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Etapa culmine en el juicio por el caso Irma: el lunes alegatos y sentencia

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Tras oírse el testimonio de una treintena de testigos, del juicio oral por el femicidio de Irma Ferreyra Da Rocha (47), registrado en diciembre de 2016 en Garupá, ingresó a su etapa culmine y las audiencias se retomarán el lunes con la ronda de alegatos de las partes y posible sentencia.

Las testimoniales acabaron esta mañana, tras la declaración de los últimos tres testigos que estaban citados a comparecer ante el Tribunal Penal Uno de Posadas, a cargo de los magistrados Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y César Yaya -subrogante-. Otras dos declaraciones serán incorporadas por lectura en la próxima audiencia.

De esta manera, la etapa de incorporación de pruebas culminará con la declaración de un total de 32 testigos, entre vecinos, policías, peritos en criminalística, médicos, psicólogos, bioquímicos y familiares tanto de la víctima como del único acusado, Alejandro Guillermo “Porteño” Esteche (34), quien afronta una acusación que el lunes puede conducirlo a una pena de prisión perpetua.

El debate comenzó el 16 de agosto con la lectura del requerimiento de elevación a juicio de la causa, instancia en la cual la Fiscalía de Instrucción Siete, a cargo de Patricia Clérici, consideró que Esteche debía ser juzgado como autor del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización, seguido de muerte” cometido en perjuicio de Irma Ferreyra, quien el 18 de diciembre de 2016 falleció tras 30 de agonía por las graves lesiones internas sufridas al ser golpeada y ultrajada sexualmente con la rama de un árbol en un baldío de Garupá luego de asistir a una fiesta en la que conoció al imputado.

Esteche decidió declarar ante el Tribunal Penal Uno en la primera audiencia de debate.

Ese mismo día declaró Porteño Esteche y frente a los magistrados admitió haberse retirado de esa fiesta junto a Irma, aunque negó haber tenido contacto sexual con Irma argumentando que ambos estaban “muy alcoholizados”.

La versión dada por el imputado varió en relación a lo declarado días después de ser detenido cuando fue llevado a audiencia indagatoria. En aquella ocasión negó haber abusado de Irma, indicando que el hecho consistió en “relaciones sexuales consentidas” pero “extremas”.

En relación a ello, en el presente juicio Esteche manifestó que en la instancia previa se autoincriminó por golpizas y presiones recibidas de parte de los uniformados policiales que lo llevaron detenido a la Comisaría Quinta de Garupá.

Ubicado en la escena

Tras su declaración, el debate continuó y en la segunda jornada declararon las dos personas que en la noche del hecho auxiliaron a Irma malherida en un baldío próximo al túnel peatonal ubicado debajo de la autovía de la ruta nacional 12 y en inmediaciones a la calle 246 y la avenida Alberto Roth.

El fiscal Martín Rau y el defensor particular Edgardo Cabrera observando imágenes de la escena del hecho en un celular.

Esos testigos fueron el ex prefecturiano Lucas Frutos y su novia en ese momento Sonia Poterala. Ambos ubicaron a Esteche en la escena del hecho y lo identificaron como la persona que esa noche vieron salir del baldío donde la mujer fue hallada en estado agonizante y gimiendo de dolor.

Además, los dos describieron que el hombre que vieron esa noche vestía una chomba azul con figuras blancas en el estampado, bermuda blanca y zapatos blancos, vestimenta coincidente con las prendas que Esteche llevaba puesta en esa fiesta de fin de año.

La primera intervención

En la tercera audiencia fue el turno de declarar de los primeros efectivos policiales que intervinieron en la escena. Uno de ellos fue Jorge Rivero, que al momento del hecho era jefe de la Comisaría Quinta.

El uniformado recordó que se entrevistó con Irma malherida, quien en medio de gestos y gritos de dolor, alcanzó a brindar algunos datos que orientaron la posterior pesquisa.

Según el testigo, en esas circunstancias Irma describió a su agresor como un hombre alto, delgado, de entre 25 y 30 años, vestido de remera oscura y bermuda blanca. La víctima allí también alcanzó a decir que “ahí hicimos bien, después él me pegó, me agarró del cuello y me desmayé. Cuando me desperté estaba muy dolorida, con algo incrustado en el cuerpo”.

Esteche y su abogado defensor, Edgardo Cabrera.

Rivero también indicó “le pregunté si le conocía (al agresor) y me dijo que sí, que ‘siempre está en el lavadero MyM y aparentemente es familiar de los dueños. No me supo decir más nada”.

Esteche trabajaba en ese lavadero, que era propiedad de la familia de Verónica Otazu -su pareja en ese momento-, quienes le alquilaban el predio a Hugo Martínez, un hombre que al principio de la investigación fue demorado como sospechoso pero recuperó su libertad cuando el ahora imputado apareció en escena y las pruebas lo dejaron comprometido con el caso.

Martínez declaró hoy. Aseguró el día del hecho estaba de viaje y recién volvió a Garupá en horas de la noche. Otros testigos declararon que el hombre no estuvo presente en la fiesta y el propio organizador del evento, Raúl Bareiro, aseguró que en un horario coincidente a la hora del hecho vio a Martínez tomando cerveza en un kiosco de la zona.

La agonía de Irma

En la cuarta jornada declararon los profesionales médicos que atendieron y operaron a la víctima en el Madariaga, quienes ratificaron que Irma falleció como consecuencia de una infección generalizada provocada por las desgarradores lesiones internas que provocó la rama incrustada en su cuerpo durante el ultraje sexual. El deceso de la mujer se produjo después de 30 horas internada. 

Mabel Ferreyra Da Rocha, hermana de la víctima, dio uno de los testimonios más dramáticos del debate.

“Me acerqué al hospital y ahí encontré algo que no se lo deseo a nadie. Ni a un animal se le hace algo así. Fue lo peor que vi en mi vida. Me quedó un trauma de por vida. Ya desde afuera de la sala se escuchaba como mi hermana gemía de dolor (…) Le pregunté mil veces quién fue, pero nunca me respondió. Sólo preguntaba por su hijo. Ya estaba con la mirada perdida. Sentía vergüenza e impotencia por la humillación que sufrió. Sólo le caían lágrimas”, describió  Mabel Ferreyra Da Rocha, hermana de la víctima, cuando le tocó declarar.

Lesiones en las manos 

En la segunda semana del debate, se destacaron las declaraciones vertidas por un efectivo que prestaba servicios para la Secretaría de Apoyo para las Investigaciones Complejas (Saic) y una médica policial que trabajaba en la Comisaría Quinta, quienes coincidieron en señalar que Esteche presentaba lesiones en ambas manos al momento de ingresar a la seccional como detenido.

Tanto Héctor Giménez como Liliana Benítez describieron que el imputado tenía “escoriaciones en la palma de la mano derecha y en el dorso de la mano izquierda”, lo cual llamó la atención de los uniformados intervinientes y por ello decidieron dejarlo asentado en un certificado médico firmado ese 18 de diciembre de 2016, un día y medio después del ataque sufrido por Irma Ferreyra.

Pedido de falso testimonio

En la sexta audiencia del juicio, realizada el último martes, declararon otros cinco testigos, entre ellos Elizabeth González, hermana de Esteche, contra quien el fiscal Martín Rau pidió investigar por la posible comisión del delito de falso testimonio.

Rau argumentó que su pedido se basó en las contradicciones que detectó en las declaraciones vertidas por la mujer a lo largo del proceso. “Los dichos de hoy (por el martes) ni siquiera son similares a las de otras oportunidades”, apuntó el fiscal y reforzó su postura al mencionar que la testigo “ha variado completamente sus dichos, pero no sólo de ella, sino de otros testigos”.

El fiscal Rau y la testigo González durante su testimonial brindada el martes.

Uno de los puntos de mayor discusión fue cuando González contó que su ex pareja -Facundo Uboldi- fue llevado a la comisaría el mismo día de la detención de Esteche y, según ella, el hombre fue encerrado en un lugar oscuro donde recibió amenazas e intimidaciones de parte de policías para autoincriminarse.

Incluso, la testigo señaló que mientras eso sucedía intercambió mensajes con Uboldi, ante lo cual el fiscal Rau intervino y apuntó que en las pericias telefónicas esa conversión es “inexistente”. Un día antes, cuando la ex pareja de la mujer declaró por videoconferencia, tampoco hizo referencia a ninguna situación de apremios.

Rau también cuestionó que en la instrucción González declaró haber recriminado a Esteche por no haber ido a dormir a su casa esa madrugada posterior al hecho investigado, mientras que en el juicio negó haber existido “discusión” alguna entre ambos.

En otro tramo de su declaración, la testigo aseguró que el juez que llevó adelante la investigación del caso, Carlos Giménez, hoy miembro del Tribunal Penal Dos de Posadas, la maltrató durante un allanamiento en su casa e incluso la amenazó respecto a la tenencia de sus hijos en caso de no colaborar con la investigación.

Allí intervino el César Yaya, uno de los magistrados del tribunal que lleva adelante el debate, quien preguntó a la testigo si en su momento denunció todo lo que estaba declarando ahora y González respondió que no.

El Tribunal es presidido por la magistrada Viviana Cukla e integrado por sus pares César Yaya -a la izquierda- y Ángel Dejesús Cardozo.

Con todos estos testimonios recolectados e incorporados como elementos de prueba al proceso, el debate oral pasó a un cuarto intermedio hasta el lunes, cuando se dará lugar a la ronda de alegatos.

En esa instancia, tanto el fiscal Rau, como el defensor particular, Edgardo Cabrera, deberán exponer sus conclusiones finales y efectuar sus pedidos al tribunal, cuyos magistrados luego tendrán que tomar una decisión. Se estima que la sentencia sea dictada ese mismo día.

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Revés judicial para Cerro Azul en reclamo de $165 millones a una empresa

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cerro azul

La Justicia provincial rechazó una ejecución fiscal impulsada por la Municipalidad de Cerro Azul contra la empresa MM Bioenergía S.A. por una deuda superior a los $165 millones y cuestionó la legalidad del procedimiento utilizado por la comuna para reclamar tributos.

El fallo fue dictado por el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Leandro N. Alem, que rechazó la demanda iniciada en junio de 2025 por la municipalidad en concepto de tasas de Seguridad e Higiene, Comercio e Industria correspondientes a distintos períodos entre 2021 y 2025.

La comuna reclamaba un total de $165.044.216,75 y había solicitado además medidas cautelares sobre bienes y fondos de la firma dedicada a la generación de energía renovable.

Sin embargo, tras varios meses de litigio, el magistrado interviniente resolvió desestimar la ejecución fiscal al considerar que la documentación presentada por el municipio no cumplía con los requisitos legales exigidos para avanzar con el cobro judicial.

Uno de los principales puntos observados en la sentencia fue la utilización de la Ordenanza VI N° 25 como fundamento del reclamo tributario. Según el fallo, esa norma fue publicada oficialmente recién el 1 de octubre de 2025, es decir, después de las intimaciones de pago y cuando ya se pretendía exigir el cobro de períodos anteriores.

En la resolución, el juez sostuvo que “la ausencia de publicación impide reconocer eficacia normativa a la ordenanza en cuestión y, por ende, priva de sustento legal exigible al crédito cuya ejecución se pretende”.

El fallo también cuestionó la boleta de deuda emitida por el municipio al señalar que el documento no detallaba con precisión qué conceptos se reclamaban, a qué períodos correspondían ni cuál había sido el mecanismo utilizado para calcular la deuda, incumpliendo requisitos establecidos en el Código Fiscal.

Durante el proceso judicial, MM Bioenergía S.A. argumentó además que su actividad se encuentra regulada bajo jurisdicción federal por tratarse de generación de energía dentro del Mercado Eléctrico Mayorista, en el marco de las leyes nacionales vinculadas a energías renovables. En ese sentido, cuestionó la potestad municipal para aplicar las tasas reclamadas.

En otro tramo de la sentencia, el magistrado citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de tribunales provinciales que establecen que ningún tributo puede ser exigido si la norma que lo crea no fue debidamente publicada en el Boletín Oficial.

Además de rechazar la ejecución fiscal, la Justicia impuso las costas del proceso a la Municipalidad de Cerro Azul y reguló honorarios profesionales sobre la base económica total del juicio, fijada en más de $165 millones. Según se desprende de la resolución, el impacto económico derivado del proceso podría superar los $50 millones.

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Cristaldo recibió 17 años de prisión por matar y ocultar el cadáver de Tizato

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Cristaldo Tizato

El Tribunal Penal Dos de Posadas resolvió este miércoles al mediodía condenar a Richard Arnaldo Cristaldo (49) a la pena de 17 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego” en perjuicio de César Daniel Tizato (16), el adolescente con el cual el 30 de agosto de 2020 salió a cazar en inmediaciones a su casa del paraje Pindapoy, de la localidad de San José.

La sentencia, emitida por los magistrados Augusto Gregorio Busse -presidente-, César Antonio Yaya y Martín Alejandro Rau, fue en disidencia al planteo efectuado por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato había mantenido la acusación impuesta en etapa de instrucción y conforme a ello había solicitado que Cristaldo sea condenado a prisión perpetua por “homicidio agravado por alevosía”.

La parte resolutiva del fallo se leyó este mediodía, minutos después de las 12.30, tras un breve cuarto intermedio de poco más de 30 minutos, mientras que los fundamentos de la resolución serán comunicados el próximo 4 de junio.

Cristaldo, más conocido como Grulla, por su oficio como profesor de artes marciales, oyó el dictamen en silencio, acompañado a la distancia por sus hijas y otros familiares directos que siguieron respetuosamente la audiencia desde el sector preparado para el público presente.

Cristaldo, junto a su abogado, minutos después de firmar el acta de la sentencia.

Duda

Su abogado defensor, el ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes, había solicitado en su alegato la absolución de su cliente por el beneficio de la duda, al considerar que no existían pruebas directas que vinculen al acusado con el asesinato del adolescente.

El letrado cuestionó la reconstrucción del caso trazada por el fiscal Glinka. Consideró que ese relato de hechos era “inverificable”, apunt

ó a la mayoría de los testigos por “mentir” en sus declaraciones y criticó severamente a los dos comisarios (Sergio de los Santos y Gabriel Antonio Comes) por el testimonio donde dieron cuenta que durante su detención Cristaldo admitió que mató a la víctima por accidente. 

Reyes también dirigió duras acusaciones contra los serenos de la estancia La Rosita, propiedad de la firma Rosamonte, predio donde el cuerpo de Tizato apareció sin vida, con un disparo en el tórax y sumergido en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad.

“Han venido acá y mintieron. Ellos no es que solo caminan sin hacer nada. Ellos son sanguinarios y mutiladores con quienes entran a cazar y pescar”, lanzó.

Reyes alegó que “no hay pruebas y los indicios desaparecieron. Los testigos que lo vieron mojado han mentido antes y ahora”, al tiempo que sostuvo que “es imposible que la bala de un calibre 22” -proyectil compatible con el rifle incautado en poder del acusado- cause la lesión penetrante y perforante que presentaba la víctima.

En último intento por torcer su destino, Cristaldo volvió a hablar ante el tribunal y reiteró su inocencia, aduciendo que ese episodio en la comisaría donde presuntamente admitió el crimen, fue bajo amenazas de los policías intervinientes.

El tribunal presidido por Gregorio Busse -al centro- emitió el fallo minutos después de las 12.30.

Cobarde, traicionero y abusivo

Un alegato diametralmente opuesto fue el desarrollado por el fiscal Glinka, quien consideró que el imputado pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar a una zona inhóspita, actuando sobreseguro y aprovechándose del estado de vulnerabilidad e indefensión de Tizato.

A Tizato lo mataron de una forma muy cobarde, traicionera y abusiva. Lo privaron de la posibilidad de torcer su destino. Lo manosearon. Le pusieron una piedra en la ropa para que se hunda y se pudra en la profundidad”, describió.

Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.

Para el fiscal, fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando las hipótesis de un hecho accidental, de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita o del involucramiento de otros presuntos jóvenes con quienes Cristaldo afirmó que la víctima decidió quedarse para no volver con él.

¿Existieron esas personas? Yo lo descarto. La lógica es que Daniel nunca se separó del imputado. Es solo un relato más que jamás se pudo comprobar. Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas y se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, reconstruyó.

“En fin. Ya no hay posibilidad de teorías alternativas. Se investigó todo. Fue la última persona que estuvo con Dani, era el único armado, estaba todo mojado cuando volvió y la ciencia determinó que era imposible que ese rifle se dispare por accidente”, resumió Glinka y solicitó la pena de prisión perpetua como autor de “homicidio agravado por alevosía”, aunque luego el tribunal modificó la calificación del caso.

 

Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato

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Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato

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El fiscal Vladimir Glinka mantuvo la acusación de “homicidio agravado por alevosía” y solicitó la pena de prisión perpetua para Richard Arnoldo “Grulla” Cristaldo (49), único imputado por el asesinato de Dani Tizato (16), registrado en 2020 en San José.

Para el titular de la fiscalía, quedó comprobado que Cristaldo pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar y luego cometió el crimen, asesinándolo de un disparo que le atravesó el corazón y ocultando el cadáver en una laguna de agua estancada.

Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.

Para el fiscal fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando la hipótesis de un hecho accidental o de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita, predio donde ocurrió el crimen y se descubrió el cuerpo tras 32 días de búsqueda.

“Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas. Él se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, apuntó.

Tras el pedido, el Tribunal Penal Dos dispuso un cuarto intermedio y más tarde será el turno de alegar para José Antonio Reyes, abogado defensor del imputado.

El caso Tizato comenzó el 30 de agosto de 2020, cuando fue a cazar con Cristaldo y nunca volvió. Su cuerpo apareció 32 días después en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad. Tenía un disparo en el pecho y rocas entre sus prendas para evitar que flote.

Cristaldo arguyó que en medio del camino el adolescente se quedó junto a otros tres jóvenes que nunca pudieron ser ubicados y quiénes, para el fiscal, “nunca existieron”.

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