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Comenzó el segundo juicio contra Omar Mudry y negó las acusaciones de abuso

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El Tribunal Penal Uno de Eldorado dio inicio esta mañana al segundo juicio oral contra Omar Raúl Mudry (67), ex titular del hogar de niños Tabita de Montecarlo, quien ya registra una condena a 30 años de prisión delitos similares pero investigados en una causa separada.

Tal como adelantó La Voz de Misiones, las audiencias comenzaron hoy y se extenderán hasta el miércoles, a menos que se presenten imponderables con la citación de testigos o nuevos planteos que obliguen a programar más jornadas. 

Según consignaron fuentes consultadas por este medio, una vez leído el auto de elevación a juicio de la causa y otros documentos vinculados al expediente, el acusado hoy aceptó declarar ante el tribunal presidido por el magistrado Ángel Atilio León.

En esa instancia, Mudry se explayó durante más de una hora y media, respondió preguntas de las partes y negó rotundamente las acusaciones que pesan en su contra, aduciendo que “jamás haría eso” y resaltando que siempre tuvo “buena conducta”.

El debate continuará mañana con la declaración de un testigo que hoy se ausentó y también se espera la palabra de las víctimas, quienes actualmente ya son mayores de edad.

Mudry está acusado de abusar de dos hermanos (una niña y un niño, de entre 6 y 4 años), a quienes obligaba a practicar actos sexuales entre ellos y a presenciar mientras él violaba a otra adolescente que residía en el hogar Tabita, además de golpearlos con zapatos u otros objetos si se negaban a cumplir lo pedido.

Dicha acusación se traduce en una imputación por el delito de “promoción a la corrupción de menores agravado por la edad de las víctimas (menores de 13 años), por los modos comisivos (violencia, amenazas y abuso de autoridad) y por la calidad del autor (encargado de su educación o guarda)”.

Según la reconstrucción realizada en la etapa de instrucción, estas víctimas ingresaron al lugar en 2001 y residieron allí durante un lapso de 18 meses hasta que fueron retirados cuando su familia obtuvo casa propia, aunque los hechos fueron denunciados en 2008, tras destaparse el escándalo que derivó en el primer juicio contra Mudry.

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Omar Mudry era el titular del hogar Tabita, que funcionaba en Montecarlo y alcanzó a contener hasta 50 niños y niñas.

Primera causa y 30 años de prisión

El accionar del acusado quedó en evidencia gracias a una trabajadora social que realizó un relevamiento sobre el funcionamiento del hogar Tabita, que se ubicaba en el acceso a Montecarlo y que en su momento alcanzó a resguardar a 50 niños en situaciones de vulnerabilidad y judicializados.

Cuando la profesional inició su trabajo, en la residencia sólo quedaban cinco menores, pero ella ubicó a todos los niños y niñas que pasaron por el lugar para entrevistarse con ellos.

Fue así que saltó la primera denuncia por parte de una adolescente de 13 años, quien a su vez indicó que habían más víctimas y ello dio inicio a una causa con múltiples damnificados.

Con todo esto sobre el tapete, Mudry fue detenido en marzo de 2008 y en 2011 enfrentó un juicio oral que se extendió a lo largo de un mes.

Culminado el proceso, el Tribunal Penal Uno de Eldorado condenó al acusado a ni más ni menos que 30 años de prisión como autor de los delitos de “promoción a la corrupción de menores agravada por la calidad de guardador reiterado (dos hechos), abuso sexual con acceso carnal agravado por su calidad de guardador reiterado (cuatro hechos) y abuso sexual simple agravado por su calidad de guardador todo en concurso real”.

Mientras ello sucedía, la causa que se ventilará en debate a partir del 4 de diciembre todavía estaba en etapa de investigación y recién fue elevada a instancia de juicio en diciembre de 2011.

Según consignaron fuentes de LVM, el segundo debate contra Mudry fue programado en tres ocasiones anteriores, pero todas las veces el proceso debió ser postergado por diversas razones, entre ellas la pandemia.

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Intentó matar a cuchillazos a su ex en 2023 y ahora enfrenta juicio en Oberá

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“Si no vas a estar conmigo, no vas a estar con nadie más”, fueron las palabras que Leonardo Michael Da Silva (25) le dijo a su ex pareja antes de asestarle dos cuchillazos en el cuello, hecho por el cual esta mañana comenzó a ser juzgado en el Tribunal Penal Uno de Oberá.

Los detalles del grave episodio fueron expuestos al comienzo de la audiencia, al momento en que los magistrados Horacio Paniagua (presidente), Jorge Villalba y Julio Carvallo (ambos subrogantes), autorizaron la lectura del requerimiento de elevación a juicio de la causa que tiene a Da Silva como imputado por “femicidio doblemente calificado por la relación de pareja y violencia de género, en grado de tentativa, y desobediencia judicial”.

Según la reconstrucción, el hecho ocurrió el 28 de octubre de 2023, a las 7.30, cuando el sospechoso irrumpió en la casa de su ex pareja, Nélida Maira Ortega, quien dormía junto a sus dos hijos en su casa del barrio Oberá III.

La propia víctima declaró esta mañana como testigo en el juicio contra su ex pareja y ante los jueces recordó que “yo estaba durmiendo con mis dos hijos, que son hijos también de Michael. Siento que alguien me toca la espalda, me levanto. Estábamos hablando y de golpe saca un cuchillo de atrás y me empieza a atacar”.

La joven relató que intentó defenderse y al comenzar a gritar también se

La víctima del hecho declaró y reconoció el cuchillo incautado en la causa como el arma utilizada en el ataque.

despertó una amiga suya que estaba en la casa y entre ambas logran sacarle el cuchillo tipo tramontina al violento, aunque para ello ya había recibido dos puntazos en el cuello. “Me agarró el cuchillo cerca de la garganta y en la cabeza. Un corte tenía 2 puntos y el otro 3”, describió Ortega sobre las lesiones sufridas.

La víctima, además, ratificó que en pleno ataque su ex pareja que “si yo no iba a estar con él, no iba a estar con nadie. Que me iba a matar a mí y después se iba a matar él”.

Ortega explicó que su relación con Da Silva duró tres años y que al comienzo todo “iba bastante bien”, pero a mediados de 2023 la situación empeoró: “Peleábamos casi todos los fines de semana hasta que yo decidí separarme y él nunca aceptó la separación. Me separé porque él empezó a consumir drogas y se ponía loco, desconfiaba de mí y quería sacarme la vida”.

Da Silva también compareció ante el estrado del tribunal, escuchó la imputación en su contra y se abstuvo de declarar. El joven es defendido por el abogado Alexander Pona, mientras que la acusación está a cargo del fiscal Juan Pablo Fernández Rissi, designado en el cargo a fines del año pasado.

En el episodio también resultó herida la amiga de la víctima, que además es prima del acusado. El debate continúa en proceso con la recepción de declaración a más testigos. El juicio es transmitido en vivo por Youtube. 

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Pidieron elevar a juicio la causa por el asesinato de Priscila Díaz en Jardín

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La Fiscalía de Instrucción Dos de Jardín América, a cargo de Jorge Fernández, solicitó la elevación a juicio de la causa por el asesinato de Priscila Cecilia Díaz (21), cometido a fines de septiembre de 2024 en Jardín América.

El requerimiento tiene como novedad un pedido de agravamiento de la acusación que recae sobre el sospechoso identificado como Carlos David del Valle (21), quien permanece detenido con prisión preventiva.

Es que Del Valle está procesado como presunto autor del delito de “homicidio simple”, que prevé penas de entre 8 y 25 años, pero en la reciente presentación judicial el fiscal Fernández solicitó que el implicado responda en juicio oral por los delitos de “abuso sexual con acceso carnal y homicidio calificado”, figura que tiene como única expectativa de pena la prisión perpetua.

El documento fue elevado al Juzgado de Instrucción Dos de la misma circunscripción judicial, a cargo del magistrado Roberto Sena, que primero deberá atender a un posible planteo de oposición por parte de la defensa del imputado para luego resolver el futuro del expediente.

Carlos David Del Valle (21) está detenido con prisión preventiva por el hecho.

Estrangulada y semienterrada

El asesinato de Priscila Díaz se descubrió el jueves 26 de septiembre de 2024, cuando su cuerpo fue hallado semienterrado en un pinar de Jardín América.

Por el hecho está detenido Carlos David Del Valle (21), un vecino del barrio Los Cedros que fue visto por última vez con la víctima durante la madrugada del domingo anterior.

La autopsia estableció que la joven fue estrangulada y que se resistió al ataque recibido. El sospechoso, además, tenía rasguños en diversas partes del cuerpo.

En un principio el examen forense no detectó signos de abuso, pero la posibilidad siempre estuvo latente y los estudios complementarios lo terminaron confirmando.

El crimen se descubrió gracias a un familiar del detenido, quien se acercó a la comisaría local para denunciar que su pariente le había confesado el asesinato de una chica.

Madre de joven asesinada en Jardín América: “Me duele el alma, pido justicia”

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Arenera de Candelaria demanda al municipio ante el STJ por clausura

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El empresario arenero Jorge Muniagurria inició una demanda contencioso administrativa en el Superior Tribunal de Justicia (STJ) contra la Municipalidad de Candelaria por la resolución que le clausuró la planta de acopio que tiene en un predio costero cedido en comodato por la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) en 2017, como resarcimiento del emplazamiento original afectado por la suba del embalse de la represa.

En la presentación judicial, a la que tuvo acceso La Voz de Misiones, el empresario solicitó al STJ la nulidad de la Resolución 02/25, del ingeniero Eduardo M. Quiroga, que firmó como secretario de Planificación, Catastro y Medio Ambiente de la Municipalidad, ratificada por el intendente Carlos Flores; y pidió la suspensión de la medida administrativa de clausura del predio de la empresa.

El escrito, patrocinado por los abogados Fernando Marcelo Canteli y Graciela Beatriz Canteli, señala que la Resolución de Quiroga, refrendada por Flores, “no reviste siquiera la adecuada formalidad” y tampoco “los actos administrativos que las precedieron, por afectar gravemente los derechos e intereses legítimos” del empresario afectado.

Los letrados se refieren a la Comunicación de clausura que hace Flores a Muniagurria el 15 de diciembre de 2025, y sostienen que la “ratificación” por parte del intendente, de la Resolución 02/25 de Quiroga, es elemento suficiente para la admisión de la demanda por parte del STJ, según lo establecido en el artículo 8 de la ley I Nº 95.

“Con dicha ‘ratificación’ se cierra la instancia administrativa municipal, ya que emana de la más alta autoridad competente y al rechazar el Recurso Jerárquico agota los remedios recursivos”, reza el escrito judicial.

Inspección

La presentación judicial relata que el 15 de octubre de 2025, se labró el Acta de Inspección R-01-00000134 suscripta por quien se identificó como secretario de la comuna de Candelaria, ingeniero Eduardo M. Quiroga, en el inmueble de la arenera JM, cuya actividad principal es la extracción y venta de arena, y que en dicha Acta se requirió a la empresa la presentación de un estudio de impacto ambiental, en el marco de la Ordenanza 03/12, y la Declaración Jurada de las ventas de arena realizadas.

“En tiempo oportuno, se realizó el descargo sobre ambos puntos, indicando sobre el primero que era imposible presentar un informe ambiental, ya que la Ordenanza 03/12 se remitía a una reglamentación que era desconocida, puesto que se había requerido la misma en varias oportunidades y siempre se habían obtenidos evasivas”, reza el escrito y agrega que “sin perjuicio de ello, se adjuntó documentación que acreditaba el cumplimiento de todos los presupuestos ambientales, expedida por las autoridades provinciales con competencia sobre la materia”.

“En cuanto al segundo punto se acompañó toda la documentación contable de la empresa, que reflejaba el estricto cumplimiento de las normas tributarias”, señala la presentación y añade que “dicho descargo fue ignorado por completo, dictándose la Resolución Nº 02/25, que fue suscripta por el mismo funcionario que intervino en el labrado del Acta de Inspección Nº R-01-00000134”.

Nulidad

En la presentación judicial, el empresario arenero arremete contra la Resolución 02/25, del ingeniero Quiroga, y la define como “ilegítima y nula, de nulidad absoluta”.

Argumenta que “ha sido dictada por quien no tiene competencia para ello y sin causa ni motivación expresa ni implícitamente considerada”, y “en violación de la ley aplicable y los procedimientos previos a la emisión del acto”.

En tal sentido, el escrito invalida la “competencia” de Quiroga como secretario, ya que la Municipalidad de Candelaria no cuenta con Carta Orgánica propia y se rige por la Ley Orgánica de Municipalidades de Misiones, y “no existe norma alguna que lo instituya como tal”.

“No existe ordenanza alguna que reglamente las atribuciones, derechos, funciones y deberes del secretario de Planificación, Catastro y Medio Ambiente”, sostiene y desconoce, también, el papel del intendente Flores en el procedimiento que derivó en la clausura de la empresa.

“Por último, también traigamos a colación que no existe intervención alguna del Sr. Intendente requiriendo la inspección ni la posterior sanción que por este acto se recurre”, afirma y concluye que, “tanto la inspección como la posterior sanción han sido resueltas por un funcionario que no tiene atribuciones para ello”.

“Tal circunstancia, vicia irremediablemente el acto administrativo registrado bajo la forma de Resolución 02/2025 tornando inevitable la declaración de nulidad a su respecto”, afirma.

La presentación judicial advierte, también, sobre “vicios en la motivación” por parte del municipio, en lo referente al rechazo de la Declaración Jurada de ventas, de enero a septiembre de 2025, presentada por la empresa; y el desconocimiento de los estudios de impacto ambiental aprobados por instancias provinciales.

En el último tramo de la presentación, el demandante advierte la existencia de “peligro en la demora y verosimilitud en el derecho”, ya que “no estamos frente a una eventualidad, sino que hay una realidad concreta: hace seis meses que el emprendimiento productivo no funciona por una decisión absolutamente arbitraria”.

“Hay familias (de los trabajadores y accionistas ya que se trata de una Pyme) cuya subsistencia está dañada”, señala y destaca: “Y ni que hablar ante un mercado altamente competitivo por las bajas en las ventas y la competencia desleal) del perjuicio que significa volver a reinsertarse en el mercado”.

“En cuanto a la verosimilitud en el derecho, del relato que hemos volcado de los hechos surge claramente que dicho recaudo se cumple acabadamente, ya que están en juego el derecho de propiedad y el ejercicio de industria lícita, ambos tutelado constitucionalmente (art. 14 y 18 C.N.)”, advierte el escrito.

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