Judiciales
Perpetua para Franco Ramos como único autor del femicidio de Marina en 2013
Franco Jesús Ramos (28), actualmente imputado por el femicidio de la taxista Claudia Benítez (32), fue condenado hoy a la siesta a la pena de prisión perpetua como único autor del asesinato de su concubina Marina Da Silva (19), sentencia que dejó atrás nueve años de impunidad en la causa.
El fallo del Tribunal Penal Dos de Posadas fue dictado minutos antes de las 13.30 y se ajustó al pedido solicitado previamente por el fiscal Vladimir Antonio Glinka, ya que modificó la imputación inicial, condenó solamente a Ramos y absolvió a los otros dos acusados, Juan Ángel “Juancho” Portal (34) y Alejandro “Pili” Da Silva (37), quienes salieron libres del recinto judicial.
La sentencia, que se dio por mayoría, con los votos de los magistrados César Yaya y Gregorio Busse, y la disidencia de Viviana Cukla (subrogante), que se inclinó por declarar nula la acusación, declaró a Ramos autor penalmente responsable del delito de homicidio calificado por haber sido cometido contra una persona con la que mantenía una relación de pareja, previsto por el artículo 80, inciso 1 del Código Penal de la Nación argentino.
Ramos, único autor
La audiencia que culminó con la condena comenzó cerca de las 9, con el alegato del fiscal Glinka, quien apoyado por diapositivas con croquis, mapas e imágenes, expuso durante más de una hora y media el análisis probatorio que lo condujo a solicitar la máxima pena para Ramos.
“Llegó el momento de terminar esta historia y estoy convencido que será con justicia”, avisó el representante del Ministerio Público Fiscal al inicio.
Luego, repasó las dificultades que tuvo el expediente, que alcanzó un total de nueve cuerpos, con más de 120 declaraciones recolectadas en la instrucción y 37 testimonios relevados durante el juicio.
A partir de ahí, Glinka desglosó el caso, exhibiendo un mapa que abarcaba los barrios Cruz del Sur, Nemesio Parma y Campo Bauer, de la zona sur de Posadas, con las distintas escenas de importancia perfectamente señalizadas para que el Tribunal tuviera en cuenta ubicaciones, distancias y recorridos.

El fiscal Glinka durante su alegato ante los magistrados Yaya y Cukla.
Para el fiscal, la historia del crimen comenzó un día antes, es decir, el 20 de diciembre de 2013, cuando Marina le comunicó a Ramos que quería cortar la relación para irse con Portal, su “amante”, compañero de trabajo de su concubino en una olería de la zona e imputado en la causa pero ahora absuelto.
Esa situación generó una gran discusión familiar, de la cual Marina escapó y acudió a la olería para encontrarse con Portal, aunque a la noche regresó a dormir a la vivienda que compartía con Ramos.
“Ese 21 de diciembre Marina se levantó sin saber que no iba a poder ver el atardecer”, anticipó en su relato Glinka.
La hipótesis trazada ahora por el fiscal del tribunal señala que, ese mediodía, Ramos salió junto a Marina en moto y llevaron a la hija de ambos hasta la casa de la abuela materna de la niña.
Posteriormente, entre las 15 y las 16, Ramos ingresó a un trillo que conectaba su casa con el fondo de la olería donde trabajaba y en determinado momento le efectuó dos golpes que le fracturaron el cráneo a la muchacha.
Lo siguiente fue ocultar el cadáver y planificar su coartada. Para ello, regresó a su casa, tomó un alargue y el bolso de un parlante, elementos que utilizó para maniatar a la víctima y atarle una piedra para que el cuerpo se sumerja en el pozo de agua abandonado, donde finalmente fue descartado.
Glinka apoyó su teoría en las diversas declaraciones recolectadas en el juicio, que le permitieron inferir que Ramos mintió respecto a los recorridos que hizo ese día.

Ramos también está imputado en el femicidio de la taxista Claudia Benítez.
Para ello mencionó y marcó en el mapa cada lugar en el cual el acusado fue visto por testigos y resaltó el testimonio de Carlos Rafael Machado, que recordó haber observado cuando Ramos ingresó en moto junto a la víctima al trillo que conducía al pozo donde apareció el cadáver.
Para el fiscal, Ramos hizo todo con el objetivo de que el crimen pareciera haber sido cometido por otro: “Organizó su coartada porque sabía que lo iban a ir a buscar. Fue por eso que inventó que dejó a Marina en el kiosco y, para que pareciera que fue otro, qué mejor que dejar el cuerpo en un pozo en cercanías a la olería donde el amante de la chica esa noche iba a festejar su cumpleaños”, lanzó.
Portal y Da Silva, absueltos
En ese tramo ingresó en la historia Portal, que ese día efectivamente tenía pensado festejar su cumpleaños, aunque luego suspendió la celebración.
Glinka allí avisó que no pudo ubicar en tiempo ni espacio a Portal dentro de la historia del crimen, pero trazó una hipótesis conjetural para “unir cabos”.
“Yo pienso que Portal esa tarde quería festejar su cumpleaños con Marina y salió a buscarla, pero se enteró o vio a ingresar a la chica al trillo junto con Ramos. Yo creo que él fue la persona que desde el día 1 sabía lo que había pasado, pero sabía que iba a estar complicado porque él era el amante; se asustó”, estimó el fiscal.
De allí, desprendió palabras para Pili Da Silva, cercano a Portal y tercer imputado en le causa. “Portal recurrió a su mejor amigo, que además es hermano de quien es la presidenta del barrio hace 14 años, que ayudó en la búsqueda del cuerpo. Es decir, Da Silva le dio una mano a un amigo y se metió en terrible quilombo. Es la única manera de atar cabos sueltos”, agregó Glinka.
Por lo tanto, puntualizó que “si no puedo ubicar a Portal, tampoco puedo ubicar a Da Silva en el hecho y se cae la calificante de concurso premeditado”.

Portal, con la seguridad de quedar libre, abrazado a sus familiares.
Es que el expediente fue elevado a juicio con una hipótesis que planteaba que ese 21 de diciembre los tres imputados asesinaron a Marina durante el festejo de cumpleaños de Portal, pero con lo recolectado en el debate oral, Glinka llegó a la conclusión de que el crimen fue cometido horas antes y que Ramos actuó en completa soledad.
Con ello, modificó su imputación, al acusarlo como único autor de homicidio calificado por el vínculo y femicidio, por lo cual pidió la prisión perpetua para él y la absolución de Portal y Da Silva.
En la continuidad del debate expusieron sus alegatos los abogados defensores, aunque el pedido de absolución de dos acusados acortó los plazos de lo que apuntaba ser una audiencia maratónica.
El único alegato defensivo extenso fue el de los letrados Ángel Casettai y Cristian Leites, quienes consideraron que la acusación contra Ramos estuvo basada “en indicios y conjeturas, pero no hay pruebas”.
“La duda es el actor principal en esta causa”, sostuvo Leites, que agregó que “no hay elementos fácticos para acreditar que Franco haya golpeado a Marina”.
Por ello, solicitaron la absolución de Ramos, lo cual finalmente no prosperó porque el Tribunal falló en consonancia con lo planteado por la fiscalía.
Tras la sentencia, Portal y Da Silva se fundieron en un abrazo con sus familiares. Nueve años de una mochila cargada con una dura acusación que podía conducirlos a prisión por el resto de sus vidas habían acabado.
Ramos, en tanto, oyó todo inmutable, sentado y de brazos de cruzados. Así se mantuvo, incluso, cuando fue interpelado cara a cara por María Cristina Da Silva, madre de Marina, quien le recriminó por el hecho cometido.
“Lo perdono en nombre de mi nieta”
“Le pregunté por qué había hecho lo que hizo. Me dijo que está todo armado, que más tarde se iba a saber la verdad e iba a salir con la cabeza arriba, pero todas las pruebas llevaban a él y yo desde un comienzo sentía en mi corazón que fue él el que le hizo esto a mi hija”, contó luego la mujer en diálogo con la prensa fuera del tribunal.
María Cristina celebró la sentencia, pero criticó la tardanza de la Justicia para arribar a este momento. También sostuvo que “perdona” a Ramos, porque “no puedo criar a una nieta con odio en mi corazón. A pesar de todo, es el padre de mi nieta”.
Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de febrero del año próximo.

María Cristina, madre de Marina, cara a cara con Ramos tras la sentencia. No hubo incidentes de ningún tipo.
La causa tuvo fecha de juicio en varias oportunidades. La última fue en 2019, pero se suspendió y, ante el vencimiento de la prisión preventiva, todos los acusados fueron excarcelados.
En el medio, se registró el femicidio de la taxista Claudia Benítez, en junio de este año, y Ramos quedó involucrado en la investigación junto al marido de la víctima.
Benítez fue asesinada y descartada en otro pozo de Nemesio Parma, ubicado en cercanías a la cavidad donde en 2013 apareció ultimada Marina. En ese causa, Ramos está procesado con prisión preventiva. La investigación está en manos del Juzgado de Instrucción Siete de Posadas, a cargo del magistrado Miguel Mattos.
Con la sentencia recibida hoy, Ramos deberá purgar un total de 35 años de prisión efectiva. Por el tiempo que ya estuvo en la cárcel, se estima que recién podría solicitar la prisión condicional cerca de 2050.
Judiciales
El juicio al “rey de las mulas narco” y su banda arranca el lunes en Posadas
El Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas será escenario este lunes del inicio del juicio que inicialmente estaba previsto para el 19 de agosto y que tiene al ciudadano surinamés Johan Bodji (52), más conocido como “el rey de las mulas”, como principal imputado en una causa que investiga el accionar de una organización narco transnacional que enviaba cocaína a Europa y como contraprestación recibía drogas sintéticas para ser comercializadas en Argentina.
El arranque de la audiencia está pautado para las 8 de la mañana, con los siete imputados citados, aunque varios de ellos habrían adelantado intenciones de firmar acuerdos de juicios abreviados, decisión que deberán ratificar ese mismo lunes antes todas las partes intervinientes en el debate.
El proceso será llevado adelante por el tribunal conformado por los magistrados Gustavo Cardozo, Ruth María Ponce de León (recientemente designada en el cargo) y Enrique Bosch (subrogante).
Según fuentes consultadas por La Voz de Misiones, de los siete imputados, cinco estarán conectados de manera telemática, entre ellos Bodji, dado que es uno de los internos alojado bajo el régimen de presos de alto riesgo en la cárcel federal de Ezeiza, sector que comparte con los criminales más peligrosos del país y al cual ahora se sumó, por ejemplo, el misionero Luis Raúl “El Gusano” Menocchio.
Entre los acusados que estarán presentes en la sala de audiencias se encuentra otro imputado de “alto perfil”. Se trata de Ricardo Francisco Bruno (62), el “farmacéutico”, que aparece como “coautor” de Bodji en las maniobras de narcotráfico y que entre sus antecedentes registra una condena por venta de medicamentos truchos y otra como “partícipe secundario” en el homicidio de Miriam Alencar Da Silva, una joven brasileña que en 2017 murió al no poder expulsar 66 de las 94 cápsulas de éxtasis que había ingerido para ser utilizada como transporte humano de droga.
La figura de Bodji es que la que concentra la mayor atención. El extranjero, que también se movía bajo la identidad de Dominique Harry Rayngs y que fue catalogado como “el rey de las mulas”, enfrenta cargos como organizador y financista de “tráfico ilícito de estupefacientes, bajo la modalidad de comercio agravado por la intervención de tres o más personas”, además de otros delitos atribuidos como falsificación de documentos públicos y desobediencia.
Los demás acusados son Jorge Antonio Sandoval (47); Crainer Odyllie Abauna (37), de nacionalidad surinamesa; Jackeline Polo Carlo (41), peruano; Karen Aldana Guzmán (27), oriunda de Chaco; y la misionera Carla Luján Grondona (22). Todos están imputados como coautores de tráfico de estupefacientes.
Bruno, Sandoval, Polo Carlo y Abauna se repartían tareas vinculadas a la logística, coordinación, acompañamiento y seguimiento de las mulas, entre cuales figura la chaqueña Guzmán, mientras que la misionera Grondona cumplía funciones como apoyo logístico en Bernardo de Irigoyen, localidad en frontera seca con Brasil que la organización utilizaba como punto fijo en la hoja de ruta de los “corres humanos” con droga que llegaban hasta ciudades como Lisboa, Madrid y Paris.
Dada la complejidad de la causa, el debate contará con una doble acusación, integrada por los fiscales propios del TOF y por fiscales de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar), tal como ocurrió en el juicio oral contra el narco-sicario Néstor Fabián “El Negro” Rojas (50), condenado a prisión perpetua en septiembre de 2024.

Ricardo Francisco Bruno, el “farmacéutico”, será uno de los imputados que estarán presencialmente en el debate. Foto: Infobae.
San José, el origen
El expediente llega a esta instancia luego de que el Juzgado Federal de Posadas, a cargo de la magistrada Verónica Skanata, firmara el requerimiento de elevación a juicio formulado el 12 de junio del año pasado por la fiscal federal Silvina Gutiérrez y el fiscal coadyudante de Procunar Martín Uriona.
La investigación fue el desprendimiento de un hecho registrado el 7 de junio de 2023, cuando en el puesto Centinela de San José la Gendarmería detuvo a una pareja de jóvenes bonaerenses que viajaban desde Bernardo de Irigoyen hacia Ciudad de Buenos Aires en un colectivo con 23,425 kilogramos de MDA o éxtasis.
La pareja fue detenida, imputada, procesada y más tarde condenada a penas de cinco años de prisión en en juicio abreviado, pero lo más sustancioso provino después, gracias al peritaje de sus teléfonos celulares, aparatos de donde surgieron las pistas iniciales para develar todo el ardid y dar con todos los eslabones de la estructura criminal.
En principio se estableció que los pasajeros detenidos ese 7 de junio de 2023 habían sido parte de esta estructura, pero no eran los únicos y que las maniobras continuaban ejecutándose.
La investigación continuó en silencio y los fiscales siguieron solicitando medidas hasta que descubrieron que a mediados de octubre de 2024 se iba a llevar adelante otro ardid, para el cual iban a ser utilizadas dos jóvenes chaqueñas, una de las cuales ya tenía experiencia y conocimientos sobre el itinerario a realizar como sobre la ingesta de las cápsulas.
Las pistas fueron certeras y el otro episodio clave ocurrió el 17 de octubre de 2024, cuando las dos mulas chaqueñas fueron atrapadas en el aeropuerto Silvio Pettirossi de Asunción a punto de embarcar un vuelo hacia Madrid, España, con droga en sus estómagos.
Las chicas llevaban 154 cápsulas de cocaína en su interior y apenas confirmada la maniobra, los investigadores argentinos profundizaron la pesquisa contra el resto de los involucrados, concretando una decena de allanamientos en distintos puntos del país y capturando a los involucrados que ahora serán juzgados en el TOF posadeño.

La carga de éxtasis incautada en San José en junio de 2023 y que disparó la causa.
Va cocaína, llega éxtasis
Para ese entonces los investigadores intervinientes ya conocían al detalle el ardid desplegado, solo faltaba dar el golpe. La reconstrucción realizada consigna que la organización liderada por Bodji reclutaba jóvenes en situación de vulnerabilidad para utilizarlas como mulas para traficar cocaína hacia Europa, para luego recibir drogas sintéticas como contraprestación por el servicio.
La hoja de ruta era la siguiente. La primera etapa unía Buenos Aires con Bernardo de Irigoyen. Desde allí, las mulas iban hacia San Pablo -o Asunción-, donde ingerían las cápsulas y tomaban un vuelo que normalmente hacía escala en Natal antes de aterrizar en ciudades europeas como Lisboa, Madrid o Paris. El itinerario de regreso, en tanto, incluía una estadía en Isla Martinica, en pleno caribe, como “mini-vacaciones” o retribución por el éxito de la maniobra, además del pago de hasta dos millones de pesos por viaje.
El extenso expediente cuenta con una amplia carga probatoria, que incluye tareas de vigilancia, escuchas telefónicas, chats recuperados, transacciones bancarias, informes de aerolíneas y registros migratorios como los que ubican a Bodji en territorio misionero en varias oportunidades.
El surinamés se manejaba libremente por todo el país utilizando una serie de documentos apócrifos mediante los cuales burlaba los controles migratorios, dado que sobre su identidad verdadera pesaba una prohibición de reingreso permanente a la Argentina por una causa narco de 2010, cuando también arbitró los medios necesarios para enviar una mula desde Ezeiza a Vietnam.
Entre los chats recuperados surgen conversaciones donde al menos una de las chicas utilizadas como “correo humano” admite dedicarse a estas actividades ilícitas desde hace ocho años y también se desprenden operaciones fallidas: como cuando una de ellas no pudo ingerir las 112 cápsulas solicitadas o como cuando dos jóvenes “rebotaron” en el aeropuerto de París y debieron aguantarse varios días con las bochas en su estómago, con el elevado riesgo que eso representaba.
La investigación tienen a un total de 18 involucrados identificados, aunque son siete los que irán a juicio en esta causa que se ventilará en debate oral en Posadas, los demás están detenidos en Paraguay, mientras que otros se encuentran prófugos.

Cápsulas de cocaína que las mulas transportaban hacia Europa en sus estómagos.
Johan Bodji, el “rey de las mulas narco”, y su banda serán juzgados en Posadas
Judiciales
Discusión de tránsito y homicidio en Garupá: pidieron elevar a juicio la causa
A menos de cinco meses del hecho, el fiscal de Instrucción Dos de Posadas, Christian Antunez, formuló el requerimiento de elevación a juicio de la causa que investiga el asesinato de Fabricio Ariel Rodríguez (32), cometido durante una discusión de tránsito en Garupá.
De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas por La Voz de Misiones, el requerimiento fue presentado esta semana ante el magistrado Juan Manuel Monte, titular del Juzgado de Instrucción Dos, quien ahora debe analizar el documento y estampar la firma para que el expediente pase a un tribunal.
El caso tiene como imputado y procesado con prisión preventiva al jubilado y chofer de aplicación Juan Carlos D. V. (63), quien enfrenta cargos por “homicidio simple”, figura que prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión.
El hombre cumple la medida cautelar bajo la modalidad de arresto domiciliario por razones de salud, entre otros factores que fueron tenidos en cuenta para la morigeración de las condiciones de detención.
El hecho en cuestión ocurrió el 17 de abril de este año, sobre la avenida Santa Helena, en el ingreso al barrio homónimo y a unos metros de la ruta nacional 105, en Garupá.
Escasos minutos después de las 10 habían pasado cuando dos automovilistas se trenzaron en una discusión de tránsito que subió de tono hasta que, en determinado momento, el ahora imputado regresó a su auto Ford Fiesta blanco, extrajo un arma blanca y apuñaló al otro.
El puntazo dio en el pecho de Rodríguez, que cayó inmediatamente al suelo y murió en ese mismo lugar, ante la vista de una gran cantidad de testigos.
Identificaron al hombre asesinado tras una discusión de tránsito en Garupá
Judiciales
Un misionero condenado y otro absuelto en juicio por red de trata de menores
El Tribunal Oral Federal N°3 de Buenos Aires condenó este miércoles a 22 años de prisión al misionero Francisco Rolando Angelotti Notarbartolo, señalado durante la investigación como líder de una organización dedicada a captar menores para su explotación sexual. En el mismo veredicto, los jueces absolvieron al también misionero Leandro Agustín Aguiar y ordenaron su inmediata libertad.
La sentencia fue dictada por los jueces Javier Feliciano Ríos, Andrés Fabián Basso y Fernando Marcelo Machado Pelloni, en el juicio que también tuvo como acusado al ex ganador de Gran Hermano Marcelo Corazza y a otros dos hombres.
Angelotti Notarbartolo recibió la pena que había solicitado la fiscalía, que durante sus alegatos lo había señalado como quien encabezaba la estructura investigada. El tribunal lo encontró responsable de los delitos de trata de personas agravada, abuso sexual con acceso carnal, promoción de la corrupción de menores y tenencia de representaciones de abuso sexual infantil.
Según el fallo, los delitos por los que fue condenado tuvieron como víctimas a al menos cuatro personas. En el caso de la trata, fue responsabilizado por hechos cometidos contra cuatro víctimas, tres de ellas menores de edad. La figura fue considerada agravada por el abuso de una situación de vulnerabilidad y por la pluralidad de víctimas.
Además, fue condenado por abusos sexuales con acceso carnal contra tres víctimas y por distintos hechos de corrupción de menores. También fue responsabilizado por tenencia de material de abuso sexual infantil.
La sentencia, sin embargo, también declaró prescriptas otras acusaciones contra Angelotti Notarbartolo y lo absolvió respecto de esos hechos. Se trata de delitos contra la integridad sexual vinculados con otras ocho víctimas.
Como parte de la resolución, el tribunal dispuso además que Angelotti y otro de los condenados, Raúl Ignacio Mermet, paguen una reparación económica equivalente a veinte salarios mínimos vitales y móviles a cada una de las víctimas por las que fueron sentenciados.
Aguiar, absuelto
La situación del otro misionero acusado tuvo un desenlace diferente.
Leandro Agustín Aguiar, para quien la fiscalía había solicitado 11 años de prisión, fue absuelto por el tribunal. La misma decisión alcanzó a Andrés Fernando Charpenet, otro de los acusados, y ambos recuperarán la libertad de manera inmediata.
Durante el juicio, la acusación había sostenido que Aguiar se incorporó a la organización en 2018 y que, junto con Charpenet y Mermet, participaba de encuentros con las víctimas. El Ministerio Público había considerado que su intervención justificaba una condena de 11 años.
Sin embargo, los jueces no encontraron elementos suficientes para condenarlo por los delitos que se le atribuían y dispusieron su absolución.
Corazza, también fue absuelto
El fallo tuvo como principal repercusión nacional la absolución de Marcelo Corazza, ex ganador de Gran Hermano y productor televisivo.
El tribunal lo desvinculó de las acusaciones de abuso sexual infantil, corrupción de menores y trata de personas. Los magistrados consideraron que algunos de los hechos atribuidos estaban prescriptos y que respecto de otros no existían pruebas suficientes.
En consecuencia, el tribunal ordenó quitarle la tobillera electrónica, levantar la prohibición para salir del país y dejar sin efecto el embargo que pesaba sobre sus bienes.
La fiscalía ya había solicitado su absolución durante los alegatos. El fiscal general Patricio García Elorrio había sostenido que el hecho de abuso sexual que se le atribuía, ocurrido en 2001, estaba prescripto y que tampoco había elementos suficientes para sostener la acusación por asociación ilícita.
Los fundamentos completos del fallo serán difundidos el próximo 22 de octubre.
El expediente se inició en octubre de 2022 a partir de la denuncia de una víctima ante la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex). La investigación posterior derivó en la detención de los cinco acusados y finalmente en el juicio oral.
La causa investigó una estructura que, según la acusación fiscal, habría operado entre 1999 y marzo de 2023 en Misiones, la Ciudad de Buenos Aires y la provincia de Buenos Aires, captando principalmente a adolescentes varones en situación de vulnerabilidad para someterlos a prácticas de explotación y abuso sexual.
Piden 22 años de cárcel para misionero acusado de liderar red de trata de menores
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