Judiciales
Misionero nexo entre proveedores y jefes narcos fue condenado por segunda vez

Un misionero que operaba como nexo entre proveedores y jefes narcos fue condenado a seis años de prisión en Córdoba y acumuló su tercera condena -la segunda por narcotráfico-, por lo que ahora deberá purgar tras las rejas una pena única de diez años de cárcel.
El involucrado en esta historia narcocriminal es Gustavo Gabriel González (42), actualmente detenido pero con último domicilio radicado en el barrio Néstor Kirchner de Posadas y quien ya registra otra condena por narcotráfico impartida en 2020 por el Tribunal Oral Federal de Salta.
El posadeño fue recientemente juzgado en la provincia de Córdoba junto a otros siete integrantes de una banda imputada por delitos de asociación ilícita, confabulación, comercialización y transporte de estupefacientes, entre otros.
Según pudo reconstruir La Voz de Misiones en base a documentos recabados, la causa tuvo su inicio en marzo de 2014, cuando los investigadores federales posaron la lupa sobre una banda liderada por Juan Francisco “Gordo Loly” Britos, un hombre con presuntos vínculos con Héctor Alejandro “El Patrón” Gallardo, un sindicado capo de una organización narco acusada de tres homicidios en la zona comprendido en el límite entre las provincias de Santa Fe y Córdoba.
En el marco de la pesquisa contra Britos apareció el nombre del misionero González, quien -según la investigación- operaba como nexo en proveedores y compradores de marihuana.
En esta causa se ventilaron tres hechos, pero el que terminó condenando a González derivó de la incautación de casi 300 kilogramos de marihuana, carga que él había gestionado su compra y organizado su envío desde Paraná hasta Córdoba, donde iba a quedar en manos de la empresa criminal adjudicada a Britos.
El ardid finalmente se llevó adelante entre los días 20 y 24 de noviembre de 2014 y la carga de 276,992 kilogramos de marihuana en total, fue transportada en una Chevrolet S-10 robada pero con documentaciones adulteradas hasta una vivienda en el barrio Talleres Este de Córdoba, donde finalmente arribaron los agentes de Gendarmería Nacional Argentina (GNA) que ya venían siguiendo a la banda a través de labores de vigilancia y escuchas telefónicas.
A partir de los elementos recabados en la pesquisa, el Tribunal Oral Federal Uno de Córdoba decidió condenar a González a la pena de seis años de prisión como autor de los delitos de comercialización de estupefacientes y encubrimiento agravado por el ánimo de lucro.
Sin embargo, el misionero deberá purgar un total de diez años de prisión, dado que el tribunal decidió unificar su pena teniendo en cuenta otro fallo en su contra dictado en 2020 por el Tribunal Oral Federal de Salta en el marco de otra investigación narcocriminal y en donde su función dentro de la operación fue prácticamente la misma.
La causa salteña
En su prontuario González suma otra dos condenas. Una fue de dos años de prisión en suspenso dictada en agosto de 2014 por Tribunal Penal Uno de Posadas por robo con escalamiento en grado de tentativa y otra de nueve años de cárcel impartida en marzo de 2020 por el mencionado tribunal federal salteño.
Esa causa investigada por autoridades judiciales salteñas fue producto del desprendimiento de una pesquisa local, en la cual un arrepentido aportó datos de una organización que operaba enviando droga desde Misiones hasta Córdoba, donde los líderes del grupo impartían órdenes desde la cárcel.
Allí el nombre de González -nuevamente libre después de la causa de 2014 iniciada en Córdoba- volvió a aparecer y el hombre cumplía la misma función dentro de la estructura criminal: ser el nexo entre los proveedores (esta vez en Paraguay) y los compradores (en Córdoba) de la droga y cabecillas de la maniobra.
El expediente vinculado a ese caso consigna que efectivos de la GNA volvieron a efectuar escuchas telefónicas y vigilancia encubierta, labores mediante las cuales pudieron determinar que en febrero de 2017 la banda iba a preparar el envío de una tonelada de marihuana desde Misiones hasta Córdoba.
En principio, el envío iba a ser de 500 kilogramos de cannabis sativa, pero luego apareció otro “inversor” que aportó el dinero suficiente como para poder llevar adelante la operación por una tonelada y de una sola vez.
Según reconstruyó en el juicio el fiscal Carlos Amad, el dinero -$100.000 en aquel entonces- llegó a manos del misionero González, quien pagó la carga procedente de Paraguay y se encargó de coordinar los preparativos para el transporte, para lo cual tenía listo un camión con un doble fondo acondicionado en la caja.
Sin embargo, la plan se frustró por un desperfecto mecánico que llevó al conductor del cambión abandonar todo y escapar. El rodado fue hallado e incautado a un costado de la ruta nacional 12, a la altura de la localidad de Eldorado, con más de una tonelada de marihuana oculta.

El camión abandonado con una tonelada de marihuana fue incautado el 19 de febrero de 2017 en Eldorado.
Después de ello, uno a uno fueron cayendo los involucrados en la frustrada maniobra, develando que los sindicados líderes del grupo, Juan Marcos Ríos y Roberto “Ñoño” Aguirre, ya estaban presos en distintas unidades penales de Córdoba y que González nuevamente aparecía vinculado al ardid.
El hecho fue ventilado en juicio y el 10 de marzo de 2020 el Tribunal Oral Federal de Salta impartió sentencia, condenando a González a la pena de nueve de prisión por el delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de participantes, en tanto que otros acusados recibieron condenas de hasta 12 años de encierro.
Durante el proceso de investigación penal, el misionero negó tener vinculación con la carga de una tonelada de marihuana hallada en el camión abandonado, pero los instructores del expediente -entre otras conclusiones- sostuvieron que “González sería un referente para el desarrollo de las actividades ilícitas que se venían planificando, por cuanto era “conocedor” de diferentes personas vinculadas al narcotráfico”, teniendo como prueba de ello el contenido de las interceptaciones telefónicas realizadas.
fallo - condena gonzálezJudiciales
Liberaron a tercer ex policía detenido por la causa de intento de sedición

El Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, dispuso el cese de la prisión preventiva para el ex policía Horacio Elías Coutto, quien en horas del mediodía recuperó la libertad, aunque sigue supeditado al expediente judicial que lo investiga junto a otros siete ex uniformados por “intento de sedición” y “conspiración”.
Minutos antes de las 13 de este martes, Coutto cruzó las barreras de la Unidad Penal VII de Puerto Rico para fundirse en un abrazo con sus familiares y amigos, que lo esperaban a las afueras del predio para regresar a su hogar luego de los diez meses que permaneció detenido.
“Estoy muy contento, muy feliz de poder recuperar mi libertad. Quiero dar gracias, primeramente, a Dios que me acompañó en este momento difícil, nunca me soltó la mano; a mi familia que siempre estuvieron; a mis amigos que se tomaron el tiempo de venir a visitarme; a todos los amigos que me hice; y a la gente que colaboró con nuestra familia en esta situación que estábamos pasando”, fueron las primeras palabras de Coutto tras recuperar su libertad frente a la unidad penitenciaria.
El ex policía también agradeció a los agentes del Servicio Penitenciario Provincial (SPP) “que me atendieron muy bien, excelentes personas, la verdad que no tengo ninguna queja, nos cuidaron perfectamente”.
En esa línea, Coutto le dedicó unas palabras de agradecimiento al ex vocero policial y diputado provincial electo, Ramón Amarilla, el primero de los ocho ex uniformados detenidos por esta causa en recuperar su libertad el pasado 13 de junio.
“Quiero agradecer a Ramón Amarilla, quien desde el momento en que recuperó la libertad se puso en compromiso con nosotros, con nuestras familias, nos dio tranquilidad y esperanza”, manifestó el ex uniformado.
Por último, dejó un mensaje a las autoridades provinciales: “A los poderosos les digo que escuchen a la gente, que escuchen a los misioneros, que no crean ingenuamente, que unos simples barrotes o unos muros pueden callar la voluntad de un pueblo que lucha por la justicia, por la verdad y la dignidad”.
Con Ramón Amarilla, Horacio Elías Coutto y Joaquín Orrego, son tres los ex policías que recuperaron su libertad, pero siguen siendo investigados en la causa que inició la Justicia de Misiones tras descubrirse el grupo de WhatsApp “Solo Cola”, en el que los uniformados destituidos de la fuerza provincial habrían planificado un supuesto plan con diferentes acciones para desestabilizar a la cúpula de la institución.
Por lo tanto, mientras dure la instrucción de la causa, los ex efectivos policiales tienen prohibido salir del país y deberán presentarse una vez al mes en la comisaría con jurisdicción sobre su domicilio, a fin de acreditar su permanencia en la provincia.
Quienes quedan detenidos por la misma causa son los hermanos Iván Ezequiel y Alejandro Ramón Arrieta, Lisandro Ramón Canteros, Diego Hernán Correa y Adolfo Guirula.
Dispusieron la liberación de otro ex policía acusado por intento de sedición
Judiciales
Condena de 23 años para acusado de asesinar a un colono en San Javier

El Tribunal Penal Uno de Oberá condenó este viernes a 23 años de prisión a Jonatan Ezequiel “Porteño” Sosa por el homicidio del colono Lisardo Escarvadofski (76) y las lesiones efectuadas a su esposa Orestini Cerri, que sobrevivió a pesar de las graves heridas sufridas, en un hecho ocurrido en abril de 2017 en el paraje Santa Irene de San Javier.
El caso se ventiló en debate oral durante tres jornadas y Sosa fue declarado coautor de los delitos de “homicidio calificado por el uso de arma de fuego y homicidio calificado en grado de tentativa, en concurso real”.
El fallo coincidió en parte con lo solicitado por el fiscal David Milicich, quien en sus alegatos dio por probada la participación del imputado en el crimen de Escarvadofski y solicitó que se lo condene a 35 años de cárcel.
La defensa de Sosa, por su parte, había pedido su absolución al considerar que no había suficientes pruebas en su contra. El propio acusado además declaró en la segunda jornada del debate y se declaró inocente.
“Yo no soy un asesino, no soy un delincuente. Tienen a la persona equivocada. Lamento lo que le pasó al hombre y a su señora, pero mientras yo estoy detenido, los verdaderos asesinos están de joda”, fueron las palabras de Sosa, quien además denunció haber recibido apremios y aprietes tras ser detenido un año después del hecho en Buenos Aires.
El asesinato de Escarvadofski ocurrió cerca de las 18 del 4 de abril del 2017 en el paraje Santa Irene, donde tenía su chacra.
Ese día, el tiempo estuvo muy feo, debido a la gran cantidad de lluvia que había caído en el Alto Uruguay. Escarvadofski y Cerri estacionaron su Chevrolet Corsa en el garaje y, en esa instancia, notaron que habían dos personas fuera del terreno, en la esquina.
El hombre fue a ver qué querían y a poner el candado al cerco de la casa, que nunca traspuso. Su mujer, en tanto, se fue para adentro de la vivienda.
Allí recibió varios disparos que lo dejaron malherido y terminó muriendo en los brazos de su mujer, que salió a ver qué pasaba al escuchar las detonaciones.
Según dijo, los hombres le pidieron que abra la casa, ella se negó y terminó recibiendo dos impactos de bala. Allí se trenzó en una pelea y tras golpear en la entrepierna a uno de los agresores, salió a la calle a pedir ayuda. Los sujetos aprovecharon para escapar en el vehículo de la pareja, que fue hallado al día siguiente.
Para el fiscal Milicich, Sosa fue uno de los atacantes que participaron aquel día, aunque también consideró que el blanco en realidad era uno de los hijos de la pareja.
Judiciales
El STJ recalificó el caso Bernhardt como femicidio y dictó perpetua a Vargas

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) recalificó como femicidio el crimen de Antonella Rocío Bernhardt (27), joven obereña que fue golpeada y asesinada de un puntazo en su departamento del barrio El Brete en 2019, y condenó a prisión perpetua al fotógrafo Cristian Daniel Vargas (35), quien en primera instancia había recibido 20 años de cárcel como autor de homicidio simple tras un juicio oral desarrollado ante en el Tribunal Penal Uno de Posadas.
La revisión por parte del máximo órgano judicial de la provincia se dio a partir de los recursos de casación presentados tanto por el fiscal Martín Alejandro Rau como por el abogado querellante Mauricio Fausto Vergara, quienes cuestionaron el fallo emitido el 13 de noviembre de 2023 por los jueces Viviana Cukla, Gustavo Bernie y Ángel Dejesús Cardozo (ya jubilado).
Ambas partes buscaban revertir el dictamen al considerar que el caso configuró un homicidio agravado por femicidio, para el cual correspondía una pena de prisión perpetua, lo que equivale a 35 años de cárcel efectiva, cifra considerablemente superior a los 20 años aplicados en contra del fotógrafo Vargas.

El fotógrafo Cristian Vargas adujo que el crimen se produjo en forma accidental tras una discusión.
En sus presentaciones, ambos profesionales coincidieron al sopesar que el asesinato de Antonella se dio en el marco de un contexto de violencia de género que avalaba la aplicación de la normativa que contempla el femicidio, mientras que el fiscal Rau además solicitó que también se tenga en cuenta la alevosía como factor agravante.
Los dos recurrentes esgrimieron agravios similares. El fiscal Rau apuntó que en su sentencia el TP Uno realizó un “razonamiento probatorio parcial, sesgado, segmentado y desprovisto de perspectiva de género”, con “argumentos forzados” y con una “línea argumental viciada”.
La querella, por su parte, agregó que los jueces efectuaron una “incorrecta interpretación de la relación entre la víctima y el imputado” al descartar la condición de “vulnerabilidad” y “desigualdad” en que se encontraba Antonella ante Vargas.
Perspectiva de género
El primero en analizar los planteos fue el camarista Juan Manuel Díaz, que en su voto coincidió en varios puntos con los recurrentes y señaló “yerros” por parte de los magistrados del tribunal que dictó sentencia.
Díaz repasó que el TP Uno descartó la figura de femicidio al entender que no se logró acreditar un contexto de violencia de género que rodeara el hecho, utilizando como argumento que ambos implicados mantenían una relación laboral de poco tiempo y que el vínculo no se extendía a otros ámbitos como, por ejemplo, el amoroso; ni tampoco advirtieron elementos que den cuenta sobre factores de desigualdad, discriminación o dominación como alegaron las partes.
Díaz opinó todo lo contrario. En la resolución de 81 páginas, firmada el 19 de junio y a la que La Voz de Misiones tuvo acceso, el camarista adelanta: “Es factible advertir elementos e indicadores que configuran la existencia de una relación caracterizada por la desigualdad, en el marco de una relación de subordinación y poder entre víctima y victimario, elementos estos que no fueron valorados debidamente por el tribunal de juicio”.

Las partes en el juicio: Vergara (sentado), Rau y el defensor oficial Mario Ramírez.
El magistrado del STJ además califica como un “yerro” la apreciación del TP Uno en ese punto y responde: “La jurisprudencia ha manifestado en reiteradas oportunidades que es irrelevante que el agresor integre o no una relación interpersonal con la víctima, el tiempo de duración de la misma si existiere o que ocurra la violencia en el ámbito privado o público, sino que lo trascendente es que el hombre se posicione respecto de la mujer en un binomio superior/inferior, tratándola con violencia física, psicológica o sexual, entre otras, por su género”.
También ponderó las argumentaciones esgrimidas por el fiscal Rau al momento de su alegato en el juicio y se hizo dueño de sus palabras para marcar que Antonella Bernhardt se encontraba en una situación de vulnerabilidad ante Vargas, ya que se trataba de una joven obereña que atravesaba en una difícil situación económica y buscaba, casi con desesperación, un trabajo para no depender de nadie.
Sobre esa cuestión, Díaz concluye: “Todos estos factores, independientemente de lo reciente que fuera vínculo entre ambos, sin lugar a dudas ubican a la víctima y victimario en una relación que dista de igualdad, más bien los ubica en una relación de poder -por parte de Vargas- y de subordinación -por parte de Antonella-”.
El camarista también ponderó la pericia psicológica efectuada a Vargas, donde se concluye que en el fotógrafo se advierten “conductas de control y celos”, con tendencia a ubicar a la mujer en un rango inferior al del hombre, mencionándola como un mero “complemento”.
Bajo esas y otras premisas, Díaz le dio la razón a los recurrentes Rau y Vergara al considerar que hubo una “errónea aplicación de la normativa” y opinó que lo correcto era encuadrar el caso como femicidio -rechazó la alevosía-, lo que equivale a modificar la sentencia y aplicar al condenado la pena de prisión perpetua.
Los demás miembros del STJ, Cristian Marcelo Benítez, Cristina Irene Leiva, María Laura Niveyro, Jorge Antonio Rojas, Roberto Rubén Uset y Ramona Beatriz Velázquez, se plegaron al voto de inicial, imponiéndose a Froilán Zarza y Rossana Pía Venchiarutti Sartori, quienes consideraron que lo correcto era mantener el fallo emitido por el TP Uno.

Los jueces del tribunal en el juicio: Cardozo (jubilado), Cukla y Bernie.
El caso
No es el primer cambio de calificación que atraviesa la causa. Ya en la etapa de instrucción, el magistrado Fernando Verón caratuló el hecho como homicidio simple, aunque luego la Cámara de Apelaciones la pasó a femicidio y bajo esa acusación Vargas llegó a juicio, donde la decisión final volvió a quitar el agravante que elevaba la expectativa de pena a perpetua.
El hecho se registró el 4 de abril de 2019, entre las 13 y las 13.30, dentro del departamento 1° A de un inquilinato ubicado sobre la calle Comandante Miño 980 del barrio El Brete de Posadas.
Según la hipótesis acusatoria, Vargas contactó a la víctima a través de redes sociales y le ofreció realizar sesiones de fotos a cambio de dinero ($1.500 con desnudos). Una de ellas se concretó, pero el acusado nunca pagó y en el segundo encuentro se produjo el desenlace mortal, luego de una discusión generada por el reclamo del dinero que nunca fue abonado.
Vecinas de la joven narraron que ese mediodía oyeron golpes, ruidos de “objetos cayendo al suelo” y a través de las endebles paredes divisorias también escucharon “gritos ahogados, como de alguien a quien le tapan la boca mientras grita”.
Los testimonios parecían un adelanto de lo que luego iba a certificar la autopsia, dado que el examen forense concluyó que Antonella presentaba golpes en la cabeza y signos de compresión en el cuello, además de la lesión mortal: un puntazo de cuchillo tipo tramontina que le perforó la tráquea.

Antonella Bernhardt tenía 27 años, era de Oberá y tenía una hermana melliza.
Ante el escándalo que provenía del departamento, las vecinas y la dueña del inquilinato acudieron en auxilio de Antonella, topándose con Vargas dentro del inmueble, a quien filmaron retirándose de la escena del hecho mientras simulaba una conservación con la víctima.
El caso llegó a juicio el 6 de noviembre de 2023 y se extendió durante varios días en el SUM del Palacio de Justicia. En el proceso declararon familiares y vecinos de la víctima, como así también efectivos policiales, peritos y profesionales en medicina.
En su declaración, el fotógrafo Vargas, que también se dedicaba a vender servicios de catering para la familia de su ex esposa, mantuvo su teoría defensiva, al aducir que él fue extorsionado con un video sexual y que el cuchillo se clavó en la garganta de Antonella de manera accidental durante un forcejeo mantenido con la joven.
El fotógrafo agregó que, en determinado momento, alcanzó a tomar el celular de la joven y su intención era romperlo, instancia en la que “ella se desesperó y agarró un cuchillo. Yo ahí le dos ‘tapes’ para que deje de gritar. Después avanzó de nuevo con el cuchillo contra mí y pasó todo. Cuando le quiero sacar el cuchillo, la traigo hacia mí con fuerza y le entra el cuchillo en la garganta”, fueron sus palabras.
FOTOS: MARCOS OTAÑO.
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