Judiciales
Etapa culmine en el juicio por el caso Irma: el lunes alegatos y sentencia
Tras oírse el testimonio de una treintena de testigos, del juicio oral por el femicidio de Irma Ferreyra Da Rocha (47), registrado en diciembre de 2016 en Garupá, ingresó a su etapa culmine y las audiencias se retomarán el lunes con la ronda de alegatos de las partes y posible sentencia.
Las testimoniales acabaron esta mañana, tras la declaración de los últimos tres testigos que estaban citados a comparecer ante el Tribunal Penal Uno de Posadas, a cargo de los magistrados Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y César Yaya -subrogante-. Otras dos declaraciones serán incorporadas por lectura en la próxima audiencia.
De esta manera, la etapa de incorporación de pruebas culminará con la declaración de un total de 32 testigos, entre vecinos, policías, peritos en criminalística, médicos, psicólogos, bioquímicos y familiares tanto de la víctima como del único acusado, Alejandro Guillermo “Porteño” Esteche (34), quien afronta una acusación que el lunes puede conducirlo a una pena de prisión perpetua.
El debate comenzó el 16 de agosto con la lectura del requerimiento de elevación a juicio de la causa, instancia en la cual la Fiscalía de Instrucción Siete, a cargo de Patricia Clérici, consideró que Esteche debía ser juzgado como autor del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización, seguido de muerte” cometido en perjuicio de Irma Ferreyra, quien el 18 de diciembre de 2016 falleció tras 30 de agonía por las graves lesiones internas sufridas al ser golpeada y ultrajada sexualmente con la rama de un árbol en un baldío de Garupá luego de asistir a una fiesta en la que conoció al imputado.

Esteche decidió declarar ante el Tribunal Penal Uno en la primera audiencia de debate.
Ese mismo día declaró Porteño Esteche y frente a los magistrados admitió haberse retirado de esa fiesta junto a Irma, aunque negó haber tenido contacto sexual con Irma argumentando que ambos estaban “muy alcoholizados”.
La versión dada por el imputado varió en relación a lo declarado días después de ser detenido cuando fue llevado a audiencia indagatoria. En aquella ocasión negó haber abusado de Irma, indicando que el hecho consistió en “relaciones sexuales consentidas” pero “extremas”.
En relación a ello, en el presente juicio Esteche manifestó que en la instancia previa se autoincriminó por golpizas y presiones recibidas de parte de los uniformados policiales que lo llevaron detenido a la Comisaría Quinta de Garupá.
Ubicado en la escena
Tras su declaración, el debate continuó y en la segunda jornada declararon las dos personas que en la noche del hecho auxiliaron a Irma malherida en un baldío próximo al túnel peatonal ubicado debajo de la autovía de la ruta nacional 12 y en inmediaciones a la calle 246 y la avenida Alberto Roth.

El fiscal Martín Rau y el defensor particular Edgardo Cabrera observando imágenes de la escena del hecho en un celular.
Esos testigos fueron el ex prefecturiano Lucas Frutos y su novia en ese momento Sonia Poterala. Ambos ubicaron a Esteche en la escena del hecho y lo identificaron como la persona que esa noche vieron salir del baldío donde la mujer fue hallada en estado agonizante y gimiendo de dolor.
Además, los dos describieron que el hombre que vieron esa noche vestía una chomba azul con figuras blancas en el estampado, bermuda blanca y zapatos blancos, vestimenta coincidente con las prendas que Esteche llevaba puesta en esa fiesta de fin de año.
La primera intervención
En la tercera audiencia fue el turno de declarar de los primeros efectivos policiales que intervinieron en la escena. Uno de ellos fue Jorge Rivero, que al momento del hecho era jefe de la Comisaría Quinta.
El uniformado recordó que se entrevistó con Irma malherida, quien en medio de gestos y gritos de dolor, alcanzó a brindar algunos datos que orientaron la posterior pesquisa.
Según el testigo, en esas circunstancias Irma describió a su agresor como un hombre alto, delgado, de entre 25 y 30 años, vestido de remera oscura y bermuda blanca. La víctima allí también alcanzó a decir que “ahí hicimos bien, después él me pegó, me agarró del cuello y me desmayé. Cuando me desperté estaba muy dolorida, con algo incrustado en el cuerpo”.

Esteche y su abogado defensor, Edgardo Cabrera.
Rivero también indicó “le pregunté si le conocía (al agresor) y me dijo que sí, que ‘siempre está en el lavadero MyM y aparentemente es familiar de los dueños. No me supo decir más nada”.
Esteche trabajaba en ese lavadero, que era propiedad de la familia de Verónica Otazu -su pareja en ese momento-, quienes le alquilaban el predio a Hugo Martínez, un hombre que al principio de la investigación fue demorado como sospechoso pero recuperó su libertad cuando el ahora imputado apareció en escena y las pruebas lo dejaron comprometido con el caso.
Martínez declaró hoy. Aseguró el día del hecho estaba de viaje y recién volvió a Garupá en horas de la noche. Otros testigos declararon que el hombre no estuvo presente en la fiesta y el propio organizador del evento, Raúl Bareiro, aseguró que en un horario coincidente a la hora del hecho vio a Martínez tomando cerveza en un kiosco de la zona.
La agonía de Irma
En la cuarta jornada declararon los profesionales médicos que atendieron y operaron a la víctima en el Madariaga, quienes ratificaron que Irma falleció como consecuencia de una infección generalizada provocada por las desgarradores lesiones internas que provocó la rama incrustada en su cuerpo durante el ultraje sexual. El deceso de la mujer se produjo después de 30 horas internada.

Mabel Ferreyra Da Rocha, hermana de la víctima, dio uno de los testimonios más dramáticos del debate.
“Me acerqué al hospital y ahí encontré algo que no se lo deseo a nadie. Ni a un animal se le hace algo así. Fue lo peor que vi en mi vida. Me quedó un trauma de por vida. Ya desde afuera de la sala se escuchaba como mi hermana gemía de dolor (…) Le pregunté mil veces quién fue, pero nunca me respondió. Sólo preguntaba por su hijo. Ya estaba con la mirada perdida. Sentía vergüenza e impotencia por la humillación que sufrió. Sólo le caían lágrimas”, describió Mabel Ferreyra Da Rocha, hermana de la víctima, cuando le tocó declarar.
Lesiones en las manos
En la segunda semana del debate, se destacaron las declaraciones vertidas por un efectivo que prestaba servicios para la Secretaría de Apoyo para las Investigaciones Complejas (Saic) y una médica policial que trabajaba en la Comisaría Quinta, quienes coincidieron en señalar que Esteche presentaba lesiones en ambas manos al momento de ingresar a la seccional como detenido.
Tanto Héctor Giménez como Liliana Benítez describieron que el imputado tenía “escoriaciones en la palma de la mano derecha y en el dorso de la mano izquierda”, lo cual llamó la atención de los uniformados intervinientes y por ello decidieron dejarlo asentado en un certificado médico firmado ese 18 de diciembre de 2016, un día y medio después del ataque sufrido por Irma Ferreyra.
Pedido de falso testimonio
En la sexta audiencia del juicio, realizada el último martes, declararon otros cinco testigos, entre ellos Elizabeth González, hermana de Esteche, contra quien el fiscal Martín Rau pidió investigar por la posible comisión del delito de falso testimonio.
Rau argumentó que su pedido se basó en las contradicciones que detectó en las declaraciones vertidas por la mujer a lo largo del proceso. “Los dichos de hoy (por el martes) ni siquiera son similares a las de otras oportunidades”, apuntó el fiscal y reforzó su postura al mencionar que la testigo “ha variado completamente sus dichos, pero no sólo de ella, sino de otros testigos”.

El fiscal Rau y la testigo González durante su testimonial brindada el martes.
Uno de los puntos de mayor discusión fue cuando González contó que su ex pareja -Facundo Uboldi- fue llevado a la comisaría el mismo día de la detención de Esteche y, según ella, el hombre fue encerrado en un lugar oscuro donde recibió amenazas e intimidaciones de parte de policías para autoincriminarse.
Incluso, la testigo señaló que mientras eso sucedía intercambió mensajes con Uboldi, ante lo cual el fiscal Rau intervino y apuntó que en las pericias telefónicas esa conversión es “inexistente”. Un día antes, cuando la ex pareja de la mujer declaró por videoconferencia, tampoco hizo referencia a ninguna situación de apremios.
Rau también cuestionó que en la instrucción González declaró haber recriminado a Esteche por no haber ido a dormir a su casa esa madrugada posterior al hecho investigado, mientras que en el juicio negó haber existido “discusión” alguna entre ambos.
En otro tramo de su declaración, la testigo aseguró que el juez que llevó adelante la investigación del caso, Carlos Giménez, hoy miembro del Tribunal Penal Dos de Posadas, la maltrató durante un allanamiento en su casa e incluso la amenazó respecto a la tenencia de sus hijos en caso de no colaborar con la investigación.
Allí intervino el César Yaya, uno de los magistrados del tribunal que lleva adelante el debate, quien preguntó a la testigo si en su momento denunció todo lo que estaba declarando ahora y González respondió que no.

El Tribunal es presidido por la magistrada Viviana Cukla e integrado por sus pares César Yaya -a la izquierda- y Ángel Dejesús Cardozo.
Con todos estos testimonios recolectados e incorporados como elementos de prueba al proceso, el debate oral pasó a un cuarto intermedio hasta el lunes, cuando se dará lugar a la ronda de alegatos.
En esa instancia, tanto el fiscal Rau, como el defensor particular, Edgardo Cabrera, deberán exponer sus conclusiones finales y efectuar sus pedidos al tribunal, cuyos magistrados luego tendrán que tomar una decisión. Se estima que la sentencia sea dictada ese mismo día.
Judiciales
Fundamentos de la condena a docentes: “Los derechos no son absolutos”
La magistrada Marcela Alejandra Leiva fundamentó la condena impartida contra los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez en dos pilares centrales: el rol “de conducción y representación” que atribuyó a los imputados en la protesta y en la premisa de que “ningún derecho es absoluto”.
En su escrito, de 87 fojas, la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, encargada de presidir el tribunal unipersonal que llevó adelante el juicio oral contra los docentes, consideró, en primera instancia, que “ambos imputados ejercían funciones orgánicas de representación y vocería institucional en el conflicto, invocando expresamente la representación colectiva y actuando como autoridades máximas de sus respectivas organizaciones”.
Para arribar a esa afirmación se apoyó en las actas de notificación y en las declaraciones efectuadas por los agentes policiales que intervinieron durante los días comprendidos entre el 1 y el 4 de junio del año pasado para comunicar las órdenes judiciales de despejar el acampe docente montado sobre la avenida Uruguay como medida de protesta para exigir mejoras salariales.
“Gurina y Sánchez no sólo eran parte de la protesta sino que asumían roles de conducción y representación, lo que explica porque el personal policial y los propios manifestantes indicaron a ellos como referentes, cuya presencia resultaba determinante para la toma de decisiones en el lugar de los hechos”, expuso entre sus argumentos Leiva.
La jueza desestimó los argumentos defensivos que insistían en el hecho de que todas las decisiones tomadas en el marco de la protesta era de carácter “asambleario” y entendió que “pues aun dentro de un esquema de decisiones colectivas, ambos (por Gurina y Sánchez) aparecían como figuras representativas y funcionales para la comunicación con autoridades y para la toma de definiciones”.

Gurina y Sánchez recibieron 10 meses y 8 meses de prisión en suspenso, respectivamente.
En ese marco, consideró acreditado que ambos docentes enjuiciados cometieron de manera deliberada el delito de “desobediencia judicial” al no atender las órdenes de despejar la calle, lo cual vino aparejado con la interrupción del tránsito y el consecuente “entorpecimiento del normal funcionamiento del transporte”, que era la segunda figura penal achacada a los imputados.
Al respecto, expuso Leiva: “Las conductas desplegadas excedieron los límites razonables que la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos reconocen a la huelga, la protesta o la libertad de expresión, configurando una afectación inadmisible a bienes jurídicos de terceros y al orden público”.
Y argumentó: “El derecho a la protesta, como manifestación de derechos humanos de participación, no puede convertirse en un ámbito de inmunidad para la producción de resultados lesivos, tales como la obstrucción deliberada del tránsito o la desobediencia a una orden judicial válida, contravendría el núcleo estructural del propio sistema de derechos humanos, que exige compatibilizar su ejercicio con la protección simultánea de la libertad, la seguridad y la dignidad de las demás personas”.
En cuanto a lo planteado por el abogado defensor Eduardo Paredes, de aplicar en forma subsidiaria a la absolución el estado de necesidad justificante o del estado de necesidad exculpante, la jueza subrayó: “No se configura aquí un conflicto legítimo entre derechos fundamentales que permita justificar la conducta, toda vez que la huelga no comprende la facultad de impedir la circulación pública por vías de hecho ni de afectar el normal desenvolvimiento de la comunidad, encontrando límites infranqueables cuando lesiona derechos de terceros ajenos a la medida. La protesta o huelga no constituye causa de justificación de delitos ni excluye la antijuridicidad de conductas que lesionan directamente bienes jurídicos de terceros. La doctrina penal ha sido clara en este punto”.
La jueza también citó jurisprudencia y mencionó el caso de Estela del Valle Juárez, docente y secretaria general de la Regional Suroeste de la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut (ATECh), que participó en cortes de rutas por un conflicto salarial que estalló en su provincia en 2019 y cuya condena a tres meses de prisión en suspenso por “entorpecimiento del transporte” fue ratificada por la Corte Suprema en abril de este año.
A partir de la presentación de estos fundamentos, el equipo legal que defiende a los docentes tiene un plazo de diez para presentar una recurso de casación, lo cual es prácticamente un hecho ya que a apenas conocida la sentencia del miércoles pasado adelantaron que “apelaremos el fallo y de ser necesario insistiremos hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)”.
El fallo dictado por la jueza Leiva dispone 10 meses de prisión en suspenso para Mónica Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Leandro Sánchez, además de 8 horas mensuales de tareas comunitarias.

En las escalinatas del Palacio de Justicia los docentes volvieron a recibir el acompañamiento y el apoyo de sus compañeros.
Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle
Judiciales
Desestiman otra autoincriminación en el caso Schoenfisch y pasan a los alegatos
Tal como lo hizo un mes atrás, el ex intendente de Santiago de Liniers, Arnoldo Schoenfisch (67) volvió a autoincriminarse ante el tribunal que juzga a su hijo Pablo (23), acusado de un ataque parricida que ocasionó la muerte de su madre Faustina Antúnez (54) y dejó ciego a su padre, quien ahora pretende responsabilizarse por el hecho para favorecer al imputado.
Es la tercera vez que insiste en la versión autoincriminatoria. Primero lo hizo con un declaración jurada vertida ante escribano público en diciembre de 2024, luego hizo lo propio en el inicio del debate oral que conducir a su hijo a una pena de prisión perpetua y lo repitió hoy.
Esta situación obligó que el comienzo del debate quede stand by hasta que sus declaraciones sean analizadas por la fiscalía de instrucción, cuyas autoridades finalmente desestimaron la versión y eso permitió que el juicio se reanude, pero Schoenfisch padre hoy volvió a declarar: “Discutimos, la maté y luego me quise suicidar”.
El magistrado Atilio León, integrante del tribunal que preside Adriana Andino y completa Javier Jourdan (subrogante), pidió “suspender definitivamente” el juicio debido “al alto riesgo para la validez del proceso” que representaba el hecho de continuar interrogando a un testigo que pedía ser imputado.
Sin embargo, por mayoría, con los votos de Andino y Jourdan, el debate prosiguió y la declaración continuó en los mismos términos, instancia en la que el fiscal Federico Rodríguez solicitó que Schoenfisch sea investigado por falso testimonio, tal como lo hizo con un hermano suyo, Rubén Schoenfisch, que incluso fue detenido al finalizar la audiencia.
Para el fiscal, el testigo continúa siendo parte de un “esquema defensivo” donde busca adjudicarse el hecho para favorecer a su hijo con un versión “imposible de acreditar”.
En ese sentido, marcó las contradicciones expuestas por Schoenfisch, que en etapa de instrucción formuló expresiones completamente diferentes a las vertidas en el juicio e incluso negó las declaraciones dadas por al menos otros tres testigos que comprometen la situación del imputado.
“Hace unos días me enteré que acá estaban diciendo que yo dije, ‘que esto hizo Pablo’. Eso es mentira. Yo nunca le mencioné a él. Hay dos o tres que dijeron eso y eso es una mentira. Lo digo francamente. La mentira tiene patas cortas. Eso me indigna”, lanzó hoy en referencia a los testimonios de Lucas Szumkoski y Miguel Ángel Szumkoski, hijos de Antúnez y hermanastros del imputado.
Schoenfisch padre también negó que a su hijo le hubieran “cortado” la entrega de dinero y el uso de vehículos como castigo a su mal comportamiento. También minimizó discusiones.
Después de su testimonio, pasaron a declarar dos licenciados en criminalística, quienes repasaron las pericias realizadas en el caso, las cuales concluyeron que los disparos que recibieron ambas víctimas fueron efectuadas a corta distancia.
El debate continuará el miércoles, a partir de las 8.30, con la ronda de alegatos. El primero en exponer será el fiscal Rodríguez, mientras que luego lo harán los abogados defensores María Laura Alvarenga y Fabián De Sá.
Juicio y versiones
Pablo Schoenfisch llega al debate privado de su libertad desde 2020 y enfrenta una acusación por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego”, en perjuicio de su madre, y “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego, en grado de tentativa”, contra su padre, imputación bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua.
La nueva versión expuesta por Arnoldo Schoenfisch, que tras el hecho quedó con ceguera, representa un abrupto giro del caso en relación a lo expuesto en el requerimiento de elevación a juicio formulada por el fiscal Edgar Francisco Doldán y firmada por el magistrado Roberto Saldaña, ex juez de Instrucción Uno de Eldorado.
La hipótesis acusatoria sostiene que en la madrugada del 14 de mayo de 2020, Pablo Schoenfisch atacó a sus padres mientras dormían, efectuándoles disparos a corta distancia. Como consecuencia del hecho, Antúnez perdió la vida y Arnoldo quedó con secuelas permanentes.
Según lo plasmado en ese documento, el acusado mantenía una relación conflictiva con sus padres, motivada por desavenencias y mal comportamiento del muchacho, cuestión que fue ratificada por varios familiares y amigos del imputado al momento de declarar como testigos en la etapa investigativa.
En el transcurso del presente debate, varios testigos ratificaron que el joven mantenía una mala relación con sus padres e incluso recordaron expresiones como deseos de matarlos.
Por ejemplo Gladis Aquino, que era empleada doméstica de la familia y ante los jueces declaró: “Un día Pablo de la nada me dice ‘qué pasaría si mato a mi papá y a mi mamá’. Yo le dije que iba a arruinar su juventud y me dijo que en cualquier momento mataba a su papá y a su mamá”.
Claudia Padilla (30), integrante de la misma familia y una de las primeras personas que intervino en auxilio de las víctimas esa madrugada, también dio un testimonio revelador: “Cuando yo entro Arnoldo estaba parado, ensangrentado. Tina (Antúnez) estaba en la cama agonizando. Salgo de la habitación y Polaco (por Arnoldo) se tocaba la cara y decía ‘no veo nada, no sé lo que pasó, Pablito hizo cagada”.
Testigos ratificaron acusaciones contra Pablo Schoenfisch por ataque parricida
Judiciales
Caso Arredondo: acusados firmaron juicio abreviado por penas de 16 y 18 años
El debate oral por el crimen del bonaerense Martín Arredondo (37), previsto para este jueves 4 de diciembre, fue suspendido debido a un acuerdo de juicio abreviado entre la fiscalía y los seis jóvenes imputados por el hecho, quienes admitieron su culpabilidad y aceptaron ser condenados a penas de 16 y 18 años.
Según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la audiencia de visu donde los seis imputados dieron el consentimiento para avanzar en el convenio de juicio abreviado se realizó esta mañana, circunstancia que derivó en la suspensión de las audiencias de debate oral que habían sido programadas para la semana entrante ante el Tribunal Penal Uno de Posadas.
Las mismas fuentes señalaron que los imputados admitieron su participación en el hecho y aceptaron recibir condenas de entre 16 y 18 años como responsables del delito de “homicidio en ocasión de robo”, figura menos gravosa que la acusación de “homicidio doblemente calificado por el concurso premeditados de dos o más personas y criminis causae” con la que fueron procesados en etapa de instrucción y que preveía prisión perpetua.
Los imputados en esta causa son Brisa Torres (24), Oriana Saucedo (24), su hermano Alan William Saucedo (26), Elías Nahuel Trinidad (26), Miguel Ángel López (25) y Juan Alberto Barrios (22).
Los tres primeros aceptaron una pena de 16 años de cárcel, mientras que la pena mayor recaerá contra Trinidad y López. Barrios, por su parte, era menor de edad al momento del hecho y por lo tanto será un juzgado correccional el que decida su sanción.
En representación del Ministerio Público Fiscal intervino la fiscal María Laura Álvarez, por subrogancia legal ante la licencia del fiscal Vladimir Glinka.
El acuerdo alcanzado entre las partes ahora deberá ser elevado al Tribunal Penal Uno, integrado por los magistrados Gustavo Bernie y Viviana Cukla, quienes deberán analizar el documento y en caso de no detectar irregularidades transformarán el acta en sentencia.

Pablo Martín Arredondo fue ultimado en su departamento sobre calle Bolívar de Posadas.
Golpeado y estrangulado
El crimen de Arredondo se descubrió el 23 de febrero de 2020, cuando los vecinos del departamento que alquilaba en un edificio sobre calle Colón, frente al colegio Roque González, alertaron sobre un olor putrefacto que provenía del lugar.
Al ingresar al inmueble, los efectivos policiales intervinientes se encontraron con el cadáver del bonaerense y la autopsia posterior determinó que fue golpeado y finalmente estrangulado con un cinto.
La investigación global estableció que el crimen se registró cuatro días antes, el 19 de febrero, en horas de la madrugada, cuando la víctima se reunió en su departamento junto a una de las jóvenes que aparentemente era su novia y un grupo de amigos de ellas.
En el lugar, se cree que Arredondo fue dopado con estupefacientes (ketamina) y que al departamento luego llegaron otros cómplices con la intención de sustraerle 300.000 pesos que el hombre tenía destinado a utilizar como parte de pago para la compra de un automóvil.
Mediante la revisión de cámaras de seguridad los investigadores pudieron reconstruir las últimas horas de la víctima y los últimos movimientos registrados en cercanías a su departamento, con lo cual fueron identificando uno a uno a los sospechosos.
Luego, la ciencia hizo el resto. En el marco de la causa constan pericias telefónicas que darían cuenta de comunicaciones entre los implicados planificando el hecho y rastros de ADN que ubican a al menos tres de los sospechosos en la escena del crimen.
El caso fue investigado por el Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, quien en mayo de 2023 firmó el requerimiento de elevación a juicio del expediente, medida que meses después fue ratificada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de la provincia.
Se reprogramó para el 4 de diciembre el juicio por el caso Arredondo
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