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Etapa culmine en el juicio por el caso Irma: el lunes alegatos y sentencia

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Tras oírse el testimonio de una treintena de testigos, del juicio oral por el femicidio de Irma Ferreyra Da Rocha (47), registrado en diciembre de 2016 en Garupá, ingresó a su etapa culmine y las audiencias se retomarán el lunes con la ronda de alegatos de las partes y posible sentencia.

Las testimoniales acabaron esta mañana, tras la declaración de los últimos tres testigos que estaban citados a comparecer ante el Tribunal Penal Uno de Posadas, a cargo de los magistrados Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y César Yaya -subrogante-. Otras dos declaraciones serán incorporadas por lectura en la próxima audiencia.

De esta manera, la etapa de incorporación de pruebas culminará con la declaración de un total de 32 testigos, entre vecinos, policías, peritos en criminalística, médicos, psicólogos, bioquímicos y familiares tanto de la víctima como del único acusado, Alejandro Guillermo “Porteño” Esteche (34), quien afronta una acusación que el lunes puede conducirlo a una pena de prisión perpetua.

El debate comenzó el 16 de agosto con la lectura del requerimiento de elevación a juicio de la causa, instancia en la cual la Fiscalía de Instrucción Siete, a cargo de Patricia Clérici, consideró que Esteche debía ser juzgado como autor del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización, seguido de muerte” cometido en perjuicio de Irma Ferreyra, quien el 18 de diciembre de 2016 falleció tras 30 de agonía por las graves lesiones internas sufridas al ser golpeada y ultrajada sexualmente con la rama de un árbol en un baldío de Garupá luego de asistir a una fiesta en la que conoció al imputado.

Esteche decidió declarar ante el Tribunal Penal Uno en la primera audiencia de debate.

Ese mismo día declaró Porteño Esteche y frente a los magistrados admitió haberse retirado de esa fiesta junto a Irma, aunque negó haber tenido contacto sexual con Irma argumentando que ambos estaban “muy alcoholizados”.

La versión dada por el imputado varió en relación a lo declarado días después de ser detenido cuando fue llevado a audiencia indagatoria. En aquella ocasión negó haber abusado de Irma, indicando que el hecho consistió en “relaciones sexuales consentidas” pero “extremas”.

En relación a ello, en el presente juicio Esteche manifestó que en la instancia previa se autoincriminó por golpizas y presiones recibidas de parte de los uniformados policiales que lo llevaron detenido a la Comisaría Quinta de Garupá.

Ubicado en la escena

Tras su declaración, el debate continuó y en la segunda jornada declararon las dos personas que en la noche del hecho auxiliaron a Irma malherida en un baldío próximo al túnel peatonal ubicado debajo de la autovía de la ruta nacional 12 y en inmediaciones a la calle 246 y la avenida Alberto Roth.

El fiscal Martín Rau y el defensor particular Edgardo Cabrera observando imágenes de la escena del hecho en un celular.

Esos testigos fueron el ex prefecturiano Lucas Frutos y su novia en ese momento Sonia Poterala. Ambos ubicaron a Esteche en la escena del hecho y lo identificaron como la persona que esa noche vieron salir del baldío donde la mujer fue hallada en estado agonizante y gimiendo de dolor.

Además, los dos describieron que el hombre que vieron esa noche vestía una chomba azul con figuras blancas en el estampado, bermuda blanca y zapatos blancos, vestimenta coincidente con las prendas que Esteche llevaba puesta en esa fiesta de fin de año.

La primera intervención

En la tercera audiencia fue el turno de declarar de los primeros efectivos policiales que intervinieron en la escena. Uno de ellos fue Jorge Rivero, que al momento del hecho era jefe de la Comisaría Quinta.

El uniformado recordó que se entrevistó con Irma malherida, quien en medio de gestos y gritos de dolor, alcanzó a brindar algunos datos que orientaron la posterior pesquisa.

Según el testigo, en esas circunstancias Irma describió a su agresor como un hombre alto, delgado, de entre 25 y 30 años, vestido de remera oscura y bermuda blanca. La víctima allí también alcanzó a decir que “ahí hicimos bien, después él me pegó, me agarró del cuello y me desmayé. Cuando me desperté estaba muy dolorida, con algo incrustado en el cuerpo”.

Esteche y su abogado defensor, Edgardo Cabrera.

Rivero también indicó “le pregunté si le conocía (al agresor) y me dijo que sí, que ‘siempre está en el lavadero MyM y aparentemente es familiar de los dueños. No me supo decir más nada”.

Esteche trabajaba en ese lavadero, que era propiedad de la familia de Verónica Otazu -su pareja en ese momento-, quienes le alquilaban el predio a Hugo Martínez, un hombre que al principio de la investigación fue demorado como sospechoso pero recuperó su libertad cuando el ahora imputado apareció en escena y las pruebas lo dejaron comprometido con el caso.

Martínez declaró hoy. Aseguró el día del hecho estaba de viaje y recién volvió a Garupá en horas de la noche. Otros testigos declararon que el hombre no estuvo presente en la fiesta y el propio organizador del evento, Raúl Bareiro, aseguró que en un horario coincidente a la hora del hecho vio a Martínez tomando cerveza en un kiosco de la zona.

La agonía de Irma

En la cuarta jornada declararon los profesionales médicos que atendieron y operaron a la víctima en el Madariaga, quienes ratificaron que Irma falleció como consecuencia de una infección generalizada provocada por las desgarradores lesiones internas que provocó la rama incrustada en su cuerpo durante el ultraje sexual. El deceso de la mujer se produjo después de 30 horas internada. 

Mabel Ferreyra Da Rocha, hermana de la víctima, dio uno de los testimonios más dramáticos del debate.

“Me acerqué al hospital y ahí encontré algo que no se lo deseo a nadie. Ni a un animal se le hace algo así. Fue lo peor que vi en mi vida. Me quedó un trauma de por vida. Ya desde afuera de la sala se escuchaba como mi hermana gemía de dolor (…) Le pregunté mil veces quién fue, pero nunca me respondió. Sólo preguntaba por su hijo. Ya estaba con la mirada perdida. Sentía vergüenza e impotencia por la humillación que sufrió. Sólo le caían lágrimas”, describió  Mabel Ferreyra Da Rocha, hermana de la víctima, cuando le tocó declarar.

Lesiones en las manos 

En la segunda semana del debate, se destacaron las declaraciones vertidas por un efectivo que prestaba servicios para la Secretaría de Apoyo para las Investigaciones Complejas (Saic) y una médica policial que trabajaba en la Comisaría Quinta, quienes coincidieron en señalar que Esteche presentaba lesiones en ambas manos al momento de ingresar a la seccional como detenido.

Tanto Héctor Giménez como Liliana Benítez describieron que el imputado tenía “escoriaciones en la palma de la mano derecha y en el dorso de la mano izquierda”, lo cual llamó la atención de los uniformados intervinientes y por ello decidieron dejarlo asentado en un certificado médico firmado ese 18 de diciembre de 2016, un día y medio después del ataque sufrido por Irma Ferreyra.

Pedido de falso testimonio

En la sexta audiencia del juicio, realizada el último martes, declararon otros cinco testigos, entre ellos Elizabeth González, hermana de Esteche, contra quien el fiscal Martín Rau pidió investigar por la posible comisión del delito de falso testimonio.

Rau argumentó que su pedido se basó en las contradicciones que detectó en las declaraciones vertidas por la mujer a lo largo del proceso. “Los dichos de hoy (por el martes) ni siquiera son similares a las de otras oportunidades”, apuntó el fiscal y reforzó su postura al mencionar que la testigo “ha variado completamente sus dichos, pero no sólo de ella, sino de otros testigos”.

El fiscal Rau y la testigo González durante su testimonial brindada el martes.

Uno de los puntos de mayor discusión fue cuando González contó que su ex pareja -Facundo Uboldi- fue llevado a la comisaría el mismo día de la detención de Esteche y, según ella, el hombre fue encerrado en un lugar oscuro donde recibió amenazas e intimidaciones de parte de policías para autoincriminarse.

Incluso, la testigo señaló que mientras eso sucedía intercambió mensajes con Uboldi, ante lo cual el fiscal Rau intervino y apuntó que en las pericias telefónicas esa conversión es “inexistente”. Un día antes, cuando la ex pareja de la mujer declaró por videoconferencia, tampoco hizo referencia a ninguna situación de apremios.

Rau también cuestionó que en la instrucción González declaró haber recriminado a Esteche por no haber ido a dormir a su casa esa madrugada posterior al hecho investigado, mientras que en el juicio negó haber existido “discusión” alguna entre ambos.

En otro tramo de su declaración, la testigo aseguró que el juez que llevó adelante la investigación del caso, Carlos Giménez, hoy miembro del Tribunal Penal Dos de Posadas, la maltrató durante un allanamiento en su casa e incluso la amenazó respecto a la tenencia de sus hijos en caso de no colaborar con la investigación.

Allí intervino el César Yaya, uno de los magistrados del tribunal que lleva adelante el debate, quien preguntó a la testigo si en su momento denunció todo lo que estaba declarando ahora y González respondió que no.

El Tribunal es presidido por la magistrada Viviana Cukla e integrado por sus pares César Yaya -a la izquierda- y Ángel Dejesús Cardozo.

Con todos estos testimonios recolectados e incorporados como elementos de prueba al proceso, el debate oral pasó a un cuarto intermedio hasta el lunes, cuando se dará lugar a la ronda de alegatos.

En esa instancia, tanto el fiscal Rau, como el defensor particular, Edgardo Cabrera, deberán exponer sus conclusiones finales y efectuar sus pedidos al tribunal, cuyos magistrados luego tendrán que tomar una decisión. Se estima que la sentencia sea dictada ese mismo día.


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Asesinó dos veces en una década y está próximo a recibir 25 años de prisión

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mangueruli posadas

En 2011 mató por primera vez, una década después lo hizo de nuevo y ahora está próximo a recibir otra condena. Alejandro Ramón “Mangueruli” Méndez (39) debía ser juzgado esta semana, pero evitó la exposición pública y aceptó firmar un acuerdo de juicio abreviado por 25 años de prisión.

En caso de que el Tribunal Penal Dos de Posadas acepte el acuerdo alcanzado entre la defensa del imputado y el fiscal Vladimir Glinka, Mangueruli recibirá el máximo de la pena prevista por el delito de homicidio simple, figura contemplada por el artículo 79 del Código Penal.

El hecho que lo mantendrá en prisión durante varios años se registró entre el jueves 15 y el domingo 18 de julio de 2021, en el barrio Prosol de Posadas y la víctima fue identificada como Alejandro Daniel Pereira (41).

De acuerdo a lo que se pudo reconstruir, Méndez era amigo de Pereira pero durante uno de los últimos encuentros mantenidos se desató una discusión que terminó en un brutal asesinato. La víctima sufrió puntazos que le perforaron los pulmones, pero además fue agredido a fierrazos en la cabeza.

Pero esa no era la única vez que Méndez cometía un homicidio, ya que en ese momento llevaba casi dos años en libertad condicional tras purgar una primera condena por el asesinato de otro amigo.

Los registros marcan que el 4 de marzo de 2011 el mismo sujeto fue detenido por matar a golpes con una barra de hierro a Rubén Díaz (54) en el barrio A4 de Posadas.

Después de eso, Mangueruli fue condenado a 13 años de prisión por homicidio simple y cuatro años de cumplir la totalidad de su pena salió en libertad condicional, aunque volvió a matar y hoy nuevamente está encerrado en una cárcel. 


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Condenan a dos misioneros implicados en cisterna narco interceptado en 2020

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cisterna narco

Dos posadeños fueron condenados a 8 años de prisión en el marco de la continuidad de una causa iniciada en 2020 tras el secuestro de un camión cisterna con más de ocho toneladas de marihuana en San Ignacio.

Los implicados son Geremías José Traico (43) y Alejandro Enrique Krutki (42), quienes fueron condenados por el Tribunal Oral Federal (TOF) de Corrientes tras un acuerdo de juicio abreviado en el que admitieron su responsabilidad en el hecho investigado.

La sentencia contra los misioneros fue dictaminada el viernes y establece para ambos una pena de 8 años de prisión como autores del delito de “transporte de estupefacientes agravado por el número de personas”, misma pena que en abril de 2022 recibió Alberto Daniel Esquivel, conductor del cisterna del narco.

Justamente, Esquivel fue el primer detenido de la causa, ya que el 27 de agosto de 2020 fue interceptado mientras conducía el camión Iveco cargado con más de ocho toneladas de marihuana sobre la ruta nacional 12 a la altura del puente sobre el arroyo Yabebiry, en San Ignacio.

La detención se logró gracias a una investigación de la Prefectura Naval Argentina (PNA) que incluyó intervenciones telefónicas, misma herramienta que permitió establecer que obviamente Esquivel no actuaba solo y fue en la continuidad de la pesquisa que los uniformados federales también llegaron a Traico y Krutki.

Ahora, casi cuatro años después del procedimiento que coronó esa investigación, tres de los implicados ya cuentan con una sentencia en su contra, la cual fue dictada en Corrientes porque en esa misma provincia se originó la pesquisa.


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Techo y Garrincha, los guardias misioneros que violaban y mataban en El Vesubio

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Dos días antes del último 24 de marzo, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó una parte de las condenas impuestas en 2022 contra ocho represores implicados en el tercer tramo de la mega causa por delitos de lesa humanidad perpetrados contra las casi 400 víctimas que pasaron entre 1976 y 1978 por el centro clandestino de detención El Vesubio, en La Matanza, y entre los imputados resulta que hay dos guardiacárceles misioneros, quienes fueron responsabilizados por hechos de secuestros, torturas, violaciones y homicidios.

Ellos son Hugo Roberto “Techo” Rodríguez (72) y Florencio Esteban “Garri” o “Garrincha” Gonceski (70), ambos nacidos en Candelaria e integrantes del Servicio Penitenciario Federal (SPF) con labores cumplidas dentro de El Vesubio, aunque el primero de ellos ostentaba un cargo de mayor autoridad y por eso también recibió una pena más severa que su coterráneo y consorte de causa.

Los dos misioneros fueron detenidos en 2015, tras quedar bajo la lupa de la Justicia en el marco de la tercera etapa de una mega investigación iniciada por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura en El Vesubio, un centro clandestino de detención que funcionó en Camino de Cintura y autopista Riccheri desde abril de 1976 hasta la primavera de 1978. 

El “chupadero”, como lo llamaban, dependía operacionalmente de la Brigada de Infantería Mecanizada X del Ejército Argentino y se calcula que por allí pasaron cerca 1.500 secuestrados.

Para ese entonces, ya se habían celebrado dos juicios y condenado a doce represores que allí formaban parte del aparato represivo, pero a partir de nuevos testimonios y el desprendimientos de más materiales probatorios se inició una tercera investigación que involucró a otros ocho imputados, la mayoría de ellos guardiacárceles, entre los que aparecieron Rodríguez y Gonceski, aunque hasta ahora nunca habían sido emparentados con Misiones, provincia de donde ambos son oriundos.

Gonceski -último a la derecha- junto a otros imputados en el inicio del juicio.

Los misioneros de El Vesubio

De acuerdo a documentos consultados por La Voz de Misiones, los dos nacieron en Candelaria. Rodríguez lo hizo el 1 de febrero de 1952, mientras que Gonceski fue dado a luz el 10 de abril de 1954.

A pesar de que intentaron eludir sus responsabilidades y desentenderse de los hechos acaecidos en El Vesubio, la Justicia consideró probado que ambos prestaron servicios en ese chupadero que recibía, alojaba y distribuía detenidos, donde Rodríguez aparecía como uno de los jefes de guardia, mientras que Gonceski tenía turnos asignados y los dos fueron reconocidos por varias víctimas/testigos.

De los testimonios brindados durante el juicio, que se extendió desde el 1 de noviembre de 2019 hasta el 1 de abril de 2022, se desprende que a Techo Rodríguez varias víctimas lo describieron como “cruel”, mientras que a Gonceski tildaron de “locuaz” y como “uno de los que más interactuaba con los detenidos”, aunque según las mismas palabras “se aburría si no nos hostigaba”.

“Nos atan en esa camioneta, recuerdo claramente que a mí me ató ‘Techo’, que era tan cruel, que se burlaba de nosotros, porque cuando me tenía atado me pregunta si me dolía, si era muy fuerte y yo dije ‘no, está bien así’ y él dijo ‘ah, si no te duele te voy a hacer doler’. Con lo cual me apretó mucho más las ataduras para que me corte la circulación de las muñecas. Esas crueldades innecesarias. Pero bueno, así eran”, declaró el contador Horacio Hugo Russo, una de las víctimas.

Sobre Gonceski, en tanto, Alfredo Chavez, otro preso político, narró que “cuando le tocaba la guardia a este Garrincha tenía siempre la costumbre de hacernos bailar, como se dice en la colimba… de todas las horas que estaba él vigilándonos teníamos que estar parados. Así que en esa posición de parados él aprovechaba para golpearnos, usarnos de puching ball donde se le ocurría, donde pasaba cerca de alguno, nos daba una trompada”.

Ese mismo testigo, además, graficó con crudeza otra secuencia vivida y recordó cuando Gonceski castigó a otro detenido por no saber gritar un sapucay. “Pensaba que lo estaba cargando y le dio de trompadas… lo dejó doblado, porque pensaba que se estaba burlando de él (…) era su costumbre hostigarnos permanentemente. O sea, una persona activa, que permanentemente tenía que estar haciéndonos algo”, señaló.

Culminado el juicio, Techo fue condenado a prisión perpetua como coautor de 150 casos de secuestro; 55 de tortura y homicidio; 9 de abuso sexual; y 19 de violaciones graves.

Garrincha, en tanto, fue declarado culpable de prácticamente la misma cantidad de hechos, aunque al tener un cargo de subordinación fue  considerado “partícipe necesario” evitó la perpetua y recibió una pena de 13 años y 6 meses.

El juicio se extendió desde noviembre de 2019 hasta abril de 2022.

Matar a patadas y un himno de despedida

De todo esos hechos, hubo uno que durante el juicio fue mencionado y reconstruido paso a paso por varios testigos y se trata del asesinato a golpes de Luis Pérez, un delegado bancario que fue secuestrado en agosto de 1978, crimen en el cual Techo Rodríguez aparece con protagonismo homicida y revalidó su mote de cruel. 

Russo fue uno de los testigos que narró esa secuencia de violencia extrema y recordó que en medio del tortuoso paso por El Vesubio el bancario Pérez, alojado a pocas celdas o “cuchas” de la suya, había comenzado a “desvariar” y como consecuencia de ese cuadro psicótico no lograba hacer silencio, lo cual irritó a los guardias, que comenzaron a golpearlo hasta matar.

“Los guardias querían hacerlo callar y abrían la puerta que separaba las cuchas de donde ellos estaban y entraban y lo golpeaban para que se calle, pero él estaba fuera de su voluntad, estaba realmente padeciendo una situación extrema”, declaró Russo, quien agregó que se dieron cuenta de la muerte de Pérez cuando un profundo silencio se apoderó del recinto. Y ello dio paso a otra escena que tampoco olvida.

“Se produce un silencio, cuando ya deja de hablar Luis Pérez por los golpes que lo mataron, se retira la guardia y nosotros, en un estado muy malo de salud, todos los que estábamos encadenados y torturados ahí… se corrió el ‘lo mataron’, lo llamaron primero y no respondía, se decía ‘lo mataron, lo mataron’, y quién estaba encadenado con él dice ‘lo mataron’. En un gesto voluntario, no sé cómo pasó, alguien dijo ‘cantemos el himno’, nos paramos todos y cantamos el himno. La guardia no reaccionó, dejó que cantáramos el himno y fue una forma de despedida”, contó el testigo. 

A pesar de todas estas declaraciones y de los documentos que para la Justicia dieron cuenta que los dos misioneros operaron en El Vesubio, los dos misioneros se declararon inocente al momento de dar sus últimas palabras mientras se encontraban en la Colonia Penal Unidad 19 de Ezeiza, desde donde observaron por videoconferencia el final del juicio en su contra.

Dos años después de aquella la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4 de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el fallo fue revisado y confirmado parcialmente por la Cámara Federal de Casación Penal, aunque las nuevas consideraciones no modificaron las penas aplicadas a los dos represores oriundos de Candelaria. 

El mismo fallo dictado en 2022 declaró, además, que los hechos juzgados fueron “crímenes contra la humanidad” y que la violencia sexual perpetrada contra mujeres “fue específica, sistemática y planificada”, al tiempo que definió que esos hechos partieron de “estereotipos de género y los profundizó, exhibiendo un carácter extendido con un claro objetivo disciplinador”.


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