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El femicida de las 113 puñaladas, Fabián Tablado, recupera hoy su libertad

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113 puñaladas

Fabián Gerardo Tablado, el femicida que en 1996 mató de 113 puñaladas a su novia Carolina Aló en su casa de la localidad bonaerense de Tigre, recuperará hoy su libertad tras haber cumplido su pena.

BUENOS AIRES. Tablado, quien cometió el crimen cuando tenía 20 años, actualmente tiene 43 -el martes es su cumpleaños 44-, saldrá alrededor de las 12 del mediodía de la Unidad 21 de Campana, ubicada sobre el kilómetro 5,5 de la Ruta 6, penal donde pasó sus últimos años de condena en el pabellón 5 de los internos que profesan el culto evangelista.

La madre del femicida, María Esther Gallardo, confirmó ayer que pese a que sabe que su hijo “se arruinó la vida”, nunca lo abandonó en estos casi 24 años que estuvo preso y anunció que hoy iría a buscarlo a la salida del penal.

La mujer, quien dijo que “no hay palabras de consuelo” para la familia Aló, no quiso confirmar si a partir de hoy su hijo volverá a vivir con ella y su marido en Albarellos 348 de Tigre, la misma casa donde en 1996 cometió el crimen de las 113 puñaladas, por lo que aún es una incógnita cuál será a partir de hoy el lugar de residencia del femicida.

Como a partir de hoy tiene cumplida la pena, Tablado no tiene obligación de informarle ni a la Justicia ni al Servicio Penitenciario Bonaerense, cuál va a ser su domicilio.

Desde que en diciembre se enteró que Tablado iba a ser liberado, Edgardo Aló, padre de la víctima, buscó la manera de evitar que “el chacal” -tal como llama habitualmente al asesino de su hija-, salga de prisión y cuestionó que se le dé por agotada la pena dos años y nueve meses antes de lo que había dispuesto la Justicia.

Es que Tablado saldrá hoy libre luego de pasar 23 años, nueve meses y un día encarcelado, cuando la Justicia había dispuesto que pase encarcelado 26 años y seis meses.

Por el crimen de Carolina Aló fue condenado en 1998 a 24 años de prisión, pero en 2013 se le sumó una condena a dos años y medio de prisión por “coacción” tras amenazar de muerte a Roxana Villarejos, la docente con la que en 2007 se casó con él estando preso y con quien tuvo hijas mellizas, y a su suegra.

Si bien se le unificó la condena en 26 años y seis meses de prisión, pena que debía agotarse en 2022, los beneficios de la ya derogada “Ley del 2×1” y los cursos que hizo en prisión como “estímulo educativo”, hicieron que la pena del femicida se dé por concluida hoy.

El padre de Aló solicitó ayer que la Justicia imponga una medida de restricción perimetral para que ahora que otra vez estará en la calle, el femicida de su hija no pueda acercarse a su grupo familiar.

El miércoles se conocieron los resultados de una reciente pericia psiquiátrica que determinó que Tablado presenta sus facultades mentales “normales”, pero también recomendó que por el momento no ejerza la “responsabilidad parental” sobre sus hijas mellizas de 11 años.

El crimen de Carolina Aló ocurrió el 27 de mayo de 1996 en la casa de la familia Tablado, en Albarellos 348 de Tigre.

Hasta allí la pareja fue a la salida de la Escuela N°1 Marcos Sastre de Tigre, colegio al que asistían en el turno nocturno, tuvieron relaciones sexuales y comenzó una discusión por celos que culminó en el homicidio.

Tablado, por entonces de 20 años, persiguió a Carolina por varios ambientes de la casa -escaleras, cocina y garaje- y la mató de 113 puñaladas aplicadas con cuatro armas blancas halladas en la escena: una cuchilla de cocina, dos cuchillos de mesa Tramontina y un formón de carpintería.

El homicida escapó, le confesó lo sucedido a un amigo y se fue a esconder debajo del puente de la calle Tedín, en Tigre, a unas 20 cuadras del lugar del crimen, donde unas horas más tarde la policía lo detuvo.

En el juicio, querella y fiscalía lo acusaron por homicidio agravado por alevosía para lograr una perpetua y la defensa pretendía que se lo declare “inimputable”, pero finalmente, en un fallo dividido, la Sala III de la Cámara Penal de San Isidro condenó a Tablado a 24 años por homicidio simple.

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Acusado de abuso fue absuelto en 2022 y ahora condenado a 12 años de cárcel

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acusado abuso

Tras la anulación del fallo que dispuso su absolución por el beneficio de la duda en 2022, el Tribunal Penal Uno de Posadas realizó un nuevo debate oral contra el hijo de una ex funcionaria provincial acusado de abusos sexuales en perjuicio de una hija menor de edad y esta tarde lo condenó a una pena de 12 años de prisión efectiva.

La nueva sentencia fue dictada esta tarde, después de una extensa jornada de alegatos y después de varias audiencias de debate que incluyeron sucesivos cambios de defensa e incluso registró un faltazo del imputado, que luego argumentó haberse internado en una clínica de salud mental pero terminó siendo detenido.

El implicado se trata de J. R. G. -hijo de una ex funcionaria del Iprodha- quien en 2013 fue denunciado por abusos contra una hija de 5 años en ese entonces, causa que en 2022 llegó a debate oral y resultó absuelto por el beneficio de la duda, aunque ese fallo, dictado por los magistrados Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Juan Manuel Monte (subrogante), fue anulado por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) al entender que hubo una errónea valoración de la prueba.

De esta manera, se ordenó la realización de un nuevo proceso oral que arrancó semanas atrás frente a un tribunal integrado por los magistrados Gustavo Bernie, Juan Carlos Sosa y Miguel Mattos, ambos subrogantes.

El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Vladimir Glinka, en tanto que como querellante particular volvió a participar el letrado Hugo Zapana, quienes hoy coincidieron al solicitar una pena de 16 años de prisión para el implicado.

Al comienzo del debate el imputado contó con la defensa de Eduardo Paredes, Mauricio Vergara y Florencia Romero, aunque uno a uno fueron renunciando, lo que derivó en demoras en la continuidad del proceso.

Finalmente, este martes el imputado -su identidad completa no se revela para no revictimizar a la víctima- contó con el patrocinio del defensor oficial Mario Ramírez y del abogado particular Federico Tilli, quienes insistieron en absolución del imputado o en forma subsidiaria solicitaron una pena de 3 años de prisión en suspenso por abuso simple.

Después de una larga deliberación, los jueces decidieron condenar a Ramos a la pena de 12 años de prisión efectiva como penalmente responsable del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante calificado por el vínculo, dos hechos, en concurso real”.

El ahora condenado continuará privado de su libertad en una celda de la comisaría Cuarta de Posadas, hasta tanto el mismo tribunal analice un pedido de prisión domiciliaria solicitada por la defensa. Los fundamentos de la nueva sentencia se conocerán el 26 de marzo.

El STJ anuló sentencia que absolvió a imputado por abuso en Posadas

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Muerte en edificio posadeño: detenido negó haber lanzado al vacío a la víctima

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El expediente que investiga la muerte de Marcelo Ojeda Krejzezúk (31), registrada el viernes a la madrugada tras su caída desde el tercer piso de un edificio sobre la calle Gómez Portiño de Posadas, avanzó este lunes con la indagatoria al único detenido que tiene la causa, Marcos Andrés Á. (27), quien negó la acusación por homicidio que pesa en su contra y planteó la posibilidad de que la víctima se haya suicidado luego de la pelea mantenida en el departamento.

La audiencia de declaración indagatoria se concretó esta mañana, una vez que el magistrado Fernando Verón, titular del Juzgado de Instrucción Uno de Posadas por subrogancia legal, recibiera el sumario del caso y el informe de autopsia, examen que concluyó que la muerte de Ojeda fue consecuencia de un “politraumatismo craneal”, lesión compatible con el impacto del cuerpo contra el suelo.

La declaración del implicado se dio una vez formalizada la designación de Víctor Luciano Gómez como abogado defensor particular y su testimonio se extendió durante más de dos horas.

Según pudo averiguar La Voz de Misiones, ante el juez Verón y ante la fiscal Amalia Spinatto -conectada por Zoom-, Marcos brindó un pormenorizado relato de los sucesos ocurridos antes, durante y después del hecho que se investiga.

El detenido fue encontrado malherido y ensangrentado a cinco cuadras del lugar.

Bar, pelea y muerte

En ese marco, señaló que jueves a la noche asistió junto a Ojeda a un bar pub del microcentro posadeño, donde permaneció hasta las 2 del viernes, cuando decidieron regresar al departamento en el que convivían hace varios meses, dado que la víctima vino desde Esquina, Corrientes, para buscar trabajo y asentarse en Posadas.

Junto a ellos estuvo unos minutos un tercer joven que después dejó el inmueble y allí se desató el conflicto entre los involucrados, quienes mantenían una relación de confianza debido a que Marcos es ahijado del padre de Ojeda.

En su indagatoria, el detenido aseguró que en determinado momento decidió acostarse y Ojeda pretendió hacerlo junto a él, pero Marcos se negó y esa situación dio inicio a un enfrentamiento.

“Yo ahí dije ‘me voy’, pero él me atacó y después agarró un cuchillo con el que me hizo un corte. Yo ahí empecé a defenderme y al intentar sacarle el cuchillo los dos nos lastimamos también”, fue parte de su declaración.

En esas circunstancias -amplió el Marcos-, Ojeda se resbaló producto de la sangre desparramada en el piso y quedó tendido en el piso, situación que él aprovechó para retirarse del departamento en busca de ayuda.

Marcelo Ojeda tenía 31 años y era oriundo de Esquina, Corrientes.

El imputado sostuvo que recién se enteró de la muerte de su “primo” una vez trasladado a la comisaría, luego de que la Policía lo encontrara malherido, ensangrentado y en shock en el skate park de la costanera, a unas cinco cuadras del departamento ubicado en Gómez Portiño, casi Urquiza.

Ante las preguntas de las partes, el joven negó haber lanzando o empujado accidentalmente durante la pelea a la víctima por el balcón. A su entender, hipotetizó que quizás Ojeda pudo arrojarse por decisión propia.

Culminada la audiencia, el juez Verón imputó al muchacho por homicidio simple -que prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión- y dispuso que continué privado de su libertad, aunque en paralelo la defensa presentó un pedido de excarcelación que ahora debe ser analizado por las partes.

Mientras tanto, el proceso continúa con la toma de testimoniales y se aguarda el resultado de las pericias científicas realizadas en la escena del hecho, principalmente en los estudios tendientes a determinar a quién corresponden las manchas de sangre detectadas en la baranda de la ventana balcón del departamento.

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Fallo judicial ordena a Muni de Eldorado a informar sobre acuerdo con ETCE

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Fallo judicial ordena a Muni de Eldorado a informar sobre acuerdo con ETCE

Un fallo judicial hizo lugar parcialmente a una acción de amparo por acceso a la información pública presentada contra la Municipalidad de Eldorado y ordenó al Ejecutivo, a cargo del intendente Rodrigo “Pipo” Durán, a completar datos vinculados al servicio de transporte urbano de pasajeros.

La demanda fue presentada por los abogados José Luis Fuentes y María Mercedes Galeano, quienes solicitaron que el municipio entregue de manera completa y gratuita información relacionada con el sistema de transporte urbano en la ciudad, respaldándose en el derecho de acceso a la información pública reconocido por la Constitución Nacional, la Constitución de Misiones y la Ley IV N.º 58.

Según consta en el fallo del Juzgado Civil y Comercial Uno de la Tercera Circunscripción Judicial de Misiones, al que accedió La Voz de Misiones, los demandantes realizaron un pedido administrativo ante la Municipalidad de Eldorado el 2 de octubre de 2025. El municipio respondió el 20 del mismo mes mediante correo electrónico, aunque Fuentes y Galeano consideraron que la información brindada era parcial.

Concretamente, los letrados solicitan que la comuna informe sobre lo ocurrido con la empresa ETCE durante el paro total del servicio de transporte en la ciudad, que se produjo sin previo aviso y paralizó completamente la movilidad de los vecinos el 1 de octubre. En ese contexto, un día después el Ejecutivo firmó con la prestataria un acuerdo de reconocimiento de deuda por 1.400 millones de pesos, que luego fue validado por el Concejo Deliberante. Los demandantes buscan conocer los pormenores de esa decisión, según señalaron en un comunicado.

Respuesta de la Muni

La Municipalidad de Eldorado se presentó en el expediente a través de sus apoderados legales, contestó la demanda y solicitó su rechazo, negó en términos generales los hechos planteados por los demandantes, aportó documentación como prueba y dejó planteada la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En la causa también intervino el Ministerio Público Fiscal de Misiones, que en su dictamen consideró que la acción no sería procedente, al entender que los demandantes contaban con otras vías administrativas para realizar el reclamo. El organismo participó en el proceso en su rol de defensor del patrimonio del fisco.

El fallo

Al analizar el caso, el juzgado interviniente entendió que la vía del amparo resultaba formalmente procedente y que el derecho de acceso a la información pública constituye una herramienta para el control ciudadano de la gestión estatal. El fallo también señaló que los organismos públicos tienen la “obligación de facilitar el acceso a la información disponible o indicar el lugar donde puede ser consultada”.

Tras evaluar la documentación incorporada al expediente, el tribunal concluyó que el municipio respondió dentro de un plazo razonable, pero que la información entregada no cubría todos los puntos solicitados ni indicaba en dónde podía accederse a los datos faltantes.

Asimismo, la Justicia precisó además que el derecho de acceso a la información pública se “limita a la información existente en poder del Estado” y no obliga a la administración a generar documentos nuevos o elaborar informes especiales que no formen parte de sus registros.

Con ese contexto, la sentencia resolvió hacer lugar parcialmente al amparo de Fuentes y Galeano y ordenó a la Municipalidad de Eldorado que, en un plazo de diez días, entregue la información solicitada o indique de forma clara la dependencia u oficina donde se encuentre disponible para su consulta.

“Este fallo pone un límite muy claro a la opacidad del poder político. No se puede dejar a una ciudad entera sin transporte y al día siguiente reconocer una deuda de más de 1.400 millones de pesos sin que la sociedad sepa cómo se calculó, de dónde surge, qué se pagó, qué se condonó y qué expediente respalda todo eso. Si al concesionario se le termina pagando una suma que equivale a más de un millón de dólares, la ciudadanía tiene derecho a conocer hasta el último papel de esa decisión”, apuntó el abogado José Luis Fuentes tras conocerse la decisión de la Justicia misionera.

La Voz de Misiones consultó al Ejecutivo municipal sobre el fallo y una fuente señaló que la Municipalidad “respondió en su momento el pedido de información solicitado por los demandantes”. En ese sentido, indicó que, en cumplimiento de la resolución judicial, “se completará o se indicará el acceso a la documentación existente”.

Además, la misma fuente sostuvo que “desde el día uno sostuvimos que la gestión pública debe ser transparente, pero también responsable en el uso de los recursos administrativos”.

Eldorado amaneció sin colectivos y buscan declarar emergencia en transporte

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