Judiciales
Hijo de ex intendente Schoenfisch a juicio por crimen parricida en 2020
Tras más de dos años de proceso investigativo y recolección de pruebas, el Juzgado de Instrucción Uno de Eldorado dispuso la elevación a juicio del expediente que se tramita contra Pablo Schoenfisch (20).
El joven está acusado de asesinar a su madre Faustina Antúnez y provocar lesiones irreversibles en su padre Arnoldo Schoenfisch, ex intendente de Santiago de Liniers, tras atacarlos a balazos mientras dormían en la casa que la familia compartía en la localidad.
De acuerdo a la información relevada por La Voz de Misiones, la resolución fue firmada ayer por el magistrado Roberto Saldaña y ahora el expediente será remitido al Tribunal Penal Uno de Eldorado, cuyas autoridades deberán fijar fecha para la realización del debate oral donde se esclarecerá el crimen parricida.
En esa instancia, Schoenfisch deberá afrontar una acusación por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego”, en perjuicio de su madre, y “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego, en grado de tentativa”, contra su padre.
Bajo esta imputación, el muchacho afronta la posibilidad de ser condenado a una pena de prisión perpetua, que equivale a 35 años de cárcel efectiva, ante lo cual las estimaciones indican que, en caso de recibir tal sentencia, recién podría solicitar la libertad condicional en 2055.
Balas en la madrugada
El hecho que está listo para ventilarse en juicio oral se registró el 14 de mayo de 2020, entre las 3.40 y las 4.30 de la madrugada, aproximadamente, en la vivienda que la familia compartía en el barrio Los Tungales, kilómetro 36, de la localidad de Santiago de Liniers.
Según la reconstrucción del hecho trazada por los investigadores, esa noche, Pablo Schoenfisch durmió en la casa de su abuela paterna y en medio de la madrugada cruzó la calle para ingresar a la vivienda sus padres y atacarlos a balazos mientras ambos dormían.

Arnoldo Schoenfisch tiene 61 años actualmente y Faustina Antúnez tenía 56 al momento del hecho.
Las pericias determinaron que ambas víctimas recibieron balazos en la zona del cráneo, que los disparos fueron efectuados a corta distancia y que el arma utilizada fue un revólver calibre 38 milímetros.
Producto del hecho, Antúnez falleció a los pocos minutos, mientras que Arnoldo Schoenfisch -ex intendente de la localidad- sobrevivió pero sufrió secuelas irreversible como, por ejemplo, una ceguera bilateral.
Se estima que, tras el ataque, Pablo Schoenfisch regresó a la casa de su abuela materna, se acostó a dormir y a la mañana siguiente ni siquiera soltó una lágrima cuando lo despertaron con la noticia.
Su padre, en tanto, malherido, alcanzó a pedir auxilio por una ventana de la casa y el primero en llegar a la escena fue un hermano suyo que residía prácticamente en el mismo terreno.
“Pablito hizo cagada”
Allí comenzó la investigación y la punta del ovillo fue una frase que el propio Arnaldo Schoenfisch lanzó a sus familiares en esos primeros minutos del suceso: “Pablito hizo cagada”.
La posterior pesquisa determinó, en tanto, que el acusado mantenía una relación altamente conflictiva con sus padres y varios testigos declararon que el muchacho en varias ocasiones deseó la muerte a ambos.
Un testimonio de relevancia fue el que brindó un uniformado con vínculo directo con la familia, quien recordó que, semanas antes del hecho, en el marco de un almuerzo familiar, el joven le preguntó cómo manejar un arma y cómo ocultar rastros.
El testigo señaló que su recomendación fue la utilización de un guante, aunque nunca imaginó que toda esa información aparentemente ya tenía un objetivo claro -y macabro- para Pablo Schoenfisch.

Un par de guantes de tela con cuerina, una de las pruebas clave del caso.
Además, el círculo de pruebas recolectadas contra el imputado se cierra -y se conecta-, con el hallazgo de un par de guantes de lana con cuerina ocultos en la habitación que el joven utilizaba en la casa de su abuela.
Esa prenda fue incautada y enviada a pericias criminalísticas en laboratorios de Chaco, las cuales detectaron rastros de pólvora. Mismo resultado hubo en el análisis de un jean secuestrado al muchacho.
El requerimiento de elevación a juicio fue formulado por el fiscal Edgar Doldán. Ahora, el expediente está listo para ser ventilado en debate oral y Pablo Schoenfisch está próximo a sentarse en el banquillo de los acusados.
Judiciales
Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle
Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.
Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.
Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.
Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.
La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.
“No hay derecho absoluto”
El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.
Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.
Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.
En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.
La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.
“Fue un hecho público y multitudinario”
En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.
En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).
“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.
Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.
También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.
En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.
Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.
Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”
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La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia
Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.
Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.
Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.
A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”
Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.
Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.
La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
La fiscal María Laura Álvarez solicitó 1 año de prisión para Mónica Gurina y 10 meses de prisión para Leandro Sánchez.
El cumplimiento de la pena es en suspenso, es decir, que no implica ir a la cárcel y también contempla la realización de tareas comunitarias.
Para la fiscalía, ambos fueron coautores de los delitos de “desobediencia judicial” y “entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación bajo la cual llegaron a juicio oral.
Alvarez argumentó que el mayor pedido de pena fue para Gurina porque “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe docente desarrollado entre mayo y junio de 2024.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por los comerciantes de la avenida Uruguay y el entorpecimiento del transporte.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez.
A continuación es el turno de alegar a la defensa de los docentes imputados y más tarde la jueza Marcela Leiva dictaría sentencia.
Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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