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Rechazan domiciliaria a ex gendarme misionero condenado por lesa humanidad

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Preso. Miguel Pablo Lugo (69) continuará preso. La Justicia rechazó el otorgamiento de prisión domiciliaria por razones de salud solicitado por la defensa del ex gendarme misionero, quien de esta manera deberá seguir alojado en la cárcel de la Candelaria para purgar la pena de 25 años de prisión impuesta en su contra por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar en el Centro Clandestino de Detención (CCD) El Olimpo, donde entre otras víctimas, pasaron el periodista Jorge Fontevecchia y Lucía Adela Révora, madre del ahora senador peronista Eduardo “Wado” de Pedro.

Lugo, nacido el 7 de junio de 1956 en Gobernador Roca, fue juzgado entre 2022 y 2023 en el marco del quinto tramo de la mega causa ABO V, que investigó hechos de secuestros y torturas perpetrados en el circuito represivo conformado por los CCD El Atlético, Banco y El Olimpo, que funcionaron de manera rotativa entre 1977 y 1979.

En ese expediente también fueron juzgados Sergio Raúl Nazario y Hugo Luis Medina, ex camaradas de Lugo, además del ex agente de la Policía Federal Argentina (PFA) Carlos Alberto Infantino. Todos ellos fueron condenados a 25 años de prisión por una multiplicidad de delitos que el Tribunal Oral Federal (TOF) 2 de Ciudad de Buenos Aires consideró acreditado, aunque el fallo aún no está firme ya que hay un recurso de casación en trámite.

Otro dos ex, Miguel Víctor Pepe, y el ex miembro de la Superintendencia de Seguridad Federal, José Ahmed, también llegaron a juicio en la misma causa, aunque el primero resultó absuelto y el segundo falleció poco antes del inicio de las audiencias.

Medina, Nazario e Infantino, los otros condenados en el juicio por la causa ABO V.

Pedido

Según pudo reconstruir La Voz de Misiones, Lugo fue detenido mientras caminaba por San Ignacio -donde tiene domicilio registrado junto a su esposa- el 15 de noviembre de 2018 y desde ese momento se encuentra privado de su libertad.

Sus días y noches en prisión las cumple en la Colonia Penal 17 de Candelaria, recinto dependiente del Servicio Penitenciario Federal (SPF), donde deberá continuar a pesar de un pedido de arresto domiciliario formulado por su defensa, alegando un cuadro de Alzheimer y depresión severa.

La presentación fue realizada a mediados del año pasado y en el planteo los abogados del gendarme condenado adujeron que Lugo presentaba un “franco y notorio deterioro, padeciendo una enfermedad grave e irreversible”.

El pedido abrió una extensa etapa de análisis dispuesta por el mismo tribunal que dictó sentencia, en el que solicitó informes tanto a las autoridades de la unidad penitenciaria como a integrantes del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial, quienes arribaron a conclusiones disimiles, ante lo cual tuvo que intervenir una junta interdisciplinaria del hospital Carrillo de Posadas.

Sobre la cuestión también opinaron el fiscal de la causa Alejandro Alagia, el abogado de la querella unificada Pablo Llonto y algunas de las víctimas, quienes coincidieron en considerar que lo correspondiente era rechazar el otorgamiento del beneficio de morigeración de las condiciones de detención para Lugo.

Todo lo recabado entonces fue analizado por los magistrados Jorge Luciano Gorini, Nicolás Toselli y Rodrigo Giménez Uriburu, quienes finalmente decidieron no hacer lugar al pedido.

Principio de Alzheimer

Entre sus argumentos, los camaristas reconocieron que el condenado presenta una “enfermedad neurodegenerativa que con el transcurso del tiempo hace que los síntomas de quien la padece vayan empeorando”, aunque al mismo tiempo plantearon que “lo cierto que es el diagnóstico de Lugo está en la primera etapa de la enfermedad”.

“El evaluado presenta antecedentes de diabetes, hipertensión arterial y diagnóstico referido como principio de Alzheimer, no obstante, del examen clínico practicado no se evidencian, al momento de la evaluación, signos de deterioro cognitivo actual ni limitaciones funcionales que impliquen pérdida de autonomía o imposibilidad de desenvolvimiento adecuado”, agregaron en párrafos siguientes del escrito de 28 páginas en total.

Y en otro punto fueron tajantes en la respuesta al planteo: “La mera invocación de patologías crónicas o antecedentes médicos, sin acreditación de un estado actual de salud que resulte incompatible con el alojamiento en establecimiento penitenciario o que no pueda ser adecuadamente atendido por el sistema sanitario correspondiente, no resulta suficiente para habilitar la concesión del arresto domiciliario como medida excepcional”.

De esta manera, resolvieron no hacer lugar al pedido, con la salvedad de disponer de una evaluación semestral del estado de salud del condenado, a fin de volver a evaluar la posibilidad de la prisión domiciliaria como alternativa.

Lugo admitió que hizo “cinco guardias” en El Olimpo, aunque afirmó que no sabía en qué lugar estaba.

Lugo

La historia marca que Lugo cursó sus estudios iniciales en Gobernador Roca, donde afirmó que nació en una “familia muy humilde” y “numerosa”. El 30 de septiembre de 1976 se incorporó al Escuadrón 11 “San Ignacio” y el 31 de diciembre de ese mismo año egresó como gendarme.

Inmediatamente después fue enviado al Destacamento Móvil Campo de Mayo y en 1978 fue abocado a la Comisión de Seguridad para el mundial de fútbol.

Lugo se declaró inocente a lo largo de toda la causa. Sobre las acusaciones en su contra sostuvo que solo “cumplió órdenes” e hizo “cinco guardias” en El Olimpo, lugar al cual fue trasladado “sin conocer” dónde estaba yendo. 

Sin embargo, la Justicia consideró acreditada su presencia en el CCD y su participación en hechos considerados como de lesa humanidad. En su contra acumuló testimonios de testigos, tanto de otros antiguos gendarmes como de presos políticos, que lo reconocieron como uno de los guardias del lugar, donde además cumplía diferentes tareas asignadas por los altos mandos.

Los testigos narraron que la función de los guardias o “celadores” era el ingreso y el egreso de detenidos a los calabozos para llevarlos a salas de interrogatorios donde eran sometidos a torturas. “Estas personas salían mal. Un mal momento. Calcule que les pasen electricidad, golpes, de todo. Ya lo sacaban medio sin conocimiento de los calabozos”, es un testimonio que se desprende de la causa.

El TOF decidió, entonces, en un fallo emitido en diciembre de 2023, condenarlo a 25 años de prisión como coautor de privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos agravado, entre otros hechos cometidos contra un centenar de presos políticos que pasaron por El Olimpo durante sus meses de operación.

El Olimpo

El Olimpo fue uno de los CDD de mayor letalidad. Estaba ubicado en el barrio de Floresta, en un predio que originalmente era una terminal de tranvías.

Funcionó desde el 16 de agosto de 1978 hasta fines de enero de 1979 y su cierre de relaciona con una visita de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 1979.

El lugar estaba bajo el control del Primer Cuerpo del Ejército, comandado por el represor Guillermo “Pajarito” Suárez Manson, y del Batallón de Inteligencia 601.

Se estima que entre 500 y 700 personas detenidas-desaparecidas pasaron por ese CCD, con una tasa de supervivencia del 7-10%.

El galpón fue adaptado especialmente: incluyó celdas, oficinas, un gran patio techado y salas de tortura conocidas como “quirófanos”. Los testigos recuerdan que había un cartel de bienvenida: “Bienvenidos al Olimpo de los dioses. Firmado: Los centuriones.”

Rechazan domiciliaria a represor misionero condenado por lesa humanidad

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Causa Cuadernos: Oscar Thomas y “la estafa de los arrepentidos”

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Thomas

La Justicia Federal reanudó a fines de febrero el juicio oral por la denominada “Causa Cuadernos”, que investiga una presunta red de corrupción y sobornos entre funcionarios públicos y empresarios de la construcción durante los gobiernos de Néstor Kirchner y Cristina Fernández (CFK), y que tiene entre sus imputados al misionero Oscar Thomas, ex director de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) durante la década kirchnerista.

La megacausa judicial, que se originó a partir de los cuadernos donde Óscar Centeno, chofer de Roberto Baratta, mano derecha del ex ministro Julio De Vido, dio cuenta de recorridos, fechas y bolsos que tenían como destino a funcionarios y la Quinta de Olivos, tiene 85 imputados, entre los que destaca la ex presidenta CFK, quien actualmente guarda prisión domiciliaria por la condena en la causa Vialidad.

El misionero Thomas aparece en los cuadernos como presunto intermediario en el cobro de coimas a empresas contratistas de obra pública durante su gestión al frente de la EBY.

El ex director de Yacyretá pasó varias semanas prófugo en 2018, cuando el proceso comenzaba la etapa de instrucción, e incluso llegó a ofrecerse una recompensa por información sobre su paradero.

Al presentarse, negó todas las acusaciones y rechazó convertirse en “arrepentido”, la figura instrumentada por la Justicia Federal para intercambiar confesiones por beneficios procesales entre los empresarios y ex funcionarios imputados.

Arrepentidos  

En la causa, que se tramita en el Tribunal Oral Federal 7 (TOF), hay 31 imputados “arrepentidos”: 25 son empresarios y el resto ex funcionarios kirchneristas.

Todos ellos, entre los que figuran el chofer Centeno y su jefe Baratta, el empresario Angelo Calcaterra, ex propietario de la constructora Iecsa y primo del ex presidente Mauricio Macri; Enrique Pescarmona y Francisco Valenti, de la metalúrgica Impsa; Luis Betnaza, de la multinacional Techint; Aldo Roggio, del Grupo Roggio; y Armando Loson, de Albanesi S.A., dijeron haber participado en la trama de corrupción que se investiga.

Con el reinicio del juicio, la validez de estos testimonios es el eje central del debate, ya que para mantener los beneficios y evitar cargos por falso testimonio, estos 31 “arrepentidos” deben ratificar sus dichos ante el TOF7.

Lo cierto es que, a lo largo del trámite de la causa, fueron varios los “arrepentidos” que terminaron en contradicciones respecto a su declaración original, empezando por el mismo Centeno, quien arrancó diciendo que tenía los cuadernos originales, pero luego dijo que los había quemado en la parrilla de su casa.

Recientemente, el empresario Loson denunció “irregularidades” en el proceso, en relación con la prueba principal de la causa: los cuadernos de Centeno.

La defensa del empresario habló de “falsificación” y “manipulación” y aseguró haber encontrado más de 1.600 irregularidades en las anotaciones del chofer, entre tachaduras y enmiendas, múltiples caligrafías, alteración de fechas y lugares, y el uso de diferentes tintas.

Otro, cuyo testimonio cuelga de un hilo, es Víctor Manzanares, ex contador de la familia Kirchner, considerado un “arrepentido” clave, quien, en noviembre de 2025, manifestó a través de su abogado que no quería salir de prisión, a pesar de tener el beneficio, lo que siembra dudas de lo que hará cuando sea requerido por el tribunal.

En febrero pasado, el “arrepentido”, Mario Ludovico Rovella, titular de la constructora Rovella Carranza S.A., solicitó formalmente la nulidad de su testimonio, alegando que fue obligado a declarar bajo la amenaza de quedar detenido por el juez Claudio Bonadío.

Estafa

El testimonio de los “arrepentidos” es el pilar de la acusación contra Thomas, quien al igual que otros imputados, como la misma CFK, aseguran que las “confesiones” de estos colaboradores fueron obtenidas mediante coacción.

La reciente solicitud de Ravella, de retirar su “confesión”, alegando haberla hecho bajo amenaza, va en línea con el principal argumento de los defensores de los imputados, incluido el abogado de Thomas, Juan Manuel Ubeira.

El mismo Thomas afirmó que durante su detención fue presionado y amenazado para que declarara en contra de la ex presidenta Cristina Fernández a cambio de su libertad.

Ubeira basa, además, su pedido de nulidad de la causa en el hecho, probado, de que las declaraciones de los “arrepentidos” no fueron registradas en audio o video, como establece la Ley 27.304 que crea la figura del imputado colaborador, sino que se plasmaron en actas escritas frente al fiscal Carlos Stornelli.

Asimismo, el letrado considera “nulos” los testimonios de Carlos Wagner, ex presidente de la Cámara Argentina de la Construcción, que señaló a Thomas en el entramado de corrupción en la obra pública; y del chofer Centeno, quien declaró que el misionero entregó bolsos con dinero a su jefe Baratta para que este los llevara a la Quinta de Olivos o al departamento de los Kirchner.

Ubeira y varios de sus colegas describen el proceso como un “montaje”, una “ficción judicial”, donde la prueba principal no son los cuadernos de Centeno, que le dieron el nombre a la causa, sino la “estafa de los arrepentidos”, cuyos testimonios están “viciados de nulidad”.

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Da Silva fue condenado a 14 años de prisión por intentar matar a su ex

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da silva condenado

Después de oír a los testigos y el alegato de las partes, el Tribunal Penal Uno de Oberá resolvió condenar a 14 años de prisión a Leonardo Michael Da Silva (25) por el ataque a cuchillazos perpetrado en perjuicio de su ex pareja en hecho de extrema violencia de género registrado el 28 de octubre de 2023.

La sentencia fue leída a la siesta de este jueves, cerrando así un debate oral que arrancó temprano en la mañana, con la declaración de la víctima y de otros testigos citados a dar su testimonio sobre el hecho ocurrido en el barrio Oberá III.

Da Silva fue declarado responsable de los delitos de “femicidio doblemente calificado por la relación de pareja y violencia de género, en grado de tentativa, y desobediencia judicial”, tal como lo solicitó el fiscal Juan Pablo Fernández Rissi, aunque difirió en el monto de la pena, dado que la acusación solicitó 16 años de prisión y la resolución final fue de 14.

“No cabe dudas de la existencia del hecho, ni la autoría del hecho. La persona que atacó y quiso matar a su pareja se encuentra imputado acá”, alegó en su momento Fernández Rissi, en su primer debate oral desde que fue designado a fines del año pasado en ese cargo.

El fiscal describió que la víctima, Maira Ortega, fue víctima de un larga historia de violencia de género, que incluyó persecución, hostigamiento, golpes y otros intentos de asesinato.

La defensa, en tanto, encabezada por Alexander Pona, consideró que durante el proceso hubo más incongruencias que certezas respecto a la autoría de Da Silva, por lo cual pidió la absolución por el beneficio de la duda.

El tribunal que dictó sentencia estuvo presidido por el magistrado Horacio Paniagua e integrado por los vocales subrogantes Jorge Villalba y Julio Carvallo.

El hecho que terminó en sentencia se registró el 28 de octubre de 2023, a las 7.30, cuando el implicado sorprendió a su víctima mientras dormía en su casa y tras una breve discusión le asestó dos puntazos en el cuello con un cuchillo tipo tramontina.

La propia víctima declaró esta mañana como testigo en el juicio contra su ex pareja y ante los jueces recordó que “yo estaba durmiendo con mis dos hijos, que son hijos también de Michael. Siento que alguien me toca la espalda, me levanto. Estábamos hablando y de golpe saca un cuchillo de atrás y me empieza a atacar”.

La joven relató que intentó defenderse y al comenzar a gritar también se despertó una amiga suya que estaba en la casa y entre ambas logran sacarle el cuchillo al violento, aunque para ello ya había recibido dos puntazos en el cuello. “Me agarró el cuchillo cerca de la garganta y en la cabeza. Un corte tenía 2 puntos y el otro 3”, describió Ortega sobre las lesiones sufridas.

FOTO: EL TERRITORIO

Intentó matar a cuchillazos a su ex en 2023 y ahora enfrenta juicio en Oberá

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“Ni una bala más, ni un pibe menos”: pidieron justicia por Nano Amarilla

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Familiares, amigos y vecinos se reunieron para recordar y pedir justicia por Arnaldo Alejandro Amarilla, más conocido como “Nano”, quien habría sido asesinado por dos policías en el barrio A 3-2, en el año 2018.

Durante el encuentro, concretado el martes pasado a las 18 en una cancha de fútbol ubicada en ese mismo barrio, compartieron un partido y posteriormente una merienda. 

Al mismo tiempo, el objetivo fue celebrar el cumpleaños de Nano, como una forma de “mantener viva su memoria, como a él le gustaba, dentro de una cancha”, señalaron los impulsores de la iniciativa a través de su cuenta de Instagram

A ocho años del hecho, sus allegados continúan a la espera de justicia, por lo que señalaron: “Exigimos que se haga efectivo el juicio, han pasado ocho años desde su asesinato y la justicia misionera -lenta e ineficaz- sigue sin plasmar una fecha de juicio y cárcel al ex sargento Esteban Soley y el ex oficial David Villalba”.

Y concluyeron: “Basta de gatillo fácil. Basta de matar a nuestros pibes”, “Nano Amarilla presente, ahora y siempre”. 

 El caso

Arnaldo Alejandro Amarilla (32) fue asesinado el domingo 1 de julio del 2018 en horas de la madrugada en el barrio A3-2 de Posadas, donde lo hallaron con múltiples impactos de perdigones de goma horas después de la intervención policial por un conflicto vecinal. 

En su momento, las investigaciones policiales afirmaron que se trataba de un ex convicto que murió en un confuso episodio y por ello hubo dos policías detenidos en averiguación del caso: el ex sargento Emanuel Esteban Soley y el ex oficial David Villalba, quienes prestaban servicios en la Comisaría Décima.

El ataque se concretó entre la 1 y las 2, pero el cadáver fue descubierto por un hermano a las 5, quien habría alertado a sus padres. 

El cuerpo fue hallado cerca del baño de su vivienda 21, en la manzana 18, y con múltiples heridas de perdigones, presuntamente disparados por policías que habrían acudido a repeler, por tercera vez en menos de seis horas, discusiones y peleas callejeras en las que habría intervenido el ex convicto.

En ese entonces, el magistrado Ricardo Balor ordenó la detención preventiva de ambos policías. También fue secuestrada una escopeta Ithaca 12.70, peritada en el marco de la causa por homicidio investigada por el Juzgado de Instrucción Seis.

Al igual que Villalba, en el año 2023 Soley fue excarcelado por el cese de la prisión preventiva y desde entonces aguardan en libertad la realización del debate oral para esclarecer el hecho, proceso que debe realizarse en el Tribunal Penal Uno de Posadas.

Ambos están imputados por el delito de “homicidio calificado por su función”, figura enmarcada por el artículo 80, inciso 9 del Código Penal de la Nación Argentina, que prevé una pena de prisión perpetua.

Al comienzo de la causa, Villalba estuvo imputado como partícipe secundario del mismo hecho, pero cuando René Casals asumió como titular de la Fiscalía de Instrucción Seis de Posadas, consideró que el uniformado debía responder como coautor por omisión, dado que era el encargado de la patrulla. 

Ex sargento acusado de gatillo fácil en A3-2 aguardará el juicio en libertad

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