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Acusados de asesinar a prestamista colombiano recibieron 16 y 8 años de cárcel

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El pedido de prisión perpetua efectuado por el fiscal Martín Alejandro Rau contra uno de los imputados por el asesinato a puñaladas del prestamista colombiano Gustavo Gallego Rojas (32) no prosperó y el acusado finalmente fue condenado por un delito menos gravoso, recibiendo prácticamente la mitad de la pena que la fiscalía consideraba pertinente.

Brayan Damián Casso Acosta (29) llegó a instancia de juicio imputado por el delito de “homicidio agravado por criminis causa en concurso real con robo”, calificación que el fiscal Rau mantuvo a la hora de exponer su acusación final hoy a la mañana, aunque el Tribunal Penal Uno de Posadas eliminó el agravante y falló en línea a un homicidio simple, que en lugar de perpetua preveía un máximo de hasta 25 años de prisión.

El fallo de los magistrados Gustavo Bernie, Viviana Cukla y Fernando Verón (subrogante) fue alcanzado por unanimidad y estableció una pena de 16 años de prisión para Casso Acosta como autor penalmente responsable de los delitos de “homicidio simple en concurso real con hurto”.

El segundo imputado en la causa, en tanto, José Ramón Ramírez (32), que llegó a juicio bajo la misma acusación que Casso Acosta, fue condenado a 8 años de prisión como partícipe secundario de “homicidio simple” y coautor de “hurto”.

La sentencia 36/2024 del tribunal posadeño fue leído esta tarde, minutos después de las 14, lo que marcó el cierre de una larga audiencia de debate que comenzó a las 8.30 con el alegato de las partes. La lectura de los fundamentos del veredicto fue fijada para el próximo 15 de octubre. 

Casso Acosta, junto a su abogada Lilia Vargas, instantes antes de ser retirado del tribunal esposado y en un móvil del SPP.

Pedidos de perpetua

La jornada fue larga. Arrancó con una breve exposición final planteada por el abogado querellante particular Raúl Ignacio Peña, quien consideró a los imputados como coautores de homicidio agravado y pidió la prisión perpetua para ambos.

Fue una empresa criminal porque ambos tuvieron participación activa en el resultado. Gustavo era un hombre fuerte y está en la naturaleza humana luchar por la vida. Jamás se hubiese permitido entregarse a una muerte segura sin luchar. No hubiera sido posible el resultado muerte sin la participación activa de ambos imputados. Cada uno cumplió un rol”, postuló.

“Los detalles del caso los dejaré en manos de la fiscalía, que hará una exposición magistral al respecto”, agregó y así fue porque, inmediatamente después, el fiscal Rau inició un alegato que se extendió durante casi dos horas, acompañando su presentación con diapositivas proyectadas en la sala y repasando cada uno de los testimonios recolectados durante el proceso, tanto de los testigos como de los propios imputados.

Rau reconstruyó que el crimen de Gallego Rojas fue perpetrado el 27 de febrero de 2021, entre las 22.30 y las 23, cuando ambos imputados llegaron de sorpresa a su departamento ubicado sobre la calle Divino Verbo, en la chacra 103 del barrio Yacyretá de Posadas, donde fue asesinado a puñaladas.

El fiscal sostuvo que ambos imputados vinieron exclusivamente desde Corrientes a cobrar un dinero que le reclamaban a Gallego Rojas, además de una moto que la víctima utilizaba de prestado, aunque apuntó un grado de mayor responsabilidad contra Casso Acosta.

“Yo creo acreditado que ambos vinieron a cobrar esa plata y que Brayan Casso llevó a cabo este hecho tomando esa caja fuerte y esa moto. La prioridad de Brayan era hacerse de las cosas a como dé lugar. Ha matado para robar la moto y el dinero. Habrá recibido oposición y le metió 20 puñaladas”, graficó Rau sobre su teoría del caso.

El fiscal Martín Rau pidió prisión perpetua para Casso Acosta en su alegato.

En su alegato, el fiscal hice mención a gran parte de la declaración vertida por Casso Acosta en el inicio del juicio, instancia donde el imputado aseguró que él estaba amenazado por la víctima y que esa noche en realidad se defendió de un primer ataque efectuado por Gallego Rojas.

Para Rau nada de ello fue creíble, dado que “su relato de los hechos no encuentra coincidencia con la prueba” y fustigó que “él siempre tiene contradicciones con lo que la prueba dice. No se acuerda de los hechos que lo incriminan, pero de los otros sí. Es raro”.

El fiscal también ponderó aquellos testimonios que daban cuenta de que Casso Acosta era el que le debía dinero a Gallego Rojas y no al revés como planteó el acusado, al tiempo que resaltó las tres huellas genéticas que ubicaron al imputado en la escena del crimen.

En base a lo expuesto, solicitó la pena de prisión perpetua para Casso Acosta como autor de “homicidio agravado criminis causa en concurso real con robo”, mientras que para Ramírez pidió 15 años de cárcel como “partícipe secundario”.

“No puedo acreditar que en el dolo de Ramírez haya tenido la misma intensidad que se le puede adjudicar a Casso”, fue su conclusión.

“Película” y “emoción violenta”

Mario Ramírez, defensor oficial del imputado de apellido homónimo, al momento de alegar difirió de las conclusiones vertidas por la querella y coincidió en parte con la tesis planteada por la fiscalía al considerarlo “partícipe secundario” y no “coautor”, como estaba inicialmente calificada su acusación.

“El hecho no fue consumado por él. En la gresca que terminó con la muerte Ramírez tiene, por supuesto, un rol mucho menor. Hay todo un contexto que le es totalmente extraña al señor Ramírez. Su aparición en este escenario es totalmente circunstancial”, sostuvo el defensor oficial.

Para Ramírez, el agravante de “criminis causa”, que significa cometer un delito para ocultar otro, no quedó probado y, por ende, solicitó que su defendido sea condenado como “partícipe secundario” de homicidio simple y que reciba el mínimo de la pena prevista bajo esa calificación (8 años).

La mayor respuesta al alegato acusatorio provino de parte de la letrada Lilia Vargas, abogada particular del también colombiano Casso Acosta, sobre quien recaía el mayor monto de pena requerido.

El defensor oficial Mario Ramírez junto al otro imputado, el posadeño José Ramón Ramírez.

“Una hermosa creación cinematográfica. Han creado eso”, arrancó Vargas y arremetió contra el experimentado fiscal Rau: “El fiscal no está obligado a acusar. Está incumpliendo, creando una historia inexistente o suponiendo. Acá no hay que venir buscando un desafío o un crecimiento personal”.

La letrada ajustó su exposición al relato brindado por su defendido. Vargas admitió que entre Gallego Rojas y Casso Acosta hubo “un problema de negocios”, pero afirmó que el amenazado era su cliente, quien como consecuencia de ello decidió irse un tiempo a Corrientes porque “temía por su integridad física”.

“Él dijo que no sabía de dónde saco coraje para volver. Dijo que Gustavo le pidió que vuelva y Brayan volvió para aclarar la situación, porque no se puede vivir con miedo. Si Brayan no respondía a su invitación, qué garantías tenía de que no lo hubiera ido a buscar si él sabía dónde él vivía. ¿Estamos pidiendo que se deje matar para tranquilidad de la película?”, retrucó.

Vargas mantuvo la teoría dada por su pupilo, la cual sostenía que dentro del departamento de Gallego Rojas se inició una gresca en la que Casso Acosta intentó calmar a su atacante pero la “vehemencia y reiterancia” de las agresiones produjo “un estallido emocional” en el imputado.

“El criminis causa es un absurdo. Mi defendido nunca tuvo la intención de preparar ni consumar otro delito. Las lesiones son producto de una pelea. Brayan tuvo un arrebato emocional que aminoró su capacidad de reacción”, se explayó.

En consecuencia, Vargas, que también acusó “discriminación” contra su defendido, solicitó que el caso sea considerado como un homicidio perpetrado bajo los atenuantes establecidos por la “emoción violenta”, figura prevista en el artículo 81, inciso a, del Código Penal, el cual prevé penas de entre 3 y 6 años de prisión.

Los jueces Verón, Bernie y Cukla, en plena deliberación antes de la sentencia.

Culminada la etapa de alegatos, el tribunal dispuso un cuarto intermedio para deliberar y pasada las 16 regresó al recinto de debates con la sentencia firmada.

Tanto Casso Acosta como Ramírez se retiraron del edificio tribunalicio esposados y en un móvil de un Servicio Penitenciario Provincial (SPP) que los iba a conducir a sus respectivos recintos carcelarios de alojamiento para que purguen las penas impuestas.

El mayor beneficiado con el fallo dictado hoy fue Ramírez, quien por la pena recibida y por el tiempo que ya lleva detenido desde 2021, estaría muy pronto a acceder a determinados beneficios previstos por ley en el tratamiento penitenciario, como ser, en principio, las salidas transitorias.

 

 

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De abandono y muerte a posible homicidio, el juicio a una madre en Posadas

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Quince años tenía Rocío Belén López cuando la encontraron muerta sobre su cama. La adolescente, que padecía una enfermedad neurológica que la dejó postrada, estaba deshidratada, desnutrida y con escaras en la piel. Las acusaciones por su mal cuidado recayeron en su madre, que hoy, trece años después, comenzó a ser juzgada por abandono seguido de muerte, aunque ya en la primera audiencia la fiscalía pidió ampliar la acusación al considerar que la mujer pudo haber dejado de alimentar e hidratar a su hija deliberadamente.

El caso se remonta al 23 de julio de 2013, cuando la empleada municipal Mariela Andrea Ramírez llamó al 911 para alertar sobre el fallecimiento de su hija “Belencita”, una adolescente de 15 años diagnosticada con el Síndrome de Rett, una enfermedad genética que afecta al desarrollo neuronal, lo que se traduce en la pérdida de las habilidades motoras y del habla.

Como consecuencia de esa condición, la menor era incapaz de valerse por sí misma, por lo que vivía postrada a una cama, con la necesidad de un cuidado permanente que Ramírez alternaba con sus padres, dado que el progenitor de la niña nunca se responsabilizó.

Sin embargo, unos diez días antes del trágico desenlace, ese deber de cuidado había quedado bajo absoluta responsabilidad de Ramírez debido a que sus padres viajaron a otra provincia.

Fue en ese marco que aquella noche de hace trece años atrás Ramírez llamó a la Policía para alertar sobre la muerte de su hija. Cuando los uniformados arribaron al lugar, constataron que la adolescente yacía sobre una cama rota y en un dormitorio que describieron como un “depósito”.

La posterior autopsia concluyó que la causa de muerte fue vinculante a un cuadro de desnutrición y deshidratación, al tiempo que también detectó escaras en el cuerpo, lesiones que daban cuenta del estado de vulnerabilidad en el que se encontraba.

Con esos elementos, sumado a una serie de testimonios en su contra, la fiscal María Laura Álvarez (como subrogante) pidió que Ramírez sea juzgada por el delito de “abandono de persona doblemente agravado por el vínculo y resultado”, solicitud que fue avalada por el magistrado Ricardo Balor, aunque ese proceso recién tuvo su inicio hoy, casi al filo de la prescripción.

Sumado a eso, en la audiencia de hoy, instancia en la que además de leerse el auto de elevación a juicio también se oyó el testimonio de la propia Ramírez y de los primeros cinco testigos, el fiscal Vladimir Glinka amplió la acusación al considerar que la mujer pudo haber dejado de alimentar a su hija en forma deliberada, ante lo cual pudo haber incurrido en un homicidio calificado por el vínculo en su modalidad por omisión.

Ese planteo se traduce en que, en caso de mantener esa acusación al momento de los alegatos finales, Ramírez podría enfrentarse a la posibilidad de recibir una pena de prisión perpetua.

Ramírez durante su declaración, junto a su abogado Varela y el fiscal Glinka.

“Me encontré desesperada”

En esta primera audiencia la imputada aceptó declarar y frente al tribunal presidido por el magistrado Gustavo Bernie e integrado por Viviana Cukla y Miguel Mattos (subrogante) dio un extenso testimonio.

La mujer se explayó desde el nacimiento de su hija. Contó que al enterarse del embarazo su pareja de ese momento la abandonó y nunca se hizo responsable, ante lo cual ella decidió continuar como madre soltera.

También relató que recién notaron algo diferente en Belencita a los dos años y medio cuando aún no hablaba. Eso dio inicio a una serie de estudios que más tarde derivaron en un diagnóstico de Síndrome de Rett.

Según su palabra, el cuidado de la niña fue alternado entre ella y sus padres, lapso en el cual ella siempre se dedicó a trabajar para mantener a su familia.

“Con el tiempo me independice con un nuevo novio y yo continué haciendo changuitas para poder comprar pañales para Belén y todo lo demás que necesitaba como la leche y los medicamentos. Yo nunca dejé de hacer los cuidados de Belén. Nunca me desentendía. Por las tardes iba siempre a la casa de mi mamá y yo le pasaba todo mi sueldo a mi papá, que era el que administraba. Por eso me busqué un segundo trabajo”, afirmó Ramírez, hoy de 48 años. 

Años después, su padre empeoró de salud y la niña fue a vivir con ella a Itaembé Miní, aunque de igual manera por las tardes la llevaba a casa de su madre mientras ella iba al trabajo. Durante esos años también contrató una persona que cuidaba a Belén y la rutina se extendió hasta que tuvieron que vender esa casa por deudas y volver a mudarse, esta vez a un inmueble más pequeño.

En ese lapso, Belén volvió a vivir a la casa de sus abuelos, mientras que Ramírez se separó de su segunda pareja. “Me separé de nuevo y ahí empezó mi caos. Ahí me comienzo a ver superada por la situación”, admitió la mujer, que es representada por el defensor oficial Miguel Ángel Varela.

Y desarrolló: “Días antes del hecho por el que estoy acá me llama mi mamá y me dice que tenía que ver cómo me iba a hacer cargo de Belén porque ellos necesitaban viajar a Corrientes para descansar. Yo no sabía qué hacer, estaba separaba, ganaba poco, no tenía para pagar a nadie. Mi hermana me dice que me arregle”.

Ramírez aseguró que pidió licencia en el trabajo pero no le dieron y debió enfrentar el cuidado de su hija en soledad, mientras que a la par criaba su otra hija. 

“Con el pasar de los días tuve que tomar la decisión de irme a trabajar, no tenía otra opción. Me encontré desesperada y sin saber qué hacer. Tenía que seguir trabajando para tener ingresos. Lo primero que yo hacía cuando me levantaba era darle el desayuno e higienizarla para poder dejarla en condiciones. Al mediodía cocinaba guisitos y fideos que también le gustaba, cosas que estaban a mi alcance porque no tenía mucho dinero”, recordó.

Ante los jueces, la mujer explicó que su rutina consistía en dar el desayuno a Belén, llevar a su otra hija a la escuela e ir al trabajo, donde permanecía desde las 8 hasta después del mediodía, cuando regresaba a casa en colectivo.

“Los primeros días ella estaba normal, comiendo”, contó Ramírez y agregó: “Hasta que empecé a notar que se enojaba, noté que se estaba deprimiendo porque extrañaba a mi hermana y a mi mamá. Ese era su hogar para ella. Entonces ella empieza a trabajarme la mandíbula, a cerrar la boca. Ahí empezó a comer menos”.

En ese tramo, y tras consultas del fiscal, la mujer explicó que la menor aceptaba líquidos pero era se mostraba más reticente a ingerir alimentos, aunque de igual manera le daba “galletitas con mate cosido”.

Sobre las escaras, Ramírez alegó que las heridas fueron porque la menor se rascaba y dañaba su piel, lesiones que luego se infectaban. “Yo no tenía ni para el cicatrizante, le pedí al papá de la nena y me llevó un aloe. Entonces le ponía eso”, aseguró.

Casi sobre el final, la mujer contó que ese 23 de julio de 2013 su jefa le pidió trabajar de corrido para cubrir a otra compañera y al regresar encontró a su hija sin vida. Intentó reanimarla con RCP, pero no pudo.

Yo en ningún momento abandoné a mi hija. No es que yo la dejé a la deriva o no le dedicaba las horas que ella requería. Nosotros con mi otra hija nos pasábamos todas las tardes con ella para que ella no se sienta sola y no sienta la ausencia de mi mamá y mi hermana”, se defendió.

Y reafirmó: “En ningún momento se me pasó por la cabeza que iba a pasar esto. Siempre velé por estar bien todas luché dentro de mis posibilidades, pero entré en una desesperación de no saber qué hacer. En ningún momento la abandoné, no hubo intención de provocar la muerte, nunca. Traté siempre de salir adelante. Hice lo mejor que pude como madre”.

Al momento de ser interrogada por Glinka, la mujer admitió que la cama de la adolescente tenía “la rejilla rota” y en oportunidades apilaba paquetes de pañales para compensar.

Sobre la habitación, que algunos uniformados describieron como “similar a un depósito”, respondió que se debía a que “no tenía la mudanza terminada” y que se acumularon cosas en ese lugar porque su vivienda anterior era más grande, con más muebles.

El tribunal es presidido por el magistrado Gustavo Bernie (a la derecha).

Testimonios

“Tengo la imagen de esa persona en la cama, no recuerdo si estaba rota o inclinada hacia un costado. Sé que no estaba en la posición en que no debía estar. Sí que había bolsas negras, detalles que se me vienen a la cabeza. Por el montón de cosas amontonadas y tiradas parecía más un depósito que un dormitorio”, declaró minutos después Carlos Adolfo Krapp, comisario general retirado que intervino en la escena del hecho.

Quien también declaró como testigo hoy fue el forense Rogelio Canteros. El profesional sostuvo que las escaras que presentaba la víctima tenían un grado de “evolución avanzada”, estado que permitía inferir un tiempo aproximado de “20 días de postración sin ningún movimiento”.

Canteros también consideró que el cuadro de la joven fallecida condecía con una “deshidratación severa” que se pudo haber prolongado durante siete días, precisión sobre la cual más tarde se apoyó Glinka para fundamentar una ampliación de la acusación sobre la imputada.

“En base al interrogatorio con el médico, él ha aclarado que la chica tenía una deshidratación severa de siete días que derivó en una falla orgánica. La causa de muerte es que se le privó de alimentos y líquido de forma deliberada. No es una omisión simple, sino que apropósito y en forma deliberada evitó darle el sustento vital para que irremediablemente se produjo su dolo de muerte”, apuntó el representante del Ministerio Público Fiscal, que al comienzo de la jornada aclaró: “Esto no es una cuestión de género, no está imputada por su condición de madre. Ella está acá por el mal cuidado que desempeñó en los últimos diez días de Belén”.

Una vez culminada la ronda de testigos del día y el tribunal entonces pasó a un cuarto intermedio hasta mañana a las 7.45. Se prevé la recepción de más testimonios.

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Recibió 14 años de prisión por matar a un vecino por $500 en Candelaria

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Roberto “El Negro” Silvero (23), el albañil paraguayo nacionalizado argentino acusado de asesinar a puñaladas a un vecino de Candelaria por una deuda de $500, fue condenado esta mañana a 14 años de prisión.

La sentencia fue impartida por el Tribunal Penal Uno de Posadas, presidido por la magistrada Viviana Cukla e integrada por sus pares Gustavo Bernie y Carla Freitag (subrogante), luego de cuatro audiencias de debate que se desarrollaron durante esta semana.

Silvero fue declarado responsable del delito de “homicidio simple” y recibió 14 años de prisión, pena levemente inferior a los 18 años solicitados ayer por el fiscal Vladimir Glinka.

Al momento de alegar, el fiscal Glinka describió a Silvero como una persona “peligrosa” y en su teoría del caso expuso que el imputado era “el dealer del barrio” y cometió el crimen de Vázquez para vengar una deuda de $500 por la venta de cocaína.

Glinka expuso que el imputado asesinó de varias puñaladas a Duarte Vázquez, lesiones que incluso fueron efectuadas con la víctima en el suelo y de espaldas.

“Esto fue un acto cobarde y traicionero”, achacó el fiscal y apuntó: “Silvero, como transa del barrio, ya había tomado la decisión de que ese vago iba a morir. Eran las 12 del mediodía y le apuñaló frente a todos los vecinos. Él estaba dando un mensaje ahí, que no se jode con el transa del barrio”.

El hecho ocurrió el 14 de noviembre de 2021 en el barrio Niño Perdido de Candelaria, donde ambos residían. El debate comenzó el lunes y a lo largo de esta semana declararon varios testigos, entre vecinos, familiares, peritos y agentes policiales.

Silvero, por su parte, dio sus últimas palabras ayer y sostuvo que actuó en defensa propia, estrategia que también abordó el abogado defensor oficial Miguel Ángel Varela, que pidió la absolución del imputado, aunque el pedido no tuvo efectos.

FOTO: EL TERRITORIO

Silvero dio sus últimas palabras y mañana dictan sentencia: “Yo me defendí”

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Silvero dio sus últimas palabras y mañana dictan sentencia: “Yo me defendí”

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Silvero sentencia

Roberto “El Negro” Silvero (23), el albañil paraguayo nacionalizado argentino que es juzgado por el homicidio de un vecino del barrio Niño Perdido de Candelaria, insistió esta mañana en haberse defendido de un primer ataque de la víctima y la sentencia en su contra se conocerá mañana.

El imputado dio sus últimas palabras hoy al mediodía, luego de la ronda de alegatos donde el fiscal Vladimir Glinka pidió una condena de 18 años de prisión en su contra, mientras que su abogado defensor Miguel Ángel Varela pidió la absolución por legítima defensa.

“Yo estaba con mi hijo y mi señora. Le dije a ella para ir a comprar unas cosas y ahí me crucé con él -por Luis Fernando Duarte Vázquez (23)-. Yo necesitaba los $500 para ir a comprar pañales. Ahí él se enojó conmigo, no sé si estaba drogado o qué”, relató Silvero ante el tribunal presidido por Viviana Cukla e integrado por Gustavo Bernie y Carla Freitag (subrogante).

“Él me atacó primero con un cuchillo”, agregó el acusado y desarrolló su versión: “Yo ahí agarré una rama y él se cayó. Ahí yo agarré el cuchillo y se levantó con una piedra. Yo después ya no me acuerdo nada. Yo solo me defendí y defendí a mi familia”.

Después de oír su palabra, el tribunal declaró cerrado el debate y pasó a un cuarto intermedio hasta mañana para el dictado de la sentencia.

Dealer del barrio

Previo a ello, al momento de alegar, el fiscal Glinka describió a Silvero como una persona “peligrosa” y en su teoría del caso expuso que el imputado era “el dealer del barrio” y cometió el crimen de Vázquez para vengar una deuda de $500 por la venta de cocaína.

Glinka expuso que el imputado asesinó de varias puñaladas a Duarte Vázquez, lesiones que incluso fueron efectuadas con la víctima en el suelo y de espaldas.

“Esto fue un acto cobarde y traicionero”, achacó el fiscal y apuntó: “Silvero, como transa del barrio, ya había tomado la decisión de que ese vago iba a morir. Eran las 12 del mediodía y le apuñaló frente a todos los vecinos. Él estaba dando un mensaje ahí, que no se jode con el transa del barrio”.

El hecho ocurrió el 14 de noviembre de 2021 en el barrio Niño Perdido de Candelaria, donde ambos residían. El debate comenzó el lunes y a lo largo de esta semana declararon varios testigos, entre vecinos, familiares, peritos y agentes policiales.

FOTO: EL TERRITORIO

Fiscal pidió 18 años para Silvero: “Era el transa del barrio y mató por $500”

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