Judiciales
Sobreseyeron por muerte a represor misionero acusado de crímenes en la dictadura
Parece una obviedad, pero todo debe estar plasmado en documentos y, a tres años de su muerte y a cuatro meses de la finalización del juicio en el que era uno de los 22 imputados, la Justicia bonaerense dictaminó el sobreseimiento por fallecimiento del represor misionero Benito Ángel Rubén Omaecheverría.
Según en las actas oficiales, el coronel Omaecheverría nació el 26 de abril de 1928 en Posadas y falleció el 14 de mayo de 2019, apenas dos semanas después del inicio del debate oral en el marco de la denominada “megacausa de Campo de Mayo”, el primero que enfrentaba por su participación en el terrorismo de Estado durante la última dictadura militar argentina.
En esa causa, el militar misionero estaba acusado por hechos de abuso sexual en perjuicio de al menos cinco presos políticos que pasaron por el centro clandestino de detención “El Campito”, ubicado dentro de la guarnición militar de Campo de Mayo, un predio de 4.000 hectáreas con distintos recintos para alojamiento y tortura de prisioneros.
De acuerdo a la acusación formulada por la Fiscalía que llevó adelante la investigación del expediente, en ese momento Omaecheverría cumplía funciones como Jefe del Departamento de Personal del Estado Mayor del Comando de Instituto Militares.
El juicio por esta causa comenzó el 29 de abril de 2019. Tras la pandemia se reanudó el 27 de mayo de 2020 por vía telemática y culminó el 6 de julio de 2022. En total se desarrollaron 127 audiencias y se recabaron 327 declaraciones testimoniales.
Nueve de los imputados fueron condenados a prisión perpetua y otros nueve acusados recibieron penas de entre 22 y 4 años de prisión, entre ellos otro misionero Bernardo “El Ángel” Caballero, oriundo de San Ignacio, quien era uno de los pocos represores privado de su libertad en una celda de la Unidad Penal 34 de Campo Mayo, dependiente del Servicio Penitenciario Federal (SPF).
Justamente, en la resolución judicial firmada hoy por el Tribunal Oral Federal 1 de San Martín (Buenos Aires), que declara la “extinguida” la acción penal y decreta el sobreseimiento de Omaecheverría, consta que su último domicilio fue la “residencia Tercera Edad -geriátrico Hospital Militar Campo de Mayo”-, dentro de la guarnición militar de Campo de Mayo.
El mismo fallo dispone “el levantamiento de las medidas cautelares oportunamente decretadas al dictarse el procesamiento por los hechos objeto de este proceso”. Con ello Omaecheverría se llevó a la tumba todos sus hechos y falleció sin recibir sentencia por las acusaciones de lesa humanidad que pesaban en su contra.
El testimonio de una víctima
Entre las víctimas de los hechos imputados al misionero aparece María Celia Torres, prisionera política que sobrevivió a su paso por El Campito y esposa de Héctor Jofre, que aún permanece desaparecido.
El 14 de abril de 2021, Torres declaró en el juicio que se llevó adelante en el expediente por la megacausa de Campo de Mayo.
Sobre el secuestro de su esposo, concretado el 25 de febrero de 1977, Torres recordó que “lo estaban esperando en la puerta de su trabajo, lo tomaron los policías y personal del ejército, lo golpearon, lo hirieron y lo llevaron en un camión”.
Luego explicó que ese mismo día automóviles Falcon de color verde y un camión del ejército rodearon su casa, le dijeron que a su marido no lo iba a ver más, que ella también iba a desaparecer y agregó: “Rompieron toda la casa, paredes y vidrios. Nos encerraron en una habitación bajo llave durante muchas horas. Nos azotaban y nos tiraban del cabello, nos trataron muy mal”
En su exposición, replicada luego en la web oficial del Gobierno de la provincia de Buenos Aires, Torres explicó que la llevaron en un Falcon vendada con un pañuelo, que la ingresaron a un galpón y le colocaron una capucha: “Me dijeron no sos nadie, sos el número 176”.
La testigo relató que fue torturada por medio de picana eléctrica y que fue abusada sexualmente y describió como “el infierno en la tierra” lo que tuvo que vivir durante su secuestro: “Fue aterrador. Me ponían picanas en los brazos y en las piernas. Después de un rato de torturarme volvían a traerme para que me acostase en la colchoneta, y así varios días”.
Antes del inicio del juicio, uno de los abogados querellantes, Pablo Llonto, había marcado especial interés en la figura de Omaecheverría. “Uno de los máximos responsables de la represión. Era quien tenía listas de todos los detenidos desaparecidos que estaban en El Campito. Este tipo es el que sabía y sabe qué pasó con cada desaparecido”, expresó el letrado a Tiempo Argentino en 2019.
Judiciales
Imputado por muerte del gendarme Barreto pidió perdón: “No quise hacer daño”
“Nunca quise hacer daño, fue un accidente y quiero pedir disculpas a la familia”, expresó esta mañana Rodrigo Dias Da Silva (27) en el inicio del juicio oral donde se determinará su responsabilidad por chocar y matar al gendarme Chato Barreto a bordo de una camioneta repleta de cigarrillos de contrabando dos años atrás en Santa Ana.
Da Silva llegó a esta instancia detenido y así continuará debido a que el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas, presidido por la magistrada Ruth María Ponce de León e integrado por Gustavo Cardozo y Enrique Bosch (subrogante), prorrogó su prisión preventiva.
En la audiencia de hoy se leyó el auto de elevación a juicio del expediente, se resolvieron cuestiones preliminares planteadas por las partes y el tribunal le dio al imputada la posibilidad de declarar. Da Silva rechazó la oportunidad, aunque si aprovechó para dar unas palabras.
“Durante mucho tiempo se habló mucho de mí, pero no soy malo. Sé que el cigarrillo no es un delito mayor, yo nunca tuve quise hacer daño, lo que hice fue un accidente, fue todo muy rápido y salió mal”, expresó el joven oriundo de Oberá, aunque con domicilio en San Vicente ante el tribunal.
Y, entre lágrimas, pidió perdón: “Quiero pedirle disculpas a la familia y mis condolencias. Nunca, jamás, quise hacer daño”.
El debate oral continuará el próximo lunes con la declaración de los primeros testigos citados. En la fiscalía interviene Pablo Di Loreto, en tanto que también abogadas representantes de Defensorías Públicas de Víctimas, mientras que Da Silva es defendido por el letrado particular Carlos Luis Ferreyra.

Dias Da Silva no declaró y solo se limitó a expresar disculpas por el hecho.
Fuga, choque y muerte
El hecho que se ventila en debate ocurrió hace exactamente dos años, sobre la ruta provincial 103, poco después del ingreso al Parque Temático de la Cruz de Santa Ana.
Robert David “Chato” Barreto (31) era uno de los gendarmes apostados sobre la ruta cuando Da Silva embistió el control vehicular a toda velocidad.
Según la reconstrucción del hecho, Barreto estaba apostado sobre la doble línea amarilla de la ruta, al lado de un cono vial, y al ver que la camioneta Volkswagen Amarok avanzaba en contramano corrió hacia la banquina para resguardarse.
En esas circunstancias, fue embestido, quedó tendido sobre el capot y fue arrastrado varios metros hasta que se produjo el despiste de la camioneta y fue despedido violentamente.
El gendarme atropellado quedó severamente herido al costado de la ruta y alcanzó a ser asistido, aunque falleció horas después en el hospital.
La camioneta que era conducida por Da Silva tenía pedido de secuestro por robo en la ciudad bonaerense de Quilmes y en su interior transportaba 20.000 paquetes de cigarrillos Eight valuados en más de 22 millones de pesos.
Contrabandista que chocó y mató a un gendarme irá a juicio el lunes
Judiciales
Contrabandista que chocó y mató a un gendarme irá a juicio el lunes
Exactamente dos años después del hecho, el joven contrabandista que en pleno intento de fuga chocó y mató a un gendarme en Santa Ana irá a juicio oral y enfrentará una acusación que prevé una pena de prisión perpetua en caso de ser declarado culpable.
El debate se realizará en el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas y comenzará el lunes 14 de septiembre, exactamente dos años después del hecho que acabó con la vida del cabo Robert David “Chato” Barreto (31), un centinela con más de doce años en la institución y padre de dos hijos.
El imputado, por su parte, es Rodrigo Dias Da Silva (27), quien se encuentra imputado y procesado con prisión preventiva por los delitos de “encubrimiento de contrabando, resistencia a la autoridad y homicidio doblemente calificado cometido a un miembro de la fuerza de seguridad para procurar la impunidad, en concurso ideal”, figura que prevé prisión perpetua.
El juicio oral será presidido por la magistrada Ruth María Ponce de León e integrado por sus pares Fabián Gustavo Cardozo y Enrique Jorge Bosch (subrogante). En representación de la fiscalía, en tanto, actuará Pablo Ricardo Di Loreto, mientras que como defensor de Da Silva estará el abogado particular Carlos Luis Ferreyra.
Para la primera audiencia está pautada la lectura del requerimiento de elevación a juicio y la indagatoria al acusado, que tendrá la posibilidad de declarar o abstenerse, para luego avanzar en la producción de prueba. Se prevén varias jornadas más para la declaración de los testigos citados.

Chato Barreto llevaba doce años en la GNA y era padre de dos hijos.
Crimen en la ruta
El hecho que se encuentra en investigación se registró el 14 de septiembre del 2024, cuando una Volkswagen Amarok cargada con 20 millones de cigarrillo de contrabando evadió un control sobre la ruta provincial 103, a la altura de Santa Ana, pero en plena maniobra su conductor embistió a uno de los gendarmes apostados sobre la arteria.
El uniformado atropellado fue Chato Barreto y tras el impacto la camioneta Amarok continuó su marcha sin control hasta volcar en una banquina de la ruta y en esas circunstancias fue detenido Da Silva.
Según la reconstrucción del hecho, Barreto estaba apostado sobre la doble línea amarilla de la ruta, al lado de un cono vial, y al ver que la camioneta avanzaba en contramano corrió hacia la banquina para resguardarse.
En esas circunstancias, fue embestido, quedó tendido sobre el capot y fue arrastrado varios metros hasta que se produjo el despiste de la camioneta y fue despedido violentamente.
El gendarme atropellado quedó severamente herido al costado de la ruta y alcanzó a ser asistido, aunque falleció horas después en el hospital.
La camioneta que era conducida por Da Silva tenía pedido de secuestro por robo en la ciudad bonaerense de Quilmes y en su interior transportaba 20.000 paquetes de cigarrillos Eight valuados en más de 22 millones de pesos.
Tras la muerte de Barreto, la fuerza federal rindió diversos homenajes y en su honor bautizó con su nombre la Plaza de Armas del Escuadrón 11 de GNA en San Ignacio.

El homenaje a Barreto se realizó en marzo del año pasado.
Judiciales
El STJ confirmó la condena al médico Vinuesa por abuso a cuatro pacientes
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó la condena a 4 años de prisión efectiva dictada a fines de 2024 contra el médico gastroenterólogo infantil Fernando Alfredo Vinuesa por cuatro hechos de abuso sexual simple cometidos en perjuicio de pacientes adolescentes.
La resolución del máximo órgano judicial de la provincia fue emitida este lunes, con el voto inicial del ministro Roberto Rubén Uset, al cual adhirieron sus pares Rossana Pía Venchiarutti Sartori, Cristina Irene Leiva, Cristian Marcelo Benítez, María Laura Niveyro, Juan Manuel Díaz y Valeria Fiore Cáceres.
La causa llegó al STJ tras un recurso de casación interpuesto por Julio César Lenzken, abogado defensor particular de Vinuesa, quien cuestionó el fallo emitido por el Juzgado Correccional y de Menores Dos de Posadas en diciembre de 2024 tras un debate oral que se extendió durante cuatro jornadas.
En su presentación, el letrado insistía en declarar la nulidad del requerimiento de elevación a juicio de la causa iniciada en 2019 y apuntaba imprecisiones en la acusación que perjudicaban el derecho de defensa en juicio.
“No se advierte la existencia de vicio procesal alguno que habilite la declaración de nulidad, toda vez que el trámite se desarrolló conforme a derecho y con pleno respeto de las garantías procesales. Cabe agregar que durante el debate oral, el Sr. Defensor ejerció sin restricciones su derecho de defensa, formulando ofrecimiento de prueba, alegando y planteando nulidades, lo que permite concluir que no se ha configurado situación alguna de indefensión derivada de las observaciones planteadas”, responde el ministro Uset en la resolución a la que La Voz de Misiones tuvo acceso.
En otra línea, el magistrado argumenta que “la nulidad de la acusación solo procede cuando indeterminación impide comprender el hecho o genera indefensión real. En el presente caso, los hechos están probados y determinados en su esencia fáctica, por lo que la variación de fechas no genera indefensión material ni afecta el derecho de defensa”.
Asimismo, destaca que “la sentencia demuestra que el juez ha valorado la prueba de manera racional, ponderando los elementos de cargo y descargo, y otorgando mayor fuerza convictiva a aquellos que resultan más verosímiles y concordantes. No se advierte contradicción ni arbitrariedad en la valoración probatoria, sino un razonamiento lógico que conduce a la conclusión alcanzada”.
Por todo lo expuesto, el STJ resolvió declarar admisible el planteo recursivo, aunque rechazó los agravios esgrimidos y en consecuencia confirmó el fallo oportunamente dictado por el Juzgado Correccional y de Menores Dos de Posadas, en ese momento a cargo del magistrado ahora jubilado César Raúl Jiménez.
En dicha sentencia, Vinuesa fue condenado a la pena de 4 años de prisión efectiva e inhabilitación perpetua para ejercer la medicina como autor penalmente responsable del delito de “abuso sexual simple, cuatro hechos en concurso real”, aunque el cumplimiento de la pena fue diferida hasta que el fallo quedara firme, lo cual ocurrió ahora tras la revisión del STJ.
El fallo condenatorio fue emitido el 6 de diciembre de 2024, tras cuatro audiencias de juicio oral en el que las cuatro denunciantes ratificaron haber sido manoseadas y acosadas por el médico. En el proceso oral intervino como fiscal María Laura Álvarez, que en la instancia de alegatos había solicitado una pena de 7 años de prisión para el acusado.
FOTO: Archivo El Territorio.
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