Judiciales
Imponen millonaria multa a dueña de pitbull por ataque a menores en Posadas
El pasado viernes 14 de febrero, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº3 de Posadas resolvió hacer lugar a la demanda por daños y perjuicios interpuesta por Lorena A. y Fabio.K, progenitores de Fabio K. y Dahian K, quienes resultaron víctimas del ataque de un perro pitbull el 16 de septiembre de 2018.
Por el hecho, Dominga E, en carácter de dueña del animal, deberá otorgar a los menores la suma de $6.775.671 y $8.555.141,04 respectivamente, en concepto de “incapacidad sobreviniente”; $1.250.000 y $750.000 por “daño moral”; y $200.000 por “gastos médicos y de farmacia”.
“Lo admirable de este fallo es que se dirigió hacia las partes -que son dos menores de edad- de una forma muy llana y clara. Les envía un mensaje comentando cómo fue el caso y cómo el se ocupó, para que ellos puedan entender a través de las lecturas del fallo”, resaltó el abogado Sebastián Mieres, consultado por LVM.
Por último, destacó: “Otro aspecto a resaltar es que el juez (Martín Rubén López) se puso a disposición por si en algún momento los chicos quieren hablar con él o hacer una pregunta. Es decir, finalmente hubo Justicia en lo que respecta al caso concreto y a las partes”.
Simultáneamente, el juzgado propuso al Honorable Concejo Deliberante de Posadas la creación del “Registro de Animales Potencialmente Peligrosos”, lo que marcaría un importante precedente para la capital provincial en el marco de una problemática frecuente.
Antecedentes
El documento en cuestión, al que pudo acceder este medio, detalla que la denuncia fue presentada el 2 de diciembre del año 2021 por Lorena A. y Fabián K por daños y perjuicios contra Dominga E.
La pareja, representada por el abogado Sebastián Mieres, reclamó la reparación de los daños y perjuicios sufridos por sus hijos -menores de edad- como consecuencia del ataque de un perro de raza Pitbull, el 16 de septiembre del año 2018.
Según consta la denuncia, ese día, aproximadamente a las 10, Lorena A. se encontraba caminando por calle 145 junto a sus hijos Fabio (9), Dahiana (7) y Lucas (12), cuando de repente escucharon que la demandada llamaba a su perro, de raza pitbull, que se había escapado de su domicilio.
El animal, tras huir de su vivienda, atacó al menor Fabio, mordiéndolo en su brazo derecho. Con la ayuda de terceros lograron frenar el ataque; sin embargo, de inmediato el can se dirigió hacia la menor Dahiana, a quien mordió en el brazo izquierdo y luego en la espalda.
Tras la agresión y con la ayuda de un vecino, llevaron nuevamente al animal a su domicilio y como resultado del ataque ambos menores sufrieron múltiples heridas.
Un reparo millonario
Según el fallo, la responsabilidad de Dominga E, como propietaria del animal, “deriva de la falta de control sobre el mismo, lo que ocasionó lesiones a personas que transitaban por la vía pública”. En consecuencia, sostiene que: “la demandada debe responder por su deber de custodia y vigilancia, indemnizando los daños sufridos por los menores”.
Por otra parte, destacó que: “La demandada incumplió normativa de fondo, así como también la Ordenanza Municipal X N° 11, Capítulo II”.
En cuanto a los rubros indemnizatorios reclamados, contempla el daño estético, incapacidad sobreviniente, gastos médicos y de farmacia, y daño moral. Ya que, desde aquel ataque, los menores debieron atravesar meses de reposo y recuperación, medicación, molestias y dolores, así como la imposibilidad de realizar actividades recreativas.
A esto sumaron la cicatriz que ambos poseen y el estrés postraumático crónico que, según estiman, requerirá tratamiento psicológico, concepto por el cual reclamaron la suma de $10.000.000. A su vez, por gastos médicos y de farmacia, debieron afrontar gastos en medicamentos y traslados, por lo que peticionaron la suma de $200.000.
En cuanto al daño estético, alegaron que las mordeduras causaron en Fabio lesiones cronificadas en el brazo derecho y en Dahiana, lesiones en el brazo izquierdo y en la espalda. Como consecuencia, debieron ser sometidos a múltiples curaciones e intervenciones médicas, lo que les dejará cicatrices permanentes.
Los damnificados, afirmaron que esto les genera un profundo pesar, ya que afecta su imagen personal, provocándoles un perjuicio que estimaron en la suma de $2.000.000.
Finalmente, en lo referente al daño moral, sostuvieron que “existen todos los elementos fácticos para acreditar su existencia, ya que el hecho afectó la tranquilidad y estabilidad emocional de los menores”.
Asimismo, señalaron que la conducta de la demandada “generó frustración, angustia y desánimo, no sólo por los daños ya expuestos, sino también por la falta de un acercamiento por parte de la accionada, quien en ningún momento manifestó intención de disculparse ni mostró interés en arribar a una solución amistosa”, por lo que reclamaron la suma de $2.000.000.
El 28 de mayo del 2024, se realizó la audiencia prevista en el art 362 de la ley XII N°27, y no habiéndose arribado a un acuerdo se fijó el hecho controvertido: La responsabilidad y los rubros reclamados por los daños y perjuicios iniciada por los padres de los menores anteriormente indicados a raíz de los daños que sufrieron por un perro de raza “pitbull”, siendo la demandada Dominga E. dueña del mismo.
Finalmente, el pasado viernes 14 de febrero el juzgado dio sentencia, además de marcar un precedente con la propuesta de creación del “Registro de Animales Potencialmente Peligrosos” en la ciudad de Posadas.
“Esto no solo servirá para evitar casos similares en el futuro, sino también para que haya más control y responsabilidad en la tenencia de estos animales”, concluye el documento.
Último adiós a policía retirado atacado por dos pitbull: “Queremos justicia”
Judiciales
Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle
Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.
Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.
Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.
Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.
La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.
“No hay derecho absoluto”
El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.
Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.
Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.
En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.
La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.
“Fue un hecho público y multitudinario”
En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.
En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).
“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.
Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.
También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.
En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.
Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.
Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”
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La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia
Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.
Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.
Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.
A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”
Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.
Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.
La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
La fiscal María Laura Álvarez solicitó 1 año de prisión para Mónica Gurina y 10 meses de prisión para Leandro Sánchez.
El cumplimiento de la pena es en suspenso, es decir, que no implica ir a la cárcel y también contempla la realización de tareas comunitarias.
Para la fiscalía, ambos fueron coautores de los delitos de “desobediencia judicial” y “entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación bajo la cual llegaron a juicio oral.
Alvarez argumentó que el mayor pedido de pena fue para Gurina porque “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe docente desarrollado entre mayo y junio de 2024.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por los comerciantes de la avenida Uruguay y el entorpecimiento del transporte.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez.
A continuación es el turno de alegar a la defensa de los docentes imputados y más tarde la jueza Marcela Leiva dictaría sentencia.
Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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