Judiciales
Acusados de asesinar a prestamista colombiano recibieron 16 y 8 años de cárcel
El pedido de prisión perpetua efectuado por el fiscal Martín Alejandro Rau contra uno de los imputados por el asesinato a puñaladas del prestamista colombiano Gustavo Gallego Rojas (32) no prosperó y el acusado finalmente fue condenado por un delito menos gravoso, recibiendo prácticamente la mitad de la pena que la fiscalía consideraba pertinente.
Brayan Damián Casso Acosta (29) llegó a instancia de juicio imputado por el delito de “homicidio agravado por criminis causa en concurso real con robo”, calificación que el fiscal Rau mantuvo a la hora de exponer su acusación final hoy a la mañana, aunque el Tribunal Penal Uno de Posadas eliminó el agravante y falló en línea a un homicidio simple, que en lugar de perpetua preveía un máximo de hasta 25 años de prisión.
El fallo de los magistrados Gustavo Bernie, Viviana Cukla y Fernando Verón (subrogante) fue alcanzado por unanimidad y estableció una pena de 16 años de prisión para Casso Acosta como autor penalmente responsable de los delitos de “homicidio simple en concurso real con hurto”.
El segundo imputado en la causa, en tanto, José Ramón Ramírez (32), que llegó a juicio bajo la misma acusación que Casso Acosta, fue condenado a 8 años de prisión como partícipe secundario de “homicidio simple” y coautor de “hurto”.
La sentencia 36/2024 del tribunal posadeño fue leído esta tarde, minutos después de las 14, lo que marcó el cierre de una larga audiencia de debate que comenzó a las 8.30 con el alegato de las partes. La lectura de los fundamentos del veredicto fue fijada para el próximo 15 de octubre.

Casso Acosta, junto a su abogada Lilia Vargas, instantes antes de ser retirado del tribunal esposado y en un móvil del SPP.
Pedidos de perpetua
La jornada fue larga. Arrancó con una breve exposición final planteada por el abogado querellante particular Raúl Ignacio Peña, quien consideró a los imputados como coautores de homicidio agravado y pidió la prisión perpetua para ambos.
“Fue una empresa criminal porque ambos tuvieron participación activa en el resultado. Gustavo era un hombre fuerte y está en la naturaleza humana luchar por la vida. Jamás se hubiese permitido entregarse a una muerte segura sin luchar. No hubiera sido posible el resultado muerte sin la participación activa de ambos imputados. Cada uno cumplió un rol”, postuló.
“Los detalles del caso los dejaré en manos de la fiscalía, que hará una exposición magistral al respecto”, agregó y así fue porque, inmediatamente después, el fiscal Rau inició un alegato que se extendió durante casi dos horas, acompañando su presentación con diapositivas proyectadas en la sala y repasando cada uno de los testimonios recolectados durante el proceso, tanto de los testigos como de los propios imputados.
Rau reconstruyó que el crimen de Gallego Rojas fue perpetrado el 27 de febrero de 2021, entre las 22.30 y las 23, cuando ambos imputados llegaron de sorpresa a su departamento ubicado sobre la calle Divino Verbo, en la chacra 103 del barrio Yacyretá de Posadas, donde fue asesinado a puñaladas.
El fiscal sostuvo que ambos imputados vinieron exclusivamente desde Corrientes a cobrar un dinero que le reclamaban a Gallego Rojas, además de una moto que la víctima utilizaba de prestado, aunque apuntó un grado de mayor responsabilidad contra Casso Acosta.
“Yo creo acreditado que ambos vinieron a cobrar esa plata y que Brayan Casso llevó a cabo este hecho tomando esa caja fuerte y esa moto. La prioridad de Brayan era hacerse de las cosas a como dé lugar. Ha matado para robar la moto y el dinero. Habrá recibido oposición y le metió 20 puñaladas”, graficó Rau sobre su teoría del caso.

El fiscal Martín Rau pidió prisión perpetua para Casso Acosta en su alegato.
En su alegato, el fiscal hice mención a gran parte de la declaración vertida por Casso Acosta en el inicio del juicio, instancia donde el imputado aseguró que él estaba amenazado por la víctima y que esa noche en realidad se defendió de un primer ataque efectuado por Gallego Rojas.
Para Rau nada de ello fue creíble, dado que “su relato de los hechos no encuentra coincidencia con la prueba” y fustigó que “él siempre tiene contradicciones con lo que la prueba dice. No se acuerda de los hechos que lo incriminan, pero de los otros sí. Es raro”.
El fiscal también ponderó aquellos testimonios que daban cuenta de que Casso Acosta era el que le debía dinero a Gallego Rojas y no al revés como planteó el acusado, al tiempo que resaltó las tres huellas genéticas que ubicaron al imputado en la escena del crimen.
En base a lo expuesto, solicitó la pena de prisión perpetua para Casso Acosta como autor de “homicidio agravado criminis causa en concurso real con robo”, mientras que para Ramírez pidió 15 años de cárcel como “partícipe secundario”.
“No puedo acreditar que en el dolo de Ramírez haya tenido la misma intensidad que se le puede adjudicar a Casso”, fue su conclusión.
“Película” y “emoción violenta”
Mario Ramírez, defensor oficial del imputado de apellido homónimo, al momento de alegar difirió de las conclusiones vertidas por la querella y coincidió en parte con la tesis planteada por la fiscalía al considerarlo “partícipe secundario” y no “coautor”, como estaba inicialmente calificada su acusación.
“El hecho no fue consumado por él. En la gresca que terminó con la muerte Ramírez tiene, por supuesto, un rol mucho menor. Hay todo un contexto que le es totalmente extraña al señor Ramírez. Su aparición en este escenario es totalmente circunstancial”, sostuvo el defensor oficial.
Para Ramírez, el agravante de “criminis causa”, que significa cometer un delito para ocultar otro, no quedó probado y, por ende, solicitó que su defendido sea condenado como “partícipe secundario” de homicidio simple y que reciba el mínimo de la pena prevista bajo esa calificación (8 años).
La mayor respuesta al alegato acusatorio provino de parte de la letrada Lilia Vargas, abogada particular del también colombiano Casso Acosta, sobre quien recaía el mayor monto de pena requerido.

El defensor oficial Mario Ramírez junto al otro imputado, el posadeño José Ramón Ramírez.
“Una hermosa creación cinematográfica. Han creado eso”, arrancó Vargas y arremetió contra el experimentado fiscal Rau: “El fiscal no está obligado a acusar. Está incumpliendo, creando una historia inexistente o suponiendo. Acá no hay que venir buscando un desafío o un crecimiento personal”.
La letrada ajustó su exposición al relato brindado por su defendido. Vargas admitió que entre Gallego Rojas y Casso Acosta hubo “un problema de negocios”, pero afirmó que el amenazado era su cliente, quien como consecuencia de ello decidió irse un tiempo a Corrientes porque “temía por su integridad física”.
“Él dijo que no sabía de dónde saco coraje para volver. Dijo que Gustavo le pidió que vuelva y Brayan volvió para aclarar la situación, porque no se puede vivir con miedo. Si Brayan no respondía a su invitación, qué garantías tenía de que no lo hubiera ido a buscar si él sabía dónde él vivía. ¿Estamos pidiendo que se deje matar para tranquilidad de la película?”, retrucó.
Vargas mantuvo la teoría dada por su pupilo, la cual sostenía que dentro del departamento de Gallego Rojas se inició una gresca en la que Casso Acosta intentó calmar a su atacante pero la “vehemencia y reiterancia” de las agresiones produjo “un estallido emocional” en el imputado.
“El criminis causa es un absurdo. Mi defendido nunca tuvo la intención de preparar ni consumar otro delito. Las lesiones son producto de una pelea. Brayan tuvo un arrebato emocional que aminoró su capacidad de reacción”, se explayó.
En consecuencia, Vargas, que también acusó “discriminación” contra su defendido, solicitó que el caso sea considerado como un homicidio perpetrado bajo los atenuantes establecidos por la “emoción violenta”, figura prevista en el artículo 81, inciso a, del Código Penal, el cual prevé penas de entre 3 y 6 años de prisión.

Los jueces Verón, Bernie y Cukla, en plena deliberación antes de la sentencia.
Culminada la etapa de alegatos, el tribunal dispuso un cuarto intermedio para deliberar y pasada las 16 regresó al recinto de debates con la sentencia firmada.
Tanto Casso Acosta como Ramírez se retiraron del edificio tribunalicio esposados y en un móvil de un Servicio Penitenciario Provincial (SPP) que los iba a conducir a sus respectivos recintos carcelarios de alojamiento para que purguen las penas impuestas.
El mayor beneficiado con el fallo dictado hoy fue Ramírez, quien por la pena recibida y por el tiempo que ya lleva detenido desde 2021, estaría muy pronto a acceder a determinados beneficios previstos por ley en el tratamiento penitenciario, como ser, en principio, las salidas transitorias.
Judiciales
Nueve militares a juicio por “bautismo” que dejó parapléjico al cabo Verón
Un total de nueve militares irán a juicio oral y público por -entre otros delitos- provocar las graves lesiones que dejaron parapléjico al soldado Michael Natanael Verón durante un violento “bautismo de ascenso” realizado en julio de 2022 en un predio del Regimiento de Infantería de Monte 30 de Apóstoles.
Los imputados son Gustavo Daniel Martínez (Teniente primero), Edgardo Jesús Díaz (Suboficial principal), Jorge Ricardo Leites (Sargento), Ramón Dos Santos (Sargento), Miguel Ariel Fleitas (Cabo primero), Manuel Antonio Heredia (Cabo primero), Marcelo Alejandro Morales (Sargento), Mauro Fabián González (Jefe de Grupo) y Antonio Maximiliano Matozo (Cabo).
Todos ellos deberán responder como imputados por delitos de “abuso de autoridad, en concurso con los delitos de lesiones gravísimas y abandono de persona agravado”, en calidad de autores.
La medida fue dispuesta por la magistrada María Verónica Skanata, titular del Juzgado Federal de Posadas, que este mismo jueves firmó el requerimiento de elevación a juicio de la causa formulado por la Fiscalía Federal de Posadas.
En su resolución, Skanata rechazó los planteos de oposición y al pedido de sobreseimiento efectuados por las diferentes defensas, ante lo cual declaró clausurada la instrucción de la causa y decretó la elevación a juicio del expediente que ahora deberá ser remitido al Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas para que avance en la realización del debate oral donde se juzgará la responsabilidad de cada uno de los involucrados.

Los involucrados pertenecían al Regimiento Brigada de Monte 30 de Apóstoles.
Bautismo y violencia
Los hechos que se ventilarán en juicio ocurrieron el 8 de julio de 2022, durante una “celebración de ascenso” realizada en el Club Achalay del Ejército Argentino en Apóstoles, donde además de Verón había otros cuatro suboficiales recién ascendidos, quienes -según la investigación- fueron sometidos a prácticas denigrantes, humillantes y físicamente riesgosas en un contexto de ejercicio abusivo de autoridad por parte de sus superiores.
De acuerdo a lo volcado en el expediente, los ascendidos debieron comprar y cocinar la carne correspondiente al asado de almuerzo, aunque no pudieron comer ningún bocado.
Durante el evento, además, fueron obligados a consumir mezclas de bebidas alcohólicas en exceso, realizar ejercicios físicos extenuantes como corridas, flexiones y vueltas en la arena, y prácticas o retos de resistencia como “la búsqueda de petróleo”, que consiste en dar trompos con el extremo de un palo apoyado en la cabeza y el otro en el suelo.
Lo más extremo de la rutina de “bienvenida” fue obligar a los soldados a lanzarse a una pileta con bajo caudal de agua y el soldado Verón se arrojó tres veces. En la tercera su cráneo impactó contra el fondo y sufrió una lesión medular que lo dejó internado varios meses y con la imposibilidad de volver a caminar de por vida.

Michael Verón no podrá volver a caminar.
“Sos muy tierno”
En su declaración ante la Justicia, la víctima narró que después de ese golpe permaneció tirado en el piso pidiendo ayuda, pero sus superiores le respondían “tierno” y le pedían que se arrojara nuevamente.
“’Sos muy tierno’, volvé a la pileta me decían. Yo les decía que no me podía levantar, sentía frío. Yo les pedía por favor que me asistan. Eso fue a las 16 y recién me asistieron a las 20”, contó Verón un año después en una entrevista periodística.
Después de ser asistido, Verón quedó internado y fue sometido a múltiples operaciones.
Sobre aquellos días, el soldado recordó que “estuve internado y cuando me despierto habían pasado 21 días. Ahí me llevé la peor parte. No sabía que día era, estaba perdido, todo entubado, comiendo por sonda. Quería mover las piernas y los brazos y no podía”.
Con operaciones, tratamientos y rehabilitación, Verón recuperó la movilidad de los brazos, no así la de las piernas. “La medicina dice que no voy a volver a caminar”, lamentó en entrevistas.
Apóstoles: soldado quedó internado grave tras bautismo del Ejército
Judiciales
Apelaciones anuló el archivo de la causa por la muerte de Juanita Sirimarco
La Cámara de Apelaciones de la provincia declaró la nulidad de la resolución que archivó la investigación por la muerte de la pequeña Juanita Milargos Sirimarco Díaz (13), registrada el 12 de octubre de 2024 tras el regreso de un viaje de egresados a Córdoba.
La medida fue resuelta por la Sala I del tribunal de alzada, con la firma de los vocales Pedro Benito Piriz y Marisa Ruth Dilaccio, quienes consideraron que la desestimación de la causa por parte del magistrado Ricardo Balor, titular del Juzgado de Instrucción Seis de Posadas, presentaba una fundamentación insuficiente.
El caso llegó a manos de la Cámara de Apelaciones en virtud de una apelación presentada por el letrado Miguel Cassettai, en carácter de querellante particular en representación de la madre de la niña fallecida.
En su planteo, la querella argumentó que en la resolución del juez Balor hubo una “falta de valoración íntegra” de los testimonios recabados en la causa, entre ellos las del chofer del micro, de su guarda y de otra adolescente que viajaba con Juanita, lo cual derivó en una “insuficiente fundamentación”, agravio que los magistrados de la cámara consideraron pertinente y resolvieron en coincidencia.
De esta manera, Apelaciones decretó hoy la nulidad de la resolución alcanzada en instancia previa y, en consecuencia, el expediente deberá volver a etapa de instrucción para que se abra un nuevo período de análisis de la prueba.
En su dictamen de mayo del año pasado, el juez Balor había dispuesto el archivo de la causa por “inexistencia de delito”, al entender ninguna de las acciones realizadas configuraba una conducta culposa o negligente que reprochar a los adultos responsables del viaje.
“Conforme a la prueba colectada, las personas implicadas demuestran ‘haber empleado toda la diligencia de un buen padre de familiar para prevenir el daño’. Se corrobora el haber realizado todo lo necesario en base a sus conocimientos médicos y experiencias de anteriores viajes de egresados para que la menor Juanita Sirimarco Díaz pudiera mejorarse, por lo que no existe alguna conducta negligente”, había planteado Balor en aquella resolución, pero ahora, después de una apelación de la querella, la Cámara de Apelaciones entendió que las fundamentaciones esgrimidas eran insuficientes.
Final trágico
La muerte de Juana Milagros Sirimarco Díaz se produjo el sábado 12 de octubre de 2024 en el hospital de Pediatría, días después de llegar en severo estado de salud del viaje de egresados que había realizado a Carlos Paz (Córdoba) con sus compañeros del Instituto Cristiano República Argentina (Icra), en un servicio contratado con la empresa de turismo Viaturex.
Según relató en ese momento Claudia Díaz, su madre, en medio de las actividades realizadas en Córdoba, la niña sufrió una lesión en la rodilla que mereció atención médica y en paralelo comenzó a experimentar dolores de garganta, pero el doctor le comentó que los analgésicos recetados para la lesión de rodilla también harían efecto sobre esa dolencia.
Fue el lunes 7 de octubre, a la noche, que el contingente emprendió el regreso a casa y durante el trayecto la niña empeoró su estado. Desde Posadas, su madre hacía el seguimiento de su estado de salud a través de una maestra que viajó como acompañante.
Claudia añadió que a la madrugada siguiente Juanita vomitó y tuvo diarrea, amaneciendo muy descompuesta. También subió de temperatura y el médico del seguro del viaje recomendó la aplicación de dipirona.
“De casualidad, en el otro colectivo viajaba una mamá que es enfermera y ella tenía una ampolla de dipirona y se la aplicó. Después de eso, según los mensajes de la maestra, le bajó la temperatura, pero seguía vomitando y con diarrea”, contó la mujer en diálogo con diversos medios de comunicación, tanto de Misiones como de Buenos Aires, ya que la noticia tomó repercusión nacional.
Díaz narró que en varias oportunidades pidió que su hija sea atendida por un profesional y que fuese llevada a un hospital, pero los reclamos fueron desoídos. La última vez que solicitó esto fue cuando el colectivo estaba en Virasoro, Corrientes, pero los responsables del viaje decidieron continuar camino hacia Posadas.
El último pedido, según planteó la madre en aquel momento, fue que se gestionara con el seguro para que la niña bajase en Garupá, donde se quedaban otros compañeros que formaban parte del contingente, para que desde allí sea trasladada en ambulancia a Posadas.
Cuando Juanita ingresó al hospital Pediatría su estado ya era grave. “Tenía la boca negra y los ojos rojos, estaba en shock. La llevaron a emergencia y le pusieron un montón de líquidos en vena, estaba totalmente deshidratada, su corazoncito estaba latiendo mal y su presión estaba bajísima, con apenas 8/2. Como no lograron levantarle la presión arterial la llevaron directamente a terapia intensiva”, relató Claudia.
En el hospital se confirmó que la niña tenía Influeza B, cuadro que pudo haberle provocado la sepsis generalizada que la llevó a la muerte, aunque esto no pudo determinarse con certeza científica debido a que después del deceso la familia tomó la decisión de cremar el cuerpo.
Judiciales
El caso Peyer avanza con toma de testimoniales: Gularte citada como testigo
El caso Mario Peyer avanza, tanto administrativamente como judicialmente. En Caraguatay esta mañana se concretó la sesión extraordinaria del Concejo Deliberante que ungió a la edil Norma Gularte como intendenta interina, mientras que la Justicia continúa recabando material probatorio y en ese marco ya citó a cuatro personas a declarar en carácter de testigos, entre ellos a la flamante jefa comunal.
Las audiencias se realizarán en el trascurso de esta semana y la siguiente, instancia en la cual las personas citadas podrán contar todo lo que saben, vieron o escucharon sobre los hechos denunciados.
Según detallaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, entre los citados aparecen trabajadores administrativos y también concejales de Caraguatay, y, a pesar de haberlo negado públicamente, entre esos nombres figura Norma Gularte, quien fue señalada por la denunciante como una de las personas que estuvo presente en el recinto parlamentario durante uno de los episodios que la víctima narró como de acoso de parte de Peyer.
Las audiencias tendrán lugar en el Juzgado de Instrucción Uno de Puerto Rico, a cargo del magistrado Manuel Balanda Gómez, quien ya ordenó una batería de medidas probatorias para engrosar el expediente por “abuso sexual con acceso carnal” que se tramita en contra de Peyer, ahora de licencia en su cargo como intendente.
Entre las medidas dictadas se destaca una restricción de acercamiento y contacto hacia la denunciante. El magistrado además ordenó una serie de procedimientos que ya se concretaron como, por ejemplo, allanamientos tanto en su oficina, como en su casa, además del secuestro de sus aparatos electrónicos, entre ellos teléfonos celulares y computadoras que fueron remitidos para pericias al personal de la Secretaría de Apoyo para las Investigaciones Complejas (Saic).
También hubo una inspección ocular en las oficinas del HCD donde presuntamente ocurrieron los hechos y en los últimos días además se dispuso la elaboración de informes socioambientales y una entrevista psicológica a la denunciante.
Las mismas fuentes señalaron que se aguarda que la Policía eleve al juzgado el sumario policial con la denuncia por amenazas que la misma joven radicó el fin de semana pasado y se analiza unir ambos expedientes para que, una vez citado a prestar declaración indagatoria, Peyer responda por ambas acusaciones.
Violación, golpes y amenazas: la denuncia contra el intendente de Caraguatay
-
Cultura hace 6 díasSe cumplen 90 años de La Masacre de Oberá: “Fue silenciada en la sociedad”
-
Política hace 3 díasAmarilla propone derogar el cobro de ATM a camiones en Misiones
-
Opinión hace 5 díasEl “fraude del aire”: despedida amarga de Samsa, entre cartas, tarifazos y silencios
-
Política hace 2 díasPaula Franco cruzó a Amarilla y diputados opositores por proyecto contra ATM
-
Provinciales hace 7 díasSala de 4 sin docente en Neni 2067 de Concepción: “Hay 20 niños sin clases”
-
Judiciales hace 2 díasApelaciones anuló el archivo de la causa por la muerte de Juanita Sirimarco
-
Judiciales hace 20 horasNueve militares a juicio por “bautismo” que dejó parapléjico al cabo Verón
-
Política hace 7 díasFernando Zarza: “Si Passalacqua quiere motosierra, que empiece por el Eprac”

