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Acusados de asesinar a prestamista colombiano recibieron 16 y 8 años de cárcel

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El pedido de prisión perpetua efectuado por el fiscal Martín Alejandro Rau contra uno de los imputados por el asesinato a puñaladas del prestamista colombiano Gustavo Gallego Rojas (32) no prosperó y el acusado finalmente fue condenado por un delito menos gravoso, recibiendo prácticamente la mitad de la pena que la fiscalía consideraba pertinente.

Brayan Damián Casso Acosta (29) llegó a instancia de juicio imputado por el delito de “homicidio agravado por criminis causa en concurso real con robo”, calificación que el fiscal Rau mantuvo a la hora de exponer su acusación final hoy a la mañana, aunque el Tribunal Penal Uno de Posadas eliminó el agravante y falló en línea a un homicidio simple, que en lugar de perpetua preveía un máximo de hasta 25 años de prisión.

El fallo de los magistrados Gustavo Bernie, Viviana Cukla y Fernando Verón (subrogante) fue alcanzado por unanimidad y estableció una pena de 16 años de prisión para Casso Acosta como autor penalmente responsable de los delitos de “homicidio simple en concurso real con hurto”.

El segundo imputado en la causa, en tanto, José Ramón Ramírez (32), que llegó a juicio bajo la misma acusación que Casso Acosta, fue condenado a 8 años de prisión como partícipe secundario de “homicidio simple” y coautor de “hurto”.

La sentencia 36/2024 del tribunal posadeño fue leído esta tarde, minutos después de las 14, lo que marcó el cierre de una larga audiencia de debate que comenzó a las 8.30 con el alegato de las partes. La lectura de los fundamentos del veredicto fue fijada para el próximo 15 de octubre. 

Casso Acosta, junto a su abogada Lilia Vargas, instantes antes de ser retirado del tribunal esposado y en un móvil del SPP.

Pedidos de perpetua

La jornada fue larga. Arrancó con una breve exposición final planteada por el abogado querellante particular Raúl Ignacio Peña, quien consideró a los imputados como coautores de homicidio agravado y pidió la prisión perpetua para ambos.

Fue una empresa criminal porque ambos tuvieron participación activa en el resultado. Gustavo era un hombre fuerte y está en la naturaleza humana luchar por la vida. Jamás se hubiese permitido entregarse a una muerte segura sin luchar. No hubiera sido posible el resultado muerte sin la participación activa de ambos imputados. Cada uno cumplió un rol”, postuló.

“Los detalles del caso los dejaré en manos de la fiscalía, que hará una exposición magistral al respecto”, agregó y así fue porque, inmediatamente después, el fiscal Rau inició un alegato que se extendió durante casi dos horas, acompañando su presentación con diapositivas proyectadas en la sala y repasando cada uno de los testimonios recolectados durante el proceso, tanto de los testigos como de los propios imputados.

Rau reconstruyó que el crimen de Gallego Rojas fue perpetrado el 27 de febrero de 2021, entre las 22.30 y las 23, cuando ambos imputados llegaron de sorpresa a su departamento ubicado sobre la calle Divino Verbo, en la chacra 103 del barrio Yacyretá de Posadas, donde fue asesinado a puñaladas.

El fiscal sostuvo que ambos imputados vinieron exclusivamente desde Corrientes a cobrar un dinero que le reclamaban a Gallego Rojas, además de una moto que la víctima utilizaba de prestado, aunque apuntó un grado de mayor responsabilidad contra Casso Acosta.

“Yo creo acreditado que ambos vinieron a cobrar esa plata y que Brayan Casso llevó a cabo este hecho tomando esa caja fuerte y esa moto. La prioridad de Brayan era hacerse de las cosas a como dé lugar. Ha matado para robar la moto y el dinero. Habrá recibido oposición y le metió 20 puñaladas”, graficó Rau sobre su teoría del caso.

El fiscal Martín Rau pidió prisión perpetua para Casso Acosta en su alegato.

En su alegato, el fiscal hice mención a gran parte de la declaración vertida por Casso Acosta en el inicio del juicio, instancia donde el imputado aseguró que él estaba amenazado por la víctima y que esa noche en realidad se defendió de un primer ataque efectuado por Gallego Rojas.

Para Rau nada de ello fue creíble, dado que “su relato de los hechos no encuentra coincidencia con la prueba” y fustigó que “él siempre tiene contradicciones con lo que la prueba dice. No se acuerda de los hechos que lo incriminan, pero de los otros sí. Es raro”.

El fiscal también ponderó aquellos testimonios que daban cuenta de que Casso Acosta era el que le debía dinero a Gallego Rojas y no al revés como planteó el acusado, al tiempo que resaltó las tres huellas genéticas que ubicaron al imputado en la escena del crimen.

En base a lo expuesto, solicitó la pena de prisión perpetua para Casso Acosta como autor de “homicidio agravado criminis causa en concurso real con robo”, mientras que para Ramírez pidió 15 años de cárcel como “partícipe secundario”.

“No puedo acreditar que en el dolo de Ramírez haya tenido la misma intensidad que se le puede adjudicar a Casso”, fue su conclusión.

“Película” y “emoción violenta”

Mario Ramírez, defensor oficial del imputado de apellido homónimo, al momento de alegar difirió de las conclusiones vertidas por la querella y coincidió en parte con la tesis planteada por la fiscalía al considerarlo “partícipe secundario” y no “coautor”, como estaba inicialmente calificada su acusación.

“El hecho no fue consumado por él. En la gresca que terminó con la muerte Ramírez tiene, por supuesto, un rol mucho menor. Hay todo un contexto que le es totalmente extraña al señor Ramírez. Su aparición en este escenario es totalmente circunstancial”, sostuvo el defensor oficial.

Para Ramírez, el agravante de “criminis causa”, que significa cometer un delito para ocultar otro, no quedó probado y, por ende, solicitó que su defendido sea condenado como “partícipe secundario” de homicidio simple y que reciba el mínimo de la pena prevista bajo esa calificación (8 años).

La mayor respuesta al alegato acusatorio provino de parte de la letrada Lilia Vargas, abogada particular del también colombiano Casso Acosta, sobre quien recaía el mayor monto de pena requerido.

El defensor oficial Mario Ramírez junto al otro imputado, el posadeño José Ramón Ramírez.

“Una hermosa creación cinematográfica. Han creado eso”, arrancó Vargas y arremetió contra el experimentado fiscal Rau: “El fiscal no está obligado a acusar. Está incumpliendo, creando una historia inexistente o suponiendo. Acá no hay que venir buscando un desafío o un crecimiento personal”.

La letrada ajustó su exposición al relato brindado por su defendido. Vargas admitió que entre Gallego Rojas y Casso Acosta hubo “un problema de negocios”, pero afirmó que el amenazado era su cliente, quien como consecuencia de ello decidió irse un tiempo a Corrientes porque “temía por su integridad física”.

“Él dijo que no sabía de dónde saco coraje para volver. Dijo que Gustavo le pidió que vuelva y Brayan volvió para aclarar la situación, porque no se puede vivir con miedo. Si Brayan no respondía a su invitación, qué garantías tenía de que no lo hubiera ido a buscar si él sabía dónde él vivía. ¿Estamos pidiendo que se deje matar para tranquilidad de la película?”, retrucó.

Vargas mantuvo la teoría dada por su pupilo, la cual sostenía que dentro del departamento de Gallego Rojas se inició una gresca en la que Casso Acosta intentó calmar a su atacante pero la “vehemencia y reiterancia” de las agresiones produjo “un estallido emocional” en el imputado.

“El criminis causa es un absurdo. Mi defendido nunca tuvo la intención de preparar ni consumar otro delito. Las lesiones son producto de una pelea. Brayan tuvo un arrebato emocional que aminoró su capacidad de reacción”, se explayó.

En consecuencia, Vargas, que también acusó “discriminación” contra su defendido, solicitó que el caso sea considerado como un homicidio perpetrado bajo los atenuantes establecidos por la “emoción violenta”, figura prevista en el artículo 81, inciso a, del Código Penal, el cual prevé penas de entre 3 y 6 años de prisión.

Los jueces Verón, Bernie y Cukla, en plena deliberación antes de la sentencia.

Culminada la etapa de alegatos, el tribunal dispuso un cuarto intermedio para deliberar y pasada las 16 regresó al recinto de debates con la sentencia firmada.

Tanto Casso Acosta como Ramírez se retiraron del edificio tribunalicio esposados y en un móvil de un Servicio Penitenciario Provincial (SPP) que los iba a conducir a sus respectivos recintos carcelarios de alojamiento para que purguen las penas impuestas.

El mayor beneficiado con el fallo dictado hoy fue Ramírez, quien por la pena recibida y por el tiempo que ya lleva detenido desde 2021, estaría muy pronto a acceder a determinados beneficios previstos por ley en el tratamiento penitenciario, como ser, en principio, las salidas transitorias.

 

 

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Maestro del Alta Gracia recibió otra denuncia y mañana tiene nueva indagatoria

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El maestro del Instituto Adventista Alta Gracia, detenido desde el 23 de junio por delito contra la integridad sexual de una alumna, recibió otra denuncia por un hecho similar y mañana enfrentará una nueva audiencia de declaración indagatoria ante el magistrado Juan Manuel Monte.

La nueva presentación en contra de Pedro N. (55) fue radicada ayer a la mañana en la sede del Juzgado de Instrucción Dos de Posadas, dependencia que ahora suma cuatro denuncias en contra del mismo sospechoso, aunque el número podría aumentar debido a que se aguarda la recepción de los expedientes iniciados en el Juzgado de Instrucción Tres.

Según pudo averiguar La Voz de Misiones, el docente continúa detenido y su defensa ya planteó un pedido de excarcelación, aunque el trámite recién será resuelto una vez que el implicado comparezca a otra indagatoria por la última denuncia recibida en su contra.

En la audiencia de la semana pasada el maestro se abstuvo de declarar y allí mismo fue formalmente imputado por hechos que configurarían abuso sexual simple.

Esa misma imputación recayó contra él en 2015, cuando fue denunciado por lo mismo y ante otra alumna del Alta Gracia, institución que ante los hechos recientes informó su “desvinculación inmediata”.

Por esa denuncia anterior Pedro N. afrontó un proceso judicial que e extendió durante varios años hasta que en 2018 se le dictó falta de mérito y dos años más tarde recibió el sobreseimiento, aunque esa resolución aún no está firme por lo que su situación es pasible de cambiar conforme al avance de esta nueva investigación.

Su situación actual ahora depende del avance la pesquisa que instruye el juez Monte, quien aguarda el resultado de pericias telefónicas y el informes de las cámaras Gesell efectuadas con las niñas denunciantes.

Maestro detenido por abuso había sido denunciado por lo mismo en 2015

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Rechazan pedidos defensivos y el ex diputado Germán Kiczka continuará preso

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Germán Kiczka

El Tribunal Penal Uno de Posadas, en un fallo dividido, resolvió rechazar el pedido de cese de prisión preventiva o, de forma subsidiaria, el otorgamiento de arresto domiciliario para el ex diputado provincial Germán Kiczka (46), que de esta manera continuará cumpliendo su pena de 14 años de prisión por delitos con archivos Masi en la Unidad Penal VIII de Cerro Azul.

Fueron los magistrados Gustavo Bernie y César Yaya (subrogante) los que votaron contra el pedido formulado por el abogado defensor Gonzalo De Paula, mientras que Viviana Cukla opinó en disidencia. La jueza rechazó el cese de la prisión preventiva, pero se mostró a favor del otorgamiento de la prisión domiciliaria con tobillera.

Previo a la decisión de los jueces, el fiscal Vladimir Glinka también había dictaminado en contra del pedido defensivo, alegando, entre otras cosas, que un arresto domiciliario implicaba un riesgo de fuga.

En su dictamen, el fiscal consideró que “no resultaba posible equiparar la situación de una persona imputada sin sentencia condenatoria con la de quien ya fue condenado, aun cuando el pronunciamiento no se encontrara firme. Sobre esa base, consideró que la sentencia condenatoria no firme, la gravedad de la pena impuesta y el estado procesal de la causa constituían elementos relevantes para ponderar la subsistencia del riesgo de elusión procesal. En particular, sostuvo que la prisión domiciliaria con control electrónico no neutralizaría adecuadamente el riesgo de fuga”.

De esta manera, el ex diputado condenado a 14 años de prisión como autor de los delitos de “tenencia, facilitación y distribución de archivos con material de abuso sexual infantil (Masi), agravado por ser las víctimas menores de 13 años en concurso real”, continuará purgando su pena en la cárcel de Cerro Azul.

La sentencia emitida en abril del año pasado fue recurrida y aguarda un análisis del Superior Tribunal de Justicia (STJ), razón por la cual la condena aún no está firme, argumento utilizado para solicitar el cese de la prisión preventiva.

El tratamiento del pedido formulado por la defensa comenzó en paralelo al anuncio de una huelga de hambre anunciada por los hermanos Germán y Sebastián Kiczka (48) luego de una requisa en la que detectaron que tenían dispositivos electrónicos ocultos en su celda a fines de mayo. 

Fundamentos del fallo contra los Kiczka: “Cada uno actuó de manera autónoma”

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Maestro detenido por abuso se abstuvo de declarar y fue imputado

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Pedro N. (55), el docente detenido tras una serie de denuncias por hechos contra la integridad sexual de sus alumnas en el Instituto Adventista Alta Gracia, se abstuvo de declarar ayer ante la Justicia.

El maestro compareció ayer ante el magistrado Juan Manuel Monte, guardó silencio al momento de la indagatoria y fue imputado por hechos que configurarían abuso sexual simple.

Esa misma imputación recayó contra él en 2015, cuando fue denunciado por lo mismo y ante otra alumna del Alta Gracia, institución que ante los hechos recientes informó su “desvinculación inmediata”.

Por esa denuncia anterior Pedro N. afrontó un proceso judicial que e extendió durante varios años hasta que en 2018 se le dictó falta de mérito y dos años más tarde recibió el sobreseimiento, aunque esa resolución aún no está firme por lo que su situación es pasible de cambiar conforme al avance de esta nueva investigación.

Maestro detenido por abuso había sido denunciado por lo mismo en 2015

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