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Declararon otros dos rugbiers y negaron haberle pegado a Báez Sosa

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Báez Sosa

Lucas Pertossi y Blas Cinalli, dos de los ocho rugbiers acusados de matar a Fernando Báez Sosa en enero de 2020, declararon hoy en el juicio que se lleva en su contra en el Tribunal Oral 1 de Dolores.

El primero de ellos pidió la palabra frente y afirmó que “nunca” tuvo la “intención de quitarle la vida a nadie”, sostuvo en la última audiencia del debate, desarrollada este miércoles 18 de enero, en el tercer aniversario del crimen.

Pertossi comenzó relatando qué hicieron el 17 de enero, durante la tarde y noche previas al mortal desenlace. En ese sentido, contó que, tras un día en la playa, “fuimos a buscar documentos y plata a la casa, fuimos a Le Brique, ahí compramos entradas, y un grupo se vuelve a la casa para hacer la comida y también prepáranos”.

Una vez en la discoteca, habló de una pelea que hubo por parte de sus amigos y a algunos de ellos los sacaron, aunque él decidió salir por su cuenta.

“Croniquita” o “intento de influencer” -como dice que le dicen sus amigos-, Lucas Pertossi dijo que grabó parte de la secuencia y lo propio hizo en el exterior, a tal punto que hay un video incorporado a la causa.

Según su versión, Pertossi recreó que, el día de la pelea que derivó en la muerte de la víctima, “veo a mi izquierda a un amigo mío que lo estaban agarrando del pie y lo querían tirar al piso, les digo ‘soltalo’, veo que el chico se para y me voy caminando hacia la esquina. Cuando llego me encuentro con que no sabía dónde estaba parado, más la noche, más el alcohol, y al llegar a la esquina los pierdo”.

“Ahí llamo mensajes y mando mensajes a mis amigos. Me dicen que estaban en el mercado. Cuando voy veo que no están, los empiezo a llamar. Veo a un chico y le pregunto: ‘¿Viste a grupo de chicos?'”.

De acuerdo a su declaración, el muchacho le respondió: “‘No vi a nadie, hubo una pelea en Le Brique, llegó la ambulancia y caducó el grupo'”, explicó el acusado frente a los jueces.

“Yo mando mensajes a los chicos contando lo que me había relatado ese chico”, siguió, argumentando el por qué del famoso audio en el que le avisa a sus amigos de la muerte de Fernando Báez Sosa.

“Llegué a la casa y pregunto qué pasó y me dicen los chicos en la casa: ‘No, quedate tranquilo, nos peleamos, pero volvimos, quedate tranquilo'”, dijo Lucas Pertossi, quien aseguró que luego de ir a comer al local de comidas rápidas con otros del grupo, volvió a la casa y ahí los detuvo la Policía.

“Nadie nos decía nada, pero a la tarde viene un policía y dice: ‘Chicos, los veo muy preocupados, saben qué pasó, ustedes mataron a un pibe'”, y ahí se me cayó el mundo, no entendía qué había pasado, no lo podía creer, me pregunté si fue el chico que le habían pegado”, indicó.

“Estoy muy mal por lo que pasó y sigo mal, estuve con tratamiento psiquiátrico y psicológico, a todos nos afectó mucho, siento mucha pena por lo que pasó. En ningún momento le pegué a Fernando Báez Sosa, no lo toque, en ningún momento participé de un plan de asesinato, sólo fui de vacaciones. Nunca tuve intención de quitarle la vida a nadie”, concluyó.

“No le pegué a Báez Sosa”

Tras la declaración de Lucas Pertossi, fue el turno de su amigo Blas Cinalli, quien siguió la misma línea de desligarse del hecho.

“Yo en ningún momento le pegué a Fernando Báez Sosa, supongo que con quien tuve en el encuentro dentro del boliche, no sé, capaz fue él. En ningún momento le pegué, veo que dicen que él tenía ADN mío en la uña del dedo meñique”, expresó.

Luego del testimonio, se le pidió que con un puntero señale el video en donde estaba al momento del ataque.

Tras una breve explicación, Cinalli pidió exhibir un video donde el querellante Fernando Burlando los trató de “cobardes” y “energúmenos” y otras calificaciones a ellos y sus familias, y por eso justificó que no le iba a responder preguntas a la parte querellante.

De su lado, el fiscal Juan Manuel Dávila le preguntó si en la secuencia de lo que sucedió vio a algún chico con el torso desnudo (en referencia a Báez Sosa) y Blas dijo que “no”.

También le preguntó por su proximidad con la víctima: “Pude haber estado ahí, pero no lo recuerdo”, y también le preguntó sobre la ubicación de otros de sus amigos, también imputados, y no respondió, ya que sólo dijo iba a hacerlo respecto a su persona y nadie más.

“Salí por mi cuenta del boliche, nos quedamos discutiendo con los patovicas en la puerta, y en un momento ingresan y se van. Al lado mío empieza una pelea, veo a un amigo contra otro chico, ahí aparece un policía, veo que un amigo se iba a sentar en un sendero, nos quedamos boludeando con el celular y empiezo a escuchar gritos y veo tumulto de gente y reconozco a uno de mis amigos que estaba en un tumulto”, relató.

Y continuó: “Me paro y veo, y a un amigo mío lo estaban agarrando de la cintura para llevarlo a la parte de atrás de un auto, lo sigo a mi amigo porque pensé que lo iban a tirar, y cuando llegué al lado de él, veo que lo agarraron del pie porque lo querían tirar, lo suelta a él y me agarra a mí”, describió.

“Cuando logro zafar, le pego una patada y lo dejé ahí y seguían gritos. Del otro lado del auto, escucho gritos como que también se estaban peleando, pero voy y no veo a nadie, y regreso donde estaba, ahí veo que el chico no tenía intenciones de seguir peleando y me fui”, dijo, en referencia a las imágenes que se conocen en la causa sobre un amigo de Fernando.

“Yo en ningún momento le pegué a Fernando Báez Sosa, supongo que con quien tuve en el encuentro dentro del boliche fue él, pero no sé, capaz fue él. En ningún momento le pegué, veo que dicen que él tenía ADN mío en la uña del dedo meñique”, trato de aclarar Cinalli, ya que había dicho que en Le Brique se “agarró” con un chico.

Cinalli siguió recordando que la Policía llegó a la vivienda que alquilaban a pocas cuadras del lugar del hecho y que el mensaje que él envió a amigos suyos vía chat horas más tarde en el que les informaba “matamos a uno” fue porque vecinos del lugar decían que un chico había muerto frente a Le Brique luego de una pelea.

“¿Por qué dice que fue una pelea si a usted sólo lo agarraron del pie?”, preguntó la fiscalía, y el rugbier dijo: “Porque fue una pelea, si le pegan a un amigo suyo o me agreden, es una pelea”, respondió Cinalli.


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El 8 de mayo se reiniciará el juicio contra acusado de balear a su ex pareja

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juicio balear ex pareja

El Tribunal Penal Uno de Posadas fijó para el próximo 8 de mayo el reinicio del debate oral contra Manuel Rivero (59), acusado de balear a su ex pareja en un grave episodio de violencia de género registrado a fines de 2016 en el barrio San Marcos de la capital provincial.

El juicio contra el hombre imputado por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo en grado de tentativa y homicidio simple en grado de tentativa (dos hechos) y portación ilegal de arma de fuego en concurso real en carácter de autor” había comenzado el 26 de febrero, pero un día después y luego de la declaración de la víctima, el proceso debió ser suspendido ante un diagnóstico de dengue en el juez Ángel Dejesús Cardozo, que presidía el tribunal.

Después de ello, el plazo de 10 días previsto para su reanudación venció y, en consecuencia, las autoridades judiciales decidieron declarar la nulidad de todo lo actuado en esas primeras dos audiencias realizadas, ante lo cual ahora el proceso debe comenzar de cero.

De esta manera, tanto Rivero, como las partes intervinientes y los testigos volvieron a ser citados para comparecer ante el tribunal para que el debate oral vuelva a comenzar el próximo 8 de mayo.

Según la información recopilada por La Voz de Misiones, el tribunal volverá a estar integrado por los magistrados Cardozo (presidente), Viviana Cukla y Gustavo Bernie, aunque ya está previsto que en caso de ausencia de uno de ellos será el juez Gregorio Busse (del Tribunal Penal Dos de Posadas) quien ocupe el lugar en carácter de subrogante legal.

Las audiencias realizadas en febrero fueron suspendidas ante un cuadro de dengue en el juez Cardozo (al centro).

Audiencias nulas

En el juicio que finalmente fue declarado nulo, Rivero se abstuvo de brindar una declaración formal sobre los hechos que le imputan y sólo se limitó a decir “soy responsable del hecho, pero de ese momento no me acuerdo nada”.

En la segunda jornada, en tanto, declaró Elisa de Souza, víctima y que además actúa como querellante particular en la causa.

Ante los presentes, la mujer relató minuto a minuto lo que sucedió durante esa mañana del 14 de diciembre de 2016 cuando fue sorprendida en su casa por Rivero, quien la persiguió hasta la calle y le disparó a matar en tres oportunidades con un revólver calibre 22 milímetros marco Doberman.

“Me acuerdo que me levanté a las 6, preparé a los chicos (sus hijos) y los acompañé a la parada porque tenían que ir a la terminal para encontrarse con su papá (Rivero). Cuando volví me senté a tomar mate en el hall, escuché un ruido y cuando miré para atrás estaba Rivero. Tenía un arma en la mano, me miraba y se reía” recordó De Souza.

Y entre lágrimas continuó: “Le pregunté qué hacía y me respondió: ‘Sabés lo que voy a hacer, te voy a matar, porque si no sos mía, no sos de nadie’. Ahí entendí la gravedad de lo que pasaba y corrí por la puerta de atrás. Salí a la calle, no sabía qué hacer”.

Fue después de eso que De Souza escapó por las calles del barrio hasta llegar a una parada de colectivos donde intentó refugiarse detrás de un joven, pero ambos fueron baleados por Rivero, que posteriormente se dio a la fuga y más tarde incluso escapó de una comisaría posadeña.

Tanto la mujer como el muchacho de la parada sobrevivieron al ataque, aunque De Souza quedó con severas secuelas de movilidad en uno de sus brazos.

Ahora, toda la causa deberá volver a ser ventilada el 8 de mayo, cuando se reinicie el proceso oral ante el Tribunal Penal Uno y el caso pueda encontrar resolución después de más de ocho años.


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Condenan por tenencia simple a misionera que tenía un growshop en la Patagonia

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Una joven misionera que administraba un growshop en Tierra del Fuego fue condenada por el delito de “tenencia simple de sustancias estupefacientes” en el marco de una causa que revistió mayor gravedad al inicio ya que la investigación comenzó tras la intoxicación de varios estudiantes secundarios que consumieron un brownie con marihuana.

La muchacha, de 25 años y oriunda de Posadas, recibió una pena de 3 años de prisión de suspenso, ante lo cual no irá a la cárcel, aunque sí deberá cumplir una serie de restricciones y reglas de conducta impuestas por el Tribunal Oral Federal (TOF) de Tierra del Fuego.

La misma sentencia alcanzó a un fueguino de 30 años, aunque lo recibido por ambos imputados fue considerablemente menor a la pena que tenían en expectativa bajo la acusación con la cual llegaron a instancia a juicio, que era por “comercialización de sustancias estupefacientes agravado por haberse producido en perjuicio de menores de edad”, lo que pudo haber significado una sanción más severa con prisión efectiva. 

Para dimensionar el caso hay que remontarse a mediados de 2022, época en la cual la mujer administraba un emprendimiento de artículos cannábicos llamado Chalaland 420, que recibía pedidos a Instagram y entre los productos ofrecidos habían tortas de marihuana. 

Justamente, una adolescente de la localidad de Río Grande adquirió uno de esos postres y lo llevó al colegio para compartir con sus compañeros, aunque cinco de ellos resultaron intoxicados tras su consumo, lo que generó un gran revuelo en la ciudad. 

Consecuencia de ello, un padre radicó una denuncia y eso disparó la investigación que finalmente dejó a la misionera involucrada a la causa federal que ahora se resolvió mediante la firma de un juicio abreviado.

Tras quedar detenida, uniformados locales allanaron el departamento de la joven posadeña en el barrio Chacra 2 de Río Grande e incautó plantas de marihuana, entre otros elementos como semillas y macetas. 

En la continuidad de la pesquisa, en tanto, se determinó que los productos gastronómicos elaborados no contenían THC -componente psicoactivo del cannabis- y tampoco no se detectó presencia de sustancias estupefacientes en los exámenes médicos practicados a los estudiantes.

Con estos elementos sobre la mesa y ante la imposibilidad de comprobar todos los hechos contemplados en la acusación inicial, la Justicia alivianó la imputación de los dos involucrados y solo les atribuyó el delito de “tenencia simple de estupefacientes”, ante lo cual recibieron 3 años de prisión en suspenso.


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El STJ redujo la pena a joven que chocó y mató tras un after en Posadas

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STJ zielinski

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) decidió reducir la pena impuesta a Matías Ezequiel Zielinski (24), el joven que en 2019 chocó y mató luego de un after sobre la avenida Quaranta de Posadas, que ahora en vez de 4 años de prisión efectiva recibió 3 en suspenso, ante lo cual podrá recuperar la libertad en la próximas horas.

El fallo, firmado ayer, fue alcanzado por mayoría, con el voto preponderante del magistrado Jorge Antonio Rojas, al cual adhirieron luego sus pares Rosanna Pía Venchiarutti Sartori, María Laura Niveyro, Froilán Zarza y Cristian Marcelo Benítez, mientras que Juan Manuel Díaz, Roberto Rubén Uset y Ramona Beatriz Velázquez tuvieron una opinión disidente. 

De esta manera, el máximo órgano judicial de la provincia hizo lugar de manera parcial al recurso de casación presentado por la defensa del imputado, confirmando por un lado la calificación legal y autoría del hecho por parte del joven automovilista, pero reduciendo el monto de pena impartido.

En consecuencia, el STJ resolvió condenar a Zielinski a la pena de 3 años de prisión en suspenso como autor de “homicidio culposo agravado y lesiones culposas agravadas”, ante lo cual podrá recuperar la libertad con restricciones o patrones de conducta que deberán ser establecidas por el mismo tribunal que lo condenó tras el juicio realizado a fines de 2022.

Dicho debate fue realizado ante el tribunal unipersonal presidido por la magistrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas, que en ese momento condenó al joven a 4 años de prisión efectiva, tras lo cual el imputado fue trasladado a la Unidad Penal I de Loreto.

Pena reducida

En su voto, que terminó siendo decisivo en la resolución dispuesta por el STJ, el camarista Jorge Antonio Rojas consideró que existen atenuantes a favor del implicado como para no cumplir su pena en contexto de encierro. 

En primer lugar, reconoció que el joven actuó de manera negligente e imprudente, pero remarcó que el delito es de tipo culposo, es decir, que no tuvo intención de provocar ni la muerte de un acompañante, ni las graves lesiones de otro. 

Rojas también ponderó la corta edad del joven (19 años al momento del hecho), como así también su estilo de vida (buen concepto, trabajador, vínculos familiares), su falta de antecedentes y la conducta ajustada a derecho tomada tras el siniestro, sin obstaculizar ni esquivar el proceso penal.

“Por todo ello, considero justa la aplicación de una pena de tres años de prisión cuya ejecución será dejada en suspenso, fundando el mismo criterio en la “personalidad moral del condenado, su actitud posterior al delito, los motivos que lo impulsaron a delinquir, la naturaleza del hecho…” según lo que establece el art. 26 del CP”, planteó Rojas.

Y añadió: “No dejo de ponderar que se trata de la primer condena por un delito de naturaleza culposa y que se trata de un hombre que contribuye con el trabajo de su padre al sustento familiar, no luciendo así el monto y modalidad de cumplimiento efectivo de la pena la más acertada, atento a que dicho encierro habrá de segregarlo de la sociedad y de su grupo familiar, todo con las secuelas negativas que de ello derivaría”.

En esa línea, propuso que ahora sea el tribunal de juicio el encargado de fijarle al condenado las restricciones que considere apropiadas para que Zielinski curse el último tramo de su pena en libertad, advirtiendo que en caso de incumplirlas el beneficio será revocado. 

De esta manera, ahora el expediente deberá regresar a manos de la jueza Marcela Leiva para que disponga de estos nuevos considerandos y una vez resuelto el trámite el muchacho recuperará la libertad tras 15 meses preso.

Choque y muerte

El hecho por el cual Zielinski fue condenado se produjo el 24 de febrero de 2019, cerca de las 11, sobre la avenida Quaranta, frente a la planta de colectivos de la empresa Río Uruguay.

Según lo que se pudo reconstruir, esa mañana Zielinski estaba en un denominado “after” en una casa del barrio Itaembé Miní hasta que tomó sin permiso las llaves del Toyota Corolla de un conocido y junto a dos acompañantes identificados como Alberto Rubén Galeano (31) y Juan Alejandro Báez (30) acudieron a un kiosco para comprar más bebidas. A la vuelta se produjo el siniestro.

El momento exacto del accidente fue captado por cámaras de seguridad. En las imágenes se observa la circulación a gran velocidad y en forma zigzagueante del Corolla sobre la avenida Quaranta (en dirección desde la Rotonda hacia el Aeropuerto) hasta que se cruzó de carril y terminó impactando contra un colectivo urbano.

Como consecuencia de la colisión, Galeano perdió la vida en el acto y Báez resultó con severas heridas en distintas partes del cuerpo.

En el juicio se estableció, además, que el implicado condujo el rodado en exceso de velocidad y alcoholizado.

En ese marco, la fiscal interviniente en el debate, María Laura Álvarez, solicitó una pena de 5 años de prisión “por homicidio culposo y lesiones agravados doblemente por exceso en el consumo de alcohol y exceso de velocidad” contra el automovilista, aunque la jueza Leiva decidió otorgar un año menos y ahora el STJ redujo aún más la pena.

FOTO: El Territorio.


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