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Piden controlar a represor misionero con domiciliaria que hizo mega fiesta

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A dos semanas de la ampulosa fiesta realizada por las bodas de oro del represor misionero con prisión domiciliaria Jorge Antonio Olivera (73), trascendieron más fotografías del evento y en una de ellas aparece como uno de los invitados Gustavo Ramón De Marchi, otro militar con causas por lesa humanidad, ante lo cual la fiscalía interviniente solicitó avanzar en la investigación de lo sucedido y amplió medidas de control en contra del ex militar oriundo de la tierra colorada.

El festejo se llevó adelante el 3 de febrero en la casa de Vicente López donde el misionero Olivera cumple prisión domiciliaria por las tres penas de prisión perpetua que registra en su contra, aunque nunca pidió permiso ni avisó de su realización, pero el jolgorio con más de 60 presentes y show de Palito Ortega tomó estado público a partir de fotografías y videos publicados en redes sociales por algunos de los invitados, entre ellos la negacionista Cecilia Pando.

Luego de ello, los fiscales generales de San Juan Francisco Maldonado y Dante Vega solicitaron que los pormenores del evento sean objeto de una investigación y también pidieron que a Olivera se le imponga “la obligación de abstenerse de realizar eventos sociales que supongan la concurrencia de un número considerable de personas ajenas al entorno familiar, la contratación de servicios de música, mobiliario, catering o cualquier otra actividad que, en definitiva, desnaturalice el alcance y sentido de la pena impuesta, y ponga en crisis la motivación estrictamente humanitaria que justifica dicho régimen de excepción, sin que ello deba interpretarse, claro está, como un impedimento para el desarrollo de su vida familiar y social”.

Ahora, al conocerse además la posible presencia en la fiesta de Gustavo De Marchi, también condenado a perpetua junto a Olivera en una de las causas en San Juan y además cómplice del misionero en la fuga de ambos registrada en 2013, los mismos funcionarios requirieron nuevos informes e incluso solicitaron la detención del represor.

De Marchi fue apartado del último juicio por motivos de salud psiquiátrica y estuvo en la fiesta de Olivera.

Apartado del juicio y luego de fiesta

Según consignaron desde el portal oficial del Ministerio Público Fiscal de la Nación, De Marchi se encontraba en libertad al momento de la fiesta debido a que el Tribunal Oral Federal (TOF) de San Juan había dictado la suspensión de la ejecución de sus dos condenas por razones de salud, aunque la orden fue anulada por la Sala III de la Cámara Federal de Casación el 6 de julio pasado.

“Se advierte que han transcurrido siete meses desde que la Sala III de la Cámara Federal de Casación (CFCP) anuló la resolución citada y ordenó el reenvío de las actuaciones. Por tal motivo, solicito al Tribunal que -imprimiendo la celeridad que amerita el caso- se dé cumplimiento a lo ordenado por la CFCP, ordenándose la inmediata detención del condenado Gustavo Ramón De Marchi”, indicó el fiscal Maldonado en su presentación efectuada el 7 de febrero, aunque el planteo no fue hecho público para reducir los riesgos procesales que ello podría conllevar.

En paralelo a ello, informaron que el TOF de San Juan hizo lugar hoy al pedido presentado por el fiscal Dante Vega respecto a la realización de un nuevo examen físico a De Marchi, ya que el imputado había sido apartado del juicio por la denominada Megacausa III “en razón de su condición psiquiátrica, neurológica y psicológica”.

“Resulta evidente que la presencia del nombrado en la celebración llevada a cabo en la casa de Jorge Antonio Olivera torna ineludible la necesidad de realizar un nuevo examen médico a los efectos de determinar si las condiciones médicas oportunamente constatadas se mantienen, particularmente teniendo en cuenta que en la imagen publicada por el diario Tiempo de San Juan se lo observa en condiciones que -prima facie- parecieran no condecirse con aquellas que mostraba al momento de realizarse la pericia que derivó en la suspensión de los procesos en su contra”, sostuvo Vega en su requerimiento.

Respecto al misionero Olivera, Vega sumó pedidos y planteó que al condenado se le imponga, además, la “prohibición de que ingrese a su domicilio cualquier persona imputada, procesada o condenada por crímenes contra la humanidad”, como así también “la realización de controles sorpresivos y periódicos semanales, en diferentes horarios, diurnos y nocturnos, debiendo informarse cualquier situación que suponga la violación de a las restricciones antes referidas” y, por último, “rondines policiales con la frecuencia que el Tribunal estimare pertinentes”.

El TOF corrió a la defensa de Olivera los requerimientos planteados por la Fiscalía y se aguarda resolución al respecto.

Olivera, junto a su esposa y Palito Ortega en pleno festejo el 3 de febrero.

Represor misionero

Según consta en los registros oficiales, Olivera nació en Posadas el 10 de agosto de 1950 y en San Juan se desempeñaba bajo el rango de Teniente y operaba como jefe de Inteligencia del RIM 22 (Regimiento de Infantería de Montaña), en una de las esferas de mayor poder dentro de la estructura.

El año pasado recibió su tercera condena a prisión perpetua tras un extenso juicio realizado por la Megacausa III, donde se acumularon seis expedientes con hechos padecidos por un total de 96 víctimas, de las cuales trece permanecen desaparecidas y cinco fueron ejecutadas. También se investigan secuestros, torturas y casos de violencia sexual.

Las otras condenas a perpetuas contra el misionero bautizado como “El Carnicero” fueron dictadas en julio de 2013 y octubre de 2018.

Entre las víctimas de las desapariciones, secuestros y torturas que se investigaron en las causas donde Olivera fue imputado aparecen la francesa criada en Misiones, Marie Anne Erize, y el actual diputado y ex gobernador de San Juan en tres oportunidades, José Luis Gioja.

El misionero, además, estuvo prófugo en dos oportunidades. Primero a mediados de los 2000 y luego en 2013, cuando 22 días después de recibir su primera condena escapó del hospital militar Cosme Argerich de Buenos Aires junto a su cómplice y hasta hoy compañero de andanzas Gustavo De Marchi.

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Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle

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condenas a Monica Gurina y Leandro Sanchez

Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.

Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.

Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.

Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.

La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.

“No hay derecho absoluto”

El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.

Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.

En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.

Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.

“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.

En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.

La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.

“Fue un hecho público y multitudinario”

En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.

En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).

“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.

Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.

También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.

En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.

Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.

 

Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”

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La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia

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Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.

Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.

Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.

A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”

Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.

Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.

La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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La fiscal María Laura Álvarez solicitó 1 año de prisión para Mónica Gurina y 10 meses de prisión para Leandro Sánchez.

El cumplimiento de la pena es en suspenso, es decir, que no implica ir a la cárcel y también contempla la realización de tareas comunitarias.

Para la fiscalía, ambos fueron coautores de los delitos de “desobediencia judicial” y “entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación bajo la cual llegaron a juicio oral.

Alvarez argumentó que el mayor pedido de pena fue para Gurina porque “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe docente desarrollado entre mayo y junio de 2024.

En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por los comerciantes de la avenida Uruguay y el entorpecimiento del transporte.

“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez.

A continuación es el turno de alegar a la defensa de los docentes imputados y más tarde la jueza Marcela Leiva dictaría sentencia.

Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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