Judiciales
Acusados de asesinar a prestamista colombiano recibieron 16 y 8 años de cárcel
El pedido de prisión perpetua efectuado por el fiscal Martín Alejandro Rau contra uno de los imputados por el asesinato a puñaladas del prestamista colombiano Gustavo Gallego Rojas (32) no prosperó y el acusado finalmente fue condenado por un delito menos gravoso, recibiendo prácticamente la mitad de la pena que la fiscalía consideraba pertinente.
Brayan Damián Casso Acosta (29) llegó a instancia de juicio imputado por el delito de “homicidio agravado por criminis causa en concurso real con robo”, calificación que el fiscal Rau mantuvo a la hora de exponer su acusación final hoy a la mañana, aunque el Tribunal Penal Uno de Posadas eliminó el agravante y falló en línea a un homicidio simple, que en lugar de perpetua preveía un máximo de hasta 25 años de prisión.
El fallo de los magistrados Gustavo Bernie, Viviana Cukla y Fernando Verón (subrogante) fue alcanzado por unanimidad y estableció una pena de 16 años de prisión para Casso Acosta como autor penalmente responsable de los delitos de “homicidio simple en concurso real con hurto”.
El segundo imputado en la causa, en tanto, José Ramón Ramírez (32), que llegó a juicio bajo la misma acusación que Casso Acosta, fue condenado a 8 años de prisión como partícipe secundario de “homicidio simple” y coautor de “hurto”.
La sentencia 36/2024 del tribunal posadeño fue leído esta tarde, minutos después de las 14, lo que marcó el cierre de una larga audiencia de debate que comenzó a las 8.30 con el alegato de las partes. La lectura de los fundamentos del veredicto fue fijada para el próximo 15 de octubre.

Casso Acosta, junto a su abogada Lilia Vargas, instantes antes de ser retirado del tribunal esposado y en un móvil del SPP.
Pedidos de perpetua
La jornada fue larga. Arrancó con una breve exposición final planteada por el abogado querellante particular Raúl Ignacio Peña, quien consideró a los imputados como coautores de homicidio agravado y pidió la prisión perpetua para ambos.
“Fue una empresa criminal porque ambos tuvieron participación activa en el resultado. Gustavo era un hombre fuerte y está en la naturaleza humana luchar por la vida. Jamás se hubiese permitido entregarse a una muerte segura sin luchar. No hubiera sido posible el resultado muerte sin la participación activa de ambos imputados. Cada uno cumplió un rol”, postuló.
“Los detalles del caso los dejaré en manos de la fiscalía, que hará una exposición magistral al respecto”, agregó y así fue porque, inmediatamente después, el fiscal Rau inició un alegato que se extendió durante casi dos horas, acompañando su presentación con diapositivas proyectadas en la sala y repasando cada uno de los testimonios recolectados durante el proceso, tanto de los testigos como de los propios imputados.
Rau reconstruyó que el crimen de Gallego Rojas fue perpetrado el 27 de febrero de 2021, entre las 22.30 y las 23, cuando ambos imputados llegaron de sorpresa a su departamento ubicado sobre la calle Divino Verbo, en la chacra 103 del barrio Yacyretá de Posadas, donde fue asesinado a puñaladas.
El fiscal sostuvo que ambos imputados vinieron exclusivamente desde Corrientes a cobrar un dinero que le reclamaban a Gallego Rojas, además de una moto que la víctima utilizaba de prestado, aunque apuntó un grado de mayor responsabilidad contra Casso Acosta.
“Yo creo acreditado que ambos vinieron a cobrar esa plata y que Brayan Casso llevó a cabo este hecho tomando esa caja fuerte y esa moto. La prioridad de Brayan era hacerse de las cosas a como dé lugar. Ha matado para robar la moto y el dinero. Habrá recibido oposición y le metió 20 puñaladas”, graficó Rau sobre su teoría del caso.

El fiscal Martín Rau pidió prisión perpetua para Casso Acosta en su alegato.
En su alegato, el fiscal hice mención a gran parte de la declaración vertida por Casso Acosta en el inicio del juicio, instancia donde el imputado aseguró que él estaba amenazado por la víctima y que esa noche en realidad se defendió de un primer ataque efectuado por Gallego Rojas.
Para Rau nada de ello fue creíble, dado que “su relato de los hechos no encuentra coincidencia con la prueba” y fustigó que “él siempre tiene contradicciones con lo que la prueba dice. No se acuerda de los hechos que lo incriminan, pero de los otros sí. Es raro”.
El fiscal también ponderó aquellos testimonios que daban cuenta de que Casso Acosta era el que le debía dinero a Gallego Rojas y no al revés como planteó el acusado, al tiempo que resaltó las tres huellas genéticas que ubicaron al imputado en la escena del crimen.
En base a lo expuesto, solicitó la pena de prisión perpetua para Casso Acosta como autor de “homicidio agravado criminis causa en concurso real con robo”, mientras que para Ramírez pidió 15 años de cárcel como “partícipe secundario”.
“No puedo acreditar que en el dolo de Ramírez haya tenido la misma intensidad que se le puede adjudicar a Casso”, fue su conclusión.
“Película” y “emoción violenta”
Mario Ramírez, defensor oficial del imputado de apellido homónimo, al momento de alegar difirió de las conclusiones vertidas por la querella y coincidió en parte con la tesis planteada por la fiscalía al considerarlo “partícipe secundario” y no “coautor”, como estaba inicialmente calificada su acusación.
“El hecho no fue consumado por él. En la gresca que terminó con la muerte Ramírez tiene, por supuesto, un rol mucho menor. Hay todo un contexto que le es totalmente extraña al señor Ramírez. Su aparición en este escenario es totalmente circunstancial”, sostuvo el defensor oficial.
Para Ramírez, el agravante de “criminis causa”, que significa cometer un delito para ocultar otro, no quedó probado y, por ende, solicitó que su defendido sea condenado como “partícipe secundario” de homicidio simple y que reciba el mínimo de la pena prevista bajo esa calificación (8 años).
La mayor respuesta al alegato acusatorio provino de parte de la letrada Lilia Vargas, abogada particular del también colombiano Casso Acosta, sobre quien recaía el mayor monto de pena requerido.

El defensor oficial Mario Ramírez junto al otro imputado, el posadeño José Ramón Ramírez.
“Una hermosa creación cinematográfica. Han creado eso”, arrancó Vargas y arremetió contra el experimentado fiscal Rau: “El fiscal no está obligado a acusar. Está incumpliendo, creando una historia inexistente o suponiendo. Acá no hay que venir buscando un desafío o un crecimiento personal”.
La letrada ajustó su exposición al relato brindado por su defendido. Vargas admitió que entre Gallego Rojas y Casso Acosta hubo “un problema de negocios”, pero afirmó que el amenazado era su cliente, quien como consecuencia de ello decidió irse un tiempo a Corrientes porque “temía por su integridad física”.
“Él dijo que no sabía de dónde saco coraje para volver. Dijo que Gustavo le pidió que vuelva y Brayan volvió para aclarar la situación, porque no se puede vivir con miedo. Si Brayan no respondía a su invitación, qué garantías tenía de que no lo hubiera ido a buscar si él sabía dónde él vivía. ¿Estamos pidiendo que se deje matar para tranquilidad de la película?”, retrucó.
Vargas mantuvo la teoría dada por su pupilo, la cual sostenía que dentro del departamento de Gallego Rojas se inició una gresca en la que Casso Acosta intentó calmar a su atacante pero la “vehemencia y reiterancia” de las agresiones produjo “un estallido emocional” en el imputado.
“El criminis causa es un absurdo. Mi defendido nunca tuvo la intención de preparar ni consumar otro delito. Las lesiones son producto de una pelea. Brayan tuvo un arrebato emocional que aminoró su capacidad de reacción”, se explayó.
En consecuencia, Vargas, que también acusó “discriminación” contra su defendido, solicitó que el caso sea considerado como un homicidio perpetrado bajo los atenuantes establecidos por la “emoción violenta”, figura prevista en el artículo 81, inciso a, del Código Penal, el cual prevé penas de entre 3 y 6 años de prisión.

Los jueces Verón, Bernie y Cukla, en plena deliberación antes de la sentencia.
Culminada la etapa de alegatos, el tribunal dispuso un cuarto intermedio para deliberar y pasada las 16 regresó al recinto de debates con la sentencia firmada.
Tanto Casso Acosta como Ramírez se retiraron del edificio tribunalicio esposados y en un móvil de un Servicio Penitenciario Provincial (SPP) que los iba a conducir a sus respectivos recintos carcelarios de alojamiento para que purguen las penas impuestas.
El mayor beneficiado con el fallo dictado hoy fue Ramírez, quien por la pena recibida y por el tiempo que ya lleva detenido desde 2021, estaría muy pronto a acceder a determinados beneficios previstos por ley en el tratamiento penitenciario, como ser, en principio, las salidas transitorias.
Judiciales
Dos policías revelaron que Cristaldo admitió el crimen de Tizato en la comisaría
Una revelación sacudió la quinta jornada del juicio oral por el caso de César Daniel Tizato (16): el imputado confesó el crimen al momento de su detención y alegó que fue “por accidente”.
La afirmación se desprende del testimonio de los agentes policiales, Sergio Dos Santos, que era jefe de la comisaría Primera de San José, y Antonio Comes, que era el titular de la Dirección Homicidios.
Los dos uniformados participaron de la investigación del caso Tizato, desde su desaparición hasta el hallazgo de su cadáver, y fueron los encargados de concretar la detención de Richard Arnaldo “Grulla” Cristaldo (49) como sospechoso del crimen, momento en el cual fueron testigos de un episodio que ahora podría resultar clave para el avance del debate oral que se lleva adelante en el Tribunal Penal Dos de Posadas.
“Él se quebró, se desmayó y contó que todo fue accidental, que se le disparó el arma”, lanzó esta mañana Dos Santos y explicó que “eso ocurrió cuando le estábamos por notificar el motivo de detención. Fue algo espontáneo”.
El comisario recordó que comunicó lo sucedido al magistrado Miguel Ángel Faría, titular del Juzgado de Instrucción Cuatro de Apóstoles, quien respondió que el detenido debía declarar en sede judicial, resguardando sus derechos y garantías.
Dos Santos sostuvo no fue el único testigo de ese episodio porque junto a él estaba el comisario Comes, quien esta misma mañana fue convocado a declarar a partir de un pedido del fiscal Vladimir Glinka y en menos de 30 de minutos compareció ante el tribunal.
Comes ratificó lo dicho por su colega. El investigador recordó que tras el hallazgo del cadáver de Tizato el juez Faría ordenó la detención de Cristaldo y cumplieron el recado, trasladando al sospechoso a la comisaría Primera de San José.
“El pueblo estaba conmovido, había mucha gente en la comisaría. A Richard lo atendimos en la oficina del jefe de la comisaría. Ahí empezó a llorar y dijo que se le escapó un tiro, que no tuvo intención de matar al chico. Le comenté eso al juez y dijo que se le tome declaración en sede judicial”, detalló.
No fue lo único en lo que Dos Santos y Comes coincidieron. Ambos agentes también relataron que Cristaldo participó activamente de la búsqueda del adolescente, indicando caminos, guiando los rastrillajes en el terreno e incluso sobrevolando la zona en el helicóptero de la fuerza provincial.

Comes en plena declaración, ante la vista de Cristaldo, de su abogado José Luis Reyes y de los jueces.
Arroyos secos
La jornada de hoy también contempló la declaración testimonial de otros tres policías que intervinieron en el caso y varios de ellos coincidieron al advertir que los arroyos del área de búsqueda estaban “secos”.
Dichas referencias no son un detalle menor, teniendo en cuenta que varios testigos vieron a Cristaldo “mojado de la cintura para abajo” cuando volvió solo del campo y la versión defensiva apunta que el hombre indefectiblemente debió mojarse al atravesar arroyos.
Como dato de contexto, además, hay que sumarle el hecho de que el cuerpo de Dani Tizato apareció sumergido en una laguna natural de 1,5 metros de profundidad. El cadáver tenía un disparo y entre sus prendas tenía tres rocas de grandes dimensiones que impedían que salga a flote.
El debate continuará mañana con el cierre de la etapa de testimoniales. Los ronda de alegatos, en tanto, podría comenzar el miércoles.
Cristaldo es el único acusado en la causa. Está imputado por homicidio agravado por alevosía y bajo esa figura puede ser condenado a prisión perpetua si finalmente es declarado culpable.
El proceso oral se lleva adelante ante el Tribunal Penal Dos de Posadas, presidido por el magistrado Gregorio Busse e integrado por sus pares César Yaya y Martín Rau.
Testigo de la causa Tizato: “Cristaldo me invitó a cazar al mismo lugar”
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Testigo de la causa Tizato: “Cristaldo me invitó a cazar al mismo lugar”
Un testigo del juicio para esclarecer el homicidio de César Daniel Tizato (16), registrado a fines de 2020 en San José, declaró que el único acusado por el hecho lo había invitado a cazar “en el mismo lugar” al que más tarde se dirigió junto al adolescente que finalmente apareció muerto, con un disparo en el tórax y sumergido en una laguna.
El testimonio brindado hoy por Yoniel Escobar (22), hijo del padrastro de Tizato, llamó la atención de los presentes en la sala de audiencias del Tribunal Penal Dos de Posadas por la similitud de lo ocurrido con la víctima.
“El señor una vez me invitó a cazar con él al mismo lugar donde ocurrió el hecho. Me invitó para ir eso de las 5-6 de la mañana. Yo iba pasando por su casa, él estaba tomando cerveza y me invitó. Me pareció raro y como yo soy medio indeciso, terminé diciendo que sí, pero después me dormí y no fui”, contó Escobar, haciendo referencia al ahora imputado Richard Arnaldo “Grulla” Cristaldo (49).
Y agregó más detalles sobre aquel episodio registrado cuando aún era un adolescente: “Yo me llevaba bien con una de las hijas del señor y ella una vez me invitó a tomar tere. Ahí mi padre me dijo que me aleje porque él presentía algo malo. Yo le hice caso y no fui a tomar el tere”.

Cristaldo está imputado por homicidio agravado por alevosía y puede recibir perpetua.
Lo relatado por Escobar presenta similitudes muy marcadas con el caso Tizato. En primer lugar porque el adolescente asesinado también era amigo de las hijas de Cristaldo y luego porque el propio Cristaldo lo invitó a cazar y lo pasó a buscar de su casa ese 30 de agosto de 2020, cuando se produjo la desaparición del menor que un mes después apareció asesinado.
La jornada de hoy se completó con el testimonio de otros tres testigos, mientras que para el lunes se espera la recepción de otras cuatro declaraciones antes de ingresar al último tramo del debate oral que comenzó el martes.
Cristaldo es el único acusado en la causa. Está imputado por homicidio agravado por alevosía y bajo esa figura puede ser condenado a prisión perpetua si finalmente es declarado culpable.
Declaró la mamá de Dani Tizato: “Me pareció raro que Cristaldo vuelva solito”
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Condenaron a camionero paraguayo que cayó con 570 kilos de marihuana
Menos de un año después de haber sido detenido en el puente que une Posadas y Encarnación con 570 kilogramos de marihuana, la Justicia Federal de Misiones condenó al camionero paraguayo Arnaldo Antonio Ocampos Benítez (23), quien admitió su culpabilidad en el hecho y recibió una pena de 4 años y 10 meses de prisión.
El fallo que transformó el acuerdo de juicio abreviado en sentencia de primera instancia fue emitido este viernes por el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas, con la firma del magistrado Juan Manuel Iglesias como presidente subrogante de un tribunal unipersonal.
De esta manera, Ocampos Benítez, actualmente detenido en el Escuadrón 50 de Gendarmería Nacional Argentina (GNA) en Posadas, fue condenado a 4 años y 10 meses de prisión como autor del delito de “contrabando de importación de estupefacientes agravado”.

La droga iba oculta en un doble fondo del semirremolque, debajo de la carga de una carga de 28 toneladas de arroz.
El extranjero, oriundo de Villarrica, se encuentra privado de su libertad desde el 23 de julio del año pasado, cuando el personal de Aduana, mediante el uso de un escáner, descubrieron que entre las 28 toneladas de arroz que transportaba el camión al mando de Ocampos Benítez también habían paquetes ocultos.
La carga sospechosa fue encontrada en un doble compartimiento acondicionado en el piso del semirremolque del camión Scania y en total se hallaron 541 paquetes de marihuana que arrojaron un peso de 570,347 kilogramos.
El camionero paraguayo admitió su responsabilidad en la maniobra ilícita y, en acuerdo, con su abogado defensor y la Fiscalía del Tribunal Oral Federal de Posadas, aceptó la condena ofrecida, que ahora deberá ser cumplida en la tierra colorada.
El mismo fallo dispuso que el camión utilizado en el ardid continuará incautado y quedará a disposición de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca).
Camionero paraguayo cayó con 570 kilos de marihuana en el puente internacional
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