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De Menes fue absuelto por el homicidio de su mamá y es libre 6 años después

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De Menes absolución

Nelson Orlando De Menes (51) estuvo 2741 días detenido como único acusado por el asesinato de su madre Elsa Díaz (70), pero hoy la Justicia dictaminó que no había pruebas suficientes en su contra y decidió absolverlo por el beneficio de la duda. “Estoy conforme”, expresó ya como hombre libre, mientras subía al patrullero que lo llevaría hasta el penal para simplemente retirar sus pertenencias y despedirse de los internos con quienes compartió el encierro durante más de seis años.

La sentencia del Tribunal Penal Uno de Posadas se ajustó a lo solicitado por la defensora oficial Celina Silveira Márquez, desestimando a su vez el planteo del fiscal Martín Alejandro Rau, quien en su alegato había solicitado una pena de prisión perpetua al considerar que De Menes cometió un “homicidio doblemente agravado por alevosía y el vínculo” en perjuicio de su madre.

El tribunal encargado del caso arribó al fallo con el voto mayoritario de los magistrados Viviana Cukla -presidenta- y Miguel Ángel Faría -subrogante-, mientras que Gustavo Bernie votó en disidencia al entender que lo apropiado era el dictado de la perpetua.

De esta manera, la absolución vino acompañada de la inmediata libertad del acusado, quien salió del tribunal sin esposas y solamente debía regresar a la Unidad Penal IV de Miguel Lanús para retirar sus pertenencias. Una nueva vida le espera, salvo que una posible casación logre revertir el fallo a instancias del Superior Tribunal de Justicia (STJ).

“Estoy conforme”, expresó en forma escueta De Menes antes de subirse al móvil del Servicio Penitenciario Provincial (SPP). Previo a ello, al momento de ejercer el derecho a sus últimas palabras, había ratificado su inocencia ante los jueces.

Soy inocente de todo lo que se me acusa. Yo daba por ella. Eso que dijeron los vecinos que vinieron acá es todo mentira. Ella era una mujer libre, yo no le hacía nada”, dijo De Menes en referencia a los testigos que durante el juicio declararon que Díaz se había vuelto más “retraída” cuando su hijo se mudó con ella a la casa que compartían en el barrio 2 de Febrero de Candelaria, donde también se produjo el crimen que ahora quedó sin resolverse.

El voto de los jueces en orden: Gustavo Bernie condena; Viviana Cukla y Miguel Ángel Faría absolución.

“Solo me quedan preguntas”

En defensa del imputado intervino Celina Silveira Márquez, que fue la última en alegar pero cuyo planteo fue atendido en forma favorable por dos de los magistrados del tribunal.

Es una causa rica en testimonios, pero no tenemos ninguna prueba directa sobre este triste suceso. No hay una sola prueba de cargo, son solo indicios. Ser introvertido y pedirle plata a la madre no te convierte en un matricida”, postuló la defensora oficial.

Y continuó: “Las pruebas científicas dicen que no tenemos el arma homicida. Todas las pericias de ADN dieron negativo. El ADN de De Menes no fue encontrado en nada. Entonces, después de todo, a mí solo me quedan preguntas. Acá no hay pruebas suficientes para una sentencia condenatoria, no hay forma de darlo como autor del hecho, no hay nada que quebrante su principio inocencia”.

De Menes

De Menes estuvo detenido desde el día del crimen: 10 de febrero de 2019.

La teoría acusatoria

El alegato de Silveira Márquez fue la respuesta a la exposición dada por el fiscal Martín Rau, quien en contrapartida había considerado “acreditada” la autoría del hecho criminal por parte de De Menes y en consecuencia había solicitado la máxima pena en su contra.

En su teoría del caso, Rau apuntó que durante la madrugada del 10 de febrero de 2019 el acusado aguardó que su madre se durmiera para atacarla “sobre seguro” y matarla de un garrotazo en la cabeza sin que siquiera la víctima se de cuenta.

Para ello, el fiscal se apoyó en los testimonios recolectados tanto en la etapa de instrucción como durante el debate oral que comenzó el martes pasado y se extendió a lo largo de cinco audiencias.

En ese marco, repasó las declaraciones de dos vecinas de Díaz, quienes manifestaron que la mujer había manifestado que su hijo “la quebrantaba” por plata e indicaron que esa noche vieron a De Menes en el lugar.

También hizo énfasis en los aportes dados por otro grupo de testigos, entre ellos las peritos Andrea Strocen Schelske y Cintia Beyer, que ante las partes describieron que la escena del crimen no coincidía con un caso de robo, tal como había planteado el acusado apenas se descubrió el crimen.

“Es falsa la tesis del olor a sangre y de la ventana abierta que dio el imputado en esta sala”, refutó en una parte de su alegato el fiscal Rau, que también hizo mención a las pisadas de barro detectadas en la escena compatibles con una zapatilla del acusado y la actitud evasiva que De Menes tuvo durante el procedimiento respecto a la llave que abría el depósito donde se hallaron los elementos que él había dado como robados ante la Policía.

El fiscal Rau exhibiendo imágenes de la causa. En el fondo, el juez Bernie, el único que votó por la condena.

“Sobre la mesa había una billetera con plata, pero resulta que en un robo nadie se llevó esa billetera con cash. La tele y la garrafa estaban en el depósito, donde también había una moto y un casco, elementos de valor que tampoco nadie se robó. Los testigos dijeron que la casa estaba impecable. El escenario es incompatible con un robo y la teoría de un crimen pasional también está descartada. El acusado fue dando diferentes hipótesis para germinar eso en los vecinos y desviar la investigación”, trazó Rau.

Y cerró: “La hipótesis más certera es que el imputado mató a Elsa. En el lugar todos los caminos conducen a Roma y Roma está sentado ahí en frente. Estoy convencido de su autoría. Lo hizo sobre seguro, aprovechando mientras ella dormía. No hay ningún signo de defensa”.

Bajo esa premisa, el fiscal pidió que De Menes sea condenado a prisión perpetua como autor del delito de “homicidio doblemente agravado por alevosía y el vínculo”, aunque el planteo no prosperó.

El juicio, día por día

Día 1Lo acusan de matar a su mamá y se defendió en juicio: “Yo daba todo por ella”

Día 2: Perito repasó indicios que contradicen teoría de un robo en el caso Elsa Díaz

Día 3: Juicio por matricidio: “Ella se volvió más cerrada desde que llegó su hijo”

Día 4: Se aguarda por un testigo para iniciar los alegatos en el juicio a De Menes

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Caso Arredondo: acusados firmaron juicio abreviado por penas de 16 y 18 años

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arredondo juicio

El debate oral por el crimen del bonaerense Martín Arredondo (37), previsto para este jueves 4 de diciembre, fue suspendido debido a un acuerdo de juicio abreviado entre la fiscalía y los seis jóvenes imputados por el hecho, quienes admitieron su culpabilidad y aceptaron ser condenados a penas de 16 y 18 años.

Según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la audiencia de visu donde los seis imputados dieron el consentimiento para avanzar en el convenio de juicio abreviado se realizó esta mañana, circunstancia que derivó en la suspensión de las audiencias de debate oral que habían sido programadas para la semana entrante ante el Tribunal Penal Uno de Posadas.

Las mismas fuentes señalaron que los imputados admitieron su participación en el hecho y aceptaron recibir condenas de entre 16 y 18 años como responsables del delito de “homicidio en ocasión de robo”, figura menos gravosa que la acusación de “homicidio doblemente calificado por el concurso premeditados de dos o más personas y criminis causae” con la que fueron procesados en etapa de instrucción y que preveía prisión perpetua.

Los imputados en esta causa son Brisa Torres (24), Oriana Saucedo (24), su hermano Alan William Saucedo (26), Elías Nahuel Trinidad (26), Miguel Ángel López (25) y Juan Alberto Barrios (22). 

Los tres primeros aceptaron una pena de 16 años de cárcel, mientras que la pena mayor recaerá contra Trinidad y López. Barrios, por su parte, era menor de edad al momento del hecho y por lo tanto será un juzgado correccional el que decida su sanción.

En representación del Ministerio Público Fiscal intervino la fiscal María Laura Álvarez, por subrogancia legal ante la licencia del fiscal Vladimir Glinka.

El acuerdo alcanzado entre las partes ahora deberá ser elevado al Tribunal Penal Uno, integrado por los magistrados Gustavo Bernie y Viviana Cukla, quienes deberán analizar el documento y en caso de no detectar irregularidades transformarán el acta en sentencia.

juicio arredondo

Pablo Martín Arredondo fue ultimado en su departamento sobre calle Bolívar de Posadas.

Golpeado y estrangulado

El crimen de Arredondo se descubrió el 23 de febrero de 2020, cuando los vecinos del departamento que alquilaba en un edificio sobre calle Colón, frente al colegio Roque González, alertaron sobre un olor putrefacto que provenía del lugar.

Al ingresar al inmueble, los efectivos policiales intervinientes se encontraron con el cadáver del bonaerense y la autopsia posterior determinó que fue golpeado y finalmente estrangulado con un cinto.

La investigación global estableció que el crimen se registró cuatro días antes, el 19 de febrero, en horas de la madrugada, cuando la víctima se reunió en su departamento junto a una de las jóvenes que aparentemente era su novia y un grupo de amigos de ellas.

En el lugar, se cree que Arredondo fue dopado con estupefacientes (ketamina) y que al departamento luego llegaron otros cómplices con la intención de sustraerle 300.000 pesos que el hombre tenía destinado a utilizar como parte de pago para la compra de un automóvil.

Mediante la revisión de cámaras de seguridad los investigadores pudieron reconstruir las últimas horas de la víctima y los últimos movimientos registrados en cercanías a su departamento, con lo cual fueron identificando uno a uno a los sospechosos.

Luego, la ciencia hizo el resto. En el marco de la causa constan pericias telefónicas que darían cuenta de comunicaciones entre los implicados planificando el hecho y rastros de ADN que ubican a al menos tres de los sospechosos en la escena del crimen.

El caso fue investigado por el Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, quien en mayo de 2023 firmó el requerimiento de elevación a juicio del expediente, medida que meses después fue ratificada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de la provincia.

Se reprogramó para el 4 de diciembre el juicio por el caso Arredondo

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Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle

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condenas a Monica Gurina y Leandro Sanchez

Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.

Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.

Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.

Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.

La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.

“No hay derecho absoluto”

El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.

Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.

En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.

Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.

“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.

En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.

La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.

“Fue un hecho público y multitudinario”

En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.

En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).

“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.

Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.

También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.

En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.

Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.

 

Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”

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La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia

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Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.

Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.

Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.

A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”

Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.

Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.

La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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