.

En detalle, Duette, que al momento en que se desbarató la organización se desempañaba como jefe del Escuadrón 9 Oberá de GNA, recibió la mayor pena y una inhabilitación perpetua para ser funcionario público al ser condenado como coautor del delito de asociación ilícita en carácter de miembro; contrabando de importación agravado por la intervención de tres o más personas y la participación de un agente de seguridad en calidad de partícipe necesario; abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público en calidad de autor; y cohecho pasivo como autor; todas las figuras en concurso real.

Para Gómez, en tanto, que era subalterno de Duette, la pena fue de 6 años de prisión y 12 de inhabilitación por los mismos delitos que su consorte de causa, a excepción del cohecho.

El tribunal integrado por los magistrados Manuel Alberto Jesús Moreira, Juan Manuel Iglesias y Víctor Alonso (los dos últimos como subrogantes) dispusieron mantener para ambos condenados el beneficio de la prisión domiciliaria, modalidad a la que accedieron tras permanecer más de dos años detenidos con prisión preventiva durante la instrucción de la causa que estuvo en manos del Juzgado Federal de Oberá, a cargo del juez Alejandro Gallandat Luzuriaga.

En el veredicto también se resolvió remitir todas las actuaciones de esta causa a la Fiscalía Federal de Oberá para que investigue la posible participación de otro gendarme en la organización que tenía un total de once imputados, nueve de los cuales, incluido el empresario Santiago Marino, sindicado líder del grupo, evitaron el debate oral al firmar sendos acuerdos de juicio abreviado que serán homologados por el TOF una vez que se comuniquen los fundamentos de la sentencia contra Duette y Gómez el próximo 1° de julio.

Marco Antonio Duette recibió la mayor pena. Era jefe del Escuadrón 9 Oberá de Gendarmería.

Culpables

En la etapa de alegatos, el primero en exponer fue el fiscal Pablo Di Loreto, que en esa instancia consideró probada la responsabilidad en la causa de ambos uniformados.

Para Di Loreto, quedó debidamente acreditado que tanto Duette como Gómez fueron miembros de una asociación ilícita que entre 2020 y 2021 se dedicó al contrabando de granos que venían desde diferentes puntos del país hacia Misiones, para luego ser cruzados ilegalmente a Brasil por puertos clandestinos ubicados a la vera del río Uruguay, a la altura de localidades como Colonia Aurora, Colonia Alicia y El Soberbio.

“Duette y Gómez utilizaron su condición de funcionarios para facilitar el transporte de las cargas y/o solucionar las cosas cuando habían problemas”, aseveró Di Loreto al exponer ante las partes.

Para sostener su acusación, se apoyó en las múltiples escuchas telefónicas que vincularon a ambos imputados con el empresario Marino, identificado como el responsables de las cargas de soja y el artífice de las Cartas de Porte con que las simulaban la legalidad de la maniobra.

Di Loreto repasó que la relación entre Duette y Marino comenzó el 21 de mayo de 2020, cuando intercambiaron los primeros mensajes. De allí en adelante se sucedieron múltiples diálogos que dejaron en evidencia el ardid que llevaban adelante, dejando rastros de las coimas solicitadas, entregadas y prometidas.

Entre las pruebas mencionadas, el fiscal resaltó un diálogo donde Marino cuenta había estado realizando “buenos negocios” en la zona de Aurora y Duette celebra la noticia, agregando: “Próximo inversor voy a yo y a fin de año París”.

Respecto a Gómez, el fiscal apuntó que “era chofer, guardaespaldas y hombre de confianza” de Marino. También lo ubicó como “puntero” de un camión que transportaba tractores de contrabando y en base al aporte de testigos sostuvo que habría hecho al menos 74 viajes junto al empresario en el lapso de un año.

“Vinos, lechones, asados y regalos recibían como dádivas, pero eso son solo nimiedades. También habían cubiertas de por medio, piletas de natación de lona que acá no habían, aires acondicionados y hasta estaba hecha la promesa de una casa junto al río para Duette”, enumeró.

Ricardo Fabián Gómez era subalterno de Duette en el Escuadrón 9.

El perjuicio económico

En esa misma audiencia alegaron las abogadas Rosana Sienra y Yamila Amado, quienes actuaron como querellantes particulares en representación de Arca y se encargaron que poner cifras al perjuicio económico que sufrió el Estado como consecuencia de estas maniobras ilícitas.

Las letradas estimaron que la organización alcanzó a exportar 90.000 toneladas de soja sin efectuar tributo alguno, lo que se tradujo en una pérdida aproximada de 36 millones de dólares para las arcas del país.

Para llegar a esa estimación se basaron en el análisis de 193 CD de escuchas telefónicas, de donde se desprendió que la tonelada de soja en Brasil valía 400 dólares, lo que significaba una ganancia mucho mayor de lo que se podría obtener en el mercado legal argentino producto de la política cambiaria y las retenciones que imperaban durante 2020 y 2021. El negocio era tal que en una de las escuchas uno de los imputados en la maniobra afirmó que “eso de la soja deja más plata que la falopa”.

Las querellantes describieron que al momento de los hechos Misiones tenía una producción anual de diez toneladas de soja y requería otras diez toneladas provenientes de otras provincias para cubrir lo requerido por las dos únicas industrias y los pequeños consumidores que hacían uso este cultivo.

Sin embargo, solo entre enero y octubre de 2021 a la tierra colorada ingresaron 100 toneladas de soja, de las cuales 90 fueron a parar a Brasil, sin tributar absolutamente nada.

“Si cada tonelada de soja en Brasil se pagaba 400 dólares. Las 90 toneladas perdidas hablan de una operatoria de aproximadamente 36 millones de dólares”, calculó Sienra y acotó: “Acá todos se enriquecieron a partir del Estado nacional”.

Tal es así que la letrada describió que con las ganancias obtenidas ilegalmente Marino no solo construyó en San Javier el complejo turístico Palmar del Río, sino que también adquirió otras 103 hectáreas de tierra en la provincia.

Por todo lo expuesto, las letradas no solo efectuaron el mismo pedido de prisión planteado por el fiscal Di Loreto, sino que también solicitaron que a la hora de dictar sentencia el tribunal ordene el decomiso de todos los bienes que fueron fruto de estas maniobras: vehículos, propiedades, remanentes de soja, dinero en efectivo ya incautado y hasta el dinero puesto en plazos fijos.

Juicio por contrabando de soja: 90.000 toneladas y USD 36 millones evadidos

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Joaquín Orrego libre: “Ahora, a recuperar el tiempo perdido con la familia”

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Tras el cese de prisión preventiva ordenada por el Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, el ex policía Joaquín Orrego, uno de los ocho acusados por intento de sedición y conspiración, recuperó la libertad minutos antes de este mediodía y agradeció el acompañamiento de su familia.

Quiero agradecer a toda la familia que está presente. Gracias por seguir acompañando siempre, por no abandonarme desde el día uno y a Dios que está en el cielo y nos ayudó a que estemos acá. Ahora queda recuperar el tiempo perdido con la familia”, fueron sus primeras palabras como hombre libre, nuevamente, abrazado a su esposa e hijos.

Orrego también agradeció “a la gente del Servicio Penitenciario que se comportó como unos compañeros más” y “a todas las familias y amigos que siempre estuvieron ayudando y acompañando”.

La liberación del ex uniformado se dio minutos antes de las 11.45 de hoy, poco después de conocerse el dictamen del juzgado que disponía el cese de la prisión preventiva dictaminada en su contra tras su detención en septiembre del año pasado, junto a otros ocho agentes policiales.

Con Orrego y el ahora diputado electo Ramón Amarilla libres, quienes quedan detenidos por la misma causa son los hermanos Iván Ezequiel y Alejandro Ramón Arrieta, Lisandro Ramón Canteros, Diego Hernán Correa, Adolfo Guirula y Horacio Ezequiel Elías Coutto.

Todos ellos están involucrados en la causa judicial por “intento de sedición” y “conspiración”, iniciada tras el descubrimiento del chat Solo Cola, donde presuntamente se orquestaba un plan para desestabilizar a la cúpula de la Policía e iniciar una revuelta con incidentes independiente a la protesta salarial que derivó en un acampe de doce días frente al Comando Radioeléctrico I de Posadas.

Dispusieron la liberación de otro ex policía acusado por intento de sedición

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Dispusieron la liberación de otro ex policía acusado por intento de sedición

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El Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, dispuso este martes el cese de la prisión preventiva y la liberación para Joaquín Orrego, uno de los ocho policías involucrados en la causa judicial por “intento de sedición” y “conspiración”, iniciada tras el descubrimiento del chat Solo Cola, mismo expediente en el que es investigado el ahora electo diputado provincial Ramón Amarilla.

La notificación de la medida judicial se conoció esta mañana y se prevé que en las próximas horas se concrete la excarcelación del ex policía actualmente alojado en la Unidad Penal VII de Puerto Rico, según confirmaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones. 

De esta manera, Orrego continuará ligado a la causa pero ahora en libertad, aunque contará con una restricción de salida del país y deberá presentarse una vez al mes ante la comisaría con jurisdicción en su domicilio para demostrar que continúa ajustado a derecho.

Con Orrego y Amarilla ya libres, quienes quedan detenidos por la misma causa son los hermanos Iván Ezequiel y Alejandro Ramón Arrieta, Lisandro Ramón Canteros, Diego Hernán Correa, Adolfo Guirula y Horacio Ezequiel Elías Coutto.

Durante estos meses, todos los implicados reclamaron su inocencia e incluso varios de ellos iniciaron sendas huelgas de hambre con el objetivo de obtener respuestas a sus respectivos pedidos.

“Policías, penitenciarios, pueblo misionero, docentes, personal de salud: por medio de este video quiero informarles que me han comunicado que el suboficial Orrego Joaquín, que estaba ilegalmente detenido en el penal de Puerto Rico, ha recuperado la libertad”, anunció, en paralelo, el diputado Amarilla en sus redes.

Y precisó: “En este momento están haciendo los trámites pertinentes para que lo puedan largar en libertad. Estaban esperando recibir el oficio, así que quería comunicarles esto porque es algo muy importante que va a beneficiar al personal policial que fue injustamente detenido”.

“Solo Cola”

Los acusados fueron detenidos el 19 de septiembre del año pasado, durante una serie de procedimientos simultáneos ordenados por el juez Fernando Verón, tras conocerse una serie de chats que daban cuenta de un presunto plan para desestabilizar a la cúpula de la Policía e iniciar una nueva revuelta, incidentes nuevos e independientes a la protesta salarial que derivó en un acampe de doce días frente al Comando Radioeléctrico I de Posadas.

La maniobra salió a la luz gracias a la detención días antes del oficial ayudante Diego Correa, a quien se le incautó el teléfono celular y de allí se recuperaron los diálogos que mantenían los involucrados a través de un grupo de Whatsapp llamado “Solo Cola”, según argumentan la Justicia.

En esas conversaciones, los involucrados presuntamente planificaban un nuevo levantamiento, aunque esta vez con medidas muchos más extremas que la protesta con acampe que se extendió desde el 17 hasta el 29 de mayo de 2024.

En esta ocasión, los agentes bajo sospecha hablaban de provocar incendios de pastizales para luego sustraer móviles de los Bomberos y replicar la maniobra con patrulleros de distintas comisarías.

“Llamar al 911 en simultáneo y hacer incendio de malezas, o cerca del Parque de la Ciudad prender fuego. Que vayan los bomberos. Ahí hay que estar atento, apresto. Una vez que baja el chofer agarrar el móvil. Y así las demás jurisdicciones”, fue el audio que envío uno de los detenidos.

Una vez que el informe pericial llegó a manos de la Justicia, el magistrado Verón libró las respectivas órdenes de detención, que se cumplieron ese 19 de septiembre. Menos de un mes, el mismo juez resolvió la prisión preventiva de los ocho detenidos por “sedición” y “conspiración”.

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Absolvieron por el beneficio de la duda a cacique acusado de femicidio

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Tras más de cinco años detenido con prisión preventiva, el cacique Marcelo Núñez, acusado del femicidio de su pareja María Solange Diniz Rabela (22), fue absuelto esta mañana por el beneficio de la duda tras dos jornadas de juicio oral ante el Tribunal Penal Uno de Oberá.

La sentencia de los magistrados Francisco Aguirre, Horacio Paniagua y Julio Carvallo se emitió a las 11.40, tras casi una hora y media de deliberación en sala secreta del tribunal obereño.

En su veredicto, los jueces resolvieron declarar la absolución del imputado aplicando el beneficio de la duda y disponer de su inmediata libertad. Los fundamentos del fallo serán comunicados el 4 de julio.

Minutos antes, durante la ronda de alegatos, el fiscal David Milicich había solicitado la pena de prisión perpetua contra el acusado al dar por acreditado, aún sin comprobarse la mecánica de la muerte, el femicidio de Diniz Rabela, registrado entre la noche del 11 de abril y la madrugada del 12 de abril de 2020 en la comunidad guaraní Tarumá Poty de San Vicente.

La defensa, en tanto, encabezada por el letrado particular Jorge Zabulanez, solicitó la absolución del cacique Núñez al entender que no existen pruebas de un asesinato.

El fallo del tribunal se dictó a las 11.40, tras casi una hora y media de deliberación.

Alegatos previos

El alegato de Milicich se dio inmediatamente después de la declaración de Milton Acosta, el médico que realizó la autopsia a los restos de Diniz Rabela, quien no era originaria de la comunidad guaraní pero residía allí por su relación de pareja con el ahora imputado.

Acosta fue el último testigo citado a declarar y en su comparecencia describió que el cuerpo de la joven presentaba “una carbonización extrema, profunda y extensa en todo el cuerpo, lo que afectó zonas visibles como la cabeza, el tórax y el abdomen. La magnitud del daño es evidente y para que eso se produzca tuvo que estar sometido a temperaturas de entre 300 y 400 grados durante un tiempo bastante prolongado, de dos, tres o más horas”.

La acción del fuego prácticamente eliminó toda posibilidad de obtener certezas sobre la muerte de la joven. Para Acosta el deceso fue vinculante a causa violenta, aunque advirtió que no se pudo establecer la mecánica o el modo en que se produjo el deceso.

“En el caso Diniz Rabela se constató una carbonización extrema, con daños profundos en su estructura. Con borramiento cutáneo, esquelético y visceral es dificultoso entrar en detalles en el mecanismo o la acción que lo llevó al deceso. No se puede establecer la mecánica del óbito pero sigue siendo una muerte violenta, pero sí que la carbonización se hizo posterior a su deceso”, se explayó Acosta, quien por las mismas razones tampoco pudo estimar un contagio de coronavirus como posible causa de muerte.

Para el fiscal Milicich eso no impedía dar por acreditado el femicidio e incluso mencionó casos donde hubo condenas aún sin que haya cuerpo, como la perpetua dictada contra el abogado Rubén Ernesto Carrazona en La Plata, que fue responsabilizado del asesinato de su pareja Stella Maris Sequeira, quien se encuentra desaparecida desde el 29 de septiembre de 2016.

“El cuerpo de la víctima es un elemento del cuerpo del delito, pero no es el único. Nosotros tenemos que ver cómo fue la situación de la víctima y el contexto femicida”, postuló el fiscal.

Partiendo desde esa base, consideró probado que el cacique Marcelo Núñez infringía violencia de género en contra la víctima y para dar esa afirmación se apoyó en varios testimonios que dieron cuenta de episodios de ese tipo.

En ese repaso, mencionó una declaración en Cámara Gesell donde el hijo de la víctima sostuvo que el cacique “le pegaba” a su mamá y otro testimonio vertido por una sobrina del acusado, quien recordó una vez que Diniz Rabela escapó de su casa con un dedo cortado y Núñez la persiguió con un machete en mano.

Eso, sumado a lo narrado por el padrastro de la joven, quien contó que llevaban cinco meses sin saber de ella porque el cacique impedía la comunicación.

Milicich también hizo hincapié en contradicciones incurridas por el imputado. “En instrucción Núñez dijo que Diniz Rabela murió de dengue, acá dijo que fue por covid. En instrucción dijo que él quemó el cuerpo, acá dijo que lo hizo otra persona”.

También creyó en la palabra de los médicos Mariel Ferreyra Díaz y Ricardo Sabal, quienes declararon que en ningún momento recomendaron quemar el cuerpo de la joven fallecida, contrariamente a lo dicho por el acusado y por otro cacique de la zona, quienes responsabilizaron a la médica por la cremación del cadáver. 

“Es evidente que la quema no tenía fines religiosos, ni para evitar el covid, el único fin era borrar evidencias”, lanzó el fiscal.

Y concluyó: “Esa noche, el 11 de abril de 2020, el imputado consumió alcohol y mata en forma violenta a María Solange. Nunca vamos a saber cuál fue la mecánica, pero sabemos que después de ello, sin ningún tipo de miramientos, quemó el cuerpo porque sabía que la Policía iba a venir. Quema el cuerpo para borrar pruebas”.

Milicich consideró el caso como un “homicidio doblemente agravado por la relación de pareja y femicidio”, por lo cual solicitó que el imputado sea condenado a la pena de prisión perpetua, que equivale a 35 años de encierro de cumplimiento efectivo, aunque el pedido no prosperó.

En contrapartida, la sentencia se alineó con lo solicitado por el defensor Jorge Zabulanez, que al momento de alegar pidió la absolución del cacique al considerar que no existían pruebas de un asesinato.

“El monstruo que se pretende crear con la figura de Marcelo es un mito”, cuestionó.

Y apuntó: “Entiendo los pocos elementos que puede tener la fiscalía para sostener su denuncia, pero en el expediente no hay ninguna prueba de un acto que pueda haber ocasionado una muerte”.

Zabulanez también refirió que no hay pruebas para acreditar una historia de violencia de género previa y también puso en relieve el contexto de la pandemia: “No fueron épocas normales. A veces el estado de conmoción violenta lo da la ira, en este caso lo dio el miedo, el miedo a contagiar”.

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