Nacionales
Declararon la inconstitucionalidad del DNU de Macri que modifica la ley de ART

Un juez del fuero laboral declaró la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Mauricio Macri que modificó la Ley de Riesgos de Trabajo. La Justicia entendió que la iniciativa es contraria a la Carta Magna y el Derecho internacional de los derechos humanos.
Según el fallo al que accedió Ámbito Financiero, la norma fija un doble estándar para los trabajadores registrados y los informales, a la hora de iniciar una demanda laboral, lo cual viola el principio de igualdad ante la ley. Fue firmado ayer por el juez nacional subrogante de Trabajo Alejandro Aníbal Segura, en el marco de un expediente que analizaba un reclamo de Florencia Soledad Alcaraz contra la compañía de seguros Federación Patronal iniciado el 2 de febrero, por un accidente de trabajo que sufrió en 2015.
Según la resolución, el juez declaró “de oficio la inconvencionalidad e inconstitucionalidad del artículo 1 del DNU 54/2017, más allá de que por motivos que son de público y notorio conocimiento, el Poder Ejecutivo Nacional haya decidido convocar a Sesiones Extraordinarias a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación y, en sesión del día 15-2-2017 con el voto de 88 sobre 257 diputados nacionales, haya sancionado con fuerza de ley el proyecto que en Orden del Día Nº 1269 puede ser consultado en el Boletín de la Cámara respectiva”.
Según sostuvo, “el proyecto aprobado, en lo que aquí se analizará, reproduce el texto del art. 1º, DNU 54/2017 cuyas objeciones a la luz de la Constitución Nacional y el Derecho internacional de los derechos humanos, se dejará sin efecto para el presente caso” en base a una serie de consideraciones “fácticojurídicas” que se detallan en la resolución.
El cuestionamiento se focalizó en las Comisiones Médicas Jurisdiccionales creadas por el artículo 51 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, lo cual –dijo la reglamentación- “constituirá la instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención, para que el trabajador afectado, contando con el debido patrocinio letrado, solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contigencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo”.
“No abordaré la declaración de inconvencionalidad e inconstitucionalidad del art. 1º, DNU 54/2017 por los carriles del avasallamiento de las autonomías provinciales, sino por su propia naturaleza excluyente e irrazonablemente violadora del principio de igualdad”, advirtió.
Tras citar profusa jurisprudencia, el juez resaltó que “el principio de igualdad consiste en que no se establezcan excepciones o privilegios que excluyan a unos de lo que se conceda a otros en iguales circunstancias” y afirmó que hay diferencias para trabajadores registrados e informales.
“Existen, para el art. 1º, DNU 54/2017 sendas hipótesis que van a determinar el carácter obligatorio y excluyente de la instancia administrativa o la eximición del mismo. La primera es la de autos, una persona que trabaja y cuya relación laboral se encuentra debidamente registrada. La segunda hipótesis consta en el segundo párrafo de la norma: los trabajadores vinculados por relaciones laborales no registradas…, no están obligados a cumplir con lo dispuesto en el presente artículo y cuentan con la vía judicial expedita”, afirmó.
Añadió que “el trámite ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales, la Comisión Médica Central y el recurso de apelación aleja en el tiempo al enfermo o accidentado de una pronta reparación del daño sufrido”, tras consideralo “otro insólito despropósito que ratifica la irrazonabilidad del trato desigual” con el trabajador informal.
“Declaro inconstitucional al art. 1º, DNU 54/2017 en cuanto viola el principio de igualdad ante la ley contenido en el art. 16, CN: “…Todos sus habitantes son iguales ante la ley…”, dado que establece un trato diferencial inaceptable entre dos personas en igual condición –trabajar y accidentarse o enfermarse– de acuerdo con una condición ajena a su voluntad (estar o no registrada su relación laboral)”, añadió.
Nacionales
Cinco muertos por inhalación de monóxido de carbono en Villa Devoto

Cinco integrantes de una familia, entre ellos una niña de 4 años, murieron este martes tras haber inhalado monóxido de carbono en una casa ubicada en la calle Sanabria del barrio porteño de Villa Devoto.
El trágico suceso se descubrió esta tarde, cuando un familiar de los fallecidos acudió a la vivienda y se topó con los cuerpos sin vida, para luego dar aviso al sistema de emergencias 911 de la Policía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Una vez en el lugar, los agentes dieron con los cadáveres de un hombre de 75 años y su mujer de 43; como así también el de otro hombre de 43 y su esposa de 42; y el de la pequeña de 4, hija de la pareja más joven.
En la vivienda también encontraron un bebé que alcanzó a ser rescatado con vida y consciente. El niño fue trasladado de urgencia al hospital Zubizarreta, aunque posiblemente más tarde sea derivado al hospital de Niños o al Pedro Elizalde, ambos de Caba.
Nacionales
Gobierno autorizó a la Policía Federal a vigilar redes y requisar sin orden judicial

En un acto esta tarde en la sede del Cuerpo de Policía Montada, en el barrio porteño de Palermo, el presidente Javier Milei y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, presentaron el Departamento Federal de Investigación (DFI) que, con un logo casi idéntico al famoso FBI estadounidense, absorberá el 80% de las tareas de la Policía Federal (PFA) y se enfocará en el crimen organizado.
Según explicó el mismo presidente, se trata de una “reconversión profunda que transformará para siempre” a la fuerza federal, “replicando el espíritu” del legendario fundador del FBI norteamericano, J. Edgard Hoover.
El punto más controversial del Decreto 383/2025, publicado hoy en el Boletín Oficial de la República Argentina, es la autorización a la PFA para realizar ciberpatrullajes y requisas sin orden judicial.
El Decreto establece un cambio profundo en el rol operativo de la fuerza de seguridad, que pasará a concentrarse en la investigación de delitos federales y complejos como el crimen organizado, el narcotráfico y el ciberdelito.
Desde este martes, la PFA tiene la facultad de intervenir a partir de posteos de redes sociales y no necesitará la orden de un juez para hacerlo, e incluso puede utilizar la base de datos del Estado para ubicar a una persona.
“Hemos decidido reformar la PFA para reconvertirla en una fuerza dedicada a la investigación criminal y para eso creamos en DFI al interior de la PFA”, sostuvo Milei, en el acto de Palermo que compartió con Bullrich y otros funcionarios del gobierno, como Karina Milei, Guillermo Francos y los ministros Mariano Cuneo Libarona (Justicia), Mario Lugones (Salud), Luis Petri (Defensa), y el titular de Diputados, Martín Menem, entre otros.
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Fiscales rechazaron prisión domiciliaria para CFK y ahora decide el Tribunal

Los fiscales federales Diego Luciani y Sergio Mola dictaminaron en contra del pedido de prisión domiciliaria efectuado por la defensa de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, aunque la resolución final continúa en manos del Tribunal Oral Federal Dos, cuyas autoridades podrían resolver la cuestión este mismo martes, un día antes del vencimiento del plazo otorgado a CFK para iniciar el cumplimiento de su condena a 6 años de cárcel.
En un dictamen de diez páginas, los fiscales alegaron que “no se advierten las razones humanitarias que justifican conceder una medida excepcional como lo es la detención domiciliaria” y agregaron que “no se encuentran configuradas ni esgrimidas razones de salud o personales que, vinculadas a la edad, permitan inferir que el encierro carcelario pueda afectar el derecho a un trato digno o humanitario reconocido a las personas privadas de su libertad”.
Además, consideraron que CFK no argumentó ningún motivo de salud como para no estar en prisión e indicaron que la cuestión de edad -72 años- no es una obligación, sino una posibilidad prevista en la ley.
Sobre este tema citaron como ejemplo el caso de Ricardo Jaime, ex secretario de Transporte de la Nación, quien cumple condena en prisión por la tragedia de Once y al cumplir 70 años pidió la prisión domiciliaria pero le fue rechazada.
A pesar de la opinión fiscal, la decisión final le corresponde a los magistrados TOF 2 y las fuentes que siguen de cerca el caso estiman que la cuestión podría resolver hoy, un día antes del plazo otorgado para que se presente a Comodoro Py, lo cual podría darse en medio de una gran marcha organizada por militantes peronistas y seguidores partidarios.
La ex presidenta ya avisó que acatará la orden judicial, aunque solicitó cumplir su pena con arresto domiciliario en su departamento en cale San José 1.111 del barrio porteño de Montserrat, donde todos los días es acompañada por un numeroso grupo de personas que se aglomera bajo su balcón desde el día de la confirmación de su condena por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Tanto Luciani como Mola fueron severamente señalados por CFK durante el transcurso de la causa Vialidad por sus vínculos con el ex presidente Mauricio Macri, relevando encuentros, visitas y hasta actividades recreacionales juntos en la quinta Los Abrojos.
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