Judiciales
Acusados de asesinar a prestamista colombiano recibieron 16 y 8 años de cárcel

El pedido de prisión perpetua efectuado por el fiscal Martín Alejandro Rau contra uno de los imputados por el asesinato a puñaladas del prestamista colombiano Gustavo Gallego Rojas (32) no prosperó y el acusado finalmente fue condenado por un delito menos gravoso, recibiendo prácticamente la mitad de la pena que la fiscalía consideraba pertinente.
Brayan Damián Casso Acosta (29) llegó a instancia de juicio imputado por el delito de “homicidio agravado por criminis causa en concurso real con robo”, calificación que el fiscal Rau mantuvo a la hora de exponer su acusación final hoy a la mañana, aunque el Tribunal Penal Uno de Posadas eliminó el agravante y falló en línea a un homicidio simple, que en lugar de perpetua preveía un máximo de hasta 25 años de prisión.
El fallo de los magistrados Gustavo Bernie, Viviana Cukla y Fernando Verón (subrogante) fue alcanzado por unanimidad y estableció una pena de 16 años de prisión para Casso Acosta como autor penalmente responsable de los delitos de “homicidio simple en concurso real con hurto”.
El segundo imputado en la causa, en tanto, José Ramón Ramírez (32), que llegó a juicio bajo la misma acusación que Casso Acosta, fue condenado a 8 años de prisión como partícipe secundario de “homicidio simple” y coautor de “hurto”.
La sentencia 36/2024 del tribunal posadeño fue leído esta tarde, minutos después de las 14, lo que marcó el cierre de una larga audiencia de debate que comenzó a las 8.30 con el alegato de las partes. La lectura de los fundamentos del veredicto fue fijada para el próximo 15 de octubre.

Casso Acosta, junto a su abogada Lilia Vargas, instantes antes de ser retirado del tribunal esposado y en un móvil del SPP.
Pedidos de perpetua
La jornada fue larga. Arrancó con una breve exposición final planteada por el abogado querellante particular Raúl Ignacio Peña, quien consideró a los imputados como coautores de homicidio agravado y pidió la prisión perpetua para ambos.
“Fue una empresa criminal porque ambos tuvieron participación activa en el resultado. Gustavo era un hombre fuerte y está en la naturaleza humana luchar por la vida. Jamás se hubiese permitido entregarse a una muerte segura sin luchar. No hubiera sido posible el resultado muerte sin la participación activa de ambos imputados. Cada uno cumplió un rol”, postuló.
“Los detalles del caso los dejaré en manos de la fiscalía, que hará una exposición magistral al respecto”, agregó y así fue porque, inmediatamente después, el fiscal Rau inició un alegato que se extendió durante casi dos horas, acompañando su presentación con diapositivas proyectadas en la sala y repasando cada uno de los testimonios recolectados durante el proceso, tanto de los testigos como de los propios imputados.
Rau reconstruyó que el crimen de Gallego Rojas fue perpetrado el 27 de febrero de 2021, entre las 22.30 y las 23, cuando ambos imputados llegaron de sorpresa a su departamento ubicado sobre la calle Divino Verbo, en la chacra 103 del barrio Yacyretá de Posadas, donde fue asesinado a puñaladas.
El fiscal sostuvo que ambos imputados vinieron exclusivamente desde Corrientes a cobrar un dinero que le reclamaban a Gallego Rojas, además de una moto que la víctima utilizaba de prestado, aunque apuntó un grado de mayor responsabilidad contra Casso Acosta.
“Yo creo acreditado que ambos vinieron a cobrar esa plata y que Brayan Casso llevó a cabo este hecho tomando esa caja fuerte y esa moto. La prioridad de Brayan era hacerse de las cosas a como dé lugar. Ha matado para robar la moto y el dinero. Habrá recibido oposición y le metió 20 puñaladas”, graficó Rau sobre su teoría del caso.

El fiscal Martín Rau pidió prisión perpetua para Casso Acosta en su alegato.
En su alegato, el fiscal hice mención a gran parte de la declaración vertida por Casso Acosta en el inicio del juicio, instancia donde el imputado aseguró que él estaba amenazado por la víctima y que esa noche en realidad se defendió de un primer ataque efectuado por Gallego Rojas.
Para Rau nada de ello fue creíble, dado que “su relato de los hechos no encuentra coincidencia con la prueba” y fustigó que “él siempre tiene contradicciones con lo que la prueba dice. No se acuerda de los hechos que lo incriminan, pero de los otros sí. Es raro”.
El fiscal también ponderó aquellos testimonios que daban cuenta de que Casso Acosta era el que le debía dinero a Gallego Rojas y no al revés como planteó el acusado, al tiempo que resaltó las tres huellas genéticas que ubicaron al imputado en la escena del crimen.
En base a lo expuesto, solicitó la pena de prisión perpetua para Casso Acosta como autor de “homicidio agravado criminis causa en concurso real con robo”, mientras que para Ramírez pidió 15 años de cárcel como “partícipe secundario”.
“No puedo acreditar que en el dolo de Ramírez haya tenido la misma intensidad que se le puede adjudicar a Casso”, fue su conclusión.
“Película” y “emoción violenta”
Mario Ramírez, defensor oficial del imputado de apellido homónimo, al momento de alegar difirió de las conclusiones vertidas por la querella y coincidió en parte con la tesis planteada por la fiscalía al considerarlo “partícipe secundario” y no “coautor”, como estaba inicialmente calificada su acusación.
“El hecho no fue consumado por él. En la gresca que terminó con la muerte Ramírez tiene, por supuesto, un rol mucho menor. Hay todo un contexto que le es totalmente extraña al señor Ramírez. Su aparición en este escenario es totalmente circunstancial”, sostuvo el defensor oficial.
Para Ramírez, el agravante de “criminis causa”, que significa cometer un delito para ocultar otro, no quedó probado y, por ende, solicitó que su defendido sea condenado como “partícipe secundario” de homicidio simple y que reciba el mínimo de la pena prevista bajo esa calificación (8 años).
La mayor respuesta al alegato acusatorio provino de parte de la letrada Lilia Vargas, abogada particular del también colombiano Casso Acosta, sobre quien recaía el mayor monto de pena requerido.

El defensor oficial Mario Ramírez junto al otro imputado, el posadeño José Ramón Ramírez.
“Una hermosa creación cinematográfica. Han creado eso”, arrancó Vargas y arremetió contra el experimentado fiscal Rau: “El fiscal no está obligado a acusar. Está incumpliendo, creando una historia inexistente o suponiendo. Acá no hay que venir buscando un desafío o un crecimiento personal”.
La letrada ajustó su exposición al relato brindado por su defendido. Vargas admitió que entre Gallego Rojas y Casso Acosta hubo “un problema de negocios”, pero afirmó que el amenazado era su cliente, quien como consecuencia de ello decidió irse un tiempo a Corrientes porque “temía por su integridad física”.
“Él dijo que no sabía de dónde saco coraje para volver. Dijo que Gustavo le pidió que vuelva y Brayan volvió para aclarar la situación, porque no se puede vivir con miedo. Si Brayan no respondía a su invitación, qué garantías tenía de que no lo hubiera ido a buscar si él sabía dónde él vivía. ¿Estamos pidiendo que se deje matar para tranquilidad de la película?”, retrucó.
Vargas mantuvo la teoría dada por su pupilo, la cual sostenía que dentro del departamento de Gallego Rojas se inició una gresca en la que Casso Acosta intentó calmar a su atacante pero la “vehemencia y reiterancia” de las agresiones produjo “un estallido emocional” en el imputado.
“El criminis causa es un absurdo. Mi defendido nunca tuvo la intención de preparar ni consumar otro delito. Las lesiones son producto de una pelea. Brayan tuvo un arrebato emocional que aminoró su capacidad de reacción”, se explayó.
En consecuencia, Vargas, que también acusó “discriminación” contra su defendido, solicitó que el caso sea considerado como un homicidio perpetrado bajo los atenuantes establecidos por la “emoción violenta”, figura prevista en el artículo 81, inciso a, del Código Penal, el cual prevé penas de entre 3 y 6 años de prisión.

Los jueces Verón, Bernie y Cukla, en plena deliberación antes de la sentencia.
Culminada la etapa de alegatos, el tribunal dispuso un cuarto intermedio para deliberar y pasada las 16 regresó al recinto de debates con la sentencia firmada.
Tanto Casso Acosta como Ramírez se retiraron del edificio tribunalicio esposados y en un móvil de un Servicio Penitenciario Provincial (SPP) que los iba a conducir a sus respectivos recintos carcelarios de alojamiento para que purguen las penas impuestas.
El mayor beneficiado con el fallo dictado hoy fue Ramírez, quien por la pena recibida y por el tiempo que ya lleva detenido desde 2021, estaría muy pronto a acceder a determinados beneficios previstos por ley en el tratamiento penitenciario, como ser, en principio, las salidas transitorias.
Judiciales
Vía libre para enviar a juicio a ex policía acusado de ejecutar a Víctor Márquez

Una resolución de la Cámara de Apelaciones destrabó el último escollo que había para que la causa por el asesinato del adolescente Víctor Márquez Dos Santos (16) deje la etapa de instrucción y allanó el camino para la elevación a juicio del expediente que tiene al ex policía Deibid Vergara (36) como acusado del crimen y a otros tres uniformados imputados por encubrimiento.
La causa cuenta desde 2022 con un dictamen de elevación a juicio firmada por el magistrado Juan Manuel Monte, titular del Juzgado de Instrucción Dos de Posadas, pero una serie de presentaciones defensivas aletargaron la última etapa del proceso y demoraron la remisión formal del expediente hacia el Tribunal Penal Dos, órgano que se encargará de llevar adelante el debate oral para esclarecer el crimen registrado en agosto de 2019 en Santa Ana.
Uno de estos planteos consistió en recurso de casación contra la denegatoria a un pedido de excarcelación resuelta por el mismo juez Monte y ante esa presentación debió intervenir la Cámara de la Apelaciones, cuyos magistrados ahora dispusieron confirmar todo lo actuado en primera instancia.
Según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la defensa del ex policía Vergara alegó entre sus fundamentos que el tiempo que el imputado lleva detenido supera los plazos previstos en la prisión preventiva, postura que coincidió con la opinión del fiscal de Cámara y con el voto inicial de la magistrada Ruth Dilaccio.
Sin embargo, el camarista José Alberto López votó en sentido contrario, anteponiendo la existencia de riesgos procesales relacionados a la pena en expectativa (prisión perpetua) y a los comportamientos evidenciados por el imputado antes, durante y después del hecho.
Ante la disidencia de posturas, se debió recurrir al juez Juan Carlos Sosa, de la Cámara Civil, quien intervino por subrogación legal y adhirió al voto del camarista López, ante lo cual por mayoría se resolvió rechazar la apelación interpuesta y confirmar el rechazo al pedido de excarcelación.
Con esta decisión, el tribunal de alzada destrabó el avance de la causa y en su dictamen además exhortó al juez Monte a disponer la elevación a juicio del expediente en forma “urgente”.
De esta manera, el ex policía Deibid Vergara no solo que continuará tras las rejas, sino que está cada vez más cerca de enfrentar el debate oral donde se determinará su responsabilidad en el crimen que se le imputa.
Vergara está imputado por el delito de “homicidio agravado por la condición especial del autor (agente de seguridad) y por el uso de arma de fuego”, delito de prevé una pena de prisión perpetua.

El ex policía Deibid Vergara está detenido con prisión preventiva desde 2019.
Ejecutado
El hombre está acusado de ejecutar al adolescente Víctor Márquez Dos Santos (16) en la noche del 24 de agosto de 2019 sobre una calle terrada de la localidad de Santa Ana, donde la víctima residía junto a su padre Filiberto (66), quien murió durante el sepelio de su hijo.
El joven fue asesinado de un disparo que le atravesó la cabeza y, según dictaminaron dos pericias balísticas, una realizada por la Policía y otra por la Gendarmería, el proyectil utilizado salió del arma reglamentaria 9 milímetros que portaba el suboficial Vergara, que cumplía funciones en la comisaría local.
El crimen tuvo un velo de misterio que se extendió durante una semana, hasta que una mujer policía se quebró y acusó a Vergara por el asesinato. Días después otro uniformado dirigió las mismas acusaciones.
Lo que se cree es que esa noche una comisión policial integrada por Vergara y otros agentes de la comisaría recorrían Santa Ana en un patrullero hasta que se cruzaron con Víctor Márquez en cercanías a la Escuela de Comercio 10.

El crimen se registró el 24 de agosto de 2019, sobre una calle terrada de Santa Ana.
Los testimonios recolectados indican que en esa instancia Vergara bajó del patrullero, avanzó hacia una zona de oscuridad y desde allí se oyó el disparo que terminó con la vida del muchacho.
La mujer policía añadió que después de ello fue amenazada y obligada a alterar libros de guardia y documentos oficiales.
Ella se llama María Soledad Cipontino (36) y está imputada por “encubrimiento agravado, incumplimiento de los deberes de funcionario público y falsedad ideológica de un instrumento público agravado”.
Los otros dos uniformados implicados son Ramón Darío Núñez (41) y Matías Rafael Acosta (29), quienes enfrentan cargos por “incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento agravado”.
Los últimos tres involucrados mencionados aguardan el proceso en libertad y en fecha aún por definir deberán verse las caras con Vergara en un debate oral y público de alta complejidad.

El pueblo de Santa Ana realizó varias marchas para reclamar justicia.
FOTO PRINCIPAL: Micaela Feversani.
Judiciales
El 15 de septiembre comenzará el juicio por el asesinato de Pablo Arredondo

El Tribunal Penal Uno de Posadas fijó para el próximo 15 de septiembre el inicio de las doce audiencias que fueron programadas para llevar adelante el juicio oral para esclarecer el asesinato del bonaerense Pablo Martín Arredondo (37), ultimado a golpes en un departamento del microcentro posadeño en febrero de 2020.
El caso tiene un total de seis jóvenes acusados: Alan William Saucedo (26), Elías Nahuel Trinidad (26), Miguel Ángel López (25), Oriana Saucedo (24), Brisa Torres (24) y Juan Alberto Barrios (22). Todos ellos están imputados como cautores de “homicidio doblemente calificado por el concurso premeditados de dos o más personas y criminis causae”, figura bajo la cual pueden ser condenados a prisión perpetua.
El juicio oral continuará en sucesivas audiencias programadas para el 16, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 25, 26, 29 y 30 de septiembre. Resta definir si el proceso se realizará en el recinto de debates del TP Uno por calle La Rioja o en otra ubicación dada la cantidad de imputados.
El tribunal estará integrado por los magistrados Gustavo Bernie, Viviana Cukla y Miguel Mattos, este último como subrogante.
Por la acusación, en tanto, actuará el fiscal Martín Rau, en lo que podría ser su última participación en un juicio oral encarando ese rol ya que está pronto a ser designado oficialmente como magistrado del Tribunal Penal Dos de Posadas.
Según la información recopilada por La Voz de Misiones, hay un total de 45 testigos citados a prestar declaración testimonial ante las partes, entre los cuales hay investigadores policiales, peritos en criminalística, forenses, vecinos y familiares, tanto de la víctima como de los acusados.

Pablo Martín Arredondo (37) fue asesinado en 2020 en un departamento sobre calle Colón.
Golpeado y estrangulado
El crimen de Arredondo se descubrió el 23 de febrero de 2020, cuando los vecinos del departamento que alquilaba en un edificio sobre calle Colón, frente al colegio Roque González, alertaron sobre un olor putrefacto que provenía del lugar.
Al ingresar al inmueble, los efectivos policiales intervinientes se encontraron con el cadáver del bonaerense y la autopsia posterior determinó que fue golpeado y finalmente estrangulado con un cinto.
La investigación global estableció que el crimen se registró cuatro días antes, el 19 de febrero, en horas de la madrugada, cuando la víctima se reunió en su departamento junto a una de las jóvenes que aparentemente era su novia y un grupo de amigos de ellas.
En el lugar, se cree que Arredondo fue dopado con estupefacientes (ketamina) y que al departamento luego llegaron otros cómplices con la intención de sustraerle 300.000 pesos que el hombre tenía destinado a utilizar como parte de pago para la compra de un automóvil.
Mediante la revisión de cámaras de seguridad los investigadores pudieron reconstruir las últimas horas de la víctima y los últimos movimientos registrados en cercanías a su departamento, con lo cual fueron identificando uno a uno a los sospechosos.
Luego, la ciencia hizo el resto. En el marco de la causa constan pericias telefónicas que darían cuenta de comunicaciones entre los implicados planificando el hecho y rastros de ADN que ubican a al menos tres de los sospechosos en la escena del crimen.
El caso fue investigado por el Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, quien en mayo de 2023 firmó el requerimiento de elevación a juicio del expediente, medida que meses después fue ratificada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de la provincia.
Confirman elevación a juicio del crimen de Arredondo con seis imputados
Judiciales
Sufrió violencia, escapó con su hija a Misiones y la Justicia la obliga a volver

Florencia Rondón es misionera. Tiene 30 años y es madre de una beba de 1. Vive y trabaja como médica en Eldorado, donde se asentó tras huir de una relación donde padecía violencia de género y ahora reclama ayuda porque la Justicia de Rosario le pide a regresar al mismo lugar donde era sometida por su ex pareja.
La joven contó su historia y clamó por ayuda en un video que rápidamente se viralizó. “Pido por favor que me ayuden a difundir para que se haga justicia y para que nosotros nos podamos mantener vivas”, suplicó.
La información recopilada da cuenta de que la médica se instaló en Rosario para convivir con quien era su pareja, un colega suyo identificado como Renzo Pellini, pero tras el nacimiento de la hija que tuvieron en común la violencia se hizo parte del día a día con maltrato psicológico, golpes, encierros y amenazas permanentes.
Tras casi un año viviendo en ese contexto, en abril pasado Rondón decidió escapar hacia Misiones, donde regresó con su núcleo familiar y comenzó nueva vida como médica en Eldorado.
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“No quiero ser una estadística más”
Esa situación dio pie a un litigio con su ex pareja y ahora el Juzgado de Familia 5 de Rosario considera que la mujer debe regresar a la ciudad porque entiende que ese lugar “es el centro de vida” de su pequeña hija.
Fue en ese marco que Rondón decidió hacer un video para difundir su caso y “llegar al corazón de la jueza de Rosario, Alicia Ana Galetto, para que por favor entienda la gravedad y el padecimiento que tenemos”.
“Tengo una hija de un año, que todavía toma la teta”, se presentó la joven en ese audiovisual, para luego contar que “en abril tuve que escapar de Rosario porque viví y sigo viviendo violencia de género por parte de su padre”.
“A mí no me quedó otra opción que salir huyendo de esa ciudad para mantenerme viva y proteger la vida de mi hija”, expresó.
Y añadió: “Hoy la Justicia de Rosario, de la Familia 5, me está obligando a mí y a mí hija a volver al calvario donde padecimos toda la violencia. Acá mis abogados y gracias al Juzgado de Familia Uno de Eldorado, me están protegiendo de manera provisoria y tratando de proteger mi integridad”.
Rondón sostuvo que “nosotros acá tenemos nuestro centro de vida. Mi hija acá aprendió a hablar, acá aprendió a caminar. Nosotros acá contamos con una red de apoyo”.
“Yo no quiero ser una estadística más, una muerta más en Rosario, no quiero que mi hija sea una niña muerta más. Pido por favor que me ayuden a difundir para que se haga justicia y para que nosotros nos podamos mantener vivas”, cerró.
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