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El gobierno cede y acuerda 100 cambios en proyecto de Ley Ómnibus

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Ley Ómnibus

Luego de advertir que no negociaría el paquete de reformas que se discute desde hace dos semanas en el Congreso, el gobierno de Javier Milei reculó y aceptó modificar 100 artículos del proyecto conocido como Ley Ómnibus.

Entre los puntos sobresalientes de las modificaciones al texto original del proyecto de ley enviado al Congreso el 27 de diciembre, figuran acotar los superpoderes solicitados por Milei, la eliminación de retenciones a todas las economías regionales y la eliminación de YPF de la lista de empresas públicas sujetas a privatización.

La Casa Rosada le hizo llegar este viernes al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, un borrador con las modificaciones negociadas con la oposición legislativa más amigable con el gobierno, en sintonía con los reclamos que los gobernadores le hicieron al ministro del Interior, Guillermo Francos.

Como contrapartida, el bloque de Unión por la Patria (UxP) adelantó su rechazo al proyecto, independientemente de las modificaciones aceptadas por el gobierno, y convocó a apoyar el paro y la movilización convocado por la CGT para el próximo lunes 24, que promete ser masiva con la participación de las otras centrales obreras, organizaciones sociales y partidos de izquierda.

En el borrador de la Casa Rosada, no fue incluida el capítulo referente a la reforma previsional, aunque en el entorno del ministro Francos se aseguró que el tema sigue en discusión y no se descarta que se incorporé al texto que el gobierno espera poder convertir en ley la semana próxima.

Las modificaciones

Título I – Emergencia

Se limita el plazo de vigencia de la emergencia de 4 años (2+2) a 2 años (1 año + 1 año prorrogable por el Poder Ejecutivo).

Eliminación de emergencia de Defensa, Social y Sanitaria.

Se eliminan y revisa redacción de algunas bases de delegación a partir de sugerencias realizadas.

Título II – Reorganización administrativa

Se limita el ámbito de aplicación solo al Sector Público incluido en el Art 8 de la 24.156. Se elimina a las entidades con participación concurrente minoritaria del ámbito de aplicación.

FGS. Se establece como requisito que el Poder Ejecutivo Nacional para poder liquidar dichos activos (luego de ser transferidos) deberá contar con un dictamen previo favorable de la Comisión Bicameral de Reforma del Estado y del Seguimiento de las Privatizaciones establecida en la Ley 23.696.

Pesca

Se mantiene la obligación de desembarcar en Argentina.

Se aclara que el sistema de licitaciones no va a ser internacional.

Se mantienen los requisitos actuales con respecto a la tripulación local.

Hidrocarburos

Inclusión de la aclaración “Nacional o Provincial, según corresponda” para evitar cualquier duda sobre competencias de las Provincias en la materia, en todo el articulado.

Compatibilización con los principios del art. 3° de la ley 26.741.

Eliminación de la mención a “empresas estatales” y la obligación de vender al “export parity”.

Condicionamiento del derecho a exportar sujeto a (i) los requisitos habituales vinculados al acceso de los recursos técnicamente probados; y (ii) que la objeción en caso de ocurrir por parte de la Secretaría de Energía esté fundada por motivos técnica o económicamente en la seguridad del suministro.

Establecimiento de requisitos para la solicitud de reconversión de convencional a no convencional: conforme plazos que fije el Poder Ejecutivo, y se extiende por 10 años desde el vencimiento del plazo original. Posibilidad de extender por otros 10 años adicionales en función de amortización de inversiones.

Límite máximo de hasta 10 años para plazos más extensos que los fijados por la ley. En ningún caso, la concesión puede ser fijada a perpetuidad.

Respeto de los plazos establecidos por el marco legal existente a la fecha de aprobación de esta ley en las concesiones de explotación y concesiones de transporte otorgadas con anterioridad.

Se mantiene la Facultad de las provincias de controlar el plan de inversiones (No se derogan el Art 32 y 33).

Establecimiento de un régimen de autorizaciones de transporte de Hidrocarburos, con libre acceso.

Establecimiento de un régimen de habilitación para el procesamiento de hidrocarburos.

Regulación de la actividad de almacenaje de hidrocarburos bajo régimen de autorizaciones.

Mantenimiento del Pliego Modelo elaborado en forma conjunta por las Provincias y la Secretaría de Energía de la Nación.

Se mejora redacción y precisión del inciso de Fondos Fiduciarios y de afectación especifica. Se elimina la delegación con respecto a los servicios periféricos.

Se incluye en la delegación del marco normativo del sistema de contrataciones públicas los principios del Decreto 1023, la regla de licitación pública y la referencia a estándares de transparencia.

Se elimina YPF del listado de empresas a privatizar. Se incluye el procedimiento de informar a la Comisión Bicameral creada en la Ley 23.696.

Se agrega inciso c) con el fin de aumentar el control del Estado ante la posible privatización de Nucleoeléctrica Argentina.

Se mantiene como obligatoria la tenencia por parte del Estado de una acción con derecho a veto con respecto al cierre de actividad de nucleoeléctrica.

Se aclara que las unidades de auditoría interna van a ser nombradas y removidas por la SIGEN para evitar relación jerárquica entre controlante y controlado.

Se mantienen los requisitos actuales para el Síndico General de la Nación en 8 años (Se elimina Art 22).

Se mantienen los requisitos actuales para la Oficina Anticorrupción (Se elimina Art 24).

Se extiende el alcance de las prohibiciones para la función pública a todos los empleados públicos. Se incluye en las prohibiciones de la función pública la de permitir la colocación o utilización de símbolos partidarios o electorales en edificios, vehículos y muebles públicos.

Se aclara que la intervención de la SIGEN y Procuración es en forma previa a los acuerdos transaccionales y no en la reglamentación.

Se acota el alcance de las facultades para la renegociación y rescisión de contratos (Art 33).

Título III – Reorganización Económica

Se elimina Capítulo de Ley de sociedades.

Régimen de Regularización.

Se agrega la exclusión a convivientes.

Limitar en sujetos excluidos a las personas que son funcionarios o fueron hasta hace 5 años.

Se incorpora cláusula para que los no residentes no pueden regularizar bienes a nombre de terceros.

Bienes personales

Se incluye beneficio a contribuyentes cumplidores (Art 187). Reducción de alícuota por tres años.

Derecho de Exportación (Continuación)

Ajuste del canon por precio del barril.

Ajuste del canon anual por barriles.

Causal de nulidad de cualquier adjudicación de permisos o concesiones al vencimiento de los plazos originales sin mediar una licitación pública y abierta.

Biocombustibles

Se fijó un plazo de 18 años para que las mezclas con combustibles fósiles sean producidas en instalaciones situadas en la República Argentina, utilizando materias primas nacionales.

Se fija un régimen de % obligatorios en volumen.

Para biodiesel, establecimiento de un cronograma de cortes o mezclas obligatorias de biodiesel, en % en volumen progresivos en aumento hasta el año 2026. A partir del 12,5% y no antes de 3 años de la Ley, se propondrá al Congreso aumentos progresivos de porcentaje de mezcla o corte obligatorio hasta alcanzar el 15%. En la zona patagónica el porcentaje de mezcla o corte será del 10% hasta tanto se solucionen cuestiones técnicas y/o de infraestructura.

Para bioetanol, establecimiento del 12% en volumen como porcentaje de mezcla obligatorio. Durante los primeros dos (2) años, se podrá disponer un incremento hasta el 15%. A partir del 15% y no antes de 3 años de la entrada en vigencia, se propondrá al Congreso aumentos progresivos de porcentaje de mezcla o corte obligatorio hasta alcanzar un porcentaje entre el 18 y el 27%.

Cuando la mezcla o corte obligatorio supere el 15% para el biodiesel o el 18% para el bioetanol, las empresas que produzcan y/o destilen hidrocarburos estarán autorizadas a participar en las licitaciones previstas en el régimen únicamente en el volumen excedente a los porcentajes de mezcla o corte antes mencionados. En ningún caso, la participación de las empresas que produzcan y/o destilen hidrocarburos podrá ser superior al 15% del volumen excedente.

La autoridad de aplicación puede exceptuar los % señalados únicamente en caso de escasez general y comprobada de materia prima.

Régimen único de licitaciones transparentes, de acceso público para la determinación de volúmenes y precios en el abastecimiento de biocombustibles.

Para biodiesel, límite de adjudicación máxima del 14% por empresa, de su capacidad instalada registrada, y respeto de la relación entre la producción real propia y a façón, y la capacidad instalada del conjunto de empresas que producen materia prima (empresas integradas), sea igual a la del conjunto de las restantes empresas elaboradoras.

Para bioetanol, límite de adjudicación de su capacidad instalada registrada. Hasta el 31 de diciembre de 2030, para el bioetanol a base de caña de azúcar se respetará el volumen anual promedio del período 2021 – 2023. Efecto: se asegura un volumen de bioetanol de caña hasta 2030 en base a lo entregado en los últimos años; pueden tener más volumen si por precio les corresponde en la licitación.

Para bioetanol y biodiesel, en el caso de que los precios adjudicados superen los precios internacionales de importación, los vendedores de biocombustibles deberán vender al precio de importación vigente en cada momento.

No se deroga la exención de los biocombustibles del impuesto a los combustibles líquidos y al impuesto al carbono.

Energía Eléctrica

Aclaración en las bases de delegación del mantenimiento en la cuestión tarifaria de los principios tarifarios de las leyes 24.065 y 24.076.

Fondos Fiduciarios

Aclaración que los beneficios previstos en el art. 75 de la ley 25.565 y la ley 27.637 (Zona Fría) estarán comprendidos en la reasignación de subsidios a realizar conforme el DNU 70/23.

Transición Energética

Inclusión de las provincias en las mesas técnicas de trabajo para el diseño del modo de asignación de derechos de emisión y la implementación del modo para establecer los límites de derechos de emisión anuales.

Legislación ambiental

Reconocimiento expreso del acuerdo de las provincias para la legislación ambiental armonizada.

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Opositores rechazan circular del CGE que restringe asambleas docentes en escuelas

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Circular

La Circular N° 3, del Consejo General de Educación (CGE), del 3 de mayo pasado, restringiendo las asambleas docentes en las escuelas, provocó la reacción de la oposición política misionera, que enseguida cerró filas con los gremios de maestros que reclaman paritarias al gobierno.

El primer repudio a la disposición se hizo sentir esta mañana en el Club Social de Oberá, cuando la presidenta del CGE, Daniela López, y el ministro de Educación de Misiones, Ramiro Aranda, participaban de un homenaje a una supervisora que se jubilaba, y fueron increpados por un grupo de docentes que irrumpió en el acto.

La circular, firmada por López, cuestiona las “asambleas y manifestaciones” sindicales en los establecimientos, porque implica “el incumplimiento en el dictado de clases” y las compara con “la adhesión (de los maestros) a la medida de fuerza sin asistencia a la institución”.

Asimismo, encomienda a “los coordinadores de educación de todos los niveles y modalidades que instruyan a los supervisores y directores para verificar la efectiva prestación del servicio de los docentes frente al aula” y remitan a la Dirección de Administración de Personal y Recursos Humanos del CGE “un informe circunstanciado de cada establecimiento escolar”.

La arremetida opositora se cristalizó a través de las redes sociales por parte de legisladores y dirigentes de la Unión Cívica Radical (UCR) y el PRO Misiones, y abarcó también el nombramiento de López en el cargo que hasta hace poco ocupaba Juan Alberto Colita Galarza.

El bloque de la UCR anticipó este lunes que rechazará en la Legislatura provincial la designación de López al frente del CGE.

“Desde el Bloque de la UCR, anticipamos nuestro voto NEGATIVO a la propuesta del Gobernador para que Daniela Lopez presida el @CGEMisiones”, reza el posteo de la cuenta oficial en la red social X.

En otro posteo, el diputado provincial Ariel Pepe Pianesi explicó que la posición del bloque “no tiene que ver con un nombre”, en este caso el de López, y “sí con un modelo educativo agotado que tiene de rodillas a los trabajadores de la educación”, aclaró.

Si bien, la bancada radical en la Cámara de Representantes de la provincia no hizo referencia a la circular y puso el foco sobre el nombramiento de la profesora que sucedió a Galarza, el diputado nacional Martín Arjol, jefe político del grupo, hizo punta de lanza con la disposición conocida el fin de semana y acusó al gobierno de “pretender armar listas negras con aquellos docentes que luchan por un salario digno”.

También, se manifestó el abogado Santiago Koch, concejal de Posadas, quien posteó el facsímil de lo dispuesto por el CGE y pidió al gobierno provincial dejar sin efecto la circular de López.

“Qué bueno sería vivir en una provincia donde ningún empleado público o privado tenga miedo de reclamar sus derechos”, escribió Koch en su cuenta de X y sentenció: “Esto es una utopía en #Misiones, mucho por acciones como la Circular N 3 del @CGEMisiones”.

Urgente marcha atrás de esta medida persecutoria!!”, reclamó.

Por el lado del PRO, la diputada Analía Labandoczka, informó de la presentación, este lunes en la Legislatura provincial, de un proyecto de repudio a la disposición del CGE, junto a sus colegas Horacio Loreiro y Miky González Coria.


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Ninfa Alvarenga y un revés judicial para recuperar conducción partidaria

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Alvarenga

El Juzgado Federal con competencia electoral de Posadas rechazó la semana pasada un intento de la dirigente Ninfa Alvarenga para recuperar la presidencia de la Junta Promotora del Partido Libertario Distrital, de la que fue apartada a mediados de abril por la mayoría de sus miembros.

La resolución, firmada por la jueza María Verónica Skanata, no hizo lugar a un escrito presentado el 25 de abril pasado por un grupo de personas que alegaban ser “fundadores y constituyentes” de la organización y pedían restituir a Alvarenga en la presidencia de la Junta Promotora partidaria, a la vez que desplazaban a quienes habían votado su destitución días antes.

En rigor, los patrocinantes del escrito, Raúl Rubén Zelada, Valeria Roxana Ramos, Cristian Damián Zelada y Hugo Armando Rodríguez, entre otros, habían conformado, el 4 de noviembre de 2020, la primera Junta Promotora que inició el expediente 5334/20 para el reconocimiento partidario en el juzgado de Skanata, pero renunciaron dos años después, el 4 de mayo de 2022, en favor de una nueva conducción encabezada por Alvarenga, a la que se incorporaron quienes terminaron expulsándola el 19 de abril pasado, como Franco Insaurralde, Jhonantan Cantini y el apoderado Ariel Bello.

Esta segunda Junta Promotora tampoco fue la definitiva, ya que el 18 de mayo de ese año se suma entre otros al abogado Alejandro Jabornicky; en agosto se designa a Nelson David Ortiz como certificador; y el 1 de abril de 2023, remueven al primero de los nombrados, aunque no a todos los referentes de su sector, que incluso permanecen hasta hoy en el grupo liderado por Insaurralde.

De todo esto se valió la jueza Skanata para rechazar el escrito del 25 de abril último, ratificando lo actuado por el grupo que destituyó a Alvarenga y puso a Insaurralde y Cantini en la presidencia y vicepresidencia del partido, respectivamente.

La jueza notificó a Bello que “de acuerdo a los antecedentes de autos, a fs. 74/81 obra Acta de fecha 04 de Mayo de 2022, incorporada a estos actuados por el entonces apoderado Zelada, en la que por decisión de los propios firmantes del Acta de fecha 25 de Abril del corriente año, renuncian a sus cargos en la Junta y eligieron nuevas autoridades de Junta Promotora (dado que no se había logrado avances en la formación del partido). POR LO QUE NO PODRIA DARSE CURSO a lo que se decidiera en Acta de fecha 25 de Abril ppdo. Al carecer (por propia decisión de los ahora firmantes de dicha acta) de facultades y o cargos en la Junta Promotora partidaria”.

“NO HA LUGAR”, sentenció Skanata.

Las fuerzas del cielo

La destitución de Alvarenga dividió la escena libertaria misionera en cuatro sectores, el grupo de Rita Marina Flores y Jabornicky, impulsores del partido Ahora Vos, que inauguró en Posadas la diputada porteña Luciana Montenegro, a instancias de Karina Milei; el grupo de Insaurralde, Cantini y Bello; y el que lideran Guillermo Orsat y Federico Sosa, que no comulgan con ninguno de los anteriores y tampoco con Alvarenga, con quien nunca congeniaron.

En las filas libertarias, se especula que el golpe de Franco, Cantini y Bello en la conducción partidaria, redujo el sector de Alvarenga a una mínima expresión, representada por ella y el dirigente Eduardo H. Benesch, a quien pretendieron ubicar en la conducción quienes patrocinaron el escrito del 25 pasado rechazado por Skanata.

En el escrito de Zelada y Benesh, se acusa a quienes destituyeron a Alvarenga de haber “obrado en contra de las directivas que le fueron dictadas por los suscritos”,  y argumentaron que “la junta promotora no tiene competencia ni poder para destituir a ninguno de sus miembros, ni tampoco el de sustituirlos ni reemplazarlos, dado que técnicamente quienes los designaron tienen esa facultad”.

El texto habla de “discrepancias” de “público conocimiento”, en el seno de la junta promotora que removió a Alvarenga y puso a Insaurralde en su reemplazo, y ratifica “todo lo actuado hasta el 19 de abril”, día de la destitución de la dirigente, por el tercero de los complotados, el apoderado Bello, a quien suplantan por Benesh.

Desde el sector de Insaurralde, se describió la presentación a Skanata como “una maniobra absurda, que trató de engañar a la justicia electoral”.

“Es absurdo pretender que la junta promotora fundadora, que renunció hace dos años, pueda volver y modificar todo lo actuado desde que ellos se fueron”, comentó a La Voz de Misiones una fuente cercana a la conducción libertaria.

“Con buen criterio, la secretaría electoral no les dio lugar, dado que ellos mismos expresamente habían renunciado”, valoró.

Según apuntó a LVM, el escrito rechazado por Skanata fue parte de la contraofensiva de Alvarenga para recuperar el control del partido, que incluyó una batería de publicaciones en las redes sociales y “apriete telefónico” a varios de los integrantes de la nueva dirigencia.

Entre todo, en grupos de Whatsapp circuló un audio donde Alvarenga le hace al apoderado Bello una serie de recriminaciones y lo amenaza con las fuerzas del cielo.

Dios va a caer con toda la fuerza sobre vos, va a caer; vos no sabes contra quien te estas levantando”, le espeta Alvarenga a Bello y le reprocha: “Yo te abri la puerta, te puse en un lugar de privilegio, te ayudé en todo lo que pude, y mirá cómo me pagas”.

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Ríos confirmó su desvinculación del Inadi: “El organismo sigue existiendo”

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Inadi

El ex delegado en Misiones del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi), Jorge Víctor Ríos, anunció que esta semana fue desvinculado oficialmente del organismo que, según señaló, “aún sigue existiendo”.

El ex funcionario publicó la noticia de su alejamiento definitivo del Inadi en su cuenta de la red social Facebook.

Días atrás me llegó -finalmente- la confirmación oficial y definitiva del cese de mi contratación en el Inadi, el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo”, escribió Ríos.

“Como parte del cierre de esta etapa, muy significativa para mí, quiero expresar mi más sincero agradecimiento a todas aquellas personas que, desde los más diversos lugares y posiciones, colaboraron y apoyaron durante mi gestión en este organismo tan importante no sólo para la protección y garantía de algunos de nuestros derechos más básicos, sino también para la historia, la identidad y la convivencia democrática de nuestro país”, añadió.

“En particular quiero agradecer a quienes depositaron su confianza en mis convicciones y capacidades al encomendarme esta importante tarea, y por supuesto de manera muy especial al equipo de trabajo de nuestra delegación provincial”, sostuvo.

“Durante un año tuve la responsabilidad de gestionar la implementación de políticas públicas contra la discriminación en todas sus formas para Misiones”, comentó y aseguró que asumió su función “con toda la responsabilidad que ameritaba tamaña tarea”.

Jorge Víctor Ríos era delegado del Inadi en Misiones desde abril de 2023.

“Para mí no se trató meramente un trabajo, sino de una enorme oportunidad de aportar a la lucha por la igualdad de oportunidades y la justicia y convivencia social desde la institucionalidad del Estado”, señaló.

“Estoy más convencido que nunca del valor, no sólo de la militancia por la igualdad, la equidad, el respeto y la convivencia democrática, sino también del rol central que tiene la acción del Estado y de la política en esa lucha”, argumentó Ríos.

El Inadi aún sigue existiendo y la delegación en la provincia también”, anunció y explicó: “Quienes somos parte de la comunidad misionera aún contamos con la posibilidad de asesorarnos gratuitamente y denunciar casos de actos discriminatorios por los canales habituales”.

El ex delegado sostuvo, empero, que “hoy el organismo necesita de la defensa de toda la ciudadanía”, porque si bien el gobierno precisa de una ley del Congreso para clausurarlo, el Inadi “necesita de políticas públicas activas para su adecuado funcionamiento”.

Y en este momento se hace imperioso exigirle eso a quienes gobiernan”, finalizó el posteo.

Ríos, profesor de inglés, comunicador social y militante por los derechos humanos, había asumido la jefatura del Inadi local en abril del año pasado, en reemplazo de la ex diputada nacional Silvia Risko.

Hace dos meses, cuando el vocero presidencial Manuel Adorni comunicó la decisión del gobierno de Javier Milei de “cerrar” el Inadi con el argumento de que el organismo “no sirve absolutamente para nada”, Ríos ya había señalado que el instituto “necesita ser mejorado, no eliminado”.


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