Judiciales
Citan por sexta vez a fiscal federal misionero investigado por varios delitos
El fiscal general federal de Misiones, Rubén González Glaría, investigado por una multiplicidad de delitos denunciados hace más de dos años, fue citado a audiencia de declaración indagatoria por sexta vez.
De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la fecha programada para la realización de la ya dilatada -y clave- audiencia para el avance del proceso judicial es el 29 de junio, instancia en la cual González Glaría deberá declarar de manera presencial ante las autoridades del Juzgado Federal de Posadas que instruyen la pesquisa en su contra.
En esa ocasión, el fiscal investigado podrá brindar su versión de los hechos o bien abstenerse de declarar, tal como lo ampara su derecho y sin que ese silencio signifique presunción de culpabilidad alguna. También será notificado de los elementos que se registran en su contra e imputado por los delitos endilgados, que van desde exacciones ilegales y peculado hasta cohecho.
La investigación contra el fiscal que ocupa el mayor cargo jerárquico del Ministerio Público Fiscal de la Nación (MPF) en Misiones, comenzó en abril de 2021 y en todo este tiempo ya tuvo otras cinco citaciones a indagatoria, aunque todas las audiencias fueron suspendidas ante la presentación de certificados médicos, cambios de abogado o presentación de diversos planteos defensivos.
En el medio, Pablo Turano, fiscal de la Procuración General de la Nación que impulsa la investigación, solicitó que una junta médica evalúe al funcionario denunciado para determinar si efectivamente ese diagnóstico le impide afrontar la indagatoria o si, simplemente, se trataba de una estrategia para dilatar el proceso.
El pedido fue cumplido por el juez -por subrogancia- José Luis Casals y la pericia médica se llevó adelante el 9 de marzo del año pasado. Allí, los profesionales del Cuerpo Médico Forense de la Cámara Federal de Apelaciones, con un perito de parte solicitado por Turano, concluyeron que González Glaría, de 67 años (en ese entonces) y cursando un tratamiento oncológico, se encontraba en condiciones de afrontar la medida, aunque aclararon que la misma debía ser realizada teniendo en cuenta los cuidados y consideraciones pertinentes para un paciente de sus características.
En mayo de 2022, en tanto, la audiencia volvió a ser postergada. Esta vez por un cambio de abogado en la defensa del fiscal federal González Glaría.
En esa ocasión, el letrado que asumió el caso fue Maximiliano Rusconi, que entre sus clientes también tuvo a Lázaro Báez, Julio De Vido y Diego Lagomarsino.
El profesional alegó haber tenido poco tiempo para analizar en profundidad el “voluminoso” y “complejo” expediente para poder elaborar una estrategia defensiva.
Más tarde, Rusconi pidió apartar de la investigación al juez de la causa argumentando un “temor de parcialidad” debido a la “filtración” de información a los medios de comunicación, entre otras cuestiones, y obligó a una quinta suspensión de la indagatoria.
Sin embargo, el planteo finalmente fue rechazado por la Cámara Federal de Apelaciones de la provincia. “En el caso, observo que los hechos sobre los cuales se estructura el planteo no alcanzan a demostrar la configuración de acciones puntuales realizadas por el magistrado cuyo apartamiento se pretende demostrativas de que se halla afectada su imparcialidad. A ese respecto, y de conformidad al consolidado criterio en la materia, la mera sospecha de parcialidad no constituye un supuesto que habilite a apartar al juez del conocimiento de las actuaciones”, argumentó la Cámara en el documento que llevaba la firma del magistrado Ramón Luis González y al cual La Voz de Misiones tuvo acceso en su momento.
Prácticamente un año después de esta última novedad, la Justicia volvió a fijar para este 29 de junio la realización de la audiencia de declaración indagatoria. “Al menos cuatro planteos de diferente tipo fueron denegados. Hoy no hay ningún obstáculo procesal para el llamado a indagatoria”, aclaró una fuente.
Denuncia, pesquisa y defensa
La investigación contra el fiscal federal González Glaría comenzó en abril de 2021 y las denuncias van desde solicitar una parte del sueldo a empleados judiciales y de usar vehículos oficiales de manera particular, hasta emitir resoluciones irregulares para beneficiar a cercanos.
En febrero del año pasado, el fiscal apuntado rompió el silencio con LVM y se defendió de cada una de las acusaciones, afirmando que todo se trata de una conspiración en su contra con el objetivo de quedarse con su cargo.
“A mí me nombran en 1993 y la primera denuncia de que no soy intachable fue en el año 2018 o 2019. Con la cantidad de años y expedientes que pasaron, nunca jamás nadie me acusó ni de que lo miré feo y, de golpe y porrazo, aparecen todas estas denuncias”, sostuvo, entre otras cuestiones, en esa exclusiva entrevista a este medio.
Durante todo este tiempo, el fiscal investigado continúo cumpliendo funciones y una suspensión recién podría ser analizada después de un posible procesamiento, tal lo establecido tras las denuncias y escándalos que involucran a otros funcionarios judiciales del país, como el caso de Carlos Stornelli en Buenos Aires, entre otros.
Sin embargo, para que el procesamiento ocurra, primero el fiscal Turano debe completar la audiencia de declaración indagatoria y ese paso clave es el que fue postergado en cinco oportunidades.
Judiciales
Juzgan a un albañil paraguayo acusado de abusar de dos cuñadas menores
Esta mañana, en el Tribunal Penal Uno de Posadas, comenzó el juicio oral contra un albañil paraguayo acusado de cometer abusos sexuales en perjuicio de dos cuñadas menores de 13 años con quienes convivía en un inmueble del barrio Santa Clara II de Garupá.
En la audiencia de hoy, se procedió a la lectura del requerimiento de elevación de la causa, documento en el cual la fiscal de instrucción Patricia Clerici, volcó la reconstrucción de los hechos endilgados, las pruebas recolectadas y la acusación que ahora enfrenta el implicado.
El extranjero, identificado como Román Federico Agustín Melgarejo (28), está imputado por los delitos de “abuso sexual con acceso carnal (un hecho) y abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa (varios hechos), en concurso real”.
Según la lectura del expediente, el primer hecho se registró en perjuicio de una niña de 11 años, hermana de la pareja del acusado, quien reveló que durante el 2016 fue abusada sexualmente por su cuñado mientras convivían en el mismo hogar.
No es lo único. El hombre también está acusado de intentar en varias oportunidades cometer el mismo hecho en perjuicio de otra cuñada también menor de edad. Esa situación habría ocurrido en 2018, aunque la denuncia que disparó el caso se radicó tiempo después.
El tribunal encargado de llevar adelante el debate es presidido por el magistrado Gustavo Bernie e integrado por Ricardo Balor y Fernando Verón como vocales subrogantes.
En la fiscalía interviene Vladimir Glinka, mientras que la defensa del acusado está a cargo del abogado particular Abel Martín Acevedo.
Tras la lectura del requerimiento de elevación a juicio, la audiencia avanzó en la toma de testimoniales a los testigos de la causa, etapa que se realiza a instancia privada a fin de resguardar la identidad y la integridad de las denunciantes.

El comienzo del debate fue transmitido en vivo, durante la lectura del requerimiento de elevación a juicio de la causa.
Judiciales
Revés judicial para Cerro Azul en reclamo de $165 millones a una empresa
La Justicia provincial rechazó una ejecución fiscal impulsada por la Municipalidad de Cerro Azul contra la empresa MM Bioenergía S.A. por una deuda superior a los $165 millones y cuestionó la legalidad del procedimiento utilizado por la comuna para reclamar tributos.
El fallo fue dictado por el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Leandro N. Alem, que rechazó la demanda iniciada en junio de 2025 por la municipalidad en concepto de tasas de Seguridad e Higiene, Comercio e Industria correspondientes a distintos períodos entre 2021 y 2025.
La comuna reclamaba un total de $165.044.216,75 y había solicitado además medidas cautelares sobre bienes y fondos de la firma dedicada a la generación de energía renovable.
Sin embargo, tras varios meses de litigio, el magistrado interviniente resolvió desestimar la ejecución fiscal al considerar que la documentación presentada por el municipio no cumplía con los requisitos legales exigidos para avanzar con el cobro judicial.
Uno de los principales puntos observados en la sentencia fue la utilización de la Ordenanza VI N° 25 como fundamento del reclamo tributario. Según el fallo, esa norma fue publicada oficialmente recién el 1 de octubre de 2025, es decir, después de las intimaciones de pago y cuando ya se pretendía exigir el cobro de períodos anteriores.
En la resolución, el juez sostuvo que “la ausencia de publicación impide reconocer eficacia normativa a la ordenanza en cuestión y, por ende, priva de sustento legal exigible al crédito cuya ejecución se pretende”.
El fallo también cuestionó la boleta de deuda emitida por el municipio al señalar que el documento no detallaba con precisión qué conceptos se reclamaban, a qué períodos correspondían ni cuál había sido el mecanismo utilizado para calcular la deuda, incumpliendo requisitos establecidos en el Código Fiscal.
Durante el proceso judicial, MM Bioenergía S.A. argumentó además que su actividad se encuentra regulada bajo jurisdicción federal por tratarse de generación de energía dentro del Mercado Eléctrico Mayorista, en el marco de las leyes nacionales vinculadas a energías renovables. En ese sentido, cuestionó la potestad municipal para aplicar las tasas reclamadas.
En otro tramo de la sentencia, el magistrado citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de tribunales provinciales que establecen que ningún tributo puede ser exigido si la norma que lo crea no fue debidamente publicada en el Boletín Oficial.
Además de rechazar la ejecución fiscal, la Justicia impuso las costas del proceso a la Municipalidad de Cerro Azul y reguló honorarios profesionales sobre la base económica total del juicio, fijada en más de $165 millones. Según se desprende de la resolución, el impacto económico derivado del proceso podría superar los $50 millones.
Judiciales
Cristaldo recibió 17 años de prisión por matar y ocultar el cadáver de Tizato
El Tribunal Penal Dos de Posadas resolvió este miércoles al mediodía condenar a Richard Arnaldo Cristaldo (49) a la pena de 17 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego” en perjuicio de César Daniel Tizato (16), el adolescente con el cual el 30 de agosto de 2020 salió a cazar en inmediaciones a su casa del paraje Pindapoy, de la localidad de San José.
La sentencia, emitida por los magistrados Augusto Gregorio Busse -presidente-, César Antonio Yaya y Martín Alejandro Rau, fue en disidencia al planteo efectuado por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato había mantenido la acusación impuesta en etapa de instrucción y conforme a ello había solicitado que Cristaldo sea condenado a prisión perpetua por “homicidio agravado por alevosía”.
La parte resolutiva del fallo se leyó este mediodía, minutos después de las 12.30, tras un breve cuarto intermedio de poco más de 30 minutos, mientras que los fundamentos de la resolución serán comunicados el próximo 4 de junio.
Cristaldo, más conocido como Grulla, por su oficio como profesor de artes marciales, oyó el dictamen en silencio, acompañado a la distancia por sus hijas y otros familiares directos que siguieron respetuosamente la audiencia desde el sector preparado para el público presente.

Cristaldo, junto a su abogado, minutos después de firmar el acta de la sentencia.
Duda
Su abogado defensor, el ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes, había solicitado en su alegato la absolución de su cliente por el beneficio de la duda, al considerar que no existían pruebas directas que vinculen al acusado con el asesinato del adolescente.
El letrado cuestionó la reconstrucción del caso trazada por el fiscal Glinka. Consideró que ese relato de hechos era “inverificable”, apunt
ó a la mayoría de los testigos por “mentir” en sus declaraciones y criticó severamente a los dos comisarios (Sergio de los Santos y Gabriel Antonio Comes) por el testimonio donde dieron cuenta que durante su detención Cristaldo admitió que mató a la víctima por accidente.
Reyes también dirigió duras acusaciones contra los serenos de la estancia La Rosita, propiedad de la firma Rosamonte, predio donde el cuerpo de Tizato apareció sin vida, con un disparo en el tórax y sumergido en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad.
“Han venido acá y mintieron. Ellos no es que solo caminan sin hacer nada. Ellos son sanguinarios y mutiladores con quienes entran a cazar y pescar”, lanzó.
Reyes alegó que “no hay pruebas y los indicios desaparecieron. Los testigos que lo vieron mojado han mentido antes y ahora”, al tiempo que sostuvo que “es imposible que la bala de un calibre 22” -proyectil compatible con el rifle incautado en poder del acusado- cause la lesión penetrante y perforante que presentaba la víctima.
En último intento por torcer su destino, Cristaldo volvió a hablar ante el tribunal y reiteró su inocencia, aduciendo que ese episodio en la comisaría donde presuntamente admitió el crimen, fue bajo amenazas de los policías intervinientes.

El tribunal presidido por Gregorio Busse -al centro- emitió el fallo minutos después de las 12.30.
Cobarde, traicionero y abusivo
Un alegato diametralmente opuesto fue el desarrollado por el fiscal Glinka, quien consideró que el imputado pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar a una zona inhóspita, actuando sobreseguro y aprovechándose del estado de vulnerabilidad e indefensión de Tizato.
“A Tizato lo mataron de una forma muy cobarde, traicionera y abusiva. Lo privaron de la posibilidad de torcer su destino. Lo manosearon. Le pusieron una piedra en la ropa para que se hunda y se pudra en la profundidad”, describió.
Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.
Para el fiscal, fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando las hipótesis de un hecho accidental, de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita o del involucramiento de otros presuntos jóvenes con quienes Cristaldo afirmó que la víctima decidió quedarse para no volver con él.
“¿Existieron esas personas? Yo lo descarto. La lógica es que Daniel nunca se separó del imputado. Es solo un relato más que jamás se pudo comprobar. Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas y se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, reconstruyó.
“En fin. Ya no hay posibilidad de teorías alternativas. Se investigó todo. Fue la última persona que estuvo con Dani, era el único armado, estaba todo mojado cuando volvió y la ciencia determinó que era imposible que ese rifle se dispare por accidente”, resumió Glinka y solicitó la pena de prisión perpetua como autor de “homicidio agravado por alevosía”, aunque luego el tribunal modificó la calificación del caso.
Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato
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