Judiciales
Acusados de asesinar a prestamista colombiano recibieron 16 y 8 años de cárcel
El pedido de prisión perpetua efectuado por el fiscal Martín Alejandro Rau contra uno de los imputados por el asesinato a puñaladas del prestamista colombiano Gustavo Gallego Rojas (32) no prosperó y el acusado finalmente fue condenado por un delito menos gravoso, recibiendo prácticamente la mitad de la pena que la fiscalía consideraba pertinente.
Brayan Damián Casso Acosta (29) llegó a instancia de juicio imputado por el delito de “homicidio agravado por criminis causa en concurso real con robo”, calificación que el fiscal Rau mantuvo a la hora de exponer su acusación final hoy a la mañana, aunque el Tribunal Penal Uno de Posadas eliminó el agravante y falló en línea a un homicidio simple, que en lugar de perpetua preveía un máximo de hasta 25 años de prisión.
El fallo de los magistrados Gustavo Bernie, Viviana Cukla y Fernando Verón (subrogante) fue alcanzado por unanimidad y estableció una pena de 16 años de prisión para Casso Acosta como autor penalmente responsable de los delitos de “homicidio simple en concurso real con hurto”.
El segundo imputado en la causa, en tanto, José Ramón Ramírez (32), que llegó a juicio bajo la misma acusación que Casso Acosta, fue condenado a 8 años de prisión como partícipe secundario de “homicidio simple” y coautor de “hurto”.
La sentencia 36/2024 del tribunal posadeño fue leído esta tarde, minutos después de las 14, lo que marcó el cierre de una larga audiencia de debate que comenzó a las 8.30 con el alegato de las partes. La lectura de los fundamentos del veredicto fue fijada para el próximo 15 de octubre.

Casso Acosta, junto a su abogada Lilia Vargas, instantes antes de ser retirado del tribunal esposado y en un móvil del SPP.
Pedidos de perpetua
La jornada fue larga. Arrancó con una breve exposición final planteada por el abogado querellante particular Raúl Ignacio Peña, quien consideró a los imputados como coautores de homicidio agravado y pidió la prisión perpetua para ambos.
“Fue una empresa criminal porque ambos tuvieron participación activa en el resultado. Gustavo era un hombre fuerte y está en la naturaleza humana luchar por la vida. Jamás se hubiese permitido entregarse a una muerte segura sin luchar. No hubiera sido posible el resultado muerte sin la participación activa de ambos imputados. Cada uno cumplió un rol”, postuló.
“Los detalles del caso los dejaré en manos de la fiscalía, que hará una exposición magistral al respecto”, agregó y así fue porque, inmediatamente después, el fiscal Rau inició un alegato que se extendió durante casi dos horas, acompañando su presentación con diapositivas proyectadas en la sala y repasando cada uno de los testimonios recolectados durante el proceso, tanto de los testigos como de los propios imputados.
Rau reconstruyó que el crimen de Gallego Rojas fue perpetrado el 27 de febrero de 2021, entre las 22.30 y las 23, cuando ambos imputados llegaron de sorpresa a su departamento ubicado sobre la calle Divino Verbo, en la chacra 103 del barrio Yacyretá de Posadas, donde fue asesinado a puñaladas.
El fiscal sostuvo que ambos imputados vinieron exclusivamente desde Corrientes a cobrar un dinero que le reclamaban a Gallego Rojas, además de una moto que la víctima utilizaba de prestado, aunque apuntó un grado de mayor responsabilidad contra Casso Acosta.
“Yo creo acreditado que ambos vinieron a cobrar esa plata y que Brayan Casso llevó a cabo este hecho tomando esa caja fuerte y esa moto. La prioridad de Brayan era hacerse de las cosas a como dé lugar. Ha matado para robar la moto y el dinero. Habrá recibido oposición y le metió 20 puñaladas”, graficó Rau sobre su teoría del caso.

El fiscal Martín Rau pidió prisión perpetua para Casso Acosta en su alegato.
En su alegato, el fiscal hice mención a gran parte de la declaración vertida por Casso Acosta en el inicio del juicio, instancia donde el imputado aseguró que él estaba amenazado por la víctima y que esa noche en realidad se defendió de un primer ataque efectuado por Gallego Rojas.
Para Rau nada de ello fue creíble, dado que “su relato de los hechos no encuentra coincidencia con la prueba” y fustigó que “él siempre tiene contradicciones con lo que la prueba dice. No se acuerda de los hechos que lo incriminan, pero de los otros sí. Es raro”.
El fiscal también ponderó aquellos testimonios que daban cuenta de que Casso Acosta era el que le debía dinero a Gallego Rojas y no al revés como planteó el acusado, al tiempo que resaltó las tres huellas genéticas que ubicaron al imputado en la escena del crimen.
En base a lo expuesto, solicitó la pena de prisión perpetua para Casso Acosta como autor de “homicidio agravado criminis causa en concurso real con robo”, mientras que para Ramírez pidió 15 años de cárcel como “partícipe secundario”.
“No puedo acreditar que en el dolo de Ramírez haya tenido la misma intensidad que se le puede adjudicar a Casso”, fue su conclusión.
“Película” y “emoción violenta”
Mario Ramírez, defensor oficial del imputado de apellido homónimo, al momento de alegar difirió de las conclusiones vertidas por la querella y coincidió en parte con la tesis planteada por la fiscalía al considerarlo “partícipe secundario” y no “coautor”, como estaba inicialmente calificada su acusación.
“El hecho no fue consumado por él. En la gresca que terminó con la muerte Ramírez tiene, por supuesto, un rol mucho menor. Hay todo un contexto que le es totalmente extraña al señor Ramírez. Su aparición en este escenario es totalmente circunstancial”, sostuvo el defensor oficial.
Para Ramírez, el agravante de “criminis causa”, que significa cometer un delito para ocultar otro, no quedó probado y, por ende, solicitó que su defendido sea condenado como “partícipe secundario” de homicidio simple y que reciba el mínimo de la pena prevista bajo esa calificación (8 años).
La mayor respuesta al alegato acusatorio provino de parte de la letrada Lilia Vargas, abogada particular del también colombiano Casso Acosta, sobre quien recaía el mayor monto de pena requerido.

El defensor oficial Mario Ramírez junto al otro imputado, el posadeño José Ramón Ramírez.
“Una hermosa creación cinematográfica. Han creado eso”, arrancó Vargas y arremetió contra el experimentado fiscal Rau: “El fiscal no está obligado a acusar. Está incumpliendo, creando una historia inexistente o suponiendo. Acá no hay que venir buscando un desafío o un crecimiento personal”.
La letrada ajustó su exposición al relato brindado por su defendido. Vargas admitió que entre Gallego Rojas y Casso Acosta hubo “un problema de negocios”, pero afirmó que el amenazado era su cliente, quien como consecuencia de ello decidió irse un tiempo a Corrientes porque “temía por su integridad física”.
“Él dijo que no sabía de dónde saco coraje para volver. Dijo que Gustavo le pidió que vuelva y Brayan volvió para aclarar la situación, porque no se puede vivir con miedo. Si Brayan no respondía a su invitación, qué garantías tenía de que no lo hubiera ido a buscar si él sabía dónde él vivía. ¿Estamos pidiendo que se deje matar para tranquilidad de la película?”, retrucó.
Vargas mantuvo la teoría dada por su pupilo, la cual sostenía que dentro del departamento de Gallego Rojas se inició una gresca en la que Casso Acosta intentó calmar a su atacante pero la “vehemencia y reiterancia” de las agresiones produjo “un estallido emocional” en el imputado.
“El criminis causa es un absurdo. Mi defendido nunca tuvo la intención de preparar ni consumar otro delito. Las lesiones son producto de una pelea. Brayan tuvo un arrebato emocional que aminoró su capacidad de reacción”, se explayó.
En consecuencia, Vargas, que también acusó “discriminación” contra su defendido, solicitó que el caso sea considerado como un homicidio perpetrado bajo los atenuantes establecidos por la “emoción violenta”, figura prevista en el artículo 81, inciso a, del Código Penal, el cual prevé penas de entre 3 y 6 años de prisión.

Los jueces Verón, Bernie y Cukla, en plena deliberación antes de la sentencia.
Culminada la etapa de alegatos, el tribunal dispuso un cuarto intermedio para deliberar y pasada las 16 regresó al recinto de debates con la sentencia firmada.
Tanto Casso Acosta como Ramírez se retiraron del edificio tribunalicio esposados y en un móvil de un Servicio Penitenciario Provincial (SPP) que los iba a conducir a sus respectivos recintos carcelarios de alojamiento para que purguen las penas impuestas.
El mayor beneficiado con el fallo dictado hoy fue Ramírez, quien por la pena recibida y por el tiempo que ya lleva detenido desde 2021, estaría muy pronto a acceder a determinados beneficios previstos por ley en el tratamiento penitenciario, como ser, en principio, las salidas transitorias.
Judiciales
Johan Bodji, el “rey de las mulas narco”, y su banda serán juzgados en Posadas
El Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas albergará en agosto uno de los juicios más importantes del año: un surinamés conocido como ‘el rey de las mulas’, un empresario farmacéutico con antecedentes y otros cinco imputados, entre ellos una joven misionera, serán juzgados por integrar una sofisticada organización narco transnacional que enviaba cocaína a Europa y como contraprestación recibía drogas sintéticas para comercializas en Argentina.
Se estima que, de no mediar imprevistos o recursos judiciales que obliguen a modificar lo estipulado, las audiencias se desarrollen entre el 19 y el 21 de agosto próximo, con varios de los imputados conectados en forma telemática, como será el caso de Johan Bodji (52), también conocido como Dominique Harry Rayngs –entre otras identidades-, sindicado líder de la organización y actualmente detenido bajo el régimen de presos de alto riesgo en el cárcel federal de Ezeiza.
La figura de Bodji es que la que concentra la mayor atención. El extranjero fue catalogado como “el rey de las mulas” y sobre él recae una imputación como organizador y financista de “tráfico ilícito de estupefacientes, bajo la modalidad de comercio agravado por la intervención de tres o más personas”, además de otros delitos atribuidos como falsificación de documentos públicos y desobediencia.
El otro imputado de alto perfil es Ricardo Francisco Bruno (62), el “farmacéutico”, que aparece como “coautor” de las maniobras de narcotráfico y que entre sus antecedentes registra una condena por venta de medicamentos truchos y otra como “partícipe secundario” en el homicidio de Miriam Alencar Da Silva, una joven brasileña que en 2017 murió al no poder expulsar 66 de las 94 cápsulas de éxtasis que había ingerido para ser utilizada como transporte humano de droga.
Los demás acusados son Jorge Antonio Sandoval (47); Crainer Odyllie Abauna (37), de nacionalidad surinamesa; Jackeline Polo Carlo (41), peruano; Karen Aldana Guzmán (27), oriunda de Chaco; y la misionera Carla Luján Grondona (22). Todos están imputados como coautores de tráfico de estupefacientes.
Bruno, Sandoval, Polo Carlo y Abauna se repartían tareas vinculadas a la logística, coordinación, acompañamiento y seguimiento de las mulas, entre cuales figura la chaqueña Guzmán, mientras que la misionera Grondona cumplía funciones como apoyo logístico en Bernardo de Irigoyen, localidad en frontera seca con Brasil que la organización utilizaba como punto fijo en la hoja de ruta de los “corres humanos” con droga que llegaban hasta ciudades como Lisboa, Madrid y Paris.
Dada la complejidad de la causa, el debate contará con una doble acusación, integrada por los fiscales propios del TOF y por fiscales de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar), tal como ocurrió en el juicio oral contra el narco-sicario Néstor Fabián “El Negro” Rojas (50), condenado a prisión perpetua en septiembre de 2024.

Valijas con éxtasis incautadas en San José en 2023, hecho que dio origen a toda la investigación.
San José, el origen
El expediente llega a esta instancia luego de que el Juzgado Federal de Posadas, a cargo de la magistrada Verónica Skanata, firmara el requerimiento de elevación a juicio formulado el 12 de junio del año pasado por la fiscal federal Silvina Gutiérrez y el fiscal coadyudante de Procunar Martín Uriona.
La investigación fue el desprendimiento de un hecho registrado el 7 de junio de 2023, cuando en el puesto Centinela de San José la Gendarmería detuvo a una pareja de jóvenes bonaerenses que viajaban desde Bernardo de Irigoyen hacia Ciudad de Buenos Aires en un colectivo con 23,425 kilogramos de MDA o éxtasis.
La pareja fue detenida, imputada, procesada y más tarde condenada a penas de cinco años de prisión en en juicio abreviado, pero lo más sustancioso provino después, gracias al peritaje de sus teléfonos celulares, aparatos de donde surgieron las pistas iniciales para develar todo el ardid y dar con todos los eslabones de la estructura criminal.
En principio se estableció que los pasajeros detenidos ese 7 de junio de 2023 habían sido parte de esta estructura, pero no eran los únicos y que las maniobras continuaban ejecutándose.
La investigación continuó en silencio y los fiscales siguieron solicitando medidas hasta que descubrieron que a mediados de octubre de 2024 se iba a llevar adelante otro ardid, para el cual iban a ser utilizadas dos jóvenes chaqueñas, una de las cuales ya tenía experiencia y conocimientos sobre el itinerario a realizar como sobre la ingesta de las cápsulas.
Las pistas fueron certeras y el otro episodio clave ocurrió el 17 de octubre de 2024, cuando las dos mulas chaqueñas fueron atrapadas en el aeropuerto Silvio Pettirossi de Asunción a punto de embarcar un vuelo hacia Madrid, España, con droga en sus estómagos.
Las chicas llevaban 154 cápsulas de cocaína en su interior y apenas confirmada la maniobra, los investigadores argentinos profundizaron la pesquisa contra el resto de los involucrados, concretando una decena de allanamientos en distintos puntos del país y capturando a los involucrados que ahora serán juzgados en el TOF posadeño.

Cápsulas de cocaína que las mulas transportaban hacia Europa en sus estómagos.
Va cocaína, llega éxtasis
Para ese entonces los investigadores intervinientes ya conocían al detalle el ardid desplegado, solo faltaba dar el golpe. La reconstrucción realizada consigna que la organización liderada por Bodji reclutaba jóvenes en situación de vulnerabilidad para utilizarlas como mulas para traficar cocaína hacia Europa, para luego recibir drogas sintéticas como contraprestación por el servicio.
La hoja de ruta era la siguiente. La primera etapa unía Buenos Aires con Bernardo de Irigoyen. Desde allí, las mulas iban hacia San Pablo -o Asunción-, donde ingerían las cápsulas y tomaban un vuelo que normalmente hacía escala en Natal antes de aterrizar en ciudades europeas como Lisboa, Madrid o Paris. El itinerario de regreso, en tanto, incluía una estadía en Isla Martinica, en pleno caribe, como “mini-vacaciones” o retribución por el éxito de la maniobra, además del pago de hasta dos millones de pesos por viaje.
El extenso expediente cuenta con una amplia carga probatoria, que incluye tareas de vigilancia, escuchas telefónicas, chats recuperados, transacciones bancarias, informes de aerolíneas y registros migratorios como los que ubican a Bodji en territorio misionero en varias oportunidades.
El surinamés se manejaba libremente por todo el país utilizando una serie de documentos apócrifos mediante los cuales burlaba los controles migratorios, dado que sobre su identidad verdadera pesaba una prohibición de reingreso permanente a la Argentina por una causa narco de 2010, cuando también arbitró los medios necesarios para enviar una mula desde Ezeiza a Vietnam.
Entre los chats recuperados surgen conversaciones donde al menos una de las chicas utilizadas como “correo humano” admite dedicarse a estas actividades ilícitas desde hace ocho años y también se desprenden operaciones fallidas: como cuando una de ellas no pudo ingerir las 112 cápsulas solicitadas o como cuando dos jóvenes “rebotaron” en el aeropuerto de París y debieron aguantarse varios días con las bochas en su estómago, con el elevado riesgo que eso representaba.
La investigación tienen a un total de 18 involucrados identificados, aunque son siete los que irán a juicio en esta causa que se ventilará en debate oral en Posadas, los demás están detenidos en Paraguay, mientras que otros se encuentran prófugos.

Bolsas de drogas sintéticas incautadas en los allanamientos realizados en Bernardo de Irigoyen en 2024.
Irigoyen, ruta clave para red internacional de mulas de cocaína y éxtasis
Judiciales
La Justicia suspendió desalojo de escuela campesina Ñande Kokue en Montecarlo
El Juzgado Civil y Comercial Tres de Eldorado resolvió suspender de manera provisoria el desalojo en los lotes 48 y 49 de Montecarlo, previsto para este jueves, lo que habría afectado a 112 familias de campesinos que asisten a la escuela de formación agroecológica aledaña, espacio que sería trasladado a otra zona próximamente.
Luego de la mesa de diálogo concretada el pasado lunes 8 de junio, entre campesinos y docentes de la escuela Ñande Kokue, donde funciona el Bachillerato Provincial (BOP) 126, el ministro de Gabinete Carlos “Kako” Sartori, entre otras autoridades del gobierno provincial, el juzgado interviniente decidió postergar el desalojo “atento a las delicadas circunstancias sociales y humanas relevadas en las actuaciones efectuadas”.
En la resolución, a la que accedió La Voz de Misiones, la Justicia determinó que “corresponde imperioso destacar la preeminencia del orden institucional y el compromiso social que debe guiar la actividad jurisdiccional”.
En ese contexto, también advirtió sobre la configuración social del grupo en cuestión y la necesidad de garantizar los derechos humanos básicos: “Ante situaciones que evidencian un estado de vulnerabilidad de los sujetos que concurren -menores y adultos, días sábados- al inmueble, el servicio de justicia no puede permanecer ajeno a las derivaciones materiales de sus pronunciamientos, resultando indispensable articular mecanismos de contención interinstitucional que resguarde los derechos fundamentales en juego”.
En este sentido, asumieron el compromiso de diseñar y ejecutar medidas de apoyo específicas, por lo que también reiteraron la inmediata intervención a los organismos competentes: la secretaría de Niñez del municipio, la Dirección de Acción Social municipal, el Ministerio de Educación de la provincia, el Ministerio de Gobierno y la Secretaría de Gobierno e intendencia municipal.
A estos se sumarían la Secretaría de Gobierno, Asuntos Registrales y Tierras de la provincia y la Dirección de Catastro del municipio, a fin de adoptar las “medidas conducentes para la reubicación de las actividades de formación en oficios”, que actualmente se desarrollan en el mencionado espacio.
Finalmente, el juzgado interviniente dictaminó que, las instituciones mencionadas deberán informar, dentro del plazo de tres días de notificados, las acciones implementadas y, posteriormente, remitir informes periódicos cada cinco días hasta la efectiva solución de la situación planteada.
De esta manera, la sentencia de desalojo, firme ante la Cámara de Apelaciones, quedó suspendida provisoriamente, lo que “no altera ni afecta la firmeza de la sentencia de desalojo, limitándose exclusivamente a diferir temporalmente su ejecución material a fin de posibilitar la intervención coordinada, y de carácter urgente, de los organismos estatales involucrados en resguardo de la paz social y la tutela judicial efectiva para efectivizar la desocupación del inmueble”.
Abren mesa de diálogo entre La Misionera y campesinos de Montecarlo
Judiciales
Piden entre 16 y 3 años de prisión para ex gendarmes narcos misioneros en Salta
El fiscal federal Ricardo Toranzos solicitó penas de entre 3 y 16 años de prisión para los siete integrantes de una organización narcocriminal integrada por gendarmes, ex miembros de la fuerza y aspirantes a ingresar a la institución, acusados de transportar 334 kilogramos de cocaína en dos operativos realizados en Salta durante 2024.
Entre los principales imputados aparecen varios misioneros, señalados como piezas clave de la estructura delictiva.
Durante su alegato ante el Tribunal Oral Federal N.º 2 de Salta, Toranzos pidió la pena máxima de 16 años de prisión para los misioneros Richar Ariel Delgado y Jonathan Leonel Ostapowicz (comerciante), además de Gabriel Ruiz Apaza, al considerarlos coautores del delito de transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas en dos hechos distintos.
Para los otros ex gendarmes misioneros Adrián Emilio Escarlata y Diego Hernán Delgado, el fiscal solicitó 13 y 9 años y 6 meses de prisión, respectivamente.
La causa expuso el funcionamiento de una organización con fuerte impronta misionera que quedó al descubierto en mayo de 2024, cuando Diego Delgado fue detenido en Salta mientras trasladaba más de 300 kilos de cocaína ocultos en una Volkswagen Amarok. El secuestro de su teléfono celular permitió a los investigadores reconstruir la trama criminal, identificar a los demás involucrados y desarticular la estructura.

El fiscal solicitó 13 y 9 años y 6 meses de prisión para Adrián Emilio Escarlata y Diego Hernán Delgado
Según la investigación encabezada por Toranzos, Ostapowicz y Richar Delgado eran dos de los principales organizadores de la maniobra. Ambos fueron detenidos meses después en operativos realizados en Posadas y Bernardo de Irigoyen, respectivamente. Los investigadores sostienen que tenían un rol central en la logística de los viajes y en la provisión de vehículos utilizados para transportar la droga desde el norte salteño hacia Buenos Aires.
Richar Delgado, oriundo de Azara, había pertenecido a Gendarmería Nacional y llegó a desempeñarse en áreas de investigación de la fuerza. Su hermano menor, Diego Hernán Delgado, también integró la institución hasta ser expulsado tras quedar involucrado en actividades vinculadas al narcotráfico. Ambos quedaron ubicados por la fiscalía entre los actores más relevantes de la organización.
Otro de los misioneros alcanzados por el pedido de condena es Escarlata, domiciliado en Apóstoles. El ex gendarme fue detenido en octubre de 2024 cuando transportaba otros 31 kilos de cocaína ocultos en una rueda de auxilio. Junto a él viajaba su esposa, Marlene Leonor Hañek, también oriunda de esa localidad.
La fiscalía sostuvo que la banda operaba mediante una estructura estable y organizada, aprovechando conocimientos adquiridos dentro de las fuerzas de seguridad para ocultar cargamentos y eludir controles. Entre las pruebas incorporadas al debate figuran conversaciones extraídas de un grupo de WhatsApp denominado “Los Peluches”, donde los acusados coordinaban traslados y compartían instrucciones sobre cómo acondicionar la droga en los vehículos y cómo actuar ante eventuales inspecciones.
El tribunal ya declaró la responsabilidad penal de los acusados y resta conocer la sentencia definitiva, que se dará a conocer el próximo jueves. Además de las penas de prisión, el fiscal solicitó el decomiso de bienes secuestrados durante la investigación, entre ellos vehículos de alta gama, dinero en efectivo y otros activos que presuntamente habrían sido adquiridos con fondos provenientes de la actividad ilícita.
Contrabando de granos y lavado de activos, otras causas de los narcogendarmes
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