Judiciales
Pareja acusada de homicidio acordó penas de hasta 10 años y medio en Eldorado
Lorenzo Fabián Acosta (28) y Clara Soledad Riveros (33), la pareja acusada por el crimen de un vecino del barrio 1° de Mayo de Puerto Iguazú en 2020, reconocieron sus culpabilidades en el hecho y mediante la firma de un juicio abreviado acordaron penas de hasta 10 años y 6 meses de cárcel.
Ambos imputados debían enfrentar esta mañana el debate oral en que iba a ventilar el homicidio ante los magistrados del Tribunal Penal Uno de Eldorado, pero minutos antes de la hora prevista para el inicio aceptaron los cargos impuestos por el fiscal Federico Rodríguez.
De esta manera, tanto Acosta como Riveros reconocieron haber participado del crimen y aceptaron ser condenados a penas de 10 años y 6 meses y 5 años y 4 meses de prisión, respectivamente.
Las actas fueron firmadas, elevadas al tribunal y, en consecuencia, el juicio oral fue suspendido, evitando ambos imputados la exposición pública.
Según añadieron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, una vez que el acuerdo se homologado por los camaristas y la sentencia quede firme, se procederá al cálculo de una única para imponer a Acosta, quien ya registra una condena previa por el mismo delito.
El crimen de Quiroz
El hecho por el cual la pareja iba a ser juzgada hoy se registró el 26 de septiembre de 2020, entre las 3 y las 4 de la madrugada, y la víctima fue identificada como César David Quiroz (28).
La reconstrucción del caso indica que esa madrugada Quiroz estaba junto a su pareja, María Florencia Caballero, frente a su casa hasta que al lugar arribó la pareja conformada por Acosta y Riveros, con quienes se produjo una breve discusión que derivó en un ataque mortal.
La secuencia trazada por los investigadores señala que tras la discusión los acusados se retiraron del lugar, pero regresaron a los pocos minutos y armados con cuchillos.
Allí Acosta asestó una seguidilla de estocadas a Quiroz en diversas partes del cuerpo, mientras que Riveros atajaba y golpeaba a la pareja de la víctima para que no pudiera auxiliar al hombre.

El crimen de Quiroz se registró en septiembre del 2020 en Puerto Iguazú.
La posterior autopsia estableció que Quiroz falleció producto lesiones de carácter “letal” en los pulmones y que las heridas fueron provocadas con dos armas blancas de diferentes dimensiones.
Tras el ataque, los agresores huyeron de la escena, mientras que la víctima fatal acabó tendido boca abajo en el interior de una pileta pelopincho que había en el lugar.
Horas después, la pareja fue detenida e imputada por el homicidio. Desde ese día permanecen privados de su libertad.
Antecedente homicida
Posteriormente, los investigadores además determinaron que Acosta registraba una condena previa por homicidio y desde febrero se encontraba en libertad condicional.
El hecho anterior se registró el 8 de febrero de 2014 en Iguazú y la víctima fue identificada como Porfirio Martínez (65), quien fue ultimado a puñaladas tras un ataque perpetrado por un grupo de hombres en medio de una aparente disputa de tierras.
Por ese caso Acosta fue condenado a nueve años de prisión tras un juicio abreviado firmado en 2016, pero para 2020, tras seis años detenido, obtuvo el beneficio de la libertad condicional, aunque sus días en libertad no duraron mucho.
Judiciales
Imputaron al ex convicto detenido por el crimen del productor Von Steiger
El ex convicto detenido por el asesinato a machetazos de su patrón, el productor agrícola Hugo Orlando Von Steiger (75), se abstuvo de declarar y fue imputado por homicidio agravado.
La audiencia de declaración indagatoria se concretó en las últimas horas y fue realizada ante la magistrada Adriana Zajackowski, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Oberá, pero actualmente a cargo por subrogancia del Juzgado de Instrucción Uno de la misma circunscripción judicial.
Frente a ella compareció Samuel de Almeida (45), ex convicto y peón rural de la víctima, quien decidió guardar silencio y acto seguido fue imputado preliminarmente por “homicidio agravado”.
De esta manera, el sospechoso continuará privado de su libertad y su futuro dependerá de los elementos probatorios que los instructores de la causa logren reunir para esclarecer el hecho.
El crimen de Von Steiger se registró el 9 de enero, cuando su cuerpo fue encontrado a un costado de su camioneta Volkswagen Saveiro sobre un camino vecinal en una zona de plantaciones en el límite entre Oberá y General Alvear.
El hombre presentaba múltiples lesiones de machetazos en miembros inferiores, superiores, tórax y rostro.
De Almeida fue la última persona vista junto a la víctima y después del hecho permaneció prófugo casi un día, hasta que efectivos policiales lo capturaron a unos 25 kilómetros de la escena del crimen.
El sospechoso trabajaba como peón de Von Steiger hace unos tres años. Antes de eso estuvo cuatro años preso por un delito contra la integridad sexual.
Atrapan a ex convicto acusado de matar a machetazos al productor Von Steiger
Judiciales
Fopea “deplora” el intento de censura del ex juez Reyes contra LVM
El Foro de Periodismo Argentino (Fopea) se hizo eco del intento de censura contra La Voz de Misiones y mediante un comunicado expresó que “deplora” el accionar del abogado y ex juez penal José Antonio Reyes, autor de una carta documento enviada a este medio.
El caso fue relevado por integrantes del monitoreo de libertad de expresión de Fopea, quienes se interiorizaron en la situación y resolvieron expresar su postura a favor de La Voz de Misiones.
En el mismo comunicado señalaron que “Fopea advierte que pretender impedir o condicionar la publicación de información veraz sobre hechos juzgados constituye un intento de censura, incompatible con los principios constitucionales que protegen la libertad de expresión y el derecho de la ciudadanía a estar informada”.
“La existencia de resoluciones judiciales refuerza el carácter público de la información difundida y el derecho de los medios a darla a conocer”, consignan después y cierran: “Reafirmamos que la libertad de expresión y el derecho a la información son pilares esenciales del sistema democrático, que deben ser garantizados y protegidos frente a cualquier intento de restricción”.
El intento de censura contra LVM provino de parte del ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes –destituido en 2007-, quien ahora se desempeña como abogado particular y actuó como defensor de una pareja de bonaerenses condenada por participar de una maniobra de entrega de bebés en Concepción de la Sierra, ardid que fue expuesto por este medio mediante un informe publicado el pasado 5 de enero.
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Ex juez pide censura a LVM por nota sobre entrega de bebés en Concepción
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La Corte Suprema ratificó en 2021 la destitución de José Reyes como juez
José Antonio Reyes, el abogado que pidió censurar a La Voz de Misiones por una nota sobre entrega de bebés que involucraba a dos de sus defendidos, fue juez penal de Apóstoles hasta su destitución en 2007, aunque eso ya se sabía y múltiples publicaciones dan cuenta de ello.
En contrapartida, lo que en estos años pasó desapercibido es que la destitución de Reyes fue ratificada en 2021 por la mismísima Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), hasta donde el ex magistrado recurrió para tratar de revertir el fallo que le quitó el cargo por incumplimiento de sus deberes.
La medida del máximo órgano judicial del país fue firmada por los jueces Carlos Fernando Rosenkratz, Juan Carlos Maqueda y Horacio Daniel Rosatti, quienes analizaron el recurso de casación interpuesto y desestimaron uno por uno los argumentos esgrimidos por Reyes en su escrito.
La resolución tiene 17 páginas, es información pública en internet y en uno de sus apartados los jueces la Corte concluyen, sin vueltas: “Que, en las condiciones expresadas, no puede ponerse fundadamente en tela de juicio que el ex magistrado fue imputado por un cargo definido, en base a una conducta descripta con suficiente precisión; que pudo ejercer su derecho de defensa, efectuando su descargo sobre la base de los hechos concretos que le fueron imputados; que su conducta fue evaluada y juzgada dentro de un plazo razonable; y que fue destituido, con sustento en los mismos hechos”.
De esta manera, quedó ratificada la destitución resuelta por el jurado de enjuiciamiento que analizó el caso en 2007 y encontró a Reyes responsable de “incumplimiento de sus deberes”.
El pedido de jury había sido formulado por Gabriel Díaz, por aquel entonces gerente regional del banco Macro, quien acusó a Reyes de emitir un recurso de amparo a favor de la empresa “Touché-Moreno Ocampo y Otros UTE” pese a no ser competente.
Esa resolución le permitió a la empresa extraer unos 3 millones de pesos del banco, supuestamente en concepto por pagos pendientes por el cobro tercerizado de morosos de Rentas.
Antes de llegar al jury, el magistrado presentó la renuncia, pero el gobierno no se la aceptó. Tras su destitución, Reyes habló con el diario El Territorio y prometió: “Voy a reclamar hasta la última instancia porque considero justo, se violó mi derecho a la defensa y el debido proceso, eso tilda de nulo el proceso. Es una grosera sentencia”.
Décadas después, la contienda judicial llegó hasta la Corte Suprema, cuyos magistrados entendieron que a Reyes no le asistía la razón.
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