Judiciales
La Justicia actuó de oficio y mandó a resguardar la historia clínica de Juanita
La Justicia misionera inició una investigación de oficio para determinar si hubo responsabilidad penal en el fallecimiento de Juanita Sirimarco (13) y, como primera medida, mandó a resguardar la histórica clínica de la niña, además de solicitar otros informes y documentos vinculados al hechos.
Fuentes consultadas por La Voz de Misiones indicaron que hasta el momento la familia no radicó ninguna denuncia formal pero, a requerimiento del fiscal René Casals, la Justicia activó desde el lunes una investigación de oficio a fin de determinar si hubo responsabilidad penal en el hecho y preservar todos los elementos probatorios que podrían ser de interés para la pesquisa.
Fue el juez Ricardo Balor, titular del Juzgado de Instrucción Seis de Posadas, quien dio lugar a las medidas solicitadas y una de ellas consistió en resguardar la historia clínica de Juanita, para luego analizarla con el resto de los informes médico-forenses ya elaborados y con los que restan culminar.
En ese marco, detallaron las fuentes, la Justicia también solicitó copias del contrato de transporte y cualquier otra documentación relacionada al viaje de egresados como para tenerlos a disposición en caso de que haya que analizar los alcances y la posible responsabilidad de cada uno de los involucrados.
Final trágico
La muerte de Juana Milagros Sirimarco Díaz se produjo el sábado en el hospital de Pediatría, días después de llegar en severo estado de salud del viaje de egresados que había realizado a Carlos Paz (Córdoba) con sus compañeros del Instituto Cristiano República Argentina (Icra), en un servicio contratado con la empresa de turismo Viaturex.
Según relató Claudia Díaz, su madre, en medio de las actividades realizadas en Córdoba, la niña sufrió una lesión en la rodilla que mereció atención médica y en paralelo comenzó a experimentar dolores de garganta, pero el doctor le comentó que los analgésicos recetados para la lesión de rodilla también harían efecto sobre esa dolencia.
Fue el pasado lunes a la noche que el contingente emprendió el regreso a casa y durante el trayecto la niña empeoró su estado. Desde Posadas, su madre hacía el seguimiento de su estado de salud a través de una maestra que viajó como acompañante.
Claudia añadió que ese martes a la madrugada Juanita vomitó y tuvo diarrea, amaneciendo muy descompuesta. También subió de temperatura y el médico del seguro del viaje recomendó la aplicación de dipirona.
“De casualidad, en el otro colectivo viajaba una mamá que es enfermera y ella tenía una ampolla de dipirona y se la aplicó. Después de eso, según los mensajes de la maestra, le bajó la temperatura, pero seguía vomitando y con diarrea”, contó la mujer en diálogo con diversos medios de comunicación, tanto de Misiones como de Buenos Aires, ya que la noticia tomó repercusión nacional.
Díaz narró que en varias oportunidades pidió que su hija sea atendida por un profesional y que fuese llevada a un hospital, pero los reclamos fueron desoídos. La última vez que solicitó esto fue cuando el colectivo estaba en Virasoro, Corrientes, pero los responsables del viaje decidieron continuar camino hacia Posadas.
El último pedido fue que se gestionara con el seguro para que la niña bajase en Garupá, donde se quedaban otros compañeros que formaban parte del contingente, para que desde allí sea trasladada en ambulancia a Posadas.
Cuando Juanita ingresó al hospital Pediatría su estado ya era grave. “Tenía la boca negra y los ojos rojos, estaba en shock. La llevaron a emergencia y le pusieron un montón de líquidos en vena, estaba totalmente deshidratada, su corazoncito estaba latiendo mal y su presión estaba bajísima, con apenas 8/2. Como no lograron levantarle la presión arterial la llevaron directamente a terapia intensiva”, relató Claudia en un testimonio repleto de desazón y lágrimas.
La mujer agregó que los médicos confirmaron que la niña tenía Influeza B, aunque consideraron que ese virus no pudo causar la muerte de la adolescente, lo cual se terminó dando el sábado. Todo será materia de investigación.
“Lo que creo que en realidad pasó es que llegó tan deshidratada que no pudo levantar su presión pese a todo lo que le pusieron, creo que eso fue lo que mató a mi hija porque su sangre no circulaba, no llegaba a sus miembros y apenas daba para los órganos más importantes”, consideró Díaz, que el domingo encabezó un acto en La Cascada de Posadas para pedir justicia por el hecho.

Juanita tenía 13 años recién cumplidos. Falleció el sábado.
La “alta sospecha” de una infección bacteriana
Esta mañana, el infectólogo Oscar Herminio López, uno de los médicos que atendió a la niña en el hospital de Pediatría de Posadas, dialogó con el El Doce Tv de Córdoba y reveló que Juana ingresó directamente a terapia intensiva en un “estado crítico” y en “shock séptico”, tras lo cual recibió las medidas terapéuticas correspondientes.
El profesional indicó que la Influenza B “excepcionalmente puede producir un cuadro de tanta gravedad” y que “casi nunca podría llevar a la muerte”, pero “deja un terreno predispuesto para que se aloje en ese organismo las bacterias que son las que producen el cuadro más grave, el cuadro de shock séptico, que es un proceso infeccioso generalizado y en empiezan a fallar el corazón, las venas y arterias”.
López consideró que es “alta” la sospecha de que la muerte se produjo por una “infección bacteriana”, aunque para confirmarlo es necesario “el rescate de germen”, lo cual todavía no se produjo porque los procesos de laboratorio de bacterología suelen llevar un largo tiempo.
También aclaró que en muchos casos hay que personas que fallecen como consecuencia de una infección bacteriana, pero no siempre se logra rescatar el germen que lo produjo.
Comunicados
Esta mañana, el Icra emitió un comunicado en el que se desvinculó de cualquier tipo de responsabilidad en el viaje de egresados.
“El viaje recreativo a Villa Carlos Paz, en el que participó Juanita, no fue organizado, avalado ni autorizado por nuestra institución. Dicho viaje fue una iniciativa exclusiva de un grupo de padres, quienes contrataron a la empresa Viaturex para su organización, sin la intervención ni el consentimiento del ICRA”, señaló el establecimiento educativo al cual asistía Juanita, que además era abanderada.
La empresa Viaturex también brindó su versión de los hechos en las últimas horas, afirmando que el servicio contaba con “cobertura médica las 24 horas” y repasó de qué manera se fue agravando el estado de Juanita.
Explicaron que la niña comenzó con fiebre y vómitos el martes 8 a las 3 de la madrugada, en pleno viaje de regreso. “Se le toma la temperatura que tenía 38, 9 grados de fiebre razón por la cual se le coloca paños frío y se le comunica al médico Oscar Funes que les había atendido a todo el contingente en Villa Carlos Paz y se procede a suministrar la medicación (dipirona) previo control de la ficha médica por precaución de posible alergia, previo aviso a los padres”, alegaron.
Luego, sostuvieron que “no se paró a un centro asistencial debido a la mejoría de la niña ya que no presentaba fiebre y considerando conveniente llegar lo antes posible para su mejor atención en Posadas donde se procede a trasladarla al hospital Pediátrico a su arribo a las 11 h aproximadamente, cabe destacar que en todo momento la niña estuvo consciente y se movilizó por sus propios medios hasta su ingreso al nosocomio”
Mariano Soczyuk, propietario de la firma de viajes, a su vez, dialogó con Misiones Online y allí expresó que “sentimos que no hicimos nada mal”.
“El cuadro comenzó a evidenciarse cuando estaban en la zona de San Jaime de la Frontera, en Entre Ríos. La medicación hizo efecto, bajó la fiebre y la nena durmió hasta casi llegar a Virasoro, en Corrientes. Ahí vuelve a vomitar sólo agua y el padre nos vino a ver. Le dije que podía hacer que el colectivo fuera directamente al hospital con todos los chicos, pero finalmente se decidió que parara en Fátima, donde debían bajar algunos chicos. Nosotros enviamos un auto de la empresa para trasladarla, pero la familia ya había pedido una ambulancia”, relató.
Judiciales
Revés judicial para Cerro Azul en reclamo de $165 millones a una empresa
La Justicia provincial rechazó una ejecución fiscal impulsada por la Municipalidad de Cerro Azul contra la empresa MM Bioenergía S.A. por una deuda superior a los $165 millones y cuestionó la legalidad del procedimiento utilizado por la comuna para reclamar tributos.
El fallo fue dictado por el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Leandro N. Alem, que rechazó la demanda iniciada en junio de 2025 por la municipalidad en concepto de tasas de Seguridad e Higiene, Comercio e Industria correspondientes a distintos períodos entre 2021 y 2025.
La comuna reclamaba un total de $165.044.216,75 y había solicitado además medidas cautelares sobre bienes y fondos de la firma dedicada a la generación de energía renovable.
Sin embargo, tras varios meses de litigio, el magistrado interviniente resolvió desestimar la ejecución fiscal al considerar que la documentación presentada por el municipio no cumplía con los requisitos legales exigidos para avanzar con el cobro judicial.
Uno de los principales puntos observados en la sentencia fue la utilización de la Ordenanza VI N° 25 como fundamento del reclamo tributario. Según el fallo, esa norma fue publicada oficialmente recién el 1 de octubre de 2025, es decir, después de las intimaciones de pago y cuando ya se pretendía exigir el cobro de períodos anteriores.
En la resolución, el juez sostuvo que “la ausencia de publicación impide reconocer eficacia normativa a la ordenanza en cuestión y, por ende, priva de sustento legal exigible al crédito cuya ejecución se pretende”.
El fallo también cuestionó la boleta de deuda emitida por el municipio al señalar que el documento no detallaba con precisión qué conceptos se reclamaban, a qué períodos correspondían ni cuál había sido el mecanismo utilizado para calcular la deuda, incumpliendo requisitos establecidos en el Código Fiscal.
Durante el proceso judicial, MM Bioenergía S.A. argumentó además que su actividad se encuentra regulada bajo jurisdicción federal por tratarse de generación de energía dentro del Mercado Eléctrico Mayorista, en el marco de las leyes nacionales vinculadas a energías renovables. En ese sentido, cuestionó la potestad municipal para aplicar las tasas reclamadas.
En otro tramo de la sentencia, el magistrado citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de tribunales provinciales que establecen que ningún tributo puede ser exigido si la norma que lo crea no fue debidamente publicada en el Boletín Oficial.
Además de rechazar la ejecución fiscal, la Justicia impuso las costas del proceso a la Municipalidad de Cerro Azul y reguló honorarios profesionales sobre la base económica total del juicio, fijada en más de $165 millones. Según se desprende de la resolución, el impacto económico derivado del proceso podría superar los $50 millones.
Judiciales
Cristaldo recibió 17 años de prisión por matar y ocultar el cadáver de Tizato
El Tribunal Penal Dos de Posadas resolvió este miércoles al mediodía condenar a Richard Arnaldo Cristaldo (49) a la pena de 17 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego” en perjuicio de César Daniel Tizato (16), el adolescente con el cual el 30 de agosto de 2020 salió a cazar en inmediaciones a su casa del paraje Pindapoy, de la localidad de San José.
La sentencia, emitida por los magistrados Augusto Gregorio Busse -presidente-, César Antonio Yaya y Martín Alejandro Rau, fue en disidencia al planteo efectuado por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato había mantenido la acusación impuesta en etapa de instrucción y conforme a ello había solicitado que Cristaldo sea condenado a prisión perpetua por “homicidio agravado por alevosía”.
La parte resolutiva del fallo se leyó este mediodía, minutos después de las 12.30, tras un breve cuarto intermedio de poco más de 30 minutos, mientras que los fundamentos de la resolución serán comunicados el próximo 4 de junio.
Cristaldo, más conocido como Grulla, por su oficio como profesor de artes marciales, oyó el dictamen en silencio, acompañado a la distancia por sus hijas y otros familiares directos que siguieron respetuosamente la audiencia desde el sector preparado para el público presente.

Cristaldo, junto a su abogado, minutos después de firmar el acta de la sentencia.
Duda
Su abogado defensor, el ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes, había solicitado en su alegato la absolución de su cliente por el beneficio de la duda, al considerar que no existían pruebas directas que vinculen al acusado con el asesinato del adolescente.
El letrado cuestionó la reconstrucción del caso trazada por el fiscal Glinka. Consideró que ese relato de hechos era “inverificable”, apunt
ó a la mayoría de los testigos por “mentir” en sus declaraciones y criticó severamente a los dos comisarios (Sergio de los Santos y Gabriel Antonio Comes) por el testimonio donde dieron cuenta que durante su detención Cristaldo admitió que mató a la víctima por accidente.
Reyes también dirigió duras acusaciones contra los serenos de la estancia La Rosita, propiedad de la firma Rosamonte, predio donde el cuerpo de Tizato apareció sin vida, con un disparo en el tórax y sumergido en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad.
“Han venido acá y mintieron. Ellos no es que solo caminan sin hacer nada. Ellos son sanguinarios y mutiladores con quienes entran a cazar y pescar”, lanzó.
Reyes alegó que “no hay pruebas y los indicios desaparecieron. Los testigos que lo vieron mojado han mentido antes y ahora”, al tiempo que sostuvo que “es imposible que la bala de un calibre 22” -proyectil compatible con el rifle incautado en poder del acusado- cause la lesión penetrante y perforante que presentaba la víctima.
En último intento por torcer su destino, Cristaldo volvió a hablar ante el tribunal y reiteró su inocencia, aduciendo que ese episodio en la comisaría donde presuntamente admitió el crimen, fue bajo amenazas de los policías intervinientes.

El tribunal presidido por Gregorio Busse -al centro- emitió el fallo minutos después de las 12.30.
Cobarde, traicionero y abusivo
Un alegato diametralmente opuesto fue el desarrollado por el fiscal Glinka, quien consideró que el imputado pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar a una zona inhóspita, actuando sobreseguro y aprovechándose del estado de vulnerabilidad e indefensión de Tizato.
“A Tizato lo mataron de una forma muy cobarde, traicionera y abusiva. Lo privaron de la posibilidad de torcer su destino. Lo manosearon. Le pusieron una piedra en la ropa para que se hunda y se pudra en la profundidad”, describió.
Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.
Para el fiscal, fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando las hipótesis de un hecho accidental, de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita o del involucramiento de otros presuntos jóvenes con quienes Cristaldo afirmó que la víctima decidió quedarse para no volver con él.
“¿Existieron esas personas? Yo lo descarto. La lógica es que Daniel nunca se separó del imputado. Es solo un relato más que jamás se pudo comprobar. Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas y se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, reconstruyó.
“En fin. Ya no hay posibilidad de teorías alternativas. Se investigó todo. Fue la última persona que estuvo con Dani, era el único armado, estaba todo mojado cuando volvió y la ciencia determinó que era imposible que ese rifle se dispare por accidente”, resumió Glinka y solicitó la pena de prisión perpetua como autor de “homicidio agravado por alevosía”, aunque luego el tribunal modificó la calificación del caso.
Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato
Judiciales
Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato
El fiscal Vladimir Glinka mantuvo la acusación de “homicidio agravado por alevosía” y solicitó la pena de prisión perpetua para Richard Arnoldo “Grulla” Cristaldo (49), único imputado por el asesinato de Dani Tizato (16), registrado en 2020 en San José.
Para el titular de la fiscalía, quedó comprobado que Cristaldo pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar y luego cometió el crimen, asesinándolo de un disparo que le atravesó el corazón y ocultando el cadáver en una laguna de agua estancada.
Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.
Para el fiscal fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando la hipótesis de un hecho accidental o de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita, predio donde ocurrió el crimen y se descubrió el cuerpo tras 32 días de búsqueda.
“Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas. Él se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, apuntó.
Tras el pedido, el Tribunal Penal Dos dispuso un cuarto intermedio y más tarde será el turno de alegar para José Antonio Reyes, abogado defensor del imputado.
El caso Tizato comenzó el 30 de agosto de 2020, cuando fue a cazar con Cristaldo y nunca volvió. Su cuerpo apareció 32 días después en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad. Tenía un disparo en el pecho y rocas entre sus prendas para evitar que flote.
Cristaldo arguyó que en medio del camino el adolescente se quedó junto a otros tres jóvenes que nunca pudieron ser ubicados y quiénes, para el fiscal, “nunca existieron”.
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