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Condenan a misionero que llevaba chicas a Santa Cruz para explotación sexual

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Un misionero fue condenado en Santa Cruz por trasladar jóvenes hacia esa provincia patagónica para ser explotadas sexualmente en un local nocturno que era administrado por su pareja.

El implicado se trata de Néstor Dos Santos, de 49 años y oriundo de San Pedro, que ahora fue condenado a la pena de 4 años de prisión al ser declarado “coautor” de los delitos de “trata de personas con fines de explotación sexual, bajo la modalidad de traslado y acogimiento (respecto a una víctima) y ofrecimiento (respecto a otra muchacha).

El fallo fue firmado hoy por el Tribunal Oral Federal de Santa Cruz, que de esta manera avaló el acuerdo de juicio abreviado que el imputado había firmado anteriormente, admitiendo así los delitos que le endilgaban.

En su resolución, además, el Tribunal, en coincidencia con lo planteado por la Fiscalía, dispuso que el condenado cumpla su condena bajo la modalidad de prisión domiciliaria en un domicilio de San Pedro, en virtud de que se encuentra a cargo de un adolescente que es hijo de su pareja, acusada en la misma causa pero ya fallecida.

Según pudo reconstruir La Voz de Misiones, la investigación comenzó a mediados de 2014, tras una denuncia que alertaba sobre el caso de una joven en condiciones de extrema vulnerabilidad que había llegado desde la tierra colorada para trabajar como niñera en Ríos Gallegos, pero terminó siendo explotada sexualmente.

Los investigadores determinaron que esa muchacha se trataba de una media hermana de Dos Santos, que justamente había viajado a esa ciudad patagónica bajo los engaños de su pariente.

Al ser entrevistada, la muchacha relató que Dos Santos le había ofrecido un trabajo como niñera en Ríos Gallegos, donde iba a cobrar 10.000 pesos mensuales e incluso le aseguró un viaje sin gastos, ya que iban ir desde San Pedro hasta el sur en la camioneta del hombre.

La joven, seducida por la oportunidad que podía significarle un mejor modo de vida, aceptó, pero nada se dio como lo imaginaba.

Una vez en la ciudad austral, la joven misionera quedó alojada en la casa de Dos Santos y su pareja, Iracema De Olivera -más conocida como Graciela-, lo cual fue otro motivo de seducción ya que le ofrecían alojamiento y protección.

Sin embargo, al poco tiempo las verdaderas intenciones de la pareja captadora quedó expuesta. A la joven le dijeron que no tenían el dinero acordado y que debía comenzar a prostituirse en un local nocturno para poder devolverle los gastos del traslado y de su estadía en el lugar.

Tras este testimonio, los investigadores avanzaron con más medidas prueba y pudieron establecer que habían más víctimas. Las chicas eran “ofrecidas” en un bar que se llamaba El Vencedor, el cual era administrado por Graciela.

Allí se daban las denominadas “copas”, mientras que los “pases” se daban en moteles o domicilios particulares de la zona.

Una vez recolectada todas las pruebas, los instructores de la causa emitieron órdenes de allanamiento tanto en el local nocturno como en las viviendas de los imputados. En los procedimientos se incautaron dinero, libros con registros de anotaciones, preservativos y geles íntimos.

En el bar, además, rescataron a otras tres chicas en similares condiciones a la denunciante que disparó el caso, una era dominicana y otra también era de Misiones. Algunas de ellas declararon haber sido contactadas por Dos Santos y otros por Graciela, que incluso les pagó boletos de avión y colectivo para el viaje.

“Se pudo establecer que los investigados contactaban a las presuntas víctimas, abonaban sus traslados, las acogían en su casa, las hacían contraer deudas con ellos, para luego hacerlas trabajar en el Bar “El Vencedor”, siendo explotadas bajo la modalidad de comercio sexual, recaudando y “guardando” el dinero que obtenían porque era más seguro”, concluyen los magistrados en la sentencia publicada hoy en el Centro de Información Judicial (CIJ).

La investigación también determinó que la propietaria del local era Sara Irene Andrade Hernández, que fue declarada “partícipe secundaria” del delito de “trata de personas con fines de explotación bajo la modalidad de recepción, agravado por el número de víctimas” y recibió 3 años de prisión de cumplimiento condicional, es decir, no irá a prisión.

Para la fiscalía que llevó adelante el acuerdo de juicio abreviado, era Graciela (actualmente fallecida) la principal administradora del prostíbulo, mientras que respecto al misionero Dos Santos sostiene que “no hubo constancias que el encartado tuviera intervención en la explotación comercial del bar”.

Al momento de evaluar los montos de las penas, los funcionarios judiciales tuvieron en cuenta la falta de antecedentes en los implicados como atenuantes y en el caso de Dos Santos pesó la situación del adolescente que tiene a su guarda para poder ser beneficiado con la prisión domiciliara en San Pedro.

De igual manera, al misionero el Tribunal le aplicó una serie de restricciones. Por ejemplo, no salir de su casa bajo ninguna circunstancia, no beber alcohol ni consumir estupefacientes, ni estar relacionado a nuevos delitos. En caso de incumplir alguno de estos requisitos, el beneficio será revocado y deberá cumplir su pena en una unidad penitenciaria.

Para el control, además, los jueces santacruceños solicitaron una tobillera electrónica para el detenido y dispusieron que los efectivos de la Policía Federal Argentina (PFA) se encarguen de efectuar visitas sorpresivas y periódicas a la casa de Dos Santos para verificar el cumplimiento de su arresto domiciliario.

Policiales

Tres muertos y una mujer herida por choque frontal en San Vicente

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Una camioneta Toyota Hilux, conducida por un hombre de 39 años, colisionó de frente contra un Fiat Palio en el que viajaban un hombre y dos mujeres, donde estos últimos que aún no fueron identificados, fallecieron en el acto.

El hecho, cuyas circunstancias aún son materia de investigación, ocurrió en la tarde de hoy alrededor de las 17, sobre ruta 14, a la altura del kilómetro 968 de la Capital de la Madera. 

En medio del impacto, una mujer que circulaba como peatón fue embestida y debió ser trasladada al hospital local por lesiones.

Trabajaron en el lugar los bomberos voluntarios, para liberar a las víctimas, mientras la Policía de Misiones inició las pericias correspondientes para establecer las circunstancias del hecho.

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Judiciales

Condenaron al músico Andrés González por el siniestro fatal de Roca en 2019

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Andrés González

El músico Andrés Horacio González fue condenado a 3 años de prisión en suspenso y 10 de inhabilitación para conducir tras ser declarado responsable del siniestro vial registrado el 5 de marzo de 2019 sobre la ruta nacional 12, en Gobernador Roca, hecho que ocasionó las muertes de su novia Melina Sosa Labandera (25) y de la turista mendocina Melisa Caram (27), además de provocar heridas en otras tres personas, una de las cuales quedó con secuelas de por vida.

El artista no irá a la cárcel porque la pena es de ejecución condicional, aunque en contrapartida deberá respetar una serie de normas de conductas impuestas, como no beber, ni consumir estupefacientes, además de cumplir 32 horas mensuales de tareas comunitarias y acatar una prohibición de salida del país, medidas que regirán durante el término de la condena.

La sentencia fue emitida este mediodía por el tribunal unipersonal presidido por la magistrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas, luego de la ronda de alegatos desarrollada previamente, donde prevaleció uno de los planteos efectuados por la defensa del acusado, encabezada por los abogados particulares Federico Tilli y Daniel Zapana.

“Es un hecho traumático para todos. Entiendo todo lo que está pasando y tengo miedo también, pero confío en la Justicia. Solo pido que no se me quite la posibilidad de seguir cantando y seguir con mi familia”, había expresado González al momento de dar sus últimas palabras antes del veredicto.

Después del fallo, firmó el acta, entregó su licencia de conducir y se retiró en compañía de los familiares que lo acompañaron durante toda la jornada desde el sector del público.

“Destruyó vidas”

La ronda de alegatos comenzó con la exposición de la fiscal María Laura Álvarez, que sostuvo la acusación formulada desde la etapa de instrucción y consideró que González debía ser condenado a 6 años de prisión efectiva por ser autor de los delitos de “homicidio culposo calificado dos hechos, lesiones graves culposas calificadas dos hechos y lesiones gravísimas, todo en concurso ideal”.

Álvarez dio por acreditado que el impacto frontal entre el Ford Fiesta y la camioneta Chevrolet S-10 se produjo a alta velocidad, durante una maniobra de sobrepaso y en una zona de doble línea amarilla, pero fundamentalmente consideró probado que González era el conductor del automóvil siniestrado, principal punto de controversia en la causa.

“Esto se pudo acreditar con las testimoniales de testigos y sobrevivientes, las pericias realizadas y por las lesiones que presentaban las víctimas del hecho”, explicó la fiscal.

Y avanzó: “Y tengo la certeza que el imputado actuó de forma antirreglamentaria, en exceso de velocidad y en doble línea amarilla. Infringió las normas de tránsito más elementales. Hubo culpa temeraria y una actitud desaprensiva. Este hecho destruyó vidas, familias y proyectos de vida”.

Con esa base, solicitó que el músico sea condenado a 6 años de prisión efectiva, más de 10 de inhabilitación para conducir. “La pena efectiva sería no banalizar las muertes”, justificó.

Además, Álvarez calificó como “deficiente” el accionar de los agentes que labraron el sumario policial del hecho, documento en el cual registraron al sobreviviente Samir Daou como supuesto conductor del Ford Fiesta siniestrado y solicitó que los uniformados Priscila Ifrán y Rodolfo Dos Santos, sean investigados por incumplimiento de los deberes de funcionario público, lo cual finalmente fue aceptado por la jueza Leiva en su fallo.

En contrapartida, Leiva desestimó el pedido de condena efectuado por la fiscal Álvarez y su resolución estuvo ajustada al planteo de la defensa de González, que en primera instancia pidió la absolución del artista o en forma subsidiaria la aplicación del mínimo de la pena, con ejecución condicional.

“Estafa procesal”

En su alegato, el abogado penalista Federico Tilli cuestionó a la fiscalía por realizar “un análisis sesgado y parcial de las pruebas”, apuntando que solo valoró el testimonio de los sobrevivientes Samir Daou y Facundo Chemes, minimizando el valor de las pericias y de las labores policiales. “Es casi una estafa procesal”, arremetió.

“No voy a permitir que se dé por determinado un exceso de velocidad porque ninguno de los peritos que acá declararon lo pudieron comprobar y tampoco hay certezas para determinar al conductor del auto y acá necesitamos certeza absoluta para condenar a una persona”, respondió Tilli.

El letrado también apuntó contra Daou y Chemes, a quienes señaló como “dos amigos que han congeniado contra González”.

“Acá es confiar en la Policía o en dos personas que le quieren hacer mierda a González, porque también tienen interés patrimonial contra él, le quieren hacer pagar por todo esto”, señaló.

Tal de directo fue Tilli que además solicitó que ambos testigos sean investigados por falso testimonio agravado por ser en perjuicio de un imputado, aunque la jueza Leiva no tuvo en cuenta ese pedido en su resolución.

Tilli también se hizo eco de la calificación de “deficiente” que la fiscal Álvarez le atribuyó al primer sumario del hecho, donde se registró a Samir Daou como conductor del auto y no a González.

O sea que con un sumario deficiente pretendemos condenar a alguien, pero nadie pidió su nulidad. No se puede condenar a una persona con todos estos yerros procesales”, cuestionó.

En consecuencia, Tilli solicitó la absolución por el beneficio de la duda en favor de su cliente o, en forma subsidiaria, que la condena sea por el mínimo de la pena (3 años), con cumplimiento de condicional.

No hubo alcohol, no hubo exceso de velocidad y nunca se fugó. No tiene sentido una pena de prisión efectiva. Sí aceptamos cualquier medida restrictiva y hasta la prohibición de conducir”, cerró.

El planteo finalmente fue acogido por la magistrada Leiva, que falló en coincidencia y dispuso que los fundamentos de la sentencia serán comunicados el 23 de junio.

Sobreviviente apuntó a Andrés González: “Su imprudencia mató a mis amigas”

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Policiales

Sospechoso del crimen del sindicalista Achingo volvió a ser detenido

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Elio Romualdo O. (37), vinculado a un extenso prontuario por delitos graves, fue capturado ayer por la tarde en el barrio capitalino San Onofre, en el marco de un operativo realizado por la Dirección de Investigaciones Complejas.

El último hecho registrado fue una tentativa de homicidio ocurrido en octubre de 2024, cuya víctima fue un hombre identificado como Mauricio T. Por lo que, en cumplimiento de un oficio judicial librado por el Juzgado de Instrucción N.º 2, los efectivos procedieron a su detención.

A su vez, figura entre los principales sospechosos por el asesinato del sindicalista Pablo Sabino Achingo, ocurrido el 7 de junio del 2017 en Posadas, causa en la cual había recuperado la libertad.

Según los registros del sumario también está vinculado a otras causas por delitos graves, entre ellos, infracción a la Ley de Estupefacientes, robo y lesiones.

La Comisaría Seccional Octava, dependencia que interviene en la causa, ya fue notificada y se encuentra coordinando las medidas judiciales correspondientes.

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