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Martes, día de alegatos y posible sentencia por el femicidio de Marina

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Tras siete días de debate y la recepción de más de 40 testimoniales, el juicio oral por el femicidio de Marina Da Silva (19) ingresó a su etapa final y tendrá el martes su jornada cúlmine, cuando se desarrolle la ronda de los alegatos y el Tribunal Penal Dos de Posadas dicte un veredicto.

La etapa de recolección de pruebas finalizó el jueves con la declaración de los últimos tres testigos que estaban citados y ahora las partes se prepararán para encarar el próximo martes una extensa ronda de alegatos.

En esa instancia, tanto la fiscalía, encabezada por Vladimir Antonio Glinka, como los diferentes abogados defensores de los tres acusados, deberán exponer sus conclusiones finales para luego realizar sus respectivos pedidos de condena o absolución, dependiendo de cada caso.

Los acusados en esta causa son Franco Ramos (28), ex concubino de la víctima, Juan Ángel “Juancho” Portal (33) y Alejandro Daniel “Pili” Da Silva (37). Un cuarto imputado, Omar Ramírez, falleció durante el proceso.

Los tres enfrentan una acusación por el delito de “homicidio calificado por la participación de tres o más personas”, que prevé una pena de prisión perpetua, según el Código Penal de la Nación.

El primero en exponer su alegato será el fiscal Vladimir Antonio Glinka.

En el requerimiento de elevación a juicio formulado por la fiscal de instrucción Patricia Clérici, el femicidio de Marina se cometió entre las 19 del 21 de diciembre de 2013 y la madrugada del día siguiente, durante la celebración del cumpleaños de Juancho Portal en la casa de Ramírez, donde funcionaba una olería en la que Ramos también trabajaba y Da Silva era sereno.

La hipótesis plasmada en ese documento sostiene que en determinado momento de la noche Marina fue golpeada en dos ocasiones con un objeto contundente y luego trasladada hasta el pozo de agua, donde su cadáver fue hallado en estado de descomposición diez días después.

A lo largo del juicio, que comenzó el 5 de diciembre, desfilaron cerca de 40 testigos, en su mayoría familiares tanto de la víctima como de los imputados y vecinos de Nemesio Parma, Cruz del Sur y otros barrios de la zona suroeste de Posadas.

Sin embargo, las testimoniales, en gran parte, estuvieron caracterizadas por escasez de precisiones, grises y problemas de “memoria”. Tal es así que en ningún momento se pudo avizorar certezas relacionadas a las circunstancias de modo, tiempo y lugar del femicidio.

Lo que compromete a Ramos

El único factor común que se desprendió de las testimoniales es que Franco Ramos habría sido la última persona que fue vista con Marina ese 21 de diciembre de 2013.

En su interrogatorio, realizado el primer día de juicio, Ramos aseguró que vio a Marina por última vez ese día entre las 13 y las 14, cuando dejó a la joven en un kiosco de la zona para realizar compras y al regresar ya no la encontró más.

Después contó que la buscó durante 40 minutos en compañía de un ex cuñada, aunque esa ex cuñada contradijo la versión y aseguró que el hombre nunca salió a buscar a Marina.

Varios testigos, entre vecinos y familiares de ambos, coincidieron en ubicar esa tarde a Ramos y Marina circulando en moto en distintos puntos de Nemesio Parma durante esa siesta. Lo más claro es que, de las 14 en adelante, nadie más volvió a ver a la joven.

Franco Ramos era el concubino de Marina Da Silva y es uno de los principales sospechosos.

Un testimonio que podría ser relevante en este aspecto fue el brindado por Carlos Rafael Machado, que sin poder brindar una fecha exacta, estimó que fue “el fin de semana antes de Navidad” de 2013, “cerca de las 14”, vio a Ramos con la víctima en moto ingresando a un trillo que conduce a una olería y al pozo donde finalmente apareció la joven.

Otro elemento que podría comprometer la situación de Ramos con el caso es que el cuerpo de Marina apareció maniatado de pies y manos y atado a un bolso en su cintura cargado con una piedra.

Algunas de esas ataduras fueron realizadas por un alargue que utilizaba en la convivencia con Marina y el bolso correspondía al parlante de la madre de la víctima, que el imputado siempre utilizaba.

La madre de Marina recordó que cuando Ramos le devolvió el parlante, el artefacto regresó sin su bolso.

Sin precisiones de la fiesta

De los testimonios recolectados tampoco surgió nada relacionado a la presunta fiesta donde se presume se cometió el femicidio. Portal, que tenía una relación paralela con Marina en ese momento, aseguró que ese día suspendió la celebración porque tuvo ganas de pasar tiempo con su hija y se dirigió a Villa Cabello a la casa de sus ex suegros.

Sus ex suegros también declararon en el debate y ratificaron que esa noche Portal cenó con ellos y se quedó a dormir, aunque no pudieron afirmar si el hombre volvió a salir en algún momento de la noche.

La ex pareja de Portal, en tanto, Margarita Mackenzie, señaló que ese día estaba distanciada de él a raíz de la infidelidad del hombre con Marina, pero recordó que después de Navidad se reconciliaron y pasaron la noche en la casa de Ramírez, donde se estima que pudo ser una escena del crimen.

La mujer recordó haber limpiado manchas de sangre en el lugar, aunque aclaró que la presencia de los fluidos sanguíneos no le llamó la atención porque tanto Portal como los demás trabajadores del lugar solían realizar cuatrerismo y manipular animales muertos en el lugar.

Mackenzie también señaló que el 13 de enero, dos semanas después del femicidio, tuvo una discusión con Portal y recibió una perturbadora amenaza: “Nunca me pegó, siempre quedó todo en empujones. Ese día me dijo: ‘Vos estás buscando lo mismo que Marina. Que te encaje un garrotazo y te tire a un pozo’. Yo ahí le empecé a preguntar si él había sido entonces, pero me dijo que no y hasta que me negó que ella era su amante”.

Sin embargo, ello no permite determinar si la expresión de Portal fungía como una confesión encubierta, si sabía lo que sucedió y callaba la verdad, o si simplemente se dejó llevar por un comentario generalizado del barrio en su amenaza.

Alejandro “Pili” Da Silva -a la derecha- aparece como el menos comprometido.

 

El último imputado, en tanto, Da Silva, prácticamente pasó desapercibido en el proceso. Su nombre apenas si fue mencionado en esporádicas ocasiones. En su interrogatorio, el hombre se desligó del crimen, al igual que sus consortes de causa. Todos se dijeron inocentes y nadie acusó a nadie.

Entre este bagaje de testimoniales, las partes deberán realizar sus propias interpretaciones y extraer sus conclusiones para realizar sus respectivos ante el tribunal integrado por los magistrados César Yaya, Gregorio Busse y Viviana Cukla (subrogante), quienes el martes tendrán la última palabra.


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El 8 de mayo se reiniciará el juicio contra acusado de balear a su ex pareja

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juicio balear ex pareja

El Tribunal Penal Uno de Posadas fijó para el próximo 8 de mayo el reinicio del debate oral contra Manuel Rivero (59), acusado de balear a su ex pareja en un grave episodio de violencia de género registrado a fines de 2016 en el barrio San Marcos de la capital provincial.

El juicio contra el hombre imputado por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo en grado de tentativa y homicidio simple en grado de tentativa (dos hechos) y portación ilegal de arma de fuego en concurso real en carácter de autor” había comenzado el 26 de febrero, pero un día después y luego de la declaración de la víctima, el proceso debió ser suspendido ante un diagnóstico de dengue en el juez Ángel Dejesús Cardozo, que presidía el tribunal.

Después de ello, el plazo de 10 días previsto para su reanudación venció y, en consecuencia, las autoridades judiciales decidieron declarar la nulidad de todo lo actuado en esas primeras dos audiencias realizadas, ante lo cual ahora el proceso debe comenzar de cero.

De esta manera, tanto Rivero, como las partes intervinientes y los testigos volvieron a ser citados para comparecer ante el tribunal para que el debate oral vuelva a comenzar el próximo 8 de mayo.

Según la información recopilada por La Voz de Misiones, el tribunal volverá a estar integrado por los magistrados Cardozo (presidente), Viviana Cukla y Gustavo Bernie, aunque ya está previsto que en caso de ausencia de uno de ellos será el juez Gregorio Busse (del Tribunal Penal Dos de Posadas) quien ocupe el lugar en carácter de subrogante legal.

Las audiencias realizadas en febrero fueron suspendidas ante un cuadro de dengue en el juez Cardozo (al centro).

Audiencias nulas

En el juicio que finalmente fue declarado nulo, Rivero se abstuvo de brindar una declaración formal sobre los hechos que le imputan y sólo se limitó a decir “soy responsable del hecho, pero de ese momento no me acuerdo nada”.

En la segunda jornada, en tanto, declaró Elisa de Souza, víctima y que además actúa como querellante particular en la causa.

Ante los presentes, la mujer relató minuto a minuto lo que sucedió durante esa mañana del 14 de diciembre de 2016 cuando fue sorprendida en su casa por Rivero, quien la persiguió hasta la calle y le disparó a matar en tres oportunidades con un revólver calibre 22 milímetros marco Doberman.

“Me acuerdo que me levanté a las 6, preparé a los chicos (sus hijos) y los acompañé a la parada porque tenían que ir a la terminal para encontrarse con su papá (Rivero). Cuando volví me senté a tomar mate en el hall, escuché un ruido y cuando miré para atrás estaba Rivero. Tenía un arma en la mano, me miraba y se reía” recordó De Souza.

Y entre lágrimas continuó: “Le pregunté qué hacía y me respondió: ‘Sabés lo que voy a hacer, te voy a matar, porque si no sos mía, no sos de nadie’. Ahí entendí la gravedad de lo que pasaba y corrí por la puerta de atrás. Salí a la calle, no sabía qué hacer”.

Fue después de eso que De Souza escapó por las calles del barrio hasta llegar a una parada de colectivos donde intentó refugiarse detrás de un joven, pero ambos fueron baleados por Rivero, que posteriormente se dio a la fuga y más tarde incluso escapó de una comisaría posadeña.

Tanto la mujer como el muchacho de la parada sobrevivieron al ataque, aunque De Souza quedó con severas secuelas de movilidad en uno de sus brazos.

Ahora, toda la causa deberá volver a ser ventilada el 8 de mayo, cuando se reinicie el proceso oral ante el Tribunal Penal Uno y el caso pueda encontrar resolución después de más de ocho años.


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Condenan por tenencia simple a misionera que tenía un growshop en la Patagonia

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Una joven misionera que administraba un growshop en Tierra del Fuego fue condenada por el delito de “tenencia simple de sustancias estupefacientes” en el marco de una causa que revistió mayor gravedad al inicio ya que la investigación comenzó tras la intoxicación de varios estudiantes secundarios que consumieron un brownie con marihuana.

La muchacha, de 25 años y oriunda de Posadas, recibió una pena de 3 años de prisión de suspenso, ante lo cual no irá a la cárcel, aunque sí deberá cumplir una serie de restricciones y reglas de conducta impuestas por el Tribunal Oral Federal (TOF) de Tierra del Fuego.

La misma sentencia alcanzó a un fueguino de 30 años, aunque lo recibido por ambos imputados fue considerablemente menor a la pena que tenían en expectativa bajo la acusación con la cual llegaron a instancia a juicio, que era por “comercialización de sustancias estupefacientes agravado por haberse producido en perjuicio de menores de edad”, lo que pudo haber significado una sanción más severa con prisión efectiva. 

Para dimensionar el caso hay que remontarse a mediados de 2022, época en la cual la mujer administraba un emprendimiento de artículos cannábicos llamado Chalaland 420, que recibía pedidos a Instagram y entre los productos ofrecidos habían tortas de marihuana. 

Justamente, una adolescente de la localidad de Río Grande adquirió uno de esos postres y lo llevó al colegio para compartir con sus compañeros, aunque cinco de ellos resultaron intoxicados tras su consumo, lo que generó un gran revuelo en la ciudad. 

Consecuencia de ello, un padre radicó una denuncia y eso disparó la investigación que finalmente dejó a la misionera involucrada a la causa federal que ahora se resolvió mediante la firma de un juicio abreviado.

Tras quedar detenida, uniformados locales allanaron el departamento de la joven posadeña en el barrio Chacra 2 de Río Grande e incautó plantas de marihuana, entre otros elementos como semillas y macetas. 

En la continuidad de la pesquisa, en tanto, se determinó que los productos gastronómicos elaborados no contenían THC -componente psicoactivo del cannabis- y tampoco no se detectó presencia de sustancias estupefacientes en los exámenes médicos practicados a los estudiantes.

Con estos elementos sobre la mesa y ante la imposibilidad de comprobar todos los hechos contemplados en la acusación inicial, la Justicia alivianó la imputación de los dos involucrados y solo les atribuyó el delito de “tenencia simple de estupefacientes”, ante lo cual recibieron 3 años de prisión en suspenso.


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El STJ redujo la pena a joven que chocó y mató tras un after en Posadas

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STJ zielinski

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) decidió reducir la pena impuesta a Matías Ezequiel Zielinski (24), el joven que en 2019 chocó y mató luego de un after sobre la avenida Quaranta de Posadas, que ahora en vez de 4 años de prisión efectiva recibió 3 en suspenso, ante lo cual podrá recuperar la libertad en la próximas horas.

El fallo, firmado ayer, fue alcanzado por mayoría, con el voto preponderante del magistrado Jorge Antonio Rojas, al cual adhirieron luego sus pares Rosanna Pía Venchiarutti Sartori, María Laura Niveyro, Froilán Zarza y Cristian Marcelo Benítez, mientras que Juan Manuel Díaz, Roberto Rubén Uset y Ramona Beatriz Velázquez tuvieron una opinión disidente. 

De esta manera, el máximo órgano judicial de la provincia hizo lugar de manera parcial al recurso de casación presentado por la defensa del imputado, confirmando por un lado la calificación legal y autoría del hecho por parte del joven automovilista, pero reduciendo el monto de pena impartido.

En consecuencia, el STJ resolvió condenar a Zielinski a la pena de 3 años de prisión en suspenso como autor de “homicidio culposo agravado y lesiones culposas agravadas”, ante lo cual podrá recuperar la libertad con restricciones o patrones de conducta que deberán ser establecidas por el mismo tribunal que lo condenó tras el juicio realizado a fines de 2022.

Dicho debate fue realizado ante el tribunal unipersonal presidido por la magistrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas, que en ese momento condenó al joven a 4 años de prisión efectiva, tras lo cual el imputado fue trasladado a la Unidad Penal I de Loreto.

Pena reducida

En su voto, que terminó siendo decisivo en la resolución dispuesta por el STJ, el camarista Jorge Antonio Rojas consideró que existen atenuantes a favor del implicado como para no cumplir su pena en contexto de encierro. 

En primer lugar, reconoció que el joven actuó de manera negligente e imprudente, pero remarcó que el delito es de tipo culposo, es decir, que no tuvo intención de provocar ni la muerte de un acompañante, ni las graves lesiones de otro. 

Rojas también ponderó la corta edad del joven (19 años al momento del hecho), como así también su estilo de vida (buen concepto, trabajador, vínculos familiares), su falta de antecedentes y la conducta ajustada a derecho tomada tras el siniestro, sin obstaculizar ni esquivar el proceso penal.

“Por todo ello, considero justa la aplicación de una pena de tres años de prisión cuya ejecución será dejada en suspenso, fundando el mismo criterio en la “personalidad moral del condenado, su actitud posterior al delito, los motivos que lo impulsaron a delinquir, la naturaleza del hecho…” según lo que establece el art. 26 del CP”, planteó Rojas.

Y añadió: “No dejo de ponderar que se trata de la primer condena por un delito de naturaleza culposa y que se trata de un hombre que contribuye con el trabajo de su padre al sustento familiar, no luciendo así el monto y modalidad de cumplimiento efectivo de la pena la más acertada, atento a que dicho encierro habrá de segregarlo de la sociedad y de su grupo familiar, todo con las secuelas negativas que de ello derivaría”.

En esa línea, propuso que ahora sea el tribunal de juicio el encargado de fijarle al condenado las restricciones que considere apropiadas para que Zielinski curse el último tramo de su pena en libertad, advirtiendo que en caso de incumplirlas el beneficio será revocado. 

De esta manera, ahora el expediente deberá regresar a manos de la jueza Marcela Leiva para que disponga de estos nuevos considerandos y una vez resuelto el trámite el muchacho recuperará la libertad tras 15 meses preso.

Choque y muerte

El hecho por el cual Zielinski fue condenado se produjo el 24 de febrero de 2019, cerca de las 11, sobre la avenida Quaranta, frente a la planta de colectivos de la empresa Río Uruguay.

Según lo que se pudo reconstruir, esa mañana Zielinski estaba en un denominado “after” en una casa del barrio Itaembé Miní hasta que tomó sin permiso las llaves del Toyota Corolla de un conocido y junto a dos acompañantes identificados como Alberto Rubén Galeano (31) y Juan Alejandro Báez (30) acudieron a un kiosco para comprar más bebidas. A la vuelta se produjo el siniestro.

El momento exacto del accidente fue captado por cámaras de seguridad. En las imágenes se observa la circulación a gran velocidad y en forma zigzagueante del Corolla sobre la avenida Quaranta (en dirección desde la Rotonda hacia el Aeropuerto) hasta que se cruzó de carril y terminó impactando contra un colectivo urbano.

Como consecuencia de la colisión, Galeano perdió la vida en el acto y Báez resultó con severas heridas en distintas partes del cuerpo.

En el juicio se estableció, además, que el implicado condujo el rodado en exceso de velocidad y alcoholizado.

En ese marco, la fiscal interviniente en el debate, María Laura Álvarez, solicitó una pena de 5 años de prisión “por homicidio culposo y lesiones agravados doblemente por exceso en el consumo de alcohol y exceso de velocidad” contra el automovilista, aunque la jueza Leiva decidió otorgar un año menos y ahora el STJ redujo aún más la pena.

FOTO: El Territorio.


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