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Werner Lutz recibió 4 años por homicidio culposo y no quedó preso

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Werner Lutz juicio

Julio Werner Lutz (30), el joven que llegó a instancia de juicio acusado de chocar y matar e imputado por homicidio simple (que estipula penas de entre 8 y 25 años), finalmente fue condenado este mediodía por el Tribunal Penal Uno de Posadas, aunque la calificación se redujo a homicidio culposo y recibió una de pena de 4 años de prisión, la cual se hará efectiva una vez que la sentencia quede firme.

El fallo, alcanzado por mayoría con el voto de los magistrados Gustavo Bernie y Miguel Mattos (subrogante), fue leído a las 13.20 y dictaminó declarar al imputado como autor del delito de homicidio culposo y condenarlo a 4 años de prisión y 10 de inhabilitación para conducir, aunque la pena recién se hará efectiva una vez que la sentencia quede firme, ante lo cual Werner Lutz se retiró del Palacio de Justicia de la misma forma en la que llegó: libre.

Por su parte, la magistrada Viviana Cukla, votó en disidencia, y para ella la pena a aplicar era de 3 años de prisión en suspenso, con el agregado de que para mantener el beneficio debía cumplir normas de conductas tales como abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y/o estupefacientes; someterse al cuidado del Patronato de Libertados; y realizar 500 horas de tareas comunitarias, pero su opinión no prosperó y por el momento nada de ello tiene efecto. 

Por último, indicaron que los fundamentos de la resolución serán comunicados el 30 de octubre, a las 11, en los estrados del tribunal ubicado sobre calle La Rioja.

El fallo del Tribunal Penal Uno fue dictado por mayoría, con votos de Gustavo Bernie y Miguel Mattos y en disidencia con Viviana Cukla.

“Esto no nos da alegría porque sabíamos que a nuestro hijo no íbamos a recuperar más, pero es la ley la que dispone la sentencia. Hay un Dios que todo lo ve y la Justicia por lo menos salió a favor nuestro”, expresó tras la sentencia Walter Vázquez, padre de Fernando (24), el joven que el 20 de agosto de 2016 fue atropellado desde atrás por el Ford Fiesta Kinetic con el cual el ahora condenado circulaba pasando semáforos en rojo, en exceso de velocidad sobre la ex ruta provincial 213 y con indicios de haber consumido alcohol y marihuana previo al hecho. 

“Teníamos que estar acá igual porque era nuestro hijo. A lo mejor él ni siquiera va a ir preso, pero tiene un cargo de consciencia que nunca se le va a ir hasta que pida perdón de verdad. Todavía nuestro corazón está sufrido, tenía ganas de darle la mano, pero en este momento mi corazón no está curado”, agregó Walter en diálogo con La Voz de Misiones y otros medios presentes. 

Es que, antes del veredicto, el joven comerciante de celulares aceptó hacer uso de sus últimas palabras. Allí dejó su lugar, pasó al frente del estrado y pidió hablar de frente a los familiares de Fernando Vázquez, quienes se ubicaban en primera fila.

“Familia Vázquez, de todo corazón, quiero pedirles disculpas y espero que entiendan que jamás quise que esto ocurriera. Nunca tuve intención. Si hubiese visto a la moto esto jamás hubiese pasado, lastimosamente tenía este problema en la vista y no lo sabía”, manifestó Werner Lutz, llevando la mano a su corazón, y haciendo alusión a la disminución de la vista que adujo padecer en la primera audiencia de debate. 

Del dolo a la culpa

El cambio en la calificación fue solicitado previamente por el fiscal Martín Rau, quien durante la ronda de alegatos argumentó que en la causa no se pudo probar el dolo, es decir, la intención de matar, al tiempo que sí quedó demostrado un accionar de tipo culposo.

En su exposición, Rau realizó un relato del minuto a minuto del hecho, desde el momento en que Werner Lutz pasó a buscar a dos amigas para ir a una expo de autos al autódromo de Posadas hasta el momento exacto del siniestro fatal, recordando el testimonio de varios testigos, no sólo los que comparecieron a debate, sino también de los que dieron sus aportes durante la etapa de instrucción, además de valorizar informes accidentológicos. 

A partir de ello, el fiscal pasó a la siguiente etapa de su alegato y adelantó que “voy a hacer el análisis de la conducta en función de lo que es mi criterio, de los antecedentes legislativos, jurisprudenciales y, por supuesto, teniendo siempre a la duda como lo que es, a favor del imputado”.

En esa línea, volvió a repasar el testimonio de Florencia Wille Bille, una de las jóvenes que iba con el acusado dentro del auto al momento del hecho, quien describió que iban a alta velocidad (130 kilómetros por hora), cruzando semáforos en rojo y que gritó sobre la presencia del motociclista detenido en la avenida, al tiempo que lo contrastó con el Sabina Chávez -la otra acompañante-, que si bien fue coincidente en varios puntos, en un tramo de su declaración sostuvo que “para mí no lo vio”, en relación a Werner Lutz.

El fiscal Martín Rau no consideró que no se pudo acreditar dolo o intención de matar en Werner Lutz.

“Este testimonio -por el Wille Bille- lo hace desde su subjetividad y no me permite a mí acreditar certeramente que desde la subjetividad propia del imputado eso haya sido recibido de esa manera (…) No se puede atribuir de manera certera una conducta dolosa en la cabeza, en la faz interna de él (por Werner Lutz)”, opinó.

Y ahondó en su argumentación: “Yo tengo que analizar la duda a favor de Lutz. Yo creo que se han acompañado constancias que me permiten por lo menos mantener un umbral de duda respecto a esta situación del elemento cognitivo doloso, en relación a si vio o no a la moto detenida. Esta duda se me ve reforzada con el testimonio de Chávez. Pero esta duda funciona respecto a la conducta dolosa, no la culposa, que es lo que voy a peticionar”.

En ese mismo sentido, y aprovechando el carácter público del debate para explicar su pedido ante la sociedad, Rau indicó que los elementos que en su momento fueron considerados como indicios de dolo, a decir, consumo de bebidas, estupefacientes y exceso de velocidad, están  incorporadas como agravantes del tipo culposo en tras la última modificación del artículo pertinente en el Código Penal de la Nación argentina.

Con esto, el fiscal explicó que todas estas circunstancias representan lo que hoy se denominada como “culpa temeraria” y conforman un agravante del tipo culposo, aunque la figura tampoco puede ser aplicada en esta causa en virtud de que la modificación de la norma fue posterior al hecho en tela de juicio.

De esta manera, Rau concluyó que “lo que yo creo es que lo que sí ha quedado acreditado es que hubo una conducta de conducir grave, consistente en una grave violación o una gran infracción al deber de cuidado en una conducción imprudente, negligente, inexperta y antirreglamentaria”.

Tras esta exposición, que se extendió durante exactamente una hora, el representante del Ministerio Público Fiscal procedió a solicitar la pena de 5 años de prisión efectiva para Werner Lutz, argumentando que “para pedir este monto he analizado la repercusión social del caso y la gran imprudencia de subirse así a un auto y conducir de esa forma”.

“Él directamente no debía manejar”

A su turno, llegó el alegato defensivo, encabezado por el letrado particular Eduardo Paredes, cuya estrategia apuntó a demostrar que Werner Lutz “no vio a la moto” y que, por ende, “no había delito”.

“Gran parte del trabajo respecto al tipo culposo Rau nos ahorró, pero creo que esto es un poco menor”, adelantó Paredes.

A continuación, también repasó las testimoniales recolectadas pero, fundamentalmente, hizo hincapié en el diagnóstico de 2019 que concluyó que Werner Lutz padecía, desde 2015, un tumor cerebral que le comprimió un nervio óptimo y que le redujo la visión periférica del ojo izquierdo.

Werner Lutz junto a Pablo Luján, su otro abogado defensor.

“Él directamente no debía manejar, pero él tampoco sabía que nunca pudo haber tenido un registro de conducir. Cada vez que manejaba estaba violando el deber de cuidado porque él no ve del lado izquierdo, pero él no sabía, recién se enteró de eso en 2019. Por eso no va a manejar nunca más”, sostuvo.

Y agregó que “acá la discusión que queda es si él podía salir del error o no. Si no podía salir del error no hay delito. Si violó el deber de cuidado puede ser por la velocidad, pero estaba ahí, en el límite. Hubo una pequeña violación de cuidado”.

En base a lo expuesto, pidió al tribunal “no satisfacer ansias punitivas” y solicitó la absolución de Werner Lutz o, en forma subsidiaria, la aplicación de la pena mínima correspondiente al homicidio culposo.


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Audios del Pami: piden peritar teléfonos y levantar secreto bancario

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La causa contra la delegada provincial del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (Pami), Ninfa Alvarenga, denunciada por los delitos de “abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos”, y “extorsión calificada precedida de amenazas”, avanza en la Justicia Federal local.

Esta semana, la Fiscalía Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional de Posadas, ordenó una serie de diligencias en relación con el expediente relacionado con los audios filtrados, donde se escucha a Alvarenga exigiendo a los miembros de su espacio libertario que habían ingresado al Pami en febrero, la firma de sus renuncias anticipadas y transferencias de dinero de sus salarios en el organismo previsional.

Teléfonos

En concreto, el fiscal Jorge Horacio Campitelli, pidió librar oficios a las operadoras telefónicas Movistar, Personal y Claro, y al Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), para que aporten toda la información relacionada con los celulares de los denunciantes, los ex funcionarios del Pami Misiones, Ricardo Zacarías y Sixto Fernández; a la vez, que solicitó un peritaje de los aparatos de ambos por parte de la Gendarmería Nacional.

En este sentido, el fiscal Campitelli, especificó que el peritaje de los teléfonos debía enfocarse en las comunicaciones establecidas con el número atribuido a Alvarenga, entre los meses de febrero y julio.

“Se requiere documentar cronológicamente estas comunicaciones, que incluyen mensajes de WhatsApp, Messenger, SMS, entre otros medios”, puntualiza el requerimiento fiscal al que tuvo acceso La Voz de Misiones.

“Se deben identificar y adjuntar capturas de pantalla, transcripciones de audios y cualquier otro elemento relevante”, reza el oficio y precisa: “El análisis debe enfocarse en conversaciones relacionadas con solicitudes de dinero, amenazas, intimidaciones de despidos y discusiones sobre la elaboración de renuncias”.

Mercado Pago

Campitelli, pidió también un oficio judicial a Mercado Pago, para que informe, entre otros datos, todas las transferencias de dinero realizadas entre febrero y julio por los denunciantes, la encausada Alvarenga y sus lugartenientes en el Pami, Julio Cesar Peralta y Maximiliano Valenzuela.

Asimismo, el fiscal federal, solicitó que se requiera a la Secretaría Electoral de Misiones información sobre el estatus legal de los partidos de Alvarenga, el Partido Libertario, del que fue expulsada en abril, y La Libertad Avanza, que se encuentra en trámite de reconocimiento político.

Además, Campitelli, pidió que se solicite al Pami un informe de la situación en el organismo de Alvarenga, Peralta y Valenzuela, y las resoluciones de la desvinculación de los denunciantes Zacarías y Fernández, y del que fuera titular hasta la asunción de la libertaria, el médico Paulo César Zárate Ninamango.

También, solicitó que se requiera al equipo forense de la Agrupación VI “Misiones” de Gendarmería Nacional, la descarga de los audios publicados por LVM y replicados por el medio porteño El Destape, y la transcripción textual de su contenido.

Igualmente, encomienda al personal del Ministerio Público Federal “una búsqueda exhaustiva en internet de las noticias que han sido acompañadas por los denunciantes, así como cualquier nueva información relacionada con los hechos declarados, y las resoluciones de designación y destitución, tanto de los denunciantes como de los denunciados”.

Finalmente, el fiscal Campitelli, solicita al Juzgado Federal ordenar el levantamiento del secreto bancario para acceder a la información financiera y los movimientos de dinero de todos los involucrados en el expediente.

La denuncia

La presentación judicial se hizo la semana pasada y en el relatorio de los hechos, los denunciantes Zacarías y Fernández señalaron que Alvarenga “se jactaba” de ser “amiga íntima” de la hermana del presidente y secretaria General de la Presidencia, Karina Milei, y que, en una reunión, “luego de un delirante discurso”, los “amenazó” y les exigió que “debíamos aportar de nuestro sueldo a su peculio personal”.

Según el escrito al que accedió LVM, ambos relataron al fiscal que la acusada les advirtió que si se negaban los echaría del Pami “con o sin causa, dada la íntima amistad que tenía con la Sra. MILEI”, y señalaron: “Esas fueron sus ‘nuevas reglas’ para continuar en nuestros cargos gerenciales”.

“Así las cosas, nos interpeló verbalmente que transfiriésemos luego del cobro del sueldo el 10% 15% y 20% de cada sueldo (de) aprox. de 3.000.000 de pesos que constituían nuestro Salario”, denunciaron.

“Cuando quisimos y le dijimos que no nos íbamos a seguir prestando a dicho juego, sobresale la Resolución de la Dirección Ejecutiva de PAMI A NIVEL NACIONAL, que prescinde de nuestros servicios bajo el lato argumento de ‘reordenamiento administrativo’”, agregaron y acusaron a Alvarenga: “Ella nos dijo que no hizo valer las renuncias anticipadas ante nuestro ‘incumplimiento’ dinerario, ya que había hablado a Buenos Aires, para que nos echen por cualquier pretexto como el narrado”.

La filtración

La publicación de LVM sobre los audios filtrados de la delegada provincial del Pami, explotó a nivel nacional y fue reproducida por medios digitales de todo el país.

Alvarenga, reconoció después, en una entrevista con un medio misionero, la existencia de la conversación con Sixto Fernández, ex jefe de Recursos Humanos del Pami Misiones, aunque lo acusó de haber manipulado la grabación.

Asimismo, la dirigente libertaria, justificó las transferencias monetarias de las que hablan los denunciantes y evitó hablar de la firma de renuncias anticipadas de los miembros de su espacio político que ocupaban puestos en el organismo previsional, que menciona en la conversación.

En la misma entrevista, anunció que había denunciado a Fernández por la filtración de los audios y a LVM por haberlos publicado.

La Fiscalía Federal de Posadas, donde se tramita la causa contra la delegada del Pami Misiones.


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Revés judicial para ex candidato de JxC imputado por contrabando de soja

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cassol contrabando soja

Fue candidato a diputado provincial y prometía mejoras en la gestión del puerto de Colonia Alicia, entre otras cosas, pero no llegó a alcanzar la banca legislativa y cuatro años fue hallado in fraganti en una maniobra de contrabando de soja en un embarcadero clandestino de la zona, hecho que lo mantiene procesado en un expediente que se instruye ante la Justicia Federal de Misiones.

El protagonista de esta historia es Marcos Marcelo Cassol, un agricultor de Colonia Aurora que en 2019 fue candidato a diputado provincial por Juntos por el Cambio (JxC), pero que en 2023 fue interceptado por la Prefectura Naval Argentina (PNA) mientras se preparaba una operación de contrabando de soja en el paraje Londero, en la costa del río Uruguay.

Como noveno candidato titular, Cassol integró la lista que en las elecciones generales de 2019 encabezaba Humberto Schiavoni como postulante a la gobernación de la provincia.

“Para defender al misionero que trabaja, para garantizar el acceso a la vivienda, para recuperar la salud pública, para acompañar al agro. Necesitamos diputados de los trabajadores”, era el speech de campaña de Cassol en aquel entonces, lo cual se traducía en diversos flyers difundidos en redes sociales.

También prometía mejoras en la gestión del puerto de Colonia Alicia y mayores beneficios para los productores del Alto Uruguay.

Sin embargo, los resultados de aquellas elecciones marcaron una abultada derrota de Schiavoni frente al candidato renovador Oscar Herrera Ahuad y, en consecuencia, el agricultor de Aurora quedó muy lejos de alcanzar una banda en la Cámara de Representantes de la provincia.

Los flyers de campaña de Cassol en 2019.

Operativo en paraje Londero

Exactamente cuatro años después de esos comicios, la realidad lo ubicaba a Cassol en una posición muy diferente a la de aquel político con promesas para la comunidad.

El día que todo cambió fue el 31 de julio de 2023, cuando agentes de la PNA patrullaban las costas del río Uruguay en el paraje Londero, en el municipio de Colonia Auroria, hasta que advirtieron movimientos compatibles con una maniobra de contrabando.

Utilizando visores de alto alcance detectaron a varias personas transportando bolsas de arpillera desde un tractor con acoplado hasta una embarcación casera remolcada por otra con motor fuera de borda.

Los uniformados, pertenecientes a la Delegación Inteligencia Criminal e Investigaciones de PNA, avanzaron hasta el puerto clandestino, interceptando a cuatro personas, entre las cuales se encontraba el ex candidato Marcos Marcelo Cassol.

Unas 14 toneladas de expeller de soja listos para ser cruzados ilegalmente a Brasil fueron incautados en el procedimiento del año pasado.

Según consta en el expediente, en determinado momento los implicados huyeron por una barranca y volvieron a ser ubicados luego de una persecución, lo cual también permitió llegar hasta un galpón donde se encontraron más bolsas de granos, además de varias armas de fuego.

El reporte final arrojó el secuestro de 14 toneladas de expeller de soja, distribuido en un total de 316 bolsas, carga que superó los 2,3 millones de pesos en aquel entonces.

También se incautaron un tractor, un acoplado, un motor fuera de borda, un revólver, una escopeta, una carabina y municipios de distintos calibres, además de celulares y dinero en efectivo, de acuerdo al parte emitido por el ministerio de Seguridad de la Nación.

Procesamiento

Tras el procedimiento, Cassol y los demás involucrados fueron notificados del inicio de una causa por tentativa de contrabando que hoy lo encuentra con un procesamiento dictado por el Juzgado Federal de Oberá y ratificado en dos ocasiones por la Cámara Federal de Apelaciones.

La primera resolución en contra el agricultor fue firmada el pasado 26 de junio, cuando los camaristas decidieron no hacer lugar a una apelación presentada por los cuatro imputados y la segunda se conoció el último viernes, a instancias de la misma institución, esta vez declarando inadmisible un recurso casación articulado en contra de medida ulterior.

Las fotografías del operativo fueron difundidas por el ministerio de Seguridad de la Nación.

De esta manera, la Cámara de Apelaciones desestimó los planteos de la defensa de los implicados y confirmó todo lo actuado por el juzgado de primera instancia, lo cual incluía el procesamiento sin prisión preventiva para los cuatro agricultores por el delito de tentativa de contrabando.

En sus planteos, la defensa apuntaba a declarar la nulidad del procedimiento, aunque los argumentos esgrimidos no alcanzaron para convencer a los camaristas.

“El tribunal observa que los agravios formulados por la defensa se asientan en una mera discrepancia con la decisión adoptada en tanto no demostró la existencia de un perjuicio real, concreto y actual con proyección en las garantías constitucionales que amparan a sus asistidos a efectos de declarar la nulidad que postula”, concluyeron los magistrados de la cámara en su dictamen de junio.


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Panadero fue condenado a 7 años de prisión por traficar 72 kilos de cocaína

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cocaína azara

Un panadero oriundo de Campo Ramón fue condenado a más de 7 años de prisión por transportar 72 kilogramos de cocaína en un automóvil que fue interceptado por la Gendarmería Nacional Argentina (GNA) durante un procedimiento realizado el año pasado en Azara.

El implicado se trata de Horacio Alberto Pereyra (31), quien recientemente admitió su responsabilidad en el hecho y firmó un acuerdo de juicio abreviado en el que aceptó ser condenado a la pena de 7 años y 6 meses de prisión como autor del delito de “transporte de estupefacientes”.

El convenio fue alcanzado en acuerdo con la fiscal Vivian Barbosa y tras su homologación fue transformado en sentencia por el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas.

El hecho que llevó a la prisión a Pereyra se registró durante la noche del 28 de julio del año pasado, durante un procedimiento de la GNA en cercanías al puesto de ATM en la localidad de Azara.

Según se reconstruyó en la sentencia, esa noche los uniformados federales observaron una Chevrolet Traker LTZ estacionada en el semáforo de la avenida colectara y se acercaron para realizar un control documentológico.

En esa instancia, constataron que el vehículo era conducido por Pereyra pero también notaron anomalías en el sector trasero del rodado, principalmente vestigios de pintura fresca y añadidos metálicos, además de que la rueda de auxilio no encastraba normalmente.

Ante la sospecha de un ilícito el vehículo fue trasladado a la sección San José de la GNA, donde mediante el uso de un escáner confirmaron que en el sector del baúl había un doble fondo donde se transportaban varios bultos.

Lo siguiente fue el desarme del automóvil, instancia en la hallaron más de 72,655 kilogramos de pasta base de cocaína distribuida en diferentes panes ocultos debajo de los asientos traseros y dentro del torpedo.

Tras el procedimiento, Pereyra quedó detenido por infracción a Ley 27.737 de Estupefacientes y desde ese día permanece alojado en la cárcel de Loreto. Ahora resolvió su situación procesal firmando un juicio abreviado en el que se reconoció culpable y tendrá que purgar su pena.


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