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Rita Cervantes recibió 4 años de prisión y pronto podrá recuperar la libertad

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El Tribunal Penal Dos de Posadas declaró a Rita Marianela Cervantes Martínez (31) autora del delito de intento de homicidio cometido en perjuicio de su hija recién nacida, aunque consideró que hubo circunstancias de atenuación y, por ende, decidió condenarla a una pena de 4 años prisión, ante lo cual la joven podrá recuperar la libertad en el corto plazo dado que hace más de 3 años permanece detenida en la cárcel de mujeres. 

El veredicto no fue unánime, sino por mayoría, con los votos del presidente del tribunal, el magistrado César Antonio Yaya, y del vocal Gregorio Busse, al tiempo que Carlos Giménez opinó en disidencia al considerar que correspondía la absolución de la imputada por el beneficio de la duda.

De esta manera, Rita fue declarada penalmente responsable por el delito de “homicidio agravado por el vínculo en grado de tentativa, habiendo mediado circunstancias extraordinarias atenuación” y recibió una pena de 4 años de prisión, de los cuales ya lleva cumplidos más de 3. Los fundamentos de la sentencia serán leídos el 20 de diciembre.

El fallo se ajustó parcialmente a lo solicitado por el fiscal Vladrimir Glinka, quien en su alegato abogó por la aplicación de la misma calificación legal, aunque entendió que la pena debía ser de 7 años de prisión.

En su exposición, el fiscal descartó la teoría de una psicosis puerperal en la imputada, desacreditó a los peritos de parte y consideró que Rita actuó con dolo directo, al tiempo que calificó el hecho como “un caso excepcional”, atravesado por el contexto de encierro por la pandemia y por las características del embarazo experimentado por la joven.

La defensa, en tanto, encabezada por las letradas Luciana Sommer Aromí y Karen Rodríguez de Olivera, sostuvo que la acusación planteada por la fiscalía carecía de pruebas y luego insistió en la cuestión vinculada a la salud mental durante la etapa de puerperio de Rita. Bajo ambas argumentaciones, el pedido final fue el mismo: la absolución.

La sala del Tribunal Penal Dos repleta ante la exposición de los alegatos de las partes. Foto: Gentileza Marcos Otaño.

“Rita está privada de su libertad hace tres años. Rita está privada de su vida hace tres años. Ya tiene suficiente. Esto es algo que la va a acompañar para siempre. Ya es suficiente. Para sus hijos también ya es suficiente. Hoy la Justicia misionera tiene la posibilidad de hacer historia y fallar con perspectiva de género”, cerró su alegato Sommer Aromí.

Tras la sentencia, y a pesar de celebrar que la imputada podrá recuperar la libertad en el corto plazo, la letrada adelantó que apelarán el fallo y apuntó que “este es un caso testigo. En Misiones vamos a ver una sentencia sin pruebas”. También criticó que “todavía queda mucho por entender y por aprender respecto a la perspectiva de género”.

La letrada añadió que Rita ahora podrá acogerse al régimen de progresividad dentro de la cárcel para obtener la libertad de manera paulatina y que, en paralelo a ello, se seguirá tramitando la revinculación de la muchacha con sus hijos ante la Justicia de Familia.

“El hecho es innegociable, la calificación también”

La audiencia de hoy, la séptima desde el inicio del debate oral, comenzó exactamente a las 9 y fue transmitida en vivo a través de Youtube. El primero en exponer sus conclusiones fue el fiscal Glinka, quien se valió de un pizarrón para trazar una línea del tiempo mediante la cual reconstruyó la secuencia del caso, según su análisis e interpretación de las pruebas recolectadas durante el proceso.

Para Glinka no hubo dudas respecto al hecho y a la autoría del hecho por parte de la imputada, al tiempo que calificó como “un gran absurdo” la teoría de la psicosis puerperal planteada por la defensa.

“Acá hubo una victimización absurda por parte de habladores que ni siquiera son de esta provincia, a los que ni siquiera les importa la causa y ni conocen a la imputada. Solo están detrás de un interés propio”, lanzó Glinka en la introducción de su alegato, haciendo clara referencia a los especialistas en psiquiatría, psicología y obstetricia que intervinieron en la causa como peritos de parte.

Y en la misma dirección avanzó al postular que “se cabalgó sobre la psicosis puerperal porque la imputada no confiesa el hecho y eso es un sesgo, es justificar con ideología”.

A partir de allí, Glinka desplegó una cronología de sucesos ocurridos desde el 8 de agosto de 2020, día en que Rita se enteró que estaba embarazada de 34 semanas sin haber desarrollado panza, hasta su detención el 7 de septiembre a las 22, recorriendo en el medio su internación en el hospital Materno Neonatal, el parto y su teoría sobre el intento de asesinato perpetrado contra la beba recién nacida.

“Esto fue planificado. El dolo está claro”, insistió el fiscal, quien planteó que Rita ocultó su embarazo y que luego “se vio condicionada por lo que había hecho y actuó en consecuencia de sus propias decisiones. Después del acto equivocado comete todo lo demás para encubrir. Tuvo el problema en frente y se desbordó, pero acá las personas no están sentadas por sus problemas, sino por las formas en las que resuelven sus problemas”.

El fiscal Vladimir Glinka desplegando su teoría del caso frente a la imputada. Foto: Gentileza Marcos Otaño.

En su exposición de casi dos horas, el fiscal planteó que una vez que Rita fue dada de alta regresó a casa con su hija y esa fue la escena del intento de homicidio, tras lo cual pidió ayuda para descartar el cuerpo.

Glinka consideró como prueba estelar una cámara de seguridad que el 7 de septiembre a las 14.55, más de dos horas después del alta médica, captó a dos mujeres con un niño caminando en cercanías al lugar donde finalmente apareció la beba apuñalada, envuelta en una manta y dentro de una bolsa de consorcio atada.

“El sueño de cualquier fiscal es tener ese video”, celebró. Para él, una de esas dos mujeres era Rita y valoró el testimonio de la ex pareja de la joven, quien la reconoció al ver las imágenes, aunque la defensa luego sostuvo que ese reconocimiento no fue certero y mucho menos concluyente. 

El fiscal remarcó que los familiares de la acusada declararon con “contradicciones” y sostuvo que algunos de ellos sabían del embarazo e incluso deslizó que tanto una amiga o como una de las hermanas de Rita pudo haberla acompañado a desechar el cuerpo de la beba.

Ante todo lo expuesto, pidió la condena de 7 años de prisión, reiterando que es un “caso excepcional”, con incidencia de los contextos de encierro por la pandemia, de las características del embarazo, y observando “los evidentes gestos de dolor y arrepentimiento” en la imputada.

“El hecho es innegociable, la calificación también. Por eso creo que Rita tiene que tener la condena que corresponde y también la pena que corresponde a este hecho y a las circunstancias excepcionales. Eso es juzgar con perspectiva, no venir a hablar ‘alpedo’ desde Buenos Aires. Por eso, en relación a este caso y a las excepciones de esta causa, pienso que sería justo que la pena sea inferior al límite mínimo (8 años) que prevé la escala penal”, lanzó sobre el cierre.

“Todo en Rita fue abrumador”

Culminada la exposición de la fiscalía, fue el turno de la defensa y quien encabezó el alegato fue la letrada Sommer Aromí, quien en principio atacó la hipótesis acusatoria al responder que “no existen pruebas materiales que acrediten el hecho ni que vinculen a Rita con el hecho. No hay sangre, no hay huella, no hay testigos, no hay cámaras. El video no es prueba de nada. La actitud corporal de esas personas ya es determinante. No es Rita, ni tampoco su amiga ni su hermana”.

Para la letrada la cronología de hechos planteada por el fiscal corresponde a un “plan ilógico” y un relato que no cumple con lo requerido por las leyes penales.

Independientemente de ello, avanzó en la tesis planteada desde el comienzo del juicio, vinculada a un embarazo sin síntomas y a un proceso de negación y disociación que derivó en una psicosis puerperal con amnesia.

“Rita no contó de su embarazo porque ni ella podía darle entidad de embarazo. No lo podía internalizar en su psiquis. Ella tomaba pastillas, no se le cortó el período, no tenía panza y de repente supo que estaba embarazada de 8 meses”, repasó.

La abogada Luciana Sommer Aromí adelantó que apelarán la sentencia. Foto: Gentileza Marcos Otaño.

Luego, postuló que el hecho de haberse internado y atravesado el parte en soledad “incidió en que su situación psíquica vaya empeorando. Todo en Rita fue abrumador y cuando ella sale sola del hospital se enfrenta a una realidad que no tenía controlada. Ahí se produce el derrumbe de su estructura psíquica y se produce su período de amnesia”.

Glinka en su alegato refutó que esa amnesia no era “limitada”, sino “conveniente”, a lo cual la defensora contentó arguyendo que fue una perito oficial quien dictaminó que el relato de la imputada era “válido”. “Rita no recuerda lo que pasó y es creíble”, ratificó Sommer Aromí.

La abogada también respondió los embates del fiscal hacía los peritos que intervinieron en la causa y esgrimió que “tratar con tan poca seriedad a estos profesionales habla del sesgo de la fiscalía. Estos profesionales hablan desde su ciencia, hablan de lo que enseñan en la Universidad, hablan de lo que exponen en el Congreso cuando se debaten las leyes”.

Casi sobre el final, la letrada insistió en que “acá hay una psicosis puerperal vinculada también a un abuso infantil y si hay psicosis puerperal estamos hablando de insuficiencia en sus facultada”. Ante ello, el pedido: absolución.


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Alcoba Sciortino declara mañana por el choque fatal a Mante Martínez

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Tras entregarse el viernes al mediodía, luego de permanecer casi 80 horas en la clandestinidad, Martín Esteban Alcoba Sciortino (48), el correntino implicado en la muerte del motociclista Mante Martínez, comenzará mañana su periplo ante la Justicia cuando comparezca en audiencia de declaración indagatoria.

Fuentes consultadas por La Voz de Misiones confirmaron que las autoridades intervinientes en el caso programaron para mañana la audiencia indagatoria, instancia en la cual el detenido deberá comparecer ante el juez Ricardo Balor y tendrá la oportunidad de brindar su versión de los hechos o bien abstenerse, sin que ese silencio le signifique presunción de culpabilidad alguna.

En la misma audiencia el implicado será notificado de los elementos de prueba que se registran en su contra y de los alcances que tiene la investigación que, preliminarmente, se instruye como “homicidio culposo agravado por no prestar asistencia a la víctima y haberse dado a la fuga”, figura contemplada por el artículo 84 bis del Código Penal argentino.

Alcoba Sciortino se encuentra detenido desde el viernes a la siesta, cuando se entregó ante la Comisaría Primera del barrio Villa Sarita tras permanecer casi 80 horas prófugo.

Desde la clandestinidad, el jueves a la tarde había presentado un pedido de exención de prisión a través de su abogado particular Arturo Irigoyen Cúndom, aunque el planteo recibió el rechazo tanto del fiscal René Casals, como finalmente del magistrado Balor, titular del Juzgado de Instrucción Seis de Posadas.

Luego de ello, finalmente, el correntino con antecedentes por ciberestafas en Chubut, se presentó espontáneamente ante la Policía y quedó a disposición de la Justicia, que ahora continuará con el desarrollo de la causa.

El hecho por el cual Alcoba Sciortino aparece imputado se registró el miércoles 1° de mayo sobre la avenida Quaranta, frente al Parque de la Ciudad de Posadas.

En ese lugar, por causas que aún son materia de investigación, el hombre al mando de un Renault Fluence colisionó desde atrás y alta velocidad al posadeño Sergio “Mante” o “Manteca” Martínez, quien viajaba en una Corven 110 y falleció de manera instantánea.

Después del hecho, el automovilista escapó de la escena y abandonó el rodado siniestrado varios metros más adelante, más precisamente en cercanías al ingreso a Itaembé Miní.

Desde ese momento pasó a la clandestinidad y recién el jueves a la tarde se tuvo novedades suyas con la presentación del pedido de exención de prisión, el cual finalmente no prosperó y por ello el hombre se encuentra detenido esperando las disposiciones judiciales.

“Espero que se haga justicia con el que lo chocó, porque no actuó bien. Primero el choque mató a mi hijo y después lo abandonó. Si le perdonan ahora le puede chocar a otro y puede fundir su vida y otra familia”, expresó Rosa, la madre de la víctima, en diálogo con El Territorio.

El juez denegó la exención de prisión y sigue la búsqueda de Alcoba Sciortino


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El juez denegó la exención de prisión y sigue la búsqueda de Alcoba Sciortino

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El magistrado Ricardo Balor, titular del Juzgado de Instrucción Seis de Posadas, resolvió denegar el pedido de exención de prisión presentado por la defensa de Martín Esteban Alcoba Sciortino, ante lo cual sigue activa la búsqueda en su contra para que comparezca ante la Justicia para responder por el siniestro que le costó la vida al motociclista Sergio Mante Martínez el último miércoles a la mañana.

Según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la resolución negativa al beneficio solicitado por el conductor implicado fue resuelta a primeras horas de este sábado y fue en línea a la opinión vertida ayer por el fiscal René Casals, que había votado por el rechazo.

El pedido de exención de prisión había sido presentado el jueves a la tarde a través del letrado Arturo Irigoyen Cúndom y buscaba que Alcoba Sciortino conserve la libertad durante el proceso de la causa penal que se instruye en su contra por el delito de “homicidio culposo agravado por no prestar asistencia a la víctima y haberse dado a la fuga”, figura contemplada por el artículo 84 bis del Código Penal argentino.

motociclista

Mante Martínez viajaba en moto cuando fue embestido desde atrás y alta velocidad por un Renault Fluence.

Ahora, con la denegatoria al pedido firmado por el juez Balor, sigue activa la búsqueda del conductor cuyo paradero se desconoce desde hace casi 80 horas.

“Queremos ser respetuosos también de la Justicia. Si el juez decide que mi cliente conserve la libertad vamos a comparecer cuando lo disponga y vamos a estar todo el tiempo dispuestos a colaborar. Si el juez decide que él tiene que transitar el proceso en detención, así se lo voy a aconsejar también a mi cliente”, había adelantado a este medio el abogado Irigoyen Cúndom anoche.

Alcoba Sciortino aparece como el conductor del Renault Fluence que el miércoles a la mañana, minutos antes de las 6.30, sobre la avenida Quaranta, frente al Parque de la Ciudad, arrolló al motociclista Mante Martínez y escapó de la escena para luego abandonar el rodado siniestrado en proximidades al ingreso a Itaembé Miní.

Desde ese momento el hombre es intensamente buscado por efectivos de diversas dependencias policiales y, en ese marco, se realizaron allanamientos pero hasta el momento nada se sabe respecto a su paradero.

El implicado es oriundo de Corrientes y registra como antecedente una condena de 2 años y 8 meses de prisión dictada en Chubut a fines de 2021 por delitos de ciberestafa.

Despiden a Mante Martínez: “Él no quería que lo recuerden llorando”


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Perpetua para uno de los dos policías imputados por el homicidio de Andrade

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El Tribunal Penal Uno de Oberá condenó a la pena de prisión perpetua a Matías Esteban Lohn (34), uno de los dos policías acusados por el homicidio de Reinaldo Andrade (37), cometido en noviembre de 2019 en la localidad de El Soberbio, mientras que Fabio Boges (27), el otro efectivo imputado en el caso, fue absuelto por el beneficio de la duda.

El fallo de los jueces Francisco Aguirre, Horacio Paniagua y Jorge Villalba (subrogante) fue dictado esta tarde, luego de la ronda de alegatos desarrollada por la mañana y tras cuatro jornadas de debate oral.

De esta manera, Lohn, que al momento del hecho prestaba servicios en el Comando Radioeléctrico de El Soberbio, fue declarado penalmente responsable por el delito de “homicidio doblemente calificado por ser integrante de una fuerza de seguridad y el uso de arma de fuego”.

En consecuencia, el ex uniformado policial recibió el máximo de pena previsto y fue condenado a perpetua, ante lo cual deberá cumplir un período de 35 años de prisión efectiva.

Boges, en tanto, fue absuelto por la beneficio de la duda y en las próximas horas podrá recuperar su libertad tras permanecer más de cuatro años detenido en una unidad penal junto a su consorte de causa.

Persecución y muerte

El caso que se ventiló en debate ocurrió el 13 de noviembre de 2019, en el paraje San Ignacio de El Soberbio, a unos 500 metros de la ruta costera 2, y todo comenzó como una supuesta persecución de contrabandistas.

La reconstrucción del hecho señala que Andrade circulaba en un Volkswagen Gol Trend junto a dos acompañantes, mientras que los uniformados Lohn y Boges iban en un Ford Focus vestidos de civil.

En medio de la persecución, Andrade recibió un disparo que salió -comprobado científicamente- de la pistola reglamentaria de Lohn, tras lo cual falleció prácticamente en el acto.

La posterior autopsia practicada concluyó, además, que la bala ingresó por la nuca de la víctima fatal y que el disparo fue ejecutado a corta distancia, lo cual fue ratificado por los peritos forenses que declararon durante el juicio oral.

Las diferentes posturas del caso giraron en torno a las circunstancias en las que se produjo el enfrentamiento, si es que hubo tal.

Desde la defensa de los imputados siempre insistieron en que los uniformados presumieron que los ocupantes del Gol Trend estaban en una maniobra de contrabando de cigarrillos y que incluso Andrade exhibió un arma de fuego durante la persecución. Ante ello, en el juicio plantearon la causa como hecho de legítima defensa.

Del lado de la víctima, en tanto, sostuvieron desde un comienzo que ellos se dirigían hacia una chacra de la zona, escuchando música y tomando cervezas, hasta que uno de ellos bajó a orinar y en medio de esa situación arribaron al lugar los policías, que colisionaron y dispararon contra el auto.

En los alegatos de hoy, por su parte, el fiscal Rodolfo Cáceres abonó esta última teoría y en base a la evidencia recolectada aseguró que “fue una ejecución a corta distancia, efectuada por Lohn, y Boges, ante eso, no hizo nada para evitarlo, teniendo la obligación como funcionario público”, según detalló el diario El Territorio.

FOTO: EL TERRITORIO

Arranca el juicio a dos ex policías acusados de gatillo fácil en El Soberbio


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