Judiciales
Acusados de asesinar a prestamista colombiano recibieron 16 y 8 años de cárcel
El pedido de prisión perpetua efectuado por el fiscal Martín Alejandro Rau contra uno de los imputados por el asesinato a puñaladas del prestamista colombiano Gustavo Gallego Rojas (32) no prosperó y el acusado finalmente fue condenado por un delito menos gravoso, recibiendo prácticamente la mitad de la pena que la fiscalía consideraba pertinente.
Brayan Damián Casso Acosta (29) llegó a instancia de juicio imputado por el delito de “homicidio agravado por criminis causa en concurso real con robo”, calificación que el fiscal Rau mantuvo a la hora de exponer su acusación final hoy a la mañana, aunque el Tribunal Penal Uno de Posadas eliminó el agravante y falló en línea a un homicidio simple, que en lugar de perpetua preveía un máximo de hasta 25 años de prisión.
El fallo de los magistrados Gustavo Bernie, Viviana Cukla y Fernando Verón (subrogante) fue alcanzado por unanimidad y estableció una pena de 16 años de prisión para Casso Acosta como autor penalmente responsable de los delitos de “homicidio simple en concurso real con hurto”.
El segundo imputado en la causa, en tanto, José Ramón Ramírez (32), que llegó a juicio bajo la misma acusación que Casso Acosta, fue condenado a 8 años de prisión como partícipe secundario de “homicidio simple” y coautor de “hurto”.
La sentencia 36/2024 del tribunal posadeño fue leído esta tarde, minutos después de las 14, lo que marcó el cierre de una larga audiencia de debate que comenzó a las 8.30 con el alegato de las partes. La lectura de los fundamentos del veredicto fue fijada para el próximo 15 de octubre.

Casso Acosta, junto a su abogada Lilia Vargas, instantes antes de ser retirado del tribunal esposado y en un móvil del SPP.
Pedidos de perpetua
La jornada fue larga. Arrancó con una breve exposición final planteada por el abogado querellante particular Raúl Ignacio Peña, quien consideró a los imputados como coautores de homicidio agravado y pidió la prisión perpetua para ambos.
“Fue una empresa criminal porque ambos tuvieron participación activa en el resultado. Gustavo era un hombre fuerte y está en la naturaleza humana luchar por la vida. Jamás se hubiese permitido entregarse a una muerte segura sin luchar. No hubiera sido posible el resultado muerte sin la participación activa de ambos imputados. Cada uno cumplió un rol”, postuló.
“Los detalles del caso los dejaré en manos de la fiscalía, que hará una exposición magistral al respecto”, agregó y así fue porque, inmediatamente después, el fiscal Rau inició un alegato que se extendió durante casi dos horas, acompañando su presentación con diapositivas proyectadas en la sala y repasando cada uno de los testimonios recolectados durante el proceso, tanto de los testigos como de los propios imputados.
Rau reconstruyó que el crimen de Gallego Rojas fue perpetrado el 27 de febrero de 2021, entre las 22.30 y las 23, cuando ambos imputados llegaron de sorpresa a su departamento ubicado sobre la calle Divino Verbo, en la chacra 103 del barrio Yacyretá de Posadas, donde fue asesinado a puñaladas.
El fiscal sostuvo que ambos imputados vinieron exclusivamente desde Corrientes a cobrar un dinero que le reclamaban a Gallego Rojas, además de una moto que la víctima utilizaba de prestado, aunque apuntó un grado de mayor responsabilidad contra Casso Acosta.
“Yo creo acreditado que ambos vinieron a cobrar esa plata y que Brayan Casso llevó a cabo este hecho tomando esa caja fuerte y esa moto. La prioridad de Brayan era hacerse de las cosas a como dé lugar. Ha matado para robar la moto y el dinero. Habrá recibido oposición y le metió 20 puñaladas”, graficó Rau sobre su teoría del caso.

El fiscal Martín Rau pidió prisión perpetua para Casso Acosta en su alegato.
En su alegato, el fiscal hice mención a gran parte de la declaración vertida por Casso Acosta en el inicio del juicio, instancia donde el imputado aseguró que él estaba amenazado por la víctima y que esa noche en realidad se defendió de un primer ataque efectuado por Gallego Rojas.
Para Rau nada de ello fue creíble, dado que “su relato de los hechos no encuentra coincidencia con la prueba” y fustigó que “él siempre tiene contradicciones con lo que la prueba dice. No se acuerda de los hechos que lo incriminan, pero de los otros sí. Es raro”.
El fiscal también ponderó aquellos testimonios que daban cuenta de que Casso Acosta era el que le debía dinero a Gallego Rojas y no al revés como planteó el acusado, al tiempo que resaltó las tres huellas genéticas que ubicaron al imputado en la escena del crimen.
En base a lo expuesto, solicitó la pena de prisión perpetua para Casso Acosta como autor de “homicidio agravado criminis causa en concurso real con robo”, mientras que para Ramírez pidió 15 años de cárcel como “partícipe secundario”.
“No puedo acreditar que en el dolo de Ramírez haya tenido la misma intensidad que se le puede adjudicar a Casso”, fue su conclusión.
“Película” y “emoción violenta”
Mario Ramírez, defensor oficial del imputado de apellido homónimo, al momento de alegar difirió de las conclusiones vertidas por la querella y coincidió en parte con la tesis planteada por la fiscalía al considerarlo “partícipe secundario” y no “coautor”, como estaba inicialmente calificada su acusación.
“El hecho no fue consumado por él. En la gresca que terminó con la muerte Ramírez tiene, por supuesto, un rol mucho menor. Hay todo un contexto que le es totalmente extraña al señor Ramírez. Su aparición en este escenario es totalmente circunstancial”, sostuvo el defensor oficial.
Para Ramírez, el agravante de “criminis causa”, que significa cometer un delito para ocultar otro, no quedó probado y, por ende, solicitó que su defendido sea condenado como “partícipe secundario” de homicidio simple y que reciba el mínimo de la pena prevista bajo esa calificación (8 años).
La mayor respuesta al alegato acusatorio provino de parte de la letrada Lilia Vargas, abogada particular del también colombiano Casso Acosta, sobre quien recaía el mayor monto de pena requerido.

El defensor oficial Mario Ramírez junto al otro imputado, el posadeño José Ramón Ramírez.
“Una hermosa creación cinematográfica. Han creado eso”, arrancó Vargas y arremetió contra el experimentado fiscal Rau: “El fiscal no está obligado a acusar. Está incumpliendo, creando una historia inexistente o suponiendo. Acá no hay que venir buscando un desafío o un crecimiento personal”.
La letrada ajustó su exposición al relato brindado por su defendido. Vargas admitió que entre Gallego Rojas y Casso Acosta hubo “un problema de negocios”, pero afirmó que el amenazado era su cliente, quien como consecuencia de ello decidió irse un tiempo a Corrientes porque “temía por su integridad física”.
“Él dijo que no sabía de dónde saco coraje para volver. Dijo que Gustavo le pidió que vuelva y Brayan volvió para aclarar la situación, porque no se puede vivir con miedo. Si Brayan no respondía a su invitación, qué garantías tenía de que no lo hubiera ido a buscar si él sabía dónde él vivía. ¿Estamos pidiendo que se deje matar para tranquilidad de la película?”, retrucó.
Vargas mantuvo la teoría dada por su pupilo, la cual sostenía que dentro del departamento de Gallego Rojas se inició una gresca en la que Casso Acosta intentó calmar a su atacante pero la “vehemencia y reiterancia” de las agresiones produjo “un estallido emocional” en el imputado.
“El criminis causa es un absurdo. Mi defendido nunca tuvo la intención de preparar ni consumar otro delito. Las lesiones son producto de una pelea. Brayan tuvo un arrebato emocional que aminoró su capacidad de reacción”, se explayó.
En consecuencia, Vargas, que también acusó “discriminación” contra su defendido, solicitó que el caso sea considerado como un homicidio perpetrado bajo los atenuantes establecidos por la “emoción violenta”, figura prevista en el artículo 81, inciso a, del Código Penal, el cual prevé penas de entre 3 y 6 años de prisión.

Los jueces Verón, Bernie y Cukla, en plena deliberación antes de la sentencia.
Culminada la etapa de alegatos, el tribunal dispuso un cuarto intermedio para deliberar y pasada las 16 regresó al recinto de debates con la sentencia firmada.
Tanto Casso Acosta como Ramírez se retiraron del edificio tribunalicio esposados y en un móvil de un Servicio Penitenciario Provincial (SPP) que los iba a conducir a sus respectivos recintos carcelarios de alojamiento para que purguen las penas impuestas.
El mayor beneficiado con el fallo dictado hoy fue Ramírez, quien por la pena recibida y por el tiempo que ya lleva detenido desde 2021, estaría muy pronto a acceder a determinados beneficios previstos por ley en el tratamiento penitenciario, como ser, en principio, las salidas transitorias.
Judiciales
El hermano de Mario Golemba anunció una “inminente definición del caso”
A un día de cumplirse el decimoctavo aniversario de la desaparición de Mario Fabián Golemba, su hermano Eliezer, anunció que “el tiempo del silencio se está terminando” y adelantó que pronto habrán novedades judiciales que ayudarán a esclarecer el caso que se mantiene en la impunidad.
“Se cumplen 18 años sin Mario, pero a diferencia de años anteriores, hoy sabemos qué pasó. Hoy conocemos la verdad”, señaló Eliezer, en un breve video publicado por la cuenta Caíco Periodismo.
“Nunca fue un capricho: papá tenía razón. A Mario no se lo tragó la tierra. A Mario lo secuestraron. A Mario lo desaparecieron”, apuntó en la continuidad del audiovisual.
Eliezer adelantó que “estamos ante la inminente definición del caso” e indicó que “pronto la Justicia ordenará las medidas necesarias para esclarecer esta historia. El tiempo del silencio se está terminando. Falta poco”.
El hermano Mario Golemba resaltó que los avances judiciales se dieron a partir de una nueva denuncia radicada por los abogados Rafael Pereyra Pigerl y Vanesa Vignoles, quienes recurrieron a la Justicia Federal para investigar lo sucedido hace casi dos décadas atrás.
“La Justicia Federal hizo lo que la Justicia provincial no quiso hacer”, resaltó Eliezer.
Las últimas novedades que se habían registrado en la causa fueron a mediados de 2022, cuando la Justicia Federal ordenó excavaciones e inspecciones oculares en predios e instalaciones de la Comisaría de Dos Mayo.
Los procedimientos fueron ordenados en base a la línea investigativa que sigue la hipótesis de que Golemba fue detenido, golpeado y desaparecido por agentes de la Policía de Misiones.
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El caso
Mario Golemba fue visto por última vez el 27 de marzo de 2008. Ese día, el joven de 27 años en aquel entonces, salió de su casa en Picada Indumar -Dos de Mayo- con dirección hacia Oberá para asistir a una consulta médica con una nutricionista porque quería aumentar de peso para su boda.
La reconstrucción indica que el muchacho llegó a la consulta y esa nutricionista fue la última persona, comprobada fehacientemente, que vio con vida al agricultor. Cerca de las 15 de ese mismo día Golemba mandó un mensaje a su familia avisando que volvería más tarde, pero eso nunca sucedió y nada más se supo de él desde ese momento.
A partir de ahí se tejieron innumerables hipótesis, desde un suicidio hasta la posibilidad de que el joven se haya ido del país por voluntad propia. Sin embargo, nada de eso tenía sentido para la familia. Mario ansiaba casarse, soñaba con ir a estudiar Historia. Es decir, tenía muchos planes por delante.
Fue a comienzos de 2009 cuando dos detenidos se entrevistaron con el padre de Mario y aportaron un testimonio que apuntaba hacia lo peor.
Los dos detenidos relataron que ese 27 de marzo de 2008, mientras estaban presos en la Comisaría de Dos de Mayo, vieron cuando los efectivos de esa dependencia policial tenían a Mario esposado en el lugar. Sus testimonios fueron tan fuertes como coincidentes: ambos recordaron haber oído que golpeaban a Mario y que él repetía una y otra vez que no había hecho nada.
La declaración de los dos presos culmina cuando aseguran que después de los golpes oyeron que el joven que ellos identificaron como Mario Golemba fue subido a un patrullero y llevado a otro lugar con destino incierto.
En mayo de 2010, en tanto, se realizaron excavaciones en un ex destacamento de la comisaría local, pero el resultado fue negativo.
Desde ese momento la causa no registró avances, hasta que, a mediados de 2021, la querella logró que el expediente sea remitido a la Justicia Federal y que el caso sea investigado como “desaparición forzada de persona”.
Ahí la investigación se reactivó, se volvieron a recolectar elementos de prueba y dos testigos de identidad reservada declararon haber visto a Golemba detenido en la comisaría, donde lo habrían golpeado.
Inspección ocular coincide con testimonios que ubican a Golemba en comisaría
Judiciales
Declaró Thomas en la Causa Cuadernos: “Nunca delinquí”
El ex director de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) durante los gobiernos de Néstor Kirchner y Cristina Fernández, el misionero Oscar Thomas, imputado en la denominada “Causa Cuadernos” sobre una red de coimas y sobornos durante la década kirchnerista, declaró este jueves en el Tribunal Oral Federal (TOF) 7, y negó cualquier vínculo con la trama de corrupción que se investiga.
La megacausa judicial, que se originó a partir de los cuadernos donde Óscar Centeno, chofer de Roberto Baratta, mano derecha del ex ministro Julio De Vido, que también está procesado, anotó recorridos, fechas y bolsos que tenían como destino a funcionarios y la Quinta de Olivos, tiene 85 imputados, entre los que figuran el misionero y la ex presidenta CFK, quien actualmente guarda prisión domiciliaria por la condena en la causa Vialidad.
Thomas, que aparece en los cuadernos como presunto intermediario en el cobro de coimas a empresas contratistas, declaró este jueves ante el tribunal oral por las visitas que, según Centeno, le hizo a su casa el “valijero” del caso, y negó haberle entregado nunca a Baratta los “bolsos con dinero” de los que habló el chofer, asegurando que en todas las ocasiones entregó al funcionario “bolsas de yerba mate”.
“Nunca integré una asociación ilícita, ni manejé dinero, ni emití cheques, ni tenía fondos reservados, ni delinquí, ni fui funcionario público. Mi tarea siempre fue en el escenario de Yacyretá, un organismo internacional de Argentina y Paraguay con sus normas propias”, fue lo primero que dijo el misionero al tribunal, según publica el diario porteño Clarín.
Thomas, que en 2018 estuvo 47 días prófugo de la Justicia, comentó que se reunía con Baratta cuando visitaba a Julio De Vido en el Ministerio de Planificación y reconoció que Baratta lo visitó en su casa en la calle Juncal, pero negó que las visitas hayan sido 17, ni para buscar coimas, como reza la imputación armada a partir de los cuadernos del chofer Centeno.
“Siempre le traía yerba al personal que me trataba bien. A Baratta le llevaba yerba o se la hacía mandar por mi chofer. O pasaba por mi casa a retirar bolsas de yerba. Yo bajaba y se la daba en la puerta”, declaró el misionero y contó que, en otra ocasión, entregó al ex funcionario de De Vido un libro, que “era grande, pesaba ocho kilos, se llamaba ´Yacyretá energía para el desarrollo’”.
“Niego las 17 veces que se me nombra en los cuadernos. No recibí ni di dinero a nadie y nunca fui apretado”, recalcó el misionero, que comparte el mismo abogado defensor que la ex presidenta, José Manuel Ubeira.
Judiciales
Sobreseyeron a dos gendarmes misioneros investigados por homicidio en La Quiaca
El avance de la causa por el homicidio de Ivo Rodrigo Torres, el joven indígena de 22 años asesinado durante una persecución de Gendarmería Nacional Argentina (GNA) en La Quiaca (Jujuy), derivó en el sobreseimiento de dos efectivos misioneros que habían sido imputados en el expediente judicial.
Se trata del subalférez Alexander Gunther, oriundo de Aristóbulo del Valle, y del cabo primero Marcos Leonardo Wisniewski, oriundo de Santa Rita, quienes integraban la patrulla del Escuadrón 21 al momento del hecho ocurrido el 6 de febrero de 2025.
La resolución fue adoptada por la Justicia Federal de Jujuy tras considerar que no existían elementos suficientes para atribuirles participación directa en los disparos que terminaron con la vida del joven motociclista.
La investigación determinó, a partir de pericias balísticas y reconstrucciones técnicas, que los proyectiles mortales provinieron de un único arma reglamentaria, utilizada por el sargento primero Walter Daniel Álvarez, otro integrante del operativo.
En una primera etapa, los dos efectivos misioneros, junto a la cabo Juliana Enciso, habían quedado imputados por homicidio agravado, aunque con el correr de la instrucción fueron desvinculados del hecho principal.
Los sobreseimientos fueron firmados el 27 de febrero y el 4 de marzo pasado, por el juez de Garantías N° 1 de Jujuy Eduardo Hansen.

Ivo Rodrigo Torres fue asesinado de un disparo en la espalda en febrero del año pasado.
Un gendarme a juicio
Con la elevación de la causa, el único acusado que llegará a juicio oral será el sargento primero Álvarez, señalado como autor de los dos disparos efectuados durante la persecución que se extendió por varios kilómetros en inmediaciones de la frontera entre Argentina y Bolivia.
Según la acusación fiscal, uno de los proyectiles impactó por la espalda en Torres y le provocó heridas fatales. Por ese hecho, Álvarez deberá responder por homicidio doblemente agravado, tanto por alevosía como por su condición de integrante de una fuerza de seguridad.
La acusación es impulsada por el fiscal federal Federico Zurueta, mientras que la querella, en representación de la familia de la víctima, sostiene que existió un uso desproporcionado de la fuerza durante el procedimiento.
Dos gendarmes misioneros detenidos por el crimen de un joven indígena en Jujuy
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