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Perpetua para Franco Ramos como único autor del femicidio de Marina en 2013

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Franco Jesús Ramos (28), actualmente imputado por el femicidio de la taxista Claudia Benítez (32), fue condenado hoy a la siesta a la pena de prisión perpetua como único autor del asesinato de su concubina Marina Da Silva (19), sentencia que dejó atrás nueve años de impunidad en la causa.

El fallo del Tribunal Penal Dos de Posadas fue dictado minutos antes de las 13.30 y se ajustó al pedido solicitado previamente por el fiscal Vladimir Antonio Glinka, ya que modificó la imputación inicial, condenó solamente a Ramos y absolvió a los otros dos acusados, Juan Ángel “Juancho” Portal (34) y Alejandro “Pili” Da Silva (37), quienes salieron libres del recinto judicial.

La sentencia, que se dio por mayoría, con los votos de los magistrados César Yaya y Gregorio Busse, y la disidencia de Viviana Cukla (subrogante), que se inclinó por declarar nula la acusación, declaró a Ramos autor penalmente responsable del delito de homicidio calificado por haber sido cometido contra una persona con la que mantenía una relación de pareja, previsto por el artículo 80, inciso 1 del Código Penal de la Nación argentino.

Ramos, único autor

La audiencia que culminó con la condena comenzó cerca de las 9, con el alegato del fiscal Glinka, quien apoyado por diapositivas con croquis, mapas e imágenes, expuso durante más de una hora y media el análisis probatorio que lo condujo a solicitar la máxima pena para Ramos.

“Llegó el momento de terminar esta historia y estoy convencido que será con justicia”, avisó el representante del Ministerio Público Fiscal al inicio.

Luego, repasó las dificultades que tuvo el expediente, que alcanzó un total de nueve cuerpos, con más de 120 declaraciones recolectadas en la instrucción y 37 testimonios relevados durante el juicio.

A partir de ahí, Glinka desglosó el caso, exhibiendo un mapa que abarcaba los barrios Cruz del Sur, Nemesio Parma y Campo Bauer, de la zona sur de Posadas, con las distintas escenas de importancia perfectamente señalizadas para que el Tribunal tuviera en cuenta ubicaciones, distancias y recorridos.

El fiscal Glinka durante su alegato ante los magistrados Yaya y Cukla.

Para el fiscal, la historia del crimen comenzó un día antes, es decir, el 20 de diciembre de 2013, cuando Marina le comunicó a Ramos que quería cortar la relación para irse con Portal, su “amante”, compañero de trabajo de su concubino en una olería de la zona e imputado en la causa pero ahora absuelto.

Esa situación generó una gran discusión familiar, de la cual Marina escapó y acudió a la olería para encontrarse con Portal, aunque a la noche regresó a dormir a la vivienda que compartía con Ramos.

“Ese 21 de diciembre Marina se levantó sin saber que no iba a poder ver el atardecer”, anticipó en su relato Glinka.

La hipótesis trazada ahora por el fiscal del tribunal señala que, ese mediodía, Ramos salió junto a Marina en moto y llevaron a la hija de ambos hasta la casa de la abuela materna de la niña.

Posteriormente, entre las 15 y las 16, Ramos ingresó a un trillo que conectaba su casa con el fondo de la olería donde trabajaba y en determinado momento le efectuó dos golpes que le fracturaron el cráneo a la muchacha.

Lo siguiente fue ocultar el cadáver y planificar su coartada. Para ello, regresó a su casa, tomó un alargue y el bolso de un parlante, elementos que utilizó para maniatar a la víctima y atarle una piedra para que el cuerpo se sumerja en el pozo de agua abandonado, donde finalmente fue descartado.

Glinka apoyó su teoría en las diversas declaraciones recolectadas en el juicio, que le permitieron inferir que Ramos mintió respecto a los recorridos que hizo ese día.

Ramos también está imputado en el femicidio de la taxista Claudia Benítez.

Para ello mencionó y marcó en el mapa cada lugar en el cual el acusado fue visto por testigos y resaltó el testimonio de Carlos Rafael Machado, que recordó haber observado cuando Ramos ingresó en moto junto a la víctima al trillo que conducía al pozo donde apareció el cadáver.

Para el fiscal, Ramos hizo todo con el objetivo de que el crimen pareciera haber sido cometido por otro: “Organizó su coartada porque sabía que lo iban a ir a buscar. Fue por eso que inventó que dejó a Marina en el kiosco y, para que pareciera que fue otro, qué mejor que dejar el cuerpo en un pozo en cercanías a la olería donde el amante de la chica esa noche iba a festejar su cumpleaños”, lanzó.

Portal y Da Silva, absueltos

En ese tramo ingresó en la historia Portal, que ese día efectivamente tenía pensado festejar su cumpleaños, aunque luego suspendió la celebración.

Glinka allí avisó que no pudo ubicar en tiempo ni espacio a Portal dentro de la historia del crimen, pero trazó una hipótesis conjetural para “unir cabos”.

“Yo pienso que Portal esa tarde quería festejar su cumpleaños con Marina y salió a buscarla, pero se enteró o vio a ingresar a la chica al trillo junto con Ramos. Yo creo que él fue la persona que desde el día 1 sabía lo que había pasado, pero sabía que iba a estar complicado porque él era el amante; se asustó”, estimó el fiscal.

De allí, desprendió palabras para Pili Da Silva, cercano a Portal y tercer imputado en le causa. “Portal recurrió a su mejor amigo, que además es hermano de quien es la presidenta del barrio hace 14 años, que ayudó en la búsqueda del cuerpo. Es decir, Da Silva le dio una mano a un amigo y se metió en terrible quilombo. Es la única manera de atar cabos sueltos”, agregó Glinka.

Por lo tanto, puntualizó que “si no puedo ubicar a Portal, tampoco puedo ubicar a Da Silva en el hecho y se cae la calificante de concurso premeditado”.

Portal, con la seguridad de quedar libre, abrazado a sus familiares.

Es que el expediente fue elevado a juicio con una hipótesis que planteaba que ese 21 de diciembre los tres imputados asesinaron a Marina durante el festejo de cumpleaños de Portal, pero con lo recolectado en el debate oral, Glinka llegó a la conclusión de que el crimen fue cometido horas antes y que Ramos actuó en completa soledad.

Con ello, modificó su imputación, al acusarlo como único autor de homicidio calificado por el vínculo y femicidio, por lo cual pidió la prisión perpetua para él y la absolución de Portal y Da Silva.

En la continuidad del debate expusieron sus alegatos los abogados defensores, aunque el pedido de absolución de dos acusados acortó los plazos de lo que apuntaba ser una audiencia maratónica.

El único alegato defensivo extenso fue el de los letrados Ángel Casettai y Cristian Leites, quienes consideraron que la acusación contra Ramos estuvo basada “en indicios y conjeturas, pero no hay pruebas”.

“La duda es el actor principal en esta causa”, sostuvo Leites, que agregó que “no hay elementos fácticos para acreditar que Franco haya golpeado a Marina”.

Por ello, solicitaron la absolución de Ramos, lo cual finalmente no prosperó porque el Tribunal falló en consonancia con lo planteado por la fiscalía.

Tras la sentencia, Portal y Da Silva se fundieron en un abrazo con sus familiares. Nueve años de una mochila cargada con una dura acusación que podía conducirlos a prisión por el resto de sus vidas habían acabado.

Ramos, en tanto, oyó todo inmutable, sentado y de brazos de cruzados. Así se mantuvo, incluso, cuando fue interpelado cara a cara por María Cristina Da Silva, madre de Marina, quien le recriminó por el hecho cometido.

“Lo perdono en nombre de mi nieta”

“Le pregunté por qué había hecho lo que hizo. Me dijo que está todo armado, que más tarde se iba a saber la verdad e iba a salir con la cabeza arriba, pero todas las pruebas llevaban a él y yo desde un comienzo sentía en mi corazón que fue él el que le hizo esto a mi hija”, contó luego la mujer en diálogo con la prensa fuera del tribunal.

María Cristina celebró la sentencia, pero criticó la tardanza de la Justicia para arribar a este momento. También sostuvo que “perdona” a Ramos, porque “no puedo criar a una nieta con odio en mi corazón. A pesar de todo, es el padre de mi nieta”.

Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de febrero del año próximo.

María Cristina, madre de Marina, cara a cara con Ramos tras la sentencia. No hubo incidentes de ningún tipo.

La causa tuvo fecha de juicio en varias oportunidades. La última fue en 2019, pero se suspendió y, ante el vencimiento de la prisión preventiva, todos los acusados fueron excarcelados.

En el medio, se registró el femicidio de la taxista Claudia Benítez, en junio de este año, y Ramos quedó involucrado en la investigación junto al marido de la víctima.

Benítez fue asesinada y descartada en otro pozo de Nemesio Parma, ubicado en cercanías a la cavidad donde en 2013 apareció ultimada Marina. En ese causa, Ramos está procesado con prisión preventiva. La investigación está en manos del Juzgado de Instrucción Siete de Posadas, a cargo del magistrado Miguel Mattos.

Con la sentencia recibida hoy, Ramos deberá purgar un total de 35 años de prisión efectiva. Por el tiempo que ya estuvo en la cárcel, se estima que recién podría solicitar la prisión condicional cerca de 2050.

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Jabornicky denunció por acoso judicial a Flores y pidió sancionar a Risko

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El abogado Alejandro Jabornicky, que enfrenta una causa por violencia de género de su ex pareja, la diputada provincial electa Rita Flores, denunció a -ésta por “acoso judicial” y “mala fe procesal”, y pidió al juez de Instrucción 7, Miguel Mattos, que sancione a su colega y abogada de la querellante, Silvia Risko.

En un escrito, patrocinado por el abogado José Paulino Medina, Jabornicky contestó a la denuncia y el pedido de prisión preventiva por “violencia de género digital”, formalizados la semana pasada por Flores, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en un posteo, que la legisladora electa y Risko, consideran una publicación pagada de la red social, que violenta la orden judicial de restricción de septiembre pasado.

“La petición de la querella constituye un claro acoso judicial: pretende transformar una fotografía en redes sociales en un delito inexistente, invocar un riesgo de femicidio sin sustento y emplear figuras de violencia política y digital de modo oportunista”, sostiene la presentación de Jabornicky y sentencia: “Estos actos constituyen un abuso del proceso y deben ser sancionados”.

“La querellante ha presentado un pronto despacho solicitando la detención y prisión preventiva, invocando un supuesto ‘ciber-hostigamiento’ por publicaciones en Instagram. Acto seguido, sostiene que existe riesgo de femicidio, violencia política y amenaza agravada, imputando hechos graves que no están acreditados en autos ni son consistentes con la medida cautelar”, señala la presentación de Jabornicky y asegura que “ello evidencia una estrategia de hostigamiento procesal, encaminada a presionar al imputado mediante la reiteración de pedidos desproporcionados y sin sustento jurídico”.

Temerarias

El escrito señala que la orden de restricción que le impuso el juez Mattos a Jabornicky el 9 de septiembre pasado, luego de la denuncia de Flores en su contra, dispuso “la prohibición de acercamiento en un radio de 500 metros”, y “todo tipo de contacto físico, verbal, telefónico, de correo electrónico y/o cualquier otro tipo o medio que signifique intromisión injustificada”, pero que “no se prohibió publicar fotografías, ni expresar ideas en redes sociales”.

Según la presentación judicial, desde la notificación de la medida, el imputado Jabornicky “ha respetado íntegramente la prohibición de contacto: no hubo acercamientos físicos, llamadas, mensajes, correos, ni interacción de ningún tipo con la denunciante”, y asegura que “las supuestas ‘publicaciones’ en redes sociales son fotografías genéricas de hechos pasados y no constituyen ninguna forma de contacto ni intromisión injustificada”.

El escrito dirigido al juez Mattos, acusa a Flores y Risko de “presentaciones reiteradas y desproporcionadas”, “afirmaciones falsas o sin prueba”, “calificaciones jurídicas infundadas” y “temeridad y mala fe procesal”.

Afirma que, en la última denuncia de Flores, Risko “asevera que el imputado ‘abonó publicidad de la publicación de Instagram’ e interpreta que ello configura violencia digital”, y asegura que “estas afirmaciones no están acompañadas de prueba alguna”.

“La querella invoca la Ley 27.736 sobre violencia de género digital y la Convención de Belém do Pará, pretendiendo encuadrar una publicación genérica como un delito de ciber-hostigamiento”, relata Jabornicky y acusa: “Esta ampliación no solo carece de sustento fáctico, sino que constituye un abuso del derecho penal al pretender equiparar una fotografía con un acto de violencia digital”.

Desmiente, asimismo, que hubiera incurrido en “violencia política” contra Flores, en su rol de legisladora electa a punto de asumir, y que tal afirmación ignora que “el proceso penal en curso se refiere a hechos anteriores y que el suscripto ha mantenido un comportamiento respetuoso y alejado de la vida pública de la Sra. Flores”.

“No existe en autos ningún indicio de que las publicaciones referidas tuvieran un ánimo de obstaculizar la función pública”, señala el escrito.

Jabornicky invoca el artículo 32, del Código Procesal Penal de Misiones, y el artículo 34, inciso 6º, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para acusar a Flores y Risko de llevar a cabo “un ejercicio irresponsable y abusivo del derecho de acción que persigue hostigar y estigmatizar al imputado”, que “constituye, en términos doctrinales, acoso judicial” y “justifica que se disponga un llamado de atención o sanción al profesional interviniente”.

“La conducta de la querella no solo busca imponer una prisión preventiva desproporcionada, sino que pretende censurar la libertad de expresión y asociación del imputado mediante el bloqueo de sus redes sociales”, lo que “atenta contra los derechos constitucionales a la libertad de expresión, al trabajo y a la defensa en juicio, pues se pretende privar al imputado de medios lícitos de comunicación y de interacción social sin fundamento legal alguno”.

Amonestación

Por todo lo expuesto, Jabornicky pide al juez Mattos que declare “la existencia de temeridad procesal y abuso de derecho” por parte de Risko y la amoneste, “recordándole su obligación de ajustarse a la verdad y al derecho, bajo apercibimiento de imponer sanciones”.

A la vez, solicita “advertir a la querella que cualquier nueva presentación deberá fundarse en hechos objetivos y acreditados en autos, absteniéndose de utilizar el proceso como medio de hostigamiento o propaganda política”, y “reafirmar que la medida de restricción vigente prohíbe el contacto e intromisiones con las víctimas, pero no suprime la libertad de expresión, ni la posibilidad de publicar contenidos generales, por lo que cualquier interpretación extensiva debe desecharse”.

DENUNCIA_DE_ACOSO_JUDICIAL_Y_ABUSO_DE_PROCEDIMIENTO (1)
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Piden detención de Alejandro Jabornicky por publicar fotos con su ex pareja

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Jabornicky

La diputada provincial electa, Rita Marina Flores, denunció a su ex pareja, el abogado Alejandro Jabornicky, por “violencia de género digital” y a través de la querella pidió su prisión preventiva, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en una publicación pagada de la red social.

Flores oficializó la presentación judicial el jueves pasado, en la Fiscalía de Instrucción Dos de Posadas, y solicitó que se agregue al Expediente 1353277/2025, de la causa por violencia de género contra el letrado por hechos ocurridos a principios de septiembre en el domicilio de Jabornicky, que se tramita en el Juzgado de Instrucción Siete, a cargo del juez Miguel Mattos.

En la ocasión de esa primera denuncia, el domicilio del abogado fue allanado, y Jabornicky fue detenido y estuvo cuatro días recluido en una celda de la comisaría Segunda, sobre la avenida Tambor de Tacuarí, incomunicado.

A la par, la Justicia le concedió a Flores un botón de pánico y le impuso a Jabornicky una orden de restricción que, ahora, con la publicación de su foto con ella en Instagram, la represente legal de la diputada provincial electa considera violentada por el letrado.

Boluda

“La orden de restricción es una manda judicial y desobedecer es una falla penal; es desobediencia judicial”, afirmó Silvia Risko, abogada de Flores en declaraciones a LVM, y agregó: “La orden es que no puede ni acercarse físicamente, ni por teléfono, ni mail u otro contacto”.

“Son fotos del año pasado, que él promocionó pagando publicidad”, apuntó Risko y lanzó: “Eso es cagarse en la orden del juez”.

La abogada remarcó, además, “la intención de hostigamiento, invalidación y revictimización”, de parte de Jabornicky hacia su cliente, e incluso acusó al letrado de “intentar minar la imagen pública” de Flores, de cara a su asunción en la Legislatura el 10 de diciembre próximo.

“Paga una publi en la red social a días de asumir ella”, precisó Risko y contó que, a partir de esta publicación de Jabornicky, Flores “comenzó a recibir mensajes de gente que le pregunta si volvió con él, y eso la hizo perder la tranquilidad”.

“El agravante es el hecho de que pague la publicación, con el claro objetivo de invalidar su denuncia por violencia, para que la gente diga: ‘Mirá, esta boluda volvió al final’”, afirmó.

Ciclo

La fitración del escrito de Flores, al que tuvo acceso La Voz de Misiones, encuadra jurídicamente todo lo argumentado por Risko.

“El hostigamiento a través de un medio público digital NO significa una intromisión menor, sino un ACTO DELIBERADO DE CIBER- HOSTIGAMIENTO que REACTIVA el ciclo de violencia, EXPONIENDO PÚBLICAMENTE A LA VÍCTIMA JUNTO  A  SU  AGRESOR, interrumpiendo de manera efectiva la indemnidad psicológica de la Sra. Rita Marina FLORES y REAFIRMANDO el poder y control que el imputado pretende tener sobre la víctima, REVICTIMIZÁNDOLA, quien revive la situación traumática sufrida por las amenazas de muerte y violencia ejercida hacia su persona y el de su niña, generando un estado de terror y total indefensión ante su agresor”, señala el texto.

Asimismo, en otro párrafo asegura que “las AMENAZAS DE MUERTE efectuadas por el Sr. JABORNICKY a la Sra. FLORES, como también, el incumplimiento de la manda judicial, constituyen ANTECEDENTES GRAVÍSIMOS, existiendo CLARO RIESGO DE FEMICIDIO, todo ello ya que, la desobediencia judicial de quien amenazó con MATAR, DEGOLLAR y luego TIRAR A UN ZANJÓN a la Sra. Rita FLORES…NO PUEDEN SER TOLERADOS POR LA JUSTICIA, quien debe actuar conforme a los protocolos, doctrina y jurisprudencia con PERSPECTIVA DE GÉNERO, PROTECCIÓN A LA VÍCTIMA Y DEBER DE DILIGENCIA DEBIDA, EXISTIENDO UN RIESGO CIERTO PARA DEJAR A LA VÍCTIMA LIBRADA A SU SUERTE EN TOTAL DESAMPARO”.

En tal sentido, argumenta que “la prisión preventiva es la ÚNICA medida de protección eficaz que se ajusta al estándar de debida diligencia ante casos de violencia de género, todo ello acorde al Art. 7, inc. b, de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), que impone a los Estados el deber de actuar con la debida diligencia para prevenir y sancionar todo acto de violencia. Más aún, el Art. 7, inc. f, exige ‘establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia, que incluyan, entre otros, medidas de protección’”.

Agravante

En otro tramo, la denuncia acusa a Jabornicky de ejercer “violencia política” contra Flores, habida cuenta de su investidura como diputada electa, y ubica la situación como “agravante del hostigamiento”.

“La Sra. Rita Marina FLORES reviste el carácter de Diputada Electa de la Provincia de Misiones, con asunción prevista para el 10 de diciembre de 2025. Esta temporalidad es fundamental, todo ello ya que la violencia política es aquella dirigida a ‘obstaculizar, menoscabar o anular el desempeño de una función pública’”, refiere el escrito.

“El accionar del Sr. JABORNICKY, al hostigar a la Sra. FLORES en un medio público de difusión masiva (Instagram) en un período crucial de transición, no solo busca quebrantar su integridad psicológica individual, sino que persigue un objetivo más amplio: DEGRADAR y MENOSCABAR su imagen, credibilidad y legitimidad pública como futura representante legislativa electa por el voto popular en las últimas elecciones legislativas provinciales de fecha 08/06/2025, intentando impedir o dificultar su pleno y libre ejercicio del cargo inminente, afectando no sólo psicológicamente a la víctima, sino también a su rol como representante político social”, afirma.

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Detuvieron a un tío de Pablo Schoenfisch por falso testimonio en el juicio

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Pablo Schoenfisch

Contradicciones, desmentidas y versiones pocas claras derivaron hoy en la detención de un testigo que declaró en el juicio contra Pablo Schoenfisch (23), acusado de asesinar a su madre Faustina Antúnez (54) y provocar secuelas de por vida en su padre Arnoldo, ex intendente de Santiago de Liniers, en un hecho registrado en mayo de 2020. 

La orden de detención fue impartida por los magistrados del Tribunal Penal Uno de Eldorado, quienes hicieron lugar al pedido formulado por el fiscal Federico Rodríguez para abrir una investigación por falso testimonio contra el testigo Rubén Schoenfisch, hermano del sobreviviente que tiene el hecho y tío del único acusado.

El hombre fue el primero en declarar esta mañana, aunque en su comparecencia ante el tribunal se rectificó en varios puntos respecto al testimonio que había brindado en la etapa de investigación y que resultaban comprometedoras para el acusado. 

Es que, en etapa de instrucción, Rubén Schoenfisch declaró que tres meses antes del hecho escuchó al acusado decir “cualquier día de estos mato al viejo de mierda ese”, en alusión a su padre Arnoldo, en tanto que también había señalado que horas después del ataque vio que Pablo vestía un pantalón con manchas de sangre.

Sin embargo, esta mañana desvirtuó esas declaraciones y afirmó que todo lo dicho en instancia previa formó parte de un “acuerdo” para “decir todo lo mismo” junto a un pariente.

“Eso lo dije, porque dijimos todo lo mismo, como dijo René Laidman, pero en ningún momento vi la mancha de sangre en el pantalón”, intentó aclarar Rubén, aunque el fiscal insistió con la lectura de más fragmentos de declaraciones anteriores donde efectivamente hacía referencia a la mancha de sangre.

“Le hice caso a René porque en ese momento de angustia y bronca, pasa de todo por la cabeza, pero en ningún momento vi la mancha en el pantalón”, reafirmó el testigo, visiblemente incómodo con la situación y las incisivas preguntas del fiscal. 

Rubén también bajó el tono de las declaraciones que apuntaban una relación conflictiva y violenta entre el acusado y sus padres y hoy expresó: “Había discusiones sí se escuchaba, alteraciones. Eran por terrible, no sé. Estaba en la edad de la adolescencia, pero las discusiones eran entre Arnoldo y Tina”.

Rodríguez decidió frenar el interrogatorio. “Hay contradicciones significativas, está clavado el falso testimonio. Modificó de tal forma sus declaraciones que puede torcer el proceso. Solicito la inmediata detención y la remisión de las actuaciones al juzgado de instrucción en turno”, lanzó.

Tras varios cuartos intermedios para deliberar, finalmente el pedido fue acompañado por los jueces Adriana Andino, Atilio León y Javier Jourdan, quienes a su vez rechazaron planteos defensivos que buscaban impedir la detención del testigo. 

Los abogados defensores Fabián De Sá y María Laura Alvarenga solicitaron que antes de decidir respecto al falso testimonio era necesario oír a otras dos personas mencionadas por Rubén Schoenfisch en sus declaraciones, pero el tribunal denegó esas convocatorias al considerar “falta de fundamentación”.

Al culminar las testimoniales de hoy Pablo Schoenfisch volvió a declarar para desmentir todas las acusaciones en su contra.

“En cualquier momento mato a papá y mamá”

La decisión, sin embargo, se conoció recién al final de la audiencia, minutos después de las 15, aunque previo a ello la audiencia continuó con la toma de más testimoniales, quienes ratificaron episodios de violencia y conflictos registrados entre el acusado y sus padres.

Llevaban una relación mala, bastante conflictiva, con peleas y discusiones porque él no quería estudiar, ni hacer deberes de la casa. Ya le habían sacado el celular, el uso de los autos y del cuatriciclo”, recordó Rocío Slamotivs, pareja de Lucas Szumkoski, medio hermano del acusado, quien ayer declaró contra el imputado.

Otro testimonio revelador fue el de la empleada doméstica de la familia, Gladis Aquino, quien ante el tribunal recordó una vieja conservación que tuvo con el imputado poco antes del hecho: “Un día Pablo de la nada me dice ‘qué pasaría si mato a mi papá y a mi mamá’. Yo le dije que iba a arruinar su juventud y me dijo que en cualquier momento mataba a su papá y a su mamá”.

Aquino también recordó cuando en una ocasión Pablo tumbó al piso a Antúnez de un empujón. En ese momento quebró en llanto: “Yo jamás haría lo que Pablo hizo. Ellos me trataban como su propia hija, nunca me trataron como una simple empleada. Todo lo que pasó me duele mucho”.

En último turno declaró Miguel Ángel Szumkoski, otro medio hermano del acusado y actual intendente de Santiago de Liniers.

El alcalde sostuvo que un día antes del crimen su madre había descubierto una extracción de 38.000 pesos de su cuenta bancaria y la faltante de su tarjeta, aunque no recordaba haber perdido el plástico. Lo que se sospecha es que ello también pudo haber sido obra del ahora acusado.

Miguel Ángel ratificó además lo que ayer contó su hermano Lucas, respecto a una conversación mantenida con Arnoldo Schoenfisch días después del hecho. “Estábamos discutiendo porque Lucas decía que Pablo no podía ser. Entonces empezamos a hablar sobre y Polaco (por Arnoldo) estaba sentando frente nuestro y ahí él le dice a Lucas: ‘No seas tan boludo, si a mi me metió un tiro a vos te va a liquidar’”.

Miguel Ángel Szumkoski coincidió con las declaraciones dadas por su hermano Lucas ayer.

“Todos mienten”

Al igual que lo ocurrido ayer, una vez que culminaron los testigos, el imputado pidió declarar por tercera vez, instancia donde insistió en su inocencia y se defendió de los señalamientos.

Están todos mintiendo. Tenía discusiones sí, como cualquier padre e hijo, pero nunca llegué a eso. Vienen y dicen un montón de cosas de mí. Ahora puedo defenderme. Me acusan sin pruebas, solo verbalmente”, se plantó.

“Tampoco me hacía falta dinero, nunca necesité. Mi abuela, mi tía, mis padres siempre me brindaron todo. Me sacaron el teléfono sí, pero no el cuatri ni la camioneta.

El debate continuará el próximo jueves, aunque existe la posibilidad de que la audiencia se adelante al miércoles en caso de que la defensa logre conciliar su agenda ya que tienen otro debate programado.

Pablo Schoenfisch llega al debate privado de su libertad desde 2020 y enfrenta una acusación por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego”, en perjuicio de su madre, y “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego, en grado de tentativa”, contra su padre, imputación bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua.

Testigos ratificaron acusaciones contra Pablo Schoenfisch por ataque parricida

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