Judiciales
Rechazan domiciliaria a ex gendarme misionero condenado por lesa humanidad
Preso. Miguel Pablo Lugo (69) continuará preso. La Justicia rechazó el otorgamiento de prisión domiciliaria por razones de salud solicitado por la defensa del ex gendarme misionero, quien de esta manera deberá seguir alojado en la cárcel de la Candelaria para purgar la pena de 25 años de prisión impuesta en su contra por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar en el Centro Clandestino de Detención (CCD) El Olimpo, donde entre otras víctimas, pasaron el periodista Jorge Fontevecchia y Lucía Adela Révora, madre del ahora senador peronista Eduardo “Wado” de Pedro.
Lugo, nacido el 7 de junio de 1956 en Gobernador Roca, fue juzgado entre 2022 y 2023 en el marco del quinto tramo de la mega causa ABO V, que investigó hechos de secuestros y torturas perpetrados en el circuito represivo conformado por los CCD El Atlético, Banco y El Olimpo, que funcionaron de manera rotativa entre 1977 y 1979.
En ese expediente también fueron juzgados Sergio Raúl Nazario y Hugo Luis Medina, ex camaradas de Lugo, además del ex agente de la Policía Federal Argentina (PFA) Carlos Alberto Infantino. Todos ellos fueron condenados a 25 años de prisión por una multiplicidad de delitos que el Tribunal Oral Federal (TOF) 2 de Ciudad de Buenos Aires consideró acreditado, aunque el fallo aún no está firme ya que hay un recurso de casación en trámite.
Otro dos ex, Miguel Víctor Pepe, y el ex miembro de la Superintendencia de Seguridad Federal, José Ahmed, también llegaron a juicio en la misma causa, aunque el primero resultó absuelto y el segundo falleció poco antes del inicio de las audiencias.

Medina, Nazario e Infantino, los otros condenados en el juicio por la causa ABO V.
Pedido
Según pudo reconstruir La Voz de Misiones, Lugo fue detenido mientras caminaba por San Ignacio -donde tiene domicilio registrado junto a su esposa- el 15 de noviembre de 2018 y desde ese momento se encuentra privado de su libertad.
Sus días y noches en prisión las cumple en la Colonia Penal 17 de Candelaria, recinto dependiente del Servicio Penitenciario Federal (SPF), donde deberá continuar a pesar de un pedido de arresto domiciliario formulado por su defensa, alegando un cuadro de Alzheimer y depresión severa.
La presentación fue realizada a mediados del año pasado y en el planteo los abogados del gendarme condenado adujeron que Lugo presentaba un “franco y notorio deterioro, padeciendo una enfermedad grave e irreversible”.
El pedido abrió una extensa etapa de análisis dispuesta por el mismo tribunal que dictó sentencia, en el que solicitó informes tanto a las autoridades de la unidad penitenciaria como a integrantes del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial, quienes arribaron a conclusiones disimiles, ante lo cual tuvo que intervenir una junta interdisciplinaria del hospital Carrillo de Posadas.
Sobre la cuestión también opinaron el fiscal de la causa Alejandro Alagia, el abogado de la querella unificada Pablo Llonto y algunas de las víctimas, quienes coincidieron en considerar que lo correspondiente era rechazar el otorgamiento del beneficio de morigeración de las condiciones de detención para Lugo.
Todo lo recabado entonces fue analizado por los magistrados Jorge Luciano Gorini, Nicolás Toselli y Rodrigo Giménez Uriburu, quienes finalmente decidieron no hacer lugar al pedido.
Principio de Alzheimer
Entre sus argumentos, los camaristas reconocieron que el condenado presenta una “enfermedad neurodegenerativa que con el transcurso del tiempo hace que los síntomas de quien la padece vayan empeorando”, aunque al mismo tiempo plantearon que “lo cierto que es el diagnóstico de Lugo está en la primera etapa de la enfermedad”.
“El evaluado presenta antecedentes de diabetes, hipertensión arterial y diagnóstico referido como principio de Alzheimer, no obstante, del examen clínico practicado no se evidencian, al momento de la evaluación, signos de deterioro cognitivo actual ni limitaciones funcionales que impliquen pérdida de autonomía o imposibilidad de desenvolvimiento adecuado”, agregaron en párrafos siguientes del escrito de 28 páginas en total.
Y en otro punto fueron tajantes en la respuesta al planteo: “La mera invocación de patologías crónicas o antecedentes médicos, sin acreditación de un estado actual de salud que resulte incompatible con el alojamiento en establecimiento penitenciario o que no pueda ser adecuadamente atendido por el sistema sanitario correspondiente, no resulta suficiente para habilitar la concesión del arresto domiciliario como medida excepcional”.
De esta manera, resolvieron no hacer lugar al pedido, con la salvedad de disponer de una evaluación semestral del estado de salud del condenado, a fin de volver a evaluar la posibilidad de la prisión domiciliaria como alternativa.

Lugo admitió que hizo “cinco guardias” en El Olimpo, aunque afirmó que no sabía en qué lugar estaba.
Lugo
La historia marca que Lugo cursó sus estudios iniciales en Gobernador Roca, donde afirmó que nació en una “familia muy humilde” y “numerosa”. El 30 de septiembre de 1976 se incorporó al Escuadrón 11 “San Ignacio” y el 31 de diciembre de ese mismo año egresó como gendarme.
Inmediatamente después fue enviado al Destacamento Móvil Campo de Mayo y en 1978 fue abocado a la Comisión de Seguridad para el mundial de fútbol.
Lugo se declaró inocente a lo largo de toda la causa. Sobre las acusaciones en su contra sostuvo que solo “cumplió órdenes” e hizo “cinco guardias” en El Olimpo, lugar al cual fue trasladado “sin conocer” dónde estaba yendo.
Sin embargo, la Justicia consideró acreditada su presencia en el CCD y su participación en hechos considerados como de lesa humanidad. En su contra acumuló testimonios de testigos, tanto de otros antiguos gendarmes como de presos políticos, que lo reconocieron como uno de los guardias del lugar, donde además cumplía diferentes tareas asignadas por los altos mandos.
Los testigos narraron que la función de los guardias o “celadores” era el ingreso y el egreso de detenidos a los calabozos para llevarlos a salas de interrogatorios donde eran sometidos a torturas. “Estas personas salían mal. Un mal momento. Calcule que les pasen electricidad, golpes, de todo. Ya lo sacaban medio sin conocimiento de los calabozos”, es un testimonio que se desprende de la causa.
El TOF decidió, entonces, en un fallo emitido en diciembre de 2023, condenarlo a 25 años de prisión como coautor de privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos agravado, entre otros hechos cometidos contra un centenar de presos políticos que pasaron por El Olimpo durante sus meses de operación.
El Olimpo
El Olimpo fue uno de los CDD de mayor letalidad. Estaba ubicado en el barrio de Floresta, en un predio que originalmente era una terminal de tranvías.
Funcionó desde el 16 de agosto de 1978 hasta fines de enero de 1979 y su cierre de relaciona con una visita de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 1979.
El lugar estaba bajo el control del Primer Cuerpo del Ejército, comandado por el represor Guillermo “Pajarito” Suárez Manson, y del Batallón de Inteligencia 601.
Se estima que entre 500 y 700 personas detenidas-desaparecidas pasaron por ese CCD, con una tasa de supervivencia del 7-10%.
El galpón fue adaptado especialmente: incluyó celdas, oficinas, un gran patio techado y salas de tortura conocidas como “quirófanos”. Los testigos recuerdan que había un cartel de bienvenida: “Bienvenidos al Olimpo de los dioses. Firmado: Los centuriones.”
Rechazan domiciliaria a represor misionero condenado por lesa humanidad
Judiciales
Discusión de tránsito y homicidio en Garupá: pidieron elevar a juicio la causa
A menos de cinco meses del hecho, el fiscal de Instrucción Dos de Posadas, Christian Antunez, formuló el requerimiento de elevación a juicio de la causa que investiga el asesinato de Fabricio Ariel Rodríguez (32), cometido durante una discusión de tránsito en Garupá.
De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas por La Voz de Misiones, el requerimiento fue presentado esta semana ante el magistrado Juan Manuel Monte, titular del Juzgado de Instrucción Dos, quien ahora debe analizar el documento y estampar la firma para que el expediente pase a un tribunal.
El caso tiene como imputado y procesado con prisión preventiva al jubilado y chofer de aplicación Juan Carlos D. V. (63), quien enfrenta cargos por “homicidio simple”, figura que prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión.
El hombre cumple la medida cautelar bajo la modalidad de arresto domiciliario por razones de salud, entre otros factores que fueron tenidos en cuenta para la morigeración de las condiciones de detención.
El hecho en cuestión ocurrió el 17 de abril de este año, sobre la avenida Santa Helena, en el ingreso al barrio homónimo y a unos metros de la ruta nacional 105, en Garupá.
Escasos minutos después de las 10 habían pasado cuando dos automovilistas se trenzaron en una discusión de tránsito que subió de tono hasta que, en determinado momento, el ahora imputado regresó a su auto Ford Fiesta blanco, extrajo un arma blanca y apuñaló al otro.
El puntazo dio en el pecho de Rodríguez, que cayó inmediatamente al suelo y murió en ese mismo lugar, ante la vista de una gran cantidad de testigos.
Identificaron al hombre asesinado tras una discusión de tránsito en Garupá
Judiciales
Un misionero condenado y otro absuelto en juicio por red de trata de menores
El Tribunal Oral Federal N°3 de Buenos Aires condenó este miércoles a 22 años de prisión al misionero Francisco Rolando Angelotti Notarbartolo, señalado durante la investigación como líder de una organización dedicada a captar menores para su explotación sexual. En el mismo veredicto, los jueces absolvieron al también misionero Leandro Agustín Aguiar y ordenaron su inmediata libertad.
La sentencia fue dictada por los jueces Javier Feliciano Ríos, Andrés Fabián Basso y Fernando Marcelo Machado Pelloni, en el juicio que también tuvo como acusado al ex ganador de Gran Hermano Marcelo Corazza y a otros dos hombres.
Angelotti Notarbartolo recibió la pena que había solicitado la fiscalía, que durante sus alegatos lo había señalado como quien encabezaba la estructura investigada. El tribunal lo encontró responsable de los delitos de trata de personas agravada, abuso sexual con acceso carnal, promoción de la corrupción de menores y tenencia de representaciones de abuso sexual infantil.
Según el fallo, los delitos por los que fue condenado tuvieron como víctimas a al menos cuatro personas. En el caso de la trata, fue responsabilizado por hechos cometidos contra cuatro víctimas, tres de ellas menores de edad. La figura fue considerada agravada por el abuso de una situación de vulnerabilidad y por la pluralidad de víctimas.
Además, fue condenado por abusos sexuales con acceso carnal contra tres víctimas y por distintos hechos de corrupción de menores. También fue responsabilizado por tenencia de material de abuso sexual infantil.
La sentencia, sin embargo, también declaró prescriptas otras acusaciones contra Angelotti Notarbartolo y lo absolvió respecto de esos hechos. Se trata de delitos contra la integridad sexual vinculados con otras ocho víctimas.
Como parte de la resolución, el tribunal dispuso además que Angelotti y otro de los condenados, Raúl Ignacio Mermet, paguen una reparación económica equivalente a veinte salarios mínimos vitales y móviles a cada una de las víctimas por las que fueron sentenciados.
Aguiar, absuelto
La situación del otro misionero acusado tuvo un desenlace diferente.
Leandro Agustín Aguiar, para quien la fiscalía había solicitado 11 años de prisión, fue absuelto por el tribunal. La misma decisión alcanzó a Andrés Fernando Charpenet, otro de los acusados, y ambos recuperarán la libertad de manera inmediata.
Durante el juicio, la acusación había sostenido que Aguiar se incorporó a la organización en 2018 y que, junto con Charpenet y Mermet, participaba de encuentros con las víctimas. El Ministerio Público había considerado que su intervención justificaba una condena de 11 años.
Sin embargo, los jueces no encontraron elementos suficientes para condenarlo por los delitos que se le atribuían y dispusieron su absolución.
Corazza, también fue absuelto
El fallo tuvo como principal repercusión nacional la absolución de Marcelo Corazza, ex ganador de Gran Hermano y productor televisivo.
El tribunal lo desvinculó de las acusaciones de abuso sexual infantil, corrupción de menores y trata de personas. Los magistrados consideraron que algunos de los hechos atribuidos estaban prescriptos y que respecto de otros no existían pruebas suficientes.
En consecuencia, el tribunal ordenó quitarle la tobillera electrónica, levantar la prohibición para salir del país y dejar sin efecto el embargo que pesaba sobre sus bienes.
La fiscalía ya había solicitado su absolución durante los alegatos. El fiscal general Patricio García Elorrio había sostenido que el hecho de abuso sexual que se le atribuía, ocurrido en 2001, estaba prescripto y que tampoco había elementos suficientes para sostener la acusación por asociación ilícita.
Los fundamentos completos del fallo serán difundidos el próximo 22 de octubre.
El expediente se inició en octubre de 2022 a partir de la denuncia de una víctima ante la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex). La investigación posterior derivó en la detención de los cinco acusados y finalmente en el juicio oral.
La causa investigó una estructura que, según la acusación fiscal, habría operado entre 1999 y marzo de 2023 en Misiones, la Ciudad de Buenos Aires y la provincia de Buenos Aires, captando principalmente a adolescentes varones en situación de vulnerabilidad para someterlos a prácticas de explotación y abuso sexual.
Piden 22 años de cárcel para misionero acusado de liderar red de trata de menores
Judiciales
Entró en vigencia el sistema acusatorio federal en Misiones
Desde este lunes 24 de agosto comenzó a regir en Misiones el sistema acusatorio previsto por el Código Procesal Penal Federal, un cambio que modifica el funcionamiento de la Justicia federal y redefine los roles de fiscales y jueces en las investigaciones penales.
La implementación alcanza a la jurisdicción de la Cámara Federal de Apelaciones de Posadas y convierte a Misiones en la décima jurisdicción del país en incorporar este modelo procesal. El nuevo esquema se aplica sobre los 17 departamentos de la provincia.
El principal cambio está en la investigación de los delitos: a partir de ahora, el Ministerio Público Fiscal tendrá a su cargo la dirección de las investigaciones, mientras que los jueces dejarán de conducir la instrucción y pasarán a concentrar sus funciones en el control de las garantías y la resolución de los planteos que formulen las partes.
Fiscalía Distrito Misiones
La puesta en marcha del sistema acusatorio está acompañada por la creación de la Fiscalía de Distrito Misiones, una estructura que reemplaza el esquema anterior de fiscalías federales y generales y concentra la representación del Ministerio Público Fiscal de la Nación en toda la provincia.
El distrito estará conformado por una Unidad Fiscal con asiento en Posadas y tres sedes fiscales descentralizadas: Oberá, Eldorado y Puerto Iguazú.
La fiscal general Vivian Andrea Barbosa fue designada provisoriamente como coordinadora de la Fiscalía de Distrito. Como fiscal revisora quedó la fiscal general interina Silvina Flavia Gutiérrez, mientras que el fiscal general interino Pablo Ricardo Di Loreto fue designado como reemplazante suplente.
La Unidad Fiscal Posadas tendrá competencia sobre Capital, Candelaria, Apóstoles y Concepción de la Sierra.
La sede de Oberá abarcará Cainguás, San Ignacio, Leandro N. Alem, San Javier, Libertador General San Martín, Veinticinco de Mayo, Oberá y Guaraní. Eldorado tendrá jurisdicción sobre Eldorado, Montecarlo y San Pedro, mientras que Puerto Iguazú comprenderá los departamentos Iguazú y General Manuel Belgrano.
Fiscal en lugar central
Con el nuevo modelo, el fiscal pasa a ocupar un lugar central en el proceso penal. Será quien dirija la investigación, determine las líneas de trabajo y lleve adelante la acusación, mientras que los jueces actuarán como terceros imparciales encargados de controlar que el proceso se desarrolle dentro de las reglas establecidas.
La Unidad Fiscal Posadas contará con áreas diferenciadas para Atención Inicial; Investigación y Litigio de Casos Sencillos; Investigación y Litigio de Casos Complejos; Transición; Ejecución Penal; Atención y Acompañamiento a Víctimas; y asuntos No Penales y Electorales.
En las sedes de Oberá, Eldorado y Puerto Iguazú funcionarán áreas de Atención Inicial, Investigación y Litigio de Casos, Transición y No Penal.
El cambio también apunta a un proceso penal con mayor protagonismo de las audiencias orales. La Oficina Judicial tendrá un rol central en la gestión de las audiencias y en la organización de los recursos necesarios para el funcionamiento del nuevo sistema.
Salas de audiencia
La puesta en funcionamiento del sistema acusatorio también demandó una adecuación de la infraestructura judicial de la provincia.
El Consejo de la Magistratura informó que durante 2026 se realizaron obras de puesta en valor y readecuación de seis salas de audiencia y dependencias de la Oficina Judicial distribuidas en cinco edificios de la jurisdicción.
Desde este lunes, la Cámara Federal contará con seis salas operativas: una en Puerto Iguazú, una en Oberá, una en Eldorado y tres en Posadas.
Los trabajos incluyeron modificaciones en instalaciones eléctricas, colocación de equipos de aire acondicionado, pintura, detectores de humo y señalética de emergencia, entre otras tareas.
Según el Consejo de la Magistratura, la inversión destinada a infraestructura física alcanzó los $71.186.700, mientras que otros $32.590.000 fueron destinados a mobiliario. En total, las mejoras demandaron una inversión de $103.776.700.
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