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Etapa culmine en el juicio por el caso Irma: el lunes alegatos y sentencia

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Tras oírse el testimonio de una treintena de testigos, del juicio oral por el femicidio de Irma Ferreyra Da Rocha (47), registrado en diciembre de 2016 en Garupá, ingresó a su etapa culmine y las audiencias se retomarán el lunes con la ronda de alegatos de las partes y posible sentencia.

Las testimoniales acabaron esta mañana, tras la declaración de los últimos tres testigos que estaban citados a comparecer ante el Tribunal Penal Uno de Posadas, a cargo de los magistrados Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y César Yaya -subrogante-. Otras dos declaraciones serán incorporadas por lectura en la próxima audiencia.

De esta manera, la etapa de incorporación de pruebas culminará con la declaración de un total de 32 testigos, entre vecinos, policías, peritos en criminalística, médicos, psicólogos, bioquímicos y familiares tanto de la víctima como del único acusado, Alejandro Guillermo “Porteño” Esteche (34), quien afronta una acusación que el lunes puede conducirlo a una pena de prisión perpetua.

El debate comenzó el 16 de agosto con la lectura del requerimiento de elevación a juicio de la causa, instancia en la cual la Fiscalía de Instrucción Siete, a cargo de Patricia Clérici, consideró que Esteche debía ser juzgado como autor del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización, seguido de muerte” cometido en perjuicio de Irma Ferreyra, quien el 18 de diciembre de 2016 falleció tras 30 de agonía por las graves lesiones internas sufridas al ser golpeada y ultrajada sexualmente con la rama de un árbol en un baldío de Garupá luego de asistir a una fiesta en la que conoció al imputado.

Esteche decidió declarar ante el Tribunal Penal Uno en la primera audiencia de debate.

Ese mismo día declaró Porteño Esteche y frente a los magistrados admitió haberse retirado de esa fiesta junto a Irma, aunque negó haber tenido contacto sexual con Irma argumentando que ambos estaban “muy alcoholizados”.

La versión dada por el imputado varió en relación a lo declarado días después de ser detenido cuando fue llevado a audiencia indagatoria. En aquella ocasión negó haber abusado de Irma, indicando que el hecho consistió en “relaciones sexuales consentidas” pero “extremas”.

En relación a ello, en el presente juicio Esteche manifestó que en la instancia previa se autoincriminó por golpizas y presiones recibidas de parte de los uniformados policiales que lo llevaron detenido a la Comisaría Quinta de Garupá.

Ubicado en la escena

Tras su declaración, el debate continuó y en la segunda jornada declararon las dos personas que en la noche del hecho auxiliaron a Irma malherida en un baldío próximo al túnel peatonal ubicado debajo de la autovía de la ruta nacional 12 y en inmediaciones a la calle 246 y la avenida Alberto Roth.

El fiscal Martín Rau y el defensor particular Edgardo Cabrera observando imágenes de la escena del hecho en un celular.

Esos testigos fueron el ex prefecturiano Lucas Frutos y su novia en ese momento Sonia Poterala. Ambos ubicaron a Esteche en la escena del hecho y lo identificaron como la persona que esa noche vieron salir del baldío donde la mujer fue hallada en estado agonizante y gimiendo de dolor.

Además, los dos describieron que el hombre que vieron esa noche vestía una chomba azul con figuras blancas en el estampado, bermuda blanca y zapatos blancos, vestimenta coincidente con las prendas que Esteche llevaba puesta en esa fiesta de fin de año.

La primera intervención

En la tercera audiencia fue el turno de declarar de los primeros efectivos policiales que intervinieron en la escena. Uno de ellos fue Jorge Rivero, que al momento del hecho era jefe de la Comisaría Quinta.

El uniformado recordó que se entrevistó con Irma malherida, quien en medio de gestos y gritos de dolor, alcanzó a brindar algunos datos que orientaron la posterior pesquisa.

Según el testigo, en esas circunstancias Irma describió a su agresor como un hombre alto, delgado, de entre 25 y 30 años, vestido de remera oscura y bermuda blanca. La víctima allí también alcanzó a decir que “ahí hicimos bien, después él me pegó, me agarró del cuello y me desmayé. Cuando me desperté estaba muy dolorida, con algo incrustado en el cuerpo”.

Esteche y su abogado defensor, Edgardo Cabrera.

Rivero también indicó “le pregunté si le conocía (al agresor) y me dijo que sí, que ‘siempre está en el lavadero MyM y aparentemente es familiar de los dueños. No me supo decir más nada”.

Esteche trabajaba en ese lavadero, que era propiedad de la familia de Verónica Otazu -su pareja en ese momento-, quienes le alquilaban el predio a Hugo Martínez, un hombre que al principio de la investigación fue demorado como sospechoso pero recuperó su libertad cuando el ahora imputado apareció en escena y las pruebas lo dejaron comprometido con el caso.

Martínez declaró hoy. Aseguró el día del hecho estaba de viaje y recién volvió a Garupá en horas de la noche. Otros testigos declararon que el hombre no estuvo presente en la fiesta y el propio organizador del evento, Raúl Bareiro, aseguró que en un horario coincidente a la hora del hecho vio a Martínez tomando cerveza en un kiosco de la zona.

La agonía de Irma

En la cuarta jornada declararon los profesionales médicos que atendieron y operaron a la víctima en el Madariaga, quienes ratificaron que Irma falleció como consecuencia de una infección generalizada provocada por las desgarradores lesiones internas que provocó la rama incrustada en su cuerpo durante el ultraje sexual. El deceso de la mujer se produjo después de 30 horas internada. 

Mabel Ferreyra Da Rocha, hermana de la víctima, dio uno de los testimonios más dramáticos del debate.

“Me acerqué al hospital y ahí encontré algo que no se lo deseo a nadie. Ni a un animal se le hace algo así. Fue lo peor que vi en mi vida. Me quedó un trauma de por vida. Ya desde afuera de la sala se escuchaba como mi hermana gemía de dolor (…) Le pregunté mil veces quién fue, pero nunca me respondió. Sólo preguntaba por su hijo. Ya estaba con la mirada perdida. Sentía vergüenza e impotencia por la humillación que sufrió. Sólo le caían lágrimas”, describió  Mabel Ferreyra Da Rocha, hermana de la víctima, cuando le tocó declarar.

Lesiones en las manos 

En la segunda semana del debate, se destacaron las declaraciones vertidas por un efectivo que prestaba servicios para la Secretaría de Apoyo para las Investigaciones Complejas (Saic) y una médica policial que trabajaba en la Comisaría Quinta, quienes coincidieron en señalar que Esteche presentaba lesiones en ambas manos al momento de ingresar a la seccional como detenido.

Tanto Héctor Giménez como Liliana Benítez describieron que el imputado tenía “escoriaciones en la palma de la mano derecha y en el dorso de la mano izquierda”, lo cual llamó la atención de los uniformados intervinientes y por ello decidieron dejarlo asentado en un certificado médico firmado ese 18 de diciembre de 2016, un día y medio después del ataque sufrido por Irma Ferreyra.

Pedido de falso testimonio

En la sexta audiencia del juicio, realizada el último martes, declararon otros cinco testigos, entre ellos Elizabeth González, hermana de Esteche, contra quien el fiscal Martín Rau pidió investigar por la posible comisión del delito de falso testimonio.

Rau argumentó que su pedido se basó en las contradicciones que detectó en las declaraciones vertidas por la mujer a lo largo del proceso. “Los dichos de hoy (por el martes) ni siquiera son similares a las de otras oportunidades”, apuntó el fiscal y reforzó su postura al mencionar que la testigo “ha variado completamente sus dichos, pero no sólo de ella, sino de otros testigos”.

El fiscal Rau y la testigo González durante su testimonial brindada el martes.

Uno de los puntos de mayor discusión fue cuando González contó que su ex pareja -Facundo Uboldi- fue llevado a la comisaría el mismo día de la detención de Esteche y, según ella, el hombre fue encerrado en un lugar oscuro donde recibió amenazas e intimidaciones de parte de policías para autoincriminarse.

Incluso, la testigo señaló que mientras eso sucedía intercambió mensajes con Uboldi, ante lo cual el fiscal Rau intervino y apuntó que en las pericias telefónicas esa conversión es “inexistente”. Un día antes, cuando la ex pareja de la mujer declaró por videoconferencia, tampoco hizo referencia a ninguna situación de apremios.

Rau también cuestionó que en la instrucción González declaró haber recriminado a Esteche por no haber ido a dormir a su casa esa madrugada posterior al hecho investigado, mientras que en el juicio negó haber existido “discusión” alguna entre ambos.

En otro tramo de su declaración, la testigo aseguró que el juez que llevó adelante la investigación del caso, Carlos Giménez, hoy miembro del Tribunal Penal Dos de Posadas, la maltrató durante un allanamiento en su casa e incluso la amenazó respecto a la tenencia de sus hijos en caso de no colaborar con la investigación.

Allí intervino el César Yaya, uno de los magistrados del tribunal que lleva adelante el debate, quien preguntó a la testigo si en su momento denunció todo lo que estaba declarando ahora y González respondió que no.

El Tribunal es presidido por la magistrada Viviana Cukla e integrado por sus pares César Yaya -a la izquierda- y Ángel Dejesús Cardozo.

Con todos estos testimonios recolectados e incorporados como elementos de prueba al proceso, el debate oral pasó a un cuarto intermedio hasta el lunes, cuando se dará lugar a la ronda de alegatos.

En esa instancia, tanto el fiscal Rau, como el defensor particular, Edgardo Cabrera, deberán exponer sus conclusiones finales y efectuar sus pedidos al tribunal, cuyos magistrados luego tendrán que tomar una decisión. Se estima que la sentencia sea dictada ese mismo día.

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Ex gendarme irá a juicio por el crimen de su esposa 24 años después

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Después de 9.047 días, lapso en el que pasaron nueve presidentes, siete mundiales y hasta cuatro papas, el ex gendarme misionero Carlos Ramón Gómez enfrentará debate oral y público como único acusado por el asesinato de su esposa María Esther Barreda (36), cometido el 9 de diciembre de 2001 en Posadas.

El debate se realizará en el Tribunal Penal Dos de Posadas. Comenzará el 16 de septiembre, se extenderá durante otras dos jornadas consecutivas y se espera la comparecencia de al menos diez testigos, según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones,

El tribunal será presidido por el magistrado César Antonio Yaya y estará integrado por otros dos jueces como vocales subrogantes, mientras que en la fiscalía actuará Vladimir Glinka y en defensa del imputado estará la abogada particular María Laura Alvarenga.

Gómez llega a esta instancia libertad y enfrenta cargos por “homicidio calificado”, figura bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua, pena que al momento del hecho preveía 25 años de cárcel. 

El expediente quedó habilitado para tratarse en debate oral luego de que el pasado 7 de julio la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) fallara en contra de uno de los tantos planteos defensivos que los diferentes abogados de Gómez presentaron a lo largo de dos décadas.

En la previa al inicio del juicio, la defensora de Gómez dialogó con este medio y expresó que “se intenta llevar a juicio pese a la existencia de una resolución del 19 de noviembre de 2003 que ordenó aplicar las normas relativas a la inimputabilidad y al sobreseimiento, decisión que quedó firme al no haber sido recurrida mediante el recurso de casación que correspondía”.

“A más de 24 años del inicio de la causa, se reclama que los tribunales resuelvan de manera efectiva tanto el planteo de cosa juzgada como la eventual vulneración del derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable, antes de avanzar con un nuevo debate oral, ya que tanto, peritos como testigos fundamentales de la causa ya no se encuentran por diversos motivos, entre ellos por fallecimiento”, planteó.

Y agregó jurisprudencia que buscarán hacer valer en el caso: “Se desconoce doctrina de la corte donde se apercibió al Superior Tribunal de Justicia por desconocer la cosa juzgada y la preclusión en expte. Mierez Ruben y otros en 2012. Por ejemplo, desconoce totalmente la doctrina la Corte IDH -obligatoria- en los autos López de Belva y otro vs. Argentina (publicado en 08/2026)- deviniendo en una cuestión de grosera gravedad institucional”.

María Laura Alvarenga será la abogada defensora del ex gendarme.

Crimen y derrotero judicial

El hecho que se pretende esclarecer se registró el 9 de diciembre de 2001 y la víctima fue María Esther Barreda, una mujer de 36 años que estaba en pareja con el ex gendarme acusado.

Según lo reconstruido en su momento, el crimen ocurrió en una vivienda del barrio San Lucas, a pocas cuadras del club Centro de Cazadores de Posadas, donde Gómez habría encontrado a su pareja con otro hombre y la atacó a balazos con su arma reglamentaria.

La mujer recibió un total de cuatro disparos y falleció en el lugar, mientras que el ex uniformado huyó de la escena para un día después entregarse en el puesto de Gendarmería Nacional Argentina (GNA) de San José.

Inicialmente, la causa quedó en manos del Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, presidido en ese entonces por el magistrado Eduardo D’Orsaneo, aunque más tarde el caso ingresó en un largo proceso recursivo y el derrotero judicial que se extendió durante más de 20 años fue reconstruido por El Territorio en 2022.

Tras las primeras actuaciones, el juez D’Orsaneo dictó la prisión preventiva para el imputado e incluso más tarde la fiscal Margarita Wenner avanzó con el requerimiento de elevación a juicio.

La defensa, por su parte, jugó otra carta. Se opuso al requerimiento y pidió el sobreseimiento de Gómez alegando una “inimputabilidad” de su cliente en razón de haber actuado en forma “enceguecida” por encontrar a su pareja con un presunto amante.

Para 2003, en el expediente intervino el Tribunal Penal Uno de Posadas, que resolvió revocar la elevación a juicio y dictar el sobreseimiento de Gómez, cuya ejecución fue apelada, no así la resolución que lo dispuso.

ex gendarme juicio posadas

El ex gendarme fue detenido en dos oportunidades: al comienzo del caso y en 2013. Ahora llega en libertad al debate.

De ahí, el asunto pasó a manos del Tribunal Penal Dos, actuando como Cámara de Apelaciones, cuyas autoridades consideraron que el caso debía seguir siendo investigado y en consecuencia remitió las actuaciones al Juzgado de Instrucción Uno, entonces presidido por Horacio Gallardo (fallecido), que liberó al sospechoso y estableció una prórroga extraordinaria para resolver si Gómez debía ir al banquillo o no.

Los años pasaron y recién en 2013 el ex gendarme volvió a ser detenido para enfrentar el juicio. El inicio de las audiencias estuvo programado para 2018, pero fue suspendido por el pedido de licencia del fiscal.

En ese lapsus, la defensa volvió a jugar otra carta y recurrió al máximo órgano judicial del país aludiendo el sobreseimiento dictado en su momento a favor de Gómez, entre otros planteos como de prescriptibilidad, arbitrariedad y violación del principio de defensa en juicio por preclusión.

Ese planteo es el que recientemente respondió de manera negativa la Corte, aunque sin analizar la cuestión de fondo. Tras ese revés, Gómez quedó sin más posibilidades recursivas y, por eso, a partir del 16 de septiembre estará en el banquillo de los acusados. 

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Los fundamentos de los jueces en el fallo por el caso Belén López

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Las diferentes posturas exhibidas entre los jueces Miguel Mattos y Gustavo Bernie, por un lado, y la magistrada Viviana Cukla, por el otro, en el caso Rocío Belén López (15), por cuya muerte su madre fue condenada a 16 años de prisión, se tradujeron en un documento de 237 páginas en el que cada uno volcó sus fundamentos.

En la sentencia dictada el 14 de agosto por el Tribunal Penal Uno de Posadas, la madre de la adolescente, Mariela Andrea Ramírez (48), fue condenada como autora del delito de homicidio calificado por el vínculo en su modalidad por omisión, aunque el fallo no fue unánime, sino por mayoría y con el voto disidente de Cukla.

En los fundamentos del fallo, el primer voto le correspondió a Bernie, quien como consideró “acreditada la hipótesis acusatoria” planteada por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato consideró que la mujer dejó morir de hambre y de sed a su hija en forma deliberada. 

El presidente del tribunal articuló su voto en seis “extremos fácticos” mediante los cuales dio por probado que Rocío falleció como consecuencia de un cuadro de desnutrición y deshidratación que fue generado por el descuido de su madre, quien a su vez conocía las consecuencias de su accionar y tenía posibilidades de evitarlo.

Bernie no puso reparos en el informe forense incorporado en la causa y resaltó que las conclusiones vertidas “confluyen” con los testimonios recopilados.

Sobre esa base, concluyó: “Teniendo por probado que no ha existido otra causa probable de muerte cuyo análisis me permita alejarme de la establecida por el especialista, y que ante la adecuada alimentación e hidratación R.B.L. no hubiera llegado a la causa que provocó su muerte, debo considerar probado que si R.B.L. hubiera sido alimentada e hidratada adecuadamente no hubiera fallecido”.

Ramírez recibió 16 años de prisión y fue alojada en la UP V de Mujeres de Miguel Lanús.

En otro apartado de su voto, el magistrado admite que Ramírez se encontraba en condiciones de vulnerabilidad económica y social, aunque entiende que no hay “justificaciones” que la exculpen ya que si solicitaba ayuda la niña seguiría con vida.

En esa línea, resalta que la mujer “no trabajaba después de las 14” y plantea que “no se ha explicado a lo largo del presente debate cual sería el impedimento con que contaba la Sra. Ramírez para solicitar dicha ayuda al servicio médico local, cuya gratuidad es conocida públicamente”.

También ponderó las declaraciones de las antiguas vecinas del barrio Terrazas y las escaras que presentaba la niña como indicio del “descuido” al que Ramírez sometía a su hija, como así también valoró las fotos de la escena del hecho para calificar como “depósito” a la habitación donde la imputada tuvo a Belén durante los diez días que estuvo a su cuidado exclusivo entre el 13 y el 23 de julio de 2013.

El magistrado no restó importancia al diagnóstico de Síndrome de Rett que presentaba la adolescente, pero entendió que el nivel de desnutrición y deshidratación obedecía a un accionar de la madre y no al cuadro de clínico de base.

“Diez días antes, estando bajo el cuidado de su tía y su abuela, R.B.L. ya tenía síndrome de Rett, ya tenía nivel de nutrición e hidratación deficiente (normal para una persona con la condición mencionada) sin embargo su deceso se produce luego de los diez días al cuidado de la Sra. Ramírez, no queda más que inferir que si la misma hubiera mantenido el nivel de alimentación e hidratación que R.B.L. tenía hasta diez días antes, los valores no hubieran sido aquellos que generaron su muerte”, repasa Bernie, opinión a la cual adhirió Mattos.

En su voto Bernie también explica como circunstancias de atenuación en la imposición de pena tuvo en cuenta el cuadro de base que presentaba la niña, la gestión en soledad del cuidado y la situación de “vulnerabilidad social y económica” de la imputada al momento del hecho.

Bernie y Cukla, los magistrados del tribunal opinaron en sentido contrario.

El voto disidente

En sentido opuesto opinó Cukla, que en su voto abogó por la absolución de la imputada y propuso analizar el caso con perspectiva de género y discapacidad.

Para la magistrada el “núcleo del problema” radica en la “prueba médica”, advirtiendo que la autopsia fue practicada por un médico sin conocimientos específicos sobre el Síndrome de Rett, lo cual derivó en conclusiones sin el grado de certeza requerido.

No está determinada con certeza la causa concreta del fallecimiento ni el mecanismo que condujo a él. Está probado el resultado muerte. Está probado que el cuerpo presentaba desnutrición, deshidratación severa y escaras. Es probable que un déficit de ingesta haya operado en ese cuadro. Pero no está probado que la muerte se haya debido exclusivamente a esa privación, ni que las restantes causas compatibles con la patología de base -muerte súbita, arritmia asociada a la prolongación del QT, crisis convulsivas, un proceso inflamatorio pulmonar que el propio forense presumió- hayan quedado excluidas”, resumió.

Cukla tampoco dio por probado “el momento en que se habría iniciado la privación, ni su extensión, ni si fue total o parcial”, ni el carácter “deliberado” de la supuesta omisión de Ramírez.

“Esa afirmación no se apoya en prueba directa alguna, no hay testigo, ni registro, ni manifestación de la imputada en ese sentido, sino en una inferencia construida sobre el estado del cuerpo y de la habitación, que son datos del resultado y no de la voluntad”, añadió.

En otro apartado, la magistrada reflexionó la aplicación de perspectiva de género, pero no como un “criterio de indulgencia”, sino como un “método de control del razonamiento probatorio”.

Según su parecer, en varios testimonios vertidos en la causa se imponían comentarios “estereotipados” y que solo cargaban en el reproche en la mujer y no en el rol del hombre, en este caso en el padre biológico de Belén, que nunca se hizo cargo de la niña.

“Aquí no se juzga si Mariela Ramírez fue una buena madre, ni si su comportamiento se ajustó a lo que sus vecinas, su empleada doméstica o su familia esperaban de ella. Se juzga si realizó u omitió una conducta determinada, en un tiempo determinado, con determinadas consecuencias”, apuntó.

Caso Belén: su madre fue condenada por homicidio y recibió 16 años de prisión

 

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El “rey de las mulas narco” abrevió por 11 años: “Quiero trabajar y estudiar”

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A través de videoconferencia y conectado desde el módulo de internos de “alto riesgo” de la cárcel federal de Ezeiza, el surinamés Johan Bodji (52), más conocido como el “rey de las mulas narco”, aceptó ser condenado a la pena de 11 años de prisión como organizador y financista de una banda transnacional que enviaba cocaína a Europa en el estómago de jóvenes vulnerables y que recibía drogas sintéticas como contraprestación.

Su acuerdo para la firma de un juicio abreviado fue ratificado esta mañana en una audiencia realizada ante el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas, instancia en la que otros tres de los siete imputados en total también eligieron acogerse al mismo procedimiento judicial.

“Estoy arrepentido, cometí un error como cualquier ser humano”, expresó Bodji desde el penal de Ezeiza.

De esta manera, el extranjero que también se movía bajo la identidad de Dominique Harry Rayngs, admitió su responsabilidad en los hechos endilgados y dio el consentimiento para ser condenado a 11 años de prisión como organizador y financista de “tráfico ilícito de estupefacientes, bajo la modalidad de comercio agravado por la intervención de tres o más personas”, además de otros delitos atribuidos como falsificación de documentos públicos y desobediencia.

No fueron sus únicas palabras, ya que aprovechó la oportunidad para realizar diferentes planteos. Por un lado, reclamó ser atendido por una lesión en el codo y por un problema de visión, mientras que por el otro solicitó abandonar el régimen de “presos de alto riesgo”, módulo que comparte con los criminales más peligrosos del país.

Es una tortura psicológica este lugar. Yo quiero estudiar y trabajar como cualquier preso, pero acá no puedo hacerlo. Acá estoy encerrado 20 horas al día”, esgrimió, al tiempo que explicó que debido a las condiciones de estricta seguridad del régimen en el que se encuentra tampoco puede recibir la visita de sus hijos, ni comunicarse por videollamada con su madre, próxima a cumplir 81 años.

Seis de los siete imputados estuvieron conectados por videoconferencia.

Jorge Antonio Sandoval (47) fue otro de los imputados que se acogió a un juicio abreviado. En este caso, el acusado 8 años de prisión como autor “tráfico ilícito de estupefacientes bajo la modalidad de comercio agravado por la intervención de tres o más s personas en concurso real con el delito de contrabando por tratarse de estupefacientes con fines de comercialización, aunque por una condena anterior en total purgará una pena unificada de 9 años de cárcel.

La chaqueña Karen Aldana Guzmán (27) y la misionera Carla Luján Grondona (22) fueron las últimas dos que evitaron el debate oral. La primera acordó una pena por 6 años y 6 meses de prisión, mientras que la segunda aceptó recibir 4 años de cárcel que, en principio, continuaría bajo la modalidad domiciliaria.

Todos los acuerdos que fueron ratificados hoy ahora quedaron en manos del tribunal presidido por el magistrado Gustavo Fabián Cardozo, Ruth María Ponce de León y Enrique Bosch (subrogante), quienes deberán homologar los documentos para que se transformen en sentencias formales.

El otro ciudadano surinamés imputado en la causa, Crainer Odyllie Abauna (37), inicialmente estaba notado entre los imputados que habían adelantado su intención de firmar un abreviado por 7 años de prisión, pero en la audiencia de hoy de cambió de parecer al reclamar como “condición” su expulsión del país, medida que no corresponde al tribunal sino a Migraciones, ante lo cual el acuerdo se cayó y ahora deberá enfrentar el proceso oral.

A juicio

Junto a él irán a juicio oral los últimos dos imputados. La peruana Jackeline Polo Carlo (41) y el bonaerense Ricardo Francisco Bruno (62), más conocido como “el farmacéutico”, el acusado de mayor perfil junto a Bodji.

Bruno es el único integrante de la banda que sigue el proceso en forma presencial en el TOF posadeño. Está imputado como “coautor” de Bodji en las maniobras de narcotráfico y entre sus antecedentes registra una condena por venta de medicamentos truchos y otra como “partícipe secundario” en el homicidio de Miriam Alencar Da Silva, una joven brasileña que en 2017 murió al no poder expulsar 66 de las 94 cápsulas de éxtasis que había ingerido para ser utilizada como transporte humano de droga.

Ricardo Francisco Bruno, el “farmacéutico”, el único presente y uno de los que no aceptó el abreviado.

Según la acusación, Bodji era el capo de la organización, con Bruno como su mano derecha. Sandoval, Polo Carlo y Abauna, en tanto, se repartían tareas vinculadas a la logística, coordinación, acompañamiento y seguimiento de las mulas, entre cuales figura la chaqueña Guzmán, mientras que la misionera Grondona cumplía funciones como apoyo logístico en Bernardo de Irigoyen, localidad en frontera seca con Brasil que la banda utilizaba como punto fijo en la hoja de ruta de los “corres humanos” con droga que llegaban hasta ciudades como Lisboa, Madrid y Paris.

Dada la complejidad de la causa, el debate contará con una doble acusación, integrada por el fiscal del TOF Pablo Ricardo Di Loreto y por el fiscal de Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar) Martín Uriona, tal como ocurrió en el juicio oral contra el narco-sicario Néstor Fabián “El Negro” Rojas (50), condenado a prisión perpetua en septiembre de 2024.

En la audiencia de hoy no se llegó a concretar la apertura formal del debate, paso que se dará en la próxima audiencia programada para el 28 de septiembre. En esa instancia, los tres imputados quedaron podrán dar su versión de los hechos.

El juicio al “rey de las mulas narco” y su banda arranca el lunes en Posadas

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