Judiciales
Audios del Pami: piden peritar teléfonos y levantar secreto bancario
La causa contra la delegada provincial del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (Pami), Ninfa Alvarenga, denunciada por los delitos de “abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos”, y “extorsión calificada precedida de amenazas”, avanza en la Justicia Federal local.
Esta semana, la Fiscalía Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional de Posadas, ordenó una serie de diligencias en relación con el expediente relacionado con los audios filtrados, donde se escucha a Alvarenga exigiendo a los miembros de su espacio libertario que habían ingresado al Pami en febrero, la firma de sus renuncias anticipadas y transferencias de dinero de sus salarios en el organismo previsional.
Teléfonos
En concreto, el fiscal Jorge Horacio Campitelli, pidió librar oficios a las operadoras telefónicas Movistar, Personal y Claro, y al Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), para que aporten toda la información relacionada con los celulares de los denunciantes, los ex funcionarios del Pami Misiones, Ricardo Zacarías y Sixto Fernández; a la vez, que solicitó un peritaje de los aparatos de ambos por parte de la Gendarmería Nacional.
En este sentido, el fiscal Campitelli, especificó que el peritaje de los teléfonos debía enfocarse en las comunicaciones establecidas con el número atribuido a Alvarenga, entre los meses de febrero y julio.
“Se requiere documentar cronológicamente estas comunicaciones, que incluyen mensajes de WhatsApp, Messenger, SMS, entre otros medios”, puntualiza el requerimiento fiscal al que tuvo acceso La Voz de Misiones.
“Se deben identificar y adjuntar capturas de pantalla, transcripciones de audios y cualquier otro elemento relevante”, reza el oficio y precisa: “El análisis debe enfocarse en conversaciones relacionadas con solicitudes de dinero, amenazas, intimidaciones de despidos y discusiones sobre la elaboración de renuncias”.
Mercado Pago
Campitelli, pidió también un oficio judicial a Mercado Pago, para que informe, entre otros datos, todas las transferencias de dinero realizadas entre febrero y julio por los denunciantes, la encausada Alvarenga y sus lugartenientes en el Pami, Julio Cesar Peralta y Maximiliano Valenzuela.
Asimismo, el fiscal federal, solicitó que se requiera a la Secretaría Electoral de Misiones información sobre el estatus legal de los partidos de Alvarenga, el Partido Libertario, del que fue expulsada en abril, y La Libertad Avanza, que se encuentra en trámite de reconocimiento político.
Además, Campitelli, pidió que se solicite al Pami un informe de la situación en el organismo de Alvarenga, Peralta y Valenzuela, y las resoluciones de la desvinculación de los denunciantes Zacarías y Fernández, y del que fuera titular hasta la asunción de la libertaria, el médico Paulo César Zárate Ninamango.
También, solicitó que se requiera al equipo forense de la Agrupación VI “Misiones” de Gendarmería Nacional, la descarga de los audios publicados por LVM y replicados por el medio porteño El Destape, y la transcripción textual de su contenido.
Igualmente, encomienda al personal del Ministerio Público Federal “una búsqueda exhaustiva en internet de las noticias que han sido acompañadas por los denunciantes, así como cualquier nueva información relacionada con los hechos declarados, y las resoluciones de designación y destitución, tanto de los denunciantes como de los denunciados”.
Finalmente, el fiscal Campitelli, solicita al Juzgado Federal ordenar el levantamiento del secreto bancario para acceder a la información financiera y los movimientos de dinero de todos los involucrados en el expediente.
La denuncia
La presentación judicial se hizo la semana pasada y en el relatorio de los hechos, los denunciantes Zacarías y Fernández señalaron que Alvarenga “se jactaba” de ser “amiga íntima” de la hermana del presidente y secretaria General de la Presidencia, Karina Milei, y que, en una reunión, “luego de un delirante discurso”, los “amenazó” y les exigió que “debíamos aportar de nuestro sueldo a su peculio personal”.
Según el escrito al que accedió LVM, ambos relataron al fiscal que la acusada les advirtió que si se negaban los echaría del Pami “con o sin causa, dada la íntima amistad que tenía con la Sra. MILEI”, y señalaron: “Esas fueron sus ‘nuevas reglas’ para continuar en nuestros cargos gerenciales”.
“Así las cosas, nos interpeló verbalmente que transfiriésemos luego del cobro del sueldo el 10% 15% y 20% de cada sueldo (de) aprox. de 3.000.000 de pesos que constituían nuestro Salario”, denunciaron.
“Cuando quisimos y le dijimos que no nos íbamos a seguir prestando a dicho juego, sobresale la Resolución de la Dirección Ejecutiva de PAMI A NIVEL NACIONAL, que prescinde de nuestros servicios bajo el lato argumento de ‘reordenamiento administrativo’”, agregaron y acusaron a Alvarenga: “Ella nos dijo que no hizo valer las renuncias anticipadas ante nuestro ‘incumplimiento’ dinerario, ya que había hablado a Buenos Aires, para que nos echen por cualquier pretexto como el narrado”.
La filtración
La publicación de LVM sobre los audios filtrados de la delegada provincial del Pami, explotó a nivel nacional y fue reproducida por medios digitales de todo el país.
Alvarenga, reconoció después, en una entrevista con un medio misionero, la existencia de la conversación con Sixto Fernández, ex jefe de Recursos Humanos del Pami Misiones, aunque lo acusó de haber manipulado la grabación.
Asimismo, la dirigente libertaria, justificó las transferencias monetarias de las que hablan los denunciantes y evitó hablar de la firma de renuncias anticipadas de los miembros de su espacio político que ocupaban puestos en el organismo previsional, que menciona en la conversación.
En la misma entrevista, anunció que había denunciado a Fernández por la filtración de los audios y a LVM por haberlos publicado.

La Fiscalía Federal de Posadas, donde se tramita la causa contra la delegada del Pami Misiones.
Judiciales
Albañil fue condenado a 15 años de prisión por abusar de dos cuñadas menores
El Tribunal Penal Uno de Posadas declaró culpable al albañil paraguayo acusado de abusar sexualmente de dos cuñadas menores de edad en una casa del barrio Santa Clara II de Garupá y lo condenó a 15 años de prisión.
La sentencia contra Román Federico Agustín Melgarejo (28) fue dictada este mediodía, tras tres días de debate y luego de una ronda de alegatos en la que el fiscal Vladimir Glinka solicitó una pena de 20 años de cárcel para el imputado.
El fallo fue emitido por el tribunal presidido por el magistrado Gustavo Bernie e integrado por los jueces de instrucción Ricardo Balor y Fernando Verón, ambos por subrogancia legal. El imputado fue declararon penalmente responsable de un hecho de abuso sexual con acceso carnal y una tentativa del mismo abuso, ambos agravados por la convivencia.
El abogado defensor Abel Martín Acevedo solicitó la absolución de Melgarejo por falta de mérito.
Los hechos que se ventilaron en debate ocurrieron en 2016 y 2018, aunque salieron a la luz tiempo después, cuando las víctimas, de 11 y 13 años, revelaron los abusos que padecían a manos Melgarejo, que en ese entonces era pareja de la hermana mayor de las víctimas.
Juzgan a un albañil paraguayo acusado de abusar de dos cuñadas menores
Judiciales
Apelaron el archivo de la causa por la muerte de un jubilado en 2025
Los hermanos Edgar Corral y José Luis Apaza presentaron una denuncia por ejercicio ilegal de la medicina, abandono de persona seguido de muerte y falsedad ideológica, ante la Fiscalía de Instrucción Uno de Posadas, contra un enfermero y a la ex pareja de su padre, Rubén Corral, quien falleció en septiembre pasado. La Justicia resolvió desestimar y archivar la causa, por lo que ambos apelaron y solicitaron dar continuidad a la investigación.
El caso se encuentra en manos del Juzgado de Instrucción Siete de Posadas y la denuncia fue dirigida contra la ex pareja del difunto, Helga R. y el enfermero a cargo, Santiago Miguel R.
Para Edgar Corral, ambos implicados “habrían procedido irregularmente durante la atención médica domiciliaria” de su padre, “un paciente con diabetes y obesidad que necesitaba seguimiento médico permanente y supervisión profesional”. Al mismo tiempo, aseguró que hubo “encubrimientos tras el fallecimiento”.
La denuncia, a la que tuvo acceso LVM, fue radicada en septiembre del año pasado, tras el deceso de Rubén Corral y en la presentación los hijos del fallecido alegaron que: “De las pruebas reunidas surge que las personas intervinientes en el control, monitoreo y cuidado del causante no actuaron con la debida diligencia ni tomaron con seriedad su condición de salud, pese a tratarse de un paciente con enfermedad crónica (diabetes) que requería seguimiento médico permanente y supervisión profesional”.
El documento en cuestión también advierte que: “Existen sospechas fundadas de abandono y desatención, tanto en los días previos como en las horas posteriores al fallecimiento, lo que habría sido acompañado de decisiones irregulares sobre su cuerpo y sus bienes, adoptadas sin conocimiento ni consentimiento de sus hijos”.
En el caso intervino la fiscal Patricia Clerici, que tiempo después de analizar las pruebas recabadas, resolvió desestimar la denuncia y el archivo de las actuaciones, al considerar que “el hecho denunciado no encuadra en una figura penal”.
En su planteo, la fiscal argumentó que tras “una atenta lectura de sus constancias da cuenta de que el occiso habría fallecido por causas naturales sin intervención dolosa o culposa de terceros”.
Tras ese dictamen, el 21 de mayo pasado, el juez Miguel Mattos compartió la opinión fiscal al considerar que “las presentes actuaciones no reúnen las condiciones fundamentales para ser posible el avance del proceso al no existir delito”, por lo que, en consonancia con el artículo 204 del código de Procedimiento en materia Penal, resolvió el “rechazo o archivo” de la causa.
Apelación
No conformes con el resultado, los denunciantes decidieron apelar el dictamen de desestimación y archivo de la causa. En ese marco, insitieron en continuar la investigación al sostener que “existen elementos unívocos que configuran los delitos de Homicidio (Art. 79 C.P.) o Abandono de Persona Seguido de Muerte (Art. 106 C.P.), Ejercicio Ilegal de la Medicina (Art. 208 C.P.) y Falsedad Ideológica (Art. 293 C.P.)”.
Al respecto, Edgar Corral (33) expresó en diálogo con La Voz de Misiones que: “En su testimonial, el enfermero Facundo Facal manifestó que Santiago Miguel Rossler (enfermero a cargo) le impidió realizar el RCP. No pudo realizar la maniobra ya que el enfermero se lo negó haciéndose cargo de la decisión”.
Y ahondó: “Yo creo que acá la Justicia está encubriendo algo porque, yo pienso, ¿cómo con todas estas pruebas, las testimoniales hechas y demás no van a llamar para calidad indagatoria a esta gente denunciada?”.
“Mi conclusión es que la señora R., ex concubina de mi padre, hizo cremar el cuerpo sin mi consentimiento. Ella es de Salta y mientras venía de allá para Misiones coordinó todo lo que es el servicio de sepelio vía telefónica. Hay algo muy raro en el medio, ¿Cómo el servicio de sepelios va a actuar así? ¿Cómo no va a hacerse presente la Policía en el domicilio? y en la declaración de la enfermera Cristina ella afirma que el enfermero Santiago R. le había pedido el dinero de mi padre y las llaves del auto, cuando ni siquiera es familiar y estaba ejerciendo la profesión de manera ilegal”.
Y añadió: “Pido a la Justicia que investigue porque sospecho que este muchacho le inyectó algo a mi padre. Para mi fue premeditado y por parte de su ex concubina. Ella tiene un hijo con mi padre, quien es mi medio hermano, y con él hubo ocultamiento hacia los otros dos hermanos que somos yo y mi otro hermano que reside en Salta”.
El caso
Ruben Corral falleció el pasado 17 de septiembre alrededor de las 21 en su domicilio situado en la ciudad de Posadas, donde recibía atención médica domiciliaria, en tratamiento por dos enfermedades crónicas: diabetes y obesidad.
Uno de sus hijos denunciantes observó una serie de “irregularidades” durante la atención médica y el posterior fallecimiento, por lo que decidió investigar al personal que lo atendió a través del Colegio de Enfermeros de Misiones y la funeraria que retiró el cuerpo de la vivienda.
“Una de las cosas que encontré es que el enfermero -que lo atendía hace dos años- tiene matrícula vencida desde el año 2022. Sin embargo, ejercía actos de médico, prescribía medicina, hacía indicaciones de médico, le inyectaba suero a mi papá y le hacía intravenosa. Entonces mandé a pedir un informe sobre su matrícula y pude constatar que se encontraba vencida”, aseguró conforme al informe emitido por el Colegio de Profesionales de Enfermería de Misiones el pasado 13 de enero.
El mismo confirma que Santiago Miguel R., quien se encontraba a cargo de los cuidados de Rubén Corral, no contaba con su matrícula profesional vigente desde el año 2022, como tampoco la declaración de su domicilio profesional.
“El mencionado profesional se encuentra inactivo por deuda, con carnet fuera de vigencia, habiendo sido matriculado el 7 de julio de 2010, y con matrícula inhabilitada desde el mes de julio del año 2022, situación que se mantiene hasta la fecha. Asimismo, se informa que no registra antecedentes éticos conforme a la información disponible en esta colegiatura”, detalla el documento.
El día del fallecimiento, también se encontraban presentes Facundo Facal y Zahra Barakat, enfermeros de la red de traslados, que condujeron las dos ambulancias para realizar las atenciones en el domicilio del difunto. “Tengo los testimonios de ellos que hizo la fiscalía bajo juramento, lo de Facal es terrible, no pudo realizar la maniobra de RCP por órden de R. Por eso digo que está demostrado el abandono de persona seguido de muerte”.
Respecto a la atención domiciliaria, explicó: “A mi padre no le gustaban las clínicas, le tenía fobia a los hospitales, entonces, él pagaba por atención en su domicilio a Santiago R. y tenía las cuidadoras que le cocinaban, le limpiaban, él iba en la camioneta, ellas le llevaban el dinero y pagaban proveedores, porque en ese momento se encontraba a cargo de un puesto con venta de legumbres en el Mercado Central”.

Distribuidora de legumbres de Rubén Corral.
“Cuando fui a Misiones pude lograr el contacto con una de las cuidadoras de mi padre, ella se llama Cristina Cantero. También contacté a Camila Alvez y empecé a reunir testimoniales mías por audios de WhatsApp, empecé a armar la historia y había muchas cosas que no me cerraban. Frente a esto, mandé un mail a la red de traslados de Misiones, me acredité como hijo del fallecido, con el acta de defunción, partida de nacimiento y documento, y me mandaron un informe que fue lo más devastador para mí”, apuntó.
El mencionado documento, emitido por la Unidad Central de Emergencias y Traslados con la firma del Ministerio de Salud de Misiones, en noviembre de 2025, dejó constancia de que R. había impedido la realización del RCP al paciente en cuestión.
Según ese historial, fue el 17 de septiembre de 2025 a las 8.58 cuando la unidad de traslado arribó al domicilio de Corral a fin de verificar su estado de salud, quien se encontraba en tratamiento por diagnóstico de diabetes tipo 2.
El mismo documento señala que, según constató la licenciada en Enfermería, Barakat, durante la comisión, “el paciente se encontraba sentado en la cama, lúcido, colaborativo, con signos vitales estables sin criterio emergente, quedando con indicaciones y pautas de alarma”. Al mismo tiempo, añadió que “al referir que no había tomado la Metformina indicada, se le administra la misma al momento del control”.
A las 20.30 de ese mismo día, se concretó la visita de la segunda unidad de traslado en cuestión, tras un llamado al 911. Fue entonces cuando el enfermero Facundo Facal informó que Corral se encontraba tendido en el baño, en decúbito neutral, por lo que lo ayudaron a cambiar de posición e ingresó en Paro Cardíaco Repentino (PCR) y el enfermero Facal sugirió reanimación, a lo que R., encargado del paciente, “decide no comenzar, haciéndose responsable de la decisión”.
Tras el fallecimiento, el hijo denunciante decidió dirigirse a la funeraria donde realizaron el sepelio y posterior cremación. “En la información que pedí a la funeraria pude ver que la ex concubina de mi papá mintió en la declaración jurada del crematorio diciendo que mi padre no tenía hijos, apurando la cremación y haciéndola de manera expres”.
Y sumó: “Leí una ordenanza municipal que dice que mínimamente el cuerpo tiene que cumplir 24 horas, antes de cremarlo. Ella pagó una cremación exprés para apurar y que no se pueda hacer una autopsia, sabiendo de mi existencia y sin consultarme. A todo esto, en una testimonial de una de las enfermeras que lo cuidaban, ella dice que cuando él muere, ella ve que se va la ambulancia y automáticamente llega el servicio de sepelios, nunca se hizo presente la Policía ni un médico forense”.
“Con todo esto que reuní, sobre la red de traslados, el crematorio, el informe del Colegio de Enfermeros, fui, hice la denuncia, con la denuncia entregué un pendrive con toda esta información e informes, con el testimonio mío y de mi hermano, y bueno, creo que la fiscal no leyó o no entendió nada y me quieren archivar la causa”, lamentó en diálogo con este medio.
Luego, concluyó: “Esto va a ir a la Cámara de Apelaciones, no puede quedar así. No me dieron la posibilidad de despedirlo, me negaron el contacto con él y la verdad es que me parece muy injusto. Por eso quiero hacer público todo esto, para que también la gente sepa cómo se maneja la Justicia en Misiones. Me parece que con todas estas pruebas no pueden mirar para otro lado”.
Atienden denuncias por enfermeros sin matrícula y advierten: “Es un delito”
Judiciales
Juzgan a un albañil paraguayo acusado de abusar de dos cuñadas menores
Esta mañana, en el Tribunal Penal Uno de Posadas, comenzó el juicio oral contra un albañil paraguayo acusado de cometer abusos sexuales en perjuicio de dos cuñadas menores de 13 años con quienes convivía en un inmueble del barrio Santa Clara II de Garupá.
En la audiencia de hoy, se procedió a la lectura del requerimiento de elevación de la causa, documento en el cual la fiscal de instrucción Patricia Clerici, volcó la reconstrucción de los hechos endilgados, las pruebas recolectadas y la acusación que ahora enfrenta el implicado.
El extranjero, identificado como Román Federico Agustín Melgarejo (28), está imputado por los delitos de “abuso sexual con acceso carnal (un hecho) y abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa (varios hechos), en concurso real”.
Según la lectura del expediente, el primer hecho se registró en perjuicio de una niña de 11 años, hermana de la pareja del acusado, quien reveló que durante el 2016 fue abusada sexualmente por su cuñado mientras convivían en el mismo hogar.
No es lo único. El hombre también está acusado de intentar en varias oportunidades cometer el mismo hecho en perjuicio de otra cuñada también menor de edad. Esa situación habría ocurrido en 2018, aunque la denuncia que disparó el caso se radicó tiempo después.
El tribunal encargado de llevar adelante el debate es presidido por el magistrado Gustavo Bernie e integrado por Ricardo Balor y Fernando Verón como vocales subrogantes.
En la fiscalía interviene Vladimir Glinka, mientras que la defensa del acusado está a cargo del abogado particular Abel Martín Acevedo.
Tras la lectura del requerimiento de elevación a juicio, la audiencia avanzó en la toma de testimoniales a los testigos de la causa, etapa que se realiza a instancia privada a fin de resguardar la identidad y la integridad de las denunciantes.

El comienzo del debate fue transmitido en vivo, durante la lectura del requerimiento de elevación a juicio de la causa.
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