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Acusados de asesinar a prestamista colombiano recibieron 16 y 8 años de cárcel

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El pedido de prisión perpetua efectuado por el fiscal Martín Alejandro Rau contra uno de los imputados por el asesinato a puñaladas del prestamista colombiano Gustavo Gallego Rojas (32) no prosperó y el acusado finalmente fue condenado por un delito menos gravoso, recibiendo prácticamente la mitad de la pena que la fiscalía consideraba pertinente.

Brayan Damián Casso Acosta (29) llegó a instancia de juicio imputado por el delito de “homicidio agravado por criminis causa en concurso real con robo”, calificación que el fiscal Rau mantuvo a la hora de exponer su acusación final hoy a la mañana, aunque el Tribunal Penal Uno de Posadas eliminó el agravante y falló en línea a un homicidio simple, que en lugar de perpetua preveía un máximo de hasta 25 años de prisión.

El fallo de los magistrados Gustavo Bernie, Viviana Cukla y Fernando Verón (subrogante) fue alcanzado por unanimidad y estableció una pena de 16 años de prisión para Casso Acosta como autor penalmente responsable de los delitos de “homicidio simple en concurso real con hurto”.

El segundo imputado en la causa, en tanto, José Ramón Ramírez (32), que llegó a juicio bajo la misma acusación que Casso Acosta, fue condenado a 8 años de prisión como partícipe secundario de “homicidio simple” y coautor de “hurto”.

La sentencia 36/2024 del tribunal posadeño fue leído esta tarde, minutos después de las 14, lo que marcó el cierre de una larga audiencia de debate que comenzó a las 8.30 con el alegato de las partes. La lectura de los fundamentos del veredicto fue fijada para el próximo 15 de octubre. 

Casso Acosta, junto a su abogada Lilia Vargas, instantes antes de ser retirado del tribunal esposado y en un móvil del SPP.

Pedidos de perpetua

La jornada fue larga. Arrancó con una breve exposición final planteada por el abogado querellante particular Raúl Ignacio Peña, quien consideró a los imputados como coautores de homicidio agravado y pidió la prisión perpetua para ambos.

Fue una empresa criminal porque ambos tuvieron participación activa en el resultado. Gustavo era un hombre fuerte y está en la naturaleza humana luchar por la vida. Jamás se hubiese permitido entregarse a una muerte segura sin luchar. No hubiera sido posible el resultado muerte sin la participación activa de ambos imputados. Cada uno cumplió un rol”, postuló.

“Los detalles del caso los dejaré en manos de la fiscalía, que hará una exposición magistral al respecto”, agregó y así fue porque, inmediatamente después, el fiscal Rau inició un alegato que se extendió durante casi dos horas, acompañando su presentación con diapositivas proyectadas en la sala y repasando cada uno de los testimonios recolectados durante el proceso, tanto de los testigos como de los propios imputados.

Rau reconstruyó que el crimen de Gallego Rojas fue perpetrado el 27 de febrero de 2021, entre las 22.30 y las 23, cuando ambos imputados llegaron de sorpresa a su departamento ubicado sobre la calle Divino Verbo, en la chacra 103 del barrio Yacyretá de Posadas, donde fue asesinado a puñaladas.

El fiscal sostuvo que ambos imputados vinieron exclusivamente desde Corrientes a cobrar un dinero que le reclamaban a Gallego Rojas, además de una moto que la víctima utilizaba de prestado, aunque apuntó un grado de mayor responsabilidad contra Casso Acosta.

“Yo creo acreditado que ambos vinieron a cobrar esa plata y que Brayan Casso llevó a cabo este hecho tomando esa caja fuerte y esa moto. La prioridad de Brayan era hacerse de las cosas a como dé lugar. Ha matado para robar la moto y el dinero. Habrá recibido oposición y le metió 20 puñaladas”, graficó Rau sobre su teoría del caso.

El fiscal Martín Rau pidió prisión perpetua para Casso Acosta en su alegato.

En su alegato, el fiscal hice mención a gran parte de la declaración vertida por Casso Acosta en el inicio del juicio, instancia donde el imputado aseguró que él estaba amenazado por la víctima y que esa noche en realidad se defendió de un primer ataque efectuado por Gallego Rojas.

Para Rau nada de ello fue creíble, dado que “su relato de los hechos no encuentra coincidencia con la prueba” y fustigó que “él siempre tiene contradicciones con lo que la prueba dice. No se acuerda de los hechos que lo incriminan, pero de los otros sí. Es raro”.

El fiscal también ponderó aquellos testimonios que daban cuenta de que Casso Acosta era el que le debía dinero a Gallego Rojas y no al revés como planteó el acusado, al tiempo que resaltó las tres huellas genéticas que ubicaron al imputado en la escena del crimen.

En base a lo expuesto, solicitó la pena de prisión perpetua para Casso Acosta como autor de “homicidio agravado criminis causa en concurso real con robo”, mientras que para Ramírez pidió 15 años de cárcel como “partícipe secundario”.

“No puedo acreditar que en el dolo de Ramírez haya tenido la misma intensidad que se le puede adjudicar a Casso”, fue su conclusión.

“Película” y “emoción violenta”

Mario Ramírez, defensor oficial del imputado de apellido homónimo, al momento de alegar difirió de las conclusiones vertidas por la querella y coincidió en parte con la tesis planteada por la fiscalía al considerarlo “partícipe secundario” y no “coautor”, como estaba inicialmente calificada su acusación.

“El hecho no fue consumado por él. En la gresca que terminó con la muerte Ramírez tiene, por supuesto, un rol mucho menor. Hay todo un contexto que le es totalmente extraña al señor Ramírez. Su aparición en este escenario es totalmente circunstancial”, sostuvo el defensor oficial.

Para Ramírez, el agravante de “criminis causa”, que significa cometer un delito para ocultar otro, no quedó probado y, por ende, solicitó que su defendido sea condenado como “partícipe secundario” de homicidio simple y que reciba el mínimo de la pena prevista bajo esa calificación (8 años).

La mayor respuesta al alegato acusatorio provino de parte de la letrada Lilia Vargas, abogada particular del también colombiano Casso Acosta, sobre quien recaía el mayor monto de pena requerido.

El defensor oficial Mario Ramírez junto al otro imputado, el posadeño José Ramón Ramírez.

“Una hermosa creación cinematográfica. Han creado eso”, arrancó Vargas y arremetió contra el experimentado fiscal Rau: “El fiscal no está obligado a acusar. Está incumpliendo, creando una historia inexistente o suponiendo. Acá no hay que venir buscando un desafío o un crecimiento personal”.

La letrada ajustó su exposición al relato brindado por su defendido. Vargas admitió que entre Gallego Rojas y Casso Acosta hubo “un problema de negocios”, pero afirmó que el amenazado era su cliente, quien como consecuencia de ello decidió irse un tiempo a Corrientes porque “temía por su integridad física”.

“Él dijo que no sabía de dónde saco coraje para volver. Dijo que Gustavo le pidió que vuelva y Brayan volvió para aclarar la situación, porque no se puede vivir con miedo. Si Brayan no respondía a su invitación, qué garantías tenía de que no lo hubiera ido a buscar si él sabía dónde él vivía. ¿Estamos pidiendo que se deje matar para tranquilidad de la película?”, retrucó.

Vargas mantuvo la teoría dada por su pupilo, la cual sostenía que dentro del departamento de Gallego Rojas se inició una gresca en la que Casso Acosta intentó calmar a su atacante pero la “vehemencia y reiterancia” de las agresiones produjo “un estallido emocional” en el imputado.

“El criminis causa es un absurdo. Mi defendido nunca tuvo la intención de preparar ni consumar otro delito. Las lesiones son producto de una pelea. Brayan tuvo un arrebato emocional que aminoró su capacidad de reacción”, se explayó.

En consecuencia, Vargas, que también acusó “discriminación” contra su defendido, solicitó que el caso sea considerado como un homicidio perpetrado bajo los atenuantes establecidos por la “emoción violenta”, figura prevista en el artículo 81, inciso a, del Código Penal, el cual prevé penas de entre 3 y 6 años de prisión.

Los jueces Verón, Bernie y Cukla, en plena deliberación antes de la sentencia.

Culminada la etapa de alegatos, el tribunal dispuso un cuarto intermedio para deliberar y pasada las 16 regresó al recinto de debates con la sentencia firmada.

Tanto Casso Acosta como Ramírez se retiraron del edificio tribunalicio esposados y en un móvil de un Servicio Penitenciario Provincial (SPP) que los iba a conducir a sus respectivos recintos carcelarios de alojamiento para que purguen las penas impuestas.

El mayor beneficiado con el fallo dictado hoy fue Ramírez, quien por la pena recibida y por el tiempo que ya lleva detenido desde 2021, estaría muy pronto a acceder a determinados beneficios previstos por ley en el tratamiento penitenciario, como ser, en principio, las salidas transitorias.

 

 

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Admitió haber matado a machetazos a su vecina y firmó un abreviado por perpetua

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machetazos vecina

Casi cuatro años después del hecho, el hombre acusado de asesinar a machetazos a su vecina Rosula Concepción Benitez Garcete (73) admitió su culpabilidad y aceptó ser condenado a prisión perpetua.

Se trata de Héctor Raúl Fernández (33), quien esta mañana debía sentarse en el banquillo de los acusados del Tribunal Penal Uno de Eldorado para enfrentar un debate oral como autor del delito de “amenazas calificadas por el uso de arma blanca y homicidio calificado por alevosía en concurso real”.

Sin embargo, horas antes tomó otra decisión y finalmente decidió admitir su responsabilidad en el hecho, aceptando la pena de prisión perpetua. El acuerdo fue alcanzado entre el imputado, su defensa y la fiscalía, lo cual ahora debe ser homologado por los magistrados del tribunal para transformarse en sentencia.

El hecho que Fernández confesó ocurrió el 5 de noviembre de 2022, en el paraje Aguaray Guazú de Puerto Esperanza, donde atacó a machetazos a su vecina Benítez Garcete, de 73 años y no vidente.

De acuerdo a la reconstrucción realizada por el Juzgado de Instrucción Tres de Puerto Iguazú, a cargo del magistrado Martín Brites, aquella tarde Fernández se dirigió a la casa de sus vecinos y con un machete en manos amenazó de muerte al esposo de Benítez Garcete.

En esas circunstancias, apareció el padre de Fernández, que lo retiró del lugar, pero minutos más tarde el imputado regresó a la casa de sus vecinos, donde la mujer se encontraba sola debido a que su esposo se había dirigido a la comisaría para radicar la denuncia del primer suceso.

Allí Benítez Garcete fue atacada a machetazos y falleció tras más de una semana internada en terapia intensiva como consecuencia de las graves lesiones sufridas, principalmente en la cabeza.

Las pericias del caso revelaron que el homicida registraba 2,5 gramos de alcohol en sangre y bajo ese estado pretendió ser declarado inimputable, aunque los planteos tuvieron respuesta negativa.

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Compañeros de Barreto reconstruyeron la fuga y colisión que provocó su muerte

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El juicio contra Rodrigo Dias Da Silva (27), imputado por chocar y matar al gendarme Robert David “Chato” Barreto (31) a bordo de una camioneta repleta de cigarrillos de contrabando, continuó esta mañana con la declaración de cuatro camaradas de la víctima, quienes relataron de qué manera sucedieron los hechos durante aquella tarde del 14 de septiembre de 2024 sobre la ruta provincial 103.

Ante el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas, presidido por la magistrada Ruth María Ponce de León e integrado por sus pares Gustavo Cardozo y Enrique Bosch (subrogante), los cuatro testigos citados coincidieron en que el implicado hizo caso omiso al control dispuesto y en medio de la huida arrolló a Barreto, que murió minutos después de su traslado a un centro asistencial.

El primero en declarar fue el sargento primero Eduardo Corro, encargado de la patrulla que aquel día se instaló sobre ruta provincial 103, poco después del acceso al Parque Temático de la Cruz de Santa Ana para efectuar un control preventivo.

El uniformado se apoyó en un croquis para describir de qué manera se instaló en el control. Contó que en total eran cinco efectivos y describió que tenían cinco conos distribuidos sobre el asfalto y que cada uno de ellos contaba con chaleco refractario, además de contar con una camioneta Agrale Marrua de la institución al costado de la arteria.

“El primer cono estaba a 250 metros del puesto de control y el segundo cono estaba a 150 metros. Yo estaba ahí. Mi función era la de encausar el tránsito”, detalló Corro, que a la vez describió que “el clima estaba despejado, óptimo, con una buena visibilidad”.

Sobre el hecho, narró que “la camioneta hizo caso omiso a mis señales y cuando llegó hasta mí me hice a un lado. Cuando me pasó escuché que aceleró más y de ahí ya no pude ver mucho más, solo veía la parte de atrás de la camioneta. La camioneta perdió el control, se fue hacia la banquina y volcó”.

El sargento primero Eduardo Corro hizo un croquis y se quebró al recordar a su camarada.

Corro aseguró que en primera instancia no notó que la Amarok haya atropellado a su compañero y recién lo advirtió minutos después. “Me acerco y veo a una persona adentro de la camioneta y bultos con cigarrillo. Después busco a mi gente y no encontraba a Barreto. Él estaba más allá, en el suelo, tirado en posición fetal, semi cubierto por pastura y tierra. Fue inevitable quebrarme”, recordó.

Tanto el sargento primero como los otros tres gendarmes que declararon después coincidieron en la misma secuencia. Además, todos negaron haber contado con “clavos miguelitos” e indicaron que ninguno escuchó ruido de “frenadas” previo al impacto mortal.

El debate continuará el próximo 5 de octubre, a partir de las 8.30. En el proceso interviene el fiscal Pablo Di Loreto, mientras que el acusado es representado por el abogado particular Carlos Luis Ferreyra.

Da Silva está imputado por “encubrimiento de contrabando, resistencia a la autoridad y homicidio doblemente calificado cometido a un miembro de la fuerza de seguridad para procurar la impunidad, en concurso ideal”. En la primera audiencia pidió perdón y alegó que nunca quiso “hacer daño”.

Imputado por muerte del gendarme Barreto pidió perdón: “No quise hacer daño”

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Comisario denunciado por abuso: declaró, fue imputado y seguirá detenido

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El comisario retirado denunciado por abuso sexual en perjuicio de dos hijastras se defendió de las acusaciones en su contra, fue imputado y continuará detenido mientras avanza la investigación que se tramita ante el Juzgado de Instrucción Dos de Posadas.

De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas por La Voz de Misiones, el ex uniformado identificado como Adolfo Miguel González (63), quien permaneció más de una semana en condición de prófugo, fue trasladado esta mañana hacia la dependencia judicial interviniente y ante el magistrado Juan Manuel Monte eligió declarar.

Si bien no trascendieron mayores detalles sobre su declaración, se pudo saber que el implicado negó las acusaciones que lo señalan por hechos de abuso contra dos hijas de quien fuera de su pareja.

En la misma audiencia, González fue imputado por el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado” y continuará detenido a disposición de la Justicia.

El comisario retirado se encuentra privado de su libertad desde el martes a la tarde, cuando se entregó después de más de una semana en condición de prófugo.

Comisario retirado denunciado por abuso se entregó tras ocho días prófugo

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