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Acusados de asesinar a prestamista colombiano recibieron 16 y 8 años de cárcel

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El pedido de prisión perpetua efectuado por el fiscal Martín Alejandro Rau contra uno de los imputados por el asesinato a puñaladas del prestamista colombiano Gustavo Gallego Rojas (32) no prosperó y el acusado finalmente fue condenado por un delito menos gravoso, recibiendo prácticamente la mitad de la pena que la fiscalía consideraba pertinente.

Brayan Damián Casso Acosta (29) llegó a instancia de juicio imputado por el delito de “homicidio agravado por criminis causa en concurso real con robo”, calificación que el fiscal Rau mantuvo a la hora de exponer su acusación final hoy a la mañana, aunque el Tribunal Penal Uno de Posadas eliminó el agravante y falló en línea a un homicidio simple, que en lugar de perpetua preveía un máximo de hasta 25 años de prisión.

El fallo de los magistrados Gustavo Bernie, Viviana Cukla y Fernando Verón (subrogante) fue alcanzado por unanimidad y estableció una pena de 16 años de prisión para Casso Acosta como autor penalmente responsable de los delitos de “homicidio simple en concurso real con hurto”.

El segundo imputado en la causa, en tanto, José Ramón Ramírez (32), que llegó a juicio bajo la misma acusación que Casso Acosta, fue condenado a 8 años de prisión como partícipe secundario de “homicidio simple” y coautor de “hurto”.

La sentencia 36/2024 del tribunal posadeño fue leído esta tarde, minutos después de las 14, lo que marcó el cierre de una larga audiencia de debate que comenzó a las 8.30 con el alegato de las partes. La lectura de los fundamentos del veredicto fue fijada para el próximo 15 de octubre. 

Casso Acosta, junto a su abogada Lilia Vargas, instantes antes de ser retirado del tribunal esposado y en un móvil del SPP.

Pedidos de perpetua

La jornada fue larga. Arrancó con una breve exposición final planteada por el abogado querellante particular Raúl Ignacio Peña, quien consideró a los imputados como coautores de homicidio agravado y pidió la prisión perpetua para ambos.

Fue una empresa criminal porque ambos tuvieron participación activa en el resultado. Gustavo era un hombre fuerte y está en la naturaleza humana luchar por la vida. Jamás se hubiese permitido entregarse a una muerte segura sin luchar. No hubiera sido posible el resultado muerte sin la participación activa de ambos imputados. Cada uno cumplió un rol”, postuló.

“Los detalles del caso los dejaré en manos de la fiscalía, que hará una exposición magistral al respecto”, agregó y así fue porque, inmediatamente después, el fiscal Rau inició un alegato que se extendió durante casi dos horas, acompañando su presentación con diapositivas proyectadas en la sala y repasando cada uno de los testimonios recolectados durante el proceso, tanto de los testigos como de los propios imputados.

Rau reconstruyó que el crimen de Gallego Rojas fue perpetrado el 27 de febrero de 2021, entre las 22.30 y las 23, cuando ambos imputados llegaron de sorpresa a su departamento ubicado sobre la calle Divino Verbo, en la chacra 103 del barrio Yacyretá de Posadas, donde fue asesinado a puñaladas.

El fiscal sostuvo que ambos imputados vinieron exclusivamente desde Corrientes a cobrar un dinero que le reclamaban a Gallego Rojas, además de una moto que la víctima utilizaba de prestado, aunque apuntó un grado de mayor responsabilidad contra Casso Acosta.

“Yo creo acreditado que ambos vinieron a cobrar esa plata y que Brayan Casso llevó a cabo este hecho tomando esa caja fuerte y esa moto. La prioridad de Brayan era hacerse de las cosas a como dé lugar. Ha matado para robar la moto y el dinero. Habrá recibido oposición y le metió 20 puñaladas”, graficó Rau sobre su teoría del caso.

El fiscal Martín Rau pidió prisión perpetua para Casso Acosta en su alegato.

En su alegato, el fiscal hice mención a gran parte de la declaración vertida por Casso Acosta en el inicio del juicio, instancia donde el imputado aseguró que él estaba amenazado por la víctima y que esa noche en realidad se defendió de un primer ataque efectuado por Gallego Rojas.

Para Rau nada de ello fue creíble, dado que “su relato de los hechos no encuentra coincidencia con la prueba” y fustigó que “él siempre tiene contradicciones con lo que la prueba dice. No se acuerda de los hechos que lo incriminan, pero de los otros sí. Es raro”.

El fiscal también ponderó aquellos testimonios que daban cuenta de que Casso Acosta era el que le debía dinero a Gallego Rojas y no al revés como planteó el acusado, al tiempo que resaltó las tres huellas genéticas que ubicaron al imputado en la escena del crimen.

En base a lo expuesto, solicitó la pena de prisión perpetua para Casso Acosta como autor de “homicidio agravado criminis causa en concurso real con robo”, mientras que para Ramírez pidió 15 años de cárcel como “partícipe secundario”.

“No puedo acreditar que en el dolo de Ramírez haya tenido la misma intensidad que se le puede adjudicar a Casso”, fue su conclusión.

“Película” y “emoción violenta”

Mario Ramírez, defensor oficial del imputado de apellido homónimo, al momento de alegar difirió de las conclusiones vertidas por la querella y coincidió en parte con la tesis planteada por la fiscalía al considerarlo “partícipe secundario” y no “coautor”, como estaba inicialmente calificada su acusación.

“El hecho no fue consumado por él. En la gresca que terminó con la muerte Ramírez tiene, por supuesto, un rol mucho menor. Hay todo un contexto que le es totalmente extraña al señor Ramírez. Su aparición en este escenario es totalmente circunstancial”, sostuvo el defensor oficial.

Para Ramírez, el agravante de “criminis causa”, que significa cometer un delito para ocultar otro, no quedó probado y, por ende, solicitó que su defendido sea condenado como “partícipe secundario” de homicidio simple y que reciba el mínimo de la pena prevista bajo esa calificación (8 años).

La mayor respuesta al alegato acusatorio provino de parte de la letrada Lilia Vargas, abogada particular del también colombiano Casso Acosta, sobre quien recaía el mayor monto de pena requerido.

El defensor oficial Mario Ramírez junto al otro imputado, el posadeño José Ramón Ramírez.

“Una hermosa creación cinematográfica. Han creado eso”, arrancó Vargas y arremetió contra el experimentado fiscal Rau: “El fiscal no está obligado a acusar. Está incumpliendo, creando una historia inexistente o suponiendo. Acá no hay que venir buscando un desafío o un crecimiento personal”.

La letrada ajustó su exposición al relato brindado por su defendido. Vargas admitió que entre Gallego Rojas y Casso Acosta hubo “un problema de negocios”, pero afirmó que el amenazado era su cliente, quien como consecuencia de ello decidió irse un tiempo a Corrientes porque “temía por su integridad física”.

“Él dijo que no sabía de dónde saco coraje para volver. Dijo que Gustavo le pidió que vuelva y Brayan volvió para aclarar la situación, porque no se puede vivir con miedo. Si Brayan no respondía a su invitación, qué garantías tenía de que no lo hubiera ido a buscar si él sabía dónde él vivía. ¿Estamos pidiendo que se deje matar para tranquilidad de la película?”, retrucó.

Vargas mantuvo la teoría dada por su pupilo, la cual sostenía que dentro del departamento de Gallego Rojas se inició una gresca en la que Casso Acosta intentó calmar a su atacante pero la “vehemencia y reiterancia” de las agresiones produjo “un estallido emocional” en el imputado.

“El criminis causa es un absurdo. Mi defendido nunca tuvo la intención de preparar ni consumar otro delito. Las lesiones son producto de una pelea. Brayan tuvo un arrebato emocional que aminoró su capacidad de reacción”, se explayó.

En consecuencia, Vargas, que también acusó “discriminación” contra su defendido, solicitó que el caso sea considerado como un homicidio perpetrado bajo los atenuantes establecidos por la “emoción violenta”, figura prevista en el artículo 81, inciso a, del Código Penal, el cual prevé penas de entre 3 y 6 años de prisión.

Los jueces Verón, Bernie y Cukla, en plena deliberación antes de la sentencia.

Culminada la etapa de alegatos, el tribunal dispuso un cuarto intermedio para deliberar y pasada las 16 regresó al recinto de debates con la sentencia firmada.

Tanto Casso Acosta como Ramírez se retiraron del edificio tribunalicio esposados y en un móvil de un Servicio Penitenciario Provincial (SPP) que los iba a conducir a sus respectivos recintos carcelarios de alojamiento para que purguen las penas impuestas.

El mayor beneficiado con el fallo dictado hoy fue Ramírez, quien por la pena recibida y por el tiempo que ya lleva detenido desde 2021, estaría muy pronto a acceder a determinados beneficios previstos por ley en el tratamiento penitenciario, como ser, en principio, las salidas transitorias.

 

 

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Abogado de intendente denunciado por abuso: “Estaríamos ante una fábula”

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Sergio Báez, el abogado de Mario Peyer, el intendente de Caraguatay que hoy retomó su cargo tras pedirse 30 días de licencia para ponerse a disposición de la Justicia por una denuncia por abuso sexual que pesaba en su contra, calificó el caso como una “falsa denuncia” y apuntó que la presentación en contra de su cliente consistió en una “fábula” por parte de la presunta víctima.

Las declaraciones de Báez se dieron esta mañana, en paralelo al pedido de sobreseimiento total y definitivo de Peyer solicitado por Héctor Simón, titular de la Fiscalía de Instrucción Uno de Puerto Rico, interviniente en el expediente abierto en febrero pasado cuando se radicó la denuncia contra el jefe comunal.

“Hoy tuvimos varias novedades. Una fue el pedido de sobreseimiento total y definitivo del intendente Mario Peyer. Lógicamente el juez (Manuel Balanda Gómez) va a correr traslado a la querella y a las otras partes, para después tomar su decisión. Al ser el fiscal el dueño de la acción pública, esto es un tema prácticamente consumado”, aseveró Báez, en diálogo con Radio República.

Sobre el desarrollo de la causa en sí, el letrado consideró que “nos encontramos con una falsa denuncia, pero hemos demostrado que el intendente es inocente” y detalló que “hoy se agregaron las pericias psicológicas que establecen que la denuncian recurre a la fabulación y a la sobreactuación de sus síntomas como estrategia defensiva y tiende a reinterpretar su vivencia”.

“Esto significa que tiene un cuadro de magnificación y fabulación instrumental. Estos indicadores están en contra de una persona que haya sufrido un trauma de abuso sexual. Es decir, estaríamos ante una fábula”, resumió.

Báez también sostuvo que, en el marco de la investigación y análisis de pruebas, del teléfono de la denunciante se recuperó una grabación donde advierten que al momento de efectuar la presentación contra Peyer sus dichos estuvieron “semidirigidos” por su abogada.

“La víctima puede ir acompañada porque se siente protegida, pero lo que no puede pasar es que esa persona que la acompaña semidirija la denuncia acotando datos y solicitando que se agregue datos. Esa otra persona es la abogada de la supuesta víctima”, precisó.

“A pesar de eso, nosotros, durante todo el proceso, como estrategia defensiva, tratamos de ofrecer todo tipo de pruebas. Testigos, lugares donde podían haber cámaras y más”, agregó y explicó que en esa labor buscaron fotografías tomadas en fechas cercanas a los hechos denunciados para “demostrar que ni la denunciante ni el intendente presentaban signos de golpes o marcas en sus cuerpos como se señaló en la primera denuncia”.

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La fiscalía pidió el sobreseimiento de Peyer, intendente denunciado por abuso

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Tras el analizar el compendio de pruebas recabadas, entre las que se sumó ayer la declaración indagatoria del propio acusado, el fiscal Héctor Simón solicitó este jueves el sobreseimiento total y definitivo de Mario Peyer, el intendente de Caraguatay que hoy mismo retomó sus funciones tras tomarse una licencia de 30 días para ponerse a disposición de la Justicia y someterse a la investigación abierta en su contra.

El pedido fue planteado ante el magistrado Manuel Balanda Gómez, titular del Juzgado de Instrucción Uno de Puerto Rico, quien ahora deberá resolver la situación conforme a los elementos que obran en el expediente por abuso sexual con acceso carnal y amenazas abierto en febrero pasado, tras una denuncia radicada contra el intendente por parte de una trabajadora del concejo deliberante de Caraguatay.

En su presentación, la mujer acusó al jefe comunal por dos episodios puntuales. En uno afirmó que Peyer se sobrepasó con miramientos y tocamientos indebidos, mientras que en el segundo hecho fue sometida sexualmente.

En la indagatoria de ayer, el alcalde negó cada una de las acusaciones y en su defensa sostuvo que el día en que la muchacha afirma haber sido abusada él se encontraba en otro lugar.

Peyer retomó la intendencia de Caraguatay tras un mes de licencia

 

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Este miércoles indagan a Mario Peyer, intendente denunciado por abuso

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El Juzgado de Instrucción Uno de Puerto Rico, a cargo del magistrado Manuel Balanda Gómez, fijó para este miércoles la audiencia de declaración indagatoria para Mario Peyer, intendente en uso de licencia de Caraguatay, denunciado por abuso sexual en perjuicio de una trabajadora del concejo deliberante de ese mismo municipio.

La citación llega tras más de un mes de investigación, que incluyó secuestro de documentos, inspecciones oculares, pericias a dispositivos, informes médicos y toma de testimoniales por parte del juzgado que dirige el magistrado Balanda Gómez.

Al momento de comparecer ante la Justicia, Peyer tendrá la posibilidad de brindar su versión de los hechos o bien abstenerse de declarar, tal como lo ampara su derecho y sin que ese silencio le signifique presunción de culpabilidad.

La indagatoria, además, se dará un día antes del vencimiento de la licencia solicitada por el implicado como jefe comunal de Caraguatay, cargo que temporalmente quedó en menos de la concejal Norma Gularte, que obtuvo su banca por la Renovación y en diciembre se pasó a las filas de La Libertad Avanza (LLA).

Esta mañana, en diálogo con Radio Up, el letrado Sergio Rafael Báez, adelantó que Peyer aceptará declarar y ante la Justicia negará los hechos y reafirmará su inocencia, tal como lo hizo a través de sus redes sociales apenas estalló el escándalo.

Báez resaltó que desde el comienzo de la investigación el jefe comunal se puso a disposición de la Justicia y afirmó que durante el avance del expediente han presentado un “gran caudal de pruebas” para demostrar la inocencia de Peyer.

Denuncia y causa

La denuncia contra el jefe comunal fue radicada el pasado 25 de febrero, cuando una trabajadora del Concejo Deliberante de Caraguatay lo acusó por hechos de acoso y abuso sexual perpetrados a mediados del año pasado.

Sumado a la presentación inicial, más tarde la denunciante volvió a comparecer ante el juzgado y ratificó cada una de sus acusaciones, brindando un detallado relato de los padecimientos que afirma haber sufrido en manos del alcalde que llegó al cargo en 2023.

Ante la Justicia, la joven denunció que primer suceso ocurrió el 8 de julio de 2025, cuando el intendente citó a la joven en su despacho y le “acarició las manos”, entre otros actos de miramientos, tocamientos y expresiones indebidas.

El segundo episodio y más grave, sucedió el 4 de septiembre, en el marco del Día de la Secretaria, cuando el jefe comunal se presentó en el Concejo Deliberante para entregar presentes a las trabajadoras del lugar.

En esas circunstancias -amplia la denuncia-, el hombre ingresó a la oficina de la denunciante y tras una breve conversación, llaveó la puerta, se abalanzó sobre ella, le corrió la ropa y la sometió carnalmente, a la fuerza y sin el consentimiento de la muchacha.

La joven, incluso, narró que el intendente la golpeó y ejerció constante fuerza sobre ella para mantenerse en posición dominante durante el abuso. También describió que al momento del hecho llevaba pocos días de haber dado a luz, ante lo cual sufrió mayores dolencias físicas.

Después del hecho -aseguró la denunciante-, Peyer se retiró del lugar y amenazó a la joven para que no denuncie lo sucedido si quería mantener su trabajo, extorsión que se extendió durante varios meses, insertando a la víctima en un clima de sometimiento constante con llamados desde diferentes números telefónicos y visitas sorpresivas al Concejo Deliberante.

Atento a que Peyer goza de inmunidad de arresto por su condición de alcalde, el magistrado que dirige la investigación dispuso una serie de medidas preventivas, entre ellas una restricción de acercamiento y contacto hacia la denunciante.

Violación, golpes y amenazas: la denuncia contra el intendente de Caraguatay

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